LA SÍNDICA DE BARCELONA ACTUA DE OFICIO Y ANALIZA EL FONDO EXTRAORDINARIO PARA AYUDAS PUNTUALES DE URGENCIA SOCIAL DIRIGIDAS A FAMILIAS CON HIJOS MENORES DE 16 AÑOS  A raíz de varias quejas ciudadanas por la denegación del Fondo extraordinario por ayudas puntuales de urgencia social dirigido a familias con niños y adolescentes, la Síndica de Greuges de Barcelona ha intervenido de oficio y ha analizado el funcionamiento de esta ayuda en la edición del año 2018.  La actuación de oficio ha finalizado con recomendaciones al Instituto Municipal de Servicios Sociales (IMSS): mantener cuantías destinadas a niños y adolescentes; replantear requisitos de acceso al Fondo; mejorar notificación de los resultados de las solicitudes; recordar a las familias cómo optar a becas comedor, y más proactividad por parte de los servicios sociales municipales. Barcelona, 5 de abril de 2019 – Después de recibir quejas de familias que denunciaban la denegación del Fondo extraordinario para ayudas puntuales de urgencia social durante el año 2018, la Síndica de Greuges de Barcelona decidió actuar de oficio y estudiar el sistema de funcionamiento de esta ayuda. Después de unos meses de investigación, Vilà ha elaborado un documento con el análisis del Fondo y unas recomendaciones dirigidas al Instituto Municipal de Servicios Sociales. Datos del Fondo extraordinario para ayudas puntuales de urgencia social El año 2015 el Ayuntamiento de Barcelona aprobaba la creación de un Fondo extraordinario para ayudas puntuales de urgencia social, dirigido a familias con niños y/o adolescentes menores de 16 años. Desde aquel momento se han aprobado, anualmente, las creaciones de nuevos fondos extraordinarios, que incorporaban entre sus requisitos un vínculo con los servicios sociales municipales, con diferentes matices en cada nueva edición del fondo extraordinario. En los requisitos del año 2018, el vínculo necesario quedaba establecido de forma que las personas tenían que estar en seguimiento por parte de los servicios sociales de Barcelona, con expediente abierto antes del 31 de diciembre de 2017. En la edición de 2018, el anuncio sobre la aprobación del Fondo define que la finalidad del mismo es “paliar la situación de vulnerabilidad de las familias con niños y/o adolescentes entre 0 y 16 años, con situación de necesidad, con el objetivo que la situación económica de la unidad familiar permita que puedan cubrir las necesidades básicas de subsistencia”. En relación a los importes destinados a estos fondos se observa que, mientras que en 2016 es de 10.800.000 € y el 2017 se incrementa la cantidad hasta 17.590.000, el 2018 la cantidad decrece a 16.500.000 €. En la primera edición del Fondo en 2015, en que no se especificó la cantidad en la aprobación definitiva del Fondo, la cuantía de la ayuda se establecía en 100 euros mensuales para niños y/o adolescentes a cargo, hasta un máximo de 1.200 euros anuales. Las quejas recibidas en la Sindicatura de Greuges de Barcelona El requisito de vinculación con los servicios sociales municipales para acceder al Fondo extraordinario para ayudas puntuales de urgencia social motivó la presentación de varias quejas a la Síndica de Greuges de Barcelona entre julio y noviembre del 2018. La Sindicatura de Greuges de Barcelona ha conocido familias que habían optado a esta ayuda en ediciones anteriores y que en 2018 han recibido una denegación como respuesta a la solicitud para acceder a las ayudas puntuales de urgencia. El motivo es la falta de valoración y seguimiento social, aunque la situación de precariedad económica de sus miembros y por tanto de los niños de estas familias persiste. También debemos mencionar que en todos los anuncios de información pública sobre las aprobaciones anuales del Fondo, se especifica que el otorgamiento de las ayudas mencionadas tiene carácter voluntario y eventual, y no genera ningún derecho a la obtención de otras ayudas en años posteriores. Algunas familias afectadas han informado a la Sindicatura de Greuges de Barcelona que, con la denegación de la ayuda de urgencia social, se les denegaba también la beca de comedor de sus hijos. Familias y niños que hasta ahora habían dispuesto de beca de comedor escolar y ayuda del fondo de urgencia social, pasaban a no disponer de ninguno de estos dos apoyos. Estas familias también han expresado que no han recibido ninguna notificación escrita de las denegaciones, las cuales han sido comunicadas vía SMS. No se deben recortar las partidas destinadas a infancia y adolescencia Debemos mencionar que es cierto que el Ayuntamiento ha impulsado diferentes estrategias para acortar las desigualdades, entre las cuales destaquen el Pla de Barris o el proyecto B-Mincome, y otras especialmente dirigidas a niños y adolescentes, como las mejoras en el trabajo coordinado y/o conjunto entre el ámbito