«fl Num. 16 - Año LXIV DE BARCELONA 10 de Junio de 1977 Se publica cada 10 días DEPOSITO LEGAL B. 1824 - 1958 PRECIO DE SUSCRIPCION ADMINISTRACION Y SUSCRIPCION %;S SUMARIO Pnblicaciones y Disposiciones Dficiales Anuncios oficiales: Ayuntamiento de Barcelona Páginas 377 379 Num. 16 - Año LXIV DE BARCELONA 10 de Junio de 1977 Se publica cada 10 días deposito legal b. 1824- 1958 PRECIO DE SUSCRIPCION ADMINISTRACION Y SUSCRIPCION Barcelona, anual 500 pesetas Número corriente 15 " Gaceta Municipal - Ciudad, 4, entresuelo. La correspondencia se dirigirá al llustrísimo Señor Secretario general del Ayuntamiento de Barcelona. PUBLICACIONES Y DISPOSICIONES OFICIALES BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA Mayo - Junio 1977 Mayo Día 30. — Ayuntamiento de Barcelona. La Co¬ misión Municipal Ejecutiva acordó imponer contri¬ buciones especiales a los propietarios beneficiados por obras de explanación y construcción de pavi¬ mento y aceras en la Avda. de la División Azul (13-IX-72 y 14-111-73); de construcción de alcanta¬ rillado en la calle Palma de San Ginés (22-V-1974) ; de alcantarillado, explanación y construcción de pavimentos y aceras en la calle del Japón (9-VII-75) y de construcción de alcantarillado en el Camino de los Angeles, (18-IV-1974), a fin de subvenir a tales obras. Junio Día 2. — Exposición al público del pliego de condiciones aprobado por Decreto de la Alcaldía de 30-XII-1976, para el concurso del proyecto de los trabajos de consèrvación a realizar en el recinto del PuebloEspañol de Montjuich. Día 3. — Admisión de proposiciones para optar ala adjudicación por subasta, para el año 1977, delos 52 corrales de estabulación de cerdos en el Ma¬ tadero general. — Convocatoria de subasta, por pujas a la llana,de vehículos procedentes del Depósito municipal, que se relacionan. Servicio Municipal de Pompas Fúnebres. — Aceptación de las condiciones ofrecidas por Cajade Ahorros Provincial y por el Sindicato de Ban¬ queros de Barcelona para la concesión de Créditos destinados a la financiación del Presupuesto ex¬traordinario del Servicio de Pompas Fúnebres. Día 4. — Ayuntamiento de Barcelona. — Finali¬ zadas las obras de conservación y reparación de re- ngeración y accesorios en la cámara frigorífica del Matadero general; y las obras de la contrata de conservación de las cámaras frigoríficas del Mata¬ dero general, adjudicadas a Industrias de Frío, S.A. se hace público a efectos de cancelación de garan¬ tías definitivas. — Finalizado el suministro de 44 aparatos desti¬ nados al alumbrado público en los jardines de la manzana denominada Montserrat, situadas en la calle Rocafort, adjudicados a C y G, Carandini, Sociedad Anónima, se hace público a efectos de cancelación de la garantía definitiva. — Doña María Par Espina, solicita que la finca de su propiedad núm. 127 de la calle del Clot, 6 al 16 de la de Montaña, y 5 al 11 de la de Gabriel y Galán, sea incluida en el Registro municipal de Solares y otros inmuebles sujetos a edificación forzosa. — Exposición al público del expediente relati¬ vo al «Estudio de detalle de escalera de la calle sin nombre, entre las de Manuel Arnús y Luis Mun- tadas». — La C.M.E. acordó imponer contribuciones es¬ peciales, a los propietarios beneficiados por obras de instalación de alumbrado en la calle de Argen- sola (9-XII-1975) ; y en la calle de Xifré (14-VI-75) ; de construcción de alcantarillado en la calle del Barón de la Barre (19-VI-1974), y en la calle de Viladrosa (22-V-1974), a fin de subvenir a tales obras. — Exposición al público de los expedientes rela¬ tivos a declaración de sobrante de vía pública, de: una parcela procedente de la calle Concepción Are¬ nal, lindante con fincas propiedad de doña Teresa Grau Castellnou; una parcela procedente de Ronda del General Mitre, lindante con finca propiedad de doña Josefa Calbó Martí; de una parcela proceden¬ te de la calle Dos de Mayo, lindante con finca de don Leandro Mahó Roger: y de una parcela proce¬ dente de la calle de San Andrés, lindante con finca propiedad de don Miguel Arnau y otros. ANUNCIOS OFICIALES AYUNTAMIENTO DE BARCELONA SUBASTAS Se anuncia subasta del suministro de 36 sopor¬ tes de alumbrado público en la calle Marquesa de Villalonga, por el tipo de 171.720 pesetas, según proyecto que está de manifiesto en el Negociado de Obras en la Vía pública de esta Secretaría ge¬ neral. La duración del suministro será de un mes. El pago se efectuará con cargo al Presupuesto de Urbanismo. Para tomar parte en la subasta, los licitadores deberán constituir previamente la garantía provi¬ sional de 3.434 pesetas; la definitiva y la comple¬ mentaria, en su caso, se deducirán en la forma dis¬ puesta por el art. 82 del Reglamento de Contrata¬ ción de las Corporaciones locales. Las proposiciones, extendidas en papel del Tim¬bre de cinco pesetas y reintegradas con sello mu¬ nicipal de 90 pesetas, se redactarán con arreglo a este modelo: aDon vecino de con domicilio en enterado del pliego de condiciones, presupuesto y planos quehan de regir la subasta del suministro de 36 sopor¬ tes de alumbrado público en la calle Marquesa de Villalonga, se compromete a ejecutarlas con su¬ jeción a los citados documentos, por pesetas (enletras y cifras). Asimismo se compromete a cum¬plir lo dispuesto por las Leyes protectoras de la In¬dustria Nacional y del Trabajo en todos sus aspec¬tos, incluidos los de Previsión y Seguridad Social.(Fecha y firma del proponente).» Las proposiciones, juntamente con todos los do¬ cumentos que requiere el Reglamento de Contrata¬ción, debidamente reintegrados, se presentarán ensobre cerrado, en el que figurará la inscripción:nPropisición para tomar parte en...)), en el mencio¬nado Negociado, durante las horas de oficina, des¬de el día siguiente al de la inserción de este anun¬ cio hasta las doce horas del hábil anterior al dela subasta. La apertura de plicas se verificará en la Delega¬ción de Servicios de Obras públicas, de la CasaConsistorial, a partir de las nueve horas del día en que se cumplan los veintiuno hábiles, desde el si¬guiente al de la publicación de este anuncio en la«Gaceta Municipal)). Barcelona, 18 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. Desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el aBoletín Oficial de la Provincia)), hasta las trece horas del en que se cumplan losdiez días hábiles, se admitirán en el Servicio mu¬ nicipal de Matanza de reses y Conservación de car¬ nes del Matadero general, en el que están de mani¬ fiesto las normas y demás antecedentes, proposi¬ciones para optar a la adjudicación, por subasta, para el año de 1977, de los 52 corrales de estabula¬ ción de cerdos de aquella dependencia. Dichas proposiciones se presentarán bajo sobre cerrado, extendidas en papel del Estado de 6 pe¬ setas y reintegradas con sello municipal de 10 pe¬ setas, y una sola por cada corral que se pretendasubastar. La apertura de plicas se verificará públicamente en dicho Servicio, a partir de las once horas del pri¬ mer día hábil siguiente al que se cumplan los diezdías del plazo de presentación. Cada proposición se redactará con arreglo al si¬ guiente modelo: aDon , vecino de , con domicilio en , obrando en (exprésese si es en nombre propio o en representación de una so¬ ciedad o de otra persona), enterado del pliego decondiciones que rige la subasta de corrales de esta¬ bulación de cerdos del Matadero general, ofrece porla ocupación del corral núm , la cantidad de pesetas (en números y letras). (Fecha y firma.) Barcelona, 24 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. * * * Transcurrido el plazo de reclamaciones que fueabierto para que pudieran presentarlas los intere¬ sados a quienes afectaren los expedientes de enaje¬ nación de vehículos del Depósito municipal, tra¬ mitados conforme a lo previsto en el art. 615 del Código civil y en la Orden del Ministerio de la Go¬ bernación de 14 de febrero de 1974, se convoca la procedente subasta que se celebrará, por pujas a la llana, en las Oficinas de la Jefatura de la Policía municipal, Avda. de la Técnica, Montjuich, el día 10 de junio de 1977, a las 10 de la mañana. Los vehículos que se expresan en la siguiente re¬lación podrán ser examinados en los locales de la citada Jefatura en horas de 10 a 13 y de 16 a 18, 380 GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA durante los cinco días hábiles anteriores al de la celebración de la subasta. La forma de subasta será individualizada por ca¬ da unidad, y los que no queden cubiertos serán su¬ bastados conjuntamente en un solo lote. No se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes del avalúo. El adjudicatario vendrá obligado a pagar en el acto el remate en efectivo. El importe de los anuncios será de cargo de los adjudicatarios. La