Año LH « Num. 15 DE BARCELONA 10 de junio de 1965 Se publica decenalmente depósito legal, b. 1824. - 1958- PRECIOS DE SUSCRIPCIÓN ADMINISTRACIÓN Y SUSCRIPCIÓN SUMARIO Página* Publicaciones y disposiciones oficiales 305 Alcaldía-Presidencia 307 Normas reguladoras de la Oficina de Información, iniciati¬ vas y reclamaciones 307 Decreto 311 Anuncios oficiales 313 Protecciones económicas docentes 317 Becas 317 Se publica decenalmente depósito legal, b. 1824. - 1958, PRECIOS DE SUSCRIPCIÓN ADMINISTRACIÓN Y SUSCRIPCIÓN Barcelona, anual Provincias y posesiones Otros países y posesiones .... .... 200 » Número corriente Oficina de la Gaceta Municipal - Ciudad, 4, bajos. La correspondencia se dirigirá al limo. Sr. Secretarlo general del Ayuntamiento de Barcelona. PUBLICACIONES Y DISPOSICIONES OFICIALES BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Mes de mayo de 1965 Día 28. — Ayuntamiento de Barcelona. — Intér¬ pretes - informadores de Turismo del Ayuntamien¬ to de Barcelona. Concurso restringido para proveer siete plazas de ascenso de la especialidad de tu¬ rismo. — Concurso para la provisión de una plaza de técnico superior, Jefe de Sección, en su especialidad de fisicoquímica, vacante en el Laboratorio general de ensayos y análisis de esa Corporación. BOLETÍN OFICIAL DE LA FROVINCIA Mes de mayo 1965 Día 27. — Ayuntamiento de Barcelona. — A fin de subvenir a las obras de construcción de alcan¬ tarillado en la calle de Ramón Albó, entre el paseo de Maragall y calle de Federico Mayo1, la Comisión municipal ejecutiva acordó imponer contribución especial a todos los propietarios de las fincas encla¬ vadas en la mecionada calle y que resultaren bene¬ ficiadas con tales obras. Mes de junio Día i. — Ayuntamiento de Barcelona. — Admi¬ sión de proposiciones para optar a la adjudicación, por subasta, del cuarto-depósito de nueva creación en los sótanos del mercado de Hostafranchs. DÍA 2.—Servicio Mtinicipal de Parques y Jar¬ dines. — Finalizadas las obras de Instalación de sanitarios y casetas de jardineros en la plaza de Lesseps, adjudicadas a don Francisco Alarcón Ca¬ sado, se hace público a los efectos de cancelación de la garantía definitiva. —• Finalizadas las obras de ampliación en el jardín de Torre Lloveta, promovidos por el mejor aprovechamiento del patio del grupo escolar, adju¬ dicadas a don Francisco Alarcón Casado, sel hace público a efectos de cancelación de la garantía de¬ finitiva. — Ayuntamiento de Barcelona. — Don Carlos Fariñas Rodríguez, por pérdida del original, soli¬ cita duplicado del permiso municipal de circulación de autotaxi n.° 1927, expedido a su nombre. — Para subvenir a las obras de explanación y construcción de pavimentos aceras en la calle de Juan de Garay, la Comisión municipal ejecutiva, en sesión celebrada el día 23 de abril de 1964, acordó imponer contribución especial a todos los propietarios de las fincas enclavadas en la mencio¬ nada calle, y que resulten beneficiadas con las ci¬ tadas obras. .— La Comisión municipal ejecutiva, en sesión celebrada el día 12 de abril de 1964 y en la del día 12 de mayo de 1965, acordó imponer contribu¬ ción especial a todos los propietarios de las fincas enclavadas en la calle de Valencia, entre la de Bal- mes y paseo de San Juan, que resultaren bene- 3°ó Gaceta Municipal de Barcelona ficiadas con las obras de instalación de alumbrado que se llevan a cabo en la mencionada calle. —- Convocatoria de las protecciones económicas docentes para el curso de 1965-66, y procedimiento para solicitarlas. ' Día 3. — Servicio Municipal de Parques y Jar¬ dines. — Finalizados los trabajos de Habilitación del antiguo Palacio de Agricultura para mercado de flores al por mayor, segunda etapa, adjudicados a Hijos de J. Miarnau Navás, S. A., se hace público a los efectos de cancelación de la garantía defini¬ tiva. Día. 4. :— Bases que han de regir en el concurso restringido para proveer dos plazas de maceros. ALCALDIA-PRESIDENCIA El excelentísimo señor Alcalde, con fecha 14 de mayo de 1965, ha dictado los siguientes decretos : En el proceso de reorganización administrativa de este Ayuntamiento y con el fin de conseguir su máxima eficiencia, se considera oportuno regular el funcionamiento de la Oficina de Información, Ini¬ ciativas y Reclamaciones para lograr que sea el ór¬ gano que posibilite, facilite y encauce una autén¬ tica, amplia y recíproca comunicación entre el Ayuntamiento y los ciudadanos, a la par que cons¬ tituya para éstos garantía de que en todo momento serán atendidas, de modo rápido, directo' y con el mínimo de formalidades, las reclamaciones que for¬ mulen, así como las ideas, sugerencias e iniciativas que aporten para el mejor funcionamiento de los servicios. Por ello, y en el ejercicio de las atribuciones que confieren a la Alcaldía los arts. 5.0 y 7.0 de la bey de Régimen especial de este Municipio, y 3.0 de su Reglamento de Organización y Administración, en relación al apart, i) del art. 116 de la Ley de Régimen local, Dispongo : Primero.—El servicio de información del Ayun¬ tamiento, a cargo de la Oficina de Información, Ini¬ ciativas y Reclamaciones, se desarrollará con arre¬ glo a las normas que a contiuación se exponen. Segundo. — La referida normativa tendrá el ca¬ rácter de provisional hasta que la Comisión muni¬ cipal ejecutiva establezca, con carácter definitivo, el cometido, funcionamiento y demás particulares relacionados con dicha oficina. Tercero. — El Departamento de Asistencia téc¬ nica del Gabinete de Programación ultimará, de acuerdo con las instrucciones recibidas de esta Al¬ caldía, los modelos de impresos necesarios para el funcionamiento de la oficina con arreglo a las nue¬ vas normas, las cuales serán aplicadas inmediata¬ mente. NORMAS REGULADORAS DE LA OEICINA DE INFORMACIÓN, INCIATIVAS Y RECLAMACIONES Primera. — De acuerdo con lo dispuesto' en los ar*s- 33 y 34 de la Ley de Procedimiento adminis¬ trativo y Ó7 del Reglamento de Organización y Ad¬ ministración del Municipio de Barcelona, la Oficina de Información, Iniciativas y Reclamaciones tendrá atribuidas las funciones que se especifican en las presentes normas, en relación a las siguientes ma¬ terias : 1.a Información al público, de carácter admi¬ nistrativo'. 2.a Iniciativas para la mejora de la Adminis¬ tración municipal y el perfeccionamiento de sus ser¬ vicios. 