840 en el presente caso. Recuerda que el problema na- ció con ocasión de las Fiestas de la Merced del pasa- do año al encargarse, medainte una subvención, a determinado grupo, la organización de un Festival Internacional de Música que por diversas circuns- tancias no pudo desarrollarse íntegramente, evi- denciándose la necesidad de su reestructuración pa· ra asegurarle la continuidad y una categoría artís- tica y proyección internacional dignos de la Ciudad; que en las reuniones conjuntas sostenidas con las personalidades más significativas del mundo mu- sical se llegó a la conclusión unánime de que la so- lución radicaba en crear una fundación municipal a la que sin perder su propia identidad, las diver- sas entidades interesadas pudieran aportar sus ini- ciativas y experiencias integrándolas en un Patro- nato designado en parte por el Ayuntamiento y en parte por cooptación, a fin de que el Festival In- ternacional de Música de Barcelona pueda alcanzar un nivel análogo a los de Florencia, Edimburgo o Salzburgo y conseguir una auténtica proyección so- cial de la Música. Tras poner de relieve que el escrito del señor So- ler Padró adolece también de deficiencias formales que impiden su admisión -como el no acompañar los Estatutos de las Fundaciones que propone y no preveer la pertinente dotación económica para ellas-, encarece la aprobación del dictamen con el voto unánime del Consistorio. El señor Soler Padró pide la palabra y le advier- te la Presidencia que puede usar de ella para tratar del dictamen pero no de su <