Secretaría General PLENARIO DEL CONSEJO MUNICIPAL Sesión ordinaria de 24 de febrero de 2023 ACUERDOS Aprobación de las actas de la sesión ordinaria de 27 de enero y de la sesión extraordinaria y urgente de 3 de febrero de 2023. C) Parte decisoria-ejecutiva c) Propuestas de acuerdo COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA 2. (2022-05-DPEF) RESOLVER las reclamaciones presentadas durante el periodo de información pública de la ordenanza fiscal 3.20, relativa a la tasa por aprovechamiento especial del dominio público derivado de la distribución a destinos finales indicados por los consumidores de bienes adquiridos por comercio electrónico (B2C) para el ejercicio 2023 y sucesivos, aprobada provisionalmente por el Plenario del Consejo Municipal en fecha 23 de diciembre de 2022, en el sentido del informe de la Gerencia de Presupuestos y Hacienda, de 13 de febrero de 2023, que consta en el expediente. APROBAR definitivamente dicha ordenanza fiscal. IMPONER la tasa incorporada a la referida ordenanza fiscal. PUBLICAR este acuerdo y el texto íntegro de la ordenanza fiscal en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona. 3. (EM2022-10/15) PRIMERO. AUTORIZAR a Barcelona de Servicios Municipales, SA, la constitución de la sociedad mercantil de capital participada conjuntamente por el Área Metropolitana de Barcelona, AMB Información y Servicios, SA, y por Barcelona de Servicios Municipales, SA, denominada Iniciativas Tecnológicas de Movilidad, SL, que tiene por objeto el desarrollo y la gestión de productos basados en las nuevas tecnologías; SEGUNDO. ADOPTAR, en el ejercicio de las competencias reservadas al Ayuntamiento como socio único de la sociedad Barcelona de Servicios Municipales, SA, los acuerdos siguientes: 1. APROBAR definitivamente la modificación de los artículos 2 y 43 de los estatutos de Barcelona de Servicios Municipales, SA, aprobada inicialmente por el Plenario del Consejo Municipal en la sesión de 28 de octubre de 2022, dado que no se han presentado alegaciones durante el plazo de exposición pública municipal; 2. APROBAR definitivamente los estatutos de la sociedad Iniciativas Tecnológicas de Movilidad, SL, que recogen las modificaciones instadas por el Área Metropolitana de Barcelona y aceptadas por Barcelona de Servicios Municipales, SA, de conformidad con el informe de la Dirección corporativa de Asesoría Jurídica, Contratación y Compras de Barcelona de Servicios Municipales, SA, de 29 de noviembre de 2022; 3. AUTORIZAR a Barcelona de Servicios Municipales, SA, para la firma del pacto de socios de la sociedad 1/10 CP 2/23 de responsabilidad limitada de 18 de noviembre de 2022 que recoge las modificaciones instadas por el Área Metropolitana de Barcelona y aceptadas por Barcelona de Servicios Municipales, SA, de conformidad con el informe de la Dirección Corporativa de Asesoría Jurídica, Contratación y Compras de Barcelona de Servicios Municipales, SA, de 29 de noviembre de 2022; 4. FACULTAR al Consejo de Administración de Barcelona de Servicios Municipales, SA, para efectuar todos los trámites necesarios para la ejecución y efectividad del acuerdo. 4. (SD-010-2023) APROBAR la adquisición de una participación accionarial de las sociedades mercantiles ATLAS MÉS ENERGIA SOSTENIBLE BARCELONA, SL y ATLAS MÉS ENERGIA RESIDENCIAL BARCELONA, SL, nuevas sociedades (newco) de propósito específico (SPV), una vez que Atlas Energia Comercial, SL las haya constituido, que tendrán como objetivo desarrollar inversiones para llevar a cabo en el marco del programa “Més Barcelona” en el ámbito industrial y el ámbito residencial, respectivamente. APROBAR, por una parte, los respectivos contratos de socios incorporados en el expediente, denominados “contrato entre socios”, a formalizar entre el Ayuntamiento de Barcelona y Atlas Energia Comercial, SL, que establecen los términos particulares de las respectivas inversiones; APROBAR, por otra parte, las propuestas de estatutos y las memorias propuestas por Atlas Energia Comercial, SL, que