3.a Reclamaciones de los administrados acerca del funcionamiento de los servicios municipales. Sección primera Información Segunda. — La información que preste la Ofici¬ na podrá ser de carácter general o de tipo particular. Tercera. — 1. La Oficina proporcionará infor¬ mación general, a cualquier persona que la solicite, acerca de los siguientes extremos : a) Estructura de la Administración municipal, órganos de toda especie que la integran, de go¬ bierno, administración e informativos ; órganos auxiliares, oficinas, Centros y depedencias ; órganos especiales de gestión con autonomía y financiera o funcional, Fundaciones, Instituciones y Empresas municipales; relaciones jerárquicas y funcionales entre los mismos. b) Localización en la ciudad y dentro de cada edificio, de los órganos, dependencias y entidades a que se refiere el apartado anterior. c) Competencias, atribuciones y cometidos asignados a los diversos órganos, dependencias y entidades ; actividades que realizan y funciones que desempeñan. d) Horarios de trabajo' de los distintos servicios y horas de visita. e) Identidad de los miembros del Consejo ple¬ no, de la Comisión municipal ejecutiva, de las Co¬ misiones informativas, Ponencias especiales, Juntas municipales de Distrito, Tenientes de Alcalde, Con¬ cejales Ponentes, Presidentes de las Juntas de Dis- 3°8 tritq, Delegados de Servicios, Gerentes y miembros de los Consejos de Administración o Consejos rec¬ tores de los órganos especiales de gestión, Funda¬ ciones, Instituciones y Empresas municipales ; re¬ presentaciones del Ayuntamiento en Juntas, Patro¬ natos y organismos públicos o privados ajenos a la Corporación. f) Funcionarios adscritos a los distintos órga¬ nos auxiliares o especiales de gestión, oficinas y dependencias de la Administración municipal. g) Trámites de los procesos, expedientes y asuntos que se siguen o gestionan en el Ayunta¬ miento ; modo* de iniciarlos ; modelos de instancias o solicitudes y documentos que se requieren ; ofi¬ cinas y dependencias que intervienen en su trami¬ tación ; fases del procedimiento ; plazos y tiempos reales de tramitación ; órganos competentes para resolverlos, y medidas de ejecución. h) Disposiciones legales y reglamentarias apli¬ cables en los asuntos en que entiende el Ayunta¬ miento. i) Ordenanzas y Reglamentos municipales ; Or¬ denanzas de exacciones y de uso del suelo y edifi¬ cación ; Instrucciones y Planes de emergencia ; acuerdos, decretos y disposiciones de carácter ge¬ neral ; bandos de la Alcaldía ; proyectos de Orde¬ nanzas y Reglamentos en trámite de información. j) Contenido del Plan general y Programa de actuación. k) Indicación de los otros centros municipales de información al público en materias específicas : Oficinas de,Turismo; Comisarías de Hospitaliza¬ ción y Ambulancias y de Beneficecia ; Oficina de Información del Instituto- municipal de Educación ; Servicios del Plano de la Ciudad, de Valoraciones y de Ordenación Urbanística ; Servicios de Pavi¬ mentación y de Limpieza ; Policía municipal, Ser¬ vicio de Extinción de Incedios y Salvamentos y Ser¬ vicio especial de Emergencias. 2. Ta información a que se refiere el párrafo anterior se prestará con la ayuda de Organigramas generales y particulares de la Administración muni¬ cipal y de las Entidades municipales autónomas ; Plano' de la Ciudad y de planta de las casas con¬ sistoriales y demás edificios municipales, con la de¬ bida señalización de oficinas, dependencias y órga¬ nos de toda especie ; relaciones o fichas de compe¬ tencia, funciones y horarios de trabajo y de visita de las distintas Autoridades, Delegaciones de Servi¬ cio, órganos auxiliares, oficinas, dependencias y En¬ tidades municipales autónomas ; fichero de los miembros de la Corporación con sus distintos car¬ gos, nombramientos y representaciones ; fichero de los destinos de los funcionarios ; diagramas de los expedientes, procesos de trabajo y recorrido de do¬ cumentos ; publicaciones y recopilaciones de Orde¬ nanzas, Reglamentos y decretos de la Alcaldía de interés general ; modelos de impresos, folletos ilus¬ trativos sobre las expresadas materias, etc. Cuarta. — i. Ra Oficina proporcionará a quienes Gaceta Municipal de Barcelona ostenten la condición de interesados o a sus repre¬ sentantes, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 62 de la Rey de Procedimiento administrativo, infor¬ mación de tipo particular sobre el estado de trami¬ tación de los expedientes y asuntos de que conozca el Ayuntamiento. 2. A los efectos del párrafo anterior se consi¬ derarán interesados los comprendidos en la enume¬ ración del art. 23 de la Rey de Procedimiento ad¬ ministrativo, y representantes, a quienes lo sean de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 24 y 69, pᬠrrafo i a) de la propia Rey, presumiéndose la re¬ presentación por el mem hecho de exhibir ante la Oficina el recibo del Registro general acreditativo de la presentación del escrito inicial del procedi¬ miento o la copia o fotocopia del misino, sellada por dicho Registro. Quinta. — i. Ra información de carácter gene¬ ral podrá solicitarse : a) En forma verbal, incluso por teléfono; y b) Por escrito, presentado o extendido en la propia oficina, o enviado a ésta por correo. 2. En el supuesto del apart, a) del párrafo an¬ terior, la Oficina facilitará la información solicitada , en el propio acto, y si por la dificultad o ^comple¬ jidad de la consulta resultara imposible, dentro de los dos días hábiles siguientes, por nueva compa¬ recencia del interesado o, si éste lo prefiere, por teléfono o por correo. 3. En el caso de consulta por escrito, será evacuada en idéntica forma dentro de los dos días hábiles siguientes al de su recepción, mediante en¬ trega personal de la contestación en la propia Ofi¬ cina o su remisión al interesado por correo, si éste lo prefiere. Sexta. — i. Ra información de tipo particular requerirá la presencia en la Oficina del interesado o de quien lo represente, según lo> establecido en la norma cuarta, y el solicitante podrá formular su petición por escrito, en cuyo caso la consulta de¬ berá ser evacuada en la misma forma mediante en¬ trega personal al interesado' o, si éste lo prefiere, remitiéndosela por correo'. 2. Para proporcionar información de tipo par¬ ticular, la Oficina se pondrá en comunicación tele¬ fónica con el Negociado, Servicio o dependencia que sustancie el expediente, a fin de conocer el estado' de tramitación en que éste se halla y las previsiones sobre su curso y duración y, a ser po¬ sible, evacuará la consulta en el msimo acto ; de no ser esto factible por imposibilidad de comunicar inmediatamente con el órgano auxiliar que tramite el expediente o porque éste no pueda facilitar los datos al momento, la consulta será evacuada dentro de los cuatro días hábiles siguientes a su forma- lación. 3. Si de la inicial información recibida se de¬ dujese la existencia de negligencia, retraso o de¬ mora en la tramitación del expediente, la Oficina solicitará del órgano auxiliar afectado las causas Gaceta Municipal de Barcelona o motivos que lo hubiesen producido, lo pondrá en conocimiento de la Alcaldía y de la Secretaría ge¬ neral y se abstendrá de contestar hasta que el De¬ partamento de Asistencia técnica del Gabinete de Progamación emitá el oportuno informe. 4. A efectos de lo dispuesto en los párrafos 2 y 3 de esta norma, todos los Negociados, Servicios, Oficinas y dependencias están obligados a facilitar a la Oficina de Información los. datos requeridos por ésta, precisamente antes de las cuarenta y ocho horas y sin prórroga alguna. De no recibirse dicha contestación, el Jefe de la Oficina lo- pondrá en conocimiento, con carácter urgente, de la Alcaldía y de la Secretaría general. Si esta gestión no- diera resultado, la reiterará personalmente a las veinti¬ cuatro horas siguientes. 5. No será de aplicación lo dispuesto en el párr. 2 de esta norma cuando, por la índole de la materia, el consultante solicitase, o el funcionario de la Oficina estimara oportuna la comunicación directa con el órgano auxiliar que conozca del asunto, ni cuando este órgano considere precisa la obtención de determinadas aclaraciones que hagan necesaria la relación inmediata con el interesado. En estos casos la Oficina entregará al consultante un volante de visita, en el que se indique el nombre y lugar de la dependencia y el funcionario al que haya de dirigirse, el cual deberá contestar, dando cuenta del resultado' a la Oficina de Información Séptima. — 1. Das informaciones verbales o es¬ critas que facilite la Oficina, tanto si versan sobre materias de carácter general, como si responden a consultas de tipo particular, serán claras y suscin- tas, y se referirán, según los casos, a hechos y si¬ tuaciones concretas o a disposiciones aplicables, sin extenderse a interpretaciones legales o a considera¬ ciones de carácter jurídico. 