Secretaría General PLENARIO DEL CONSEJO MUNICIPAL SESIÓN ORDINARIA DE 23 DE DICIEMBRE DE 2021 ACUERDOS Aprobación del acta de la sesión de 26 de noviembre de 2021 C) Parte decisoria/ejecutiva b) Propuestas de acuerdo COMISIÓN DE DERECHOS SOCIALES, CULTURA Y DEPORTES 1. – (1-DEL/21) REVOCAR parcialmente la delegación efectuada en favor del Consorcio de Educación de Barcelona del ejercicio de la competencia prevista en el artículo 3.3. de los estatutos de dicho consorcio, aprobados por el Decreto 84/2002, de 5 de febrero, de forma progresiva, a partir del 1 de enero de 2022, en materia de conservación, mantenimiento y vigilancia en relación con las escoles bressol municipales, espacios familiares, el Conservatorio Municipal de Música, las escuelas municipales de música y las dependencias del Instituto Municipal de Educación de Barcelona. ACEPTAR la delegación al Ayuntamiento de Barcelona, mediante el Instituto Municipal de Educación de Barcelona, de la competencia del consorcio establecida en el artículo 3.2.b) de sus estatutos, para la construcción y las obras de reforma de ampliación y mejora de los centros que gestiona directamente el IMEB (escoles bressol municipales, Conservatorio Municipal de Música, escuelas municipales de música, espacios familiares y dependencias del Instituto Municipal de Educación de Barcelona) en relación con el PIM municipal. ARTICULAR, a través de la Gerencia del Consorcio de Educación de Barcelona, de manera coordinada con el Ayuntamiento de Barcelona y el Instituto Municipal de Educación de Barcelona, los mecanismos para hacer efectiva la transferencia mencionada, mediante la correspondiente asignación de recursos económicos y personales, y para transferir desde el consorcio al Instituto Municipal de Educación al personal que corresponda para el ejercicio de las funciones que se recuperan por parte del Ayuntamiento y concretar el calendario de subrogación y de asunción de los contratos públicos que correspondan por parte del Ayuntamiento de Barcelona o el Instituto Municipal de Educación. PUBLICAR el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona y en la Gaceta Municipal. 2. – (20210351) APROBAR el expediente de reconocimiento de crédito 20210351 por un importe total de 2.061,84 euros, IVA incluido, a favor de la empresa Clece Seguridad, SA, en concepto de abono de horas diurnas trabajadas en el mes de noviembre del 2019 en varios centros de trabajo, derivadas del contrato 19002769, en vista de la necesidad de regularizar los gastos realizados y no reconocidos en el ejercicio 2019 (expediente SAP: 21XF0997). AUTORIZAR, DISPONER y RECONOCER las obligaciones de CP 13/ 1 21 /9 los gastos por importe de 2.061,84 euros, IVA incluido, y con cargo en el presupuesto general del ejercicio 2021, y en la aplicación presupuestaria 0200/22719/23011. COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA 3. – (Presupuesto 2022) RESOLVER las reclamaciones presentadas en el presupuesto general del Ayuntamiento de Barcelona para el año 2022 durante el plazo de exposición pública, de acuerdo con los informes que constan en el expediente. APROBAR definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento de Barcelona para el 2022, integrado por: a) el de la misma entidad; b) los presupuestos de los organismos autónomos locales: 1. Instituto Municipal de Personas con Discapacidad, 2. Instituto Municipal de Educación de Barcelona, 3. Instituto Municipal de Informática de Barcelona, 4. Instituto Municipal de Hacienda de Barcelona, 5. Instituto Municipal del Paisaje Urbano y la Calidad de Vida, 6. Instituto Municipal de Mercados de Barcelona, 7. Instituto Barcelona Deportes, 8. Instituto Municipal de Servicios Sociales de Barcelona; c) los estados de previsiones de ingresos y gastos de las entidades públicas empresariales: 1. Instituto de Cultura de Barcelona, 2. Instituto Municipal de Parques y Jardines, 3. Instituto Municipal de Vivienda y Rehabilitación, 4. Entidad Pública Empresarial Fundación Mies van der Rohe, 5. Entidad Pública Empresarial Instituto Municipal de Urbanismo; d) los estados de previsiones de ingresos