Secretaría General PLENARIO DEL CONSEJO MUNICIPAL SESIÓN ORDINARIA DE 23 DE SETIEMBRE DE 2020 ACUERDOS Aprobación de las actas de las sesiones ordinaria y extraordinaria de 24 de julio de 2020 Aprobación del acta de la sesión de 27 de agosto de 2020 C) Parte decisoria-ejecutiva b) Propuestas de acuerdo COMISIÓN DE DERECHOS SOCIALES, CULTURA Y DEPORTES 2. (20200239) APROBAR el expediente 20200239 de reconocimiento de crédito por un importe de 162.300,00 euros, vista la necesidad de regularizar el otorgamiento de la subvención a favor de la Asociación Observatorio de los Derechos Humanos (DESC), con CIF G61829198, gastos otorgados en el año 2019 y no reconocidos en el ejercicio que les correspondía. AUTORIZAR, DISPONER Y RECONOCER la obligación del gasto por un importe de 162.300,00 euros, con cargo en el presupuesto y partida indicados en este mismo documento, a favor de la Asociación Observatorio de los Derechos Humanos (DESC), con CIF G61829198. COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA 3. (s/n) ADOPTAR, en el ejercicio de las competencias reservadas al Ayuntamiento como socio único de la Sociedad Barcelona de Servicios Municipales, SA, los siguientes acuerdos: 1. DESIGNAR al Sr. Jordi Angusto i Zambrano miembro del consejo de administración de la mencionada sociedad, en sustitución de la Iltre. Sra. Maria Buhigas i San José. 2. ESTABLECER que el plazo de designación del consejero que se nombra sea el establecido en los respectivos estatutos, sin perjuicio de la renovación que fuera procedente en el cambio de mandato consistorial. 3. FACULTAR indistintamente al presidente y al secretario del consejo de administración para comparecer ante notario y elevar a escritura pública el nombramiento anterior, como también para cumplir los trámites necesarios para su inscripción en el Registro Mercantil y también la corrección de errores materiales en caso necesario. 4. (S1/D/2020-778) RATIFICAR el Decreto de Alcaldía, de 28 de julio de 2020, que tiene por objeto establecer medidas complementarias a las previstas de forma genérica por el Decreto de Alcaldía de 14 de abril de 2020 sobre las afectaciones en materia patrimonial municipal. En concreto, las medidas y los criterios establecidos en el presente decreto con ocasión del impacto económico y social de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 afectan exclusivamente a los quioscos de prensa ubicados en las vías y los espacios públicos. CP 8/20 1/8 5. (03 OOFF2020 Recargo IEET) APROBAR provisionalmente la Ordenanza fiscal 2.2. reguladora del recargo al impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos para el 2021 y ejercicios sucesivos, de acuerdo con el texto que figura en el expediente; SOMETER la mencionada ordenanza fiscal a información pública durante un periodo de treinta días hábiles, contados desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas; y TENERLA POR APROBADA DEFINITIVAMENTE en el supuesto de que no se presenten reclamaciones. 6. (Carta Alimentaria) APROBAR la adhesión del Ayuntamiento de Barcelona a la Carta Alimentaria de la Región Metropolitana de Barcelona. FACULTAR al primer teniente de alcaldía para que pueda efectuar todas las actuaciones encaminadas a la efectividad de este acuerdo. 7. (F-2004) AUTORIZAR al Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación de Barcelona (IMHAB) a concertar préstamos hipotecarios a largo plazo con el Banco Santander por un importe máximo global de 19.100.000,00 euros para financiar tres edificios de la promoción de viviendas del Bon Pastor, fase IV, en las condiciones que se adjuntan en el anexo. 8. (DP-2020-27846) CONSTITUIR un derecho real de superficie a favor del Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación de Barcelona (IMHAB), respecto de la finca de propiedad municipal situada en la calle del Marroc, n.os 180-182, grafiada en el plano anexo, por un plazo de setenta y cinco años y con carácter gratuito, para la construcción y gestión de una promoción de viviendas con protección oficial destinadas a alquiler social y asequible, en el plazo máximo de cinco años, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 165 y siguientes del Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de urbanismo; SOMETER el expediente a información pública durante un plazo de treinta días y, si no se formulan reclamaciones o alegaciones, tener por aprobado definitivamente el presente acuerdo; FORMALIZAR el derecho de acuerdo con las condiciones del documento anexo, que se aprueba, haciendo mención de la afectación de la finca a dicha finalidad, garantizada con las cláusulas de reversión automática en los términos de los artículos 167.2 y 170 del Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de urbanismo; INSCRIBIRLO en el Registro de la Propiedad; y FACULTAR a la Alcaldía para la realización de todas las actuaciones encaminadas a concretar, clarificar y ejecutar el presente acuerdo. 