también se incorporan en el expediente, que identifican, entre otros aspectos, los leads de comercialización actualizados, los cash flows previstos y las rentabilidades esperadas de los respectivos proyectos; ESTABLECER, en los términos indicados en los contratos de socios, que la participación del Ayuntamiento de Barcelona en las nuevas sociedades en ningún caso será superior al 30 % de la dotación de capital previsto de cada una de ellas; la inversión total comprometida por el Ayuntamiento de Barcelona será de un importe máximo agregado de 2.250.000,00 euros, equivalente al 30 por ciento de las aportaciones de capital previsto para las dos SPV, que se estima que sea de 5.000.000,00 de euros y de 2.500.000,00 euros, para llevar a cabo inversiones totales por valor de 10.000.000,00 de euros y de 5.000.000,00 de euros respectivamente; prever que el importe máximo agregado comprometido por el Ayuntamiento se desembolse indicativamente durante los tres (3) años siguientes a la constitución de las SPV, a razón de 750.000,00 euros cada uno aproximadamente, pero acomodándose siempre a las necesidades reales de inversión que el desarrollo de los proyectos a invertir requiera. CONDICIONAR la formalización de las inversiones a la obtención del informe previo del Departamento de Economía de la Generalitat previsto en la letra c) del art. 206.3 del texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, en caso de que sea necesario. FACULTAR a la tercera tenienta de alcaldía, en nombre y representación del Ayuntamiento de Barcelona, para que pueda llevar a cabo cualquier actuación que sea necesaria para implementar y ejecutar el presente acuerdo, así como para suscribir y elevar a público cualquier otro documento que sea necesario para dar validez y eficacia al presente acuerdo. 5. (SD-011-2023) APROBAR la adquisición de una participación accionarial de la sociedad mercantil MES PPASUN, SL, nueva sociedad (newco) de propósito específico (SPV), una vez que Energía, Innovación y Desarrollo Fotovoltaico, SA, la haya constituido, que tendrá como objetivo desarrollar inversiones para llevar a cabo en el marco del programa “Més Barcelona” en los ámbitos industrial, empresas de servicios y público. APROBAR, por una parte, el contrato de socios incorporado en el expediente, denominado “contrato entre socios”, a formalizar entre el Ayuntamiento de Barcelona y Energía, Innovación y Desarrollo Fotovoltaico, SA, que establece los términos particulares de las respectivas inversiones; APROBAR, por otra parte, las propuestas de estatutos y las memorias propuestas por Energía, Innovación y Desarrollo Fotovoltaico, SA, que también se incorporan en el expediente, que identifican, entre otros aspectos, los leads de comercialización actualizados, los cash flows previstos y las rentabilidades esperadas de los respectivos proyectos; 2/10 CP 2/23 ESTABLECER, en los términos indicados en el contrato de socios, que la participación del Ayuntamiento de Barcelona en la nueva sociedad en ningún caso será superior al 30 % de la dotación de capital prevista; la inversión total comprometida por el Ayuntamiento de Barcelona será de un importe máximo agregado de 1.050.000,00 euros, equivalente al 30 por ciento de la aportación de capital total prevista de 3.500.000,00 euros, para llegar a realizar una inversión final de 10.000.000,00 de euros; prever que el importe máximo agregado comprometido por el Ayuntamiento se desembolse indicativamente durante los tres (3) años siguientes a la constitución de la SPV, a razón de 350.000,00 euros cada uno, aproximadamente, pero acomodándose siempre a las necesidades reales de inversión que el desarrollo de los proyectos a invertir requiera. CONDICIONAR la formalización de las inversiones a la obtención del informe previo del Departamento de Economía de la Generalitat previsto en la letra c) del art. 206.3 del texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, en caso de que sea necesario. FACULTAR a la tercera tenienta de alcaldía, en nombre y representación del Ayuntamiento de Barcelona, para que pueda llevar a cabo cualquier actuación que sea necesaria para implementar y ejecutar el presente acuerdo, así como para suscribir y elevar a público cualquier otro documento que sea necesario para dar validez y eficacia al presente acuerdo. 