Ayuntamiento de Barcelona Secretaría General PLENARIO DEL CONSEJO MUNICIPAL SESIÓN ORDINARIA DE 25 DE OCTUBRE DE 2019 ACUERDOS A) Aprobación del acta de la sesión de 30 de setiembre de 2019 C) Parte decisoria-ejecutiva b) Propuestas de acuerdo COMISIÓN DE DERECHOS SOCIALES, CULTURA Y DEPORTES 1. DESIGNAR como representantes del Ayuntamiento de Barcelona en el consejo general del Consorcio del Centro de Cultura Contemporánea- Casa de Caritat a las personas siguientes: como vicepresidenta, a la Excma. Sra. Ada Colau Ballano y, como vocales, al Ilmo. Sr. Joan Subirats Humet y a las Sras. María Truñó Salvadó y Marta Clari Padrós. 2. DESIGNAR como miembros del Patronato de la Fundación Julio Muñoz Ramonet a las personas siguientes: al Ilmo. Sr. Joan Subirats Humet, en sustitución del Sr. Jaume Asens Llodrà; al Iltre. Sr. Jordi Rabassa Massons, en sustitución de la Sra. Pilar Miràs Virgili; a la Sra. Maite Català Pujol, en sustitución del Sr. Ricard Viñes Ribas; y al Sr. Manuel Mallo Gómez, en sustitución del Sr. Xavier Patón Morales. 3. (20190117) APROBAR el expediente 20190117 de reconocimiento de crédito, vista la necesidad de regularizar los gastos a favor de la Agencia de la Vivienda de Cataluña, con CIF Q0801820B, por importe de 921,93 euros, y a favor del Instituto Catalán del Suelo, con CIF Q0840001B, por importe de 10.640,19 euros, gastos realizados en el 2016 y 2017, respectivamente, y no reconocidos en el ejercicio que le correspondían. AUTORIZAR, DISPONER y RECONOCER la obligación del gasto por un importe de 921,93 euros, a favor la Agencia de la Vivienda de Cataluña, con CIF Q0801820B, y por un importe de 10.640,19 euros, a favor del Instituto Catalán del Suelo, con CIF Q0840001B, ambos gastos a cargo en el presupuesto y partida indicados en este mismo documento. COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA 4. (01 OOFF2020) APROBAR provisionalmente la modificación, para el ejercicio del 2020 y sucesivos, de las siguientes ordenanzas fiscales: Ordenanza fiscal general; n.º 1.1. Impuesto sobre bienes inmuebles; n.º 1.2. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica; n.º 1.3. Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana; n.º 1.4. Impuesto sobre actividades económicas; n.º 2.1. Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras; n.º 3.1. Tasas por servicios generales; n.º 3.2. Tasas por servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento; n.º 3.3. Tasas por servicios urbanísticos; n.º 3.4. Tasas relativos a sacos y contenedores de escombros y otros servicios medioambientales; n. 3.5. Tasas de alcantarillado; n.º 3.6. Tasas de mercados; n.º 3.7. Tasas por servicios de registro, prevención e intervención sanitaria relativos a animales de compañía; n.º 3.8. Tasas por prestaciones de la Guardia Urbana y circulaciones especiales; n.º 3.10. Tasas por la utilización privativa del dominio público municipal y la prestación de otros servicios; n.º 3.11. Tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público municipal, a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros de interés general; n.º 3.12. Tasas por el estacionamiento regulado de vehículos en la vía pública; n.º 3.13. Tasas por servicios culturales; n.º 3.14. Tasas por servicios especiales de alumbrado público; n.º 3.15. Tasas por la utilización privada del funcionamiento de las fuentes ornamentales; n.º 3.16. Tasas para la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público municipal, a favor de empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil; n.º 3.17. Tasas por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos; n.º 4. Contribuciones especiales; Categorías fiscales de las vías públicas de la ciudad. SOMETER las mencionadas ordenanzas fiscales a información pública durante un período de treinta días hábiles, contados desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. TENER POR APROBADA DEFINITIVAMENTE la modificación de las ordenanzas fiscales en el supuesto de que no se presenten reclamaciones. 6. (2019/414) APROBAR el expediente 2019/414 de reconocimiento de crédito por un importe de 260,57 euros, dada la necesidad de regularizar los gastos a favor de Caixabank, SA, con CIF A08663619, y no reconocidos en el ejercicio que le correspondían. AUTORIZAR, DISPONER Y RECONOCER la obligación del gasto por un importe de 260,57 euros, con cargo en el presupuesto y partida indicados en este mismo documento, a favor de Caixabank, SA, con CIF A08663619. 