2. Si la consulta se refiriese a hechos que for¬ men parte del Programa de actuación, se informará al consultante de los plazos previstos para formular sugerencias o aclaraciones respecto de futuros pro¬ gramas, o de los epígrafes concretos del Programa vigente que se refieran a la consulta. 3- Dos informes facilitados por la Oficina ten¬ drán sólo carácter ilustrativo. En consecuencia, no originarán derechos ni expectativas de derecho a favor de los solicitantes o de terceros, ni lesionarán derechos ni intereses legítimos ; no> vincularán ñi obligarán, en ningún casó, a la Administración mu¬ nicipal ; carecerán de eficacia en orden a interrup¬ ción o paralización de plazo, caducidad o prescrip¬ ción de derechos y acciones, y no» surtirán los efectos propios de la notificación. Sección segunda Iniciativas . Octava. — Corresponde a la Oficina recibir y encauzar las iniciativas que presenten los funcio- 309 narios y el público, conducentes a conseguir mayor economía, celeridad y eficacia en la prestación de los servicios, mejoras en el rendimiento y condiciones del trabajo personal y en la utilización de los me¬ dios materiales ; supresión de trámites innecesarios y simplificación de procesos y métodos de trabajo, mayor comodidad para los administros y, en general, el perfeccionamiento, en todos los órdenes, de la Administración municipal. Atenderá, asimismo, las ideas y sugerencias que se aporten en relación a las obras y servicios muni¬ cipales, o que tiendan a la solución de problemas ciudadanos de cualquier orden. Novena. — 1. Da Oficina difundirá y pondrá a disposición del público y de los funcionarios, los impresos habilitados para formular inciativas. En éstos se consignarán los siguientes extremos : a) Exposición de la idea o sugerencia. b) Beneficios o ventajas que, a juicio de su autor, reportaría su aplicación. c) Procedimiento o método más adecuado para implantarla. d) Nombre del autor y, si es funcionario, la dependencia donde preste servicio. e) Autorización, en su caso, para publicar el nombre del autor. 2. No obstante, la Oficina acogerá también las iniciativas que se presenten o remitan por correo, sin utilizar los modelos impresos, e incluso las que se formulen verbalmente por comparecencia en la propia Oficina. En este último supuesto, el fun¬ cionario encargado invitará y prestará ayuda al com¬ pareciente para que la exponga por escrito en el impreso correspondiente, y si éste rehusare, quedará al buen criterio del Jefe de la Oficina, atendiendo al posible interés de la idea aportada, formalizarla o no por escrito y darle curso. Décima. — El Jefe de la Oficina analizará las iniciativas presentadas, consignará sucintamente los antecedentes que conozca sobre el asunto- y las ele¬ vará al Departamento de Asistencia técnica del Ga¬ binete de Programación, que estudiará, a efectos de su posible aplicación, las que se refieran a la mejora de la estructura o de los procedimientos de la Admi¬ nistración municipal y trasladará las referentes a la solución de problemas ciudadanos de distinto orden a los Delegados de Servicios u órganos auxiliares que determine la Alcaldía. Undécima. —- i.'El Jefe de la Oficina llevará un riguroso control de todas las iniciativas presentadas y deberá tener conocimiento constante de su curso, del aprovechamiento que se dé a las mismas y de las medidas adoptadas para su aplicación práctica, recabando al efecto la información oportuna del Departamento de Asistencia técnica del Gabinete de Programación o de las Delegaciones de Servicio u órganos auxiliares, en su caso. 2. Da Oficina comunicará y agradecerá al autor, en todo caso, el resultado de la iniciativa o suge¬ rencia ; y en el supuesto de que fuera aprovechada, 3 io Gaceta Municipal de Barcelona lo difundirá por los medios más apropiados en orden a estimular la aportación de nuevas ideas, con mención del nombre del autor, si éste lo hubiera autorizado. Duodécima. — La Oficina podrá proponer, como iniciativas, las ideas o sugerencias que resul¬ ten de las quejas o reclamaciones a que se refiere la Sección tercera de estas normas. Sección tercera Reclamaciones Decimotercera. — i. La Oficina conocerá asi¬ mismo de las reclamaciones del público' suscitadas, al amparo de lo dispuesto en el art. 34 de la Ley- de Procedimiento administrativo, por los siguientes motivos : a) Tardanzas, retrasos o desatenciones de las que resulten perjuicios o molestias para el intere¬ sado. b) Otras anomalías que ocurran en el funcio¬ namiento de los servicios, aún cuando no redunden particularmente en perjuicio del que formule la re¬ clamación. 2. La reclamación ante la Oficina podrá simul¬ tanearse con la reclamación en queja ante el supe¬ rior jerárquico, a que se refiere el art. 77 de la Ley de Procedimiento' administrativo. Decimocuarta. — 1. Las reclamaciones a que se refiere la norma anterior podrán formularse verbal- mente o por escrito, utilizando los impresos habi¬ litados al efectos. En ésto se consignará : a) El nombre, apellidos, domicilio y teléfono del reclamante. b) El objeto de la reclamación. c) La dependencia y, en su caso, el funcio¬ nario a que afecte. d) Los demás extremos que el reclamante con¬ sidere oportunos. 2. No obstante lo dispuesto en el párrafo an¬ terior, .serán atendidas igualmente las reclamaciones que se presenten por escrito sin utilizar los impresos oficiales y las remitidas por correo, siempre que vayan firmadas y se identifique la persona que las formula. Decimoquinta. — 1. El Jefe de la Oficina, en el supuesto del apartado a) de la norma 14, atenderá personalmente las reclamaciones formuladas y pro¬ curará, previa información directa de los hechos, dar inmediata satisfacción al reclamante y conciliar su actitud y pretensiones con la de los funcionarios afectados y de los intereses de la Administración. 2. Los Jefes y funcionarios de los órganos auxi¬ liares, oficinas y dependencias de la Administración municipal, facilitarán al Jefe de la Oficina o al fun¬ cionario de la misma que le represente, el cumpli¬ miento del cometido señalado en el párrafo anterior y pondrán a su disposición, a tal efecto, los datos e informés precisos. 3. En el caso de que no sea posible la solución a que se refiere el párr. 1 de esta norma, y cuando la importancia de los hechos, sus antecedentes o posibles consecuencias lo aconsejare, el Jefe de la Oficina, por conducto del Departamento de Asis¬ tencia técnica del Gabinete técnico de Programa¬ ción, que emitirá informe, pondrá la reclamación en conocimiento de la Secretaría general y de la Al¬ caldía, al objeto de que se adopten las medidas opprtunas para subsanar las posibles deficiencias. Decimosexta. — 1. El Jefe de la Oficina llevará un riguroso control de todas las quejas y reclama¬ ciones formuladas y deberá tener conocimiento cons¬ tante de su curso y solución, recabando la informa¬ ción necesaria de la Inspección de Servicios o, en su caso, del Departamento de Asistencia técnica del Gabinete de Programación. 