Ordenanza fiscal n.º 3.1 TASAS POR SERVICIOS GENERALES Art. 1º. Disposiciones generales. 1. De acuerdo con lo que se dispone en el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y, específicamente, el artículo 58 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, y de conformidad con los artículos 15 y 19 de la misma Ley, se establecen tasas por la prestación de servicios generales que se rigen por los artículos 20 a 27 de la Ley 39/1988. Art. 2º. Hecho imponible. Constituyen el hecho imponible: a) Las licencias y los documentos expedidos por la Administración municipal. b) La actividad municipal tanto técnica como administrativa realizada con el fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones de seguridad en el transporte escolar de acuerdo con lo que dispone el R. D. 443/2001. c) El traslado, el ingreso o la permanencia de vehículos y otros en el depósito municipal, provocados por denuncia de infracción de tráfico. d) La prestación del servicio de retirada de vehículos, iniciada o completa, provocados por denuncia de infracción de tráfico. e) La inmovilización de vehículos por procedimiento mecánico. f) Las compulsas de fotocopias de documentos y las comparecencias a instancia de particulares para presentar en administraciones ajenas al Ayuntamiento de Barcelona. g) Los documentos de carácter general, informes y estudios. h) El uso o la adquisición, mediante venta, arrendamiento o cesión de licencia, de los productos y servicios de información cartográfica y estadística en cualquier soporte. i) La prestación de vallas de propiedad municipal para actos públicos. Art. 3º. Sujetos pasivos. Son sujetos pasivos las personas naturales o jurídicas que soliciten o provoquen los servicios o en cuyo interés éstos se presten, o que sean propietarias de bienes ingresados en el depósito municipal. Art. 4º. No sujeción. No estarán sujetos a la tasa por utilización del servicio de grúa previsto en el epígrafe 2º de esta ordenanza cuando el titular del vehículo lo haya cedido al Ayuntamiento para su desguace. Art. 5º. Bases. Las bases son las que resultan de la tarifa correspondiente. Art. 6º. Tarifas. Las tasas que deben satisfacerse son las que se indican en el anexo de esta Ordenanza. Art. 7º. Normas de gestión, liquidación y tramitación. 1. Para la prestación de los servicios previstos en los apartados a), b), c), f) y g) del artículo 2 de esta Ordenanza, la liquidación debe ser practicada mediante el órgano gestor y tiene que ser satisfecha por el contribuyente o por el destinatario en el acto de la entrega o de la prestación del servicio mediante pago en efectivo. En el cas del apartado h) del artículo 2, los productos solicitados (una vez valorada y realizada la petición) se deberán recoger en las dependencias municipales donde hayan sido solicitados (OAC, IMI-IBC, etc.). La tasa se debe liquidar antes de la entrega del producto. 2. En la prestación del servicio de grúa, la tasa debe satisfacerse en los lugares de custodia de los vehículos. 3. La tasa por inmovilización de vehículos por procedimiento mecánico será satisfecha de acuerdo con las normas vigentes. 4. Por la prestación de los servicios previstos en el apartado b) del artículo 2, el sujeto pasivo debe hacer efectivo el pago en el plazo especificado en la notificación de la liquidación. 