legalización -de los vehículos será de cuenta de los adjudicatarios, así como las cargas que hu¬ bieran sobre los mismos, y se dará cumplimiento a lo establecido en el art. 247, 1-2, del Código de la Circulación. Los vehículos adjudicados deberán ser retirados dentro del plazo de treinta días siguientes al de la celebración de la subasta. Los que no hayan sido retirados en ese plazo, se entenderá que el adjudi¬ catario renuncia en forma tácita a los mismos y a la cantidad abonada del remate. Relación que se cita Clase Turismo Moto Turismo Turismo Triciclo Turismo Turismo Turismo Turismo Turismo Furgoneta Furgoneta Furgoneta Turismo Furgoneta Turismo Furgoneta Turismo Turismo Turismo Turismo Turismo Furgoneta Moto Turismo Turismo Furgoneta Turismo Turismo Furgoneta Turismo Turismo Turismo Turismo Turismo Furgoneta Turismo Turismo Moto Turismo Turismo Turismo Turismo Clase Marca Matrícula subasta Pesetas Turismo Seat 600 B-671171 900 Turismo Buik B-514054 4.500 Autocar Lai B-562453 21.000 Turismo Renault NA-73597 12.000 Moto Vespa B-254155 300 Moto Bultaco B-340567 300 Moto Lambretta B-523633 300 Turismo Volkswag. B-349184 3.000 Turismo Citroen 2HP B-465074 1.800 Turismo Seat 1500 M-934141 3.000 Moto Vespa MU-52836 300 Moto Lambretta B-229776 300 Moto Lambretta B-275652 300 Furgoneta Citroen 2HP B-458664 900 Moto Lambretta B-298561 300 Moto Lambretta B-372787 300 Moto Vespa B-403285 900 Turismo Seat 600 B-219839 900 Turismo Seat 600 B-458042 900 Moto Lambretta BU-14376 300 Moto Vespa L-16346 300 Tipo Moto Rovena B-331798 Marca Matrícula subasta Moto Lambretta B-640546 Pesetas Turismo Renault 8 L-54553 Turismo Seat 600 B-598567 Valiant M-3597131 8.000 Furgoneta Citroen 2HP B-385797 Montesa B-329761 600 Turismo Ford NA-57258 Seat B-465440 1.200 Turismo Seat 600 B-396356 Seat 600 B-309743 2.400 Moto Vespa B-306333 Trirnack B-298501 600 Moto Vespa B-469040 Seat 600 B-380317 1.500 Moto Vespa BI-90239 Seat 850 B-795802 5.400 Turismo Simca 1000 B-588792 Seat 600 B-431848 1.500 Turismo Seat 800 B-518874 Morris M-900826 12.000 Turismo Seat 600 M-280763 Seat 850 B-668005 1.200 Turismo Seat 850-C B-2460-A Sava B-550141 6.000 Turismo Opel-K V-249745 Siata B-597755 3.000 Turismo Seat 850-C B-721711 Siata B-753456 3.000 Turismo Simca B-583308 Simca 1000 B-586146 1.500 Turismo MG PM-120733 Alfa-Romeo B-701842 3.000 Turismo Seat 600 M-380231 Seat 850 B-486408 3.000 Camión Sava B-507780 Seat 600 B-503880 900 Turismo Seat 600 B-737827 Seat 124 B-877506 36.000 Turismo Morris B-802559 Renault-0 B-385758 1.500 Turismo Renault 4L B-524076 Morris B-587700 9.000 Moto Vespa B-358946 Seat 600 B -328189 900 Moto Ossa B-369560 Simca 1000 GE-76933 6.000 Turismo Peugeot 404 B-258088 Renault 4F B -836616 18.000 Turismo Fiat 2300 B-293772 Lambretta M-435982 300 Turismo Seat 600 B-603060 Simca M-511974 3.000 Furgón Auto-Unión B-511928 Simca 1000 B-675313 1.200 Turismo Seat 600 M-438628 Renault 4F B-547487 6.000 Turismo Seat 600 B-550503 Citroen 2HP B-521637 1.800 Furgoneta DKW B-389126 Simca 1000 B-554711 3.000 Furgoneta Siata B-646224 Citroen 2HP B-536287 1.200 Moto Vespa B-271364 Seat 600 B-426455 3.000 Turismo Renault 8 B-505878 Seat 600 B-251783 1.500 Turismo Seat 600 B-376620 Seat 850 B-572285 1.500 Turismo Seat 600 B-344870 Seat 600 B-334599 600 Turismo Citroen 2HP B-387356 Seat B-568326 1.800 Turismo Seat 600 B-439031 Citroen 2HP B-460107 900 Turismo Citroen 2HP B-455751 Seat 600 B-390946 1.200 Furgoneta Citroen 2HP B-420604 Renault 4L B-620498 9.000 Moto Montesa B-159079 Vespa B-244288 300 Turismo Renault D B-261690 Renault 4L L-34489 6.000 Turismo Seat 600 B-388508 Seat 1500 B-531134 3.000 Furgoneta Siata B-848844 Ford-Cort. B-717148 6.000 Turismo Triumph B-891641 M.G. Z-82440 3.000 Turismo Seat 600 GE-77334 1.500 1.200 1.200 600 900 6.000 600 300 300 300 5.400 1200 900 1.500 27.000 6.000 1.200 9.000 600 9.000 600 9.000 11.200 300 300 3.000 1.500 10.800 9.000 900 1.500 4.500 6.000 300 3.000 900 900 900 600 900 900 300 1.200 900 12.000 12.000 900 GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA 381 Tipo Clase Marca Matrícula subasta Pesetas Moto Bultaco M-285916 300 Turismo Seat 600 B-363976 900 Turismo Renault G B -410680 1.200 Moto Ossa CR-12800 300 Moto Lambretta SE-133275 300 Turismo Renault G B-477414 1.200 Turismo Seat 600 B-389321 900 Turismo Renault 0 B-334906 1.200 Turismo Seat 600 B-531821 1.200 Turismo Seat 1500 B-430271 3.000 Turismo Seat 600 B-284437 900 Turismo Seat 600 M-511865 900 Turismo Renault 4L M-194778 900 Turismo Renault D B-220944 1.200 Moto Bultaco B-585276 600 Turismo Seat 600 B-852576 6.000 Turismo Morris B-590583 9.000 Turismo Seat 600 B-453292 900 Moto Vespa M-674956 1.200 Turismo Seat 600 B-350497 900 Moto Bultaco B-315114 300 Turismo Seat 850 B-492515 1.500 Turismo Seat 850 L-45491 1.500 Turismo Renault 4L B-387019 3.000 Turismo Renault 0 GE-35077 1.200 Turismo Morris B-698942 1.500 Furgoneta DKW B-616757 6.000 Turismo Citroen 2HP GE-55563 900 Turismo Ford Mer. B-509390 60.000 Moto Vespa Z-61297 300 Moto Vespa B-42192 300 Moto Rovena HU-16086 300 Turismo Seat 124 B-717526 9.000 Turismo Simca 1000 B-657354 3.000 Turismo Seat 850 B-811078 15.000 Moto Vespa B-461313 600 Turismo Citroen B B-639294 6.000 Turismo Seat 600 GE-53221 6.000 Furgoneta Seat 600 B-416055 600 Turismo Seat 1500 B-315307 1.500 Turismo Seat 850 B-515157 6.000 Turismo Austin V C-9758-F 63.000 Turismo Seat 600 MU-76276 3.000 Moto Montesa B-383139 300 Moto Ossa B-197082 300 Barcelona 20 de mayo de 1977. CONCURSOS Se anuncia concurso para las obras de protec¬ ción contra desprendimientos en la Montaña de Montjuich, 1977, por el tipo de 1.000.000 de pese- tos, según proyecto que está de manifiesto en elNegociado de Obras en la Vía pública de esta Se¬ cretaría general. La duración de las obras será de doce meses. El pago se efectuará con cargo al Presupuestoordinario. Para tomar parte en el concurso, los lidiadores deberán constituir previamente la garantía provi¬sional de 20.000 pesetas; la definitiva, y la com¬ plementaria, en su caso, se deducirán en la formaispuesta por el art. 82 del Reglamento de Con¬tratación de las Corporaciones locales.Las proposiciones, extendidas en papel del Tim-re de cinco pesetas y reintegradas con sello muni¬ cipal de 410 pesetas, se redactarán con arreglo a este modelo: aDon , vecino de con domicilio en , enterado del Pliego de condiciones, presupuesto y planos que han de regir el concurso para las obras de protec¬ ción contra desprendimientos en la Montaña de Montjuich, 1977, se compromete a ejecutarlas con sujección a los citados documentos, por pesetas (en letras y cifras). Asimismo se compromete a cumplir lo dispuesto por las Leyes protectoras de la Indus¬ tria nacional y del Trabajo en todos sus aspectos, incluidos los de Previsión y Seguridad Social (Fe¬ cha y firma del proponente).y) Las proposiciones, juntamente con todos los docu¬ mentos que requiere el Reglamento de Contrata¬ ción y en su caso el pliego de condiciones, debida¬ mente reintegrados, se presentarán en sobre cerra¬ do, en el que figurará la inscripción: «Proposición para tomar parte en...», en el mencionado Nego¬ ciado, durante las horas de oficinas, desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio hasta las doce horas del hábil anterior al del concurso. La apertura de plicas se verificará en la Delega¬ ción de Servicios de Obras públicas, de la Casa Consistorial a partir de las nueve horas del día en que se cumplan los veintiuno hábiles, desde el si¬ guiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial de la Provincia». Barcelona, 26 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. Se anuncia concurso del suministro de 55 apara¬ tos de alumbrado público en la calle Caspe, entre Paseo de Gracia y Paseo San Juan, por el tipo de 386.500 pesetas, según proyecto que está de mani¬ fiesto en el Negociado de Obras en la Vía pública de esta Secretaría general. La duración de las obras será de 45 días. El pago se efectuará con cargo al Presupuesto de Urbanismo. Para tomar parte en el concurso los licitadores deberán constituir previamente la garantía provi¬ sional de 7.730 pesetas; la definitiva, y la comple¬ mentaria, en su caso, se deducirán en la forma dis¬ puesta por el art. 82 del Reglamento de Contrata¬ ción de las Corporaciones locales. Las proposiciones, extendidas en papel del Tim¬ bre de cinco pesetas y reintegradas con sello muni¬ cipal de 170 pesetas, se redactarán con arreglo a este modelo: aDon vecino de « , con domicilio en enterado del Pliego de condiciones, presupuesto y planos que han de regir el concurso del suministro de 55 apa¬ ratos de alumbrado público en la calle Caspe, entre Paseo de Gracia y Paseo San Juane se compromete a ejecutarlas con sujeción a los citados documentos, por pesetas (en letras y cifras). Asimismo se compromete a cum¬ plir lo dispuesto por las leyes protectoras de la In¬ dustria nacional y del Trabajo en todos sus aspec¬ tos, incluidos los de Previsión y Seguridad Social (Fecha y firma del proponente).» 