2. La Oficina comunicará al reclamante la so¬ lución que se haya dado a su queja y las medidas adoptadas, en su caso, para subsanar las posibles deficiencias, verbalmente o por escrito, según la forma en que aquélla hubiese sido formulada. En la formulación de las contestaciones escritas, se aten¬ derá a lo que informe el Departamento de Asistencia técnica del Gabinete de Programación. Sección cuarta Disposiciones comunes Decimoséptima. — Las funcionarios adscritos a la Oficina atenderán al público con la mayor cortesía, solicitud y eficiencia, y procurarán que con su pre- - senda y ejemplo vel ambiente de la misma sea mo¬ delo de corrección y amabilidad. Decimooctava. — 1. Sin perjuicio de su depen¬ dencia funcional del Delegado de Servicios compe¬ tente, la Oficina, conforme a lo dispuesto en el art. 65, párr. 2 del Reglamento de Organización y Administración del Municipio de Barcelona, se orga¬ nizará y actuará en conexión con el Gabinete Téc¬ nico de Programación. 2. Esta especial conexión se referirá a la cons¬ tante interacción de los distintos Departamentos del Gabinete y la Oficina, en los siguientes aspectos : a) El Departamento de Asistencia técnica, por medio de su Servicio de Organización y Métodos, asistirá a la Oficina en cuanto se refiera a su orga¬ nización, funcionamiento y confección de modelos de impresos, y por medio del citado Servicio y del de Estudios y Documentación, irá facilitando a la Oficina la documentación necesaria para cum¬ plimiento de la misión informativa de ésta en ma¬ teria de organización, procedimientos y disposicio¬ nes aplicables : organigramas de la Administración municipal, diagramas de los procesos, relaciones de Gaceta Municipal de Barcelona competencias y funciones, copias, publicaciones y recopilaciones de las disposiciones municipales de carácter general y de las Ordenanzas y Reglamentos en trámite de información pública, etc. b) El Departamento de Programación facilitará a la Oficina los Planes generales y Programas de actuación, así como los estudios y datos estadísticos que sean de interés para el cumplimiento de su mi¬ sión informativa. c) La Oficina, por su parte, elevará al Depar¬ tamento de Asistencia técnica del Gabinete las ini¬ ciativas presentadas, en el modo y a los efectos deter¬ minados en la norma décima ; facilitará al Gabinete los datos estadísticos que resulten de su actividad y recabará la asistencia técnica del mismo a los fines indicados en el apart, a) de esta norma. Decimonovena. — i. Los órganos auxiliares, ofi¬ cinas y dependencias de la Administración muni¬ cipal deberán facilitar a la Oficina, dentro de los plazos previstos en estas normas, los datos e infor¬ mes que ésta recabe para el cumplimiento de su cometido en los diversos aspectos señalados en estas normas. 2. El Negociado Central facilitará a la Oficina de Información copia de los órdenes del día para las sesiones de la Comisión municipal ejecutiva y del Consejo pleno, de las actas de dichas sesiones o copia de los acuerdos de interés general, y de los decretos de la Alcaldía de carácter general, así como los datos actualizados sobre la situación y destino de los funcionarios. 3. Los Jefes de los órganos auxiliares, oficinas o dependencias que cambien de local, deberán notifi¬ carlo a la Oficina de Información dentro de las veinticuatro horas siguientes al traslado. 4. El servicio telefónico comunicará a la Ofi¬ cina, dentro del mismo plazo de veinticuatro horas, los cambios de número de los distintos teléfonos exteriores e interiores. 5. El servicio de información al público de la Policía municipal cooperará con la Oficina de Infor¬ mación facilitándose recíprocamente los datos pre¬ cisos para el cumplimiento de sus respectivos co¬ metidos. Vigésima. — 1. La Oficina elevará mensualmente a la Alcaldía, por conducto del Departamento de Asistencia técnica del Gabinete de Programación, un parte comprensivo del número de informaciones evacuadas, tanto de carácter general como de tipo especial, y de las iniciativas y reclamaciones pre¬ sentadas, con expresión del curso y solución, en su caso, dada a las mismas. 2. Dicho parte, en cuanto se refiere a iniciativas y reclamacionnes, tendrá carácter acumulativo, es decir, se consignarán todas las iniciativas y recla¬ maciones presentadas hasta su solución O' desesti¬ mación, aunque hubiesen sido insertas en partes anteriores. 3- En dicho parte se consignarán, asimismo, las dificultades con que se haya enfrentado la Ofi- 311 ciña para el cumplimiento de su triple función y las sugerencias oportunas para la mejora de su orga¬ nización y funcionamiento. Vigesimoprimera. — La Oficina llevará control estadístico de las informaciones de carácter general y particular evacuadas, clasificadas por materias, así como de las iniciativas y reclamaciones presen¬ tadas y de los aprovechamientos o soluciones que, en su caso, se haya dado a unas y otras, clasificando las iniciativas por materias, y las reclamaciones, por Servicios. De este Decreto se dará cuenta a la Comisión municipal ejecutiva en la primera sesión que ce¬ lebre.» Barcelona, 14 de mayo de 1965. — El Alcalde, José M.a de Porcioles. Enterado por la Comisión municipal ejecutiva en sesión de 26 de mayo de 1965. DECRETO vLa privilegiada situación de la Montaña de Montjuich, la importancia de su vinculación con la vida e historia, remota y próxima, de la comu¬ nidad barcelonesa y las perspectivas que oîrece para el futuro como zona para solaz y esparcimiento ciudadano y sede de importantes instituciones y centros culturales, deportivos y turísticos, imponen que se emprenda a fondo el estudio da todos los problemas que plantea la consecución de su óptimo aprovechamiento, en sus diversos y variados aspec¬ tos, y la orgánica y adecuada ordenación de la Montaña y de sus alrededores. Para ello se estima conveniente la constitución de una Ponencia especial que se encargue de la realización' de tales estudios y de la promoción e informe de los Planes correspondientes. En su virtud, en el ejercicio de las facultades que atribuyen a la Alcaldía los arts. 5.0 y 7.0 de la Ley de Régimen especial para este Municipio en relación al art. 92 del Reglamento de Organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Corpora¬ ciones locales, Dispongo : Primero. — Se crea una Ponencia especial, que se denominará «Ponencia de la Montaña de Mont¬ juich y Pueblo Español». Segundo. —- La Ponencia tendrá por cometido : i.° El estudio, promoción e informe de las si¬ guientes materias : a) Planeamiento y ordenación de la Montaña y de sus zonas circundantes y de acceso. b) Zonificación y determinación de sus distin¬ tos usos y aprovechamientos. c) Normas reguladoras de las concesiones o per¬ misos para la ocupación del suelo, subsuelo y vuelo. d) Proyectos de obras de edificación e instala¬ ciones de todo orden, en la Montaña. 312 Gaceta Municipal de Barcelona e) Regulación del aprovechamiento, conserva¬ ción, ampliación de los edificios e instalaciones exis¬ tentes. f) Normas y directrices para la conservación, ampliación y aprovechamiento del Pueblo Español. g) Normas para el uso y aprovechamiento de las instalaciones deportivas de dicha Montaña. h) Planes y proyectos relativos a la supresión de barracas existentes en la Montaña. 2.° Relaciones y colaboración con el Patronato del Castillo de Montjuich. 