GASETA MUNICIPAL 5 d’agost del 2022 CSV: f399-d5c1-bd6c-0187 Convenis – Conveni CONVENI Protocolo general de actuación entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Ayuntamiento de Barcelona relativo a la participación del Ayuntamiento de Barcelona en el concurso internacional de jóvenes arquitectos EUROPAN 16. En la ciudad de Barcelona, REUNIDOS De una parte, el AYUNTAMIENTO DE BARCELONA, representado por la Ilma. Sra. Janet Sanz i Cid, Segunda Teniente de Alcaldía, actuando, en uso de las facultades que le han estado conferidas por el decreto de alcaldía de 15 de junio de 2019 y facultada expresamente para la firma del presente Protocolo por acuerdo de la Comisión de Gobierno municipal de fecha 22 de julio de 2021, asistida por el Sr. Jordi Cases Pallarès, Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Barcelona en ejercicio de las funciones de asesoramiento legal y fedatario de la Corporación, de acuerdo con el Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, que regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional. De otra parte, el MINISTERIO DE TRANSPORTES,MOVILIDAD Y AGENDA URBANA, representado por el Director General de Agenda Urbana y Arquitectura, D. José Ignacio Carnicero Alonso Colmenares, nombrado mediante Real Decreto 554/2020, de 2 de junio, en tanto organismo competente conforme al Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura básica de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura que atribuye a esta Dirección General la planificación, impulso, gestión y coordinación de las competencias que, en materias con incidencia en políticas urbanas, arquitectura y edificación, corresponden a la Secretaría General. Ambas partes, en ejercicio de sus respectivas facultades y competencias, se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para otorgar el presente Protocolo y a tal efecto, EXPONEN PRIMERO.- Que la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura, bajo la superior dirección del Secretario de Estado, asume la planificación, impulso, gestión y coordinación de las competencias en materias con incidencia en la arquitectura y el urbanismo. SEGUNDO.- Que el Ayuntamiento de Barcelona participa en la ordenación del territorio de acuerdo con las competencias asignadas en la Carta Municipal de Barcelona, aprobada per la Ley 22/1998, de 30 de diciembre y las modificaciones efectuadas por las Leyes 11/2006, de 19 de julio; 7/2010, de 21 de abril; y 18/2014, de 23 de diciembre. 1 gaseta@bcn.cat barcelona.cat/gasetamunicipal DLB-5.656-2007 GASETA MUNICIPAL 5 d’agost del 2022 CSV: f399-d5c1-bd6c-0187 TERCERO.- EUROPAN es una Federación formada por los representantes de distintas organizaciones nacionales de países europeos que organizan concursos de proyectos urbano - arquitectónicos para arquitectos menores de 40 años. QUARTO.- EUROPAN se ha convertido en un foro de debate continuo sobre la vivienda, la arquitectura y el urbanismo, que pretende reunir en España a todas aquellas personas, instituciones y Administraciones de ámbito estatal, autonómico y local que deseen participar en el debate que vincula el desarrollo de nuestras ciudades. EUROPAN se articula en torno a un concurso europeo de ideas arquitectónicas, periódico, abierto y público, seguido de realizaciones. EUROPAN 16 reúne a 9 países organizadores de toda Europa, que proponen un tema para que arquitectos menores de 40 años puedan presentar sus proyectos en cualquiera de los emplazamientos propuestos. Los emplazamientos participantes en EUROPAN 16 son el reflejo de una expectativa por parte de los responsables políticos que no se limita a la demanda de edificios. Las cuestiones planteadas atañen a los edificios y el entorno en el que se sitúan: el espacio público, su mobiliario, su diálogo con la naturaleza, los viales que lo bordean o lo atraviesan, etc. La decimosexta edición del concurso se convoca en torno al tema "Ciudades Vivas". En esta edición participan 9 países y se han propuesto 40 emplazamientos como objeto de concurso, de los cuales 7 se encuentran en España. Componen el Comité Nacional Español de EUROPAN, para la edición EUROPAN 16, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda urbana, el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España y distintos organismos estatales, autonómicos y locales. El CSCAE es la entidad depositaria de las aportaciones económicas de los diferentes miembros de EUROPAN España Desde la adhesión de España a esta asociación se ha potenciado enormemente el concurso de ideas, habiéndose obtenido, en las anteriores ediciones, una destacada participación española. QUINTO.