6. (SD-012-2023) APROBAR la adquisición de una participación accionarial de las sociedades mercantiles RUBAU ENERGIA PER BARCELONA, SL, y RUBAU ENERGIA PER BARCELONA RESIDENCIAL, SL, nuevas sociedades (newco) de propósito específico (SPV), una vez que Construcciones Rubau, SA, las haya constituido, que tendrán como objetivo desarrollar inversiones a realizar en el marco del programa “Més Barcelona” en el ámbito industrial y el ámbito residencial, respectivamente. APROBAR, por una parte, los respectivos contratos de socios incorporados en el expediente, denominados “contrato entre socios”, a formalizar entre el Ayuntamiento de Barcelona y Construcciones Rubau, SA, que establecen los términos particulares de las respectivas inversiones; APROBAR, por otra parte, las propuestas de estatutos y las memorias propuestas por Construcciones Rubau, SA, que también se incorporan en el expediente, que identifican, entre otros aspectos, los leads de comercialización actualizados, los cash flows previstos y las rentabilidades esperadas de los respectivos proyectos; ESTABLECER, en los términos indicados en los contratos de socios, que la participación del Ayuntamiento de Barcelona en las nuevas sociedades en ningún caso será superior al 30 % de los recursos de capital aportados (por la vía de ampliaciones de capital o préstamos participativos, según la que sea financieramente en cada caso) y previstos de cada una de ellas; la inversión total comprometida por el Ayuntamiento de Barcelona será de un importe máximo agregado de 2.250.000,00 euros, equivalente al 30 % de las aportaciones previstas para las dos SPV, que se estima que sea hasta de un total de 4.500.000,00 de euros y de 3.000.000,00 euros, para llevar a cabo inversiones totales por valor de 15.000.000,00 de euros y de 10.000.000,00 millones de euros respectivamente; prever que el importe máximo agregado comprometido por el Ayuntamiento se desembolse indicativamente durante los cinco (5) años siguientes a la constitución de las SPV, a razón de 450.000,00 euros cada uno aproximadamente, pero acomodándose siempre a las necesidades reales de inversión que el desarrollo de los proyectos a invertir requiera. CONDICIONAR la formalización de las inversiones a la obtención del informe previo del Departamento de Economía de la Generalitat previsto en la letra c) del art. 206.3 3/10 CP 2/23 del texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, en caso de que sea necesario. FACULTAR a la tercera tenienta de alcaldía, en nombre y representación del Ayuntamiento de Barcelona, para que pueda llevar a cabo cualquier actuación que sea necesaria para implementar y ejecutar el presente acuerdo, así como para suscribir y elevar a público cualquier otro documento que sea necesario para dar validez y eficacia al presente acuerdo. 7. (IMH-0126850) ACEPTAR la cesión en propiedad a favor del Ayuntamiento de Barcelona ofrecida por la Sra. Isabel Ferran Sanahuja del espejo atribuido al autor Antoni Gaudí, de material madera y cristal (talla estucada y dorada con pan de oro y cristal biselado), medidas 67 cm × 69 cm, incluido en el Catálogo del patrimonio cultural catalán de la Generalitat de Catalunya (cronología 1901-1905 y procedencia Casa Milà), valorado en la cantidad de 60.000,00 euros por la Dirección de Memoria, Historia y Patrimonio del Instituto de Cultura del Ayuntamiento de Barcelona, como pago parcial de la liquidación del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), con recibo n.º PV202121260058881, por importe de 232.612,96 euros, emitida el 30 de junio de 2021 por la transmisión mortis causa producida el 3 de mayo de 2020, de la mitad indivisa del inmueble situado en la av. Diagonal, 423-425, de Barcelona; APLICAR el pago del importe de 60.000,00 euros a la liquidación del IIVTNU con recibo n.