y gastos de las sociedades mercantiles siguientes: 1. Barcelona de Servicios Municipales, SA (incluye las sociedades Cementerios de Barcelona, SA y Parque de Atracciones del Tibidabo, SA); 2. Información y Comunicación de Barcelona, SA; 3. Barcelona Activa, SAU SPM; 4. Barcelona de Infraestructuras Municipales, SA; 5. Fomento de Ciudad, SA; 6. Barcelona Ciclo del Agua, SA. APROBAR definitivamente las bases de ejecución, la plantilla de personal para el ejercicio 2022 y los anexos que constan en el expediente. APROBAR definitivamente el presupuesto consolidado del Ayuntamiento de Barcelona para el 2022 de acuerdo con la Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y su normativa de desarrollo. 4. – (0100FF2022) RESOLVER las reclamaciones presentadas a la modificación de las ordenanzas fiscales para el año 2022 y sucesivos, aprobadas provisionalmente por el Plenario del Consejo Municipal en fecha 23 de diciembre de 2021, en el sentido de los informes que obran en el expediente. APROBAR definitivamente la modificación para el ejercicio del 2022 y sucesivos de las siguientes ordenanzas fiscales: Ordenanza fiscal general; n.º 1.1. Impuesto sobre bienes inmuebles; n.º 1.2. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica; n.º 1.4. Impuesto sobre actividades económicas; n.º 2.1. Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras; n.º 2.2. Recargo al impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos; n.º 3.1. Tasas por servicios generales; n.º 3.2. Tasas por servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento; n.º 3.3. Tasas por servicios urbanísticos; n.º 3.4. Tasas por servicios relativos a sacos y contenedores de escombros y otros servicios medioambientales; n.º 3.5. Tasas de alcantarillado; n.º 3.6. Tasas de mercados; n.º 3.7. Tasas por servicios de registro, prevención e intervención sanitaria relativos a animales de compañía; n.º 3.8. Tasas por prestaciones de la Guardia Urbana y circulaciones especiales; n.º 3.9. Tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local y la prestación de otros servicios a favor de explotadores de servicios de telecomunicaciones para extender redes de comunicaciones electrónicas; n.º 3.10. Tasas por la utilización privativa del dominio público municipal y la prestación de otros CP 13/ 2 21 /9 servicios; n.º 3.11. Tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público municipal, a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros de interés general; n.º 3.12. Tasas por el estacionamiento regulado de vehículos en la vía pública; n.º 3.13. Tasas por servicios culturales; n.º 3.14. Tasas por servicios especiales de alumbrado público; n.º 3.15. Tasas por la utilización privada del funcionamiento de las fuentes ornamentales; n.º 3.16. Tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público municipal, a favor de empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil; n.º 3.17. Tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos; n.º 3.18. Tasa por el servicio de recogida de residuos municipales generados en los domicilios particulares; n.º 4. Contribuciones especiales; categorías fiscales de las vías públicas de la ciudad; IMPONER las tasas incorporadas en la Ordenanza fiscal n.º 3.9 de acuerdo con la documentación que obra en el expediente. PUBLICAR este acuerdo y el texto íntegro de la modificación en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona. 5. – (Memoria CTB 2020) QUEDAR enterado de la memoria del Consejo Tributario correspondiente al año 2020. 