Ordenanza fiscal n.º 3.1 TASAS POR SERVICIOS GENERALES Artículo primero. Disposiciones generales. 1. De acuerdo con lo que se dispone en el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y, específicamente, el artículo 58 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, y de conformidad con los artículos 15 y 19 de la misma Ley, se establecen tasas por la prestación de servicios generales que se rigen por los artículos 20 a 27 de la Ley 39/1988. Art. 2º. Hecho imponible. Constituyen el hecho imponible: a) Las licencias y los documentos expedidos por la Administración municipal. b) La actividad municipal tanto técnica como administrativa realizada con el fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones de seguridad en el transporte escolar de acuerdo con lo que dispone el R. D. 443/2001. c) El traslado, el ingreso o la permanencia de bienes semovientes, vehículos y otros en el depósito municipal. d) La prestación del servicio de retirada de vehículos, iniciada o completa. e) La inmovilización de vehículos por procedimiento mecánico. f) Las compulsas de fotocopias de documentos y las comparecencias a instancia de particulares para presentar en administraciones ajenas al Ayuntamiento de Barcelona. g) Los documentos de carácter general, informes y estudios. h) El uso o la adquisición, mediante venta, arrendamiento o cesión de licencia, de los productos y servicios de información cartográfica y estadística en cualquier soporte. i) Las visitas comentadas para grupos interesados en las metodologías y los tipos de actuaciones municipales. j) La prestación de vallas de propiedad municipal para actos públicos. Art. 3º. Sujetos pasivos. Son sujetos pasivos las personas naturales o jurídicas que soliciten o provoquen los servicios o en cuyo interés éstos se presten, o que sean propietarias de bienes ingresados en el depósito municipal o de elementos de edificación particular en estado peligroso. Art. 4º. Bases. Las bases son las que resultan de la tarifa correspondiente. Art. 5º. Tarifas. Las tasas que deben satisfacerse son las que se indican en el anexo de esta Ordenanza. Art. 6º. Normas de gestión, liquidación y tramitación. 1. Para la prestación de los servicios previstos en los apartados a), b), c), f) y g) del artículo 2 de esta Ordenanza, la liquidación debe ser practicada mediante el órgano gestor y tiene que ser satisfecha por el contribuyente o por el destinatario en el acto de la entrega o de la prestación del servicio mediante pago en efectivo. Ajuntament de Barcelona En el caso del apartado h) del artículo 2, los productos solicitados (una vez valorada y realizada la petición) deberán ser recogidos en las dependencias municipales donde hayan sido solicitados (OAC, IMI-IBC, etc.). La liquidación de la tasa deberá ser previa a la entrega del producto. 2. La tasa debe satisfacerse en el momento de entregar el efecto. Pese a ello, en caso de que se trate del depósito de efectos y de objetos, la Administración municipal puede exigir de antemano el depósito de una cantidad prudencial para garantizar el pago de la tasa. 3. En la prestación del servicio de grúa, la tasa debe satisfacerse en los lugares de custodia de los vehículos. 4. La tasa por inmovilización de vehículos por procedimiento mecánico será satisfecha de acuerdo con las normas vigentes. 