Guías prácticas de la participación ciudadana en Barcelona Los órganos de participación Guías prácticas de la participación ciudadana en Barcelona Promover. Las iniciativas ciudadanas Debatir. Los procesos participativos Coproducir. Los órganos de participación Decidir. Las consultas ciudadanas Índice 7 Introducción 9 Qué encontrarás en esta guía 12 Los órganos de participación 13 Los órganos de participación territoriales 18 Los órganos de participación sectoriales 21 Otros canales de participación 24 El sistema de garantías x 6 Los órganos de participación Los órganos de participación 7 Introducción Vivir en Barcelona, como en cualquier ciudad, permite acceder a unos servicios (de transporte, educativos, sociales, sanitarios...) y compartir espacios en la calle o en el barrio. El uso de estos servicios y espacios es un derecho colectivo que, en un sistema democrático, está determinado por las decisiones políticas que toman las personas escogidas como representantes en los ayuntamientos o parlamentos. Los regidores y las regidoras los escoge la ciudadanía a través de elecciones, que es una de las muchas maneras de participar. Pero la participación ciudadana va mucho más allá de votar en unas elecciones. Las decisiones políticas, las que afectan al conjunto de la ciudadanía, no pueden reducirse, solo a la interacción entre los diferentes partidos políticos, sino que es necesaria una presencia activa de la ciudadanía con sus propuestas, opiniones e iniciativas. En las sociedades complejas como la nuestra se encuentran multitud de intereses, a veces contradictorios, que requieren soluciones ricas e innovadoras. Para tomar decisiones políticas en democracia hay que escuchar y tener en cuenta cuantas más miradas y perspectivas diferentes mejor. La pluralidad es un valor en democracia. La democracia que incorpora esta pluralidad de manera permanente, inclusiva y directa es el sistema idóneo para conseguir más calidad de vida, para luchar contra las desigualdades, lograr mejores cuotas de justicia e igualdad y ejercer de manera libre y digna las aspiraciones personales y comunitarias. Pero, para que la democracia sea realmente transformadora y represente esta riqueza de perspectivas, se necesitan canales que reconozcan a la sus iniciativas para ampliar los espacios de diálogo y construcción colectiva de propuestas. Barcelona, sus habitantes, sus organizaciones sociales y el resto de agentes la calidad de su democracia. Ahora, se ha recogido este legado y se ha cristalizado en un Reglamento de Participación Ciudadana que pretende poner a prueba la energía transformadora de la ciudadanía, poniendo a su alcance diferentes tipos de canales para facilitar el ejercicio de su derecho de participación. 8 Los órganos de participación Los órganos de participación 9 Qué encontrarás en esta guía El Ayuntamiento de Barcelona ha elaborado estas guías con el objetivo de ofrecer una herramienta sencilla que permita a cualquier vecino o vecina de la ciudad aproximarse al Reglamento de Participación Ciudadana y conocer y usar todos los recursos que esta norma pone a su alcance. El sistema de participación que se concreta en este Reglamento recoge tres tipos de canales: • Los procesos participativos • Los órganos de participación • Las consultas ciudadanas Los tres pueden ser activados por decisión del Ayuntamiento o mediante la iniciativa ciudadana. Es decir, la ciudadanía tiene la capacidad y la posibilidad de promover la puesta en marcha de cualquiera de estos canales. Además, permite la presentación de propuestas normativas (ordenanzas o reglamentos) y la activación de la agenda de los órganos de gobierno de la ciudad o del distrito mediante la propuesta de puntos en el orden del día de sus sesiones. efectividad del funcionamiento de estos canales, la mejor garantía es que la ciudadanía lo use regularmente. La práctica social es la que da vigencia a una norma, no la publicación en un haga suya; sólo así será verdaderamente útil e innovadora. órganos de participación. 