9. (DP-2020-27847) CONSTITUIR un derecho real de superficie a favor del Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación de Barcelona (IMHAB) respecto de la finca de propiedad municipal situada en la calle de Pallars, n.os 477-493, grafiada en el plano anexo, por un plazo de setenta y cinco años y con carácter gratuito, para la construcción y gestión de una promoción de viviendas con protección oficial destinadas a alquiler social y asequible, en el plazo máximo de cinco años, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 165 y siguientes del Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de urbanismo; SOMETER el expediente a información pública durante un plazo de treinta días y, si no se formulan reclamaciones o alegaciones, tener por aprobado definitivamente el presente acuerdo; FORMALIZAR el derecho de acuerdo con las condiciones del documento anexo, que se aprueba, CP 8/20 2/8 haciendo mención de la afectación de la finca a dicha finalidad, garantizada con las cláusulas de reversión automática en los términos de los artículos 167.2 y 170 del Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de urbanismo; INSCRIBIRLO en el Registro de la Propiedad; y FACULTAR a la Alcaldía para la realización de todas las actuaciones encaminadas a concretar, clarificar y ejecutar el presente acuerdo. COMISIÓN DE PRESIDENCIA, DERECHOS DE CIUDADANÍA, PARTICIPACIÓN Y SEGURIDAD Y PREVENCIÓN 10. (s/n) DESIGNAR al Iltre. Sr. Max Zañartu i Plaza representante del Ayuntamiento de Barcelona en el Consejo Metropolitano del Área Metropolitana de Barcelona, en sustitución de la Iltre. Sra. Maria Buhigas i San José. 11. (s/n) ADOPTAR, en el ejercicio de las competencias reservadas al Ayuntamiento como socio único de la Sociedad Privada Municipal Fomento de Ciudad, SA, los acuerdos siguientes: Primero. Designar al Iltre. Sr. Jordi Coronas i Martorell miembro del Consejo de Administración de la Sociedad Fomento de Ciudad, SA, en sustitución de la Iltre. Sra. Maria Buhigas i San José. Segundo. Establecer que el plazo de designación del consejero que se nombra será el establecido en los respectivos estatutos, sin perjuicio de la renovación que fuera procedente en el cambio de mandato consistorial. Tercero. Facultar indistintamente al presidente y al secretario del consejo de administración para comparecer ante notario y elevar a escritura pública el nombramiento anterior, así como para cumplir los trámites necesarios para su inscripción en el Registro Mercantil y la corrección de errores materiales en caso necesario. 12. (s/n) DESIGNAR al Iltre. Sr. Jordi Coronas i Martorell presidente de la Comisión de Ecología, Urbanismo, Infraestructuras y Movilidad, en sustitución de la Iltre. Sra. Maria Buhigas i San José. 13. (288/2020) MODIFICAR los anexos 1 y 2 del acuerdo del Consejo Plenario de 21 de diciembre de 2018, sobre la aprobación de la relación inicial de puestos de trabajo, tal como se detalla en los anexos, que constan en el expediente. PUBLICAR este acuerdo y sus anexos en la Gaceta Municipal y en el web municipal. 14. (19/2020) APROBAR la adhesión del Ayuntamiento de Barcelona a la Red de Entidades Locales para desarrollar los ODS de la Agenda 2030 de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP); FACULTAR a la tercera teniente de alcaldía para que pueda efectuar todas las actuaciones encaminadas a la efectividad de este acuerdo. COMISIÓN DE ECOLOGÍA, URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS Y MOVILIDAD 15. (s/n) ADOPTAR, en el ejercicio de las competencias reservadas al Ayuntamiento como socio único de la Sociedad Barcelona de Infraestructuras Municipales, SA (BIMSA), los acuerdos siguientes: 1. DESIGNAR al Sr. Jordi Angusto i Zambrano miembro del consejo de administración de la mencionada sociedad, en sustitución de la Sra. Maria Buhigas i San José. 2. ESTABLECER que el plazo de designación del consejero que se nombra sea el establecido en los respectivos estatutos, sin perjuicio de la renovación que fuera procedente en el cambio de mandato consistorial. 