6. – (01-PPPNT2021) APROBAR definitivamente, dado que no se han presentado reclamaciones durante el periodo de exposición pública, la ordenanza para prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario del servicio de despliegue de conductos porta-fibra óptica en el interior del alcantarillado, de acuerdo con el texto que consta en el expediente. PUBLICAR este acuerdo y el texto íntegro de la ordenanza en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona. 7. – (21XF1280) APROBAR el expediente 21XF1280 de reconocimiento de crédito por un importe de 3.656,77 euros, IVA incluido, en vista de la necesidad de regularizar los gastos realizados en el 2020 y no reconocidos durante el ejercicio correspondiente, a favor de la Sra. M. C. M., con NIF 36251389P. AUTORIZAR, DISPONER y RECONOCER la obligación del gasto por un importe de 3.656,77 euros, IVA incluido, con cargo en el presupuesto general del ejercicio 2021 y aplicación presupuestaria 0701/22699/93311, a favor de la Sra. M. C. M., con NIF 36251389P. COMISIÓN DE PRESIDENCIA, DERECHOS DE CIUDADANÍA, PARTICIPACIÓN Y SEGURIDAD Y PREVENCIÓN 8. – (17/2021) RESOLVER las alegaciones formuladas durante el periodo de exposición pública del Reglamento de funcionamiento del Comité Científico y de Ética en relación con el Zoo de Barcelona, aprobado inicialmente por acuerdo de la Comisión de Presidencia, Derechos de Ciudadanía, Participación y Seguridad y Prevención de 15 de setiembre de 2021, de acuerdo con el informe de la directora del Servicio de Derechos de los Animales que obra en el expediente y se da por reproducido a efectos de motivación; INCORPORAR las alegaciones estimadas en el texto que se somete a aprobación definitiva; APROBAR definitivamente el Reglamento de funcionamiento del Comité Científico y de Ética en relación con el Zoo de Barcelona; PUBLICARLO en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, en la Gaceta Municipal y en el web municipal. CP 13/ 3 21 /9 9. – (FD 2021-12/28) RATIFICAR la adhesión del Ayuntamiento de Barcelona a la Fundación Internacional Electronics Watch como afiliado y aceptar sus estatutos. DESIGNAR al director de Coordinación de Contratación Administrativa representante de la corporación municipal en la Fundación Internacional Electronics Watch. NOTIFICAR el presente acuerdo a la Fundación Internacional Electronics Watch. 10. – (2021/404) APROBAR el Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Barcelona para los años 2021-2024. MODIFICAR los anexos 3 y 4 de la Relación inicial de puestos de trabajo tal como se detalla en los anexos que constan en el expediente en aplicación del Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Barcelona para los años 2021-2024. 11. – (391/2021) MODIFICAR el anexo 2 del Acuerdo del Consejo Plenario de 21 de diciembre de 2018, sobre la aprobación de la relación inicial de puestos de trabajo, tal y como se detalla en el anexo que consta en el expediente. PUBLICAR este acuerdo y su anexo en la Gaceta Municipal y en el web municipal. 12. – (21XF0954) APROBAR el expediente 21XF0954 de reconocimiento de crédito por un importe de 177,50 euros, IVA incluido, en vista de la necesidad de regularizar los gastos realizados en el 2020 y no reconocidos durante el ejercicio correspondiente, a favor de Valenciana Hotelera, SL, con NIF B46043238. AUTORIZAR, DISPONER y RECONOCER la obligación del gasto por un importe de 177,50 euros, IVA incluido, con cargo en el presupuesto general del ejercicio 2021 y aplicación presupuestaria 0705/22601/92011, a favor de Valenciana Hotelera, SL, con NIF B46043238. 13. – (55/2021) ACEPTAR de la Agencia de Salud Pública de Barcelona la delegación del ejercicio de la potestad sancionadora en materia de venta y consumo de bebidas alcohólicas, en el ámbito de la Ley 20/1985, de 25 de julio, de prevención y asistencia en materia de sustancias que puedan generar dependencia, competencia atribuida a esta agencia por la Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la Carta municipal de Barcelona. La delegación abarca la incoación, instrucción y resolución de los expedientes sancionadores, la resolución de los recursos que se interpongan en vía administrativa, así como la defensa jurídica en vía contencioso-administrativa, y la gestión y el cobro de las sanciones impuestas. Las condiciones de esta delegación se establecen en el anexo que consta en el expediente. ESTABLECER que las resoluciones administrativas que se adopten por delegación deben indicar esta circunstancia; PUBLICAR este acuerdo en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, en la Gaceta Municipal y en el web municipal. COMISIÓN DE ECOLOGÍA, URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS Y MOVILIDAD 14. – (21SD0238NT) RESOLVER las alegaciones formuladas durante el trámite de información pública de la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza de terrazas aprobada por el Plenario del Consejo Municipal en sesión del 20 de diciembre de 2013 y modificada por acuerdos del 1 de abril de 2016 y del 29 de junio de 2018, de conformidad con el informe emitido por la Gerencia de Ecología Urbana que se da por reproducido y que se incorpora a este acuerdo a efectos de motivación; APROBAR definitivamente la modificación de la Ordenanza de terrazas aprobada por el Plenario CP 13/ 4 21 /9 del Consejo Municipal en sesión del 20 de diciembre de 2013 y modificada por acuerdos del 1 de abril de 2016 y del 29 de junio de 2018; PUBLICAR el presente acuerdo, así como el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza de terrazas en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB) y en el web municipal; NOTIFICAR este acuerdo a los interesados con traslado del texto de la modificación y del informe de respuesta de las alegaciones. 15. – (CO 2021-12/29) RATIFICAR, como ente consorciado, el acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de la Autoridad del Transporte Metropolitano (ATM), consorcio para la coordinación del sistema metropolitano de transporte público del área de Barcelona, en la sesión de 6 de octubre de 2021, relativo a la modificación del artículo 2 de sus estatutos, para actualizarlo a la realidad de su nueva sede social. 16. – (21S13295) AUTORIZAR y DISPONER el gasto por un importe de 9.686.354,00 euros a favor de la Autoridad del Transporte Metropolitano, con NIF P5890049I, con cargo a la aplicación presupuestaria D/76745/15131 del presupuesto del año 2021, de conformidad con lo establecido en el anexo III del Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Barcelona y la Autoridad del Transporte Metropolitano de Barcelona para la ejecución de las obras y posterior explotación de la red tranviaria unificada, aprobado por el Plenario del Consejo Municipal el 23 de diciembre de 2020. NOTIFICAR el presente acuerdo a la Autoridad del Transporte Metropolitano. 18. – (20PL16819) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta municipal de Barcelona, el Plan especial urbanístico para la regulación de los establecimientos de alojamiento turístico, albergues de juventud, viviendas de uso turístico, hogares compartidos y residencias colectivas docentes de alojamiento temporal en Barcelona; con las modificaciones respecto al documento aprobado inicialmente, al que hace referencia el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento y de la Dirección de Servicios de Actuación Urbanística, y RESOLVER las alegaciones presentadas en el trámite de información pública de la aprobación inicial, de conformidad con el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento y de la Dirección de Servicios de Actuación Urbanística, de valoración de las alegaciones; informes que constan en el expediente y, a efectos de motivación, se incorporan a este acuerdo. Distrito de Ciutat Vella 19. – (20PL16788) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta municipal de Barcelona, el Plan de mejora urbana para el ajuste de alineaciones en el ámbito del Portal de Santa Madrona, de iniciativa municipal; RESOLVER el escrito de alegaciones presentado en el trámite de información pública de la aprobación inicial, de conformidad con el informe de la Dirección de Servicios de Actuación Urbanística, de valoración de las alegaciones, informe que consta en el expediente y a efectos de motivación se incorpora a este acuerdo. Distrito de L’Eixample 20. – (21PL16840) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta municipal de Barcelona, el Plan especial integral para la ampliación y rehabilitación de la Casa Llorens, situada en la calle de Còrsega, 259-261; promovido por ADUNA Directorship SL; CP 13/ 5 21 /9 con las modificaciones respecto al documento aprobado inicialmente al que hace referencia el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento y de la Dirección de Servicios de Actuación