º PV202121260058881, una vez que se haya realizado por parte de la persona interesada la entrega material del espejo Gaudí a la Corporación municipal; NOTIFICAR este acuerdo a la Sra. Isabel Ferran Sanahuja; DAR TRASLADO del acuerdo al Instituto Municipal de Hacienda del Ayuntamiento. 8. (DP-2023-28785) DECLARAR, al amparo del artículo 20 del Reglamento del patrimonio de los entes locales, desafectada del dominio público la finca de propiedad municipal situada en la calle sin nombre n.º 9, en la manzana delimitada por el paseo de Potosí, calle de la Ciutat de Asunción y calles sin nombre, grafiada en el plano incorporado al expediente, finca que se tendrá que transmitir, a título de permuta, a favor de la sociedad Servicios Funerarios de Barcelona, SA, para la implantación de un equipamiento sanitario asistencial con destino a tanatorio, en los términos del convenio urbanístico para la implantación de equipamientos en la ciudad de Barcelona en los ámbitos de Casernes y la Maquinista del Distrito de Sant Andreu de Barcelona, aprobado por acuerdo de la Comisión de Gobierno municipal de 22 de junio de 2022 y formalizado el día 23 de junio de 2022, que se incorpora al Plan especial urbanístico y de mejora urbana para la regulación de los equipamientos situados en la manzana delimitada por las calles de la Ciutat de Asunción, paseo de Potosí y calles de nueva creación, en el distrito de Sant Andreu, aprobado definitivamente por el Plenario del Consejo Municipal en sesión de 23 de diciembre de 2022; ADSCRIBIRLA como bien patrimonial al epígrafe de bienes inmuebles del Inventario municipal; y FACULTAR a la Alcaldía para realizar todas las actuaciones encaminadas a concretar, clarificar y ejecutar el presente acuerdo. COMISIÓN DE PRESIDENCIA, DERECHOS DE CIUDADANÍA, PARTICIPACIÓN Y SEGURIDAD Y PREVENCIÓN 9. (2023-0018) OTORGAR la Medalla de Oro al Mérito Cultural del Ayuntamiento de Barcelona a la revista L’AVENÇ, en reconocimiento a su tarea insustituible para la 4/10 CP 2/23 cultura y la investigación de esta ciudad y este país, mantenida a lo largo de sus 500 números y casi cincuenta años de vida. 10. (12_2023 RH) OTORGAR las medallas de honor al sufrimiento, en la categoría de bronce, y las medallas de honor al mérito, en la categoría de plata, a los miembros del Servicio de Protección Civil, Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento (SPCPEIS) que figuran en las relaciones que constan en el expediente, de acuerdo con los informes que figuran en este, el dictamen de la Comisión de Valoración y lo previsto por los artículos 3.2.3 y 4.2.2 b) del Reglamento de honores y recompensas de la Guardia Urbana de Barcelona y del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento, aprobado por el Plenario del Consejo Municipal de 17 de setiembre de 1976 y modificado el 25 de mayo de 2018, con los efectos económicos previstos para las medallas de la categoría de plata en el artículo 5 del citado reglamento. 11. (13_2023 RH) OTORGAR la Medalla al Mérito en la categoría de plata, en la modalidad de diploma o placa de reconocimiento y a título honorífico, a las entidades ajenas al cuerpo del Servicio de Protección Civil, Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento (SPCPEIS) que figuran en las relaciones que constan en el expediente, de acuerdo con lo previsto por la disposición adicional, apartados 1, 3 y 7, del Reglamento de honores y recompensas de la Guardia Urbana de Barcelona y del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento, aprobado por acuerdo del Consejo Plenario Municipal de 17 de setiembre de 1976 y modificado el 25 de mayo de 2018, en reconocimiento del especial apoyo prestado al SPCPEIS, que ha redundado de forma especial en la mejora de servicios y funciones que prestan. 