382 GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA Las proposiciones, juntamente con todos los do¬ cumentos que requiere el Reglamento de Contra¬ tación y en su caso el pliego de condiciones, debi¬ damente reintegrados, se presentarán en sobre ce¬ rrado, en el que figurará la inscripción: «Proposi¬ ción para tomar parte en...)), en el mencionado Negociado, durante las horas de oficinas, desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio has¬ ta las doce horas del hábil anterior al del concurso. La apertura de plicas se verificará en la Delega¬ ción de Servicios de Obras públicas, de la Casa Con¬ sistorial a partir de las nu\eve horas del día en que se cumplan los veintiuno hábiles, desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en la «Gaceta Municipal)). Barcelona, 18 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. CANCELACION DE GARANTIAS Finalizadas las obras de conservación y repara¬ ción de refrigeración y acesorios en la cámara fri¬ gorífica del Matadero general, adjudicadas a In¬ dustrias del Frío, S.A., se hace público, a los efec¬ tos de cancelación de la garantía definitiva y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 88 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales para que en el plazo de quince días puedan presentar reclamaciones quienes creyeren tener al¬ gún derecho exigible a dicho contratista, por ra¬ zón del contrato garantizado. Barcelona, 19 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. * * * Finalizadas las obras de la contrata de conserva¬ ción de las cámaras frigoríficas del Matadero gene¬ ral, adjudicadas a Industrias del Frío, S.A., se hace público, a los efectos de cancelación de las garan¬ tías definitivas y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 88 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales, para que en el plazo de quince días puedan presentar reclamacioens quie¬ nes creyeran tener algún derecho exigible a dicho contratista por razón de los contratos garantizados. Barcelona, 22 de noviembre de 1976. — El Secre¬ tario general interino, José Balcells Junyent. * * * Finalizado el suministro de 44 aparatos destina¬ dos al alumbrado público en los jardines de la man¬ zana denominada Montserrat, situados en la calle Rocafort, entre Rosellón y Córcega, adjudicados a C. & G. Carandini, S.A., se hace público, a los efectos de cancelación de garantía definitiva y en cumplimiento por lo dispuesto en el artículo 88 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales, para que en el plazo de quince días pue¬ dan presentar reclamaciones quienes creyeren te¬ ner algún derecho exigible a dicha sociedad por razón del contrato garantizado. Barcelona, 2 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. DUPLICADO Don Sebastián Badía Cortasa, con domicilio en Barcelona, Encina, 33-35, solicita duplicado por pérdida del original del carnet municipal de con¬ ductor de auto-taxi núm. 39.167, expedido a su nombre. La persona que lo tuviere en su poder deberá en¬ tregarlo en el Negociado de Servicios municipales de esta Secretaría general, situado en la planta ter¬ cera del edificio de Estadística (Avda. Puerta del Angel, núms. 8 y 10), o alegar los motivos por los cuales se considera con derecho para retenerlo. Transcurridos quince días sin haberse formulado objeción, se cursará el duplicado. Barcelona, 27 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. EXPOSICION AL PUBLICO En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 24 del Reglamento de Contratación de las Corpora¬ ciones locales, se expone al público, en el Negocia¬ do de Obras en edificios municipales de esta Secre¬ taría general, el pliego de condiciones aprobado por Decreto de la Alcaldía, de 30 de diciembre de 1976, para el concurso del proyecto de los trabajos de conservación a realizar en el recinto del Pueblo Español de Montjuich. Durante ocho días, a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio, podrán los interesados presentar reclamaciones, que serán resueltas por la Corporación y, transcurrido dicho término, no se admitirán las que se fundaren en infracciones de¬ terminantes de anulabilidad del pliego o de alguna de sus cláusulas. Barcelona, 10 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. * * * El expediente relativo al «Estudio de detalle de escalera de la calle sin nombre, entre las de Ma¬ nuel Arnús y Luis Muntadas», estará expuesto al público en el Negociado de Planeamiento, de la Se¬ cretaría general, durante un mes, contado a partir de la inserción, en el Boletín Oficial de la provin¬ cia. Cuantas personas se consideren afectadas podrán presentar dentro de ese plazo reclamaciones, con los documentos que las justifiquen, sobre cualquie¬ ra de los extremos de dicho proyecto. Barcelona, 19 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. * * * El expediente relativo a declaración de sobrante de vía pública de una parcela procedente de la calle Concepción Arenal, lindante con fincas propiedad de doña Teresa Grau Castellnou, con domicilio en la calle Cerdeña núm. 548, estará expuesto al pu¬ blico en el Negociado de Actuación Urbanística de esta Secretaría general durante veinte días, conta¬ dos a partir de la inserción de este anuncio en e Boletín Oficial de la provincia. GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA 383 Cuantas personas se consideren afectadas podrán presentar, dentro de ese plazo, reclamaciones, con los documentos que las justifiquen. Barcelona, 23 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. * * * El expediente relativo a declaración de sobrante de vía pública de una parcela procedente de la ronda del General Mitre, lindante con finca propie¬ dad de doña Josefa Calbó Martí, con domicilio en la calle Reina Cristina, núm. 12, estará expuesto al público en el Negociado de Actuación Urbanística de esta Secretaría general durante veinte días, con¬ tados a partir de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Cuantas personas se consideren afectadas, podrán presentar, dentro de ese plazo, reclamaciones, con los documentos que las justifiquen. Barcelona, 24 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. * * * El expediente relativo a declaración de sobrante de vía pública de una parcela procedente de la calle Dos de Mayo, lindante con finca propiedad de don Leandro Mahó Roger, con domicilio en la avenida de la Victoria, núm. 81, de San Adrián de Besos, es¬ tará expuesto al público en el Negociado de Actua¬ ción Urbanística de esta Secretaría general duran¬ te veinte días, contados a partir de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la provincia. Cuantas personas se consideren afectadas podrán presentar, dentro de este plazo, reclamaciones, con los documentos que las justifiquen. Barcelona, 24 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. * * * El expediente relativo a declaración de sobran¬ te de vía pública de una parcela procedente de la calle de San Andrés, lindante con finca propiedad de don Miguel Arnau de Gelcen y otros, con domi¬ cilio en la plaza de la Bonanova, núm. 4, 3.°, estará expuesto al público en el Negociado de Actuación Urbanística de esta Secretaría general durante vein¬ te días, contados a partir de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Cuantas personas se consideren afectadas podrán presentar, dentro de este plazo, reclamaciones, con los documentos que las justifiquen. Barcelona, 24 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. REGISTRO MUNICIPAL DE SOLARES Doña María Par Espina, representada por donLuis Pascual Estevill, con domicilio en Diagonal, num. 407, solicita que la finca de su propiedad, se¬ñalada con los números 127 de la calle del Clot, 616 de la de Montaña y 5 al 11 de la de Gabriel y Galán, sea incluida en el Registro municipal de Solares y otros inmuebles sujetos a edificación for¬ zosa. Los interesados podrán formular en el plazo de ocho días las alegaciones que estimen convenientes y aportar o proponer las pruebas practicables. Barcelona, 16 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. HACIENDA SERVICIO MUNICIPAL DE POMPAS FUNEBRES El Consejo de Administración, en su sesión de fecha 21 de los corrientes, tomó por unanimidad, el siguiente acuerdo: Aceptar las condiciones ofrecidas por las siguien¬ tes entidades para la concesión de créditos destina¬ dos a la financiación del Presupuesto extraordinario de este servicio en las cuantías que se especifican: a) Con la Caja de Ahorros Provincial de Bar¬ celona, crédito de pesetas 43.069.452 (cuarenta y tres millones sesenta y nueve mil cuatrocientas cin¬ cuenta y dos) a amortizar en once años, al interés del 13,1 por 100 anual. b) Con el Sindicato de Banqueros de Barcelo¬ na, S.A., crédito de pesetas 30.000.000 (treinta mi¬ llones) a dos años renovable, al interés del 13,5 por 100 anual. El oportuno expediente estará de manifiesto al público en la Secretaría del Servicio por espacio de quince días a fin de que puedan presentarse las reclamaciones procedentes, con arreglo al art. 284 del Reglamento de Haciendas Locales. Barcelona, 23 de mayo de 1977.