3. FACULTAR indistintamente a la CP 8/20 3/8 presidenta y al secretario del consejo de administración para comparecer ante notario y elevar a escritura pública el nombramiento anterior, como también para cumplir los trámites necesarios para su inscripción en el Registro Mercantil y también la corrección de errores materiales en caso necesario. 16. (s/n) ADOPTAR, en el ejercicio de las competencias reservadas al Ayuntamiento como socio único de la Sociedad Privada Municipal Barcelona Ciclo del Agua, SA, el siguiente acuerdo: 1. DESIGNAR miembro del Consejo de Administración de la Sociedad Privada Municipal Barcelona Ciclo del Agua, SA, al Iltre. Sr. Max Zañartu i Plaza, en sustitución de la Iltre. Sra. Maria Buhigas i San José. 2. ESTABLECER que el plazo de designación del consejero que se nombra sea el establecido en los respectivos estatutos, sin perjuicio de la renovación que fuera procedente en el cambio de mandato consistorial. 3. FACULTAR indistintamente al/a la presidente/a y al/a la secretario/a del consejo de administración para comparecer ante notario y elevar a escritura pública el nombramiento anterior, así como para cumplir los trámites necesarios para su inscripción en el Registro Mercantil y la corrección de errores materiales en caso necesario. Distrito de Les Corts 17. (20PL16772) APROBAR provisionalmente, de conformidad con el artículo 66.3 de la Carta Municipal de Barcelona, la modificación puntual del PGM en el ámbito del Hospital Sant Joan de Déu, edificio de psiquiatría y antiguo edificio docente, para ubicar el nuevo centro pediátrico en el equipamiento existente en la calle de Santa Rosa, 39-57; de iniciativa municipal; y ENVIAR el expediente a la Subcomisión de Urbanismo del municipio de Barcelona para su aprobación definitiva. Distrito de Sarrià-Sant Gervasi 18. (18PL16606) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta municipal de Barcelona, el Plan especial integral y de mejora urbana para la ordenación de la parcela con frente en las calles de Bonaplata, 44-52, y Fontcoberta, 16-24, promovido por BIGDAL 5000, SL, con las modificaciones respecto al documento aprobado inicialmente a las que hace referencia el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento, y RESOLVER las alegaciones presentadas en el trámite de información pública de la aprobación inicial, de conformidad con el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento, de valoración de alegaciones, informes que constan en el expediente y, a efectos de motivación, se incorporan al presente acuerdo. Distrito de Horta-Guinardó 19. (18PL16618) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta municipal de Barcelona, el Plan especial urbanístico de ordenación y ampliación de usos de la finca situada en la calle de Saldes, 8-38, y la calle de Natzaret, 119-129, de Barcelona, promovido por Inspectoría María Auxiliadora y por la Fundación Via Activa con las modificaciones respecto al documento aprobado inicialmente a las que hace referencia el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento, que consta en el expediente y a efectos de motivación se incorpora a este acuerdo. CP 8/20 4/8 Distrito de Sant Andreu 20. (20PL16763) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta Municipal de Barcelona, el Plan especial urbanístico para la modificación puntual del elemento número 2939, Filatures Fabra i Coats, edificio L, del Plan especial del patrimonio arquitectónico, histórico y artístico de la ciudad de Barcelona, en el distrito de Sant Andreu; de iniciativa municipal. Distrito de Sant Martí 21. (19PL16713) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta municipal de Barcelona, el Plan de mejora urbana de determinación de los parámetros edificatorios del frente consolidado de la calle de Pere IV, 34-48, y la calle de Pujades, 39-49, promovido por la Comunitat de Béns Pujades-Pere IV; con las modificaciones respecto al documento aprobado inicialmente a las que hace referencia el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento, y RESOLVER las alegaciones presentadas en el trámite de información pública de la aprobación inicial, de conformidad con el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento, de valoración de alegaciones, informes que constan en el expediente y, a efectos de motivación, se incorporan al presente acuerdo. 