10 Los órganos de participación Qué son Canales regulares de encuentro + Ciudadanía Ayuntamiento Ámbitos de actuación y tipologías Territoriales Ciudad Distrito Barrio Consejo de Consejos Audiencia Consejos de Ciudad ciudadanos de pública de barrio distrito distrito Sectoriales Consejos Consejos Pactos y Audiencia sectoriales de sectoriales de acuerdos pública de ciudad distrito ciudad Qué funciones tienen Analizar o Rendir cuentas Elaborar Coproducir diagnosticar propuestas políticas problemas Los órganos de participación 11 Quién forma parte Ayuntamiento Entidades y y otras Ciudadaníaasociaciones administraciones - Políticos y técnicos Presidencia: Representantes de Personas expertas cargo electo / otros consejos (si procede) Vicepresidencia: (si procede) ciudadania Cómo funcionan Convocatorias periódicas (mínimo una vez al año) ? La mayoría tienen una Comisión Permanente que hace el Pueden ser de seguimiento durante el año o determinada por el acuerdo de Se pueden crear grupos creación de trabajo para temas concretos 12 Los órganos de participación Los órganos de participación Qué son Los órganos de participación son canales de encuentro y de interlocución regular entre la ciudadanía y el Ayuntamiento para debatir y recoger caracterizan por el diálogo y la construcción colectiva entre los diferentes agentes sociales e institucionales, y tienen como objetivos: • Rendir cuentas de las políticas municipales • Analizar o diagnosticar problemas concretos • Elaborar propuestas conjuntamente • Trabajar en red y coproducir políticas públicas En función de su ámbito de afectación, los órganos de participación pueden ser: • Órganos territoriales: de ciudad, distrito o barrio. • Órganos sectoriales, relacionados con una temática concreta. Éstos pueden ser también de ámbito de ciudad o de distrito. Quién forma parte Los órganos de participación tienen voluntad de permanencia en el tiempo y se reúnen de manera regular. Se busca la máxima pluralidad de miradas y opiniones de sus participantes. Los preside el o la responsable político/a del territorio o sector, junto con una vicepresidencia ciudadana. Forman parte personas vinculadas al Ayuntamiento (políticos y técnicos), entidades y asociaciones, ciudadanía y, en algunos casos, personas expertas y representantes de otros consejos. Cómo funcionan Las sesiones plenarias de los órganos se convocan como mínimo una vez al año, y la mayoría disponen de una Comisión Permanente para hacer el seguimiento de manera más intensiva. En muchos casos se crean grupos de trabajo para tratar temas concretos que requieren de un trabajo más Gobierno, por los grupos municipales, por la ciudadanía a través de una iniciativa ciudadana, o por el propio órgano, cuando así lo decida una tercera parte de los miembros. Los órganos de participación 13 Los órganos de participación territoriales Los órganos territoriales son aquellos que tienen como objetivo la mejora órganos para los niveles territoriales en los que se divide la ciudad:: El Consejo de Los consejos Los consejos de Ciudad ciudadanos de barrio distrito El Consejo de Ciudad El Consejo de Ciudad es el máximo órgano consultivo y de participación en el cual los y las representantes del Ayuntamiento y la ciudadanía debaten los asuntos principales de la ciudad. Entre sus funciones destacan: • • Debatir el programa estratégico de gobierno, los reglamentos y las ordenanzas • Analizar los presupuestos y los resultados de la gestión municipal • Erigirse como espacio de rendición de cuentas El Consejo de Ciudad puede proponer puntos en el orden del día del Consejo Municipal, presentar candidaturas para la Medalla de Honor de Barcelona, validar la creación de un nuevo órgano de participación o solicitar el inicio de un proceso participativo. Una vez al año, el Consejo de Ciudad presenta su informe de actividad anual al Consejo Municipal, y organiza una sesión sobre el estado de la ciudad en la que el Gobierno Municipal rinde cuentas 14 Los órganos de participación Composición Representantes de 1 Presidencia. 15 asociaciones del Alcade/esa Fichero General de Entidades Ciudadanas 1 Vicepresidencia. 