7. (E.07.6025.17) DESESTIMAR las alegaciones presentadas por el Grupo Municipal del Partit Popular de Catalunya del Ayuntamiento de Barcelona; DESESTIMAR las alegaciones primera y segunda y ESTIMAR la alegación tercera presentada por la Asociación de Vecinos y Vecinas de Sant Andreu de Palomar en el trámite de información pública de la cesión gratuita al Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación de Barcelona (IMHAB), de la finca municipal resultante UP1 de la operación jurídica complementaria del proyecto de reparcelación, en la modalidad de compensación básica, del proyecto de actuación urbanística del plan de mejora urbana de la zona de actuación LCR-la Clota reordenación, situada en la avenida del Estatut de Catalunya, n.º 15-17, aprobada por el Plenario del Consejo Municipal, en sesión de 29 de marzo de 2019, para destinarla a la construcción de un edificio de viviendas de protección oficial en régimen de alquiler y de venta en derecho de superficie, en los términos que resultan de los informes de la Dirección de Servicios Jurídicos, Gestión del Patrimonio y Contratación del IMHAB, de 28 de agosto y de 27 de setiembre de 2019, que se adjuntan a efectos de motivación; y, como consecuencia, TENER por aprobada la cesión; FORMALIZAR la cesión, haciendo mención de la afectación de la finca a dicha finalidad, garantizada con cláusula de reversión automática en los términos del artículo 50 del Reglamento del patrimonio de los entes locales; y FACULTAR a la Alcaldía para llevar a cabo todas las actuaciones encaminadas a concretar, clarificar y ejecutar el presente acuerdo. CP 18/19 8. (DP-2019-27369) DESESTIMAR las alegaciones primera y segunda y ESTIMAR la alegación tercera, presentadas por el Grupo Municipal del Partit Popular de Catalunya del Ayuntamiento de Barcelona; DESESTIMAR las alegaciones primera y segunda y ESTIMAR la alegación tercera, presentadas por la Asociación de Vecinos y Vecinas de Sant Andreu de Palomar en el trámite de información pública, de la cesión gratuita en el Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación de Barcelona (IMHAB) de la finca de propiedad municipal situada en la Gran Via de les Corts Catalanes, n.os 832-838, acordada por este Plenario en sesión de 29 de marzo de 2019, para destinarla a la construcción de un edificio de viviendas con protección oficial en régimen de alquiler y derecho de superficie, en los términos que resultan de los informes de la Dirección de Servicios Jurídicos, Gestión del Patrimonio y Contratación del IMHAB de 23 de julio y de 27 de setiembre de 2019, respectivamente, que se adjuntan a efectos de motivación; y, como consecuencia, TENER por aprobada la cesión; FORMALIZAR la cesión, haciendo mención de la afectación de la finca a dicha finalidad, garantizada con cláusula de reversión automática en los términos del artículo 50 del reglamento aludido; y FACULTAR a la Alcaldía para realizar todas las actuaciones encaminadas a concretar, clarificar y ejecutar el presente acuerdo. 9. (DP-2019-27371) DESESTIMAR las alegaciones presentadas por el Grupo Municipal del Partit Popular de Catalunya del Ayuntamiento de Barcelona; DESESTIMAR las alegaciones primera y segunda y ESTIMAR la alegación tercera, presentadas por la Asociación de Vecinos y Vecinas de Sant Andreu de Palomar en el trámite de información pública de la cesión gratuita al Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación de Barcelona (IMHAB) de la finca, de propiedad municipal, situada en la calle de Rossend Arús, n.os 36-38, acordada por este Plenario en sesión de 29 de marzo de 2019, a fin de llevar a cabo una rehabilitación integral de la construcción existente, en los términos que resultan de los informes de la Dirección de Servicios Jurídicos, Gestión del Patrimonio y Contratación del IMHAB, de fecha 23 de julio y 27 de setiembre de 2019, respectivamente, que se adjuntan a efectos de motivación; y, como consecuencia, TENER por aprobada la cesión; FORMALIZAR la cesión, haciendo mención de la afectación de la finca a dicha finalidad, garantizada con cláusula de reversión automática en los términos del artículo 50 del reglamento aludido; AUTORIZAR al Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación de Barcelona a licitar y constituir un derecho real de superficie, respecto de la mencionada finca, por un plazo de 75 años, prorrogable a quince años más, a favor de cooperativas de vivienda, con el