5. El resto de tasas se tiene que satisfacer en el momento de la prestación del servicio o entrega del efecto. Art. 8º. Infracciones y sanciones. En materia de infracciones y sanciones, se estará a lo que dispone la Ordenanza Fiscal General. Art. 9º. Fecha de aprobación y vigencia. La presente Ordenanza, aprobada definitivamente por el Consejo Plenario con fecha 22 de diciembre de 2003, empezará a regir el 1 de enero de 2004 y continuará vigente mientras no se acuerde su modificación o derogación. ANEXO TARIFAS A. SERVICIOS GENERALES Epígrafe 1º. Licencias, guías y otros documentos ¤ 1.1. Por cada autorización de transporte escolar y de meno- res, de carácter anual 12,28 1.2. Concesión de tarjetas para carabinas y pistolas accionadas por aire o por otro gas comprimido, no asimiladas a escopetas, de ánima lisa o rayada y de un solo tiro 5,44 1.3. Concesión de tarjetas para el mismo tipo de armas des- crito en el apartado anterior, pero de tiro semiautomático 9,51 1.4. Compulsas de fotocopias de documentos a instancia de particulares para presentar en administraciones ajenas al Ayuntamiento de Barcelona – Por cada hoja a una cara 3,68 – Por cada hoja a doble cara 5,80 1.5. Comparecencias a instancia de particulares para presentar en administraciones ajenas al Ayuntamiento de Barcelona – Por cada una 19,55 1.6. Fotocopias, con exclusión de los documentos cuya reproducción tenga establecida una tarifa específica. Por cada fotocopia: – una sola cara 0,09 – ambas caras 0,12 1.7. Copias autorizadas de informes técnicos y de comunicados de accidentes de tráfico a los interesados, a las compañías o entidades aseguradoras y a los juzgados o tribunales – Por cada informe (con un máximo de una fotografía) 45,29 – Por cada fotografía adicional 3,10 1.8. Planes de movilidad de Distritos 1.8.1. Duplicado tarjeta de aparcamiento 3,26 1.8.2. Duplicado tarjeta de acceso 9,78 1.9. Reproducción de documentos y planos urbanísticos – DIN A0 15,74 – DIN A1 7,92 – DIN A2 3,91 – DIN A3 1,00 – DIN A4 0,80 – De 40 a 60 cm de largo 1,76 – De 60 a 80 cm de largo 3,52 – De 80 a 120 cm de largo 7,05 – 130 cm 7,36 – 140 cm 7,69 – 150 cm 8,08 – 160 cm 8,47 – 170 cm 8,73 – 180 cm 9,12 – 190 cm 9,51 – 200 cm 9,84 Plano de información urbanística y parcelaria 0,75 1.10. Suministro de información urbanística informatizada plano 1:1.000 (¤/ha en soporte digital) 5,70 1.11. Microfilmes de documentos de archivo (tarjeta de apertura) – Copia en papel DIN A3 2,68 – Copia en papel de microfilme hecho 0,59 – Microfilme de microfilme 0,66 1.12. Informes y estudios 1.12.1. Croquis de instalaciones de semáforos o de señales de circulación 43,66 1.12.2. Informes y estudios realizados por las diferentes áreas a instancia de parte – por técnico superior y hora 34,92 – por técnico medio y hora 23,10 – por administrativo y hora 17,11 1.13. Emisión del carnet de investigador de biblioteca y/o archivos municipales 2,60 1.14. Impresión en papel de documentos electrónicos en el Archivo Municipal y la Biblioteca General – tamaño DIN A4, por hoja impresa 0,12 – tamaño DIN A3, por hoja impresa 0,27 B. DEPÓSITO MUNICIPAL Epígrafe 1º. Vehículos ¤ La tasa por mes, día o fracción de permanencia en el depósito municipal es la siguiente: 1.1. Automóviles de lujo, turismos, furgonetas, autotaxis, triciclos y cuatriciclos con motor y demás vehículos de tracción mecánica Las cuatro primeras horas exentas A partir de la quinta y hasta un máximo de 17,0 ¤/día o 170 ¤/mes 1,70 1.2. Camiones, camionetas, autocares, furgones y vehículos de arrastre Las cuatro primeras horas exentas A partir de la quinta y hasta un máximo de 34 ¤/día o 340 ¤/mes 3,40 1.3. Motocicletas y ciclomotores Las cuatro primeras horas exentas A partir de la quinta y hasta un máximo de 7,50 ¤/día o 75 ¤/mes 0,75 1.4. Bicicletas y otros Las cuatro primeras horas exentas A partir de la quinta y hasta un máximo de 4,00 ¤/día o 40 ¤/mes 0,40 Epígrafe 2º. Por utilización del servicio de grúa cuando sea necesario o conveniente para el traslado 2.1. Motocicletas, ciclomotores, bicicletas, carros, carreti- llas y similares 53,30 2.2. Camionetas, furgones, automóviles