5. Por la prestación de los servicios previstos en el apartado b) del artículo 2, el sujeto pasivo debe practicar la autoliquidación en el momento de iniciarse la actividad municipal que constituya el hecho imponible. Se considera que la actividad municipal empieza en la fecha de presentación de la solicitud de transporte escolar. Art. 7º. Infracciones y sanciones. En materia de infracciones y sanciones, se estará a lo que dispone la Ordenanza Fiscal General. Art. 8º. Fecha de aprobación y vigencia. La presente Ordenanza, aprobada definitivamente por el Consejo Plenario con fecha 21 de diciembre de 2001, empezará a regir el 1 de enero de 2002 y continuará vigente mientras no se acuerde su modificación o derogación. ANEXO TARIFAS A. SERVICIOS GENERALES Epígrafe 1º. Licencias, guías y otros documentos € 1.1. Por cada autorización de transporte escolar y de menores, de carácter anual 11,63 1.2. Concesión de tarjetas para carabinas y pistolas accionadas por aire o por otro gas comprimido, no asimiladas a escopetas, de ánima lisa o rayada y de un solo tiro 5,15 1.3. Concesión de tarjetas para el mismo tipo de armas descrito en el apartado anterior, pero de tiro semiautomático 9,01 1.4. Compulsas de fotocopias de documentos a instancia de particulares para presentar en administraciones ajenas al Ayuntamiento de Barcelona - Por cada hoja a una cara 3,49 - Por cada hoja a doble cara 5,49 1.5. Comparecencias a instancia de particulares para presentar en administraciones ajenas al Ayuntamiento de Barcelona - Por cada una 18,52 1.6. Fotocopias, con exclusión de los documentos cuya reproducción tenga establecida una tarifa específica. Por cada fotocopia: - una sola cara 0,09 - ambas caras 0,12 1.7. Copias autorizadas de informes técnicos y de comunicados de accidentes de tráfico a los interesados, a las compañías o entidades aseguradoras y a los juzgados o tribunales - Por cada informe (con un máximo de una fotografía) 42,90 - Por cada fotografía adicional 2,93 1.8. Plan de movilidad Ciutat Vella 1.8.1. Duplicado tasa de aparcamiento 3,09 1.8.2. Duplicado tasa de acceso 9,26 1.9. Reproducción de documentos y planos urbanísticos Reproducción de documentos - hasta 10 1,54 - de 10 a 20 2,99 - de 20 a 40 6,02 - a partir de 40 (por fotocopia) 6,02 Reproducción de planos - DIN A0 14,91 (V) 29,94 - DIN A1 7,50 (V) 14,91 Ajuntament de Barcelona - DIN A2 3,70 (V) 7,50 - DIN A3/4 (V) 3,70 Plano de información urbanística y parcelaria0,71 1.10. Suministro de información urbanística informatizada plano 1:1.000 (€/ha en soporte digital) 5,40 1.11. Microfilmes de documentos de archivo (tarjeta de apertura) - Copia en papel DIN A3 2,53 - Copia en papel de microfilme hecho 0,56 - Microfilme de microfilme 0,62 1.12. Reproducción de planos de archivo - De 40 a 60 cm de largo 1,67 - De 60 a 80 cm de largo 3,33 - De 80 a 120 cm de largo 6,67 - 130 cm 6,97 - 140 cm 7,28 - 150 cm 7,65 - 160 cm 8,02 - 170 cm 8,27 - 180 cm 8,64 - 190 cm 9,01 - 200 cm 9,32 1.13. Informes y estudios 1.13.1. Croquis de instalaciones de semáforos o de señales de circulación 41,36 1.13.2. Informes y estudios realizados por las diferentes áreas a instancia de parte - por técnico superior y hora 33,08 - por técnico medio y hora 21,88 - por administrativo y hora 16,20 1.14. Emisión del carnet de investigador de biblioteca y/o archivos munic.2,47 1.15. Impresión en papel de documentos electrónicos en el Archivo Municipal y la Biblioteca General - tamaño DIN A4, por hoja impresa 0,12 - tamaño DIN A3, por hoja impresa 0,25 B. DEPÓSITO MUNICIPAL Epígrafe 1º. Vehículos € La tasa por mes, día o fracción de permanencia en el depósito municipal es la siguiente: 1.1. Automóviles de lujo, turismos, furgonetas, autotaxis, triciclos con motor y demás vehículos de tracción mecánica Las cuatro primeras horas exentas A partir de la quinta y hasta un máximo de 16 €/día o 160 €/mes 1,60 1.2. Camiones, camionetas, autocares, furgones y vehículos de arrastre Las cuatro primeras horas exentas A partir de la quinta y hasta un máximo de 32 €/día o 320 €/mes 3,20 1.3. Motocicletas y ciclomotores Las cuatro primeras horas exentas A partir de la quinta y hasta un