22. (19PL16748) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta Municipal de Barcelona, la modificación puntual del Plan de mejora urbana de la parcela situada en las calles del Perú, 62-66, y de Castella, 50-56, edificio Tules y Encajes. Distrito de actividades 22@BCN, promovido por TRANS PROPCO PERU BARCELONA, SL, con las modificaciones respecto al documento aprobado inicialmente a las que se refiere el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento, que consta en el expediente y a efectos de motivación se incorpora a este acuerdo. c) Proposiciones D) Parte de impulso y control a) Proposiciones-declaraciones de grupo Se hace constar que las proposiciones-declaraciones de grupo que se transcriben a continuación tienen naturaleza de actos de impulso político de la acción del Gobierno y no producen efectos jurídicos como actos administrativos resolutorios. Del Grupo Municipal de Esquerra Republicana de Catalunya: 1. (M1923/1237) El Plenario del Consejo Municipal acuerda: Que el Ayuntamiento de Barcelona, trabajando con vocación de consenso, de servicio a la ciudadanía y escuchando a las entidades por el derecho a la vivienda, se comprometa a que la ordenanza que debe elaborarse antes de marzo del 2021 (según acuerdo de la Comisión de Ecología, Urbanismo, Infraestructuras y Movilidad de 14 de setiembre de 2020) regule el uso turístico de las viviendas (VUT y hogares compartidos) en la ciudad de Barcelona con el objetivo de priorizar el uso residencial y la función social de la vivienda. Con respecto a la regulación de la extinción de licencias de VUT, para favorecer el retorno de viviendas CP 8/20 5/8 al parque de alquiler de la ciudad evitando el uso turístico en los hogares compartidos, de acuerdo con las competencias que nos otorga la Carta municipal, la ordenanza municipal establecerá requisitos particulares y fijará limitaciones temporales y periodos máximos de vigencia de la habilitación para ejercer estas actividades, siempre de acuerdo con la legislación vigente y los cambios legislativos que el Gobierno de la Generalitat tiene previsto aprobar en los próximos meses. Esta ordenanza tendrá que especificar: 1. Ámbito de aplicación. 2. Obligaciones de los propietarios y personas gestoras (aforo, servicios, mantenimiento, civismo, convivencia e inspección). 3. Régimen de habilitación administrativa municipal (procedimiento, vigencia, duración de los contratos, control, revisión y extinción de actividad). 4. Régimen sancionador (faltas, medidas cautelares y causas de cese). 5. Prescripción y caducidad. Del Grupo Municipal Junts per Catalunya: 2. (M1923/1233) El Plenario del Consejo Municipal acuerda la creación de un grupo de trabajo integrado por representantes las diferentes áreas municipales afectadas, grupos municipales y personas expertas para abordar diferentes vías para poner fin a la práctica de ocupaciones por parte de organizaciones ilícitas, así como las ocupaciones que generan graves problemas de convivencia, de acuerdo con los siguientes parámetros: 1. Objeto del grupo de trabajo: proceder a la diagnosis de la situación actual en la ciudad de Barcelona y determinar las acciones a realizar para poner fin a la problemática social derivada de este tipo de ocupaciones. 2. Composición: el grupo de trabajo será presidido por un concejal de gobierno (art. 39 ROM) y estará integrado por los equipos técnicos de las diferentes áreas afectadas y los grupos municipales. Se podrá invitar a personas expertas y entidades sociales y vecinales. 3. Régimen de funcionamiento: el grupo de trabajo se reunirá mensualmente hasta un máximo de tres sesiones, tomará los acuerdos por mayoría ponderada y podrá requerir la presencia de las personas que considere adecuadas para el cumplimiento de su cometido. 4. El grupo de trabajo finalizará con la elaboración de un informe que se presentará al plenario del Consejo Municipal para su debate y, en todo caso, en un plazo máximo de cuatro meses. Del Grupo Municipal del Partido Popular: 4. (M1923/1240) El Plenario del Consejo Municipal acuerda: 1. Instar al Gobierno municipal a que en el plazo de seis meses presente en este Consejo Plenario un pacto integral y estratégico de futuro para Ciutat Vella que contemple medidas concretas, específicas, con calendario y con partida presupuestaria asignada sobre los siguientes temas: vivienda, economía, seguridad, movilidad, urbanismo, social y cultura. 