—El Gerente, Cristóbal Torra Casals. CONTRIBUCIONES ESPECIALES El Consejo pleno acordó, en sesión de 2 de febre¬ ro de 1971, y la Comisión Municipal Ejecutiva en las de 13 de septiembre de 1972 y 14 de marzo de 1973, imponer contribuciones especiales para sub¬ venir a las obras de explanación y construcción de pavimento y aceras en la avenida de la División Azul, entre la Travesera de Las Corts y la Avenida de Gregorio Marañón de conformidad con lo dis¬ puesto en el art. 67 de la Ley de Régimen especial del Municipio de Barcelona, y repartir entre los propietarios especialmente beneficiados por dichas obras las cantidades de 1.166.427,38, 6.613.101,56 y 1.074.224,86 pesetas, respectviamente, al aplicar, he¬ chas las deducciones y desgravaciones legales perti¬ nentes, el módulo que establece la Ordenanza fiscal correspondiente, del que resultan unos tantos alza¬ dos de mil novecientas noventa pesetas con cuaren¬ ta y nueve céntimos, por explanación ; once mil dos¬ cientas ochenta y cinco pesetas con quince cénti¬ mos, por pavimento; mil setecientas veintidós pe¬ setas con ochenta y nueve céntimos (ancho acera, 4 metros) y dos mil ciento cincuenta y tres pese¬ ta scon sesenta y un céntimos (ancho acera, 5 m.), por cada metro lineal de fachada. Durante el plazo de quince días, contados a par¬ tir de la inserción de este anuncio, podrán exami¬ nar los interesados el expediente 4852 del Negocia¬ do de contribuciones especiales (Aviñó, n.° 15, 4.°) 384 GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA de esta Secretaría general, y dentro de los ocho si¬ guientes presentar ante el Ayuntamiento las recla¬ maciones que estimaren oportunas, según lo que determina el art. 16 del Reglamento de Hacienda Municipal de Barcelona. Barcelona, 4 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. * * * La Comisión Municipal Ejecutiva acordó, en se¬ sión de 22 de mayo de 1974, imponer contribucio¬ nes especiales para subvenir a las obras de cons¬ trucción de alcantarillado en la calle de Palma de San Ginés, entre las de Gutenberg y de Tiziano, de conformidad con lo dispuesto en el art. 67 de la Ley de Régimen especial del Municipio de Barce¬ lona, y repartir entre los propietarios especialmen¬ te beneficiados por dichas obras la cantidad de pe¬ setas 494.391,42, al aplicar, hechas las deducciones y desgravaciones legales pertinentes, el módulo que establece la Ordenanza fiscal correspondiente, del que resulta un tanto alzado de dos mil doscien¬ tas noventa pesetas con veintidós céntimos, por cada metro lineal de fachada. Durante el plazo de quince días, contados a par¬ tir de la inserción de este anuncio, podrán exami¬ nar los interesados el expediente 4.932 del Nego¬ ciado de Contribuciones especiales (Aviñó núm. 15, cuarto) de esta Secretaría general, y dentro de los ocho siguientes presentar ante el Ayuntamiento las reclamaciones que estimaren oportunas, según lo que determina el art. 16 del Reglamento de Ha¬ cienda Municipal de Barcelona. Barcelona, 9 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. * * * La Comisión Municipal Ejecutiva acordó, en se¬ sión de 9 de julio de 1975, imponer contribuciones especiales para subvenir a las obras de alcantarilla¬ do, explanación y construcción de pavimento y ace¬ ras en la calle del Japón, entre las de Borràs y de San Francisco Javier, de conformidad con lo dis¬ puesto en el art. 67 de la Ley de Régimen especial del Municipio de Barcelona, y repartir entre los propietarios especialmente beneficiados por dichas obras las cantidades de 1.264.709,58, 290.397,65, 696.559,50 y 46.269,63 pesetas, respectivamente, al aplicar, hechas las deducciones y desgravaciones le¬ gales pertinentes, el módulo que establece la Orde¬ nanza fiscal correspondiente, del que resultan unos tantos alzados de cuatro mil ochocientas setenta y nueve pesetas con veintiocho céntimos, por alcanta¬ rillado; mil ciento veinte pesetas con treinta y seis céntimos, por explanación; dos mil seiscientas ochenta y siete pesetas con treinta y cuatro cénti¬ mos, por pavimento, y setecientas noventa y cinco pesetas con un céntimo, por aceras, por cada me¬ tro lineal de fachada. Durante el plazo de quince días, contados a par¬ tir de la inserción de este anuncio, podrán exami¬ nar los interesados el expediente 5309 del Negocia¬ do de Contribuciones especiales (Aviñó, núm. 15, cuarto) de esta Secretaría general, y dentro de los ocho siguientes presentar ante el Ayuntamiento las reclamaciones que estimaren oportunas, según lo que determina el art. 16 del Reglamento de Ha¬ cienda municipal de Barcelona. Barcelona, 11 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. La Comisión Municipal Ejecutiva acordó, en se¬ sión de 18 de abril de 1974, imponer Contribucio¬ nes especiales para subvenir a las obras de cons¬ trucción de alcantarillado en el Camino de los An¬ geles, entre las calles de Lourdes y de Nuestra Se¬ ñora de los Angeles, de conformidad con lo dispues¬ to en el art. 67 de la Ley de Régimen especial del Municipio de Barcelona, y repartir entre los pro¬ pietarios especialmente beneficiados por dichas obras la cantidad de 589.401,68 pesetas, al aplicar, hechas las deducciones y desgravaciones legales per¬ tinentes, el módulo que establece la Ordenanza fis¬ cal correspondiente, del que resulta un tanto alza¬ do de dos mil setecientas trece personas con trece céntimos, por cada metro lineal de fachada. Durante el plazo de quinte días contados a par¬ tir de la inserción de este anuncio, podrán examinar los interesados el expediente 4.940 del Negociado de Contribuciones especiales (Aviñó, 15, 4.°) de esta Secretaría general, y dentro de los ocho si¬ guientes presentar ante el Ayuntamiento las recla¬ maciones que estimaren oportunas según lo que de¬ termina el art. 16 del Reglamento de Hacienda municipal de Barcelona. Barcelona, 9 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. * * * La Comisión Municipal Ejecutiva acordó, en se¬ sión de 9 de diciembre de 1975, imponer contribu¬ ciones especiales para subvenir a las obras de ins¬ talación de alumbrado en la calle de Argensola, de conformidad con lo dispuesto en el art. 67 de la Ley de Régimen especial del Municipio de Barcelona, y repartir entre los propietarios especialmente be¬ neficiados por dichas obras la cantidad de 83.268 pesetas, al aplicar, hechas las deducciones y des¬ gravaciones legales pertinentes, el módulo que esta¬ blece la Ordenanza fiscal correspondiente, del que resulta un tanto alzado de seiscientas setenta pese¬ tas con noventa y siete céntimos, por cada metro lineal de fachada. Durante el plazo de quince días contados a par¬ tir de la inserción de este anuncio, podrán exami¬ nar los interesados el expediente 5368 del Nego¬ ciado de Contribuciones especiales (Aviñó núm. 15, cuarto) de esta Secretaría general y dentro de los ocho siguientes presentar ante el Ayuntamiento las reclamaciones que estimaren oportunas, según lo que determina el artículo 16 del Reglamento de Hacienda municipal de Barcelona. Barcelona, 4 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. * * * La Comisión Municipal Ejecutiva acordó, en se¬ sión de 14 de junio de 1975, imponer contribucio¬ nes especiales para subvenir a las obras de instala¬ ción de alumbrado en la calle de Xifré, de confor¬ midad con lo dispuesto en el art. 67 de la Ley de Régimen especial del Municipio de Barcelona, y repartir entre los propietarios especialmente bene¬ ficiados por dichas obras la cantidad de 637.847,10 pesetas, al aplicar, hechas las deducciones y desgra¬ vaciones legales pertinentes, el módulo que estable¬ ce la Ordenanza fiscal correspondiente, del que GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA 385 resulta un tanto alzado de setecientas ochenta pe¬ setas con sesenta y un céntimos, por cada metro lineal de fachada. Durante el plazo de quince días contados a par¬ tir de la inserción de este anuncio, podrán exami¬ nar los interesados el expediente 5.399 del Nego¬ ciado de Contribuciones especiales (Aviñó, núm. 15 cuarto) de esta Secretaría general, y dentro de los ocho siguientes presentar ante el