- El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (en adelante, MITMA) promueve el concurso de proyectos con intervención de Jurado EUROPAN 16 "Ciudades Vivas 2021-2022". SEXTO.- El Área de Ecología Urbana del Ayuntamiento de Barcelona promueve la planificación urbanística del polígono industrial del Torrent de l'Estadella con lo que se ajusta a los objetivos de la decimosexta edición del concurso. Este emplazamiento situado en el municipio de Barcelona ha sido seleccionado e incluido por el Comité Europeo de EUROPAN en la convocatoria del año 2021 como ámbito de estudio a concurso, todo ello a propuesta del Área de Ecología Urbana del Ayuntamiento de Barcelona. En consecuencia, el Área de Ecología Urbana del Ayuntamiento de Barcelona adquiere la condición de miembro promotor del Comité Nacional de Europan España. 2 gaseta@bcn.cat barcelona.cat/gasetamunicipal DLB-5.656-2007 GASETA MUNICIPAL 5 d’agost del 2022 CSV: f399-d5c1-bd6c-0187 SEPTIMO.- Que por acuerdo de la Comisión de Gobierno municipal, adoptado en sesión de 22 de julio de 2021, se aprobó el Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Barcelona y el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) con la finalidad de colaborar en la realización del concurso EUROPAN 1. Dicho convenio fue suscrito por la partes en fecha 30 de julio de 2021 El objeto del presente convenio era definir el régimen de colaboración entre las partes para la organización del concurso de ideas urbanas y arquitectónicas, EUROPAN 16, con la finalidad de que el Ayuntamiento de Barcelona participe en la convocatoria como miembro del Comité Nacional de EUROPAN 16 presentando un emplazamiento a concurso. En la letra c) del apartado tercero de dicho Convenio se establecía la necesidad de formalizarse un protocolo de colaboración con el MITMA (entidad convocante). OCTAVO.- Que en virtud del Concurso de proyectos con intervención de Jurado EUROPAN 16 celebrado y fallado por el MITMA, el Área de Ecología Urbana del Ayuntamiento de Barcelona ha expuesto al mencionado Ministerio la necesidad de acometer las actuaciones necesarias para llevar a cabo la intervención que se recoge en el presente documento, acordando ambas partes formalizar el presente Protocolo General de Actuación manifestando la presente Declaración de intenciones con arreglo a las siguientes ESTIPULACIONES PRIMERA.- Es voluntad de las partes desarrollar las actuaciones necesarias para llevar a cabo la intervención que a continuación se indica, en relación con el sector urbanístico del Torrent de l'Estadella y los polígonos industriales del río Besos, emplazamiento situado en el término municipal de Barcelona e incluido en la convocatoria de EUROPAN 16 a propuesta del Ayuntamiento de Barcelona: La contratación, por parte del Ayuntamiento de Barcelona - Área de Ecología Urbana, de un primer encargo para realizar un estudio preliminar, y posteriormente, si las condiciones de viabilidad técnica y económica son favorables, la contratación de un segundo encargo de redacción de planeamiento de mayor alcance y por tanto superior importe. El primer contrato consistirá en un avance de planeamiento o bien el desarrollo de un primer criterio de proyecto que, a partir de la propuesta ganadora, recoja aquellos aspectos planteados en el Concurso que han dado lugar a ideas innovadoras o aspectos no considerados hasta el momento, y que EUROPAN ha brindado la oportunidad de tratar con una visión más amplia frente a las problemáticas del ámbito. Por este motivo, la voluntad del Ayuntamiento de Barcelona - Área de Ecología Urbana es encargar un avance de planeamiento o bien el desarrollo de un primer criterio de proyecto que analice los aspectos mencionados anteriormente y los recoja en una propuesta que posibilite su examen técnico y económico a los efectos de determinar su viabilidad. Una vez analizada la conveniencia técnica, garantizada la viabilidad económica y cumplidos los trámites internos por parte del Ayuntamiento de Barcelona - Área de Ecología Urbana, relativos a la aprobación de sus órganos competentes, se procedería a una segunda 3 gaseta@bcn.cat barcelona.cat/gasetamunicipal DLB-5.656-2007 GASETA MUNICIPAL 5 d’agost del 2022 CSV: f399-d5c1-bd6c-0187 contratación que quedará sujeta a la aprobación de la oportunidad de la ejecución del proyecto. SEGUNDA.