de lujo, turismos, autotaxis, triciclos y cuatriciclos con motor 130,00 2.3. Autocares, camiones y camiones tractores, con un mínimo de 159,00 ¤ s/coste 2.4. Contenedores de obras y otros 490,00 En caso de que la grúa no haya emprendido la marcha con el vehículo enganchado, la tasa se reduce al 50%. Epígrafe 3º. Inmovilización de vehículos por procedimiento mecánico 3.1. Automóviles de lujo, turismos, autotaxis, triciclos y cuatriciclos con motor 54,00 3.2. Autocares, camiones, camionetas, furgones y vehícu- los tractores 65,00 3.3. Motocicletas y ciclomotores 26,00 Epígrafe 4º. Servicios prestados por la grúa municipal a petición de particulares o empresas, por movimientos en distancias cortas de vehículos, por obras, etc. 4.1. Automóviles de lujo, turismos, autotaxis, triciclos y cuatriciclos con motor, por hora o fracción 62,05 Epígrafe 5º. Servicios de recogida, traslado y depósito de género procedente de venta no sedentaria sin licencia 5.1. Recogida, traslado y depósito (hasta 30 días naturales) de género procedente de venta no sedentaria, sin licencia de ocupación de espacios públicos, por venta no sedentaria 162,91 5.2. Recogida, traslado y depósito de otros elementos que ocupen la vía pública sin autorización 162,91 C. INFORMACIÓN DE BASE Plot Guía Barcelona mural (esc. 1:7.000) 2,60 pple 24,30 1.2. Base Métrica de Barcelona (SITEB) Producto tamaño soporte ¤ Malla índice hojas y hoja UTM esc. 1:500 1,20 Ppap 6,40 Hoja UTM esc. 1:1.000 o 1:2.000 o 1:5.000 0,67 ppap 6,40 Dte. Siteb esc. 1:5.000 1,20 ppap 28,50 Hoja UTM esc. 1:1.000 o 1:2.000 o 1:5.000 0,67 pple 8,40 Bcn Siteb esc. 1:20.000 o Dte.Siteb A1 o 1:10.000 0,67 pple 26,40 Dte. Siteb esc. 1:5.000 1,20 pple 30,60 Bcn Siteb esc. 1:10.000 1,60 pple 30,60 Bcn Siteb mural 4,80 pple 80,30 Hoja Ortofoto esc. 1:2.000 o 1:5.000 0,70 pple 6,40 Hoja Ortofoto esc. 1:2.000 o 1:5.000 0,70 pfot 15,30 1. Ploteado de bases cartográficas 1.1. Base de la Guía Urbana de Barcelona Producto tamaño soporte ¤ Plot Guía Din A4 0,35 ppap 6,40 Plot Guía Din A3 0,50 ppap 6,90 Guía Bcn 20.000 Dte. 10.000 0,80 ppap 7,40 Plot Guía Dte. 10.000 o Dte. 3/5 en 1 hoja 1,00 ppap 7,40 Guía Bcn Distrito 5.000 1,20 ppap 7,40 Plot Guía BCN esc. 1:10.000 1,60 ppap 8,40 Plot Guía Din A4 0,35 pple 7,40 Plot Guía Din A3 0,50 pple 7,90 Guía Bcn 20.000 Dte. 10.000. 0,80 pple 9,00 Plot Guía Dte. 10.000 o Dte. 3/5 en 1 hoja 1,00 pple 9,50 Guía Bcn Districto 5.000 1,20 pple 9,50 Plot Guía BCN esc. 1:10.000 1,60 pple 10,60 2. Cartografía digital en soporte magnético 2.1. Conversión de formatos Producto soporte ¤ Paso Guía, Manzanero o Parcelero a DXF o DWG0 conv. 132,00 Paso BCN Siteb a DXF o DWG conv. 2.074,60 Paso primeras 4 hojas Siteb UTM 500 a DXF o DWG conv. 28,50 Paso hojas adicionales Siteb UTM 500 a DXF o DWG conv. 4,70 2.2. Base de la Guía Urbana de Barcelona Producto soporte ¤ Base Guía con Toponimia smag 1.990,10 Cuando se trate de mantenimiento de datos, en el caso de que la entrega inicial se haya realizado en un plazo anterior máximo de 24 meses, estas tasas tendrán una bonificación del 60%. Cuando se trate de mantenimiento de datos, en el caso de que la entrega inicial se haya realizado en un plazo anterior máximo de 12 meses, estas tasas tendrán una bonificación del 80%. 