Ayuntamiento las reclamaciones que estimaren oportunas según lo que determina el art. 16 del Reglamento de Hacien¬ da Municipal de Barcelona. Barcelona, 11 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. * * * La Comisión Municipal Ejecutiva acordó, en se¬ sión de 19 de junio de 1974, imponer contribucio¬ nes especiales para subvenir a las obras de construc¬ ción de alcantarillado en la calle de Barón de la Barre, entre la avenida del Hospital Militar y la calle de Morell, de conformidad con lo dispuesto en el art. 67 de la Ley de Régimen especial del Mu¬ nicipio de Barcelona, y repartir entre los propieta¬ rios especialmente beneficiados por dichas obras la cantidad de 634.313,52 pesetas, al aplicar, hechas las deducciones y desgravaciones legales pertinen¬ tes, el módulo que establece la Ordenanza fiscal correspondiente, del que resulta un tanto alzado de dos mil doscientas noventa y tres pesetas, por cada metro lineal de fachada. Durante el plazo de quince días, contados a par¬ tir de la inserción de este anuncio, podrán exami¬ nar los interesados el expediente 5.030 del Nego¬ ciado de Contribuciones especiales (Aviñó núm. 15, (Català) BAN SOBRE CELEBRACIÓ DE REVETLLES I FESTES POPULARS La proximitat de festes de tradicional arrelament popular que motiven la celebració multitudinària de revetlles i altres esplais públics on s'hi fa gran consum d'artificis pirotècnics, mouen aquesta Al¬ caldia, como en anys anteriors, a recordar amb aquest Ban l'acompliment del que disposa la vigent Ordenança sobre activitats que fabriquen, manipu¬len o emmegatzemen substàncies o materials com¬ bustibles, inflamables o explosius, en aquella part que es refereix a la venda i emmagatzematge de productes de pirotècnia. Per anàlogues raons cal adoptar també mesures que regulina amb caràcter restrictiu la instal·lació de les fogueres que és costum d'encendre amb motiu de les esmentades festes populars; tot, amb la fina¬litat de prevenir els accidents o danys que puguin produir-se. És per això que l'Alcaldia, en l'exercici de les facultats que li confereixen les disposicions vigents,dicta el següent BAN A) Fogueres Primer. — 1. Queda prohibit encendre fogueres a tot el terme municipal, llevat dels casos d'auto- ntzació concedida, per escrit, pel President de la cuarto) de esta Secretaria general, y dentro de los ocho siguientes presentar ante el Ayuntamiento las reclamaciones que estimaren oportunas según lo que determina el art. 16 del Reglamento de Ha¬ cienda municipal de Barcelona. Barcelona, 18 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. * * * La Comisión Municipal Ejecutiva acordó, en se¬ sión de 22 de mayo de 1974, imponer contribucio¬ nes especiales para subvenir a las obras de construc¬ ción de alcantarillado en la calle de Viladrosa, en tre la Vía Favencia y la calle de Joaquín Valls, de conformidad con lo dispuesto en el art. 67 de la Ley de Régimen especial del Municipio de Barce¬ lona, y repartir entre los propietarios especialmen¬ te beneficiados por dichas obras la cantidad de 427.021,52 pesetas, al aplicar, hechas las deduccio¬ nes y desgravaciones legales pertinentes, el módulo que establece la Ordenanza fiscal correspondiente, del que resulta un tanto alzado de dos mil tres¬ cientas sesenta y cuatro pesetas con cuarenta y seis céntimos, por cada metro lineal de fachada. Durante el plazo de quince días contados a partir de la inserción de este anuncio, podrán examinar los interesados el expediente 4.958 del Negociado de Contribuciones especiales (Aviñó, núm. 15, 4.°) de esta Secretaría general, y dentro de los ocho si¬ guientes presentar ante el Ayuntamiento las recla¬ maciones que estimaren oportunas según lo que determina el art. 16 del Reglamento de Hacienda municipal de Barcelona. Barcelona, 18 de mayo de 1977. — El Secretario general accidental, José Balcells Junyent. (Castellano) BANDO SOBRE CELEBRACION DE VERBENAS Y FIESTAS POPULARES La proximidad de fiestas de tradicional arraigo popular que motivan la celebración multitudina¬ ria de verbenas y otros regocijos públicos en los que se hace gran consumo de artificios pirotécnicos, mueven a esta Alcaldía, como en años anteriores, a recordar con este Bando el cumplimiento de lo dis¬ puesto en la vigente Ordenanza sobre actividades que fabrican, manipulan o almacenan sustancias o materiales combustibles, inflamables o explosivos, en aquella parte que se refiere a la venta y almace¬ naje de productos de pirotècnia. Por análogas razones se hace preciso adoptar también medidas que regulen con carácter restric¬ tivo, la instalación de las hogueras cpie acostum¬ bran a encenderse con ocasión de las referidas fies¬ tas populares; todo ello con la finalidad de pre¬ venir los accidentes o daños que pudieran produ¬ cirse. Por ello, la Alcaldía, en el ejercicio de las facul¬ tades que le confieren las disposiciones vigentes, dicta el siguiente BANDO: A) Hogueras Primero. — 1. Queda prohibido encender ho¬ gueras en todo el término municipal salvo autori¬ zación concedida, por escrito, por el Presidente de 386 GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA (Català) Junta Municipal del Districte corresponent, qui, per excepció, podrà autoritzar-les als carrers empe¬ drats, sempre que, damunt del paviment, es col·lo¬ qui una capa protectora de sorra. 2. En cap cas s'autoritzarà encendre fogueres: a) als carrers i places asfaltats o afermats, i b) a les muntanyes o als terenys que distin menys de 400 metres d'una muntanya. 3. Les autoritzacions s'atorgaran pel President de la Junta municipal amb criteri extremadament restrictiu, i sempre que s'acompleixin les disposi¬ cions d'aquest Ban i s'adoptin, a més, quantes al¬ tres mesures de seguretat estimi necessàries. Segon. — A les autoritzacions a què es refereix l'extrem anterior caldrà que hi consti necessària¬ ment: a) lloc d'ubicació de les fogueres; b) distància mínima de les mateixes respecte dels arbres i edificis; c) temps durant el qual podran estar enceses, i d) persones, majors d'edat, a les que es conce¬ deix l'autorització i que seran responsables de l'acompliment de les condicions sota les quals s'atorgui. Tercer. — En l'atorgament i ús de les llicències per a encendre fogueres es tindrà cura especialment de respectar les distàncies mínimes precises per tal de no danyar l'arbrat o d'altres béns públics o privats. Quart. — Totes les autoritzacions que s'atorguin per a encendre fogueres s'entendren supeditades a que, per la quantitat de matèries acumulades o altres circumstàncies, no puguin comportar perill per a la seguretat de les persones o danys per al paviment, l'arbrat o altres béns públics o privats i sens perjudici de les responsabilitats en què es pugui incórrer, en el seu cas, per les infraccions comeses. Cinquè. — Els Alcaldes de Barri i, en general, els agents de la meva Autoritat impediran que s'encen¬ guin i, en el seu cas, disposaran la inmediata extin¬ ció de les fogueres, en els següents supòsits: a) si no han estat autoritzades en la forma consignada als anteriors extrems d'aquest Ban; b) si no s'acompleix alguna de les condicions sota les quals s'atorgà l'autorització, i c) si per les circumstàncies concurrents s'apre¬ cia l'existència de perill per a les persones, edificis, arbres o altres elements urbanístics y béns públics o privats. Sisè. — L'Enginyer Cap de la Unitat Operativa d'Obres de Vialitat adoptarà les mesures pertinents per a que siguin retirats o traslladats els materials compustibles que puguin implicar dany o perill, per a la qual cosa comptarà amb la cooperació de la Policia municipal i dels serveis de Neteja, d'Exr tinció d'Incendis, i de Parcs i Jardins de Barcelona, així com dels demés serveis municipals que estimi necessaris. Setè. — A partir de les 2 hores del dia següent a les revetlles, els Serveis d'Extinció d'Incendis, de Neteja i de Parcs i Jardins de Barcelona procedi¬ ren a apagar els focs o calius de totes les fogueres i a retirar-ne les deixalles i materials acumulats. (Castellano) la Junta municipal del Distrito correspondiente que, por excepción, podrá autorizarlas en las calles adoquinadas siempre que, sobre el pavimento, se coloque una capa protectora de arena. 2. En ningún caso se autorizará el encendido de hogueras: a) en las calles y plazas asfaltadas o afirmadas; b) en los montes o en terrenos que disten me¬ nos de 400 metros de un monte. 