máximo de 7,50 €/día o 75 €/mes 0,75 1.4. Bicicletas y otros Las cuatro primeras horas exentas A partir de la quinta y hasta un máximo de 4,00 €/día o 40 €/mes 0,40 1.5. Los vehículos que ingresen debido a un accidente de tráfico, los 10 primeros días de estancia en el depósito municipal exentos Epígrafe 2º. Bienes semovientes y otros La tasa por mes, día o fracción de permanencia en el depósito municipal es la siguiente: 2.1. Bienes semovientes y otros Las cuatro primeras horas exentas A partir de la quinta y hasta un máximo de 7,00 €/día o 70 €/mes 0,70 Epígrafe 3º. Por utilización del servicio de grúa cuando sea necesario o conveniente para el traslado 3.1. Motocicletas, ciclomotores, bicicletas, carros, carretillas y similares50,45 3.2. Camionetas, furgones, automóviles de lujo, turismos, autotaxis, triciclos con motor 100,60 3.3. Autocares, camiones y camiones tractores, con un mínimo de 150,25 € s/coste 3.4. Contenedores de obras y otros 464,30 En caso de que la grúa no haya emprendido la marcha con el vehículo enganchado, la tasa se reduce al 50%. Epígrafe 4º. Inmovilización de vehículos por procedimiento mecánico 4.1. Automóviles de lujo, turismos, autotaxis y triciclos con motor 51,55 4.2. Autocares, camiones, camionetas, furgones y vehículos tractores 61,30 4.3. Motocicletas y ciclomotores 24,30 Epígrafe 5º. Servicios prestados por la grúa municipal a petición de particulares o empresas, por movimientos en distancias cortas de vehículos, por obras, etc. Ajuntament de Barcelona 5.1. Automóviles de lujo, turismos, autotaxis y triciclos con motor, por hora o fracción 58,80 Epígrafe 6º. Servicios de recogida, traslado y depósito de género procedente de venta no sedentaria sin licencia 6.1. Recogida, traslado y depósito (hasta 30 días naturales) de género procedente de venta no sedentaria, sin licencia de ocupación de espacios públicos, por venta no sedentaria 154,31 C. INFORMACIÓN DE BASE 1. Sistema de información estadística Datos del sistema de información estadística (SIE). Tablas estadísticas de población, IAE, locales, elecciones, catastro, vehículos, etc. Se aplicará la tarifación siguiente de acuerdo con el número de casillas o registros SIE seleccionados: Hasta 20.000 casillas 0,02 €/casilla De 20.001 a 100.000 casillas 0,01 €/casilla A partir de la casilla 100.001 0,01 €/casilla 2. Ploteado de bases cartográficas 2.1. Base de la Guía Urbana de Barcelona Producto tamaño soporte € Plot Guía Din A4 0,35 ppap 6,00 Plot Guía Din A3 0,50 ppap 6,50 Guía Bcn 20.000 Dte. 10.000 0,80 ppap 7,00 Plot Guía Dte. 10.000 o Dte. 3/5 en 1 hoja 1,00 ppap 7,00 Guía Bcn Distrito 5.000 1,20 ppap 7,00 Plot Guía BCN esc. 1:10.000 1,60 ppap 8,00 Plot Guía Din A4 0,35 pple 7,00 Plot Guía Din A3 0,50 pple 7,50 Guía Bcn 20.000 Dte. 10.000. 0,80 pple 8,50 Plot Guía Dte. 10.000 o Dte. 3/5 en 1 hoja 1,00 pple 9,00 Guía Bcn Distrito 5.000 1,20 pple 9,00 Plot Guía BCN esc. 1:10.000 1,60 pple 10,00 Plot Guía Barcelona mural (esc. 1:7.000) 2,60 pple 23,00 2.2. Base Métrica de Barcelona (SITEB) Producto tamaño soporte € Malla índice hojas y hoja UTM esc. 1:500 1,20 ppap 6,00 Hoja UTM esc. 1:1.000 o 1:2.000 o 1:5.000 0,67 ppap 6,00 Dte. Siteb esc. 1:5.000 1,20 ppap 27,00 Hoja UTM esc. 1:1.000 o 1:2.000 o 1:5.000 0,67 pple 8,00 Bcn Siteb esc. 1:20.000 o Dte. Siteb A1 o 0,67 pple 25,00 1:10.000 Dte. Siteb esc. 1:5.000 1,20 pple 29,00 Bcn Siteb esc. 1:10.000 1,60 pple 29,00 Bcn Siteb mural 4,80 pple 76,00 Hoja Ortofoto esc. 1:2.000 o 1:5.000 0,70 pple 2,40 Hoja Ortofoto esc. 1:2.000 o 1:5.000 0,70 pfot 14,50 3. Cartografía digital en soporte magnético 3.1. Conversión de formatos Producto soporte € Paso Guía, Manzanero o Parcelero a DXF o conv. 125,00 DWG Paso BCN Siteb a DXF o DWG conv. 1.965,00 Paso primeras 4 hojas Siteb UTM 500 a DXF conv. 27,00 o DWG Paso hojas adicionales Siteb UTM 500 a DXF conv. 4,50 o DWG 3.2. Base de la Guía Urbana de Barcelona Producto soporte € Base Guía con Toponimia smag 1.885,00 Cuando se trate de mantenimiento de datos, en el caso de que la entrega inicial se haya realizado en un plazo anterior máximo de 24 meses, estas tasas tendrán una bonificación del 60%. 