3.0 Estudios para la preparación de los Planes de promoción turística a presentar en el Ministerio de Información y Turismo en el supuesto que el Ayuntamiento solicite y obtenga la apertura de ex¬ pediente para declarar Centro de interés turístico nacional a la Montaña de Montjuich. Tercero. — Ea Ponencia estará integrada por el Concejal Ponente de la Montaña de Montjuich y del Pueblo Español, don Alfonso López Rodó, que la presidirá, y por los Concejales don José María Martínez de Cardeñoso, don Luis Asmarais y Ruiz de Larramendi, don Ildefonso Miró Segret, don Al¬ berto Assalit Camps, don Vicente Villar Palasí y don Julio Muñoz Campos. Cuarto. — Será Secretario de la Ponencia el Se¬ cretario general del Ayuntamiento, quien podrá de¬ legar en funcionario idóneo. Quinto. — El Presidente de la Ponencia podrá proponer a ia Alcaldía que se adscriban a la misma, de modo permanente o para cometidos determina¬ dos, los funcionarios que estime conveniente. Sexto. — Los estudios, informes, propuestas o sugerencias de la Ponencia serán elevados, por con¬ ducto de su Presidente, a la Alcaldía, y sometidos, en su caso, a los órganos informativos o de gobierno municipales competentes. De este Decreto se dará cuenta al Consejo pleno.» Barcelona, 7 de abril de 1965. — El Alcalde, José M.a de Porcioles. Enterado en la sesión del Consejo pleno de 26 de mayo de 1965. ANUNCIOS OFICIALES SERVICIO MUNICIPAL DE PARQUES Y JARDINES Concursos Se anuncia concurso de protección de parterres en la avenida de la Infanta Carlotaj bajo el tipo de 320.850 ptas., según proyecto que está de manifiesto en las oficinas de este Servicio municipal sitas en la avenida del Marqués de Comillas, s/n. (Parque de Montjuich). La duración de estos trabajos será de dos meses. El pago de estos trabajos se efectuará con cargo al Presupuesto especial ordinario de Gastos de 1965, del Servicio municipal de Parques y Jardines. Para tomar parte en el concurso los licitadores deberán constituir previamente la garantía provi¬ sional de 6.417 ptas.; la definitiva será del 4 por 100 del precio de adjudicaciónj y la complementaria, en su caso, se deducirá en la forma dispuesta por el art. 82 del Reglamento de Contratación de las Cor¬ poraciones Locales. Las proposiciones, extendidas en papel del tim¬ bre de 6 p-tas. y reintegradas con sello municipal de 22,50 ptas., se redactarán con arreglo al modelo que consta en el expediente. Las proposiciones, juntamente con todos los do¬ cumentos debidamente reintegrados que requiere el pliego, se presentarán en el mencionado Servicio municipal, durante las horas de oficina, desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio hasta las trece horas del hábil anterior al del concurso. La apertura de plicas se verificará en la sede de este Servicio, a partir de las diez horas del día en que se cumplan los veintiuno hábiles desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en la Gaceta municipal. Barcelona, 22 de mayo de 1965. — El Director Gerente, Luis Riudor. * * * Se anuncia concurso de pintura y reparación de la cerca del Parque de la cindadela (albañilería), bajo el tipo de 293.731,83 ptas., según proyecto que está de manifiesto en las oficinas de este Servicio municipal, sitas' en la avenida del Marqués de Co¬ millas, s/n. (Parque de Montjuich). La duración de esta obra será de tres meses. El pago de esta obra se efectuará con cargo al Presupuesto especial ordinario de Gastos de 1965 del Servicio municipal de Parques y Jardines. Para tomar parte en el concurso, los licitadores deberán constituir previamente la garantía provisio¬ nal de 5.874,63 ptas.; la definitiva será del 4 por 100 del precio de adjudicación, y la complementaria, en su caso, se deducirá en la forma dispuesta por el art. 82 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. Las proposiciones, extendidas en papel del tim¬ bre de 6 ptas. y reintegradas con sello municipal de 16,50 ptas., se redactarán con arreglo al modelo que consta en el expediente. Las proposiciones, juntamente con todos los do¬ cumentos debidamente reintegrados que requiere el pliego, se presentarán en el mencionado Servicio municipal, durante las horas de oficina, desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio hasta las trece horas del hábil anterior al del concurso. Por razón de urgencia, la apertura de plicas se verificará en la sede de este Servicio, a partir de las diez horas del día en que se cumplan los once hábiles desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en la Gaceta municipal. Barcelona, 29 de mayo de 1965. — El Director Gerente, Luis Riudor. CANCELACIÓN DE GARANTÍAS Cubiertas y Tejados, S. A., adjudicataria de las obras de revestimiento de un tramo de la mina de Montaña, debajo de la calle de Balmes, solicita la devolución de la garantía definitiva de 2.500 ptas.. constituida en méritos de dicho contrato. Lo que se hace público para que en el plazo de quince días puedan presentar reclamaciones quienes 3I4 creyeren tener algún derecho exigible a la razón social adjudicataria por razón del contrato garan¬ tizado. Barcelona, 25 de mayo de 1965. — El Secretario general, Juan Ignacio Bermejo y Girones. SERVICIO MUNICIPAL DE PARQUES Y JARDINES . Finalizadas las obras de Instalación de sanita¬ rios y casetas de jardineros en la plaza de Lesseps, adjudicadas a don Francisco Alarcón Casado, se hace público, a los efectos de cancelación de la garantía definitiva en cumplimiento de lo dispues¬ to en el art. 88 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales, para que en el plazo de quince días puedan presentar reclamaciones quie¬ nes creyeren tener algún derecho exigible a dicho contratista, por razón del contrato garantizado Barcelona, 11 de mayo de 1965. — El Director Gerente, Luis Riudor. * * * Finalizadas las obras de ampliación en el jar¬ dín de Torre Lloveta, promovidas por el mejor aprovechamiento del patio del Grupo Escolar, ad¬ judicadas a don Francisco Alarcón Casado, se hace público, a los efectos de cancelación de la garantía definitiva y en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 88 del Reglamento de Contratación de las Cor¬ poraciones Locales, para que en el plazo de quince días puedan presentar reclamaciones quienes cre¬ yeren tener algún derecho exigible a dicho contra¬ tistas, por razón del contrato garantizado. Barcelona, 11 de mayo de 1965. — El Director Gerente, Luis Riudor. * * * Finalizados los trabajos de habilitación del an¬ tiguo Palacio de Agricultura para Mercado de flores al mayor, segunda etapa (reconstrucción y decora¬ ción parte representativa y reconstrucción cubierta), adjudicados a Hijos de J. Miamau Navàs, S. A., se hace público, a los efectos de cancelación de la garantía definitiva y en cumplimiento de lo dis¬ puesto por el art. 88 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales, para que en el plazo de quince días puedan presentar reclamaciones quienes creyeren tener algún derecho exigible a dicho con¬ tratista, por razón del contrato garantizado. Barcelona, 18 de mayo de 1965. — El Director Gerente, Luis Riudor. EXTRAVÍOS Don Carlos Fariñas Rodríguez solicita duplicado, por pérdida del original, del permiso municipal de Gaceta Municipal de Barcelona circulación de auto.taxi n.