3. Las autorizaciones se otorgarán por el Pre¬ sidente de la Junta municipal con criterio extrema¬ damente restrictivo, y siempre que se cumplan to¬ das las disposiciones de este Bando y se adopten, además, cuantas otras medidas de seguridad estime necesarias. Segundo. — En las autorizaciones a que se refiere el extremo anterior deberá constar necesariamente: a) lugar de ubicación de las hogueras; b) distancia mínima de las mismas respecto de los árboles y edificios; c) tiempo durante e lque podrán estar encen¬ didas, y d) personas, mayores de edad, a las que se con¬ ceda la autorización y que serán responsables del cumplimiento de las condiciones bajo las que se otorgue. Tercero. — En el otorgamiento y uso de las licen¬ cias para encender hogueras se cuidará especial¬ mente de respetar las distancias mínimas precisas para no dañar el arbolado u otros bienes públicos o privados. Cuarto. — Todas las autorizaciones que se otor¬ guen para el encendido de hogueras, se entenderán supeditadas a que, por la cantidad de materias acu¬ muladas u otras circunstancias no puedan entrañar peligro para la seguridad de las personas o daños para el pavimento, el arbolado u otros bienes pú¬ blicos o privados y sin perjuicio de las responsa- bibdades en que se pueda incurrir, en su caso, por las infracciones cometidas. Quinto. — Los Alcaldes de Barrio y, en general, los agentes de mi Autoridad impedirán que se en¬ ciendan y, en su caso dispondrán la inmediata ex¬ tinción de las hogueras, en los siguientes supues¬ tos: a) si no han sido autorizadas en la forma con¬ signada en los anteriores extremos de este Bando; b) si se incumple alguna de las condiciones bajo las que se otorgó la autorización, y c) si por las circunstancias concurrentes se apre¬ cia la existencia de peligro para las personas, edi¬ ficios, árboles u otros elementos urbanísticos y de¬ más bienes públicos o privados. Sexto. — El Ingeniero Jefe de la Unidad Opera¬ tiva de Obras de Vialidad adoptará las medidas pertinentes para que sean retirados o trasladados los materiales combustibles que pudieran impli¬ car daño o peligro, para lo que contará con la cooperación de la Policía municipal y de los servi¬ cios de Limpieza, de Extinción de Incendios y de Parques y Jardines de Barcelona y de los demás servicios municipales que estime necesarios. Séptimo. — A partir de las 2 horas del día si¬ guiente a las verbenas, los Servicios de Extinción de Incendios, de Limpieza y de Parques y Jardines de Barcelona, procederán a apagar los fuegos o res¬ coldos de todas las hogueras y a retirar los restos y materiales acumulados. GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA 387 (Català) B) Emmagatzematge i venda (Particles de piro¬ tecnia. Vuitè. — A efectes de llur emmagatzematge i ven¬ da, els productes pirotècnics es classificaran en tres grups: Grup 1er.: Bombetes japoneses, bengales amb mànec de fusta o filferro, sortidors amb embolcall de paper fins a 8 mm. de diàmetre, sorpreses japo¬ neses amb sortida de joguines o papers, fulminants i suros detonants per a armes de joguina. Grup 2on.: Fonts màgiques, coets voladors fins a 14 mm. de diàmetre i un màxim de 10 gr. de mescla detonant, rodes en totes llurs clarres, tra¬ ques amb final detonant no major de 20 gr., tubs xiuladors, correcames, articles de detonació fins a un màxim de 20 gr. de detonant, candeles romanes, i sols en llurs diverses varietats. Grup 3er. : Figueres, escuts al·legories, coets, tra¬ ques no compreses al Grup 2on., trons d'avís, car¬ casses i demés articles no inclosos als grups ante¬ riors. Nové. — 1. Els materials compresos al Grup 1er. només podran ésser venuts a persones majors de 14 anys. A l'envàs dels mateixos, a més de la marca del fabricant, nombre d'unitats que conté i les ins¬ truccions per al seu ús, deurà figurar la menció «Prohibida la venda als menors de 14 anys». 2. Per a la venda dels materials del Grupo 2on., l'adquirent deurà presentar carta duplicada de comanda sotascrita pels representants d'una empre¬ sa o d'una entitat recreativa o per particular, a la que hi consti l'autorització de l'Alcalde de Barri. Un dels exemplars serà segellat per l'expendador i tornat al comprador com a justificant de la com¬ pra, i l'altre quedarà en poder del venedor como a comprovant. 3. Els Alcaldes de Barri atorgaran o denegaran les autoritzacions tenint en compte les circums¬ tàncies concurrents en cada cas, i podran limitar la quantitat que es pretengui adquirir quan la consi¬ derin excessiva, ateses les condicions dels sol·lici¬ tants i les del lloc on es vullgin utilitzar els articles de pirotècnia. 4. Els materials del Grup 3er. només podran ésser utilitzats per personal especialitzat d'una fଠbrica de pirotècnica degudament legalitzada, no permetent-se llur emmagatzematge dintre de nu¬ clis habitats. C) Requisits dels locals de venda i condicions per a llur utilizació. Deu. — Per a que pugui ésser autoritzada la ven¬ da, a un local, d'articles pirotècnics dels Grups 1er. i 2on., seran condicions indispensables: a) que compti amb dues sortides situades al mateix nivell de la botiga i que hauran de comuni¬ car amb vies públiques diferents. No obstant, s'ad- metra que una d'elles comuniqui amb un pati de superfície no inferior a 50 m2.; b) que al local no existeixi cap vivenda, i c) que la sala destinada a magatzem es situï el mes lluny possible dels accessos, estigui il·luminada desde l'exterior i que al seu interior no existeixi mstallació elèctrica de cap classe. Les finestres de 1 esmentada sala estaran protegides amb tela me¬ tàl·lica robusta, de malla fina. (Castellano) B) Almacenamiento y venta de artículos de pirotècnia Octavo. — A efectos de almacenamiento y venta de los productos pirotécnicos, se clasificarán en tres grupos: Grupo 1.°: Bombitas japonesas, bengalas con palillos de madera o alambre, surtidores con en¬ voltura de papel hasta 8 mm. de diámetro, sorpre¬ sas japonesas con salida de juguetes o papeles, ful¬ minantes y corchos detonantes para armas de ju¬ guete. Grupo 2.°: Fuentes mágicas, cohetes voladores hasta 14 mm. de diámetro y un máximo de 10 gr. de mezcla detonante, ruedas en todas sus clases, tracas con final detonante no mayor de 20 gr., tu¬ bos silbadores, buscapiés «correcamas»), artículos de detonación hasta un máximo de 20 gr. de deto¬ nante, candelas romanas y soles en sus diversas variedades. Grupo 3.°: Figuras, escudos alegóricos, cohetes, tracas no comprendidas en el Grupo 2.°, truenos de aviso, carcasas y demás fabricados no incluidos en los grupos anteriores. Noveno. — 1. Los materiales comprendidos en el Grupo 1.° sólo podrán ser vendidos a personas mayores de 14 años. En el envase de los mismos, además de la marca del fabricante, número de uni¬ dades que contiene e instrucciones para su uso, de¬ berá figurar la mención «Prohibida la venta a me¬ nores de 14 años». 2. Para la venta de los materiales del Grupo 2.° el adquirente deberá presentar carta duplicada de pedido suscrita por los representantes de una empresa o de una entidad recreativa o por parti¬ cular, en la que conste autorización del Alcalde de Barrio. Uno de los ejemplares será sellado por el expendedor y devuelto al comprador como justifi¬ cante de la compra y el otro quedará en poder del vendedor como comprobante. 3. Los Alcaldes de Barrio otorgarán o denega¬ rán las autorizaciones teniendo en .cuenta las cir¬ cunstancias concurrentes en cada caso, pudiendo limitar la cantidad que se pretenda adquirir cuan¬ do la estimen excesiva, atendidas las condiciones de los solicitantes y las del lugar en el que se pre¬ tenda utilizar los artículos de pirotecnia. 4. Los materiales del Grupo 3.° sólo podrán ser utilizados por personal especializado de una fábrica de pirotecnia debidamente legalizada, no permi¬ tiéndose su almacenamiento dentro de núcleos ha¬ bitados. C) Requisitos de los locales de venta y condicio¬ nes de su utilización. Diez. — Para que pueda ser autorizada la venta, en un local, de artículos pirotécnicos de los Grupos 1.° y 2.