Núm. 8, Annex II / Pàg. 32 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA 9 / 1 / 2004 Administració Local blerts per la llei en el moment de produir-se ORDENANZA SOBRE LA PROTECCIÓN, LA Artículo 28. Animales salvajes en cautivi- la venda. TENENCIA Y LA VENTA DE ANIMALES dad. 6. Només es poden exhibir gats i gossos en Artículo 29. Centros de acogida de anima- instal·lacions de venda especialment equipa- SUMARIO les salvajes en cautividad. des. Per a una cadellada o un màxim de 5 Artículo 30. Establecimientos zoológicos gats de la mateixa edat cal preveure un EXPOSICIÓN DE MOTIVOS de fauna salvaje. departament especial de 5 m2 amb l’alçada TÍTULO III. RÉGIMEN JURÍDICO DE LA VENTA DE normal d’una habitació. TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES ANIMALES 7. Aquest departament ha d’estar protegit Artículo 1. Objeto y finalidades. de possibles molèsties. Es recomana molt Artículo 2. Definiciones. Capítulo 1. Condiciones de los locales particularment que sigui decorada com una Artículo 3. El derecho a disfrutar de los comerciales cambra de gats, és a dir, agradable i adequa- animales y el deber de protegerlos. Artículo 31. Superficie de los locales. da per al desenvolupament equilibrat dels Artículo 4. Entidades de protección y Artículo 32. Acondicionamiento de los gats. Ha d’estar il·luminada durant un termini defensa de los animales. locales. de 10-12 hores diàries. Artículo 5. Acceso a la información relati- Artículo 33. Documentación e identifica- 8. Requisits que han de complir les cons- va a animales. ción. truccions per poder satisfer les anteriors dis- TÍTULO I. INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA Capítulo 2. Condiciones relativas a los posicions: TENENCIA Y VENTA DE ANIMALES animales a) Espai de 10 m2 aprox., en instal·lacions apartades del lloc de pas de la botiga. Artículo 6. Disposiciones generales. Artículo 34. Animales objeto de la activi- b) Una tanca d’exhibició oberta cap amunt Artículo 7. Establecimientos de venta, de dad comercial. i de material transparent. cría y de mantenimiento de animales. Artículo 35. Venta de artículos comple- c) Caseta o altre tipus d’amagatall de gos- Artículo 8. Establecimientos de concurren- mentarios. gat amb llibertat d’entrar i sortir i amb el terra cia pública. Artículo 36. Venta de productos para la a la mateixa alçada o amb abocament de Artículo 9. Animales salvajes en cautivi- alimentación de los animales. sorra sobre el terra de formigó. dad. Artículo 37. Prohibición de regalar anima- d) Les instal·lacions han de ser d’un mate- T II. R les.ÍTULO ÉGIMEN JURÍDICO DE LA TENENCIA DE rial que permeti la desinfecció. Artículo 38. Mantenimiento de los anima-ANIMALES Les instal·lacions a) i c) són les ideals per les en los establecimientos. agrupar els uns amb els altres i, combinant- Capítulo 1. Disposiciones generales Artículo 39. Condiciones de los habitácu- les, els cadells es poden interrelacionar en tot Artículo 10. Prohibiciones. los. moment. Artículo 11. Sacrificio y esterilización de Artículo 40. Limpieza de los habitáculos. 9. Mides Gàbies: Les mides per les gàbies, los animales. Artículo 41. Datos identificativos de los amb una variació de centímetres segons el Artículo 12. Recogida de animales en la animales. fabricant, han de ser: vía y en los espacios públicos. Artículo 42. Espacios reservados para ani- a) Gats: 100 cm. × 70 cm. × 70 cm., amb Artículo 13. Actividades que no se pueden males en proceso de adaptación y enfermos. una capacitat màxima de 4 cadells. ejercer en Barcelona. Artículo 43. Personal de los establecimien- b) Gossos: Artículo 14. Responsabilidad de las perso- tos. - Gossos races petites (100 cm. × 70 cm. × nas poseedoras y propietarias de los anima- Artículo 44. Comprobantes de compra. 70 cm., amb una capacitat màxima d’1 a 5 les. Artículo 45. Condiciones de entrega de los cadells). animales.Capítulo 2. Animales domésticos - Gossos races mitjanes (100 cm. × 70 cm. TÍTULO IV. DISCIPLINA DE LA PROTECCIÓN, LA × 70 cm., amb una capacitat màxima d’1 a 3 Artículo 15. Protección de los animales cadells). domésticos. TENENCIA Y LA VENTA DE ANIMALES - Gossos races grans (100 cm. × 70 cm. × Artículo 16. Protección de la salud pública Capítulo 1. Inspección, control y revisión 70 cm., amb una capacitat màxima d’1 a 2 y de la tranquilidad y la seguridad de las per- Artículo 46. Inspección, control y revisión. cadells (fins l’edat de 4 mesos). sonas. Capítulo 2. Régimen sancionador - Per races grans a partir dels 4 mesos o Artículo 17. Tenencia y crianza de anima- per a un sol exemplar de 8 mesos de qualse- les domésticos en los domicilios particulares. Sección 1ª. Disposiciones generales vol raça: 2 m2 de superfície × 1’50 d’alçada. Artículo 18. Obligaciones de los propieta- Artículo 47. Infracciones y sanciones.rios y poseedores de animales de compañía. Barcelona, 22 de desembre de 2003. Artículo 19. Animales de compañía aban- Sección 2ª. Protección de animales El Secretari General, Jordi Cases i Pallarès. donados y perdido. Artículo 48. Infracciones. Artículo 20. Centros de acogida de anima- Artículo 49. Sanciones. TRADUCCIÓ les de compañía. Sección 3ª. Perros potencialmente peligrosos Barcelona Artículo 21. Perros potencialmente peli- Artículo 50. Infracciones.grosos. Artículo 51. Sanciones. ANUNCIO Artículo 22. Obligaciones y prohibiciones sobre perros potencialmente peligrosos. Sección 4ª. Sanidad El Plenario del Consejo Municipal en la Artículo 23. Presencia de animales domés- Artículo 52. Infracciones. sesión ordinaria de fecha 22 de diciembre de ticos en la vía y en los espacios públicos. Artículo 53. Sanciones. 2003, acordó: Artículo 24. Condiciones de los perros en Sección 5ª. Disciplina de mercado y defensa Aprobar definitivamente la Ordenanza la vía y en los espacios públicos. de los consumidores y usuarios sobre la protección, la tenencia y la venta de Artículo 25. Espacios reservados a los ani- Artículo 54. Infracciones. animales, lo cual se hace público para el males de compañía. Artículo 55. Sanciones. general conocimiento, publicándose a conti- Artículo 26. Traslado de animales domésti- nuación el texto definitivo de la mencionada cos en transporte público. Sección 6ª. Infracciones y sanciones de Ordenanza que entrará en vigor al día ordenanzaCapítulo 3. Animales salvajes en cautividad siguiente de su publicación al BOLETÍN OFICIAL Artículo 56. Infracciones. P Artículo 27. Animales salvajes en cautivi-DE LA ROVINCIA: Artículo 57. Sanciones.dad potencialmente peligrosos. 9 / 1 / 2004 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA Núm. 8, Annex II / Pàg. 33 Administració Local Sección 7ª. Disposiciones comunes especias de animales libres, semidependien- Objeto y finalidades Artículo 58. Graduación de las sanciones. tes y en cautividad que viven al término 1. Esta Ordenanza tiene por objeto regular Artículo 59. Responsabilidad de las infrac- municipal. Además, se indicaba que el espíri- la protección, la tenencia y la venta de los ciones. tu de esta Declaración Municipal tenía que animales, en especial, las interrelaciones Artículo 60. Acumulación de sanciones. verse reflejado en aquellas Ordenanzas que entre las personas y los animales domésticos. Artículo 61. Destinación de las multas afecten a los animales. 2. Las finalidades de esta Ordenanza son impuestas. Estos objetivos se tuvieron presentes en el alcanzar el máximo nivel de protección y Artículo 62. Sustitución de las multas y de título VII, relativo a la tenencia de animales bienestar de los animales, garantizar una la reparación de daños por trabajos en bene- del Ordenanza general del medio ambiente tenencia responsable y la máxima reducción ficio de la comunidad. urbano, de 26 de marzo de 1999, y en el de las pérdidas y los abandonos de animales, Artículo 63. Procedimiento sancionador. Ordenanza sobre la venta de animales, de 26 fomentar la participación ciudadana en la Artículo 64. Apreciación de delito o falta. de abril de 2002. defensa y protección de los animales y pre- Artículo 65. Prescripción de infracciones y Por otra parte, el Consejo Plenario del servar la salud, la tranquilidad y la seguridad sanciones. Ayuntamiento de Barcelona, de 26 de abril de las personas. Capítulo 3. Otras medidas de disciplina de 2002, también aprobó, por unanimidad y 3. Esta Ordenanza se aplica en el marcocon carácter urgente, una moción con el fin Artículo 66. Clausura y medidas provisio- de la normativa internacional, europea, esta-de aumentar la protección de los animales y nales. tal y catalana de protección de los animales,de mejorar la convivencia con los humanos. Artículo 67. Medidas de policía adminis- de tenencia de animales potencialmente peli-Así, entre de otras medidas, se acordó supri- trativa de protección de la salud pública y de grosos y de experimentación con animales ymir el sacrificio de animales en el Centro la defensa de los consumidores y usuarios. su uso para otras finalidades científicas.Municipal de Acogimiento de Animales de Artículo 68. Medidas de policía adminis- Artículo 2Compañía, salvo aquellos casos que sea dic- trativa de prohibición y suspensión de taminado bajo criterio veterinario, atendien- Definiciones espectáculos y cierre de establecimientos de do en conductos marcadamente agresivas A los efectos de esta Ordenanza, se concurrencia pública. hacia las personas u otros animales, o esta- entiende por: Artículo 69. Órdenes de ejecución de con- dos patológicos que impliquen sufrimiento 1. Animales domésticos: los animales que, servación de terrenos, construcciones e insta- para el animal o que supongan un riesgo de como especie, han asumido la costumbre del laciones. transmisión de enfermedades contagiosas cautiverio y dependan de los seres humanos. Artículo 70. Comiso de los animales. graves y, también, se decidió incrementar las 2. Animales de compañía: los animales Artículo 71. Reparación de daños a los actuaciones dirigidas a sensibilizar a los pro- domésticos que las personas mantienen animales. pietarios de animales domésticos de sus obli- generalmente en el hogar con la finalidad de Artículo 72. Multas coercitivas. gaciones y responsabilidades tanto con res- obtener compañía como son los perros y los DISPOSICIÓN ADICIONAL pecto a los animales, como en relación a gatos. garantizar las normas de convivencia entre 3. Animales salvajes: los animales autócto- DISPOSICIONES TRANSITORIAS los ciudadanos. Finalmente, se reconoció la nos o no autóctonos que viven en estado sal- Primera. - Establecimientos de venta de necesidad de proceder a efectuar las modifi- vaje. animales. caciones necesarias de las ordenanzas para 4. Animales salvajes en cautividad: los Segunda. - Animales salvajes en cautivi- dar cumplido a esta moción. animales salvajes autóctonos o no autóctonos dad potencialmente peligrosos. Por iniciativa del Consejo Municipal de que, de forma individual, viven en cautivi- Tercera. - Curso de cuidador o cuidadora Convivencia, Defensa y Protección de los dad. de animales. Animales que ha sido implementada para la 5. Animal salvaje urbano: animal salvaje D Agencia de Salud Pública de Barcelona a laISPOSICIÓN DEROGATORIA que vive al núcleo urbano de las ciudades ycual está adscrito el Centro Municipal de pueblos compartiendo territorio geográfico DISPOSICIONES FINALES Acogimiento de Animales de Compañía, se con las personas y que pertenece a algunas aprueba la presente Ordenanza sobre la pro- Primera. - Modificación de los Anexos. de las especias establecidas legalmente ytección, la tenencia y la venta de animales, Segunda. - Entrada en vigor. reglamentariamente y, en especial, paraque refunde en una sola Ordenanza la nor- Decret d’Alcaldia o de la Comisión de ANEXO. CONDICIONES DE TENENCIA Y mativa municipal sobre animales e incorpora Gobierno. VENTA DE ANIMALES las modificaciones normativas necesarias 6. Núcleo zoológico: son las agrupaciones para dar cumplido al acuerdo del Consejo zoológicas para la exhibición de animales, EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Plenario anteriormente mencionado. Esta las instalaciones para el mantenimiento de De acuerdo con la Declaración Universal nueva Ordenanza otorga una gran relevancia los animales, los centros de acogida de ani- de los Derechos de los Animales aprobada a la consideración de los animales como males, los establecimientos de venta y cría de por la UNESCO el 27 de octubre de 1978 y bien jurídico a proteger, ajustándose al actual animales y los que se determinen reglamen- ratificada posteriormente por las Naciones marco constitucional de un medio ambiente tariamente. Unidas, los animales son seres vivos sensi- adecuado para las personas y el deber de los Artículo 3 bles que tienen unos derechos que la especie poderes públicos a la protección del medio humana tiene que respetar, lo cual constituye ambiente, tal como define el artículo 45 de la El derecho a disfrutar de los animales y el uno de los cimientos de la coexistencia de Constitución española, lo cual tiene un reco- deber de protegerlos las especias en el mundo. También se reco- nocimiento expreso en constituciones de 1. Con el compromiso de ciudad sosteni- noce que el con respecto a los animales está otros estados europeos como la producida en ble y en el ámbito de sus competencias, el ligado al respecto entre los mismos humanos. la modificación de 21 de junio de 2002 del Ayuntamiento tiene el deber de proteger los Sobre la base de estos cimientos, el Conse- apartado a) del arte. 20 de la Constitución animales de acuerdo con el arte. 45.2 de la jo Plenario del Ayuntamiento de Barcelona, alemana. Constitución española, sin perjuicio también de 23 de octubre de 1998, aprobó la Decla- TÍTULO PRELIMINAR de velar por la seguridad de las personas y de ración municipal por la convivencia y los los suyos bienes. derechos de los animales con el fin de DISPOSICIONES GENERALES 2. Todo el mundo tiene el derecho a dis- fomentar una mejor comprensión y una frutar de los animales y el deber de proteger- buena convivencia entre los humanos y las Artículo 1 los de acuerdo con el arte. 45.1 de la Consti- Núm. 8, Annex II / Pàg. 34 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA 9 / 1 / 2004 Administració Local tución española. Todo el mundo tiene el mantenimiento de animales cautividad está sometida al régimen de certi- deber de cumplir las normas contenidas en 1. Estos establecimientos estarán someti- ficación y comunicación previa de conformi- esta Ordenanza y de denunciar los incumpli- dos al procedimiento de licencia municipal dad con aquello previsto a la Ordenanza mientos que presencien o de los cuales ten- de apertura de establecimiento y control Municipal de Actividades y de Intervención gan conocimiento cert. El Ayuntamiento ambiental de conformidad con aquello dis- Integral de la Administración Ambiental de tiene que atender las reclamaciones, denun- puesto al Ordenanza Municipal de Activida- Barcelona y a la presente Ordenanza. cias o sugerencias de las personas y ejercer des y de Intervención Integral de la Adminis- 2. La comunicación previa por la tenencia las acciones que en cada caso peguen. Para tración Ambiental de Barcelona o, en su de animales salvajes en cautividad tendrá garantizar el derecho a disfrutar de los ani- caso, a cualquier otro régimen de interven- que ir acompañada de la documentación males y el deber de protegerlos, cualquier ción administrativa que resten sometidos siguiente: persona física tendrá la condición interesada para esta última Ordenanza. a) Documentación técnica, redactada y fir- en los procedimientos administrativos muni- 2. La solicitud de licencia municipal de mada por un veterinario, relativa a la descrip- cipales relativos a la protección de animales apertura de establecimiento se tendrá que ción de los animales, referida como mínimo, siempre y cuando se persone. presentar acompañada de la documentación a la especie, la raza, y la edad y el sexo, si es Artículo 4 exigida por la Ordenanza Municipal de Acti- fácilmente determinable, el domicilio habi- tual del animal y de las condiciones de man- Entidades de protección y defensa de los vidades y de Intervención Integral de la animales Administración Ambiental de Barcelona y la tenimiento. siguiente documentación adicional: b) Certificación técnica, redactada y firma- 1. A los efectos de esta Ordenanza son a) Memoria técnica suscrita por el faculta- da por un veterinario, relativa al cumplido de entidades de protección y defiende de los tivo veterinario con las determinaciones las condiciones higienicosanitàries, de segu- animales las asociaciones, fundaciones y siguientes: ridad y de bienestar animal. organizaciones sin ánimo de lucro que tie- 1. Condiciones técnicas de los estableci- c) Autorizaciones previstas por la legisla- nen, entre de otras finalidades, la defensa y la mientos. ción sobre los animales salvajes. protección de los animales. 2. Sistemas de recogida de residuos y de 2. La participación de las entidades de TÍTULO IIcadáveres de animales. protección y de defensa de los animales será 3. Servicios de desratització, desinsecta- RÉGIMEN JURÍDICO DE LA TENENCIA DE la prevista en las Normes Municipals Regula- ción y desinfección. ANIMALES dores de la Participación Ciudadana. 4. Programa definitorio de las medidas 3. Las entidades de protección y defensa higiénicas y exigencias profilácticas de los CAPÍTULO 1 de los animales pueden ejercer la gestión animales en venta y las medidas por el cívica de competencias municipales sobre supuesto de enfermedad. DISPOSICIONES GENERALES protección y tenencia de animales y tendrán 5. Número máximo de los animales que la condición interesadas en los procedimien- Artículo 10pueden estar en el establecimiento en fun- tos administrativos municipales relativos a la ción del espacio disponible de las jaulas o Prohibiciones protección de los animales siempre y cuando habitáculos que se instalen. El número de Está prohibido: se personen. animales a alojar en cada jaula o habitáculo a) Maltratar, agredir o afectar físicamente o Artículo 5 estará determinado por los requerimientos de psicológicamente a los animales. Acceso a la información relativa a animales mantenimiento de cada especie establecidos b) Abandonar los animales. en el anexo. En caso de que una especie no c) Mantener los animales en instalaciones 1. Todas las personas, físicas o jurídicas, aparezca al anexo, se atenderá a criterios que indebidas desde el punto higienicosanitari, tienen derecho a acceder a la información permitan garantizar su bienestar. de bienestar y de seguridad del animal. relativa a los animales de la que, en relación 6. Plan de alimentación para mantener los d) No facilitar a los animales la alimenta- a la aplicación de esta Ordenanza, dispon- animales en un estado de salud adecuado. ción suficiente y equilibrada para mantener gan el Ayuntamiento y los organismos con 7. Datos identificativos del Servicio Veteri- unos buenos niveles de nutrición y salud. responsabilidades públicas en materia de nario al cual queda adscrito el establecimien- e) Transportar los animales sin ajustarse a protección y tenencia de animales que estén to para la atención de los animales objeto de la normativa sobre protección y condiciones bajo el control del Ayuntamiento. su actividad. de seguridad de los animales en el transporte. 2. El derecho de acceso a esta información b) Documento acreditativo de la supera- f) Utilizar animales en espectáculos, filma- ambiental se ejercerá en los términos que ción del curso de cuidador o cuidadora de ciones, actividades publicitarias, actividades regula la Ley 38/1995, de 12 de diciembre y los animales. culturales o religiosas y qualsevulla otra acti- el artículo 42.1 de la Carta Municipal de Bar- Artículo 8 vidad siempre que los pueda ocasionar dañocelona. o sufrimiento, o bien degradación, parodias, TÍTULO Y Establecimientos de concurrencia pública burlas o tratamiento antinaturales, o que pue- 1. Estos establecimientos que tengan por den herir la sensibilidad de las personas que INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA objeto la tenencia de animales estarán some- los contemplan. TENENCIA Y VENTA DE ANIMALES tidos a la licencia municipal prevista a la g) Utilizar animales en peleas y en atrac- Ordenanza de actividades y establecimientos ciones feriales de caballetes. Artículo 6 de concurrencia pública y al Ordenanza h) Utilizar animales salvajes en cautividad Disposiciones generales Municipal d’Activitats y de Intervención Inte- en los circos. gral de la Administración Ambiental de Bar- En el ámbito de sus competencias, el i) Permitir la entrada de las personascelona. Ayuntamiento ejerce las funciones de inter- menores de 14 años a las carreras de toros y2. La solicitud de la licencia municipal se vención administrativa de la tenencia y venta la realización de carreras de toros comotendrá que presentar acompañada de la de animales, sin perjuicio de las competen- parto o con ocasión de un espectáculo nodocumentación mencionada al artículo ante- cias de la Generalitat de Catalunya o de otras taurino si suponen daño, sufrimiento, degra-rior. Administraciones sobre las mencionadas dación, parodias, burlas o tratamientos anti- materias. Artículo 9 naturales del animal, o que pueden herir la sensibilidad de las personas que los contem- Artículo 7 Animales salvajes en cautividad plan. Establecimientos de venta, de cría y de 1. La tenencia de animales salvajes en j) Molestar, capturar o comercializar los 9 / 1 / 2004 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA Núm. 8, Annex II / Pàg. 35 Administració Local animales salvajes urbanos salvo los controles CAPÍTULO 2 domésticos en todo tipo de locales destina- de poblaciones de animales. dos a la fabricación, almacenaje, transporte, k) Exhibir con finalidades lucrativas, ven- ANIMALES DOMÉSTICOS manipulación o venta de alimentos y a las der o intercambiar animales en la vía y en los Artículo 15 piscinas públicas. espacios públicos salvo la cesión, la adop- b) Está prohibida la entrada de animales ción o el acogimiento de animales abando- Protección de los animales domésticos domésticos en los establecimientos de con- nados o perdidos mediante el Ayuntamiento, 1. Las personas propietarias y poseedoras currencia pública recreativos salvo los ani- los Centros de Acogida de Animales de Com- de animales domésticos tienen que mante- males utilizados en los establecimientos pañía y las entidades de defensa y protección nerles en buenas condiciones higienicosa- deportivos (canódromos, hipódromos o simi- de los animales. nitàries, de bienestar y de seguridad, de lares) y zoológicos. l) Exhibir los animales de forma ambulante acuerdo con las necesidades propias de su c) Está prohibido perturbar la vida de los como reclamo. especie. vecinos, con gritos, cantos, sones u otros rui- m) Mantenerlos ligados durante la mayor 2. En particular, se establecen las siguien- dos de los animales domésticos, en especial, parte del tiempo o limitarles de forma dura- tes condiciones mínimas de mantenimiento desde las 22 horas de la noche hasta las 8 dera el movimiento necesario para ellos. de los animales: horas de la mañana. n) Filmar animales para el cine, la televi- a) Proveer de agua potable y alimentación Las prohibiciones a) y b) del apartado sión u otros medios de difusión, que repro- suficiente y equilibrada para mantener unos anterior no serán aplicables a los perros laza- duzcan escenas ficticias de crueldad, maltra- bonos niveles de nutrición y salud. rillo y a los de seguridad. to o sufrimiento de animales sin disponer de b) Disponer de espacio, ventilación, 3. Las personas propietarias de estableci- la autorización municipal previa, para garan- humedad, temperatura, luz y cobijo adecua- mientos recreativos de restauración, según su tizar que los daños sean simulados y los pro- dos y necesarios para no evitar ningún sufri- criterio, podrán prohibir la entrada y la per- ductos y los medios utilizados no provoquen miento y para satisfacer sus necesidades vita- manencia de animales domésticos en sus ningún perjuicio al animal. les y su bienestar. establecimientos salvo los perros lazarillo y Artículo 11 c) Mantener los alojamientos limpios, de los de seguridad. Por estos efectos, se desinfectados y desinsectados retirando tendrá que colocar en la entrada del estable- Sacrificio y esterilización de los animales periódicamente los excrementos y los orines. cimiento y en un lugar visible una placa indi- 1. El sacrificio de los animales sólo se d) No pueden estar ligados durante más de cadora de la prohibición. En todo caso, para podrá realizar en las condiciones previstas 8 horas. la entrada y permanencia, se exigirá que los por la normativa aplicable y, en todo caso, se e) Los animales de más de 25 kg tienen animales domésticos estén debidamente tiene que efectuar de manera indolora, con que disponer de un espacio mínimo de 20 m² identificados y que vayan sujetados con una atontamiento previo del animal, y en la con excepción de los Centros de Acogida de correa o cadena a menos que se disponga de medida que sea técnicamente posible, de Animales de Compañía cuando estén a la un espacio cerrado y específico por los mis- manera instantánea. espera de recogida para el propietario, en mos. No obstante, los perros potencialmente 2. El sacrificio y la esterilización de los adopción y en depósito por orden judiciales peligrosos siempre tienen que ir sujetados animales tiene que ser hecho siempre bajo o administrativas. con correa o cadena y llevar el bozal coloca- control veterinario. f) No pueden tener como alojamiento do. Artículo 12 habitual los vehículos, celoberts o balcones. 