15 Personas de Ciudadanía renombre ciudadano 1 Regidor/a 15 Personas escogidas por grupo municipal aleatoriamente del registro ciutadano 1 Representante de cada 10 Personas escogidas consejo ciudadano de aleatoriamente del distrito padrón municipal 1 Representante 1 Síndica de Greuges de cada consejo de Barcelona sectorial de ciudad 25 Representantes de 1 Comisionado/da las instituciones más de Participación, si procede Los órganos de participación 15 El Consejo de Ciudad se reúne de manera ordinaria cada seis meses El Consejo de Ciudad dispone de una Comisión Permanente que vela por su impulso y buen funcionamiento, y asiste a la presidencia en sus funciones. Además, el Consejo puede crear los grupos de trabajo que considere oportunos para abordar temas concretos de especial relevancia. El Consejo de Ciudad dispone de una página web propia www.conselldeciutat.cat Los consejos ciudadanos de distrito Los consejos ciudadanos de distrito son el homólogo del Consejo de Ciudad en los distritos. Se rigen según el Reglamento de organización y funcionamiento de los distritos y tienen como funciones relevantes: • gestión del distrito. • Debatir el programa de actuación, los reglamentos y las ordenanzas del distrito. • Conocer y debatir los grandes proyectos del distrito. • Apoyar a los consejos sectoriales del distrito y a los consejos de barrio, así como conocer las iniciativas, deliberaciones y conclusiones. Los consejos ciudadanos de distrito se reúnen, como mínimo, dos veces al año de manera ordinaria 16 Los órganos de participación Los consejos de barrio Los consejos de barrio son órganos de participación y de fortalecimiento comunitario creados para abordar todas las cuestiones referentes al barrio. Un punto de encuentro para favorecer la convivencia y la cohesión social y mejorar la calidad de vida en los barrios. Las sesiones de los consejos de barrio son abiertas a todos los vecinos y las vecinas, y se estructuran en cuatro partes: 1 Seguimiento de los principales acuerdos adoptados en consejos anteriores. 2 Debate de los principales puntos del orden del día relacionados con actuaciones en el territorio. 3 Información del estado de los procesos participativos, consultas ciudadanas e iniciativas ciudadanas del barrio, si procede. Apertura de un turno de palabra para la ciudadanía, en el que se 4 pueden hacer intervenciones sobre cualquier tema relativo al barrio. Cómo se puede participar en el consejo de barrio • Asistir a la sesión, informándose sobre el estado de los procesos participativos, consultas ciudadanas e iniciativas ciudadanas del barrio. • Intervenir en la sesión, pidiendo turno de palabra previamente o en el mismo consejo. • Proponer un tema a tratar, solicitando la incorporación de un punto en el orden del día a la Comisión de Seguimiento hasta tres días antes de su celebración, mediante un correo electrónico o a través de la plataforma de participación decidim.barcelona. Los consejos de barrio están presididos por el regidor o por la regidora del distrito, y tienen una vicepresidencia ciudadana de trayectoria reconocida, vinculada a la vida social o asociativa del barrio. Entre sus miembros se encuentran: • Representantes políticos (un/a consejero/a de distrito de cada grupo municipal) • Asociaciones, entidades y plataformas ciudadanas Los órganos de participación 17 Los consejos de barrio se reúnen un mínimo de dos veces al año. También se pueden convocar sesiones a partir de una iniciativa ciudadana y a propuesta de la Comisión de Seguimiento o del distrito mismo hasta un máximo de cuatro por año, siempre que hayan pasado más de dos meses desde la última convocatoria Cómo se puede convocar un consejo de barrio a través de una iniciativa ciudadana Las iniciativas ciudadanas son el medio que tiene la ciudadanía para cabo una acción determinada, en este caso la convocatoria de un consejo de barrio. Para que la iniciativa ciudadana tenga efecto, es necesario recoger un del barrio afectado (mínimo 25, máximo 450). Cada consejo de barrio debe constituir una comisión de seguimiento que, además de llevar el orden del día de las sesiones, haga el seguimiento de la evolución de los temas que se van planteando. Esta comisión está formada por representantes de la dirección política y técnica del distrito, un/a consejero/a de cada grupo municipal, personas pertenecientes a entidades del barrio, y personas escogidas en el consejo de barrio. Si el consejo de barrio aprueba, por una mayoría de dos terceras partes de las persones asistentes, que se incluya algún punto en el orden del día del plenario del distrito, la Comisión de Seguimiento ha de solicitarlo a la Junta de Portavoces y, si se rechaza, debe fundamentarse por escrito. Se puede encontrar información actualizada sobre cada consejo en la página web municipal y en la plataforma de participación decidim.barcelona. 