12. (22XC0350) RESOLVER las alegaciones formuladas al contrato programa entre el Ayuntamiento de Barcelona e Información y Comunicación de Barcelona, SA, para la prestación durante el periodo 2023-2026 de los servicios públicos locales de comunicación audiovisual de Barcelona (televisión, radio, web, redes sociales y otras plataformas), aprobado inicialmente por la Comisión de Presidencia, Derechos de Ciudadanía, Participación y Seguridad y Prevención el 16 de noviembre de 2022, en los términos que resultan del informe que obra en el expediente; APROBAR definitivamente el contrato programa entre el Ayuntamiento de Barcelona e Información y Comunicación de Barcelona, SA, para la prestación durante el periodo 2023-2026 de los servicios públicos locales de comunicación audiovisual de Barcelona, de acuerdo con el texto que obra en el expediente y que forma parte integrante de este acuerdo; FORMALIZARLO mediante documento administrativo, a suscribir con la representante legal de ICB, SA; y NOTIFICAR el presente acuerdo al Consejo de Administración de ICB y al Consejo del Audiovisual de Cataluña. 13. (12/2023) MODIFICAR el anexo 2 (dotaciones de puestos de trabajo) de la relación de puestos de trabajo, tal como se detalla en el anexo, que consta en el expediente. PUBLICAR este acuerdo y su anexo en la Gaceta Municipal y en el web municipal. COMISIÓN DE ECOLOGÍA, URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS Y MOVILIDAD 14. (CO 2023-02/2) RATIFICAR, como ente consorciado, el acuerdo adoptado por la Junta General del Consorcio Besòs Tordera en la sesión de 22 de junio de 2022, relativo a la 5/10 CP 2/23 aprobación inicial de la modificación de sus estatutos, con el objeto de adscribir el Consorcio Besòs Tordera en el Consejo Comarcal del Vallès Oriental, de forma que el Área Metropolitana de Barcelona deja de ser la Administración de adscripción de este consorcio; agrupar los entes consorciados en tres grupos según el nivel de actuación del consorcio y de otras modificaciones adecuados de actualización a la normativa vigente o de adaptación al funcionamiento del consorcio, de acuerdo con el texto incorporado en el expediente administrativo; ENCARGAR al Consorcio Besòs Tordera, que actuando en nombre y representación de esta entidad, proceda a la publicación de los correspondientes anuncios de aprobación inicial y definitiva, sometimiento del expediente a información pública, formule el trámite de audiencia a los interesados, así como proceda a la publicación íntegra del texto de la modificación de los estatutos definitivamente aprobada en el Boletín Oficial de la Provincia a los efectos que prevé el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local; CONSIDERAR definitivamente aprobado el expediente de ratificación de la modificación de los Estatutos del Consorcio Besòs Tordera en caso de que durante el periodo de información pública no se presente ninguna reclamación o sugerencia; DAR TRASLADO del presente acuerdo al Consorcio Besòs Tordera, a los efectos apropiados. Distrito de Ciutat Vella 15. (22PL16897) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta municipal de Barcelona, el Plan especial urbanístico integral para la regulación del equipamiento situado en la plaza Verònica, 2 y la modificación de los elementos número 166, antiguo Borsí o Casino Mercantil, y número 592, Casa Manuel de Compte, del Plan especial del patrimonio arquitectónico histórico-artístico de la ciudad de Barcelona, en el distrito de Ciutat Vella, de iniciativa municipal, a propuesta del Consorcio de Bibliotecas de Barcelona, con las modificaciones con respecto al documento aprobado inicialmente, a que hace referencia el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento y de la Dirección de Servicios de Actuación Urbanística, informe que consta en el expediente y que a efectos de motivación se incorpora a este acuerdo. Distrito de Sarrià-Sant Gervasi 16. (21PL16871) SUSPENDER la aprobación definitiva, de conformidad con el artículo 92.1.b del texto refundido de la Ley de urbanismo (Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto), del Plan especial urbanístico para el desarrollo y ejecución del equipamiento deportivo en la calle de Román Macaya, 11, de Barcelona, distrito de Sarrià-Sant Gervasi, promovida por SIL CLUB, SL; en vista de la petición formulada por el promotor, con el fin de introducir enmiendas en el documento, y todo ello de acuerdo con el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento y de la Dirección de Servicios de Actuación Urbanística, que consta en el expediente y, a efectos de motivación, se incorpora a este acuerdo; ADVERTIR a los promotores del plan, de conformidad con el artículo 95.