fin de llevar a cabo una rehabilitación integral de la construcción existente, transmitir el derecho de uso de las viviendas rehabilitadas y desarrollar un proyecto de covivienda, reservándose el IMHAB la titularidad del local en la planta baja, cuya rehabilitación abonará a la cooperativa adjudicataria, así como la percepción, en su caso, del importe que se determine en concepto de contraprestación, formalizando todos los documentos públicos y privados necesarios para su instrumentalización, todo ello con sujeción a los principios de la contratación pública; y FACULTAR a la Alcaldía para realizar todas las actuaciones encaminadas a concretar, clarificar y ejecutar el presente acuerdo. 10. (DP-2019-27414) DESESTIMAR las alegaciones primera y segunda y ESTIMAR las alegaciones tercera y cuarta, presentadas por el Grupo Municipal del Partit Popular de Catalunya del Ayuntamiento de Barcelona; DESESTIMAR las alegaciones primera y segunda y ESTIMAR la alegación tercera, presentadas por la Asociación de Vecinos y Vecinas de Sant Andreu de Palomar en el trámite de información pública, de la cesión gratuita en el Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación de Barcelona (IMHAB) de la finca 1F07a de propiedad municipal, situada con frente a la calle de Mossèn Amadeu Oller, ubicada en el complejo de Can Batlló, acordada por este Plenario en sesión de 29 de marzo de 2019, para destinarla a la construcción de un edificio de viviendas con protección oficial en régimen de venta de derecho de superficie, de conformidad con los informes de la Dirección de Servicios Jurídicos, Gestión del Patrimonio y Contratación del IMHAB, de 30 de julio y de 27 de setiembre de 2019, respectivamente, que se adjuntan a efectos de motivación; y, como consecuencia, TENER por aprobada la cesión; FORMALIZAR la cesión, haciendo mención de la afectación de la finca a dicha finalidad garantizada con cláusula de reversión automática en los términos del artículo 50 del reglamento aludido; y FACULTAR a la Alcaldía para llevar a cabo todas las actuaciones encaminadas a concretar, clarificar y ejecutar el presente acuerdo. 11. (DP-2019-27415) DESESTIMAR las alegaciones presentadas por el Grupo Municipal del Partit Popular de Catalunya del Ayuntamiento de Barcelona; DESESTIMAR las alegaciones primera y segunda y ESTIMAR la alegación tercera, presentadas por la Asociación de Vecinos y Vecinas de Sant Andreu de Palomar en el trámite de información pública de la cesión gratuita al Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación de Barcelona (IMHAB) de la finca municipal, situada en la calle de Badajoz, n.os 11-15, que se corresponde con la finca resultante n.º 4 del proyecto de reparcelación del polígono de actuación del plan de mejora urbana de la manzana delimitada de las calles de Àvila, del Doctor Trueta y de Badajoz y de la avenida de Icària, aprobada por el Plenario del Consejo Municipal, en sesión de 29 de marzo de 2019, para licitar y constituir un derecho de superficie a favor de un tercer promotor a fin de que promueva la construcción y la gestión de una promoción de viviendas con protección oficial destinada a alquiler asequible, en los términos que resultan del informe de la Dirección de Servicios Jurídicos, Gestión del Patrimonio y Contratación del IMHAB, de 22 de julio y de 27 de setiembre de 2019, respectivamente, que se adjunta a efectos de motivación; y, como consecuencia, TENER por aprobada la cesión; FORMALIZAR la cesión, haciendo mención de la afectación de la finca a dicha finalidad, garantizada con cláusula de reversión automática en los términos del artículo 50 del Reglamento del patrimonio de los entes locales; y FACULTAR a la Alcaldía para llevar a cabo todas las actuaciones encaminadas a concretar, clarificar y ejecutar el presente acuerdo 12. (DP-2019-27416) DESESTIMAR las alegaciones presentadas por el Grupo Municipal del Partit Popular de Catalunya del Ayuntamiento de Barcelona; DESESTIMAR las alegaciones primera y segunda y ESTIMAR la alegación tercera, presentadas por la Asociación de Vecinos y Vecinas de Sant Andreu de Palomar en el trámite de información pública de la cesión gratuita al Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación de Barcelona (IMHAB) de las fincas municipales identificadas como finca resultante n.