2.3. Base Métrica de Barcelona (SITEB) Producto soporte ¤ Hoja UTM 500 Espacio Vial smag 5,30 Hoja UTM 500 Catastro (incluye Vialidad) smag 13,20 Hoja UTM 500 Urbanístico (incluye Vialidad y Catastro) smag 16,90 Hoja UTM 500 Altimetría smag 3,70 Hoja UTM 500 Divisiones Administrativas smag 1,00 BCN UTM 500 Espacio Vial smag 3.980,20 BCN UTM 500 Catastro smag 9.950,50 BCN UTM 500 Urbanístico smag 12.605,70 BCN UTM 500 Altimetría smag 3.663,50 BCN Divisiones Administrativas (.Dgn o Mapinfo) smag 665,10 BCN Manzanero (.Dgn o Mapinfo) smag 997,70 BCN Parcelero (.Dgn o Mapinfo) smag 2.692,20 Distrito Manzanero (.Dgn o Mapinfo) smag 126,70 Distrito Parcelero (.Dgn o Mapinfo) smag 316,70 Cuando se trate de mantenimiento de datos, en el caso de que la entrega inicial se haya realizado en un plazo anterior máximo de 24 meses, estas tasas tendrán una bonificación del 60%. Cuando se trate de mantenimiento de datos, en el caso de que la entrega inicial se haya realizado en un plazo anterior máximo de 12 meses, estas tasas tendrán una bonificación del 80%. 2.4. Calles Producto soporte ¤ Tramer Alfanumérico (Xbase) smag 1.055,80 Tramer Gráfico y Alfanumérico (XBase y .Dgn o Mapinfo) smag 2.660,50 Posicionador Postal smag 828,80 Nomenclátor smag 132,00 Varianter smag 401,20 Cuando se trate de mantenimiento de datos, en el caso de que la entrega inicial se haya realizado en un plazo anterior máximo de 24 meses, estas tasas tendrán una bonificación del 60%. Cuando se trate de mantenimiento de datos, en el caso de que la entrega inicial se haya realizado en un plazo anterior máximo de 12 meses, estas tasas tendrán una bonificación del 80%. 3. Servicios de Información 3.1. Producción de información Producto soporte ¤ Hora Asesoramiento oesp 49,80 Hora Soporte Técnico Sistemas oesp 43,30 Hora Operación Cartográfica oesp 37,60 Hora Admin. oesp 32,60 Gestión y Coord. oesp 147,80 Informe Distancias oesp 33,80 Geocodificar (primeros 4.000 puntos) oesp 163,70 Geocodificar (hasta 40.000 puntos) oesp 58,10 Coordenadas estación taquimétrica oesp 2,90 Levantamiento taquimétrico (m recorrido) oesp 2,06 3.2. Datos específicos Producto soporte ¤ Grabación CD-ROM (>300 Mb) oesp 51,30 Grabación CD-ROM (<300 Mb) oesp 10,70 Grabación CD-ROM (copia) oesp 13,20 Impresión hoja Din A4 (datos alfanuméricos) oesp 0,10 Impresión hoja Din A4 (datos gráficos) oesp 0,80 Impresión hoja Din A3 (datos gráficos) oesp 1,30 BCN UTM 500 Ortofoto (vol. 2003) smag 1.293,60 Hoja UTM 500 Ortofoto (vol. 2003) smag 2,20 BCN UTM 500 Ortofoto (vol. 1999) smag 611,00 Hoja UTM 500 Ortofoto (vol. 1999) smag 0,70 BCN UTM 500 Ortofoto (vol. 1995) smag 527,90 CD vol. 1992 smag 9,50 Coste adicional papel fotográfico (por metro) pfot 13,70 D. ESTADÍSTICA 1. Sistema de información estadística Información de la base de datos estadística (SIE). Se aplicará a las tablas estadísticas de padrón, demografía, IAE, elecciones, vehículos, etc., la tarificación siguiente: Tablas estandarizadas TIPOLOGÍA ÁMBITO TERRITORIAL ¤ Tablas de una variable Sección censal/ s.estadísticas 6,60 ¤/tabla 248 zrp. 1,65 ¤/tabla 38 zeg. 0,65 ¤/tabla 10 dtes. 0,30 ¤/tabla Tablas multivariables Sección censal/ s.estadísticas 15,00 ¤/tabla 248 zrp. 10,00 ¤/tabla 38 zeg. 6,60 ¤/tabla 10 dtes. 3,30 ¤/tabla Barcelona 0,65 ¤/tabla A los pedidos superiores a 10 tablas estadísticas o superiores a 20.001 casillas se aplicará por Coordinación y gestión del pedido 144,20 ¤. NOTA: Las tarifas no incluyen el precio del disquete (0,62 ¤). 2. Explotaciones estadísticas por encargo Se aplicará la tarifación siguiente de acuerdo con el número de casillas o registres SIE seleccionades. Tablas no estandarizadas Hasta 20.000 casillas 0,0206 ¤/casilla A partir de 20.001 casillas 0,0103 ¤/casilla 3. Representaciones gráficas TIPO ¤ Gráficos 0,95 ¤ Mapas temáticos DIN A3 20,00 ¤ DIN A4 10,00 ¤ E. PRESTACIÓN DE VALLAS DE PROPIEDAD MUNICIPAL PARA ACTOS PÚBLICOS El precio por día o fracción de permanencia de las vallas de protección de propiedad municipal es el siguiente: – 0-30 días 1,89 ¤ – Más de 30 2,60 ¤ Valla de 2,10 x 1,05 m Colocación y retirada: – Precio equipo/hora 81,77 ¤ – Reposición por pérdida o deterioro de la valla 66,46 ¤