2. Que este pacto integral sea verdaderamente plural, transversal y trabajado con las aportaciones de los grupos municipales, entidades y asociaciones de vecinos, servicios sociales y comerciantes de Ciutat Vella, con el fin de dar respuesta integral a las problemáticas y necesidades del distrito. 3. Que el pacto contemple el compromiso del Gobierno municipal de llevar a cabo las medidas concretas acordadas en este pacto. CP 8/20 6/8 Del Grupo Municipal Barcelona pel Canvi: 5. (M1923/1230) El Plenario del Consejo Municipal acuerda revisar el acuerdo de concesión de la Medalla de Oro de la ciudad de Barcelona, a título póstumo, al Sr. Heribert Barrera i López, a fin de que se declare su nulidad, del mismo modo que otras instituciones lo han hecho también en diferentes ocasiones cuando ha quedado demostrado que la persona galardonada no era merecedora del galardón en el momento de la concesión. E) Moción Única. TOMAR CONOCIMIENTO de la renuncia al cargo de concejala de este Ayuntamiento presentada por la Iltre. Sra. Maria Buhigas i San José, y enviar certificación del presente acuerdo a la Junta Electoral Central a los efectos de atribución de la mencionada vacante al candidato que corresponda de la lista electoral del Esquerra Republicana de Catalunya. F) Declaración institucional Única. Ante la situación que se vive en el campo de refugiados de Moria, el Plenario del Consejo Municipal de Barcelona acuerda: PRIMERO. Reafirmar el compromiso ineludible de la ciudad de Barcelona con los valores que la UE considera comunes en sus estados miembros: dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, imperio de la ley y derechos humanos; en una sociedad en que, tal como manifiesta, prevalece la inclusión, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la no discriminación. En consecuencia, volvemos a denunciar la situación que se vive en los campos de refugiados de Grecia y de Moria en particular y exigimos soluciones. SEGUNDO. Recoger la declaración adoptada en el V Foro de Alcaldes sobre Movilidad Humana, Migración y Desarrollo que afirma el papel y las responsabilidades crecientes que ejercen las ciudades como primera línea para la inclusión activa de migrantes y refugiados con el objetivo primordial de no dejar a nadie atrás en la promoción de ciudades inclusivas, seguras, resilientes y sostenibles. TERCERO. Reiterar la voluntad que Barcelona tiene de ser ciudad refugio, referente en la defensa de los derechos humanos y de no querer rehuir la responsabilidad con respecto a la situación actual. El asilo es un derecho humano recogido en el artículo 14 y desarrollado en la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto del refugiado y, en el Estado español, a la Ley reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. Por todo eso, manifestamos la voluntad de nuestra ciudad de ser parte activa de la respuesta y, en plena coordinación con la Generalitat de Catalunya, la cual también ha manifestado la firme voluntad de acoger un cupo de personas refugiadas provenientes de Moria, pedimos al Estado español que facilite los visados y las autorizaciones necesarias para permitirnos la reubicación de estas personas. CUARTO. Asimismo, solicitamos a la Unión Europea y a sus estados miembros que se comprometan de forma inequívoca e inaplazable con la protección de la dignidad humana con el cumplimiento de los derechos humanos, especialmente con la protección internacional. En consecuencia, pedimos al Gobierno español que actúe bajo el principio de solidaridad y se sume a la respuesta coordinada que Alemania, Francia y gran parte de los estados europeos están asumiendo para dar respuesta a las personas que se encuentran en situación de grave desprotección en Lesbos. QUINTO. Pedir al Gobierno español que ejerza el liderazgo necesario, buscando de garantizar los derechos de las personas migrantes y refugiadas, en el marco de la próxima aprobación CP 8/20 7/8 del Pacto europeo de Migración y Asilo, para la asunción de compromisos solidarios de reparto y acogida y de responsabilidades compartidas entre los estados miembros. EL SECRETARIO GENERAL Firmado electrónicamente por: CPISR-1 C Jordi Cases Pallarès Fecha: 2020.09.25 18:23:33 CEST Razón: Comunicación Lugar: Barcelona CP 8/20 8/8