º R4-e del proyecto de reparcelación del PAU 2 de la MPGM de las Casernes de Sant Andreu y sector III de la modificación del PGM de Sant Andreu-Sagrera, y la identificada como finca 1F07b del polígono de actuación 1 del sector 1 y polígono de actuación 2 del sector 2 de la MPGM en el ámbito discontinuo Batlló-Magòria (unidad de proyecto 5b), con frente a la calle de la Constitució, 43, acordada por este Plenario, en sesión de 29 de marzo de 2019, para destinarlas a la construcción de edificios de viviendas de protección en régimen de alquiler, en el marco de la promoción del modelo de vivienda cooperativo, mediante las correspondientes licitaciones de los diferentes proyectos de covivienda, en los términos que resultan de los informes de la Dirección de Servicios Jurídicos, Gestión del Patrimonio y Contratación del IMHAB, de 28 de agosto y de 27 de setiembre de 2019, que se adjuntan a efectos de motivación; y, como consecuencia, TENER por aprobadas las cesiones; FORMALIZAR las cesiones, haciendo mención de la afectación de las fincas a la dicha finalidad, garantizada con cláusula de reversión automática en los términos del artículo 50 del Reglamento del patrimonio de los entes locales; y FACULTAR a la Alcaldía para realizar todas las actuaciones encaminadas a concretar, clarificar y ejecutar el presente acuerdo. 13. (DP-2019-27419) DESESTIMAR las alegaciones presentadas por el Grupo Municipal del Partit Popular de Catalunya del Ayuntamiento de Barcelona; DESESTIMAR las alegaciones primera y segunda y ESTIMAR la alegación tercera, presentadas por la Asociación de Vecinos y Vecinas de Sant Andreu de Palomar en el trámite de información pública de la cesión gratuita al Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación de Barcelona (IMHAB), de las fincas municipales situadas en el paseo de Torras i Bages, n.os 126-128, y calle de la Constitución, n.º 49, aprobada por el Plenario del Consejo Municipal, en sesión de 29 de marzo de 2019, para destinarlas a la construcción de edificios de viviendas de protección oficial en régimen de venta en derecho de superficie, en los términos que resultan del informe de la Dirección de Servicios Jurídicos, Gestión del Patrimonio y Contratación del IMHAB, de 28 de agosto y de 27 de setiembre de 2019, que se adjuntan a efectos de motivación; y, como consecuencia, TENER por aprobada la cesión; FORMALIZAR la cesión, haciendo mención de la afectación de la finca a dicha finalidad, garantizada con cláusula de reversión automática en los términos del artículo 50 del Reglamento del patrimonio de los entes locales; y FACULTAR a la Alcaldía para llevar a cabo todas las actuaciones encaminadas a concretar, clarificar y ejecutar el presente acuerdo. 14. (DP-2019-27620) CEDER gratuitamente al Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación de Barcelona la finca de propiedad municipal bloque I del PERI del sector preestablecido de remodelación de las viviendas de la Trinitat Nova (calle de Palamós, n.º 70- 84), grafiada en el plano que consta en el expediente, para destinarla a la construcción y gestión de un edificio de viviendas de protección oficial en régimen de venta y en derecho de superficie, de acuerdo con lo que se establece en los artículos 49 y 50 del Reglamento del patrimonio de los entes locales, de 17 de octubre de 1988; SOMETER el expediente a información pública durante un plazo de treinta días y, si no se formulan reclamaciones o alegaciones, TENER por aprobada la cesión; FORMALIZAR la cesión, haciendo mención de la afectación de la finca a dicha finalidad, que está garantizada con cláusula de reversión automática en los términos del artículo 50 del reglamento mencionada; y FACULTAR a la Alcaldía para realizar todas las actuaciones encaminadas a concretar, clarificar y ejecutar el presente acuerdo. 15. (DP-2018-27218) DECLARAR, al amparo del artículo 20 del Decreto 336/1988, de 17 de octubre, por el que se aprueba del Reglamento del patrimonio de los entes locales, desafectada del dominio público la finca de propiedad municipal situada en la avenida de Vallcarca, n.os 200-220; ADSCRIBIR al Patrimonio Municipal de Urbanismo la finca desafectada; CONSTITUIR respecto de la mencionada finca un derecho real de superficie a favor de la Generalitat de Catalunya, por un plazo de 75 años y con carácter gratuito, para destinarla a la ubicación y gestión del Instituto de Educación de Secundaria Vallcarca para cubrir las necesidades en educación obligatoria; SOMETER el expediente a información pública durante un plazo de treinta días y, si no se formulan reclamaciones