Urbanística; informe que consta en el expediente y a efectos de motivación se incorpora a este acuerdo. c) Proposiciones D) Parte de impulso y control a) Proposiciones-declaraciones de grupo Se hace constar que las proposiciones/declaraciones de grupo que se transcriben a continuación tienen naturaleza de actos de impulso político de la acción de gobierno y no producen efectos jurídicos como actos administrativos resolutorios. Del Grupo Municipal de Barcelona pel Canvi: 1. – (M1923/2979) El Plenario del Consejo Municipal del Ayuntamiento de Barcelona insta al Gobierno municipal a presentar en el plazo de dos meses un informe relativo a la evolución de los niveles de tráfico y contaminación en la ciudad durante el año 2021. b) Proposiciones con contenido de declaración institucional Se hace constar que la proposición con contenido de declaración institucional que se transcribe a continuación tiene naturaleza de acto político en el sentido de que no produce efectos jurídicos vinculantes y hace referencia a asuntos y materias de no competencia estrictamente local y a cuestiones de trascendencia social y ciudadana. Del Grupo Municipal de Esquerra Republicana de Catalunya: 2. – (M1923/2996) El Plenario del Consejo Municipal del Ayuntamiento de Barcelona manifiesta lo siguiente: 1. Constatamos que las determinaciones pedagógicas y curriculares que definen un sistema educativo debe establecerlas directa y exclusivamente la representación democrática de la ciudadanía en ejercicio del poder reglamentario atribuido a las cámaras legislativas. 2. Constatamos igualmente que el sistema educativo catalán tiene desde hace casi cuarenta años, es decir, desde la recuperación de la democracia y el primer ejercicio del autogobierno, un régimen curricular basado en el carácter vehicular de la lengua catalana y el pleno dominio de la lengua castellana cuando se completa la educación obligatoria. Constatamos finalmente que disponemos de un sistema educativo dotado del método de inmersión lingüística como herramienta de cohesión social y garantía de la consecución efectiva de los niveles de aprendizaje previstos en los currículums educativos que las leyes establecen, con pleno respeto a la diversidad de lenguas maternas y, por tanto, a los derechos lingüísticos de todos y todas las alumnas que cursan la educación obligatoria en Cataluña. 4. Afirmamos que este principio legislativo, confirmado por las sucesivas mayorías democráticas en el Parlamento de Cataluña, sigue siendo hoy plenamente vigente, definido y reconocido por la ley catalana, y admitido por la última CP 13/ 6 21 /9 legislación básica española vigente. 5. Rechazamos los intentos políticos y partidistas de introducir artificialmente en nuestras escuelas un conflicto lingüístico inexistente, un conflicto que solo puede producir confrontación absurda entre los propios niños y niñas o entre las familias obligadas a soportar presiones del todo contrarias a la convivencia normal que debe caracterizar las relaciones personales en el seno de la comunidad educativa. 6. Proclamamos, una vez más, que el modelo lingüístico catalán ha demostrado sobradamente su calidad y adecuación a la demanda ciudadana general, y ha acreditado resultados académicos iguales o mejores que los del conjunto del Estado y del todo equiparables a los de los sistemas educativos de cualquier otro país desarrollado, con respecto tanto al dominio de la lengua propia, la catalana, como al del castellano en cuanto que lengua cooficial y, gradualmente, al dominio suficiente de una tercera lengua. 7. Proclamamos el pleno respeto a las decisiones lingüísticas que cada familia adopte en su propio entorno y, al mismo tiempo, reclamamos el respeto de todas y cada una de ellas a las previsiones pedagógicas y curriculares establecidos por las leyes y contenidos en los proyectos lingüísticos que cada centro, en ejercicio de su autonomía y responsabilidad, elabora, aprueba y aplica. 