Junta Arbitral de Consum Rda. Sant Pau, 43-45 2ª pl. 08015 Barcelona Tel. 93 402 33 44 Fax 93 402 78 47 e.mail: junta-arbitral@bcn.cat   t   Exp. 1473/16 El Colegio arbitral, en equidad y por unanimidad, adopta la siguiente resolución arbitral: LAUDO: DESESTIMAR la reclamación, en el sentido que ha quedado acreditado que la parte reclamante efectuó la comprar de billetes de las persones que viajaban con él, indicando la numeración de su Tarjeta +XXXXX núm. XXXXXX. Y de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales de Utilización de la Tarjeta +XXXXX, la solicitud y uso de la Tarjeta implica su expresa adhesión y aceptación, y conforme a lo dispuesto en las citadas Condiciones Generales, Renfe viajeros se reserva el derecho de cancelar la cuenta de puntos y su saldo, y anular la Tarjeta, al Titular que realice un uso indebido de la misma o que incumpla las normas recogidas en las Condiciones Generales, pudiendo exigir las responsabilidades que de dicho uso o incumplimiento pudieran derivarse. Barcelona, 4 de mayo de 2017