°, serán condiciones indispensables: a) que disponga de dos salidas situadas al mis¬ mo nivel de la tienda que habrán de comunicar con vías públicas distintas. No obstante, se admiti¬ rá que una de ellas comunique con un patio de su¬ perficie no inferior a 50 m.2; b) que en el local no exista vivienda alguna, y ■c) que la sala destinada a almacén se sitúe lo más lejos posible de los accesos, esté iluminada des¬ de el exterior y en su interior no exista instalación eléctrica de clase alguna. Las ventanas de dicha sala estarán protegidas con tela metálica robusta de malla fina. 388 GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA (Català) Onze. — 1. En l'ús de l'autorització es compli¬ ran, a més, les següents prevencions: a) el nombre màxim de compradors que podran trobar-se simultàniament dintre d'un establiment no excedirà el de venedors, i en cap cas serà supe¬ rior a 5 persones, ni a una per cada 10 m.2 de su¬ perfície útil del local destinat a la venda. Per al més estricte compliment d'aquesta disposició, l'in¬ dustrial regularà, mitjançant personal a les seves ordres, l'entrada del públic a l'establiment, i col·lo¬ carà en llóc visible un rètol indicador de l'esmen¬ tat màxim autoritzat; b) els articles de pirotècnica no podran expo¬ sar-se a vitrines ni aparadors, però podrán utilizar¬ se, com propaganda, mostres exemptes de càrrega; c) no es podran vendre productes de qualsevol altra classe, mentre hi hagi material de pirotècnica emmagatzemat ; d) al departament destinat a la venda hi haurà només el material precís per a atendre les necessi¬ tats inmediates de venda, guardant-se la resta a la sala-magatzem a què es refereix l'apartac c) de l'extrem anterior; e) la quantitat màxima total que podrà emma¬ gatzemar-se serà de 75 kgrs. de pes brut, l'equiva¬ lent del qual en material inflamable o explosiu no podrà passar de 12 kgrs. Tots els articles deuran conservar-se en caixes resistents, folrades de zenc; f) en cap sala del local es permetrà fumar ni encendre foc, i deuran figurar rètols ben visibles que indiquin aquesta prohibició; g) el local comptarà amb el nombre i classe d'extintors que s'assenyali a l'atorgar-se l'autorit¬ zació, d'acord amb l'informe del ervei d'Extinció d'Incendis i Salvament, i h) s'adoptaran, a més, totes aquelles altres me¬ sures de precaució que assenyali l'esmentat Servei, en el seu cas. 2. El titular de l'autorització deurà romandre constantment al local durant tot el període de ven¬ da dels articles pirotècnics, per tal de tenir cura de que es compleixin exactament les prescripcions d'aquest Ban. Per a suplirlo en aquesta comesa durant les seves absències, designarà una persona major d'edat, nomenament que deurà comunicar a l'Administració municipal dintre de les 24 hores següents a haver-li estat notificada l'autorització de venda. La manca d'aquesta comunicació i l'ab¬ sència del titular o del substitut designat, del local, es consideraran infraccions sancionables en la for¬ ma reglamentària. D) Autoritzacions per a la venda Dotze. — Qualsevol persona que desitgi dedicar-se a la venda al detall d'articles de pirotècnica dels Grups 1er. i 2on., sol·licitarà l'oportú permís de l'Ajuntament. A tal fi deurà presentar al Registre general el corresponent imprès normalitzat, que es facilitarà a l'Oficina d'Informació del propi Ajun¬ tament, degudament complimentat i acompanyat d'un croquis de l'establiment on es farà constar la seva situació, la superfície destinada a venda, sor¬ tides amb què compta el local, característiques de la cambra-magatzem, estat de la instal·lació elèc¬ trica i demés dades que consideri d'interès. Tretze. — 1. Les sol·licituds d'autorització a que es refereix l'extrem anterior deuran presentar-se al Registre general de l'Ajuntament abans del dia (Castellano) Once. — 1. En el uso de la autorización se cum¬ plirán, además, las siguientes prevenciones: a) el número máximo de compradores que po¬ drán hallarse simultáneamente dentro de un esta¬ blecimiento no excederá al de vendedores y en nin¬ gún caso será superior a 5 personas, ni a una poi¬ cada 10 m.2 de superficie útil del local destinado a la venta. Para el más estricto cumplimiento de es¬ ta disposición, el industrial regulará mediante per¬ sonal a sus órdenes la entrada de público en el es¬ tablecimiento y colocará en sitio visible un letrero indcador de dcho máxmo autorzado; b) los artículos de pirotécnica no podrán expo¬ nerse en vitrinas ni escaparates, pero podrán utili¬ zarse como propaganda muestras exentas de carga; c) no podrán venderse productos de cualquier otra clase, mientras haya material de pirotecnia almacenado ; d) en el departamento destinado a la venta ha¬ brá tan sólo el material preciso para atender las necesidades inmediatas de venta, guardándose el resto en la sala almacén a que se refiere el apar¬ tado c) del extremo anterior; e) la cantidad máxima total que podrá almace¬ narse será de 75 kgs. de peso bruto, cuyo equiva¬ lente en material inflamable o explosivo no podrá pasar de 12 kgs. Todos los artículos deberán con¬ servarse en cajas resistentes forradas de zinc; f) en ninguna sala del local se permitirá fumar ni encender fuego, debiendo figurar letreros bien visibles que indiquen esta prohibición; g) se dispondrá en el local del número y clase de extintores que se señale al otorgarse la autori¬ zación, de acuerdo con lo informado por el Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, y h) se adoptarán, además, cuantas otras medi¬ das precautorias señale dicho Servicio, en su caso. 2. El titular de la autorización deberá permane¬ cer constantemente en el local durante todo el pe¬ ríodo de venta de los artículos pirotécnicos al efec¬ to de cuidar de que se cumplan exactamente las prescripciones de1 este Bando. Para suplirle en este cometido durante sus ausencias designará una persona mayor de edad, nombramiento que debe¬ rá comunicar a la Administración municipal dentro de las 24 horas siguientes a habérsele notificado la autorización de venta. La falta de esta comunica¬ ción y la ausencia del titular o del sustituto desig¬ nado del local se considerarán infracciones sancio¬ nables en la forma reglamentaria. D) Autorización para la venta. Doce. — Toda persona que desee dedicarse a la venta al detall de artículos de pirotecnia de los Grupos 1.° y 2.° solicitará el oportuno permiso del Ayuntamiento. Para ello deberá presentar en el Registro general el impreso normalizado corres¬ pondiente, que se facilitará en la Oficina de Infor¬ mación del propio Ayuntamiento, debidamente cumplimentado y acompañado de un croquis del establecimiento en el que se hará constar su situa¬ ción, la superficie destinada a venta, salidas de que dispone el local, características del cuarto-al¬ macén, estado de la instalación eléctrica y demás datos que considere de interés. Trece. — 1. Las solicitudes de autorización a que se refiere el extremo anterior deberán presentarse en el Registro general del Ayuntamiento antes e GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA 389 (Català) 10 de juny proper. Les que es presentin a partir de l'esmentada data seran rebutjades. 2. S'entendran desestimades aquelles sol·licituds que no hagin estat resoltes en el termini dels 10 dies següents al de llur presentació. 3. La validesa de l'autorització atorgada que¬ darà condicionada a que pel titular es presti una garantia de 5.000 pessetes per a respondre del com¬ pliment de les condicions sota les quals aquella s'atorgui i de les disposicions d'aquest Ban que l'afectin. La susdita garantia deurà prestar-se en metàl·lic, o mitjançant aval signat per altres dos industrials amb establiment obert a aquesta Ciutat, dintre del dia següent a aquell en que sigui noti¬ ficada l'autorització. Catorze. — 1. A les persones que els sigui auto¬ ritzada la venda se'ls notificarà per escrit la co¬ rresponent resolució, en la qual constarà el nom i cognoms de l'interessat, situació del local autoritzat, nombre màxim de compradors que puguin trobar- se simultàniament al lloc de venda, articles per als que està autoritzat, nombre i classe d'aparells extintors de què ha de disposar a l'establiment i quantes altres prevencions es considerin necessଠries. La validesa màxima de l'autorització serà d'un any. 2. Junt amb l'autorització es lliurarà als inte¬ ressats una còpia del present Ban, del qual es de¬ clararan assabentats per escrit. 3. El document en què consti l'autorització deu¬ rà col·locar-se als aparadors de l'establiment o, en son defecte, en altre lloc visible des de la via pú¬ blica. Quinze. — Queda prohibit emmagatzemar arti¬ cles de pirotècnica per a la venda al detall, sense la prèvia obtenció de la llicència que prevé l'ex¬ trem dotze d'aquest Ban. Setze. — Sens perjudici de les demés responsabi¬ litats que puguin contraure's, la infracció, per part dels venedors, de les disposicions del present Ban o de les condicions assenyalades a l'autorització de venda comportarà: a) l'automàtica caducitat de l'autorització, amb l'obligació de retirar el material acumulat en el termini de QUATRE hores. El local romandrà tancat al públic mentre no s'hagi retirat el susdit material, i b) la pèrdua de la garantia constituïda en me¬ tàl·lic pels mateixos, amb càrrec a la qual es faran efectives, fins on abastin, les sancions i demés res¬ ponsabilitats pecuniàries exigibles per l'Ajunta¬ ment. En el cas d'liaver-se constituït la garantia en for¬ ma personal, es farà efectiva mitjançant l'ingrés en metàl·lic de l'import per aquells que l'haguessin prestat, als propis efectes del paràgraf anterior i sense que per aquells pugui exigir-se pràvia excus-sió dels béns del venedor. E) Altres disposicions Disset. — 1. Queda prohibit: a) elevar globus amb esponges o metxes ence¬ ses, i b) elevar o engegar coets o altres artificis que continguin foc, a les muntanyes o terrenys forestalsel terme municipal i en una franja de 400 metresd amplada a llur entorn. (Castellano) día 11 de junio próximo. Las que se presenten a partir de la mencionada fecha serán rechazadas. 