La Sindicatura de Greuges de Barcelona y el Síndic de Greuges de Catalunya renuevan su convenio de colaboración Barcelona, 22 de diciembre de 2021 – La Sindicatura de Greuges de Barcelona y el Síndic de Greuges de Catalunya han firmado hoy la renovación del convenio de colaboración, con David Bondia y Rafael Ribó al frente de las dos respectivas defensorías. Este convenio tiene el objetivo de establecer un marco jurídico operativo de colaboración institucional para que haya la cooperación necesaria con el fin de asegurar al conjunto de las personas la resolución rápida y eficaz de las quejas, y unir esfuerzos en las actuaciones de interés común en el ámbito municipal. Los compromisos asumidos en este convenio se llevarán a cabo con pleno respeto a la independencia de cada una de las instituciones, atendiendo la inexistencia de relaciones de jerarquía, ni de dependencia orgánica o funcional entre ellas. El primer punto del protocolo de actuación incide en el intercambio de información, la comunicación mutua y el mensaje claro hacia la ciudadanía: las personas promotoras de una queja ante el Síndic de Greuges de Catalunya deben ser informadas de la posibilidad de presentarla a la Sindicatura de Greuges de Barcelona cuando el hecho que la motive esté relacionado con la administración municipal barcelonesa. Y la misma situación en dirección opuesta: la Sindicatura de Greuges de Barcelona se compromete a enviar al Síndic de Greuges de Catalunya las disconformidades que afecten a otras administraciones catalanas. Ambas instituciones consensuan el intercambio de información periódica sobre la lista, la tramitación y las conclusiones de los agravios en ámbitos competenciales compartidos, con el objetivo de evitar duplicidades en las actuaciones. En las investigaciones que afecten los consorcios u otros espacios de colaboración administrativa entre la Generalitat y el Ayuntamiento, las dos defensorías también acuerdan la cooperación mediante, si se tercia, la creación de equipos de trabajo mixtos. Por otro lado, la Sindicatura de Greuges de Barcelona puede proponer al Síndic de Greuges de Catalunya iniciativas relacionadas con la capacidad normativa que la ley le reconoce. Además, la Sindicatura se compromete a colaborar en los trabajos de la Estructura de Drets Humans de Catalunya, particularmente en la supervisión de la aplicación del Plan de Derechos Humanos por parte del gobierno municipal barcelonés. Otro punto es el compromiso de ambas instituciones para potenciar la internacionalización de la Sindicatura de Greuges de Barcelona. De mutuo acuerdo, las partes también pactan el impulso de la Xarxa d’Ombudsman de Catalunya, con la participación del Síndic de Greuges de Catalunya; las sindicaturas locales; las sindicaturas universitarias, y las defensorías de empresas privadas que prestan servicios de interés general. Por último, el convenio de colaboración valora la organización de unas jornadas anuales de formación en ámbitos compartidos, que pueden ser abiertas a otras instituciones de ombudsman de carácter local, nacional o internacional. Para asegurar el intercambio fluido de información y hacer efectivas las cláusulas de este convenio, se constituye una comisión de seguimiento, formada por el síndic de greuges de Barcelona y el adjunto general del Síndic de Greuges de Catalunya. El convenio tiene una duración de cuatro años y en cualquier momento antes de la finalización de este plazo, los firmantes pueden acordar la prórroga por otros cuatro años o la extinción. El primer convenio con la oficina del Síndic de Greuges de Catalunya se firmó el 12 de julio de 2006.