social y el educativo. El informe municipal de respuesta a la solicitud de información de la Síndica de Greuges de Barcelona expone que, efectivamente, la cuantía aprobada por el fondo 2018 se había reducido respecto del año anterior, pero que el total de gasto destinado a cubrir necesidades básicas de subsistencia, en 2018, superaba el de 2017. Anteriormente se hacía mención del esfuerzo municipal para reducir las desigualdades, pero el Fondo ha sido una ayuda destinada especial y específicamente a los niños y adolescentes. La Síndica de Barcelona, Maria Assumpció Vilà, ha subrayado “la importancia de no recortar, en ningún caso, las partidas destinadas específicamente a niños y adolescentes, y con especial énfasis, aquellas destinadas a los menores de edad en situaciones más desfavorecidas”. Se deben replantear los requisitos de acceso a las ayudas del Fondo Una situación que describían algunas de las personas promotoras de las quejas por la denegación del Fondo 2018 era la siguiente: cómo eran perceptoras durante la edición 2017 del Fondo, las familias habían podido autogestionar mejor su economía doméstica y no habían precisado ir a los servicios sociales, a los cuales anteriormente se dirigían con más frecuencia. Pero a pesar de no tener un seguimiento social, la situación de precariedad económica de sus miembros y por tanto de los niños de estas familias persistía y por este motivo solicitaban la ayuda del Fondo. De este modo, el Fondo podría estar produciendo un efecto perverso. Por un lado, promueve la autonomía de las familias, y es esta misma autonomía la que los puede llevar a no percibir el Fondo y por tanto volver a solicitar más frecuentemente apoyo a los servicios sociales. “Se debe replantear los requisitos de acceso a las ayudas del Fondo para que puedan obedecer a causas objetivas de necesidad socioeconómica de los niños y adolescentes, y cómo asegurarlo en el supuesto de que no haya una atención de seguimiento con los servicios sociales municipales”, ha manifestado Vilà. Adaptar el proceso de comunicación a la normativa vigente Una cuestión importante en relación al trámite del Fondo es el procedimiento que se utiliza para la comunicación de la denegación del mismo. El anuncio de información pública sobre el Fondo 2018 especifica que el resultado de las solicitudes se comunicará mediante SMS y que en caso de denegación la persona interesada dispondrá de un periodo de 10 días hábiles para presentar la reclamación. Los actos administrativos tienen que ser motivados y con sucinta referencia a los hechos y fundamentos de derecho cuando limiten derechos subjetivos o intereses legítimos, de acuerdo con lo que establece la Ley 39/2015. Estos actos administrativos, además, tienen que ser debidamente notificados a los interesados. En este sentido un SMS puede ser un medio para alertar de forma previa de una resolución, pero no puede ser la única vía, dado que no es un medio adecuado. Además, los SMS no contenían información suficiente, como los fundamentos de derecho necesario para que la ciudadanía no quede en situación de indefensión jurídica. Por los motivos expuestos, la Síndica de Barcelona recomienda que “en futuras ediciones del Fondo, se notifique a los interesados el resultado de las solicitudes de forma adecuada a lo que establece la normativa, en referencia a los medios y los contenidos”. Cómo optar a becas comedor en caso de denegación del Fondo de ayuda En esta misma línea, la Síndica señala que la gestión de la información también ha tenido impacto añadido en algunas de las familias a las cuales se les denegó el Fondo 2018 y que perdieron la opción al comedor escolar. En el anuncio de la convocatoria del Fondo 2018, se expone que todas aquellas personas que resulten beneficiarias de la ayuda tendrán concedido de oficio, si lo solicitan, la beca extraordinaria de comedor. Por lo tanto, las familias a las cuales se les denegó el Fondo tenían que hacer el trámite de solicitud de beca de comedor escolar en los dos periodos previstos (del 13 al 27 de junio y del 3 al 14 de septiembre de 2018). Para futuras ediciones del Fondo, sería conveniente recordar a las familias que, en caso de denegación, tienen que realizar el trámite de forma separada para poder optar a las becas de comedor. Proactividad por parte de los Servicios Sociales Finalmente, Vilà recuerda que, de acuerdo con el interés superior de los niños, en aquellos casos en que a las familias solicitantes se les ha denegado el acceso al Fondo por incumplimiento del requisito de seguimiento social, pero que de forma objetiva, los profesionales de servicios sociales pueden valorar la situación de vulnerabilidad socioeconómica, se pueda actuar de proactivamente por parte de los servicios sociales municipales, con el objetivo que los menores de edad no vean menguados sus derechos.