° 1927, expedido a su nombre. La persona que lo tuviere en su poder deberá entregarlo en el Negociado de Transportes de esta Secretaría general, situado en el segundo piso de la Casa de la Ciudad, o alegar los motivos por los cuales se considera con derecho para retenerlo. Transcurridos quince días sin haberse formulado objeción, se cursará el duplicado. Barcelona, 31 de agosto de 1964. — El Secretario general accidental, Luis G. Serrallonga y Guasch. PLIEGOS DE CONDICIONES En cumplimiento de lo que dispone el art. 24 del Reglamento de Contratación de las Corporacio¬ nes locales de 9 de enero de 1953, y a fin de que pue¬ dan presentarse por los afectados las reclamaciones que consideren oportunas, se hace público que du¬ rante cuatro días estará de manifiesto, en el Nego¬ ciado de Servicios públicos de esta Secretaría ge¬ neral, el pliego de condiciones aprobado por acuerdo de la Comisión municipal ejecutiva de 26 de mayo próximo pasado, para contratar la instalación del alumbrado público en el paseo del Puerto Franco, entre las avenidas de José Antonio y el grupo de Casas Baratas. Transcurrido dicho término no serán admisibles las reclamaciones fundadas en infracciones deter¬ minantes de anulabilidad del pliego o de alguna de sus cláusulas. Barcelona, 2 de junio de 1965. — El Secretario general, Juan Ignacio Bermejo y Girones. * * * En cumplimiento de lo que dispone el art. 24 del Reglamento de Contratación de las Corporacio¬ nes locales de 9 de enero de 1953, y a fin de que puedan presentarse por los afectados las reclama¬ ciones que consideren oportunas, se hace público que durante cuatro días estará de manifiesto, en el Negociado de Servicios públicos de esta Secretaría general, el pliego de condiciones aprobado por acuerdo de la Comisión municipal ejecutiva de 26 de mayo próximo pasado, para contratar la instalación del alumbrado público en la avenida Meridiana, entre las calles de Wellington y Almogávares. Transcurrido dicho término no serán admisibles las reclamaciones fundadas en infracciones deter¬ minantes de anulabilidad del pliego o> de alguna de sus cláusulas. Barcelona, 2 de junio de 1965. — El Secretario general, Juan Ignacio Bermejo y Girones. * * * En cumplimiento de lo que dispone el art. 24 del Reglamento de Contratación de las Corporacio¬ nes locales de 9 de enero de 1953, y a fin de que puedan presentarse por los afectados las reclama- Gaceta Municipal de Barcelona 315 ciones que consideren oportunas, se hace público que durante cuatro- días estará de manifiesto, en el Negociado de Servicios públicos de esta Secretaría general, el pliego de condiciones aprobado por acuerdo de la Comisión municipal ejecutiva de 26 de mayo próximo pasado, para contratar la instalación del alumbrado público en la Vía Augusta, entre la plaza Molina y la calle de Muntaner. Transcurrido dicho- término- no serán admisibles las reclamaciones fundadas en infracciones determi¬ nantes de anulabilidad del pliego o de alguna de sus cláusulas. Barcelona, 2 de junio de 1965. — El Secretario general, Juan Ignacio Bermejo y Girones. * * * E11 cumplimiento de 1o- que dispone el art. 24 del Reglamento de Contratación de las Corporacio¬ nes locales de 9 de enero de 1953, y a fin de que puedan presentarse por los afectados las reclama¬ ciones que consideren oportunos, se hace público que durante cuatro días estará de manifiesto, en el Negociado de Servicios públicos de esta Secretaría general, el pliego de condiciones aprobado por acuerdo de la Comisión municipal ejecutiva de 26 de mayo próximo pasado, para contratar la instalación del alumbrado público en la calle de Calabria. Transcurrido dicho término no serán admisibles las reclamaciones fundadas en infracciones determi¬ nantes de anulabilidad del pliego o de alguna de sus cláusulas. Barcelona, 2 de junio de 1965. — El Secretario general, Juan Ignacio Bermejo y Girones. ^ ^ En cumplimiento de lo que dispone el art. 24 del Reglamento de Contratación de las Corporacio¬ nes locales de 9 de enero de 1953, y a fin de que puedan presentarse por los afectados las reclama¬ ciones que consideren oportunas, se hace público que durante cuatro días estará de manifiesto, en el Negociado de Servicios públicos de esta Secretaría general, el pliego de condiciones aprobado por acuerdo de la Comisión municipal ejecutiva de 26 de mayo próximo pasado, para instalación del alum¬ brado público en la calle de Bailén. Transcurrido dicho término no serán admisibles . las reclamaciones fundadas en infracciones determi1 nantes de anulabilidad del pliego o de alguna de sus cláusulas. Barcelona, 2 de junio de 1965. — El Secreiario general, Juan Ignacio Bermejo y Girones. * * * En cumplimiento de lo que dispone el art. 24 del Reglamento de Contratación de las Corporacio¬ nes locales de 9 de enero de 1953, y a fin de que puedan presentarse por los afectados las reclama¬ ciones que consideren oportunas, se hace público que durante cuatro días estará de manifiesto, en el Negociado de Servicios públicos de esta Secretaría general, el pliego de condiciones aprobado por acuerdo de la Comisión municipal ejecutiva de 26 de mayo próximo pasado, para contratar la instalación del alumbrado público en las calles de Gerona y Méndez Núñez. Transcurrido dicho término no serán admisibles las reclamaciones fundadas en infracciones deter¬ minantes de anulabilidad del pliego o de alguna de sus cláusulas. Barcelona, 2 de junio de 1965. — El Secretario general, Juan Ignacio Bermejo y Girones. * * * En cumplimiento de 1o- que dispone el art. 24 del Reglamento de Contratación de las Corporacio¬ nes locales de 9 dé enero de 1953, y a fin de que puedan presentarse por los afectados las reclamacio¬ nes que consideren oportunas, se hace público que durante cuatro días estará de manifiesto, en el Negociado de Servicios públicos de esta Secretaría general, el pliego de condiciones aprobado por acuerdo de la Comisión municipal ejecutiva de 26 de mayo próximo pasado, para contratar el cambio de lámparas de incandescencia por otras de mercurio color corregido, en las instalaciones de alumbrado público en diversas calles de esta ciudad. Transcurrido dicho término 110- serán admisibles las reclamaciones fundadas en infracciones determi¬ nantes de anulabilidad del pliego o de alguna de sus cláusulas Barcelona, 2 de junio de 1965. — El Secretario general, Juan Ignacio Bermejo y Girones. * * * En cumplimiento de lo- que dispone el art. 24 del Reglamento de Contratación de las Corporacio¬ nes locales de 9 de enero de 1953, y a fin de que puedan presentarse por los afectados las reclamacio¬ nes que consideren oportunas, se hace público que durante cuatro días estará de manifiesto, en el Negociado de Servicios públicos de esta Secretaría general, el pliego de condiciones aprobado por acuerdo de la Comisión municipal ejecutiva de 26 de mayo próximo pasado, para contratar la instalación del alumbrado público eii el paseo de Santa Coloma. Transcurrido dicho término no serán admisibles las reclamaciones fundadas en infracciones determi¬ nantes de anulabilidad del pliego o de alguna de sus cláusulas. Barcelona, 2 de junio de 1965. — El Secretario general, Juan Ignacio Bermejo y Gironès. 316 Gaceta Municipal de Barcelona CONTRIBUCIONES ESPECIARES Ra Comisión municipal ejecutiva acordó, en se¬ sión de 28 de octubre de 1964, imponer contribu¬ ciones especiales para subvenir a las obras de cons¬ trucción de alcantarillado en la calle de Ramón Albó, entre el paseo de Maragall y la calle de Fe¬ derico Mayo, de conformidad con lo dispuesto en el art. 67 de la Rey de Régimen especial del Muni¬ cipio de Barcelona, y repartir, entre) los propietarios especialmente beneficiados por dichas obras, la can¬ tidad de 1.104,894,55 ptas., al aplicar, hechas las deducciones y desgravaciones. legales pertinentes, el módulo que establece la Ordenanza fiscal corres¬ pondiente, del que resulta un tanto alzado de pe¬ setas 2.053,97 por cada metro lineal de fachada. Durante el plazo de quince días, contados a partir de la inserción de este anuncio, podrán examinar los interesados el expediente n.