4. La recogida y la destinación de los ani- g) No se pueden dejar soles en el domici- males domésticos muertos se realizará de Recogida de animales en la vía y en los lio durante más de tres días consecutivos. acuerdo con lo que prevé el Ordenanza espacios públicos h) El transporte de animales en vehículos general del medio ambiente urbano de la El Ayuntamiento ofrecerá un servicio de particulares se tiene que efectuar en un espa- ciudad de Barcelona. asistencia permanente en la vía y en los espa- cio suficiente, protegido de la intemperie y Artículo 17 cios públicos dirigido al salvamento y aten- de las diferencias climáticas fuertes. ción sanitaria urgente de los animales. El i) Los vehículos estacionados que alber- Tenencia y crianza de animales domésticos establecimiento y la determinación de las guen en su interior algún animal no podrán en los domicilios particulares funciones de este servicio se realizará estar más de 4 horas estacionados y, en los 1. Con carácter general se autoriza la mediante Decret d’Alcaldia o de la Comisión meses de verano, tendrán que ubicarse prefe- tenencia de animales domésticos en los de Gobierno. rentemente en una zona de sombra facilitan- domicilios particulares, siempre que se cum- Artículo 13 do en todo momento la ventilación. plan las condiciones de mantenimiento higie- j) Los cuidados mínimos necesarios serán nicosanitàries, de bienestar y de seguridad Actividades que no se pueden ejercer en los adecuados tanto con respecto a los trata- por el animal y por las personas. Barcelona mientos preventivos de enfermedades como 2. La crianza de animales domésticos en Dentro del término municipal de Barcelo- a las curaciones, y a la aplicación de las domicilios particulares tanto si está en terra- na, se prohíbe el mantenimiento de bovinos medidas sanitarias preventivas que la Autori- zas, terrados o patios, está condicionada al y de otra clase de ganado destinado a la pro- dad municipal disponga. hecho de que se cumplan las condiciones de ducción láctea (vaquerías) y de animales para Artículo 16 mantenimiento higienicosanitàries, de bie- el consumo, el comercio de primates y su nestar y de seguridad para el animal y para cesión entre particulares, los centros de cría y Protección de la salud pública y de la las personas. Si esta crianza se realiza en más suministradores de primates por experimenta- tranquilidad y la seguridad de las personas de una ocasión, será considerada como cen- ción y los centros de cría de animales salva- 1. Las personas propietarias y poseedoras tro de cría y, por lo tanto, será sometida a los jes en cautividad. de animales domésticos tienen que mante- requisitos de estos centros. Artículo 14 nerlos en buenas condiciones de seguridad a Artículo 18 fin de que no se produzca ninguna situación Responsabilidad de las personas poseedoras de peligro o molestia para los vecinos o, para Obligaciones de los propietarios y y propietarias de los animales las personas que conviven y para otras perso- poseedores de animales de compañía La persona poseedora de un animal, sin nas en general. 1. Las personas propietarias o poseedoras perjuicio de la responsabilidad subsidiaria de 2. En particular, se establecen las siguien- de animales de compañía están obligadas a: la propietaria, es responsable de los daños, tes condiciones mínimas de mantenimiento a) Identificarlos electrónicamente con un perjuicios y molestias que ocasione a las per- de los animales: microchip homologado de forma indeleble y sonas, a los bienes y al medio natural. a) Está prohibida la entrada de animales a proveerse del documento sanitario, de Núm. 8, Annex II / Pàg. 36 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA 9 / 1 / 2004 Administració Local forma previa a la inscripción al Registro cen- dos por los servicios municipales y serán compañía, preferentemente, a entidades de sal municipal. mantenidos en observación durante un perio- protección y defensa de los animales. De b) Inscribirles en el Registro censal munici- do de 20 días naturales. Los animales de acuerdo con aquello que se establezca en el pal, dentro del plazo de treinta días desde la compañía perdidos serán recogidos por los correspondiente contrato, el Ayuntamiento fecha de nacimiento, de adquisición, cambio servicios municipales; la recogida será comu- facilitará a estas entidades la financiación de residencia del animal o traslado temporal nicada a sus propietarios y estarán en obser- necesaria por la realización de la actividad por un periodo superior a tres meses al térmi- vación durante 10 días naturales desde la concertada. no municipal de Barcelona. El propietario o comunicación. Una vez transcurrida este 4. Los centros de acogida de animales de poseedor tendrá que acreditar la identifica- plazo, si la persona propietaria no ha recogi- compañía tendrán que cumplir los requisitos ción del animal, presentar el documento do el animal, se le comunicará un nuevo establecidos por su normativa específica y acreditativo entregado por la entidad respon- aviso y quedará en observación durante 10 por la de núcleos zoológicos. sable de la identificación y comunicar los días naturales adicionales. En caso de que el 5. El personal destinado a la recogida y datos del propietario o poseedor relativos al animal sea recuperado por el propietario, el mantenimiento de los animales de compañía nombre y apellidos, domicilio, teléfono y animal se entregará con la identificación tiene que haber superado el curso de cuida- DNI y los datos del animal relativos a la correspondiente previo el pago de todos los dor o cuidadora de los animales. especie, raza, sexo, fecha de nacimiento, gastos originados. 6. Los centros de acogida dispondrán de código de identificación y domicilio habitual 3. Una vez hayan transcurrido los plazos programas para la promoción de la cesión, del animal, así como también otros datos que anteriores, si los animales de compañía no adopción u otras alternativas para todos los se establezcan para Decret d’Alcaldia o de la han sido retirados por su propietario, se pro- animales alojados al centro que hayan supe- Comisión de Gobierno. cederá a promover su cesión, a darles en rado los periodos de estancia establecidos c) Notificar al Registro censal municipal, adopción o cualquier otra alternativa adecua- excepto en los casos que, visto su estado en el plazo de un mes, la baja, la cesión o el da. Estará prohibido el sacrificio salvo aque- sanitario y/o comportamental, los servicios cambio de residencia del animal y cualquier llos casos que sea dictaminado bajo criterio veterinarios consideren el contrario. Estos otra modificación de los datos que figuren en veterinario atendiendo en conductos marca- animales tienen que ser entregados con los este censo. damente agresivas hacia las personas u otros siguientes requisitos: d) Comunicar al Registro censal municipal animales, o estados patológicos que impli- a) Tienen que ser identificados. y al Centro Municipal d’Acolliment de Ani- quen sufrimiento para el animal o que supon- b) Tienen que ser desparasitados, ser vacu- males de Compañía, en el plazo de 48 horas gan un riesgo de transmisión de enfermeda- nados y ser esterilizados si han alcanzado la desde que se ha tenido conocimiento de los des contagiosas graves. edad adulta. hechos, la sustracción o pérdida de un ani- 4. En cualquier momento, la custodia de c) Se tienen que entregar con un docu- mal de compañía con la documentación los animales de compañía podrá ser delegada mento donde consten las características y las identificativa pertinente a efectos de favore- provisionalmente a otras personas físicas o necesidades higienicosanitàries, etològiques cer su recuperación. jurídicas. y de bienestar animal. 2. La inscripción al Registro censal muni- 5. En el caso de gatos que se encuentren Artículo 21 cipal, se completará con la entrega a la per- en las situaciones descritas en los párrafos 2 sona propietaria o a poseedora de un docu- y 3 de este artículo, el Ayuntamiento promo- Perros potencialmente peligrosos mento identificativo que acreditará los datos verá colonias de gatos como alternativa a su 1. Son perros potencialmente peligrosos del animal y de la persona propietaria o a sacrificio. Estas colonias consistirán en la los que cumplan algunos de los siguientes poseedora y la inscripción registral. agrupación controlada de gatos, debidamen- requisitos: 3. Para facilitar el control y fomentar la te esterilizados, en espacios públicos a cargo a) Los que pertenecen a una de las razas función social de los animales de compañía de organizaciones y entidades cívicas sens siguientes o a sus cruces: akita inu, terrier hacia la gente mayor y los discapacitados, el afán de lucro. staffordshire americano, bullmastiff, dòber- Ayuntamiento podrá otorgar subvenciones en 6. El Consejo Municipal de Convivencia, man, dog argentino, dog de Burdeos, fila bra- función de la capacidad económica de estas Defensa y Protección de los Animales tendrá sileiro, mastín napolitano, pecho hervor personas, con el fin de garantizar el cumpli- que ser informado de la recogida, el traslado terrier, presa canario, rottweiler, staffordshire do de las obligaciones de los apartados pri- y el destino de los perros y gatos vagabundos hervor terrier, tunda inu o japonés. mero y segundo anteriores y de la esteriliza- y podrá realizar propuestas sobre estos b) Perros que han sido adiestrados para el ción de este animales. aspectos, siempre que este órgano lo crea ataque y la defensa. 4. A petición del propietario y bajo el cri- conveniente por el ejercicio de sus funcio- c) Perros que reúnan alguno de los terio y el control sanitario municipal, la nes. siguientes requisitos: manifiesten un carácter observación veterinaria de enfermedades Artículo 20 marcadamente agresivo, hayan agredido a las transmisibles de los animales podrá hacerse personas o a otros animales o sus característi- en el domicilio del propietario, siempre que Centros de acogida de animales de cas se correspondan con todas o la mayoría el animal esté inscrito en el censo municipal compañía de las mencionadas al anexo II del Real y al corriente de las tasas correspondientes. 1. El Ayuntamiento dispondrá de centros Decreto 287/2002, de 22 de marzo, que Artículo 19 de acogida de animales de compañía en con- desarrolla la Ley estatal 50/1999, de 23 de diciones sanitarias adecuadas por el aloja- diciembre, sobre el régimen jurídico de la Animales de compañía abandonados y miento de los animales recogidos, mientras tenencia de animales potencialmente peligro- perdido no sean reclamados por sus amos o no sean sos. Esta potencial peligrosidad tendrá que 1. Se considerará abandonado un animal mantenidos en periodo de observación. haber sido apreciada mediante resolución de de compañía cuando no lleve la identifica- 2. Los medios utilizados en la captura y la autoridad municipal competente en base a ción establecida legalmente para localizar al transporte de los animales de compañía criterios objetivos, bien de oficio o después propietario y no vaya acompañado por nin- tendrán las condiciones higienicosanitàries de una notificación o denuncia, previo infor- guna persona. Se considerará perdido un ani- adecuadas, y serán adecuadamente atendi- me de un veterinario, oficial o colegiado, mal de compañía cuando lleve identificación dos por personal capacitat. El servicio se rea- designado o habilitado por la autoridad com- para localizar al propietario y no vaya acom- lizará en vehículos adecuados por esta fun- petente municipal. pañado de ninguna persona. ción. d) No tienen la consideración legal de 2. Los animales de compañía abandona- 3. El Ayuntamiento podrá concertar la perros potencialmente peligrosos los que per- dos y los que, sin serlo, circulen sin la identi- recogida de los animales de compañía y la tenecen a las Fuerzas Armadas, Fuerzas y ficación establecida legalmente serán recogi- gestión del centro de acogida de animales de Cuerpos de Seguridad del Estado, Cuerpos de 9 / 1 / 2004 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA Núm. 8, Annex II / Pàg. 37 Administració Local Policía de las Comunidades Autónomas, los perros potencialmente peligrosos en lo municipal y la inscripción registral. Policía Local y empresas de seguridad con que se tendrá que especificar la raza y las 6. En los casos concretos de perros que autorización oficial. otras circunstancias determinantes de la presenten comportamientos agresivos patoló- 2. A los efectos de lo que dispone el epí- potencial peligrosidad de los perros, así gicos que no se puedan solucionar con las grafe c) del apartado anterior, las personas como la referencia del seguro que se exige técnicas de adiestramiento y terapéuticas propietarias o poseedoras de perros que en el párrafo siguiente. existentes, se puede considerar bajo criterio hayan causado lesiones a personas u otros 4. Las personas propietarias o poseedoras facultativo, el sacrificio del animal. animales están obligados a: de perros potencialmente peligrosos tienen Artículo 23 a) Facilitar los datos del animal agresor y que cumplir las siguientes obligaciones: las suyas propias a la persona agredida, a los a) Disponer de licencia municipal por la Presencia de animales domésticos en la vía y propietarios del animal agredido y a los tenencia de perros potencialmente peligrosos en los espacios públicos agentes de la autoridad que lo soliciten. que residan habitualmente en Barcelona. Los 1. Las personas propietarias o poseedoras b) Comunicar la agresión y presentar la requisitos por el otorgamiento de esta licen- de los animales domésticos tienen que evitar documentación sanitaria del animal, en un cia son los establecidos por la legislación en todo momento que éstos causen daños o plazo máximo de 24 horas posteriores a los específica de perros potencialmente peligro- ensucien los espacios públicos y las fachadas hechos, a las autoridades sanitarias munici- sos y esta licencia tiene un periodo de vali- de los edificios confrontados. En especial, se pales, y ponerse a su disposición. dez de 5 años pudiendo ser renovada sucesi- tienen que cumplir las siguientes conductas: c) Someter al animal agresor a observación vamente. Cualquier variación de los datos a) Están prohibidas las deposiciones y las veterinaria y presentar el correspondiente que figuran tiene que ser comunicada por su micciones de animales domésticos en los certificado veterinario con las especificacio- titular en el plazo de 15 días desde la fecha parques infantiles o jardines de uso por parte nes del apartado siguiente a las autoridades en que se produzca. de los niños. sanitarias municipales en el plazo de 15 días b) Contratar un seguro de responsabilidad b) Están prohibidas las micciones en las de haber iniciado la observación veterinaria. civil que cubra la indemnización por los fachadas de los edificios y en el mobiliario Cuando las circunstancias lo aconsejen y la daños y lesiones que estos animales puedan urbano. autoridad municipal lo considere necesario, provocar a las personas y a otros animales y, c) Se tienen que recoger las deposiciones se podrá obligar a recluir el animal agresor en todo caso, no inferior a 150.253 EUR y inmediatamente y colocarlas de manera en un centro autorizado para someterlo a que incluya los datos de identificación del higiénicamente aceptable dentro de las bol- observación veterinaria siendo los gastos animal. sas adecuadas y en los lugares que la admi- ocasionados a cargo de la persona propieta- c) Identificarlos electrónicamente con un nistración municipal destine expresamente a ria o poseedora. microchip homologado de forma indeleble y este efecto. 3. También los veterinarios clínicos de la a proveerse del documento sanitario corres- d) Se tiene que proceder inmediatamente a ciudad tienen la obligación de notificar a la pondiente, de forma previa a la inscripción al la limpieza de los elementos afectados. administración municipal los casos que Registro municipal. 2. En caso de incumplimiento de lo que hayan atendido consistentes en lesiones pro- d) Inscribirlos en el Registro municipal, dispone el apartado anterior, los agentes de ducidas por agresiones entre perros. Esta dentro del plazo de quince días desde la la Autoridad municipal podrán requerir al obligación se agasajará de acuerdo con el obtención de la licencia o del traslado tem- propietario o el poseedor del animal domésti- sistema de notificaciones que establezca la poral por un periodo superior a tres meses al co para que proceda a la limpieza del ele- administración municipal y tendrá que espe- término municipal de Barcelona. El propieta- mentos afectados. cificar la potencial peligrosidad de los perros rio o poseedor tendrá que acreditar la identi- 3. Está prohibida la circulación o la estan- a los efectos de considerarlos potencialmente ficación del animal, presentar el documento cia de animales domésticos en las playas peligrosos. acreditativo entregado por la entidad respon- salvo las horas y los puntos que el Alcalde Artículo 22 sable de la identificación y comunicar los señale, y a los otros espacios públicos que el datos del propietario o poseedor relativos al Alcalde determine. Obligaciones y prohibiciones sobre perros nombre y apellidos, domicilio, teléfono y 4. De acuerdo con las necesidades sanita- potencialmente peligrosos DNI y los datos del animal relativos a la rias, el equilibrio zoológico y la variación de 1. Las personas propietarias o poseedoras especie, raza, sexo, fecha de nacimiento, los factores que afectan a la dinámica pobla- de los perros potencialmente peligrosos tie- código de identificación y domicilio habitual cional, el Alcalde establecerá qué animales y nen que tomar las medidas necesarias para del animal, así como también otros datos que en qué circunstancias no pueden ser alimen- evitar posibles molestias y perjuicios a las se establezcan para Decret d’Alcaldia o de la tados por los ciudadanos en los espacios personas, animales y bienes, y tendrán que Comisión de Gobierno públicos, una vez consultado el Consejo cumplir todos los requerimientos previstos en e) Notificar al Registro censal municipal, Municipal de Convivencia, Defensa y Protec- la legislación vigente de perros potencial- en el plazo de quince días, los incidentes ción de los Animales. En todo caso siempre mente peligrosos. producidos a lo largo de su vida conocidos se tiene que cumplir la obligación de preve- 2. En particular, las condiciones de aloja- por las autoridades administrativas o judicia- nir y evitar ensuciar la vía y los espacios miento tienen que cumplir los siguientes les, la baja por muerto certificada por veteri- públicos. requisitos: nario o autoridad competente, la venta, la 5. El Ayuntamiento promoverá sistemas de a) Las paredes y las vallas tienen que ser cesión, el traslado permanente o temporal control de colonias de pájaros en espacios suficientemente altas y consistentes y tienen por un periodo superior a tres meses a otro públicos a cargo, preferentemente, de organi- que estar bien fijadas con el fin de soportar el municipio, el cambio del código de identifi- zaciones y entidades cívicas sens afán de peso y la presión del animal. cación, así como cualquier otra modificación lucro. b) Las puertas de las instalaciones tienen de los datos que figuren en el Registro. La Artículo 24 que ser resistentes y efectivas como el resto sustracción o la pérdida se tendrá que notifi- del contorno y su diseño a de evitar que los car al mencionado Registro en el plazo de 48 Condiciones de los perros en la vía y en los animales puedan desencajar o abrir ellos horas desde que se tenga conocimiento de espacios públicos mismos los mecanismos de seguridad. los hechos. 