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que disponen de un plazo de tres meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acuerdo, para instar a la tramitación del planeamiento de referencia; en caso de que no lo hagan, se declarará la 6/10 CP 2/23 caducidad de este procedimiento y se procederá al archivo de las actuaciones; y NOTIFICAR el presente acuerdo a los promotores del plan. 17. (22PL16915) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta municipal de Barcelona, el plan especial urbanístico para la regulación del equipamiento situado en la avenida de J. V. Foix, 103-109, en el barrio de Sarrià, en el distrito de Sarrià-Sant Gervasi, de iniciativa pública, con las modificaciones con respecto al documento aprobado inicialmente, a las que hace referencia el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento y de la Dirección de Servicios de Actuación Urbanística; informe que consta en el expediente y, a efectos de motivación, se incorpora a este acuerdo. 18. (22PL16938) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta municipal de Barcelona, el Plan especial urbanístico y de mejora urbana del ámbito del Centro de Investigación Biomédica y parcela vecina, ubicados en la calle Teodor Roviralta de Barcelona, en el Distrito de Sarrià-Sant Gervasi, de iniciativa privada, promovido por la Fundación La Caixa, con las modificaciones con respecto al documento aprobado inicialmente, a que hace referencia el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento y de la Dirección de Servicios de Actuación Urbanística, informe que consta en el expediente y que a efectos de motivación se incorpora a este acuerdo. Distrito de Sant Andreu 19. (22PL16922) SUSPENDER la aprobación definitiva, de conformidad con el artículo 92.1.b del texto refundido de la Ley de urbanismo (Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto), del Plan de mejora urbana del sector La Maquinista Barcelona, en el Distrito de Sant Andreu, de iniciativa privada, promovido por Unibail-Rodamco- Westfield, en vista de la solicitud presentada por un representante de la sociedad promotora de dicho plan, que, a su vez, se hace constar en el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento y de Actuación Urbanística que consta en el expediente y se da por reproducida a efectos de motivación; ADVERTIR a los promotores del plan, de conformidad con el artículo 95.1 de la Ley 39/2915, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que disponen de un plazo de tres meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acuerdo, para realizar las actividades necesarias para continuar la tramitación; en caso de que no lo hagan, se declarará la caducidad del procedimiento y se procederá al archivo de las actuaciones, y NOTIFICAR el presente acuerdo a los promotores del plan. Distrito de Sant Martí 20. (22PL16896) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta municipal de Barcelona, el Plan especial urbanístico para la regulación del CAP Besòs, situado en la calle Alfons el Magnànim, 57, 59-59 B, en el Distrito de Sant Martí, de iniciativa pública, con las modificaciones con respecto al documento aprobado inicialmente, a que hace referencia el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento y de la Dirección de Servicios de Actuación Urbanística, informe que consta en el expediente y que a efectos de motivación se incorpora a este acuerdo. 