o alegaciones, tener por aprobado definitivamente el presente acuerdo; FORMALIZAR el derecho de superficie de acuerdo con las condiciones del documento anexo, que se aprueba; INSCRIBIRLO en el Registro de la Propiedad; y FACULTAR a la Alcaldía para la realización de todas las actuaciones encaminadas a concretar, clarificar y ejecutar el presente acuerdo. COMISIÓN DE PRESIDENCIA, DERECHOS DE CIUDADANÍA, PARTICIPACIÓN Y SEGURIDAD Y PREVENCIÓN 16. RATIFICAR el Decreto de Alcaldía, de 16 de octubre de 2019, que designa a la comisión encargada de efectuar el sorteo entre los electores para el nombramiento de presidentes y vocales que deberán constituir las mesas electorales, por la disolución del Congreso de los Diputados y del Senado, y fija el día 19 de octubre para celebrarlo. 17. (802/2019) MODIFICAR los anexos 1 y 2 del Acuerdo del Consejo Plenario del 21 de diciembre de 2018 sobre la aprobación de la relación inicial de puestos de trabajo, tal como se detalla a los anexos; INSTAR a los entes adheridos al Acuerdo de condiciones de trabajo y convenio colectivo del Ayuntamiento de Barcelona para que adopten los acuerdos que correspondan a sus respectivos órganos de gobierno, en relación con la modificación del anexo 1, con el fin de garantizar su adopción y el mantenimiento del principio de armonización con respecto a los criterios generales y de acuerdo con sus estatutos; PUBLICAR este acuerdo y sus anexos en la Gaceta Municipal, en el web municipal y en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Diario Oficial de la Generalitat. 18. (2019/603) OTORGAR la Medalla de Oro al Mérito Cívico a título póstumo al Sr. Aladino Nespral Amores, como referente de los derechos de la comunidad LGTBI y por su trabajo en favor de la convivencia y la diversidad, por su implicación en diferentes proyectos sociales y culturales de la ciudad y por la creación de la Fundación Arena. 19. (2019/604) OTORGAR la Medalla de Oro al Mérito Cívico a título póstumo al Sr. Miquel Valls Maseda, por su labor como presidente de la Cámara de Comercio de Barcelona, desde donde supo anteponer los intereses de Barcelona y de Cataluña a las discrepancias políticas a través del consenso. 20. (049/2019 SG) MODIFICAR el acuerdo del Plenario del Consejo Municipal de 16 de julio de 2019 —relativo al establecimiento de dedicaciones, retribuciones, asistencias e indemnizaciones de los miembros de la Corporación y de los consejeros y consejeras de distrito— en el único sentido de adicionar, al final de la letra a) del n.º 1 de su apartado tercero —sobre las dedicaciones exclusivas que se pueden atribuir a los consejeros y consejeras de distrito— el texto siguiente: “Alternativamente a la distribución anterior, en ejercicio de su autonomía organizativa, los grupos municipales pueden proponer la asignación de unas o más dedicaciones exclusivas en el mencionado concepto de coordinación general, siempre y cuando el número total de dedicaciones exclusivas que, respectivamente, les corresponda por aplicación de los criterios que se establecen en los párrafos anteriores de este apartado tercero 1 a) no se vea incrementado”. Y DISPONER la publicación íntegra de este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica municipal, de conformidad con lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley de bases del régimen local. COMISIÓN DE ECOLOGÍA, URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS Y MOVILIDAD 21. ADOPTAR, en el ejercicio de las competencias reservadas al Ayuntamiento como socio único de las sociedades privadas municipales, los siguientes acuerdos: 1. DESIGNAR como miembros de los consejos de administración de las sociedades municipales que se detallan a las personas siguientes: en Barcelona de Infraestructuras Municipales, SA, como consejero, al Sr. Miquel Rodríguez Planas, en sustitución de la Sra. Laia Núñez i Calvet; y en Fomento de Ciudad, SA, como consejera, a la Sra. Sara Berbel Sánchez, en sustitución de la Sra. Mònica Mateos Guerrero. 2. ESTABLECER que el plazo de designación de lo consejero y consejera que se nombran será el establecido en los respectivos estatutos, sin perjuicio de la renovación que fuera procedente en el cambio de mandato consistorial. 