1. Está prohibido: c) El recinto tiene que estar conveniente- 5. La inscripción al Registro municipal, se a) La estancia de perros en los parques mente señalizado con la advertencia que hay completará con la entrega al propietario o a infantiles o jardines de uso por parte de los un perro de este tipo. poseedor de un documento identificativo que niños y su entorno con el fin de evitar las 3. En la base de datos del Registro censal acreditará los datos del animal y de la perso- deposiciones y micciones dentro de estos municipal, habrá un apartado específico para na propietaria o a poseedora, la licencia espacios. Núm. 8, Annex II / Pàg. 38 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA 9 / 1 / 2004 Administració Local b) El adiestramiento en la vía pública de transporte público miento adecuadas con el fin de proporcio- perros para las actividades de ataque, defen- 1. Se podrán trasladar animales domésti- narles el alimento, el agua, el alojamiento, sa, guarda y similares. cos por medio del transporte público siempre las condiciones ambientales y los cuidados 2. En la vía y en los espacios públicos y cuando el volumen permita su traslado al necesarios para no evitar que el animal no incluyendo también las partes comunes de interior de transportins, en las condiciones de sufra ningún sufrimiento y para satisfacer su los inmuebles colectivos, a los transportes higiene y seguridad oportunas y con la docu- salud y bienestar, de acuerdo con las necesi- públicos y a los lugares y a los espacios de mentación que corresponda. No obstante, dades propias de su especie. En particular, se uso público en general, los perros tienen que también se podrán trasladar de acuerdo con tendrán que cumplir las condiciones estable- cumplir los siguientes requisitos: las otras condiciones que se establezcan en cidas en el anexo de esta Ordenanza. a) Estar provistos de la identificación con las reglamentaciones de los servicios de 2. Asimismo, también las personas propie- microchip. transporte. tarias o poseedoras de estos animales tendrán b) Llevar el documento identificativo. 2. El traslado de animales domésticos cuyo que mantenerlos en condiciones de seguri- c) Ir ligados por medio de un collar y una volumen no permita el uso del transporte dad y de higiene, con total ausencia de correa o cadena, que no ocasionen lesiones público se realizará de acuerdo con las dis- molestias y peligros para las personas, otros al animal, levantado si éste se queda siempre posiciones vigentes y las que dicten la Admi- animales, las cosas, las vías, los espacios al lado de su amo o conductor, bajo su con- nistración de la Generalitat de Catalunya o públicos y el medio natural. En particular, trol visual y está educado para responder a las autoridades competentes en cada uno de está prohibido: sus órdenes verbales. los casos. a) La entrada de animales salvajes en cau- d) Llevar una placa identificativa o cual- 3. Los perros lazarillo y los de seguridad tividad en todo tipo de locales destinadas a la quier otro medio adaptado al collar del ani- podrán circular libremente en los transportes fabricación, almacenaje, transporte, manipu- mal donde conste el nombre del animal y los públicos urbanos, siempre que vayan acom- lación o venta de alimentos, en las piscinas datos del propietario o poseedor. pañados por su amo o agente de seguridad y públicas y a los establecimientos de concu- 3. Los perros potencialmente peligrosos disfruten de las condiciones higienicosanità- rrencia pública recreativos y de restauración. tienen que cumplir las siguientes condiciones ries y de seguridad que prevén las Ordenan- b) Exhibir y pasear animales salvajes en adicionales cuando circulen por la vía y los zas. cautividad en la vía pública, en los espacios espacios públicos: públicos y en los pasadizos interiores de los a) Llevar un bozal apropiado por la tipo- CAPÍTULO 3 establecimientos comerciales colectivos. logía racial de cada animal. ANIMALES SALVAJES EN CAUTIVIDAD c) El traslado de animales salvajes en cau- b) Ir ligados por medio de un collar y una tividad por medio del transporte público. correa o cadena que no sea extensible y de Artículo 27 3. La persona poseedora de un animal sal- longitud inferior a 2 metros, sin que ocasio- Animales salvajes en cautividad vaje no autóctono en cautividad tiene que nen lesiones al animal. potencialmente peligrosos tener suscrita una póliza de seguro de res- c) No pueden ser conducidos por menores ponsabilidad civil. de dieciocho años. 1. Está prohibida la tenencia de animales 4. Los animales salvajes en cautividad d) No se puede llevar más de un perro salvajes en cautividad potencialmente peli- estarán inscritos en el Registro censal munici- potencialmente peligroso por persona. grosos. pal de animales salvajes en cautividad que 4. La circulación y conducción de los ani- 2. Son animales salvajes en cautividad contendrá, como mínimo, los datos del pro- males y los vehículos de tracción animal por potencialmente peligrosos los que cumplen pietario o poseedor relativos al nombre y la vía pública se ajustará a aquello que dis- algunos de los siguientes requisitos: apellidos, domicilio, teléfono y DNI y los pone el Ordenanza de Circulación de peato- a) Los reptiles consistentes en cocodrilos, datos del animal relativos a la especie, la nes y de vehículos de 27 de noviembre de caimanes, y ofidis venenosos y el resto de raza y, la edad y el sexo si es fácilmente 1998. todos los que superen los 2 Kg. de peso determinable, y el domicilio habitual del ani- actual o adulto; los artròpods y pescados qué Artículo 25 mal.inoculación de veneno necesite la hospitali- Espacios reservados a los animales de zación del agredido; y los mamíferos que Artículo 29 compañía superen los 10 Kg. en el estado adulto. Centros de acogida de animales salvajes en 1. El Ayuntamiento determinará para los b) Los animales que manifiesten un carác- cautividad animales de compañía espacios reservados ter marcadamente agresivo o que hayan agre- El Ayuntamiento promoverá las actuacio- suficientes por el esparcimiento, socializa- dido a las personas o a otros animales y que nes necesarias para la creación de centros de ción y realización de sus necesidades fisioló- esta potencial peligrosidad haya sido aprecia- acogida de animales salvajes en cautividad gicas en correctas condiciones de higiene. da mediante resolución de la autoridad abandonados, perdido o decomisados en el Estos espacios tendrán que garantizar la segu- municipal competente en base a criterios marco de las relaciones de cooperación y ridad de los animales de compañía y de las objetivos, bien de oficio o después de una coordinación con otras Administraciones personas, así como también la huida o pérdi- notificación o denuncia, previo informe de públicas y de la colaboración, preferente- das de los animales de compañía. Las perso- un veterinario, oficial o colegiado, designado mente, con entidades de protección y defen- nas poseedoras tendrán que vigilar sus ani- o habilitado por la autoridad competente sa de los animales. males de compañía y evitar molestias a las municipal. personas y a otros animales que compartan el 3. Los mencionados supuestos de animales Artículo 30 espacio. salvajes en cautividad potencialmente peli- Establecimientos zoológicos de fauna salvaje 2. La gestión de estos espacios reservados grosos podrán ser modificados mediante 1. Los establecimientos zoológicos de se realizará prioritariamente mediante la ges- Decret d’Alcaldia o de la Comisión de fauna salvaje, permanentes o itinerantes, tie- tión cívica de entidades de protección y Gobierno. nen que cumplir, como mínimo, para ser defensa de los animales. Artículo 28 autorizados los requisitos legalmente estable- 3. Las características y el régimen de uso Animales salvajes en cautividad cidos y los siguientes adicionales: de estos espacios serán regulados mediante a) El objeto de estos establecimientos tiene Decret d’Alcaldia o de la Comisión de 1. La tenencia permitida de animales sal- que consistir en gestionar y mantener un cen- Gobierno. vajes en cautividad fuera de los estableci- tro de recursos medioambientales para la mientos zoológicos de fauna salvaje reque- Artículo 26 conservación de especias de animales silves-rirá que las personas propietarias o poseedo- tres y de sus ecosistemas naturales, promover Traslado de animales domésticos en ras los tengan en condiciones de manteni- y desarrollar la investigación científica y 9 / 1 / 2004 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA Núm. 8, Annex II / Pàg. 39 Administració Local biológica que pueda contribuir a la conserva- higienicosanitàries adecuadas y los requeri- requisitos especificados en la legislación de ción de la biodiversidad, así como promover mientos comportamentals de las diferentes la Comunidad de residencia. A estos efectos, la educación pública sobre la necesidad de especias animales alojadas. será necesaria la exhibición de un certificado la conservación del valor de la naturaleza. c) La zona ocupada para la caja será inde- acreditativo expedido por la Administración b) El emplazamiento preciso que tenga en pendiente del anterior. competente. cuenta el suficiente alejamiento del núcleo d) Su capacidad estará en relación con el 3. La importación de animales para la urbano, en los casos que se considere nece- tipo de animal en venta. venta es permitida sólo a aquellas empresas sarios, y que las instalaciones no ocasionen Artículo 32 que dispongan de las instalaciones exigidas molestias en las viviendas próximas. para la aclimatación y tiene que constar en el c) Construcciones, instalaciones y equipos Acondicionamiento de los locales libro de registro si se trata de animales cria- que faciliten y proporcionen un ambiente Todos los locales comerciales tendrán que dos en cautividad. higiénico y las necesarias acciones zoosa- contar con los siguientes acondicionamien- 4. Los animales se tienen que vender des- nitàries. tos: parasitados, libres de toda enfermedad y d) Facilitado para las eliminaciones de a) Sistemas de aireació naturales o artifi- vacunados por todas las enfermedades que la excrementos y de aguas residuales de manera ciales que aseguren la adecuada ventilación autoridad municipal establezca. que no comporten peligro para la salubridad del local. 5. Los animales sólo se podrán ofrecer y pública ni ningún tipo de molestias. b) Lavaderos, utensilios para la gestión de vender en establecimientos de venta de ani- e) Recintos, locales o jaulas por el aisla- los residuos y todo aquello que sea necesario males salvo las transacciones entre las perso- miento, el secuestro y la observación de ani- tanto para mantener limpias las instalaciones nas particulares cuando se limiten a sus ani- males enfermos o sospechosos de enferme- como para preparar en condiciones, la ali- males de compañía, no tengan afán de lucro dad, de fácil limpieza y desinfección. mentación de los animales. y garanticen el bienestar del animal. Esta f) Medios para la limpieza y desinfección c) Revestimientos de materiales que asegu- excepción no será de aplicación a los anima- de los locales, materiales y utensilios que ren la perfecta y fácil limpieza y desinfec- les de crianza en domicilios particulares puedan estar en contacto con los animales y, ción. Las uniones entre el suelo y las paredes cuando tengan la consideración de centro de si procede, los vehículos utilizados para su serán de perfil cóncavo. cría. transporte, cuando éste sea necesario. d) Iluminación natural o artificial suficien- 6. La venta de animales está prohibida a g) Medios para la destrucción y elimina- te (festivos incluidos) para permitir realizar los menores de dieciséis años y a incapacida- ción higiénica de cadáveres de animales y las operaciones propias de la actividad en des sin la autorización de los que tienen la materias contumaces. perfectas condiciones. Las horas mínimas patria potestad o la custodia. h) Manipulación adecuada de los animales diarias de iluminación para cada tipo de ani- 7. Cualquier transacción de animales para que se mantengan en buen estado de mal serán las reguladas en el Anexo. mediante revistas, publicaciones u otros siste- salud. e) Medidas de insonorización adecuadas mas de difusión tendrá que incluir el número i) Instalaciones que permitan unas condi- al tipo de animales del establecimiento. de registro de núcleo zoológico y de licencia ciones de vida aceptables de acuerdo con la f) Control ambiental de plagas. municipal del centro vendedor. naturaleza de cada uno de los animales. Artículo 33 8. Los establecimientos de venta que ten- 2. Para el control inicial de estas empresas gan animales salvajes en cautividad tendrán y actividades hará falta el informe de los ser- Documentación e identificación que colocar un letrero en un lugar visible vicios técnicos municipales, los cuales lle- 1. Todos los locales comerciales tendrán donde conste que no se aconseja su tenencia varán el control permanente de la actividad que disponer de un libro de registro donde debido a los riesgos para la salud y para la de las mencionadas empresas. consten los datos exigidos por la normativa seguridad de las personas y que el manteni- 3. El personal de los establecimientos reguladora del Registro de núcleos zoológi- miento en condiciones no naturales para su zoológicos tiene que tener conocimiento y cos relativas al origen, la identificación y la especie les puede suponer padecimiento. tiene que disponer de un ejemplar de la nor- destinación de los animales. Artículo 35 mativa legal vigente en materia de protección 2. En todos los establecimientos tendrá de los animales y de la documentación inter- que colocarse, en un lugar visible desde la Venta de artículos complementarios nacional sobre comercio y protección de ani- calle, un cartel indicador del número de 1. Además de los animales, los locales males, así como tiene que haber superado el Registro de núcleo zoológico y el teléfono de comerciales sometidos a la presente Orde- curso de cuidador o cuidadora de los anima- la Guardia Urbana por supuestos de siniestro nanza pueden vender artículos relacionados les. o emergencia. Este último requisito no será con los animales incluidos en el ámbito de obligatorio cuando el establecimiento tenga TÍTULO III aplicación de la presente Ordenanza, comoun servicio permanente de vigilancia o con- jaulas, acuarios, juguetes, arena y otros obje- RÉGIMEN JURÍDICO DE LA VENTA DE trol. tos similares. ANIMALES CAPÍTULO 2 2. Estos artículos tienen que ser expuestospor grupos de animales y tendrán que llevar CAPÍTULO 1 CONDICIONES RELATIVAS A LOS ANIMALES letreros identificativos, junto con la informa- ción relativa a su finalidad y forma de utiliza- CONDICIONES DE LOS LOCALES COMERCIALES Artículo 34 ción. Artículo 31 Animales objeto de la actividad comercial Artículo 36 1. Salvo las mascotas propias, en el esta- Superficie de los locales Venta de productos para la alimentación deblecimiento comercial sólo puede haber ani- los animales Todos los establecimientos destinados en males destinados en venta. venta de animales objeto de la presente 2. Sólo se podrán vender animales salvajes 1. En los establecimientos regulados por Ordenanza tienen que cumplir los siguientes en cautividad que hayan sido criados en cau- esta Ordenanza, también pueden ponerse en requisitos: tividad y que no sean potencialmente peli- venta productos para la alimentación de los a) La superficie mínima limpia de venta grosos. Los animales salvajes sólo pueden ser animales que se comercializan. Estos produc- tiene que ser de 40 m². vendidos si el Núcleo zoológico del titular tos tendrán que localizarse separadamente de b) La extensión será suficiente para qué está bajo el control del Comité de Fauna Sal- los enunciados al artículo anterior. todos los animales puedan realizar ejercicio vaje y Peligrosa de la Generalitat de Catalun- 2. Los productos destinados a la alimenta- físico diariamente, respetando las medidas ya y el destinatario del animal reúne los ción de los animales tienen que llevar fecha de caducidad y se tienen que renovar perió- Núm. 8, Annex II / Pàg. 40 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA 9 / 1 / 2004 Administració Local dicamente para evitar que se estropeen o se poner de un recipiente por el suministro de Artículo 43 conviertan en impropios por la alimentación agua potable. Asimismo, la comida se depo- Personal de los establecimientos animal. El responsable del establecimiento sitará siempre en pesebres y el agua en abre- tiene que disponer de la documentación vaderos situados de manera que no puedan 1. El titular y el personal que preste servi- comercial de estos productos para poder ser fácilmente ensuciadas. Los recipientes cios en los establecimientos destinados en garantizar su origen y su trazabilidad comer- tendrán que ser de material de fácil limpieza. venta de animales objeto de la presente cial. Ordenanza tienen que mantener las condi-Artículo 40 3. En el supuesto de que se ofrezcan en ciones de higiene y limpieza personales ade- venta productos alimenticios vivos envasa- Limpieza de los habitáculos cuados. dos, se tiene que hacer constar la fecha de 1. Los habitáculos y los animales se lim- 2. Estas personas también tienen que acre- envasado y la de caducidad. piarán con la frecuencia que especifique la ditar la capacitación para tratar los animales Artículo 37 memoria técnica realizada por uno facultati- mediante la superación del curso de cuida- vo veterinario. dor o cuidadora de animales. Prohibición de regalar animales 2. Los desperdicios se situarán en contene- Artículo 44 Los animales no pueden ser objeto de dores de cierre hermético que impidan el Comprobantes de compra regalo o sorteo, rifa o promoción, ni pueden acceso de insectos o ratas. Cuando se trate ser entregados como ningún tipo de premio, de cadáveres de animales, tendrán que ser 1. Con carácter previo a la formalización obsequio o recompensa. depositados en un recipiente o contenedor de la compra y venta del animal, el compra- de cierre hermético por su traslado a centros dor tendrá que firmar por duplicado unaArtículo 38 de eliminación autorizados. copia de la ficha a que hace referencia el Mantenimiento de los animales en los apartado segundo del artículo 41, como establecimientos Artículo 41 documento acreditativo que conoce, entien- 1. Los animales se mantendrán en adecua- Datos identificativos de los animales de y acepta las condiciones de mantenimien- das condiciones higienicosanitàries y de bie- 1. En cada uno de los habitáculos tiene to que requiere el animal, entregándose una nestar, y bajo la responsabilidad de un servi- que figurar una ficha en la que conste el copia de lo mismo en el comprador y rema- cio veterinario. Los datos y firma del servicio nombre común y el científico del animal, nente el otro en manos del vendedor. veterinario responsable tienen que constar en con la finalidad de facilitar que los posibles 2. Asimismo, cuando se formalice una el libro de registro. compradores dispongan de amplia informa- compra y venta, el vendedor entregará un 2. Los animales tienen que colocarse a ción sobre los animales a adquirir. documento acreditativo de la transacción, en una distancia no inferior a 1 metro del acce- 2. Sin perjuicio de lo que dispone el apar- el cual tendrá que constar los siguientes so en el establecimiento, en zonas en qué no tado anterior de este artículo, cada estableci- extremos relativos al animal objeto de la puedan ser molestados ni visibles desde la miento tiene que disponer de fichas, agrupa- misma: vía pública o desde los pasadizos interiores das por familias, en las que consten las a) Especie. de los establecimientos comerciales colecti- características de los animales que se alojen b) Raza y variedad. vos. y, en particular, las siguientes: c) Edad y sexo, si es fácilmente determina- 3. Fuera del horario comercial, los estable- a) Medida máxima que puede alcanzar el ble. cimientos tienen que tener las persianas baja- animal adulto. d) Código de identificación requerido por das. b) País y zona de origen del animal y área la legislación vigente y señales somáticas de 4. La manipulación de los animales se de distribución de la especie. identificación. tiene que efectuar en zonas del estableci- c) Particularidades alimenticias. e) Procedencia del animal. miento adecuadas a tal efecto y por parte de d) Tipo y dimensión de la instalación ade- f) Nombre del anterior propietario, si pro- personal que disponga del curso de cuidador cuada, con indicación de los elementos cede. o cuidadora de los animales. accesorios recomendables. g) Número del animal en el libro de regis- 5. Los establecimientos tendrán que dispo- e) Particularidades e incompatibilidades tro del comerciante. ner de productos alimenticios en perfecto de las especias. h) Número de núcleo zoológico del ven- estado de conservación para atender las f) Condiciones de mantenimiento, sanita- dedor y, si procede, del comprador. necesidades de las especias animales que tie- rias y de bienestar necesarias. i) Controles veterinarios a que tiene que nen en venta. g) Consejos de educación. someterse el animal vendido y periodicidad Artículo 39 h) Procedencia del animal, haciendo cons- de los mismos. tar si ha sido criado en cautividad o ha esta- j) Responsabilidad civil del vendedor en Condiciones de los habitáculos do objeto de captura. caso de evicción y obligación de saneamien- 1. Los habitáculos tienen que situarse de 3. Estas fichas tendrán que ser firmadas to de conformidad con la normativa vigente manera que los animales que haya en cada por un veterinario. en esta materia. La existencia de un servicio habitáculo no puedan ser molestados por los Artículo 42 veterinario dependiente del establecimiento que se encuentran en los otros habitáculos. Si que otorga certificados de salud para la venta unos habitáculos están situados encima de Espacios reservados para animales en de los animales no exime al vendedor de res- otros se tomarán medidas para impedir que proceso de adaptación y enfermos ponsabilidad ante enfermedades de incuba- se comuniquen los residuos orgánicos sólidos 1. Los establecimientos tienen que tener ción no detectadas en el momento de la o líquidos generados por éstos. un espacio reservado para los animales que venta. 2. El número de animales de cada habitá- sean en proceso de adaptación y otro por los 3. En el supuesto de que se venda un ani- culo estará en función de los requerimientos animales enfermos. mal perteneciente a una de las especias com- de mantenimiento de cada especie estableci- 2. Los animales que sufran alguna enfer- prendidas en algún apartado del Reglamento dos en el anexo. En caso de que una especie medad tienen que ser puestos en cuadragési- CE/338/97 del Consejo de 9 de diciembre de no aparezca al anexo, se atenderá a criterios ma en el espacio habilitado a tal efecto y ser 1996 relativo a la protección de especias de que permitan garantizar su bienestar. sometidos al oportuno control del Servicio la fauna y flora silvestres mediante el control 3. Dentro de cada habitáculo, tiene que Veterinario en lo que el establecimiento esté de su comercio, o norma que lo sustituya, el existir un lugar adecuado para el cual los ani- adscrito. En estos casos, sus habitáculos documento a que hace referencia el apartado males puedan esconderse cuando lo necesi- tendrán que ser limpiados y ser desinfectados anterior tendrá que detallar el número y los ten. diariamente. datos exigidos por la normativa reguladora 4. Todos los habitáculos tendrán que dis- del comercio de estos animales. 