7/10 CP 2/23 21. (22PL16937) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta municipal de Barcelona, la modificación puntual del Plan de mejora urbana de las manzanas delimitadas por las calles de Cristóbal de Moura, Pallars, Agricultura y Treball dentro del distrito de actividades 22@, y modificación de la ficha 2963 del Plan especial del catálogo de patrimonio arquitectónico de Barcelona, en el distrito de Sant Martí, de iniciativa privada, promovido por Lenape Investments, SLU, en representación de los propietarios de la única finca con aprovechamiento privado incluida en el ámbito de planeamiento (Udin, SL, y Domasa, SLU), con las modificaciones con respecto al documento aprobado inicialmente, a las que hace referencia el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento y de la Dirección de Servicios de Actuación Urbanística, informe que consta en el expediente y, a efectos de motivación, se incorpora a este acuerdo; REQUERIR al promotor del plan para que, en el plazo máximo de un año a contar desde el día siguiente a la notificación del presente acuerdo, constituya garantía de 69.423,38 euros, correspondiente al 12 % del valor de las obras de urbanización inherentes al planeamiento, a los efectos establecidos en los artículos 107.3 y 102 del Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de urbanismo, y como requisito previo para la publicación de este acuerdo. D) Parte de impulso y control a) Proposiciones-declaraciones de grupo Se hace constar que las proposiciones-declaraciones de grupo que se transcriben a continuación tienen naturaleza de actos de impulso político de la acción del Gobierno y no producen efectos jurídicos como actos administrativos resolutorios. Del Grupo Municipal del Partit dels Socialistes de Catalunya: 1. (M1923/4840) El Plenario del Consejo Municipal acuerda: — Censurar la decisión unilateral de la Alcaldía de subvertir el proceso participativo establecido por el Reglamento de participación que tenía que culminar en un debate y votación de una proposición al Plenario, tal como pedían los impulsores de la iniciativa ciudadana. — Reafirmar el compromiso del Ayuntamiento de Barcelona con la paz y el cumplimiento de los derechos humanos en Oriente Medio y, en particular, en Israel y Palestina, que en 1998 cristalizó en la firma del Acuerdo de Amistad y Cooperación entre Barcelona, Tel Aviv y Gaza. — Reiterar la amistad y la solidaridad de la ciudadanía de Barcelona con la población del Tel Aviv y de Gaza, y la voluntad del Ayuntamiento de seguir cooperando con los ayuntamientos de las dos ciudades en el marco del citado acuerdo. — Instar a la alcaldía a revocar la suspensión del acuerdo, en coherencia con la voluntad mayoritaria de la ciudadanía de Barcelona, representada en el Consejo Municipal a través de los concejales y las concejalas. — Instar al Gobierno municipal a hacer pleno uso de la diplomacia entre ciudades y convocar a representantes de las tres partes de la hermandad (Barcelona, Gaza y Tel Aviv) con el fin de fijar los términos de una declaración y conocer cuál es la concreción que puede tener la hermandad. — Instar el Gobierno municipal a seguir trabajando para hacer de Barcelona una ciudad referente en la promoción de la paz y los derechos humanos a través de la diplomacia de ciudades y la cooperación con ciudades de todo el mundo y, en particular, del ámbito euromediterráneo. — Dar cuenta del posicionamiento del Consejo municipal 8/10 CP 2/23 del Ayuntamiento de Barcelona, expresado a través de esta proposición, al Gobierno del Estado, al Ayuntamiento de Tel Aviv y al Ayuntamiento de Gaza. Del Grupo Municipal de Junts per Catalunya: 3. (M1923/4833) El Plenario del Consejo Municipal acuerda: 1. Constatar el fracaso de las políticas públicas de seguridad a lo largo de este mandato, en vista de los malos resultados de los datos relativos a la inseguridad en la ciudad de Barcelona y su percepción, tal como se confirma con el hecho de que la inseguridad se ha mantenido como primera preocupación de los barceloneses en todos y cada uno de los barómetros municipales de este mandato. 