2. Se entenderán desestimadas aquellas solici¬ tudes que no hayan sido resueltas en el plazo de 10 días siguientes al de su presentación. 3. La validez de la autorización otorgada que¬ dará condicionada a que por el titular se preste una garantía de 5.000 pesetas para responder del cumplimiento de las condiciones bajo las que aqué¬ lla se otorgue y de las disposiciones de este Bando que le afecten. Dicha garantía deberá prestarse en metálico, o mediante aval firmado por otros dos industriales con establecimiento abierto en esta Ciudad, dentro del día siguiente al en que fuese notificada la autorización. Catorce. — 1. A las personas que les sea autori¬ zada la venta se les notificará por escrito la corres¬ pondiente resolución, en la cual constará el nom¬ bre y apellidos del interesado, situación del local autorizado, número máximo de compradores que puedan encontrarse simultáneamente en el lugar de venta, artículos para los que está autorizado, número y clase de aparatos extintores de que ha de disponer en el establecimiento y cuantas otras prevenciones se consideren necesarias. La validez máxima de la autorización será de un año. 2. Junto con la autorización se entregará a los interesados una copia del presente Bando, del que se declararán enterados por escrito. 3. El documento en que conste la autorización deberá colocarse en los escaparates del estableci¬ miento, o en su defecto en otro lugar visible des¬ de la vía pública. Quince. — Queda prohibido almacenar artículos de pirotecnia para la venta al detall, sin la previa obtención de la licencia que previene el extremo doce de este Bando. Dieciséis. — Sin perjuicio de las demás responsa¬ bilidades a que hubiere lugar, la infracción por parte de los vendedores de las disposiciones del presente Bando o de las condiciones señaladas en la autorización de venta comportará: a) la automática caducidad de la autorización con la obligación de retirar el material acumulado en el plazo de CUATRO horas. El local permane¬ cerá cerrado al público en tanto no se haya retira¬ do dicho material, y b) la pérdida de la garantía constituida en me¬ tálico por los mismos, con cargo a la cual se harán efectivas, hasta donde alcancen, las sanciones y de¬ más responsabilidades pecuniarias exigibles por el Ayuntamiento. Caso de haberse constituido la garantía en forma personal, se hará efectiva mediante el ingreso en metálico del importe por quienes la hubiesen pres¬ tado, a los propios efectos del párrafo anterior y sin que por aquéllos pueda exigirse previa excu¬ sión de los bienes del vendedor. E) Otras disposiciones. Diecisiete. — 1. Queda prohibido: a) elevar globos con esponjas o mechas encen¬ didas, y b) elevar o lanzar cohetes u otros artificios que contengan fuego, en los montes o terrenos foresta¬ les del término municipal y en una franja de 400 metros de ancho a su alrededor. 390 GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA (Català) 2. No podran cremar-se castells de focs artifi¬ cials i altres composicions pirotècniques sense au¬ torització escrita del President de la Junta munici¬ pal del Districte corresponent, qui en cap cas l'ator¬ garà si haguessin d'übicar-se als llocs a què es re¬ fereix l'apartat b) del paràgraf anterior. Divuit. — Es reitera la general prohibició de produir sorolls immoderats o evitables, especial¬ ment durant les hores nocturnes. Dinou. — L'Inspector Cap de la Policia munici¬ pal organitzarà un servei extraordinari que vetllarà pel manteniment de l'ordre i l'acatament de les precedents disposicions i de quantes altres tinguin relació amb elles. Vint. — De les infraccions al disposat en aquest Ban, comeses pels menors d'edat, en respondran llurs pares, tutors o guardadors. L'Alcaldia exhorta el veïnat a que compleixi es¬ trictament les normes contingudes en aquest Ban, a fi de que les festes populars puguin trascorrer en un ambient de sana i pacífica convivència, sense molèties ni perjudicis per a ningú. Barcelona, 13 de maig de 1977. — L'Alcalde Pre¬ sident, Josep M.a Socias i Humbert. (Castellano) 2. No se podrán quemar castillos de fuegos arti¬ ficiales y otras composiciones (pirotécnicas sin auto¬ rización escrita del Presidente de la Junta muni¬ cipal del Distrito correspondiente, quien en ningún caso la otorgará si hubiesen de ubicarse en los lu¬ gares a que se refiere el apartado b) del párrafo anterior. Dieciocho. — Se reietra la general prohibición de producir ruidos inmoderados o evitables, espe¬ cialmente durante las horas nocturnas. Diecinueve. — El Inspector Jefe de la Policía municipal organizará un servicio extraordinario que, velará por el mantenimiento del orden y el acatamiento de las precedentes disposiciones y de cuantas otras guarden relación con ellas. Veinte. — De las infracciones a lo dispuesto en este Bando, cometidas por los menores de edad, responderán sus padres, tutores o guardadores. La Alcaldía encarece al vecindario al estricto cumplimiento de las normas contenidas en este Bando a fin de que las fiestas populares puedan transcurrir en un ambiente de sana y pacífica con¬ vivencia, sin molestias ni perjuicios para nadie. Barcelona, 13 de mayo de 1977. — El Alcalde Presidente, José M.a Socías Humbert. BANDO SOBRE PREVENCION DE INCENDIOS FORESTALES De conformidad con lo establecido en la Ley y Reglamento de Incendios Forestales y en la Circu¬ lar del Gobierno Civil de Barcelona de fecha 17 de mayo de 1977, está terminantemente prohibido (a no ser que se tenga autorización expresa) en el monte, o en terrenos que, sin ser forestales, disten menos de 400 metros de un monte: 1.° Encender lumbre y hornillos de carbón, leña, gasolina, petróleo, alcohol o de cualquier otro combustible, sólido o líquido. 2.° Arrojar cigarrillos, cerillas o cualquier otro objeto de ignición. 3.° Emplear el fuego para quema de rastrojos, matorral de las márgenes de cultivo y destrucción de restos vegetales. 4.° Lanzar cohetes o artificios que contengan fuego. 5.° Dejar sobre el terreno papeles, envases, res¬ tos de comida, basuras u otras materias combusti¬ bles. Toda persona a quien se sorprenda contravinien¬ do estas prohibiciones, o realizando cualquier otra acción prohibida en el vigente Reglamento de la Ley de Incendios Forestales (Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre) o en la Circular del Gobierno Civil de Barcelona antes citada, será denunciada ante el excelentísimo señor Gobernador civil de la provincia para la aplicación de las sanciones que procedan, con arreglo al art. 135 y siguientes del mencionado Reglamento. Se recuerda a cuantos transiten, trabajen o per¬ manezcan en el monte la obligación de cumplir las indicaciones que para la prevención de incen¬ dios les sean hechas por los Guardas, Vigilantes y Agentes de la Autoridad en general, y de guardar la debida compostura, así como facilitar su identi¬ dad en caso de ser requeridos para hacerlo, sin perjuicio de las reclamaciones que puedan formu¬ lar, legal y reglamentariamente, si considerasen que las denuncias o advertencias que se les haga son infundadas. Barcelona, 31 de mayo de 1977. — El Alcalde, José M.a Socías Humbert. MOVIMIENTO TURISTICO Relación de visitantes a las Oficinas Municipales de Turismo e Información, durante el mes de mayo de 1977 Oficina Casa Consistorial: españoles hispanoamericanos . alemanes y austríacos británicos canadienses escandinavos franceses y belgas griegos holandeses . israelitas italianos japoneses, chinos y filipinos marroquíes norteamericanos portugueses y brasileños suizos otras nacionalidades total consultas telefónicas Oficina Estación de Francia: consultas totales [.402 291 165 453 32 60 236 4 78 24 87 39 47 295 24 35 68 3.340 57 . 10.300 GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA 391 Oficina Estación Marítima: consultas totales 561 Oficina Pueblo Español: españoles 601 hispanoamericanos 151 alemanes y austríacos 595 británicos 183 canadienses 11 escandinavos 6 franceses y belgas 728 holandeses 39 israelitas 5 italianos 51 japoneses, chinos y filipinos ... 17 norteamericanos 305 portugueses y brasileños .... 6 rusos y otros eslavos 1 suizos . . . . 25 otras nacionalidades 15 total .... 2.739 consultas telefónicas 69 Oficina Puerta del Angel: españoles 1.733 hispanoamericanos 158 alemanes y austríacos 121 británicos 137 canadienses 40 escandinavos 27 franceses y belgas 225 holandeses 36 israelitas 8 italianos 22 japoneses, chinos y filipinos ... 32 marroquíes 6 norteamericanos 341 portugueses y brasileños .... 13 suizos 4 total .... 2.903 consultas telefónicas 68 '' ■ .^ . .V'V'; : " , " ,