9 / 1 / 2004 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA Núm. 8, Annex II / Pàg. 41 Administració Local 4. El comprador y el vendedor de los ani- y de bienestar animal. males. males están obligados a conservar el docu- CAPÍTULO 2 f) Mantener los animales sin la alimenta- mento acreditativo de la procedencia del ani- ción necesaria o en instalaciones inadecua- mal. RÉGIMEN SANCIONADOR das desde el punto de vista higienicosanitari, 5. Cuando pegue, con el animal se entre- de bienestar animal y de seguridad, si los gará un documento acreditativo de los prácti- Sección 1ª. Disposiciones generales riesgos a los animales son muy graves. cos profilácticos a que haya sido sometido, Artículo 47 g) Practicar la caza, la captura vive, la que variarán en función del tipo de animal venta, la tenencia, el tráfico, el comercio o la de que se trate. Este documento tendrá que Infracciones y sanciones exhibición pública de animales, o de los hue- ser suscrito por el facultativo veterinario que 1. Constitueixen infraccions administrati- vos y las crías de éstas o de cualquier parte o las haya practicado. ves les accions i omissions tipificades com a producto obtenido de las especias de la 6. Cuando los animales se comercialicen tals en la Llei 22/2003, de 4 de juliol, de pro- fauna autóctona o no autóctona declaradas en lotes, al número de lote se añadirá otro tecció dels animals, la Llei estatal 50/1999, altamente protegidas o en peligro de extin- número correspondiente a cada uno de los de 23 de desembre, de règim jurídic de la ción por tratados y convenios internacionales animales que lo componen. tinença d’animals potencialment perillosos, vigentes. Artículo 45 la Llei 10/1990, de 30 de juliol, de tinença h) La caza, la captura vive, la venta, la de gossos considerats potencialment perillo- tenencia, el tráfico, el comercio, la exhibi- Condiciones de entrega de los animales sos, l’article 129 de la Carta Municipal de ción pública y la taxidermia de animales, o 1. Los animales tienen que ser entregados Barcelona, la Llei 1/1990, de 8 de gener, de de los huevos y las crías de éstas o de cual- a los compradores en las condiciones que disciplina del mercat i de la defensa dels quier parte o producto obtenido de las espe- mejor garanticen su seguridad, higiene y consumidors i dels usuaris, la Llei estatal cias, incluidas con las categorías A y B, en el comodidad y en perfecto estado de salud. En 14/1986, de 25 d’abril, general de sanitat, la anexo de la Ley 22/2003, de 4 de julio, de todo caso, la entrega de los animales tendrá Llei 10/1990, de 15 de juny, sobre policia de protección de los animales. que realizarse en las condicionas fijadas en l’espectacle, les activitats recreatives i els i) Reincidir en la comisión de infracciones el anexo de la presente Ordenanza. establiments públics, l’Ordenança d’activitats graves durante el último año. 2. Todos los establecimientos tendrán que i establiments de concurrència pública, la 3. Son infracciones graves: cumplir todos los requisitos sectoriales o de Llei 3/1998, de 27 de febrer, de control inte- a) Mantener los animales sin la alimenta- otro naturaleza que sean aplicables a la acti- gral de l’administració ambiental, el Decret ción necesaria o en instalaciones inadecua- vidad comercial en virtud de la legislación de 136/1999, de 18 de maig, pel qual s’aprova das desde el punto de vista higienicosanitari, comercio y de defensa de los consumidores y el Reglament general d’aquesta Llei, l’Orde- de bienestar animal y de seguridad, si el ries- de los usuarios o de otras disposiciones lega- nança Municipal d’Activitats i d’Intervenció go a los animales es grave. les o reglamentarias. Integral de l’Administració Ambiental i la b) Incumplir las condiciones y de los present Ordenança, sens perjudici de les TÍTULO IV requisitos de los núcleos zoológicos estable-especificacions d’aquesta Ordenança per cidos a la Ley de protección de los animales. DISCIPLINA DE LA PROTECCIÓN, LA contribuir a una més correcta identificació de c) No vacunar o no realizar los tratamien- TENENCIA Y LA VENTA DE ANIMALES les conductes. tos obligatorios a los animales de compañía. 2. Las infracciones administrativas serán d) Hacer venta ambulante de animales CAPÍTULO 1 sancionadas según lo que dispone la norma- fuera de mercados, ferias y cualquier otro tiva mencionada en el apartado anterior de certamen autorizado. INSPECCIÓN, CONTROL Y REVISIÓN este artículo, sin perjuicio de las especifica- e) Incumplir la obligación de vender los Art. 46 ciones de las infracciones y de las graduacio- animales desparasitados y libres de toda nes de las sanciones de esta Ordenanza para enfermedad y vacunados por todas las enfer- Inspección, control y revisión una más correcta identificación de las infrac- medades que la autoridad municipal esta- 1. Todas las actividades reguladas en esta ciones y una más precisa determinación de blezca. Ordenanza quedan sujetas a la acción ins- las sanciones. f) No entregar la documentación exigida pectora del Ayuntamiento, la cual se podrá Sección 2ª. Protección de animales en toda transacción de animales. llevar a cabo, en cualquier momento, sin per- g) Maltratar y agredir físicamente los ani- juicio de las acciones específicas de control Artículo 48 males si les comporta consecuencias graves de las actividades y de revisión de las autori- Infracciones para su salud. zaciones y de las licencias municipales. 1. De acuerdo con la Ley 22/2003, de 4 h) Utilizar animales en atracciones feriales 2. La actuación inspectora, el control y la de julio, de protección de los animales, cons- de caballetes. revisión se revolvió por lo que dispone la tituyen infracciones administrativas en mate- i) Utilizar animales salvajes en cautividad normativa aplicable y, en especial, para las ria de protección de animales las tipificadas en circos. Ordenanzas de actividades y de intervención en esta Ley y, en particular, las especificadas j) La realización de carreras de toros como integral de la administración ambiental de en los siguientes apartados. parto o con ocasión de un espectáculo no Barcelona y de actividades y establecimien- 2. Son infracciones muy graves: taurino siempre que les pueda ocasionar tos de concurrencia pública y la presente a) Maltratar y agredir físicamente los ani- daño o sufrimiento, o bien pueda comporte Ordenanza en relación a las actividades males si les comporta consecuencias muy degradación, parodias o tratamiento antinatu- sometidas a las mismas. graves para su salud. rales, o bien pueda herir la sensibilidad de 3. Los núcleos zoológicos no podrán ini- b) Abandonar animales si les puede com- las personas que los contemplan. ciar la actividad hasta que no estén inscritos portar un riesgo de daños graves. k) La utilización de animales en espectá- en el Registro de núcleos zoológicos. En el c) No evitar la huida de animales salvajes culos, filmaciones, actividades publicitarias, control inicial habrá que aportar el documen- no autóctono o híbridos en cautividad con actividades culturales o religiosas y qualsevu- to acreditativo de esta inscripción. riesgo de alteración ecológica grave. lla otra actividad siempre que los pueda oca- 4. El control periódico de la tenencia de d) Esterilizar, mutilar y sacrificar animales sionar daño o sufrimiento, o bien degrada- animales salvajes en cautividad se realizará sin control veterinario o en contra de las con- ción, parodias, burlas o tratamiento antinatu- anualmente mediante la presentación de una diciones y requisitos establecidos por la legis- rales, o bien puede herir la sensibilidad de certificación técnica, redactada y firmada por lación de protección de los animales. las personas que los contemplan. un veterinario, relativa al cumplido de las e) Organizar y participar en peleas de ani- l) Practicar la caza, la captura vive, la condiciones higienicosanitàries, de seguridad venta, la tenencia, el tráfico, el comercio o la Núm. 8, Annex II / Pàg. 42 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA 9 / 1 / 2004 Administració Local exhibición pública de animales, o de los hue- o) Mantener los animales sin la alimenta- incumplimiento de las condiciones de la vos y las crías de éstas o de cualquier parte o ción necesaria o en instalaciones inadecua- autorización excepcional o de las normativas producto obtenido de las especias de la das desde el punto de vista higienicosanitari, reguladoras, comporta la inhabilitación para fauna autóctona o no autóctona declaradas de bienestar animal y de seguridad, si no les la tenencia de animales por un periodo de un protegidas por tratados y convenios interna- comporta un riesgo grave. año a cinco años. cionales vigentes. p) No evitar la huida de animales. Sección 3ª. Perros potencialmente peligrosos m) Practicar la caza, la captura vive, la q) Maltratar o agredir físicamente los ani- venta, la tenencia, el tráfico, el comercio, la males, si no les comporta riesgos para su Artículo 50 exhibición pública y la taxidermia de anima- salud. Infracciones les, o de los huevos y las crías de éstas o de r) Afectar psicológicamente a los animales. 1. De acuerdo con la Ley estatal 50/1999, cualquier parte o producto obtenido de las s) Suministrar a los animales sustancias de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídi- especias, incluidas con la categoría C, en el que le causen alteraciones leves de la salud y co de la tenencia de animales peligrosos, la anexo de la Ley 22/2003, de 4 de julio, de del comportamiento, salvo los casos ampara- Ley 10/1999, de 30 de julio, sobre tenencia protección de los animales. dos por la normativa vigente. de perros considerados potencialmente peli- n) No dar a los animales la atención vete- t) No dar a los animales la atención veteri- grosos y el artículo 129 c) de la Carta Muni- rinaria necesaria para garantizar la salud y naria necesaria para garantizar la salud, si cipal de Barcelona, constituyen infracciones causante perjuicios graves. eso no les causa perjuicios graves. administrativas en materia de animales o) Abandonar animales si no les puede u) Vender mediante revistas, publicaciones potencialmente peligrosos las tipificadas en comportar ningún riesgo. u otros sistemas de difusión o hacer donación estas Leyes y, en particular, las especificadas p) Reincidir en la comisión de infracciones de animales mediante revistas, publicaciones en los siguientes apartados. leve durante el último año. u otros sistemas de difusión sin incluir el 2. Son infracciones muy graves: 4. Son infracciones leves: número de registro de núcleo zoológico. a) Abandonar un animal potencialmente a) Incumplir las obligaciones de identifica- v) Permitir la entrada de las personas peligroso lo cual sucede cuando el animal no ción mediante microchip de los animales de menores de 14 años a las carreras de toros. va acompañado de ninguna persona con compañía. w) Molestar salvo los controles de pobla- independencia que lleve o no la identifica- b) Incumplir las obligaciones de inscrip- ciones de animales, capturar salvo los con- ción. ción al Registro censal municipal de anima- troles de poblaciones de animales o comer- b) Tener perros potencialmente peligrosos les de compañía y las posteriores comunica- cializar los animales salvajes urbanos salvo sin disponer de la licencia. ciones preceptivas. los controles de poblaciones de animales, c) Vender o transmitir para cualquier título c) Llevar los animales en la vía y en los siempre que no estuviera tipificado como un perro potencialmente peligroso a quien espacios públicos sin una placa identificativa infracción grave o muy grave. no tenga licencia. o cualquier otro medio adaptado al collar del x) Mantener los animales atados durante la d) Hacer actividades de adiestramiento de animal donde conste el nombre del animal y mayor parte del tiempo o limitarles de forma ataque a la vía pública, a las partes comunes los datos del propietario o poseedor. duradera el movimiento necesario para ellos. de inmuebles colectivos y a los espacios d) No llevar a los veterinarios un archivo y) Poseer un animal salvaje no autóctono públicos en general, con perros potencial- con las fichas clínicas de los animales que se en cautividad sin tener suscrita una póliza de mente peligrosos. tienen que vacunar o tratar obligatoriamente. seguro de responsabilidad civil. 3. Son infracciones graves: e) Vender animales a los menores de die- z) Cualquier otra infracción de la Ley de a) Dejar suelto un animal potencialmente ciséis años y a incapacidades sin la autoriza- protección de los animales y de la normativa peligroso o no haber adoptado las medidas ción de los que tienen la patria potestad o la que la desarrolle que no haya sido tipificada necesarias para evitar su escapada o pérdida. custodia. de grave o muy grave. b) Incumplir las obligaciones de identifica- f) Hacer donación de un animal como pre- Artículo 49 ción o de inscripción al Registro censal mio o recompensa. Sanciones municipal de un perro potencialmente peli-g) Transportar animales con vulneración groso. de los requisitos establecidos por la Ley de 1. De acuerdo con la Ley 22/2003, de 4 c) Tener un perro potencialmente peligro- protección de los animales y para esta Orde- de julio, de protección de los animales, las so en lugares públicos sin bozal o sin estar nanza. infracciones en materia de protección de los sujeto con una cadena. h) No poseer, al personal de los núcleos animales se sancionarán con multas de las d) Transportar animales potencialmente zoológicos que manipulan animales, el certi- cuantías siguientes: peligrosos incumpliendo los requisitos nor- ficado del curso de cuidador o cuidadora. a) Las infracciones muy graves, 2.001 EUR mativos de seguridad. i) Filmar escenas ficticias de crueldad, hasta 20.000 EUR. e) Ahogarse o resistirse a suministrar datos maltrato o sufrimiento de animales sin dispo- b) Las infracciones graves, 401 EUR hasta o a facilitar la información requerida por las ner de la autorización municipal previa. 2.000 EUR. autoridades competentes o sus agentes, así j) No tener en un lugar visible la acredita- c) Las infracciones leves, 100 EUR hasta como también el suministro de información ción de la inscripción al Registro de núcleos 400 EUR. inexacta o documentación falsa. zoológicos. 2. La comisión de las infracciones leves 4. Son infracciones leves: k) No tener actualizado o tramitado el consistentes en el incumplimiento de las a) Tener perros potencialmente peligrosos libro de registro de núcleos zoológicos. obligaciones de identificación o de inscrip- en las vías y en los espacios públicos sin que l) Exhibir animales en los escaparates de ción registral de los animales de compañía la persona que los conduzca y controle lleve los establecimientos de venta de animales. comportará la imposición de la sanción esta- el documento identificativo, o bien, la licen- m) Practicar la caza, la captura vive, la blecida en su grado máximo de 300 a 400 cia municipal y la certificación acreditativa venta, la tenencia, el tráfico, el comercio, la EUR. de la inscripción registral. exhibición pública y la taxidermia de anima- 3. La imposición de la sanción de multa b) Tener perros potencialmente peligrosos les, o de los huevos y las crías de éstas o de puede comportar el comiso de los animales en las vías y en los espacios públicos para cualquier parte o producto obtenido de las objeto de la infracción, sin perjuicio del menores de dieciocho años. especias, incluidas con la categoría D, en el comiso preventivo, a criterio del agente de la c) Tener más de un perro potencialmente anexo de la Ley 22/2003, de 4 de julio, de autoridad, en el momento del levantamiento peligroso por persona en las vías y en los protección de los animales. del acta de inspección o la denuncia. espacios públicos. n) Hacer exhibición ambulante de anima- 4. La imposición de una sanción a las per- d) Tener perros potencialmente peligrosos les como reclamo. sonas poseedoras de fauna autóctona por el 9 / 1 / 2004 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA Núm. 8, Annex II / Pàg. 43 Administració Local en las vías y en los espacios públicos con destinados a la fabricación, almacenaje, 1. De acuerdo con la Ley 1/1990, de 8 de una correa o cadena extensible o de longitud transporte, manipulación o venta de alimen- enero, de disciplina del mercado y de la superior a 2 metros. tos salvo los perros lazarillo y de los de segu- defensa de los consumidores y de los usua- e) No contratar el seguro de responsabili- ridad. rios, así como al Decreto 108/1997, de 29 de dad civil exigible a los propietarios de perros 3. Son infracciones leves: abril, las infracciones administrativas leves en potencialmente peligrosos. a) La presencia de animales en las piscinas materia de comercio interior, disciplina del f) No cumplir las medidas de seguridad públicas salvo los perros lazarillo y de los de mercado y de la defensa de los consumidores establecidas para las instalaciones que alber- seguridad. y de los usuarios, se sancionarán con multas guen perros potencialmente peligrosos. b) Perturbar la vida de los vecinos, con gri- de hasta 3.005,06 EUR. g) Incumplir qualsevulla de las obligacio- tos, cantos, sones u otros ruidos de los ani- 2. El Ayuntamiento también puede acor- nes sobre perros potencialmente peligrosos males domésticos. dar, como sanción accesoria, el comiso de la previstas en esta Ordenanza. c) Permitir la entrada de animales en los mercancía de los establecimientos de venta Artículo 51 establecimientos de concurrencia pública de animales cuando sea adulterada, falsifica- cuando esté prohibido por esta Ordenanza. da, fraudulenta o no identificada o que Sanciones d) Incumplir las obligaciones de las perso- pueda implicar riesgo al consumidor. La des- 1. De acuerdo con la Ley estatal 50/1999, nas propietarias o poseedoras de animales tinación final de la mercancía será determi- de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídi- domésticos que hayan causado lesiones a nada por El Ayuntamiento teniendo que ser co de la tenencia de animales potencialmen- personas u otros animales. destruida si su utilización o consumo consti- te peligrosos y la Ley 10/1999, de 30 de e) No notificar a los veterinarios clínicos tuye un peligro para la salud pública. Los julio, sobre tenencia de perros considerados de la ciudad a la administración municipal gastos originados por el comiso y destrucción potencialmente peligrosos, las infracciones los casos que hayan atendido consistentes en de la mercancía son a cuenta del infractor. en materia de animales potencialmente peli- lesiones producidas por agresiones entre 3. El Ayuntamiento también puede acor- grosos se sancionarán con multas de las perros. dar, como sanción accesoria, la publicidad cuantías siguientes: Artículo 53 de las sanciones por infracciones graves una a) Las infracciones muy graves, entre vez firmes en vía administrativa, por razones 2.404,06 y 15.025,30 EUR. Sanciones de ejemplaridad y en previsión de futuras b) Las infracciones graves, entre 300,52 y 1. De acuerdo con la Ley estatal 14/1986, conductas infractoras. El contenido y la 2.404,05 EUR. de 25 de abril, general de sanidad, las infrac- forma de la publicidad es la establecida a la c) Las infracciones leves, entre 150,25 y ciones en materia de sanidad se sancionarán Ley 1/1990, de 8 de enero, de la disciplina 300,51 EUR. con multas de las cuantías siguientes: del mercado y de la defensa de los consumi- 2. La reiteración en la comisión de las a) Las infracciones graves, entre 3.005,07 dores y de los usuarios. infracciones graves consistentes en el incum- y 15.025, 30 EUR. 4. La competencia para imponer estas san- plimiento de las obligaciones de identifica- b) Las infracciones leves, hasta 3.005,06 ciones corresponde al Alcalde, sin perjuicio ción o de inscripción registral de un perro EUR. que la delegue o la desconcentre, de acuerdo potencialmente peligroso comportará la 2. La competencia para imponer estas san- con el artículo 13.2 de la Carta Municipal de imposición de la sanción establecida en su ciones corresponde al Alcalde, sin perjuicio Barcelona. grado máximo. que la delegue o la desconcentre, de acuerdo Sección 6ª. Infracciones y sanciones de 3. Las infracciones administrativas muy con el artículo 13.2 de la Carta Municipal de ordenanza graves y graves en materia de animales Barcelona. potencialmente peligrosos se podrán sancio- Sección 5ª. Disciplina de mercado y defensa Artículo 56 nar con las sanciones accesorias de confisca- de los consumidores y usuarios Infracciones ción, comiso, esterilización o sacrificio de los 1. De acuerdo con la presente Ordenanza, animales potencialmente peligrosos, clausura Artículo 54 son infracciones en materia de protección, del establecimiento y suspensión temporal o Infracciones tenencia y venta de animales las que se tipifi- definitiva de la licencia por tenencia de ani- 1. De acuerdo con la Ley 1/1990, de 8 de can en los siguientes apartados. males potencialmente peligrosos, de acuerdo enero, de disciplina del mercado y defensa 2. Son infracciones muy graves: con la Ley estatal 50/1999, de 23 de diciem- de los consumidores y usuarios, así como al a) Permitir a los animales domésticos bre, sobre el régimen jurídico de la tenencia Decreto 108/1997, de 29 de abril, constitu- depositar sus deposiciones y sus micciones de animales potencialmente peligrosos y la yen infracciones administrativas en materia en los parques y jardines de uso para los Ley 10/1999, de 30 de julio, sobre tenencia de comercio interior, disciplina del mercado niños. de perros considerados potencialmente peli- y de la defensa de los consumidores y de los b) Tener perros en los parques infantiles o grosos. usuarios las tipificadas en esta Ley y, en parti- jardines de uso por parte de los niños y su 4. La competencia para imponer estas san- cular, las especificadas en los siguientes entorno. ciones corresponde al Alcalde, sin perjuicio apartados. c) Tener y vender animales salvajes en que la delegue o la desconcentre, de acuerdo 2. Son infracciones leves: cautividad potencialmente peligrosos. con los artículos 13.2, 129.c y 132 de la a) El incumplimiento de las condiciones d) Tener animales salvajes en cautividad Carta Municipal de Barcelona. de los locales comerciales de venta de ani- sin someterse a la comunicación previa o al Sección 4ª. Sanidad males que no estén tipificadas como infrac- control periódico. Artículo 52 ciones administrativas por otra normativa e) Instalar centros de cría de animales sal- sectorial o para esta Ordenanza. vajes en cautividad. Infracciones b) El incumplimiento de las condiciones f) Exhibir y pasear animales salvajes en 1. De acuerdo con la Ley estatal 14/1986, relativas a los animales en los locales comer- cautividad en la vía y en los espacios públi- de 25 de abril, general de sanidad, constitu- ciales de venta de animales que no estén tipi- cos y su traslado por medio del transporte yen infracciones administrativas en materia ficadas como infracciones administrativas por público. de sanidad las tipificadas en esta Ley y, en otra normativa sectorial o para esta Ordenan- g) Vender animales salvajes en cautividad particular, las especificadas en los siguientes za. que no hayan sido criados en cautividad. apartados. Artículo 55 h) Ofrecer o vender los animales fuera de 2. Son infracciones graves: los establecimientos de venta de animales a) La presencia de animales en el locales Sanciones salvo las transacciones entre las personas Núm. 8, Annex II / Pàg. 44 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA 9 / 1 / 2004 Administració Local particulares cuando se limiten a sus animales narán con multas de hasta 1.803,04 EUR. Sustitución de las multas y de la reparación de compañía, no tengan afán de lucro y 2. La competencia para imponer estas san- de daños por trabajos en beneficio de la garanticen el bienestar del animal. ciones corresponde al Alcalde, sin perjuicio comunidad i) Ofrecer o vender los animales de crian- que la delegue o la desconcentre, de acuerdo 1. El Ayuntamiento puede sustituir, en la za en domicilios particulares fuera de los con el artículo 13.2 de la Carta Municipal de resolución o posteriormente, la sanción de establecimientos de venta de animales. Barcelona. multa por sesiones formativas, participación 3. Sueño infracciones graves: Sección 7ª. Disposiciones comunes en actividades cívicas u otros tipos de traba- a) Tener animales domésticos en las playas jos para la comunidad siempre que haya salvo las horas y los puntos que el Alcalde Artículo 58 consentimiento previo de los interesados. señale. Graduación de las sanciones 2. También el Ayuntamiento puede susti- b) Tener animales domésticos en los espa- 1. Las sanciones se impondrán de acuerdo tuir, en la resolución o posteriormente, la cios públicos cuando está prohibido. con los siguientes criterios de graduación: reparación económica de los daños y perjui- c) Permitir a los animales domésticos efec- a) La gravedad de la infracción. cios causados en los bienes de dominio tuar sus micciones en las fachadas de los edi- b) La existencia de intencionalidad. público municipal por otras reparaciones ficios y en el mobiliario urbano. c) La naturaleza de los perjuicios causa- equivalentes en especie consistentes en d) No recoger inmediatamente las deposi- dos. sesiones formativas, participación en activi- ciones fecales de los animales domésticos en d) La reincidencia. dades cívicas u otros tipos de trabajos para la las vías y en los espacios públicos o no pro- e) La reiteración. comunidad siempre que haya consentimiento ceder a la limpieza de los elementos afecta- f) La capacidad económica del infractor. previo de los interesados. En caso de que se dos por las deposiciones. 