18 Los órganos de participación Los órganos de participación sectoriales Los órganos de participación sectoriales son espacios de trabajo sobre un este tipo de órganos se dividen en: Los consejos Los consejos sectoriales de sectoriales de ciudad distrito Los consejos sectoriales de ciudad Los consejos sectoriales de ciudad son órganos de participación temáticos en los cuales se debaten las actuaciones municipales de su sector y los programas o las iniciativas sectoriales de su interés. El primer órgano de participación sectorial de la ciudad fue el Consejo Municipal de Bienestar Social (CMBS), creado en 1988 con el objetivo de implicar a la sociedad civil en el debate y la construcción de los servicios de bienestar social en la ciudad. Actualmente, el CMBS tiene más de siete grupos de trabajo en funcionamiento y forman parte de él más de cuarenta entidades, además de instituciones públicas y partidos políticos. En sus treinta años de funcionamiento, el CMBS ha formulado miles de propuestas, ha redactado informes de recomendaciones, ha llevado a cabo evaluaciones de impacto y ha exigido la rendición constante de cuentas de las políticas sociales del consistorio. Los órganos de participación 19 Actualmente, existen dieciocho consejos sectoriales de ámbito de ciudad en funcionamiento, que son los siguientes: • Consejo de Convivencia, Defensa • Consejo Municipal de Bienestar y Protección de los Animales Social • Consejo de Cooperación • Consejo de Cultura Internacional al Desarrollo • Consejo Escolar Municipal • Consejo Municipal de las Mujeres • Consejo Asesor de las Personas Mayores • Consejo Municipal de Lesbianas, Gays, Transexuales, Bisexuales e Intersexuales • Consejo Municipal de Inmigración • Consejo de la Vivienda Social • Consejo Municipal del Pueblo Gitano de Barcelona • Consejo Municipal de Medio ambiente y Sostenibilidad • Consejo Municipal de Consumo • Consejo Municipal del Deporte • Consejo de Turismo y Ciudad • Consejo Ciudad y Comercio • Consejo Económico y Social • Consejo de Seguridad y Prevención El número de consejos y sus temáticas pueden variar a lo largo del tiempo. Se puede encontrar información actualizada sobre cada consejo en la página web municipal y en la plataforma de participación decidim.barcelona. 20 Los órganos de participación Los consejos sectoriales de distrito Los consejos sectoriales de distrito son aquellos órganos circunscritos al territorio. Actualmente, en los distritos encontramos una gran variedad de consejos: de las personas mayores, de las mujeres, de personas con discapacidad, de cultura, de medio ambiente, de economía social, de deportes, de salud, escolares, etc. Los consejos sectoriales de distrito se han ido constituyendo a lo largo de los años para dar respuesta a las diferentes necesidades y particularidades de cada distrito, y por eso no todos los distritos disponen de consejos sectoriales para cada ámbito. Algunos consejos sectoriales de distrito han sido pioneros, como es el caso del Consejo de Mujeres de Sant Martí, constituido en 1993, un año antes que el de Barcelona. Otros consejos de distrito, como los escolares o los de salud, se constituyen de manera preceptiva, puesto que están legislados por una ley autonómica y son de competencia compartida con la Generalitat. En los consejos de salud, por ejemplo, participan tanto el Ayuntamiento como el Consorcio Sanitario y la Agencia de Salud Pública de Barcelona, así como las entidades de salud de cada distrito. Los órganos de participación 21 Otros canales de participación La audiencia pública La audiencia pública es el encuentro de los y de las responsables municipales con la ciudadanía para que ésta pueda informarse, presentar y debatir propuestas en relación con una actuación pública, actividad o programa de actuación. Las audiencias pueden ser de distrito o de ciudad: En el caso de las audiencias de distrito, están reguladas por el Reglamento general de organización y funcionamiento de los distritos. Se trata de un canal de participación territorial, puesto que aborda las cuestiones de cada distrito. Las convocatorias de las audiencias públicas de