- Ambas partes, en el ámbito de sus respectivas competencias, colaborarán de forma permanente en cuantos asuntos sean considerados de interés mutuo, dentro de las disponibilidades de las mismas y de la actividad que constituye el objeto del presente Protocolo General de Actuación, que se tramita dando cumplimiento a las determinaciones contenidas en la letra c) del apartado tercero del Convenio de colaboración Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Barcelona y el CSCAE de referencia. Asimismo, las partes declaran la intención de suministrarse apoyo e información de interés mutuo sobre la realización de todas las actividades preparatorias y de desarrollo del objeto del Protocolo, en el ámbito de sus respectivas competencias. Esta colaboración de las partes en cada una de las actuaciones se concreta en las siguientes acciones: A) MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA (MITMA) El MITMA ha convocado el Concurso EUROPAN 16 en España, estableciendo para ello sus Bases mediante un Pliego que se ajusta al procedimiento del Concurso de Proyectos con intervención de Jurado definido en los artículos 183 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Publico (LCSP). La convocatoria de este Concurso de Proyectos se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado de 12 de mayo de 2021. En la primera fase del Jurado ha participado el Ayuntamiento de Barcelona. Una vez fallado el Concurso, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana facilitará al Ayuntamiento de Barcelona toda la información necesaria - incluidos planos, fotografías y documentación urbanística- en el formato pertinente, así como la documentación del equipo ganador y su propuesta, con el fin de posibilitar la contratación de la colaboración que se establece en la Estipulación Primera anterior. B) AYUNTAMIENTO DE BARCELONA - ÁREA DE ECOLOGÍA URBANA: El Área de Ecología Urbana del Ayuntamiento de Barcelona actuará como órgano de contratación en un procedimiento de contratación al objeto de contratar el Avance de planeamiento o bien el desarrollo de un primer criterio de proyecto mencionado en la Estipulación Primera de este Protocolo. Este proceso de negociación se llevará a cabo con el ganador del Concurso convocado por el Ministerio de Fomento para el referido emplazamiento del Torrent de l'Estadella, situado en el término municipal de Barcelona. La referida contratación se llevará a cabo con todas las garantías y requisitos establecidos enla legislación de contratos del sector público. 4 gaseta@bcn.cat barcelona.cat/gasetamunicipal DLB-5.656-2007 GASETA MUNICIPAL 5 d’agost del 2022 CSV: f399-d5c1-bd6c-0187 Si procede y se dan las condiciones previstas, el Área de Ecología Urbana del Ayuntamiento de Barcelona llevará a cabo la contratación del segundo encargo que se menciona en la Estipulación Primera de este Protocolo, al que le será de aplicación todo lo dispuesto en el presente apartado B). TERCERA.- Se creará una Comisión Mixta, integrada por dos representantes de cada una de las partes, a la que corresponderá velar por el correcto desarrollo de lo dispuesto en este Protocolo, así como impulsar la adopción de las medidas y acciones necesarias para la colaboración por la persecución de los objetivos comunes. Dicha Comisión se reunirá de manera ordinaria una vez al año y, de forma extraordinaria, a petición de cualquiera de sus miembros. CUARTA.- El presente Protocolo surtirá efectos a partir de su otorgamiento, dándose por concluido en el plazo de los cuatro años siguientes a su firma. QUINTA.-De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 198/2014 de 29 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno relativo a la publicad activa de los convenio de colaboración, en la redacción data por el artículo 44.1 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre Transparencia y derecho de acceso a la información pública, el contenido íntegro de este Protocolo General de Actuación, una vez firmado, deberá ser publicado en el Registro de convenios del Ayuntamiento de Barcelona, de conformidad con su Normativa reguladora del Registro de Convenios de fecha 28 de diciembre de 2015 (en la redacción dada por el Decreto de la Alcaldía de 17 de febrero de 2022) y en el Portal de la Transparencia del Ministerio de Fomento. SEXTA.- Este Protocolo tiene naturaleza administrativa y su interpretación y desarrollo se rigen por el ordenamiento jurídico administrativo. SÉPTIMA.- Este Protocolo de Actuaciones podrá revisarse en cualquier momento a requerimiento de alguna de las partes y, en su caso, modificarse por acuerdo unánime de las mismas, mediante la suscripción de la correspondiente adenda al mismo. Y en prueba de conformidad, siguen las firmas de las personas intervinientes, la última de las cuales es de fecha 3 de agosto de 2022. Por el Ayuntamiento de Barcelona, Janet Sanz Cid, segunda teniente de alcaldía. Jordi Cases Pallarès, el secretario general. Por el Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana Jose Ignacio Carnicero Alonso Colmenares, director general de Agenda Urbana y Arquitectura. 5 gaseta@bcn.cat barcelona.cat/gasetamunicipal DLB-5.656-2007