8. Nos dirigimos a todas las administraciones competentes en materia educativa, es decir, el propio Ayuntamiento, la Generalitat de Catalunya y el Gobierno de España, para que confirmen y protejan el cumplimiento de la legislación vigente, y les recordamos que este cumplimiento solo es revisable por medio de la voluntad popular debidamente reflejada en las mayorías parlamentarias correspondientes. 9. Nos dirigimos también a todas las partes de la comunidad educativa para confirmar que cuentan con el pleno apoyo de esta Administración municipal en la defensa del interés general que nuestro modelo educativo y lingüístico quiere garantizar en el presente y mejorar en el futuro inmediato. 10. Nos dirigimos finalmente a todas las familias del país para que no se dejen arrastrar a escenarios de confrontación sin contenido real: el catalán es la lengua propia del país y el castellano, lengua hermana, cooficial en Cataluña y compartida con centenares de millones de ciudadanos de todo el mundo, es también nuestra, respetada y querida como lengua materna de tantos catalanes y catalanas. 11. Nos comprometemos, pues, a que nuestras escuelas e institutos no pierdan la riqueza lingüística que nos caracteriza como sociedad, y no renunciaremos a la consecución general del máximo dominio plurilingüístico, ahora ya incluyendo necesariamente una tercera lengua. 12. Mantendremos el compromiso institucional con nuestro modelo educativo y lingüístico preservándolo de presiones externas y apoyando al máximo a los centros educativos, a su cuerpo docente, a las familias que les dan sentido y a los chicos y chicas que son los únicos y auténticos titulares del derecho a recibir la mejor educación. Del Grupo Municipal de Junts per Catalunya: 3. – (M1923/2990) El Plenario del Consejo Municipal del Ayuntamiento de Barcelona insta al Gobierno municipal a: - Proponer al Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat de Catalunya la modificación de la Resolución de 10 de julio de 2014, y modificada por la Resolución de 25 de abril de 2016, otorgada por el director general de Comercio de la Generalitat de Catalunya, por la que se aprobó la calificación de varias zonas del término municipal de Barcelona como turísticas, con la siguiente finalidad: Que los establecimientos comerciales, de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias, situados en las zonas ZE-1 y ZE- 2 del Plan especial de alojamientos turísticos aprobado en el 2017 (PEUAT) puedan CP 13/ 7 21 /9 abrir en los periodos comprendidos entre los días 15 de mayo y 15 de setiembre, ambos incluidos, en la franja horaria comprendida entre las 12.00 y las 20.00 horas, los domingos y festivos, y solicitando que se lleven a cabo todas las modificaciones y trámites legalmente establecidos con el fin de hacer efectivo este acuerdo. Notificar este acuerdo al Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat de Catalunya, adjuntando el certificado del acuerdo del Plenario del Consejo Municipal por el que se aprueba la solicitud de la modificación, de forma urgente y sin necesidad de tener que esperar la aprobación del acta en los términos establecidos en el artículo 206 del ROF. F) Declaraciones institucionales 1.– El Plenario del Consejo Municipal del Ayuntamiento de Barcelona acuerda: Primero.- El Ayuntamiento de Barcelona declara su firme determinación en la defensa de los derechos de los niños y niñas ante las agresiones y su compromiso en la lucha contra la violencia y el maltrato hacia los niños y niñas, para conseguir la tolerancia cero al abuso sexual infantil, y garantizar así el bienestar y la protección de la infancia en nuestra ciudad como demuestra la iniciativa de convocar, desde el año 2017, una mesa interinstitucional para la prevención de las violencias sexuales en la infancia y la adolescencia, que tiene como objetivo unir esfuerzos entre las administraciones competentes. Segundo.- El Ayuntamiento de Barcelona, según sus competencias, y en todos los ámbitos de su actuación y en los entes y espacios en los que participa, asume la obligatoriedad de cumplir la Observación general n.