3. FACULTAR indistintamente a los/as presidentes/as y los/as secretarios/as de los consejos de administración para comparecer ante notario y elevar a escritura pública los nombramientos anteriores, como también para cumplir los trámites necesarios para su inscripción en el Registro Mercantil y también la corrección de errores materiales en caso necesario. Distrito de Ciutat Vella 22. (19PL16666) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta municipal de Barcelona, el Plan de mejora urbana para el ajuste de alineaciones de la avenida de las Drassanes en el Portal de la Pau, de iniciativa municipal. 23. (19PL16701) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta municipal de Barcelona, el Plan especial urbanístico para la regulación del nuevo equipamiento asistencial en el solar de la calle de Mestres Casals i Martorell, 2-16, en el barrio de Sant Pere, Santa Caterina i la Ribera, de iniciativa municipal, con las modificaciones respecto al documento aprobado inicialmente a que hace referencia el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento, que consta en el expediente y a efectos de motivación se incorpora a este acuerdo. Distrito de L’Eixample 24. (17PL16498) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta municipal de Barcelona, el Plan especial urbanístico de concreción de usos y de ordenación volumétrica de la finca de la calle de Mallorca, 234, promovido por UNIQ M234, SL, con las modificaciones respecto al documento aprobado inicialmente al que hace referencia el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento, que consta en el expediente y, a efectos de motivación, se incorpora a este acuerdo. Distrito de Sants-Montjuïc 25. (18PL16535) INCORPORAR las enmiendas introducidas en el documento del texto refundido de la modificación puntual del Plan general metropolitano para el ajuste del plan de la Marina del Prat Vermell en la Zona Franca, de iniciativa municipal, de conformidad con el artículo 92.3 del texto refundido de la Ley de urbanismo, en cumplimiento del acuerdo de la Subcomisión de Urbanismo de Barcelona de aprobación definitiva de la modificación puntual de PGM de 30 de julio de 2019; modificaciones a las que hace referencia el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento, que consta en el expediente y, a efectos de motivación, se incorpora a este acuerdo; y ENVIAR el expediente a la Subcomisión de Urbanismo de Barcelona para dar conformidad al texto refundido. 26. (18PL16652) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta municipal de Barcelona, el Plan especial urbanístico de asignación de usos en el equipamiento deportivo E/E-12 Club Natació Montjuïc-Fundación Damm, promovido por Club Natació Montjuïc y Fundación Damm, con las modificaciones respecto al documento aprobado inicialmente a las que hace referencia el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento, que consta en el expediente y, a efectos de motivación, se incorpora a este acuerdo. Distrito de Sarrià-Sant Gervasi 27. (19PL16688) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta Municipal de Barcelona, el Plan especial urbanístico integral para la regulación de la ampliación de la Escuela Frederic Mistral-Tècnic Eulàlia, situada en el paseo de la Reina Elisenda de Montcada, 20-22, de Barcelona promovido por la Fundación Privada Collserola, con las modificaciones respecto al documento aprobado inicialmente a las que hace referencia el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento, que consta en el expediente y a efectos de motivación se incorpora a este acuerdo. 28. (19PL16700) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta municipal de Barcelona, el Plan de mejora urbana del pasaje del camino del Mas Sauró, 3, promovido por Miryam Pardo Margarit, con las modificaciones respecto al documento aprobado inicialmente, a las que hace referencia el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento, que consta en el expediente y, a efectos de motivación, se incorpora a este acuerdo. Distrito de Nou Barris 29. (19PL16691) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta municipal de Barcelona, el Plan especial urbanístico del Casal de Jóvenes Prosperitat, en el barrio de la Prosperitat, de iniciativa municipal, con las modificaciones respecto al documento aprobado inicialmente a que hace referencia el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento, que consta en el expediente y a efectos de motivación se incorpora a este acuerdo. Distrito de Sant Andreu 30. (19PL16665) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta municipal de Barcelona, el Plan especial urbanístico para la regulación de las