2. Se entiende que hay reincidencia cuan- produzca esta sustitución, el Ayuntamiento e) Adiestrar en la vía pública animales de do se ha cometido en el plazo de un año más tendrá que reparar los daños causados a compañía por actividades de ataque, defen- de una infracción de esta Ordenanza y ha menos que el trabajo que realice el sanciona- sa, guarda y similares. sido declarado por resolución firme. Se do consista en la reparación del daño causa- f) Mantener bovinos y otro clase de gana- entiende que hay reiteración cuando el pro- do. do destinado a la producción láctica y de cedimiento sancionador se ha incoado por Artículo 63 animales para el consumo. más de un acto u omisión tipificado como g) Exhibir con finalidades lucrativas, ven- infracciones para esta Ordenanza, cuando se Procedimiento sancionador der o intercambiar animales en la vía pública están instruyendo otros procedimientos san- 1. El procedimiento sancionador será el salvo la cesión, la adopción o el acogimiento cionadores o cuando el responsable ya ha que con carácter general tenga establecido el de animales abandonados o perdidos sido sancionado por infracciones de esta Ayuntamiento de Barcelona. De forma suple- mediante el Ayuntamiento, los Centros de Ordenanza. toria será de aplicación el procedimiento Acogimiento de Animales de Compañía y las 3. En la fijación de las sanciones de multa sancionador previsto por las actuaciones de entidades de defensa y protección de los ani- se tendrá en cuenta que, en todo caso, la la Administración de la Generalitat y, en su males. comisión de la infracción no resulte más caso, lo que regule la legislación del Estado. h) No comunicar en el Centro Municipal beneficiosa para el infractor que el cumplido 2. Cuando la propuesta de resolución del de Acogimiento de Animales de Compañía la de las normas infringidas. procedimiento sancionador tramitado por la desaparición de un animal de compañía con la documentación identificativa pertinente a Artículo 59 Administración del Ayuntamiento contenga una sanción que, por la cuantía de la multa o efectos de favorecer su recuperación. Responsabilidad de las infracciones por su carácter, no sean de competencia i) Mantener los animales en instalaciones En caso de que no sea posible determinar municipal, el Alcalde elevará el expediente inadecuadas desde el punto de vista de segu- el grado de participación de las diferentes al órgano de la Administración de la Genera- ridad. personas que han intervenido en la comisión litat que sea competente para imponer la san- j) Tener animales de compañía en la vía y de la infracción, la responsabilidad será soli- ción que se propone, de conformidad con la en los espacios públicos sin estar ligados por daria. legislación sectorial aplicable. medio de un collar y una correa o cadena Artículo 60 3. El Alcalde puede delegar o desconcen-levantado si se quedan siempre al lado de su trar sus competencias de acuerdo con aque- amo o conductor, bajo su control visual y Acumulación de sanciones llo que prevé el artículo 13.2 de la Carta están educados para responder a sus órdenes 1. Incoado un procedimiento sancionador Municipal. verbales. por dos o más infracciones entre las cuales Artículo 64 4. Son infracciones leves: haya relación de causa a efecto, se impondrá a) Incumplir las condiciones de la tenencia sólo la sanción que resulte más elevada. Apreciación de delito o falta de perros en la vía y en los espacios públicos 2. Cuando no se dé la relación de causa a En ningún caso se podrán sancionar siempre que no estén tipificadas como otra efecto en la que se refiere el apartado ante- hechos que lo hayan estado previamente en infracción administrativa. rior, a los responsables de dos o más infrac- sede penal o administrativa en aquellos b) Dar comida a los animales contravi- ciones se les impondrán las sanciones corres- supuestos en que se aprecie identidad del niendo aquello que dispone el artículo 23 de pondientes a cada uno de las infracciones sujeto, de los hechos y de los cimientos de la esta Ordenanza. cometidas a menos que se aprecie identidad sanción impuesta. En aplicación de este prin- Artículo 57 de sujetos, hechos y cimientos. En este últi- cipio, la administración municipal se atendrá a las reglas siguientes: Sanciones mo supuesto se aplicará el régimen que san- cione con mayor intensidad, gravedad o a) Si en el transcurso de la tramitación del 1. Las infracciones en materia de protec- severidad la conducta de la que se trate. procedimiento sancionador se apreciara que ción, tenencia y venta de animales tipificadas en esta Ordenanza se sancionarán por el Artículo 61 determinados hechos pueden ser constituti- vos de delito o falta penal, el instructor lo Ayuntamiento con multas de las siguientes Destinación de las multas impuestas notificará inmediatamente al Alcalde, el cual cuantías: El importe de los ingresos del Ayuntamien- pasará el tanto de culpa en el Ministerio Fis- a) Las infracciones leves se sancionarán to en virtud de las sanciones impuestas se cal; eso sin perjuicio que por parte de la con multas de hasta 450,76 EUR. destinará a las finalidades de la presente Guardia Urbana se agasaje, si ocurre, el b) Las infracciones graves se sancionarán Ordenanza. correspondiente atestado. con multas de hasta 901,52 EUR. b) Si como consecuencia de la actuación c) Las infracciones muy graves se sancio- Artículo 62 9 / 1 / 2004 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA Núm. 8, Annex II / Pàg. 45 Administració Local prevista a la regla anterior, la autoridad judi- defensa de los consumidores y usuarios, las suspensión del ejercicio de actividades, cie- cial incoa el procedimiento penal que corres- infracciones administrativas prescriben en el rre de instalaciones, intervención de medios ponda y se aprecia una identidad de sujeto, plazo de cinco años y las sanciones en los materiales y qualsevulla otra que considere de hechos y de cimientos con el procedi- plazos establecidos por la legislación tributa- sanitariamente justificadas. La duración de miento sancionador que se tramita en el ria. El plazo de la caducidad es de seis meses estas medidas será la fijada en cada caso, sin Ayuntamiento, éste último será inmediata- desde el inicio del procedimiento administra- perjuicio de las prorrogas sucesivas acorda- mente suspendido hasta que haya un pronun- tivo sancionador salvo entre la notificación das por resoluciones motivadas, sin que ciamiento definitivo de la jurisdicción penal. de la propuesta de resolución y ésta, en la exceda de lo que exija la situación de riesgo No obstante, se podrán mantener las medidas que puede transcurrir un año. inminente y extraordinario que las justificó. cautelares adoptadas y se podrán adoptar 2. En materia de establecimientos de 2. De acuerdo con la Ley estatal 14/1986, nuevas, si eso fuera necesario, comunicando pública concurrencia y de acuerdo con aque- de 25 de abril, general de sanidad, el Ayunta- tanto las unas como las otras a la autoridad llo que establece el artículo 33 de la Ley miento podrá adoptar la clausura o cierre de judicial que instruya el procedimiento penal. 10/1990, las infracciones leves prescriben a los establecimientos, instalaciones o servicios c) También se suspenderá la tramitación los seis meses de haber-se cometido, las gra- que no dispongan de las previas autorizacio- del procedimiento sancionador si se tiene ves al cabo de un año y las muy graves al nes o registros sanitarios preceptivos, o la noticia de la existencia de un procedimiento cabo de dos años, eso sin perjuicio que pue- suspensión de su funcionamiento hasta que penal donde se aprecie identidad de sujeto, dan ser de aplicación los plazos de prescrip- se rectifiquen los defectos o se cumplan los de hechos y de cimientos, previa la compro- ción más largos que, por aplicación del artí- requisitos exigidos por motivos de sanidad, bación de esta existencia. culo 132.1 de la Ley de Régimen Jurídico de higiene o seguridad. d) En caso de que se dicte una resolución las Administraciones Públicas y del Procedi- 3. De acuerdo con la Ley 1/1990, de 8 de judicial firme que aprecie la existencia de ment Administratiu Comú, prevé el artículo enero, de disciplina de mercado y defensa de delito o falta, siempre que haya identidad de 115 del Ordenanza Municipal de Actividades los consumidores y usuarios, el Ayuntamien- sujeto, de hechos y de cimientos, el instruc- y de Intervención Integral de la Administra- to tiene que adoptar, en el procedimiento tor propondrá y el Alcalde resolverá el sobre- ción Ambiental. administrativo iniciado, el cierre de las insta- seimiento del expediente sancionador. 3. En el resto de casos, la prescripción y la laciones o los establecimientos que no cuen- e) En cualquier caso, los hechos declara- caducidad se revolvió por lo que dispone la ten con las autorizaciones o los registros pre- dos probados por una resolución judicial legislación sancionadora general. ceptivos, o la suspensión de su funciona- firme vinculan a los órganos municipales res- CAPÍTULO 3 miento hasta que se rectifiquen los defectos o pecto de los procedimientos sancionadores se cumplan los requisitos exigidos. También que tramiten. OTRAS MEDIDAS DE DISCIPLINA se puede suspender la venta cuando se dé en f) Cuando en una infracción se aprecie su ejercicio las mismas irregularidades. identidad de sujeto, de hechos y de cimien- Artículo 66 Artículo 68 tos, ya haya estado objeto de sanción admi- Clausura y medidas provisionales nistrativa firme, el instructor propondrá y el Medidas de policía administrativa de1. En los casos de falta de licencia munici- Alcalde resolverá el sobreseimiento del expe- prohibición y suspensión de espectáculos ypal con el fin de poder ejercer la actividad, o diente sancionador tramitado por el Ayunta- cierre de establecimientos de concurrenciael incumplimiento de las condiciones de la miento. públicalicencia o de cualquier otro requisito norma- g) Si en cualquier momento de la tramita- tivo necesario con el fin de poder poner en 1. Sin perjuicio de lo que dispone el artí- ción del expediente se tiene noticia que se marcha o mantener en funcionamiento la culo 67, de acuerdo con Ley 10/1990, de 15 está tramitando otro expediente sancionador actividad de que se trate, el Alcalde dictará de junio, sobre policía del espectáculo, las administrativo por infracciones en las cuales resolución de clausura de la actividad la cual actividades recreativas y los establecimientos se aprecia identidad de sujeto, de hechos y se llevará a cabo y se mantendrá hasta que públicos, el Alcalde tiene que prohibir o sus- de cimientos, el instructor propondrá al los interesados no hayan legalizado la situa- pender los espectáculos en los siguientes Alcalde la adopción de las actuaciones que ción, si eso es posible. Esta medida específica casos: correspondan para los supuestos de conflic- se puede acordar conjuntamente o no en la a) Si se infringen las normas con respecto tos de competencias. resolución sancionadora y no tendrá carácter a los locales. h) Cuando la tramitación del procedimien- sancionador ya que es la consecuencia nece- b) Si no se dispone de autorización. to se paralice como consecuencia del exa- saria del restablecimiento de la prohibición c) Si el espectáculo, al apartarse de las men de los hechos por el órgano judicial o legal de ejercer actividades sin título habili- características que determinaron la califica- para otra Administración pública, quede tam- tando idóneo o sin sujetarse a los requisitos ción, es perjudicial a la juventud o la infan- bién suspendes el plazo de caducidad del determinados para la Ley. cia. propio expediente sancionador. 2. También se podrán adoptar medidas d) Si se infringen las normas reguladoras i) También el órgano competente podrá provisionales para garantizar la eficacia de la de los espectáculos con uso de animales aplazar la resolución del procedimiento si resolución final que pueda recaer. autorizados. resulta acreditada la tramitación de un proce- 3. Estas medidas se acordarán de acuerdo e) Si se prevén o se pueden prever que se dimiento por los mismos hechos delante de con lo que establece la Ordenanza de Activi- producirán alteraciones del orden público, los órganos comunitarios europeos. La sus- dades y de Intervención Integral de la Admi- con peligro para las personas y los bienes. pensión se levantará cuando aquéllos hayan nistración Ambiental. f) Si no se cumplen las condiciones sanita- dictado resolución firme. rias y de higiene necesarias. j) Si los órganos comunitarios hubieran Artículo 67 2. Sin perjuicio del que dispone el artículo impuesto una sanción, hará falta que el órga- Medidas de policía administrativa de 67, de acuerdo con Ley 10/1990, de 15 de no competente para resolver la tenga en protección de la salud pública y de la junio, sobre policía del espectáculo, las acti- cuenta a efectos de graduar la que, en su defensa de los consumidores y usuarios vidades recreativas y los establecimientos caso, se tenga que imponer, pudiendo com- 1. De acuerdo con la Ley estatal 14/1986, públicos, el Alcalde tiene que proceder al pensarla, sin perjuicio declarar la comisión de 25 de abril, general de sanidad, en el caso cierre de los locales y de los establecimientos de la infracción. de riesgo inminente y extraordinario para la públicos si no disponen de licencia o se pro- Artículo 65 salud, el Ayuntamiento tiene que adoptar las ducen las circunstancias a) y de) del apartado medidas preventivas pertinentes, tales como primero de este artículo.Prescripción de infracciones y sanciones incautación o inmovilización de productos, Artículo 69 1. En materia de defensa del mercado y Núm. 8, Annex II / Pàg. 46 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA 9 / 1 / 2004 Administració Local Órdenes de ejecución de conservación de o penal. Hasta que no se apruebe la normativa terrenos, construcciones e instalaciones Artículo 72 reguladora del curso de cuidador o cuidado- Cuando el incumplimiento de las condi- ra de animales, será suficiente haber supera-Multas coercitivas ciones de mantenimiento de los animales do los cursos que se especifiquen mediante domésticos afecte a las condiciones objetivas 1. Para la ejecución forzosa de las resolu- Decret d’Alcaldia o de la Comisión de de habitabilidad de las viviendas, el Ayunta- ciones en materia de control integral de la Gobierno. miento podrá dictar órdenes de ejecución al administración ambiental relativas a la clau- DISPOSICIÓN DEROGATORIA propietario o a la administración para conser- sura y las medidas provisionales de suspen- var las condiciones objetivas de habitabilidad sión de las actividades sin licencia munici- A partir del momento de la entrada en de las viviendas, de acuerdo con lo que dis- pal, incumpliendo las condiciones de la vigor de la presente Ordenanza de animales pone la legislación urbanística. licencia o cualquier otro requisito normativo quedan derogadas las siguientes Ordenanzas: necesario con el fin de poder poner en mar- - Título VII (Tenencia de animales) del Artículo 70 cha o mantener en funcionamiento la activi- Ordenanza general del medio ambiente Comiso de los animales dad, el Ayuntamiento puede imponer multas urbano de Barcelona de 26 de noviembre de 1. Los agentes de la autoridad pueden coercitivas con la cuantía máxima de 601 1999. decomisar inmediatamente los animales EUR y con un máximo de tres consecutivos. - Ordenanza sobre la venta de animales de cuando haya indicios racionales de infrac- 2. Para la ejecución forzosa de las resolu- 26 de abril de 2002. ción de lo que dispone esta Ordenanza y ciones en materia de disciplina del mercado - Se suprime el punto “Pequeños animales hasta que perduren las circunstancias que lo y defensa de los consumidores y usuarios, el domésticos y/o pájaros: ver Animales domés- han determinado. Ayuntamiento puede imponer multas coerci- ticos” del apartado 3 del anexo III.3 de la 2. Una vez finalizada el comiso, el animal tivas con la cuantía máxima de 601 EUR y Ordenanza de actividades y de intervención podrá ser devuelto al propietario o ser ocurri- las puede reiterar por los periodos de tiempo integral de la administración ambiental de do propiedad de la Administración, la cual lo que sean suficientes para cumplir la resolu- Barcelona. puede ceder a instituciones zoológicas o de ción, sin que los plazos puedan ser inferiores DISPOSICIONES FINALES carácter científico, serlo devuelto en el país a los señalados en el primer requerimiento. de origen, serlo depositado en centros de 3. Para la ejecución forzosa de las órdenes Primera recuperación o serlo liberado en el medio de ejecución, el Ayuntamiento puede impo- Modificación de los Anexos natural, si se trata de una especia autóctona. ner multas coercitivas con la cuantía de 300 a 3.000 EUR y las puede reiterar una vez 1. Los Anexos de esta Ordenanza pueden3. El incumplimiento de las normativas reguladoras de la tenencia de la fauna autóc- incompletos los plazos otorgados para cum- ser modificados por Decreto de Alcaldía o de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento. tona o de las condiciones de su autorización plir la resolución. 2. El procedimiento de modificación de excepcional, puede comportar la retirada DISPOSICIÓN ADICIONAL los Anexos tiene que ser objeto de aproba- cautelar in situ e inmediata de esta autoriza- ción para agentes de la autoridad. Los establecimientos de cría y manteni- ción inicial, de información pública por un periodo mínimo de treinta días, de aproba- 4. Si el depósito prolongado de los anima- miento de animales tendrán que cumplir las les decomisados puede ser peligroso para su mismas condiciones de los establecimientos ción definitiva y publicación en el BOLETÍN de venta de animales. OFICIAL DE LA PROVINCIA, en la condición en lasupervivencia o les puede comportar padeci- cual, si durante el periodo de información al mientos innecesarios, o en el caso de anima- DISPOSICIONES TRANSITORIAS público, no se formulan alegaciones ni suge- les salvajes, hiciera peligrar la readaptación a Primera rencias, el acuerdo de aprobación inicial se la vida salvaje, la Administración tendrá que convertirá automáticamente definitivo. decidir su destinación. Establecimientos de venta de animales Segunda 5. Para garantizar la efectividad de las Las personas propietarias o poseedoras de medidas de policía administrativa de prohibi- animales salvajes en cautividad antes de la Entrada en vigor ción y suspensión de espectáculos y cierre de entrada en vigor de esta Ordenanza, tienen Esta Ordenanza entrará en vigor al día establecimiento de concurrencia pública, el que presentar la certificación y comunica- siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFI- Alcalde puede decomisar por el tiempo que ción previa, en el plazo de 3 meses desde la CIAL DE LA PROVINCIA de Barcelona. hagan falta los bienes relacionados con la entrada en vigor de esta Ordenanza. actividad objeto de prohibición o de suspen- ANEXOSegunda sión. Animales salvajes en cautividad 1. SECCIÓN DE PESCADOS DE ACUARIO6. Los gastos ocasionados por el comiso, las actuaciones relacionadas con éste y, en el potencialmente peligrosos 1. Estas tiendas tienen que tener en un caso de animales salvajes, la rehabilitación La tenencia existente de animales salvajes lugar destacado un acuario que sirva de del animal para liberarlo serán a cargo del en cautividad potencialmente peligrosos que modelo de instalación correcta en función causante de las circunstancias que lo han resulta prohibida para esta Ordenanza se del biotopo de los pescados que alberga. Los determinado. podrá mantener si se dispone de las autoriza- acuarios en venta podrán estar provistos de Artículo 71 ciones y de la inscripción al Registro de arena, plantas y rocas. Asimismo podrán núcleos zoológicos que sean preceptivas. En estar desprovistos de estos materiales y tener Reparación de daños a los animales estos casos, les será de aplicación el régimen el fondo opaco siempre que mantengan los 1. El Ayuntamiento podrá ordenar la repa- de certificación y comunicación previa de la parámetros fisicoquímicos que necesite cada ración de los daños causados a los animales tenencia de animales salvajes en cautividad especie. como medio de restitución de la situación y, en el plazo de 3 meses desde la entrada en 2. El cambio del agua del acuario tiene alterada a su estado originario y, en caso de vigor de esta Ordenanza, se tendrá que pre- que estar en función de la necesidad de man- muerto de los animales, se tendrá que proce- sentar la certificación y comunicación previa. tenimiento de los parámetros fisicoquímicos der a la restitución por equivalente. En particular, esta tenencia tendrá que cum- que necesite cada especie. 