distrito tienen una periodicidad bimestral, y se llevan a cabo en diferentes espacios y equipamientos de los diversos barrios que componen el distrito. Pueden ser convocadas por el regidor o por la regidora del distrito o a través de una iniciativa ciudadana. En el caso de las audiencias de ciudad, se trata de un canal de participación sectorial, puesto que se convocan para tratar un tema determinado. Las audiencias de ciudad no tienen una periodicidad concreta. Pueden ser convocadas por el Gobierno, la oposición o la propia ciudadanía a través de una iniciativa. La audiencia pública de ciudad puede habilitar un espacio digital de debate, antes y después de su celebración, a través de la plataforma de participación decidim.barcelona. 22 Los órganos de participación Cómo se puede convocar una audiencia pública a través de una iniciativa ciudadana Las iniciativas ciudadanas son el medio que tiene la ciudadanía para a cabo una acción determinada, en este caso, la convocatoria de una audiencia pública. Para que la iniciativa ciudadana tenga efecto, es necesario recoger un ciudad, el número mínimo son 7.000, y en el caso de la audiencia pública de distrito: 1- Ciutat Vella- 1.000 6- Gràcia- 1.200 2- Eixample- 2.600 7- Horta- Guinardó- 1.700 3- Sants-Montjuïc- 1.800 8- Nou Barris- 1.700 4- Les Corts- 800 9- Sant Andreu- 1.500 5- Sarrià- 10- Sant Martí- 2.300 Sant Gervasi- 1.500 5 8 7 4 6 9 2 10 3 1 Los órganos de participación 23 Los pactos y acuerdos Los pactos y acuerdos son redes de trabajo entre actores institucionales y agentes sociales orientadas a un objetivo común determinado; son espacios de debate, de colaboración y de acción entre el Ayuntamiento y personas, entidades o instituciones. A través de éstos, se consensuan unos principios compartidos en un ámbito concreto como, por ejemplo, la movilidad, la sostenibilidad, la violencia de género o las desigualdades sociales, con el objetivo de compartido. Actualmente, Barcelona dispone de los siguientes pactos y acuerdos: • Acuerdo Ciudadano por una Barcelona Libre de Violencia hacia las Mujeres • Compromiso Ciudadano por la Sostenibilidad • Pacto por la Movilidad • Acuerdo Ciudadano por una Barcelona Inclusiva El número de pactos y acuerdos puede variar a lo largo del tiempo 24 Los órganos de participación El sistema de garantías La Comisión de Amparo Si en cualquier momento alguna persona u organización considera que no se ha aplicado correctamente la normativa de participación, o que los derechos de participación han sido vulnerados, puede presentar una consulta o un escrito de queja a la Comisión de Amparo. Esta Comisión es un órgano de carácter consultivo, integrado en el Consejo de Ciudad y formado por personas expertas y externas al Ayuntamiento, que tiene como objetivo garantizar los derechos de participación de la ciudadanía. La Comisión de Amparo está formada por 6 miembros con paridad de género distribuidos entre: 2 a propuesta 2 a propuesta de 1 a propuesta 1 a propuesta de la del Consejo la Comisión de del Síndica de Greuges Municipal Gobierno Consejo de de Barcelona Ciudad Tienen que ser No pueden ser Personas independientes del Cargos electos Gobierno Personal municipal De reconocido prestigio y expertas en participación ciudadana Máxima pluralidad y diversidad Cómo se puede recurrir a la Comisión de Amparo Se puede presentar un escrito de queja ante la Comisión de Amparo de manera digital, a través de la plataforma de participación decidim.barcelona o, presencialmente, mediante una instancia en La Comisión de Amparo emitirá un informe y, si es el caso, hará una recomendación al Ayuntamiento. decidim.barcelona es una plataforma digital hecha con software libre, un espacio para articular cualquier mecanismo de participación de la ciudad de Barcelona. Esta herramienta se pone a disposición de toda la ciudadanía para organizar los procesos democráticos de la ciudad a todos los niveles. A través de decidim.barcelona se puede poner en marcha una iniciativa ciudadana y apoyarla, participar directamente en los procesos participativos de la ciudad, conocer los debates que se llevan a cabo en los órganos de participación o votar en una consulta ciudadana. Para más información, entra en decidim.barcelona barcelona.cat/participaciociutadana/es O llama al