viviendas dotacionales y los equipamientos en la carretera de Ribes, 53-65, Trinitat Vella, distrito de Sant Andreu, de iniciativa municipal; y RESOLVER el escrito de alegaciones presentado la alegación presentada en el trámite de información pública de la aprobación inicial, de conformidad con el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento, de valoración de las alegaciones, informe que consta en el expediente y a efectos de motivación se incorpora a este acuerdo. Distrito de Sant Martí 31. (18PL16639) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta Municipal de Barcelona, el Plan de mejora urbana y Plan especial integral del HNC del subsector Frigo, incluido en el PERI 22@ del sector Parque Central, manzana delimitada por Bolívia, Bilbao, Perú y la zona verde definida en el plan de preservación del recinto de Can Ricart, promovido por Perú, 84-102, Barcelona, SL, con las modificaciones con respecto al documento aprobado inicialmente, al que hace referencia el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento; informe que consta en el expediente y, a efectos de motivación, se incorpora a este acuerdo. D) Parte de impulso y control a) Proposiciones con contenido de declaración institucional Se hace constar que la proposición con contenido de declaración institucional que se transcribe a continuación tiene naturaleza de acto de impulso político de la acción del Gobierno y no produce efectos jurídicos como acto administrativo resolutorio. Del Grupo Municipal de Esquerra Republicana de Catalunya: 1. (M1923/191) El Plenario del Consejo Municipal acuerda, de acuerdo con la proposición aprobada en la Comisión de Presidencia, Derechos de Ciudadanía, Participación, Seguridad y prevención del pasado 18 de setiembre, este Ayuntamiento exige la liberación inmediata de los presos y presas políticos y adopta los siguientes acuerdos: PRIMERO. Rechazar la sentencia del Tribunal Supremo en relación con el juicio del 1 de octubre y la causa independentista al considerar que la vía penal no ha sido la adecuada para resolver una cuestión de carácter político, que el juicio se ha desarrollado sin las garantías exigibles. SEGUNDO. Exigir la puesta en libertad inmediata de los presos y presas políticos condenados, así como el libre retorno de las personas exiliadas. TERCERO. Comprometernos a trabajar junto con el resto de instituciones y con la sociedad civil del país para encontrar soluciones para conseguir la libertad de los presos y presas políticos. CUARTO. Denunciar la regresión de derechos y libertades que desde hace años se sufre en Cataluña, así como la judicialización de la política catalana. Y evidenciar que en este contexto de erosión de derechos, a todas las escalas, es responsabilidad de todos y todas fortalecer las garantías democráticas que aseguran el ejercicio de los derechos y las libertades fundamentales. QUINTO. La resolución del conflicto político debe canalizarse a través de las vías democráticas, el diálogo institucional y la expresión democrática de la voluntad de la ciudadanía. Reconocemos que Cataluña tiene derecho a la autodeterminación. SEXTO. Velar por que la ciudadanía pueda movilizarse contra la sentencia y a favor de derechos y libertades, de manera pacífica y firme en defensa de los valores democráticos. Expresar el rechazo absoluto a cualquier forma de violencia, y constatar la más firme voluntad de seguir trabajando para garantizar los derechos y las libertades de toda la ciudadanía, la defensa del diálogo y de los principios democráticos y la pluralidad política, así como el respeto a la separación de poderes, imprescindible en cualquier estado de derecho. SÉPTIMO. Trasladar el contenido de esta proposición a las instituciones catalanas y españolas, así como a aquellas instancias internacionales en las que participa Barcelona. Del Grupo Municipal Junts per Catalunya: 2. (M1923/194) El Plenario del Consejo Municipal acuerda, de acuerdo con la proposición aprobada en la Comisión de Presidencia, Derechos de Ciudadanía, Participación, Seguridad y prevención del pasado 18 de setiembre, este Ayuntamiento exige la liberación inmediata de los presos y presas políticos y adopta los siguientes acuerdos: PRIMERO. Rechazar la sentencia del Tribunal Supremo en relación con el juicio del 1 de octubre y la causa independentista al considerar que la vía penal no ha sido la adecuada para resolver una cuestión de carácter político, que el juicio se ha