2. El Ayuntamiento no podrá iniciar o plir las condiciones establecidas en el anexo 3. Los pescados tienen que ser alimenta- tendrá que suspender el procedimiento admi- de esta ordenanza. dos con la periodicidad que requiera cada nistrativo de restitución cuando se aprecie Tercera especie y de la forma más variada posible. una identidad de sujetos, de hechos y de 4. Se establecen las siguientes prohibicio- cimientos con un proceso jurisdiccional civil Curso de cuidador o cuidadora de animales nes: a) No se pueden ofrecer pescados inyec- tados artificialmente ni mutilados con finali- 9 / 1 / 2004 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA Núm. 8, Annex II / Pàg. 47 Administració Local dades comerciales; b) No está permitida la correspondientes conocimientos sobre la 2. SECCIÓN DE ANFIBIOS venta de pescados de acuario que hayan sido aclimatación de las especias singulares. 1. Los receptáculos tendrán que cumplir capturados con veneno o material explosivo. 14. Las densidades que se especifican no los siguientes requisitos generales: 5. Sólo se pueden juntar diferentes espe- tienen que ser rebasadas en las instalaciones a) Tienen que estar asegurados para que cias con otros de similares exigencias con de venta: a) Pescados pequeños hasta una ninguno animal pueda tumbarlos. respecto a la composición del agua, medidas longitud total de 3 cm: máximo 5 cm pasta b) Únicamente será transparente la parte y comportamiento. por litro de agua; b) Pescados medios hasta frontal, el resto de lados y el techo tienen que 6. Se tiene que colocar en un lugar bien una longitud de 10 cm: máximo 2 cm pasta ser opacos. visible y en caracteres fácilmente legibles, un por litro de agua; y c) Pescados grandes de c) Se efectuará una limpieza general siem- mostrador con la lista de los parámetros más una longitud superior a los 10 cm: máximo 1 pre que se quiera cambiar la especie alojada, importantes del agua. (Valores básicos de cm alimenta por litro de agua. y una limpieza y desinfección integrales cada agua dulce y agua salada). 15. Particularmente, en el caso de los pes- tres meses. 7. Se tiene que vigilar constantemente el cados grandes, hace falta que el acuario sea d) Tienen que tener refugios para que los estado de salud de los pescados. Se tiene que como mínimo el doble de ancho y haga de animales alojados puedan esconderse. Con- conocer las principales enfermedades de los largo 5 veces la longitud total del pescado tendrán animales de la misma especie o de pescados, así como los síntomas visibles de mayor que haya a dentro (longitud total especias compatibles, de medidas similares éstas. El pescados muertos se tienen que desde la boca hasta el final de las aletas cau- (30% máximo de diferencia) y no agresivos separar de las instalaciones de venta. Los dales). En el caso de pescados de espalda entre ellos. pescados enfermos se tienen que excluir de elevada, como los escalares y los discos, e) Tendrán que estar provistos de valla de la venta y se los tiene que buscar otro empla- hace falta que la pecera tenga una altura seguridad para impedir cualquier manipula- zamiento. Los pescados que queden en el suplementaria de como mínimo tres veces la ción. acuario de venta tienen que tener señalizadas altura corporal (desde el final de las aletas f) La iluminación se tiene que efectuar con sus cuencas respectivas. dorsales al final de las aletas abdominales). sistemas de amplio espectro, y baños d’UVA 8. En cada acuario se tiene que instalar un 16. Como máximo se pueden mantener para los animales que lo requieran. sistema seguro de tapa con la finalidad de tres especias de pescados por acuario, si se 2. Los receptáculos tendrán que cumplir evitar que ningún pescado pueda saltar fuera que pueden utilizar diferentes espacios para los siguientes requisitos de agua, aire y cale- del recipiente. nadar (superficial, central, prefondo, fondo). facción. 9. Cada acuario tiene que estar conectado En cada uno de las zonas de permanencia a) Acuarios: Se tiene que cambiar, como con un filtro que facilite los valores del agua mencionadas pueden ser presentadas como mínimo, 1/2 volumen de agua semanalmen- convenientemente para cada especie. Se máximo dos especias. te; para la ventilación tendrán una rejilla en recomienda los filtros individuales a los de 17. Los pescados sólo tienen que ser entre- la tapa y difusor de aire y, como calefacción, blocs. Los filtros centrales sólo son acepta- gados en un número que corresponda a su dispondrán de un calentador interno aislado bles bajo la condición que sean ofrecidos naturaleza social, o sea que, ya del asesora- de cualquier contacto con los animales. pescados con las mismas necesidades excep- miento, se tiene que deducir que hay que b) Aquàterrariums: Se tiene que cambiar, cionales de parámetros del agua, como sólo facilitar un acompañamiento adecuado a la como mínimo, 1/2 volumen de agua sema- lago de Tanganika o sólo lago Malaui. especie, por eso, habrá que hacer una com- nalmente; para la ventilación dispondrán de 10. Todos los acuarios tienen que reprodu- pra adicional. rejilla en la tapa y/o en el lateral y un difusor cir las temperaturas de acuerdo con las nece- 18. Los pescados sólo pueden ser despa- de aire en la parte acuática. Como calefac- sidades de cada especie en su hábitat natural, chados en bolsas de plástico oscurecidas, ais- ción dispondrán de un calentador de agua y regularmente entre 24°C y 26°C. Se tienen ladas térmicamente, bien oxigenadas y con de una estera térmica para la parte terrestre, que ajustar las temperaturas de manera que informaciones del trasvase detalladas y escri- según la medida del recipiente. diverjan de éstas, como > 25°C para los Dis- tas en el paquete. En el caso de los pescados c) Terràriums: Dispondrán de uno o dos kus, escalares y Betta ssp; y <25°C en el caso laberinto (anabantoidei) hace falta tener en cubos de material no plástico para el agua; de Badis estés abierto y de diferentes tipos de cuenta que tengan suficientes reservas de aire dos rejillas situadas de forma opuesta en las Corydoras, entre de otros. Si la temperatura atmosférico. partes delantera y detrás; y estera térmica de la sala es superior a los 25°C se tiene que 19. Hay que considerar las peculiaridades situada fuera del terràrium o cable calentador poder bajar la temperatura del agua, en espe- específicas de la especie que exijan una del suelo situado bajo el sustrato, o cualquier cial la de los pescados de agua fría y/o de empaquetadura individual, como la incomu- otro sistema de calefacción de probada efica- proveerlos de oxígeno. La temperatura del nicación de los silurs acorazados, o la agresi- cia. agua se tiene que poder leer constantemente vidad de algunos pescados de lucha. 3. La alimentación tiene que ser variada. en todos los recipientes. 20. Algunas formas de pescados encarna- Las proteínas, vitaminas, glúcidos y los com- 11. Todos los acuarios tienen que estar ilu- dos (Carassius auratus) criadas en cautividad plementos de vitaminas, oligoelementos, minados como mínimo 10 horas, tanto los no son apropiadas para el mantenimiento en minerales y calcio tienen que estar de acuer- días laborables como los festivos. La ilumina- acuarios de agua caliente. Sólo se socializan do con las necesidades de cada especie. La ción no tiene que deslumbrar. En el caso que entre ellas. introducción del alimento en el receptáculo haya varías especias, la luz tiene que ser 21. En la compra de pescados de alberca, se tiene que hacer por la mañana para las suave mediante medidas adecuadas como el especialmente cuando se puedan prever fuer- especias diurnas y a la noche para las noctur- filtro de turba o plantas acuáticas. tes cambios de temperatura entre las instala- nas y crepusculares. No se alimentarán los 12. Se tiene que cambiar el agua de cada ciones del establecimiento de venta y la animales con presa viva en presencia de acuario con la frecuencia necesaria a fin de alberca del comprador, el comprador tendrá público. que los parámetros sean los adecuados a los que ser advertido de la necesidad de llevar a 4. Agua: biotopos de origen de las especias que con- cabo un progresivo ajuste de temperatura. a) Todos los terrarios dispondrán de una tengan. También se tiene que disponer de Esta advertencia se puede facilitar a través de cubeta en agua limpia (preferiblemente dos y instalaciones, medios y conocimientos que un folleto que será entregado a cada compra- a ser posible no serán de plástico). El reci- posibiliten la preparación del agua y el ajuste dor. piente tiene que permitir que el animal de los parámetros indicados. 22. Sólo esta permitida la importación de mayor pueda introducirse completamente en 13. Sólo es permitida la importación direc- pescados globos (familia Tetraodontidae) y el agua y no por eso dificultar su salida. ta de pescados cuando se pueda exhibir a la de pescados erizos de una longitud corporal b) La cubeta se tiene que limpiar diaria- clientela el comprobante de tener unas insta- máxima de 15 cm (de especias de agua dulce mente y el agua de su interior no tendrá cloro laciones de cuadragésima aisladas y los y de agua marina). Núm. 8, Annex II / Pàg. 48 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA 9 / 1 / 2004 Administració Local y tendrá que estar llena todo el día. 8. Iluminación: seguridad, tienen que ser independientes. c) En los acuarios y aquaterraris se tiene a) La iluminación no es tanto importante 14. Transporte postventa: que cambiar 1/2 volumen de agua semanal- en los anfibios como en los reptiles, aunque a) Los transporte siempre dependerá del mente. puede estar indicada una iluminación pro- tipo de animal y de la cantidad. 5. Aireación: porcionada por los tubos fluorescentes, ade- b) Los anfibios no acuáticos se transpor- a) Todos los receptáculos tendrán una cuados a sus necesidades. tarán en cajas o recipientes destinados a tal buena ventilación, y se evitarán corrientes de b) Los receptáculos que alojen ejemplares efecto y que dispongan de suficientes orifi- aire. albinos o con falta de pigmentación, no serán cios de aireación (si los orificios se hacen b) Los terrarios dispondrán de dos rejillas iluminados de manera directa. manualmente, siempre se serán hechos desde colocadas de manera opuesta, que pueden 9. Refugios: la parte interior del recipiente hacia fuera, estar situadas en la parte inferior delantera y Se aconseja la utilización de corcho natu- evitando en cuanto los rebordes puedan herir a la parte superior posterior; nunca en los ral, ya que debido a su peso ligero, en caso a los animales). laterales. de caída es más improbable que se chafe c) Se asegurará un grado de humedad sufi- c) Los aquaterraris dispondrán de una reji- algún animal. ciente (un método eficaz puede ser agregar lla en uno lateral y/o a la tapa y de un difusor 10. Sustrato: un trozo de esponja mojada, aunque otros de aire en la parte acuática. a) Se recomienda el uso de sustratos de métodos serán válidos siempre que sean de 6. Calefacción: arcilla o de turba y, sobre esta base, una capa eficacia probada). a) Los acuarios que requieran calefacción, de musgo y/o hojarasca pequeño medida. d) Los anfibios únicamente acuáticos se dispondrán de un calentador interno, aislán- También se pueden introducir plantas vivas tienen que transportar siempre dentro del dolo de manera que ninguno animal lo con test. agua, preferentemente en una bolsa de plásti- pueda tocar. b) El uso de grava no es apropiado, así co grueso, de tamaño suficiente, con 1/3 b) Los aquaterraris que requieran calefac- como el césped artificial y otros plásticos o parte de agua y 2/3 partos de aire, y encierro ción, pueden calentarse mediante un calenta- materiales abrasivos son totalmente desacon- convenientemente para que no disminuya la dor de agua. Si, por las medidas del receptá- sejados por los anfibios. cámara de aire, pero en caso de necesidad, culo o por otras condiciones que así lo 11. Higiene: el cliente la puede abrir y volver a cerrar para requieran, la parte terrestre también necesita a) Es muy importante el control periódico renovar el aire. El comerciante cerrará la una esterilla térmica, ésta se situará fuera del del aspecto externo del animal para detectar bolsa a cierta presión para que ésta tenga aquaterrari. prematuramente posibles enfermedades, consistencia, pero sin ser excesiva, pues c) Los terrarios que requieran calefacción, sobre todo epidémicas, como abscesos, podría perjudicar el animal. Esta bolsa se pueden utilizar una esterilla térmica o un malas mudas, etc. en este caso se tiene que puede introducir en el interior de un reci- cable calentador del suelo. Estos sistemas separar el animal afectado del grupo y tratar- piente de plástico impermeable de una medi- provocan la pérdida de humedad en el sus- lo convenientemente, asesorados por un da parecida a la bolsa. En el caso de no trato, por cosa que, los terrarios en calefac- especialista. incluir recipiente de plástico, se introducirá ción se han de humidificar de una manera b) La alta temperatura y la humedad, pue- en una segunda bolsa de plástico, siente váli- más continuada. den favorecer la aparición de mohos u otros das las típicas de asas. d) Si se utiliza esterilla, ésta se situará hongos, origen de numerosas enfermedades, e) Para anfibios acuáticos con respiración fuera del terrario. por lo cual la higiene tiene que ser óptima. branquial, puede ser válida la introducción e) Si se utilizan cables, éstos se tendrán c) Los receptáculos tienen que ser revisa- de pastillas de oxígeno. que situar a bajo el sustrato, situando una dos diariamente y tienen que retirarse los f) No se aconsejable introducir animales tela aislante o un material similar, entre el posibles restos de comer, plantas muertas, de diferentes especias en un mismo recipien- cable y el sustrato, de manera que si el ani- etc. te, ni tampoco los que tengan una diferencia mal se entierra, no tenga contacto directo d) Se llevará a cabo una limpieza general de tamaño superior al 30% o que sean agre- con el cable. del receptáculo cada vez que se introduzca sivos. f) Todos los sistemas de calefacción se una especie diferente a la que había anterior- g) Desprendido de una compra, el comer- pueden combinar con islas de luz cálidas mente. No pasarán más de tres meses entre ciante tiene que avisar a los clientes de la que se tienen que situar bien protegidas de cada uno de las limpiezas integrales y desin- limitación que hay en el tiempo de transpor- los animales (como protección se puede utili- fecciones del receptáculo. te, que no puede sobrepasar las 3 horas para zar mosquitero metálico) de manera que e) Los animales tienen que estar en un que los animales no sufran ningún contra- éstos no puedan tocarlas directamente. buen estado de nutrición y libres de síntomas tiempo (calor o frío excesivo, falta de oxíge- g) La calefacción se controlará mediante indicadores de enfermedades. no, lesiones, fugas, etc.) recordando que termostatos. 12. Cuadragésima: nunca se los puede dejar expuesto al sol. 7. Humedad: a) Los animales supuestamente enfermos, Durante el verano, el calor puede acabar con a) El grado de humedad siempre estará en se separarán y se mantendrán en cuadragési- la vida de los anfibios en mucho pocos minu- concordancia con los diferentes tipos de ma, y los receptáculos donde eran alojados, tos. terrarios. serán limpiados y serán desinfectados. 15. Acuario templado: b) En los aquaterraris, la utilización de un b) Tiene que haber receptáculos destina- a) Para anfibios no tropicales y totalmente difusor en la parte acuática mantendrá unos dos a la cuadragésima, situados fuera de las acuáticos y algunos urodelos como Ambysto- niveles adecuados de humedad. instalaciones destinadas en venta, para poder ma mexicanum, Siren sp., Amphiuma sp., c) Los terrarios, en más de disponer de una aislar a los animales enfermos y observar los Necturus sp., etc. cubeta de agua, se tienen que pulverizar dia- recientemente llegados. b) Dispondrán de: riamente tantas veces como sea necesario c) Se tienen que instalar de manera que la - Filtro adecuado en función de los litros para mantener el grado de humedad adecua- suya limpia y desinfección pueda realizarse contenidos. do a cada tipo de terrario, evitando la forma- con facilidad y efectividad. - Difusor de aire. ción de charcos. 13. Receptáculo: - Termómetro fijo que no sea de mercurio d) El uso de los típicos higrómetros puede a) Son apropiados como material de cons- (temperatura ideal 18/20°C). llevar a errores; sólo los digitales sueño sufi- trucción de un receptáculo para anfibios: - Rejilla de aireación. cientemente precisos. Se tiene que disponer cristal, materias sintéticas y materiales recu- c) Medidas mínimas para un acuario tem- de uno de estos higrómetros digitales para biertos de plástico, que tienen que poder ser plado de urodelos: 50 cm. de largo, 30 cm. poder verificar periódicamente la humedad limpiados y ser desinfectados fácilmente. de ancho, 30 cm. de altura y 20 cm. de altu- de los terrarios. b) Todos los receptáculos, por razones de ra a nivel del agua. Independientemente del 9 / 1 / 2004 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA Núm. 8, Annex II / Pàg. 49 Administració Local número o tamaño de los animales, el acuario Urodelos de hasta 12 cm. el mayor, o 6 Uro- especias de Cecilies (Gymnophionas) de no será inferior a estas medidas, alojando un delos de hasta 15 cm. el mayor. hábitos subterráneos como Dermophis sp., máximo de 6 ejemplares de hasta 14 cm. el 18. Aquaterrari tropical: etc. mayor; o un máximo de 3 ejemplares de a) Para especias de anfibios tropicales, b) Dispondrán de: hasta 28 cm. el mayor. Para 6 ejemplares de cuya vida transcurre entre los medios acuáti- - Termómetro fijo que no sea de mercurio 28 cm. el mayor, las medidas de las superfi- co y terrestre. Algunos Anuros como: Pseudis (temperatura regulada día y noche entre 23 y cie, serán el doble de las expuestas anterior- paradoja, Pyxicephalus sp., etc. También 26°C). mente. algunas Cecilies (Gymnophiones) de hábitos - Suficientes elementos de refugio. 16. Acuario tropical: anfibios como: Ichthyophis sp., etc. - Rejilla de aireación. a) Para anfibios totalmente acuáticos y b) Dispondrán en la parte acuática de: - Alto grado de humedad. algunos anuros (pípids) como: Pipa sp., - Un espacio entre el 50 y el 75% del total - Cubeta de agua. Xenopus sp., Hymenochirus sp., Pseudhyme- de la superficie del aquaterrari. - Tierra blanda /hojarasca. nochirus sp., y también algunas especias de - Filtro adecuado en función de los litros c) Medidas mínimas: 50 cm. de largo, 30 Cecilies (Gymnophiones) de hábitos acuáti- contenidos. cm. de ancho, 30 cm. de altura. Indepen- cos como Typhlonectes sp. - Difusor de aire. dientemente del número o tamaño de los ani- b) Dispondrán de: - Termómetro fijo que no sea de mercurio males, el terrario no será inferior a estas - Filtro adecuado en función de los litros (temperatura regulada día y noche entre 24 y medidas, alojando un máximo de 14 anuros contenidos. 27°C). de hasta 2,5 cm. el mayor, o 2 anuros de - Termómetro fijo que no sea de mercurio. - Elementos que permitan el acceso fácil a hasta 12 cm. el mayor. - Temperatura regulada entre 23 y 27°C, tierra (piedras, calambre, etc.). 