2. Rechazar el intento de la alcaldesa Ada Colau de inhibirse ante sus responsabilidades como máxima responsable de la Prevención y la Seguridad y de la Guardia Urbana de Barcelona, y de su intento de centrifugar esta responsabilidad al Partit Socialista, que también lo es con el teniente de alcaldía de Seguridad y Prevención al frente del área. La alcaldesa de Barcelona también es la presidenta del Consejo Local de Seguridad de Barcelona. 3. Instar al Gobierno municipal a acelerar las negociaciones con el Departamento de Interior para avanzar en los acuerdos que permitirán una mayor presencia de agentes de Mossos d’Esquadra en la ciudad y una mejor coordinación entre estos y la Guardia Urbana. 4. Constatar la falta de resultados en la lucha contra la multirreincidencia que ha supuesto la aplicación de la reforma del artículo 234, apartado 2, del Código penal e instar al Gobierno municipal a plantear las mejoras necesarias en el ámbito judicial ante el Gobierno del Estado. Del Grupo Municipal del Partit Popular: 5. (M1923/4842) El Plenario del Consejo Municipal acuerda valorar negativamente las políticas desarrolladas por el Gobierno municipal en el mandato 2019-2023 y, en consecuencia, constata la falta de respuesta a las necesidades de los barceloneses/as, por gobernar de espaldas a la ciudadanía, por incumplir los acuerdos adoptados en el Consejo Plenario y las Comisiones y por anteponer los intereses partidistas al interés general de los ciudadanos. E) Moción Única. DESIGNAR a la Iltre. Sra. Núria Carmona Cardoso como representante del Ayuntamiento de Barcelona en el Consejo Metropolitano del Área Metropolitana de Barcelona en sustitución del Sr. Jaume Collboni Cuadrado. F) Declaraciones institucionales 1. El Plenario del Consejo Municipal del Ayuntamiento de Barcelona acuerda: 1. Garantizar el derecho a la no discriminación de las personas con enanismo haciendo cumplir el mandato del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas. 2. Desplegar, desde la Oficina por la No Discriminación (OND) y junto con las entidades de defensa de los derechos de las personas con discapacidad, una estrategia de sensibilización para que aquellas personas con enanismo tengan garantizado el derecho a la no discriminación en todos los ámbitos de la vida, así como 9/10 CP 2/23 protocolos de actuación con los actores correspondientes en caso de darse situaciones de discriminación, así como también facilitar su formación e inserción laboral a través de la Red de Inclusión Laboral de Barcelona y el IMPD. 3. Solicitar al conjunto de las administraciones públicas que desarrollen herramientas de sensibilización y de apoyo a las personas con enanismo y sus familias. 4. Trasladar el presente acuerdo a la mesa del Parlamento, a todos los grupos parlamentarios, a la Diputación de Barcelona, al Consejo Comarcal, a los ayuntamientos, a la fiscalía y a las entidades que defienden los derechos de las personas con acondroplasia y displasias esqueléticas con enanismo. 2. El Plenario del Consejo Municipal del Ayuntamiento de Barcelona acuerda: ¡Declaramos que esta guerra, como todas las guerras del mundo, es intolerable! Mediante la violación brutal y demostrativa de todas las normas del derecho internacional, Rusia busca destruir la unidad de los países democráticos y volver al mundo del imperialismo y las guerras coloniales. Teniendo en cuenta que existen desafíos globales tan relevantes como el cambio climático, la reducción de los recursos naturales o la escasez de alimentos en el mundo, creemos que Rusia está poniendo a toda la humanidad cerca del desastre. ¡Queremos la paz justa y la libertad para el pueblo ucraniano! ¡Exigimos la retirada inmediata de tropas rusas de Ucrania, el cumplimiento de los derechos humanos y de la legalidad internacional! EL SECRETARIO GENERAL Firmado electrónicamente por: Jordi Cases Pallarès - (SIG) Fecha: 2023.02.28 11:59:20 CET Razón: Comunicación Lugar: Barcelona 10/10 CP 2/23