º 13 del Comité de los Derechos del Niño, así como la ley orgánica de protección integral de la infancia contra las violencias, y de los derechos generales de los niños y niñas, y, por lo tanto, de adoptar proactivamente medidas de prevención primaria, mecanismos de supervisión de los equipamientos y servicios de promoción y de atención a los niños y niñas, para prevenir y eliminar cualquier forma de violencia hacia la infancia, incluida la negligencia en la cobertura de sus necesidades. Tercero.- El Ayuntamiento de Barcelona muestra el apoyo y el acompañamiento a toda la comunidad educativa actual del centro, la dirección y la AFA, que no tiene ninguna vinculación con los hechos, que desconocían completamente. Además, reconoce el trabajo que hace el equipo educativo actual para promover relaciones positivas, de convivencia, respeto y bienestar emocional del alumnado. Cuarto.- El Ayuntamiento de Barcelona trabajará dentro del Consorcio de Educación de Barcelona, del que forma parte, para averiguar los hechos sobre las presuntas violencias sexuales en la Escuela Barcelona, y para colaborar con el proceso de investigación iniciado. Quinto.- El Ayuntamiento de Barcelona hará seguimiento, en el seno del Consorcio de Educación de Barcelona, de la aplicación del Protocolo de actuación, entre los departamentos de Derechos Sociales y de Educación, de prevención, detección, notificación, derivación y coordinación de las situaciones de maltrato infantil y adolescente en el ámbito educativo. Sexto.- El Ayuntamiento de Barcelona, con la firmeza de garantizar la tolerancia cero ante las violencias sexuales en la infancia y la adolescencia en nuestra ciudad, continuará implementando el Programa de prevención de las violencias sexuales en la infancia y la adolescencia, iniciado en el año 2017, que impulsa los mecanismos, protocolos y acciones formativas necesarias dirigidas tanto a profesionales que trabajan con niños y niñas como a los propios niños y niñas. Este programa también tiene en cuenta el diseño y las funcionalidades (planes funcionales) de los equipamientos municipales para que incorporen indicadores de CP 13/ 8 21 /9 prevención de las violencias sexuales en la infancia y la adolescencia. Igualmente, el programa también dispone de un espacio colaborativo entre todas las entidades que trabajan para la prevención o la atención de las violencias sexuales en la infancia y la adolescencia en nuestra ciudad, y con un apartado específico en el web municipal de Infancia (www.barcelona.cat/infancia) sobre información, protocolos, recursos y materiales para la prevención y la atención de las violencias sexuales en la infancia y la adolescencia. Séptimo.- Renovar el compromiso del Ayuntamiento de Barcelona, de solidaridad y apoyo a todas las víctimas de abusos. 2.– Plenario del Consejo Municipal del Ayuntamiento de Barcelona acuerda: Primero. Valorar muy positivamente la labor desarrollada por el Consejo de Convivencia, Defensa y Protección de los Animales durante sus 25 años de existencia. Segundo. Expresar el agradecimiento a todas las personas, entidades, asociaciones, instituciones y empresas que han contribuido a hacer posibles los hitos de bienestar animal y buena convivencia alcanzados. Tercero. Comprometerse a seguir impulsando y aprobando iniciativas, planes y acciones orientados a mejorar las políticas públicas de bienestar animal de competencia municipal. Cuarto. Promover nuevas acciones y campañas de sensibilización y concienciación públicas sobre la importancia de proteger los derechos de los animales. Quinto. Desarrollar la Ordenanza de protección de los animales y actualizarla en aquellos aspectos que reclaman mayoritariamente las entidades de bienestar animal y la ciudadanía en su conjunto. Sexto. Avanzar en el despliegue del nuevo modelo de zoo, objeto de la modificación de la Ordenanza de protección de los animales del 2019, así como en la implementación del Plan estratégico del nuevo modelo de zoo del 2019. Séptimo. Abordar el nuevo Centro de Acogida de Animales de Compañía de Barcelona (CAACB) dentro del presente mandato municipal. EL SECRETARIO GENERAL Firmado electrónicamente por: JORDI CASES PALLARÈS - (SIG) Fecha: 2021.12.24 11:07:59 CET Razón: comunicación CP 13/ 9 21 /9 Lugar: Barcelona CP 13/ 1 21 0