21. Terrario húmedo tropical vertical sin variaciones diurnas/nocturnas. c) Dispondrán en la parte terrestre de: a) Para especias de anfibios tropicales - Rejilla de aireación. - Un espacio entre el 25 y el 50% del total cuya vida adulta transcurre en el medio arbó- c) Medidas mínimas para un Acuario tropi- de la superficie del aquaterrari. reo. Algunos anuros como Phyllomedusa sp., cal de anuros: 50 cm. de largo, 30 cm. de - Termómetro fijo que no sea de mercurio Litoria sp., Agalychnys sp., Hyla sp. (especias ancho, 30 cm. de altura del acuario y 20 cm. (temperatura recomendada 23/26°C). exóticas), Rhacophorus sp., Centrolenella sp., de altura del nivel del agua (independiente- - Suficientes elementos de refugio. etc. mente del tamaño o el número de animales, - Rejilla de aireación. b) Dispondrán de: el acuario no será inferior a estas medidas), - Alto grado de humedad. - Termómetro fijo que no sea de mercurio alojando un máximo de 4 ejemplares de d) Medidas mínimas de la parte acuática: (temperatura regulada día y noche entre 22 y hasta 8 cm. el mayor, o 8 ejemplares de 30 cm. de largo, 30 cm. de ancho, 30 cm. de 27°C). hasta 4 cm. el mayor o 2 ejemplares de hasta altura del aquaterrari y 12 cm. de altura del - Suficientes elementos para subirse (plan- 16 cm. el mayor. Para alojar 8 ejemplares de nivel del agua. Independientemente del tas tropicales con o sin test, ramas, etc.). hasta 8 cm. el mayor, las medidas de las número y tamaño de los animales, la parte - Rejilla de aireación. superficies serán el doble de las expuestas acuática del aquaterrari no será inferior a - Alto grado de humedad. anteriormente. estas medidas, alojando un máximo de 8 - Cubeta de agua. 17. Aquaterrari templado: anuros de hasta 6 cm. el mayor, o 4 anuros c) Medidas mínimas: 30 cm. de largo, 30 a) Para las especias de anfibios no tropica- de hasta 8 cm. el mayor o un máximo de 8 cm. de ancho y 50 cm. de altura. Indepen- les, cuya vida transcurre entre los medios urodelos de hasta 12 cm. el mayor, o 6 uro- dientemente del número o tamaño de los ani- acuáticos y terrestres y algunos anuros como: delos de hasta 15 cm. el mayor. males, el terrario no será inferior a estas Bombina sp., o algunas especias del género 19. Terrario húmedo templado: medidas, alojando un máximo de 18 ejem- Rana. Algunos urodelos como Cynops sp., a) Para especias de anfibios no tropicales, plares de anuros de hasta 4 cm. el mayor, o 9 Paramesotriton sp., Pachytriton sp., Taricha cuya vida transcurre en el medio terrestre. ejemplares de hasta 8 cm. el mayor. sp., Notophtalmus sp., etc. Algunos Urodelos como: Pseudotriton sp., 3. SECCIÓN DE REPTILS b) Dispondrán en la parte acuática de: Ambystoma sp. (fase adulta), Aneides sp., - Un espacio entre el 50 y el 75% del total Plethodon sp., Tylototriton sp., etc. También 1. Agua: de la superficie del aquaterrari. algunos Anuros como algunas especias Nor- a) Todos los terrarios dispondrán de una - Filtro adecuado en función de los litros damericanes del género Soplo. cubeta en agua limpia, el recipiente tiene contenidos. b) Dispondrán de: que permitir que el animal mayor pueda - Difusor de aire. - Termómetro fijo que no sea de mercurio introducirse completamente en el agua y no - Termómetro fijo que no sea de mercurio (temperatura recomendada de 15/18°C). por eso dificultar su salida. (temperatura recomendada de 17/19°C). - Suficientes elementos de refugio. b) La cubeta tiene que ser limpiada diaria- - Elementos que permitan el acceso fácil a - Rejilla de aireación. mente y el agua contenida en su interior no tierra (piedras, calambre, etc.). - Alto grado de humedad. tendrá cloro y tiene que estar llena todo el c) Dispondrán en la parte terrestre de: - Cubeta de agua. día. - Un espacio entre el 25 y el 50% del total c) Medidas mínimas: 50 cm. de largo, 30 c) En los terrarios con animales arbóreos de la superficie del aquaterrari. cm. de ancho, 30 cm. de altura. Indepen- se tiene que colocar en las zonas altas algún - Termómetro fijo que no sea de mercurio dientemente del número y tamaño de los ani- recipiente en agua por estos animales y un (temperatura recomendada de 17/19°C). males, el terrario no será inferior a estas dispositivo de goteo para camaleones y otros - Suficientes elementos de refugio. medidas, alojando un máximo de 8 urodelos animales que sólo beban así, pulverizando la - Rejilla de aireación. de hasta 12 cm. el mayor, o 6 urodelos de instalación diariamente. - Alto grado de humedad. hasta 15 cm. el mayor o un máximo de 8 d) Todos los recipientes estarán asegura- d) Medidas mínimas de la parte acuática: Anuros de hasta 6 cm. el mayor, o 4 anuros dos de manera que ninguno animal los 30 cm. de largo, 30 cm. de ancho, 30 cm. de de hasta 8 cm. el mayor. pueda tumbar. En los acuarios y aquaterraris, altura del aquaterrari y 12 cm. de altura del 20. Terrario húmedo tropical horizontal se tiene que cambiar 1/2 volumen de agua nivel del agua. Independientemente del a) Para especias de anfibios tropicales, cada 2 - 3 días. número o tamaño de los animales, la parte cuya vida adulta transcurre en el medio 2. Aireación: acuática del aquaterrari no será inferior a terrestre. Algunos Anuros como: Soplo sp. a) Todos los receptáculos tendrán una estas medidas, alojando un máximo de 8 (especias no protegidas), Dendrobates sp., buena ventilación pero siempre evitarán Anuros de hasta 6 cm. el mayor, o 4 Anuros Mantella sp., Ceratophys sp., Kaloula sp., corrientes de aire. de hasta 8 cm. el mayor o un máximo de 8 Megoprhys sp., etc. También para algunas b) Los terrarios dispondrán de dos rejillas Núm. 8, Annex II / Pàg. 50 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA 9 / 1 / 2004 Administració Local colocadas de manera opuesta. Pueden estar estos chorros, aunque todo tipo de foco de introducirá por la mañana, mientras que para situadas en la parte inferior delantera y en la luz tiene que estar fuera del alcance de los las especias nocturnas y crepusculares, la parte superior posterior. Nunca en los latera- animales y a una distancia prudencial. Si es comida se introducirá a la noche. les. necesario, se puede instalar un separador de e) El comerciante de animales tiene que c) Los aquaterraris dispondrán de una reji- reja metálica. tener disponibles todos los alimentos vivos lla en el lateral y/o a la tapa y de un difusor 6. Refugios: necesarios o tiene que indicar dónde se pue- de aire en la parte acuática. Todos los elementos de los refugios tienen den adquirir y saber asesorar a los clientes d) Los acuarios dispondrán de rejilla en la que estar fijados para evitar que puedan caer sobre la tenencia y conservación de la comi- tapa y de un difusor de aire. piedras u otros elementos y herir a los anima- da viva. 3. Calefacción: les. 10. Transporte postventa: a) Los aquaterraris que requieran calefac- 7. Sustrato: a) El transporte siempre dependerá del tipo ción, pueden calentarse mediante un calenta- Se tiene que evitar la grava en los acua- de animal y de la cantidad de animales. dor de agua. Si por la medida del receptáculo rios, ya que los animales tienen muchas posi- b) Los reptiles pequeños se transportarán u otras condiciones se requiriera una esterilla bilidades de ingerirlas en la comida, así preferiblemente en sacos, cajas o recipientes térmica a la parte terrestre, ésta se situará como arena del desierto o barros muy finos destinados a tal efecto y que dispongan de fuera del aquaterrari. en general, para terrarios de mucha humedad orificios de aireación suficientes (si los orifi- b) Los terrarios que requieran calefacción ya que se adhieren a las extremidades con cios se realizan manualmente, siempre se pueden utilizar esterilla térmica o cable mucha facilidad, creando una almohada serán hechos desde la parte interior del reci- calentador del suelo. Estos sistemas provocan entre las falanges de los dichos, que evita piente, hacia el exterior, evitando en cuanto pérdida de humedad del sustrato, por cosa que las uñas se erosionen, y de esta manera los rebordes puedan herir a los animales). que los terrarios en calefacción se habrán de pueden crecer desmesuradamente y ser peli- c) Para los reptiles que lo precisen, se les humidificar de una manera más continuada. grosas para los animales. asegurará un alto grado de humedad. c) Si se utiliza esterilla, ésta se situará fuera 8. Higiene: d) Los reptiles de tamaño medio y grande, del terrario. a) Es muy importante el control periódico así como las tortugas no acuáticas, tendrán d) Si se utilizan cables, éstos se tendrán del aspecto externo del animal para detectar que ser transportados en cajas de madera o que situar bajo el sustrato, colocando una prematuramente posibles enfermedades, plástico apropiadas. tela aislante o material similar, entre el cable sobre todo epidémicas, como abscesos, e) No se aconsejable introducir animales y el sustrato, de manera que si el animal se malas mudas, etc. En este caso se tiene que de diferentes especias en un mismo recipien- entierra, no tenga contacto directo con el separar el animal afectado del grupo y tratar- te, ni tampoco los que tengan una diferencia cable. lo convenientemente, asesorados por un de tamaño superior al 30% o que sean agre- e) Todos el sistemas de calefacción se pue- especialista. sivos. den combinar con islas de luz cálidas que se b) La alta temperatura y la humedad pue- f) Después de una compra, el comerciante tienen que situar bien protegidas de los ani- den favorecer la aparición de mohos y otros tendrá que advertir al cliente de la limitación males (como protección se puede utilizar hongos, orígenes de numerosas enfermeda- que hay en el tiempo del transporte, que no mosquitero metálico) de manera que éstos no des, por lo cual la higiene tiene que ser ópti- tiene que exceder las 3 horas para que los las puedan tocar directamente. ma. animales no sufran ningún contratiempo 4. Humedad: c) Los receptáculos tienen que ser revisa- (calor o frío excesivo, falta de oxígeno, lesio- a) El grado de humedad siempre estará en dos diariamente y tienen que retirarse los nes, fugas, etc.) recordando que no se los concordancia con los diferentes tipos de posibles restos de comer, plantas muertas, puede dejar expuesto al sol. terrarios. etc. g) En caso de que el animal sea muy ágil, b) En los aquaterraris, el uso de un difusor d) Se llevará a cabo una limpieza general se tiene que explicar al cliente cómo tiene en la parte acuática o de otro sistema que sea del receptáculo cada vez que se introduzca que actuar para evitar la huida del animal a tan efectivo, mantendrá unos niveles adecua- una especie diferente a la que había anterior- la hora de desembalar. dos de humedad. mente. h) Se tiene que desaconsejar la venta de c) Los terrarios, en más de disponer de una e) No pasarán más de 3 meses entre cada animales de difícil mantenimiento en cauti- cubeta de agua, se tienen que pulverizar dia- uno de las limpiezas integrales y desinfeccio- verio a la clientela no experimentada, ven- riamente tantas veces como sea necesario nes del receptáculo. diéndolos sólo a personas con experiencia en para mantener el grado de humedad adecua- f) Los animales tienen que estar en un el mantenimiento de estos animales. do a cada tipo de terrario. buen estado de nutrición y libres de síntomas i) Si los animales sueño vendidos en esta- d) La utilización de los típicos higrómetros indicadores de enfermedades. do juvenil, se recordará al comprador el puede llevar a errores; sólo los digitales 9. Alimentación: tamaño a que pueden llegar los adultos. sueño suficientemente precisos. Se tiene que a) Los ofidis que comparten terrario tienen 11. Acuarios para tortugas: disponer de uno de estos higrómetros digita- que ser separados a la hora de la comida, ya a) Para tortugas de hábitos totalmente les para poder verificar periódicamente la que corren el riesgo de que dos animales ata- acuáticos. Como: Chelus sp., Lissemys sp., humedad de los terrarios. quen la misma presa y acaben comiéndose Trionyx sp., Chelydra sp., Macroclemys sp., 5. Iluminación: entre sí. etc. a) La iluminación se tiene que proporcio- b) Se tienen que retirar las presas que no b) Dispondrán de: nar por tubos fluorescentes de amplio espec- hayan sido ingeridas, ya que el reptil puede - Filtro adecuado en función de los litros tro, aunque en el caso de los reptiles, se pue- ser atacado por la noche para la misma contenidos. den proporcionar suplementos de radiación presa, sobre todo en el caso de los ofidis, que - Termómetro fijo que no sea de mercurio ultravioleta según las necesidades de cada comen sobre todo micromamíferos. (protegido de los animales). especie. c) Se tiene que reponer el alimento vegetal - Temperatura regulada entre 25 y 28°C. b) Debido al continuo avance de los siste- diariamente y limpiar esmeradamente los Sin variaciones de temperatura diurnas y mas de iluminación por terrarios, es conve- receptáculos que contengan comer ya que nocturnas. niente ponerse al día de los nuevos sistemas los restos pueden producir una colonización - Alojando Lissemys o Trionyx, en el fondo que nos ofrece el mercado para mejorar la de hongos o bacterias y provocar infeccio- habrá arena fina de una capa suficiente para instalación. nes. permitir su derrumbe total. c) Es conveniente que entre la bombilla de d) El alimento se tiene que introducir en el - Nivel del agua adecuado a la medida de ultravioleta y los animales, no exista ningún receptáculo, según las preferencias del ani- las tortugas (que desde el fondo del acuario cristal ya que éste absorbe la mayoría de mal, es decir, para las especias diurnas, se les permitan, con el cuello estirado, llegar a 9 / 1 / 2004 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA Núm. 8, Annex II / Pàg. 51 Administració Local la superficie para respirar). a) Para especias de tortugas de hábitos o sistema de valla de seguridad. - Rejilla de aireación. preferentemente terrestres la vida adulta de f) Fluorescente de espectro amplio y bom- c) Dispondrán también de una piedra o de las cuales transcurre en el medio terrestre. billa d’UVA. un promontorio de fácil acceso que les per- Como: Terrapene sp., Gopherus sp., Testudo g) La distancia entre el nivel de tierra o mita salir del agua completamente. sp., Agryonemys sp., Pseudotestudo sp., superficie del sustrato y el techo del habitá- d) Medidas mínimas por un acuario de tor- Kinixys sp., Malacochersus sp., Asterochelys culo, será como mínimo dos veces la longi- tugas (o de la parte acuática de un aquaterra- sp., Geochelona sp., etc. tud total del animal mayor. ri, si se alojan, con las condiciones anterior- b) Dispondrán de: h) Medidas mínimas de la parte acuática: mente expuesto): 50 cm. de largo, 30 cm. de - Termómetro fijo que no sea de mercurio 75 cm. de largo, 40 cm. de ancho y 2/3 cm. ancho y 30 cm. de altura del acuario. Inde- (protegido de los animales). de altura. Cada animal dispondrá en la zona pendientemente del número o tamaño de los - Temperatura regulada entre 24 y 28°C terrestre (estando los animales en esta zona animales, el acuario no será inferior a estas durante el día, con una reducción entre 5 y sin superponerse) de una distancia mínima medidas. 8°C menos durante la noche. de su propia longitud (cabe y cuerpo, sin e) El número de ejemplares por acuario - Rejilla de aireación. cola), por la misma longitud. Es decir, un puede variar según su tamaño o la de los - Una cubeta de agua de fácil acceso y aquaterrari con la parte terrestre que mida 20 ejemplares que se alojen, en todo caso, el poca profundidad. El tamaño mínimo será x 40 cm. podrá alojado hasta dos animales número total de ejemplares no será nunca una vez y medio el tamaño de la tortuga de tamaño hasta 20 cm de longitud de la superior a lo que, con el acuario seco, pueda mayor. punta del morro hasta al principio de la cola. situar a todas las tortugas sin superponerse en c) Grado de humedad adecuado según las Independientemente del número o tamaño 1/5 parte de su fondo. especias contenidas. de los animales, la parte acuática del aquate- 12. Aquaterrari para tortugas: d) A una distancia mínima de 20 cm. y rrari no podrá ser inferior a estas medidas. a) Para especias de tortugas con hábitos donde nunca pueda llegar una tortuga, se 15. Terrario húmedo para saurios terres- ligados entre los medios acuático y terrestre. colocará una luz, calor y radiación UVA tres: Como: Pseudemys sp., Chrysemys sp., Tra- directa. a) Para saurios de hábitos terrestres, proce- chemys sp., Graptemys sp., Clemys sp., Mau- e) Medidas mínimas: 50 cm. de largo, 30 dentes de zonas con un alto grado de hume- remys sp., etc. cm. de ancho y 30 cm. de altura. Indepen- dad, como: Varanus niloticus, Tupinambis b) Dispondrán en la parte acuática de: dientemente del número o tamaño de los ani- tequixin y especias de los géneros Ctenosau- - Un espacio entre el 60 y el 80% del total males, el terrario no podrá ser inferior a estas ra, Cyctura, Phelsuma, Ameiva, etc. de la superficie del aquaterrari. medidas. b) Dispondrán de: - Filtro adecuado en función de los litros f) El número de ejemplares máximo en un - Termómetro fijo que no sea de mercurio contenidos. terrario para estos animales varía según el (temperatura regulada entre 25/30°C). - Termómetro fijo que no sea de mercurio tamaño de las instalaciones y de los ejempla- - Ramas, piedras y otros elementos perfec- (protegido de los animales). res, pero en todo caso, el número total de tamente desinfectados que puedan ofrecer - Temperatura regulada día y noche entre tortugas no será nunca superior a lo que refugio. 24 y 28°C. Si existiera variación de tempera- colocando en todos los ejemplares juntos, sin - Rejilla de aireación y grado de humedad tura entre día y noche, ésta no sería nunca superponerse, no ocuparan más de 1/6 parte elevado. inferior a 22°C. de la superficie. - Cubeta de agua. - Elementos que permitan el fácil acceso a 14. Aquaterrari para cocodrilos: - Fluorescente de espectro amplio y bom- tierra (piedras, calambres, etc.). a) Para especias de Cocodrilos, Caimanes billa d’UVA. c) El nivel del agua corresponderá aproxi- y Aligators como: Crocodylus novaeguine, C. c) Las medidas del terrario tienen que ser madamente al doble de la longitud del capa- johnstoni, C. cataphractus, C. porosus, C. como mínimo de 80 cm. de largo, 50 cm. de razón de la tortuga mayor. niloticus, Osteolaemus tetraspis, Paleosuchus ancho y 60 cm. de altura. Un terrario de d) Dispondrán en la parte terrestre de: palpebrosus, P. trigonatus, Caiman crocody- estas dimensiones podría alojar de 8 a 9 - Un espacio entre el 20 y el 40% del total lus y Alligator mississipiensis. ejemplares de hasta 15 cm. el mayor, o de 4 de la superficie del aquaterrari. b) Dispondrán en la parte acuática: a 5 ejemplares de hasta 22 cm. el mayor. - Termómetro fijo que no sea de mercurio. - La zona acuática, tendrá un espacio de Independientemente del tamaño o número - La temperatura ambiental del aquaterrari entre el 60 y el 80% del total de la superficie de animales, el terrario no será inferior a tiene que ser parecida a la del agua. del aquaterrari. estas medidas. - Rejillas de aireación. - Filtro adecuado en función de los litros d) Para un número mayor de animales, o e) Sobre la zona terrestre y a una distancia contenidos. ejemplares de tamaño mayor, las instalacio- de 20 cm. y donde no puedan llegar las tor- - Termómetro fijo que no sea de mercurio nes aumentarán proporcionalmente. tugas, se colocará una bombilla de 40 W. (protegido de los animales). 16. Terrario árido para saurios terrestres: Con portallànties antihumedad y UVA. - Temperatura regulada día y noche entre a) Para saurios con hábitos desérticos o f) En todos los casos, la distancia entre el 26 y 30°C. semidesérticos, y que requieran un alto grado nivel de la tierra y el techo del habitáculo, - Elementos que permitan el fácil acceso a de luminosidad y temperatura, aunque siempre superará al doble de longitud del tierra. muchas especias pueden permanecer escon- caparazón de la tortuga mayor. c) El nivel mínimo del agua será de 1/2 de didas bajo el sustrato durante las horas de g) Medidas mínimas de la parte acuática: la longitud del animal mayor. Dispondrá más insolación, como Amphibolurus (Pogo- 30 cm. de largo, 30 cm. de ancho y 30 cm. también de una zona de poca profundidad ma) vitticeps, Eublepharis macularius, Uro- de altura del aquaterrari. Independientemen- (piedra, calambre, etc.). mastyx acanthinurus, Phrynosoma solare, te del número o tamaño de los animales, la d) Dispondrá en la parte terrestre de: Cordylus giganteus, etc, así como la mayor parte acuática del aquaterrari no podrá ser - Un espacio entre el 20 y el 40% del total parte de las especias de escincs. inferior a estas medidas. de la superficie. b) Dispondrán de: h) El número máximo de ejemplares en - Termómetro fijo que no sea de mercurio - Termómetro fijo que no sea de mercurio esta instalación, no superará nunca el núme- (protegido de los animales). (temperatura regulada entre 28/32°C). ro de animales que ocuparían 2/3 partes de - Temperatura ambiente regulada entre 25 - Cubeta de agua. la zona terrestre si todos los animales estuvie- y 30°C. Si existe variación entre día y noche, - Rejilla de aireación. ran a la tierra simultáneamente y sin superpo- ésta no bajará más de 22°C. - Sustrato abundante y fino para permitir nerse. - Rejillas de aireación. que los animales se puedan enterrar. 13. Terrario para tortugas: e) El receptáculo dispondrá de un candado - Suficientes refugios para todos los anima- Núm. 8, Annex II / Pàg. 52 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA 9 / 1 / 2004 Administració Local les. 19. Terrario para reptiles de subsuelo: estas dimensiones puede alojar como máxi- c) Las medidas mínimas del terrario tienen a) Para animales que tienen tendencia a mo a 2 individuos. Para cada animal añadi- que ser 80 cm. de largo, 40 cm. de ancho y pasar gran parte de su vida enterrados, por- do, el volumen tiene que aumentar un 20%. 50 cm. de altura. Un terrario de estas dimen- que son especias cavadoras y con necesidad Independientemente del tamaño o número siones podría alojar de 8 a 11 animales de de una humedad alta del sustrato, como por de animales, el aquaterrari no será inferior a hasta 10 cm. el mayor o de 5 a 7 ejemplares ejemplo todos los anfisbenids. Los géneros estas medidas. de hasta 15 cm. el mayor. Independiente- Trogonophis. Especias como Trogonophis 21. Terrario árido para ofidis terrestres: mente del tamaño o número de animales, el wiegmanni, por su agresividad, se mantendrá a) Para ofidis terrestres y de hábitats áridos terrario no será inferior a estas medidas. separado cada individuo. Bipeso, Rhineura, o semiáridos como algunas especias de los 17. Terrario para saurios enfiladors de Amfhisbaena y Blanus (especias no protegi- géneros: Psammophis, Eirenis, Coluber (no paredes: das). Saurios de hábitos hipogeos como: protegido), Heterodon, Eryx, etc. a) Para saurios cuyo hábitat suelen ser Dibamus sp., etc. o ofidis de hábitos hipoge- b) Dispondrán de: áreas pedregosas, con paredes en muchos os como los géneros: Typhlops, Leptotyph- - Termómetro fijo que no sea de mercurio casos verticales, hábitats con escasa vegeta- lops, Cylindrophis, Anomachilus y Amilius, (temperatura regulada entre 26/31°C). ción y de carácter árido o semiárido. Como así como algunas especias del género Eryx - Sustrato abundante y fino para permitir por ejemplo especias de los géneros: Geko, como a representativas. que los animales puedan enterrarse. Palmatogekko, Phyllodactylus, Cyrtodactylus, b) Dispondrán de: - Piedras y otros elementos que puedan Ptyodactylus, Saurodactylus Hemidactylus, - Termómetro fijo que no sea de mercurio proporcionar refugio a los animales. Tarentola, etc. (Especias no protegidas). (temperatura diurna regulada entre 25/30°C y - Cubeta de agua. b) Dispondrán de: nocturna entre 20/25°C). - Rejilla de aireación. - Termómetro fijo que no sea de mercurio - Rejilla de aireación. c) La superficie del terrario tiene que ser (temperatura regulada entre 26/32°C). - Humedad saturante. como mínimo de 1 por 0.5 la longitud total - Una de las paredes anchas del terrario - Cubeta de agua. de la serpiente mayor y la altura del terrario tiene que estar recubierta de piedras o corte- - Sustrato turbós u otro de origen vegetal como mínimo la mitad de la longitud total de zas naturales o artificiales, sin que haya peli- poco compactado. Dispondrán de una piedra la serpiente mayor. Un terrario de estas gro de desprendimientos. plana y la mitad del terrario estará cubierto dimensiones puede alojar como máximo a 2 - Rejilla de aireación. con una densa capa de hojarasca o musgo. El individuos. Para cada animal añadido, el - Cubeta de agua. sustrato tendrá un grueso de como a mínimo volumen se tiene que aumentar un 20%. - Refugios en las paredes y piedras o tron- 15 cm., aunque para animales grandes, el Independientemente del tamaño o número cos en el suelo. grueso será siempre mayor. de animales, el terrario no será inferior al c) Las medidas mínimas del terrario tienen c) Las medidas mínimas del terrario tienen descrito para 2 individuos. que ser 80 cm. de altura, 50 cm. de profundi- que ser 80 cm. de largo, 40 cm. de ancho y 22. Terrario húmedo para ofidis terrestres: dad y 50 cm. de anchura. Un terrario de 50 cm. de altura. Un terrario de estas dimen- a) Para ofidis terrestres que necesiten un estas dimensiones podría alojar hasta 6 ejem- siones podrá alojar hasta 13 ejemplares de alto grado de humedad, como por ejemplo: plares de hasta 10 cm. de longitud (cabe y hasta 12 cm. o 5 ejemplares de hasta 28 cm. Epicrates cenchria, Lampropeltis triangulum, cuerpo) o hasta 2 ejemplares de hasta 20 cm. Independientemente del tamaño o número Lampropeltis getulus, así como algunas espe- de longitud (cabe y cuerpo). Independiente- de animales, el terrario no será inferior a cias no protegidas del generaciones Python, mente del tamaño o número de animales, el estas medidas. Elaphe, Coluber, etc. terrario no será inferior a estas medidas. 