3.3. Base Métrica de Barcelona (SITEB) Producto soporte € Hoja UTM 500 Espacio Vial smag 5,00 Hoja UTM 500 Catastro (incluye Vialidad) smag 12,50 Hoja UTM 500 Urbanístico (incluye Vialidad y smag 16,00 Catastro) Hoja UTM 500 Altimetría smag 3,50 Hoja UTM 500 Divisiones Administrativas smag 1,00 BCN UTM 500 Espacio Vial smag 3.770,00 BCN UTM 500 Catastro smag 9.425,00 BCN UTM 500 Urbanístico smag 11.940,00 BCN UTM 500 Altimetría smag 3.470,00 BCN Divisiones Administrativas (.Dgn o smag 630,00 Mapinfo) BCN Manzanero (.Dgn o Mapinfo) smag 945,00 BCN Parcelero (.Dgn o Mapinfo) smag 2.550,00 Ajuntament de Barcelona Cuando se trate de mantenimiento de datos, en el caso de que la entrega inicial se haya realizado en un plazo anterior máximo de 24 meses, estas tasas tendrán una bonificación del 60%. 3.4 Calles producto soporte € Distrito Manzanero (.Dgn o Mapinfo) smag 120,00 Distrito Parcelero (.Dgn o Mapinfo) smag 300,00 Tramer Alfanumérico (Xbase) smag 1.000,00 Tramer Gráfico y Alfanumérico (XBase y .Dgn smag 2.520,00 o Mapinfo) Posicionador Postal smag 785,00 Nomenclátor smag 125,00 Varianter smag 380,00 Cuando se trate de mantenimiento de datos, en el caso de que la entrega inicial se haya realizado en un plazo anterior máximo de 24 meses, estas tasas tendrán una bonificación del 60%. 4. Servicios de Información 4.1. Producción de información Producto soporte € Hora Asesoramiento oesp 47,75 Hora Soporte Técnico Sistemas oesp 41,75 Hora Operación Cartográfica oesp 36,25 Hora Admin. oesp 31,25 Gestión y Coord. oesp 140,00 Informe Distancias oesp 32,00 Geocodificar (primeros 4.000 puntos) oesp 155,00 Geocodificar (hasta 40.000 puntos) oesp 55,00 Coordenadas estación taquimétrica oesp 2,75 Levantamiento taquimétrico (m recorrido, oesp 1,75 ancho calle >20 m) Levantamiento taquimétrico (m recorrido, oesp 1,25 ancho calle <20 m) 4.2. Datos específicos Producto soporte € Grabación CD-ROM (>300 Mb) oesp 67,25 Grabación CD-ROM (<300 Mb) oesp 15,75 Grabación CD-ROM (copia) oesp 18,00 Impresión hoja Din A4 (datos alfanuméricos) oesp 0,15 Impresión hoja Din A4 (datos gráficos) oesp 0,75 Impresión hoja Din A3 (datos gráficos) oesp 1,25 BCN UTM 500 Ortofoto (vol. 1999) smag 1.225,00 Hoja UTM 500 Ortofoto (vol. 1999) smag 2,00 BCN UTM 500 Ortofoto (vol. 1995) smag 500,00 CD vol. 1992 smag 9,00 Coste adicional papel fotográfico (por metro) pfot 13,00 5. Explotaciones estadísticas TIPOLOGÍA ÁMBITO TERRITORIAL € Sección censal 6,42 €/tabla Tablas estandarizadas de una 248 zrp. 1,60 €/tabla variable 38 zeg. 0,62 €/tabla 10 dtes. 0,31 €/tabla Tablas multivariables 248 zrp. 9,60 €/tabla 38 zeg. 6,42 €/tabla NOTA: Las tarifas no incluyen el 10 dtes. 3,21 €/tabla precio del disquete (0,62 €). Barcelona 0,62 €/tabla 6. Representaciones gráficas TIPO € Gráficos 0,93 € Mapas temáticos DIN A 3 19,20 € DIN A 4 9,60 € D. PRESTACIÓN DE VALLAS DE PROPIEDAD MUNICIPAL PARA ACTOS PÚBLICOS El precio por día o fracción de permanencia de las vallas de protección de propiedad municipal es el siguiente: 0-30 días Más de 30 Ajuntament de Barcelona Valla de 2,10 x 1,05 m 1,79 € 2,47 € Colocación y retirada: Precio equipo/hora 77,46 € Reposición por pérdida o deterioro de la valla 62,96 € E. VISITAS COMENTADAS Visitas comentadas a instancia de terceros cuando no se considere de interés municipal. Por cada sesión 308,62 €