Secretaría General Ref.: CP 1/19 ACUERDO adoptado por el Plenario del Consejo Municipal en la sesión extraordinaria de 9 de enero de 2019. Parte de impulso y control Se hace constar que la proposición-declaración de grupo que se transcribe a continuación tiene naturaleza de acto de impulso político de la acción del Gobierno y no produce efectos jurídicos como acto administrativo resolutorio. Proposición-declaración de grupo Única. (M1519/10196) El Plenario del Consejo Municipal del Ayuntamiento de Barcelona acuerda: Primero. Proponer constituir una comisión especial de seguimiento de la aplicación de la Ordenanza de terrazas en el distrito de Ciutat Vella para aclarar las circunstancias en que se está produciendo la toma de decisiones durante el ejercicio del 2018 con relación a las licencias de terraza, de acuerdo con los parámetros siguientes: a) Objeto de la comisión. Aclarar las circunstancias y determinar la adecuación a la normativa vigente de las medidas adoptadas por el Distrito de Ciutat Vella en materia de terrazas durante el ejercicio del 2018, teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes principios o factores: — El deber de la Administración local con relación al fomento, apoyo e impulso de la actividad económica vinculada a las terrazas de la restauración (art. 2 de la Ordenanza de terrazas). — La obligación de la Administración local de resolver de manera expresa y dentro del plazo legalmente previsto (art. 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administración común de las administraciones públicas). — La obligación de la Administración local de motivar los actos que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos (art. 35 de la Ley 39/2015). La obligación de la Administración de preservar la convivencia en el espacio público. b) Composición. La comisión especial de seguimiento estará integrada por dos concejales/as de cada uno de los grupos municipales y los concejales/as no adscritos del Consistorio. c) Normas específicas de funcionamiento. Los trabajos de la comisión se desarrollarán entre dos y cuatro sesiones, entre las cuales no podrán transcurrir, en la medida de lo posible, más de 30 días hábiles. La comisión tomará los acuerdos por mayoría ponderada y sus sesiones tendrán carácter público. En los términos que prevé el apartado 5 del artículo 39 ter del ROM, la comisión requerirá la presencia de la concejala del Distrito de Ciutat Vella, así como de personas ajenas a la estructura municipal a propuesta de los grupos municipales. d) Plazo para cerrar los trabajos. La comisión especial de seguimiento se extinguirá automáticamente una vez que se haya llevado a cabo la votación de su dictamen en el seno del plenario del Consejo Municipal. Segundo. Proponer los nombramientos, como presidente de la comisión especial de seguimiento, del concejal Sr. Raimond Blasi i Navarro, del Grupo Municipal Demócrata, y, como vicepresidente de la comisión especial de seguimiento, del concejal Sr. Koldo Blanco Uzquiano, del Grupo Municipal de Ciutadans. EL SECRETARIO GENERAL, Jordi Cases i Pallarès