° 3585 del Negociado de Contribuciones especiales (Aviñó, n.° 15, 4.0), de esta Secretaría general, y dentro de los ocho si¬ guientes presentar ante el Ayuntamiento las recla¬ maciones que estimaren oportunas, según lo que determina el art. 16 del Reglamento de Hacienda municipal de Barcelona. Barcelona, 20 de abril de 1965. —• El Secretario general, Juan Ignacio Bermejo y Girones. * * * Ra Comisión municipal ejecutiva acordó, en se¬ siones de 12 de abril de 1961 y 12 de mayo de 1965, imponer contribuciones especiales para subvenir a las obras de instalación de alumbrado en la calle de Valencia, entre la de Balmes, y paseo de San Juan, de conformidad con lo dispuesto en los ar¬ tículos 451, 454, 469 g) y 470, i y 2, de la Rey de Régimen local. Ra cantidad a repartir entre los propietarios especialmente beneficiados por dichas obras es de 790.502,69 ptas., hechas las deducciones legales pertinentes, tomando por base de reparto la línea de fachada de las fincas frontera con la expre¬ sada calle. Durante el plazo de quince días, contados a partir de la inserción de este anuncio, podrán examinar los interesados el expediente n.° 3311 del Negociado de Contribuciones especiales (Aviñó, n.° 15, 4.0), de esta Secretaría general, y dentro de los ocho siguien¬ tes presentar ante el Ayuntamiento las reclamacio¬ nes que estimaren oportunas. Barcelona, 19 de mayo de 1965. — El Secretario general, Juan Ignacio Bermejo y Girones. h: hi h: Ra Comisión municipal ejecutiva acordó, en se¬ sión de 23 de abril de 1964, imponer contribuciones especiales para subvenir a las obras de explanación y construcción de pavimento! y aceras en la calle Juan de Garay, entre las de Navas de Tolosa y Con¬ cepción Arenal, de conformidad con lo dispuesto en el art. 67 de la Rey de Régimen Especial del Muni¬ cipio de Barcelona, y repartir entre los propietarios especialmente- beneficiados por dichas obras las can¬ tidades de 121.618,37, 750.859,70 y 89.133,02 ptas., respectivamente, al aplicar, hechas las deducciones y desgravaciones legales pertinentes, el módulo que establece la Ordenanza fiscal correspondiente, del que resulta un tanto alzado de 420,83 ptas. por ex¬ planación, 2,598,22 ptas. por pavimento y 1,260,90 pesetas por aceras, por cada metro lineal de fachada. Durante el plazo de quince días, contados a par¬ tir de la inserción de este anuncio, podrán examinar los interesados el expediente 3544 del Negociado de Contribuciones Especiales (Aviñó, 15, 4.0), de esta Secretaría general y, dentro de los ocho siguientes, presentar ante el Ayuntamiento las reclamaciones que estimaren oportunas, según lo que determina el art. 16 del Reglamento de la Hacienda, municipal de Barcelona. Barcelona, 20 de abril de 1965. — El Secretario general, Juan Ignacio Bermejo y Girones. PATRIMONIO Ra Comisión municipal ejecutiva, en sesión ce¬ lebrada el 12 de mayo de 1965, informó favorable¬ mente la cuenta de Administración del Patrimonio, relativa al ejercicio de 1964. Ro que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado en el art. 790 de la Rey de Régimen Rocal, de 24 de junio de 1955. Barcelona, 17 de mayo de 1965. — El Secretario general, Juan Ignacio Bermejo y Girones. MERCADOS El Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, en su número 130 de i.° de junio actual, publica anuncio de subasta de un cuarto-depósito de nueva creación en los sótanos del Mercado de Hosta- franchs. Ro que se hace público, advirtiendo a cuantos concesionarios del referido Mercado les pueda in¬ teresar, que hasta el día 28 del corriente mes se admitirán, en el Negociado de Mercados y Comer¬ cios de esta Secretaría general, proposiciones para optar a la adjudicación de dicho cuarto-depósito, y cuya subasta se celebrará el día 30 a las once horas. Barcelona, 2 de junio de 1965. — El Secretario general, Juan Ignacio Bermejo y Girones. PROTECCIONES ECONÓMICAS DOCENTES De acuerdo con las normas aprobadas por el Excelentísimo Ayuntamiento, por la presente se convocan las siguientes protecciones económicas do¬ centes. BECAS (Curso académico 1965-66) Enseñanza media, profesional y técnica a) Masculina : i.° Para cursar estudios de bachillerato o co¬ mercio y de formación profesional, indistintamente, en las Escuelas Profesionales Salesianas de Sarrià, ocho becas, a razón de 9-375 ptas. cada una. 2.0 Para estudios de bachillerato (los tres pri¬ meros cursos), tres becas, y para estudios de prac¬ ticantes de Medicina y Cirugía, tres becas ; todas ellas a favor de individuos del Servicio de Extin¬ ción de Incendios y Salvamentos, a razón de 1.000 pesetas cada una. 3.0 Para estudios de bachillerato en el Colegio Menor, instalado en la Casa-Prisión «José Antonio», de Alicante, una beca de 10.000 ptas. b) Femenina : 4.0 Para estudios de bachillerato y magisterio, indistintamente, en la Escuela «San Benito», de la Sección Femenina de F.E.T. y de las J.O.N.S., treinta y seis becas (quince semi-internas y vein¬ tiuna externas), por una cantidad total de 185.000 pesetas. c) Masculina y femenina : 5.0 Para cursar estudios de bachillerato a favor de alumnos procedentes de las- Escuelas municipales de Enseñanza primaria, doce becas, a razón de 4-58o ptas. cada una. Escuelas especiales a) Masculina : 6.° Para cursar estudios complementarios a los que da acceso el título de Oficial industrial (Maes¬ tro industrial, Bachiller laboral, etc.), así como los que se cursen en las Escuelas técnicas medias (Pe¬ ritaje, Aparejador), a favor de alumnos procedentes de las Escuelas municipales de Formación Profe¬ sional, hasta un 2 por 100 de los alumnos matricu¬ lados en las mismas sin que pueda exceder de 35 be¬ cas, a razón de 4.857 ptas., cada una. Para premios de estímulo a favor de los alumnos de dichas Es¬ cuelas, con arreglo a las bases de su creación, pe¬ setas 30.000. b) Femenina: 7.0 Para cursar estudios en la Escuela de Biblio- tecarias, a favor de una alumna de la misma, una beca de 3.000 ptas. c) Masculina y femenina : 8.° Para cursar estudios en la Escuela Superior de Arquitectura, una beca de 9.000 p'tas. ; para cur¬ sarlos en la de Ingenieros industriales de Barcelona, una beca de 9.000 ptas., y para cursarlos en la de Ingenieros Industriales Textiles (Tarrasa), una beca de 10.000 ptas. g.