desarrollado sin las garantías exigibles. SEGUNDO. Exigir la puesta en libertad inmediata de los presos y presas políticos condenados, así como el libre retorno de las personas exiliadas. TERCERO. Comprometernos a trabajar junto con el resto de instituciones y con la sociedad civil del país para encontrar soluciones para conseguir la libertad de los presos y presas políticos. CUARTO. Denunciar la regresión de derechos y libertades que desde hace años se sufre en Cataluña, así como la judicialización de la política catalana. Y evidenciar que en este contexto de erosión de derechos, a todas las escalas, es responsabilidad de todos y todas fortalecer las garantías democráticas que aseguran el ejercicio de los derechos y las libertades fundamentales. QUINTO. La resolución del conflicto político debe canalizarse a través de las vías democráticas, el diálogo institucional y la expresión democrática de la voluntad de la ciudadanía. Reconocemos que Cataluña tiene derecho a la autodeterminación. SEXTO. Velar por que la ciudadanía pueda movilizarse contra la sentencia y a favor de derechos y libertades, de manera pacífica y firme en defensa de los valores democráticos. Expresar el rechazo absoluto a cualquier forma de violencia, y constatar la más firme voluntad de seguir trabajando para garantizar los derechos y las libertades de toda la ciudadanía, la defensa del diálogo y de los principios democráticos y la pluralidad política, así como el respeto a la separación de poderes, imprescindible en cualquier estado de derecho. SÉPTIMO. Trasladar el contenido de esta proposición a las instituciones catalanas y españolas, así como a aquellas instancias internacionales en las que participa Barcelona. F) Declaraciones institucionales 1. El Plenario del Consejo Municipal del Ayuntamiento de Barcelona acuerda mostrar su rechazo a la invasión militar de Rojava, el Kurdistán occidental, iniciada por el ejército turco. El Ayuntamiento de Barcelona muestra su apoyo a la región kurda de Rojava y a su modelo social y político democrático, multicultural, multilingüístico y multirreligioso. El Ayuntamiento de Barcelona pide al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que investigue a Turquía por crímenes de guerra, por las sospechas de utilización de armas químicas, ejecuciones sumarias y ataques contra civiles. El Ayuntamiento de Barcelona pide al Gobierno español: 1. Hacer toda la presión diplomática posible, en el marco de la Unión Europea, Naciones Unidas y de forma bilateral, para que el Gobierno turco detenga su agresión y respete los derechos del pueblo kurdo, incluyendo la imposición de sanciones previstas en el derecho internacional. 2. Que suspenda inmediatamente las nuevas licencias de exportación militar de materiales susceptibles de ser utilizados en la operación turca en territorio sirio y la cooperación militar con el Gobierno turco. El Ayuntamiento de Barcelona se compromete a activar el instrumento de emergencia humanitaria para apoyar a la población civil kurda y siria afectada por la guerra, así como apoyar a las organizaciones de solidaridad de la ciudad que actúan en el Kurdistán sirio. 2. El Plenario del Consejo Municipal acuerda: 1. Instar a todas las formaciones políticas que concurren a las elecciones generales del próximo 10 de noviembre de 2019 a no reproducir discursos racistas y xenófobos, ni durante la campaña electoral ni posteriormente. 2. Instar a todas las formaciones políticas que concurren a las elecciones generales del próximo 10 de noviembre de 2019 a no reproducir discursos criminalizadores y estigmatizadores hacia los menores migrados sin referentes, ni durante la campaña electoral ni posteriormente. 3. Denunciar, a través de las acciones judiciales oportunas, todas aquellas conductas que promuevan el odio o atenten contra la dignidad de las personas en la ciudad de Barcelona. 4. Dar apoyo jurídico y acompañamiento psicosocial a las víctimas de situaciones de discriminación y delitos de odio por razón de su lugar de origen, etnia y/o creencia religiosa. 5. Velar por que el uso del espacio público que se pueda hacer durante la campaña electoral de las elecciones del 10 de noviembre de 2019 por parte de las formaciones políticas que concurren a las elecciones sea respetuoso con los derechos humanos. EL SECRETARIO GENERAL Firmado electrónicamente por: CPISR-1 C Jordi Cases Pallarès Fecha: 2019.10.29 10:23:47 CEST Razón: Comunicación Lugar: Barcelona