° Para estudios de un funcionario del Ayunta¬ miento en el Instituto de Estudios de Administra¬ ción local, una beca de 10.000 ptas. Facultades Universitarias Masculina y femenina : 10. Para la Facultad de Filosofía y Letras, una beca ; para la Facultad de Derecho, una beca ; para 3r8 Gaceta Municipal de Barcelona la de Ciencias Políticas y Económicas, una beca ; para la de Medicina, tres becas ; para la de Ciencias, una beca; para la de Farmacia, una beca; para la de Veterinaria (Zaragoza), una beca; incluidos los estudios de Doctorado en todas ellas, ai razón de 9.000 ptas. cada una. Seminarios de la Iglesia : 11 Para sufragar los estudios de un alumno del Seminario Conciliar de Barcelona, una beca de 9.000 ptas. 12. Para sufragar los estudios de un alumno del Seminario Conciliar de Barcelona, en la Universidad Pontificia de Salamanca, una beca de 9.000 ptas. 13. Para sufragar los estudios superiores ecle¬ siásticos en el extranjero, una beca de 15.000 ptas. 14. Para sufragar los estudios superiores ecle¬ siásticos en el extranjero a un alumno del Semina¬ rio Conciliar de Barcelona, una beca de 15.000 ptas. Conservatorio Superior Municipal de Música Masculina y femenina : 15. Para alumnos del Conservatorio Superior municipal de Música, ocho becas, a razón de 5.625 pesetas cada una. 16. Para ampliación de estudios en, el Conser¬ vatorio Superior municipal de Música y prácticas de profesorado en las Escuelas de Enseñanza pri¬ maria. una beca («Rodoreda») de 10.000 ptas. Varias Masculina y femenina : 17. Para cursar estudios de graduado en la Es¬ cuela Social de Barcelona, con matrícula gratuita y expedición del título, un número discrecional de becas. Adjudicación Se hará mediante concurso. Ea beca señalada en el epígrafe 3.0 se adjudicará según la propuesta que realice la Jefatura Provin¬ cial de F.E.T. y de las J.O.N.S. Ua del epígrafe 4.0, a propuesta de la Delegación Provincial de la Sección Femenina de F.E.T. y de las J.O.N.S. Ras señaladas en los epígrafes 11, 12, 13 y 14 se adjudican a propuesta de la jerarquía eclesiástica correspondiente, sobre las solicitudes presentadas. Para todas las becas deberán tenerse en cuenta las siguientes condiciones : a) i. Ser español, circunstancia que se acredi¬ tará mediante la partida de nacimiento o el Libro de Familia. 2. Ser vecino de Barcelona, circunstancia que se acreditará mediante certificado del Instituto muni¬ cipal de Estadística. b) Falta de escasez de recursos económicos, que se acreditará mediante : 1. Certificado oficial relativo al pago de Contri¬ bución Industrial y Territorial. 2. Declaración jurada del total de los ingresos familiares, por cualquier concepto, detallando el número de personas que viven de ellos y parentesco con el solicitante. c) Capacidad intelectual que merezca protección que se probará mediante certificación académica o documento oficial análogo, que especifique las ca¬ lificaciones obtenidas en todas y cada una de las asignaturas o pruebas realizadas. Los que deban estudiar el primer curso, de una carrera o realizar -el ingreso en Escuelas, presentarán el expediente escolar correspondiente al anterior grado de ense¬ ñanza o la calificación obtenida en el oportuno examen previo. El solicitante deberá estar matriculado del curso completo y no estudiar ninguna asignatura suspen¬ dida anteriormente. d) Observar buena conducta, acreditándose me¬ diante certificado del Ayuntamiento o del Alcalde de Barrio. e) Ser adicto al Glorioso Movimiento Nacional, circunstancia que se probará presentando certificado de la Jefatura de F.E.T. y de las J.O.N.S. y sólo para los solicitantes mayores de 18 años. f) No gozar de beca concedida por otra entidad oficial o particular a menos que razonablemente pue¬ da considerarse insuficiente. Estos extremos deberán especificarse en la solicitud. Gozarán de preferencia las solicitudes que se encuentran en los siguientes casos : Ser hijo de caído por Dios y por España. Ser huérfano de funcionario del Ayuntamiento. Ser huérfano de padre. Ser hijo de caballero mutilado, ex-combatiente o ex-cautivo. Ser hijo de funcionario del Ayuntamiento. Ser hijo de familia numerosa, con carnet de 2.a Ser hijo de familia numerosa, con carnet de i.a Ser becario del año anterior con reconocido apro¬ vechamiento Ser becario, del año anterior hijo de padres po¬ bres de solemnidad. Ser becario del año anterior. ^ Haber cursado estudios precedentes en centro municipal. Baremo que se aplicará en la clasificación de solicitudes Méritos académicos Puntos Matrícula de Honor 10 Sobresaliente 9 Notable 7 Aprobado 5 Suspenso 0 Gaceta Municipal de Barcelona 319 Bas anteriores clasificaciones se aplicarán a cada asignatura o curso. La suma total se dividirá por el número de conceptos que deban considerarse y el cociente será la clasificación que corresponda a los méritos académicos. Situación económica Puntos Hasta 8.000 ptas. De 8.0OI ptas. a 10.500. . . . • 4 De IO.50i ptas. a 13.000. . . . 3 De i3.OOI ptas. a 15-500. . . . 2 De I5-50I ptas. a 18.000. . . . I De 18.OOI ptas. a 20.000. . . . - 0,5 De 10O OO M ptas. en adelante. . O Bas cantidades de la izquierda se habrán deter¬ minado dividiendo el total de los ingresos por el número de personas que dependen del cabeza de familia del solicitante. Circunstancian favorables Punto Ser hijo de caído 5 Ser huéfano de funcionario del Ayunta¬ miento 4 Ser huéfano de padre 3 Ser hijo de caballero mutilado, ex-comba- tiente o ex-cautivo 3 Ser hijo de funcionario del Ayuntamiento. . 2 Ser hijo de familia numerosa con carnet de 2.a 3 Ser hijo de familia numerosa con carnet de i.a 2 Ser becario del año anterior de reconocido aprovechamiento 5 Ser becario del año anterior hijo de padres pobres de solemnidad 3 Ser becario del año anterior 2 Haber cursado estudios precedentes en cen¬ tro municipal 2 Procedimiento para solicitar la protección economica El solicitante deberá presentar en el Registro general del Ayuntamiento una instancia dirigida al Excelentísimo señor Alcalde, exponiendo sus cir¬ cunstancias personales, clase de beca a que aspira y méritos que invoca. A la instancia se acompa¬ ñarán los documentos precisos para probar tales cir¬ cunstancias y méritos. Ea presentación podrá efectuarse dentro de los treinta días siguientes a la publicación de la pre¬ sente convocatoria en el Boletín Oficial de la Pro¬ vincia y la falsedad de cualqiuera de los datos apor¬ tados implicará la nulidad de la solicitud o la anu¬ lación automática de la beca, si ésta estuviera ya concedida. El fallo se comunicará a los interesados y la Institución o Centro docente debe cursar sus estudios. Eos beneficiarios de las becas vendrán obligados a cursar los estudios para los que fueron aquéllas concedidas, bajo sanción de pérdida del beneficio. Eo perderán asimismo los becarios que no superen el curso, y les serán revocadas por no guardar la debida eficiencia en los estudios que deban cursar, o no ajusten su conducta a normas de probidad y moral suficientes. En los casos detallados en el párrafo anterior, el limo. Sr. Delegado de Servicios de Cultura pro¬ pondrá a la Comisión municipal ejecutiva la indi¬ cada revocación del beneficio, sin perjuicio de las medidas de suspensión que se estimen urgentes, que podrá disponer el Excmo. Sr. Alcalde. A la Delegación de Servicios de Cultura incumbe tomar las disposiciones necesarias para el debido y constante conocimiento de la actuación y aprovecha¬ miento de los becarios, a las cuales deberán supe¬ ditarse aquéllos con pérdida, en caso contrario, del auxilio concedido. Esquema de la instancia Enunciado. — Nombre y apellidos del solici¬ tante. Naturaleza, edad, domicilio y residencia. Es¬ tudios que cursa o desea cursar. Exposición. — Breve resumen de sus méritos académicos, situación económica familiar y otras circunstancias. Solicitud. — Petición de la clase de beca que se desea. Fecha y firma. Destino. — Al Excmo. Sr. Alcakfe-Presidente del Ayuntamiento de Barcelona. Al margen. — Relación completa de los docu¬ mentos que se acompañen. Nota. — Bas Normas de Protección económica docente se hallan de manifiesto en el Negociado de Enseñanza de este Ayuntamiento. Barcelona, 28 de abril de 1965. — El Delegado de Servicios de Cultura, Juan Marino Garcia- Marquina. Casa Provincial de Caridad Imprenta - Escuela