20. Aquaterrari para ofidis: b) Dispondrán de: 18. Terrario para saurios arborícolas: a) Para ofidis cuya vida transcurre entre los - Termómetro fijo que no sea de mercurio a) Para saurios cuyo hábitat suelen ser las medios acuático y terrestre, como por ejem- (temperatura regulada entre 26/30°C). ramas de los árboles y algunos de los cuales plo: Natrix sp. (especias exóticas), Nerodia - Cubeta de agua. bajan de estas muy pocas veces. Como por fasciata, Xenochrophis piscator, Eunectes - Humedad saturante (se puede conseguir ejemplo: Iguana iguana, Basiliscus basiliscus, notaeus, Herpeton tentaculatum, Acrochor- con muchas polvorizaciones repetidas o B. plumifrons, Hydrosaurus weberi, Physig- dus javanicus, etc. colocando la cubeta de agua sobre la esteri- nathus concincinus, Ptychozoon lionotum, o b) Dispondrán en la parte acuática de: lla térmica). representantes de los géneros Chamaeleo, - Profundidad del agua de unos 12 cm. (no - Rejilla de aireación. Anolis, Norops, Phelsuma, etc. menos de 8 cm.) - Refugios en suficiente cantidad para b) Dispondrán de: - Filtro adecuado en función de los litros todos los animales. - Termómetro fijo que no sea de mercurio contenidos. - Sustrato turbós o tierra vegetal que reten- (temperatura regulada entre 25/30°C). Espe- - Termómetro fijo que no sea de mercurio ga la humedad, con musgo u hojarasca, al cias como Physignatus soportan diferencias (temperatura regulada entre 26/29°C). menos a la mitad de la superficie. de temperatura nocturna/diurna bastante - Difusor de aire. c) La superficie del terrario tiene que ser grandes. c) Dispondrán en la parte terrestre de: como mínimo de 1 por 0.5 la longitud total - Troncos abundantes y de diferentes grue- - Termómetro fijo que no sea de mercurio de la serpiente mayor, y la altura del terrario sos. (temperatura regulada entre 26/32°C). como mínimo la mitad de la longitud total de - Humedad saturante. - Piedras y otros elementos que puedan la serpiente mayor. Un terrario de estas - Rejilla de aireación. ofrecer refugio a los animales. dimensiones puede alojar como máximo a 2 - Cubeta de agua. - Humedad saturante. individuos. Para cada animal añadido, el c) Se tiene que instalar un sistema de bebi- - Rejilla de aireación. volumen se tiene que aumentar un 20%. da por goteo en la parte alta del terrario. d) Los aquaterraris de las especias estricta- Independientemente del tamaño o número d) Las medidas mínimas del terrario tienen mente acuáticas contendrán un 75% de de animales, el terrario no será inferior al que ser 80 cm. de altura, 50 cm. de profundi- agua. El resto de especias no estrictamente descrito para 2 individuos. dad y 50 cm. de anchura. Un terrario de acuáticas, un 75% del suelo y un 25% de 23. Terrario húmedo para ofidis enfiladors: estas dimensiones podría alojar hasta 6 ejem- agua. a) Para ofidis arborícolas que necesitan un plares de hasta 10 cm. de longitud (cabe y e) La superficie del terrario tiene que ser alto grado de humedad. Como por ejemplo: cuerpo) o hasta 2 ejemplares de hasta 20 cm. como mínimo de 1 por 0.5 de la longitud Corallus caninus, C. enhydris, Boa constric- de longitud (cabe y cuerpo). Independiente- total de la serpiente mayor, y la altura del tor, Dasypeltis scaber, Python regius, Ahaetu- mente del tamaño o número de animales, el terrario como mínimo la mitad de la longitud lla nasuta, etc. terrario no será inferior a estas medidas. total de la serpiente mayor. Un terrario de b) Dispondrán de: 9 / 1 / 2004 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA Núm. 8, Annex II / Pàg. 53 Administració Local - Termómetro fijo que no sea de mercurio fecciones del receptáculo. nada se tendría que multiplicar. (temperatura regulada entre 26/32°C). e) Los animales tienen que estar en un 12. Terrario árido para escorpiones: - Cubeta de agua. buen estado de nutrición y libres de síntomas a) Para escorpiones procedentes de climas - Ramas debidamente desparasitadas, de indicadores de enfermedades. áridos. Como por ejemplo especias de los diferentes medidas y que estén distribuidas 9. Incompatibilidades: géneros: Hadogenes, Hadrurus, Opisthoph- por todo el terrario. a) No se alojarán animales de diferentes talmus, etc. - Humedad saturante (se puede conseguir especias y medidas en un mismo receptácu- b) Dispondrán de: con muchas polvorizaciones repetidas o lo. - Termómetro fijo que no sea de mercurio colocando la cubeta de agua sobre la esteri- b) Existen especias que, por exigencias (temperatura regulada entre 21/24°C con lla térmica). climáticas, no sobreviven en cautividad, por bajadas de 6°C menos por la noche). - Rejilla de ventilación. eso no se comercializarán algunas tarántulas - Grado de humedad extremadamente c) Para granos ofidis, se tiene que disponer como: Megaphoberna mesomelas, Megapho- reducido. de un receptáculo apropiadamente grande y berna peterklaasi, Hapalothremus alpibes y - Rejilla de aireación. sólidamente construido. algunas especias del género Scricopelma. - Sustrato del suelo seco compacto y poco d) La superficie del terrario tiene que ser 10. Transporte postventa: compacto (50%), con el suficiente grueso como a mínimo de 2/3 por 0.5 la longitud a) Los escorpiones y las tarántulas se trans- para permitir que el animal se entierre. total de la serpiente mayor, la altura del terra- portarán en recipientes de plástico. Dis- - Refugio formado de piedra en la zona de rio tiene que ser como mínimo la longitud de pondrán de orificios de aireación suficientes. arena compacta. la serpiente mayor. Un terrario de estas con- Si los orificios se hacen manualmente, siem- c) Las medidas mínimas del terrario tienen diciones puede alojar como máximo 2 ser- pre se dolerán desde la parte interior del reci- que ser de 30 cm. de longitud, 20 cm. de pientes. Para cada animal añadido, el volu- piente, hacia el exterior, evitando en cuanto ancho y no más alto de 30 cm. No se reco- men del terrario aumentará un 20%. Inde- los rebordes puedan hacer en los animales. miendan los terrarios con puertas verticales pendientemente del número de animales, el b) A los animales que lo necesiten, se les deslizantes. Un terrario de estas dimensiones terrario no podrá ser inferior al descrito para asegurará un grado de humedad elevado. sólo podrá alojar un máximo de un escor- 2 individuos. c) No es aconsejable introducir animales pión. Independientemente del tamaño o 4. Sección escorpiones y tarántulas de diferentes especias en un mismo recipien- número de animales, el terrario no será infe- 1. Cada terrario dispondrá de un pequeño te, ni tampoco los que tengan una gran dife- rior a estas medidas. recipiente de agua de medida inferior al rencia de tamaño o que sean agresivos. 13. Terrario húmedo tropical horizontal volumen del animal y el agua se tiene que d) Desprendido de una compra, el comer- para migalomorfes: mantener limpia y sin cloro. ciante tiene que advertir al cliente de la limi- a) Para tarántulas habitantes constantes del 2. También dispondrá de una buena venti- tación del tiempo de transporte, recordándo- suelo de clima tropical. Para algunas espe- lación mediante una reja situada en cada les que no les pueden dejar expuesto al sol. cias como: Euathlus mesomelas, Euathlus lateral del terrario. e) Se tiene que explicar al cliente cómo albopilosa, Theraphosa leblondi, Metriopel- 3. Se tiene que mantener una zona del tiene que proceder para evitar la huida del ma zebrata, Rhechosticta seemanni, Gramos- terrario húmeda y otra seca para que los ani- animal a la hora de desembalar. tola cala, etc. males puedan escoger. En el supuesto de f) Si los animales sueño vendidos en esta- b) Dispondrán de: especias tropicales, la zona húmeda se tiene do juvenil, se recordará al comprador el - Termómetro fijo que no sea de mercurio que pulverizar diariamente. tamaño que pueden llegar a alcanzar a los (temperatura recomendada 21/24°C). 4. Hay que utilizar una lámpara de infra- adultos. - Grado de humedad elevado (80%). rrojos para la calefacción ambiental y una 11. Terrario húmedo tropical para escor- - Rejilla de aireación. almohada o cables calefactores por el sustra- piones: - Sustrato del suelo poco compacto y to. Pero se tiene que dejar un espacio del a) Para escorpiones procedentes de zonas húmeda. Ésta tiene que tener el suficiente terrario sin calentar. con un alto grado de humedad, como por grueso para permitir que el animal se entie- 5. Los individuos jóvenes se tienen que ejemplo especias del géneros: Pandinus, rre. alimentar cada dos días y los adultos una vez Heterometrus, etc. - Refugio formado por corteza de árbol. por semana. b) Dispondrán de: c) Medidas mínimas: 30 cm. de larga, 20 6. Iluminación. Se puede prescindir. - Termómetro fijo que no sea de mercurio cm. de ancho y no más altura que 30 cm, 7. Refugios: (temperatura regulada entre 22/27°C). alojando una sola tarántula. Independiente- a) Éstos siempre permanecerán secos. - Grado de humedad elevado (80%). mente del tamaño o número de animales, el b) Se aconseja que tengan una estructura - Rejilla de aireación. terrario no será inferior a estas medidas. fuerte para evitar que se despeñen sobre el - Sustrato de tierra húmeda y poco com- 14. Terrario húmedo tropical vertical por animal. pacto, que tiene que tener el suficiente grue- migalomorfes: c) Se tienen que evitar refugios puntiagu- so para permitir que el animal se entierre. Por a) Para tarántulas de clima tropical y hábi- dos y/o con escuadras afiladas. ejemplo, tiene que ser al menos el doble de tos arborícolas. Algunas especias como: Poe- 8. Higiene: la longitud del escorpión. cilotheria regales, Avicularia avicularia, etc. a) La temperatura y la alta humedad pue- - Refugio formado de hojas grandes o cor- b) Dispondrán de: den favorecer la aparición de musgos u otros tezas de árboles. - Termómetro fijo que no sea de mercurio hongos, que son orígenes de numerosas c) Las medidas mínimas del terrario tienen (temperatura recomendada 22/27°C). enfermedades, por lo tanto la higiene tiene que ser 30 cm. de longitud, 20 cm. de ancho - Grado de humedad elevado (80%). que ser óptima. y una altura no mayor de 30 cm. No se reco- - Rejilla de aireación. b) Los receptáculos tienen que ser revisa- miendan terrarios con puertas verticales des- - Objetos que permitan subirse, plantas y dos diariamente, y retirarse los posibles restos lizantes. Independientemente del tamaño o ramas, así como otros elementos parecidos. de comer, plantas muertas, etc. número de animales, el terrario no será infe- - Refugio formado de corteza de árbol. c) Se llevará a cabo una limpieza general rior a estas medidas. c) Medidas mínimas: 30 cm. de longitud, del receptáculo cada vez que se tenga que d) Un terrario de estas dimensiones sólo 20 cm. de anchura y altura mayor de 30 cm, introducir una nueva especie diferente a la podrá alojar un máximo de un escorpión. De alojando una sola tarántula. Independiente- que había anteriormente. la especie Pandinus imperator, como es un mente del tamaño o número de animales, el d) No pasarán más de tres meses entre escorpión sociable, se podría alojar más de terrario no será inferior a estas medidas. cada uno de las limpiezas integrales y desin- un individuo en un mismo receptáculo, pero 15. Terrario árido por migalomorfes:para cada P. Imperator, la superficie mencio- a) Para tarántulas habitantes del suelo de Núm. 8, Annex II / Pàg. 54 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA 9 / 1 / 2004 Administració Local clima árido. Como: Aphonopelma chalcodes, orientadora. GMB: 80 (L) × 50 (P), a partir de 50 (a), etc. 7. La temperatura, en general, se tiene que MaxD = 12 aves. b) Dispondrán de: mantener entre 15°C y 25°C. 120 (L) × 50 (P), a partir de 50 (a), MaxD = - Termómetro fijo que no sea de mercurio 8. No está permitido el recubrimiento con 20 aves. (temperatura recomendada 21/24°C). arena en el caso de las aves que comen pul- 100 (L) × 50 (P), a partir de 150 (a), MaxD - Grado de humedad extremadamente pejo (pasta). Las aves terrestres como las = 20 aves. reducido. codornices tienen que tener la posibilidad de 19. Papagayos de cola larga o papagayos - Rejilla de aireación. escarbar la tierra. que toleran la vida en grupo de la medida de - Sustrato del suelo seco y compacto y 9. La habitación de los animales tiene que la cacatúa ninfa y de los inseparables o seca (50%), que tiene que tener el suficiente estar organizada de manera que los pájaros agapòrnids: grueso para permitir que el animal se entie- evadidos puedan ser recuperados con facili- GMB: 80 (L) × 50 (P), a partir de 100 (a), rre. dad. MaxD = 6 pájaros. - Refugio formado de piedra en la zona de 10. Las aves se tienen que sacar de las jau- 120 (L) × 50 (P), a partir de 100 (a), MaxD arena compacta. las y pajarera causándolas el mínimo daño = 10 pájaros. c) Medidas mínimas: 30 cm. de longitud, posible. Sólo están permitidos los tongos de 100 (L) × 50 (P), a partir de 150 (a), MaxD 20 cm. de anchura y no más altura que 30 captura hechos con mallas finas. Los conte- = 10 pájaros. cm., alojando una sola tarántula. Indepen- nedores de transporte tienen que ser oscure- Observaciones: Los periquitos de los gene- dientemente del tamaño o número de anima- cidos y con buena ventilación. Los pájaros ras Neophema y Platycercus tienen que ser les, el terrario no será inferior a estas medi- pequeños pueden ser transportados con con- exhibidos en pajarera y sólo pueden ser das. tenedores de cartón. Para las aves grandes, entregados a condición de que sean alojados 5. SECCIÓN DE AVES hace falta un contenedor de transporte hecho en pajarera. de material estable. 20. Amazonas y yacos: 1. Los animales tienen que tener un lugar 11. Con el fin de determinar, de forma GMB: 80 (L) × 50 (P), a partir de 100 (a), que les permita aislarse de la vista de las per- aproximada, la densidad de población, hay MaxD = 2 pájaros. sonas (pantallas, nidos, cajas). que recurrir al listado siguiente que contiene 120 (L) × 50 (P), a partir de 100 (a), MaxD 2. Las jaulas cumplirán las condiciones todas las indicaciones mínimas. (GMB = = 4 pájaros. siguientes: tamaño mínimo de la jaula; MaxD = densi- 100 (L) × 100 (P), a partir de 150 (a), a) Tienen que estar situadas en lugares cla- dad máxima). MaxD = 6 pájaros. ros y con circulación de aire. 12. Los datos sobre la longitud (L), profun- 21. Cacatúas: b) Tienen que ser de superficie básicamen- didad (P) y altura (a) de las medidas de las GMB: 100 (L) × 100 (P), a partir de 150 te rectangular. La redonda está permitida a jaulas y pajarera son indicadas en centíme- (a), MaxD = 2 pájaros. partir de 1 m. de diámetro. La altura mínima tros. Desviaciones de las medidas mínimas Advertencia: La vida en pareja sólo es para será de 70 cm. Asimismo, tienen que hacer indicadas, motivadas por diferencias en el las cacatúas de ojos plumados, Goffini y difícil la evasión. Hay que prever mecanis- tipo de construcción, pueden ser toleradas Rosa. El resto de especias a menudo no son mos que excluyan la huida durante la mani- cuando la superficie (L × P) correspondiendo sociables y, por lo tanto, tienen que ser man- pulación cerca de las jaulas. al número de aves indicadas no es rebasada. tenidas en solitario. c) Las de superficie hasta 1 m² tienen que 13. Exóticos granívoros hasta las dimensio- 22. Guacamayos (Aras): tener una cara, como a mínimo, que no per- nes de los pinzones cebra: GMB: 200 (L) × 200 (P), a partir de 200 mita la observación. GMB: 80 (L) × 50 (P), a partir de 50 (a), (a), MaxD = 2 pájaros. d) El material del enrejado no puede estar MaxD = 16 pájaros. Advertencia: Como alternativa a la jaula oxidado. Su anchura y solidez se tiene que 120 (L) × 50 (P), a partir de 50 (a), MaxD = está la posibilidad de colocar el ave en un ajustar a las dimensiones de las aves que 30 pájaros. árbol de escalada sobre una superficie de 2 contiene. 100 (L) × 50 (P), a partir de 150 (a), MaxD m² por animal y con una altura de 1’70 m. e) El recubrimiento del suelo tiene que ser = 35 pájaros. En este supuesto, no se pueden tener enca- adecuado a cada especie. No está permitida 14. Fringílids hasta las dimensiones del denados. la utilización de arena mineral para gatos. canario: 23. Codornices, perdices y faisanes: f) Las barras de suspensión no tienen que GMB: 80 (L) × 50 (P), a partir de 50 (a), GMB: 80 (L) × 50 (P), a partir de 50 (a), ser metálicas y tienen que tener diámetros MaxD = 10 pájaros. MaxD = 1 par. adaptados a las medidas de los animales. 15. Insectívoros de corta pequeña o come- Advertencia: Las medidas indicadas valen Habrá dos barras intercambiables como dores de pulpejo (pasta), de medidas pareci- para codornices enanas. Para las otras espe- mínimo. das a los ruiseñores, con conductas sociales y cias de codornices, se exige el doble de g) Las aves tienen que tener la posibilidad necesidades de espacio similares: superficie. El cercado de las codornices se de bañarse o, de lo contrario, tienen que ser GMB: 80 (L) × 50 (P), a partir de 50 (a), tiene que construir con un suelo blando rociadas. MaxD = 6 pájaros. como raíces, cortezas de corcho o arena. Los 3. Sólo se pueden socializar entre ellas 120 (L) × 50 (P), a partir de 50 (a), MaxD = animales necesitan una superficie por rascar especias de medidas similares y que se aven- 10 pájaros. y otra de abierta hacia arriba para poder gan las unas con las otras. 16. Insectívoros de corta pequeña o come- esconderse con la intensidad de luz reduci- 4. Los psitàcids no se pueden socializar dores de pulpejo (pasta) que viven en solita- da. La superficie del techo tiene que ser tapi- con los no psitàcids. Las codornices sólo rio y no son sociables, como el tordo vergon- zada, ya que los animales, cuando están pueden ser mantenidas junto con otras aves zoso: excitados, vuelan hacia arriba y se podrían cuando puedan disponer de pajarera de gran- GMB: 80 (L) × 50 (P), a partir de 50 (a), herir. des dimensiones y bien estructurados. MaxD = 1 pájaro. 24. Tórtolas y palomas: 5. Las aves sólo pueden ser exhibidas en 17. Insectívoros de talla grande como el GMB: 80 (L) × 50 (P), a partir de 50 (a), zonas apartadas de la tienda bajo la vigilan- Minà del Himalaya (Gracula religiosa) y los MaxD = 2 o 3 parejas en el caso de tórtolas cia del personal y observadas por parte del estorninos grandes: enanas. cliente desde una sola banda. GMB: 80 (L) × 50 (P), a partir de 100 (a), 120 (L) × 50 (P), a partir de 100 (a), MaxD 6. La intensidad de luz tiene que corres- MaxD = 2 pájaros. = 2 o 3 parejas en el caso de tórtolas grandes ponder a 200 lux como mínimo y hace falta 18. Periquitos o papagayos de la misma y palomas. garantizarla durante 10 horas, fines de sema- medida, con conductas sociales y necesida- 25. Tucans: na y festivos incluidos, e instalar iluminación des de espacio similares GMB: 200 (L) × 200 (P), a partir de 200 9 / 1 / 2004 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA Núm. 8, Annex II / Pàg. 55 Administració Local (a), MaxD = 2 pájaros. tizar una suficiente circulación del aire. Las informaciones sobre el ritmo de actividad 26. Hay que adaptar la comida a las nece- jaulas pueden estar hechas, por ejemplo, de (actividad diurna / nocturna) así como las res- sidades naturales de las respectivas especias cristal, plexiglàs u otros plásticos resistentes pectivas conductas sociales (sociable / solita- de pájaros: Insectívoros o comedores de pul- no tóxicos. El enrejado tiene que ser fabrica- rio). pejo (estorninos brillantes, Minó del Himala- do con un material antioxidante. a) Actividad diurna: conejillos de Indias y ya). 6. La anchura de la jaula tiene que excluir conejos. 27. La estructura de la comida tiene que la posibilidad de que los animales que son b) Actividad diurna y nocturna: ratas, rato- ser adecuada al tamaño corporal del pájaro. alojados queden enganchados. Para nes y jerbos. Se tiene que ofrecer alimentación suplemen- pequeños mamíferos muy escaladores, como c) Actividad crepuscular y nocturna: chin- taria. La comida que ha sido elaborada tiene los ratones domésticos, las ratas y los hámste- chillas, hámsteres y ardillas rayadas (activi- que estar en perfectas condiciones. Los frugí- res, hace falta que las rejas de la jaula de dad principal de madrugada). vors, los que comen néctar y los insectívoros mantenimiento sean entrecruzadas transver- 13. No se pueden mantener juntas espe- tienen que recibir en todo momento sus res- salmente. cias agresivas entre ellas. Las sociables pue- pectivas alimentaciones. No es suficiente una 7. El sol y el recubrimiento pueden plante- den mantenerse en solitario sólo en casos dieta hecha exclusivamente a base de comer ar un considerable problema higiénico y, en eventuales. preparado. consecuencia, tienen que ser mantenidos 14. En principio, sólo pueden estar juntos 28. Exóticos granívoros y fringílids (espe- constantemente limpios y secos. El recubri- pequeños mamíferos de una especie. Excep- cias de pinzones, canarios, pinzones majes- miento tiene que ser hecho de manera tal ción: conejos jóvenes con conejillos de tuosos). que tape todo el suelo de una manera unifor- Indias jóvenes. También tienen que ser alimentados regu- me y sin riesgo de resbalones. El material uti- 15. La pubertad, la edad, la conducta larmente con verduras y frutas. lizado tiene que ser absorbente y no perjudi- social y los conocimientos sobre las conduc- 29. Papagayos de cola larga: cial a la salud. La arena mineral para gatos tas específicas de la especie condicionan las a) La estructura de la comida tiene que ser (componentes químicos) así como abono de mínimas exigencias detalladas a continua- adecuada al tamaño corporal de cada ejem- turba (esporas de plantas criptógamas, pro- ción para el mantenimiento de los pequeños plar. Es necesario que se les ofrezca regular- ducción de polvo) no son adecuados para mamíferos. Con el fin de evitar embarazos no mente fruta, verdura y material para corroer esta finalidad. deseados, hay que mantener separados los (ramillas no sulfatadas, galletas). 8. El forraje seco no puede ser utilizado machos púberes de las hembras. Hay que b) Una vez por semana se los tiene que como recubrimiento para los conejos y cone- tener en cuenta las especificidades de cada suministrar proteína animal como insectos y jillos de Indias, sino que se les tiene que ofre- especie (ved más abajo). Antes de la compra pasta de huevo. cer en una grípia como comida esencial en de una hembra, hay que advertir al cliente de c) Aquellos papagayos que tienen dietas una forma cualitativamente enriquecedora. un posible embarazo. Los animales jóvenes específicas como loros, llorets de la higuera, 9. Durante la fase de claridad (aproxima- serán ofrecidos a los clientes a partir de una llorets murciélagos etc. se los tiene que dar damente, 10-12 horas diarias) hace falta que edad en que se vea adecuado separarlos de una dieta adecuada a sus necesidades. los pequeños mamíferos crepusculares o noc- la madre. 30. Loros australianos y del sureste asiáti- turnos dispongan de espacios adecuadamen- (Todas las indicaciones en cm que se co: te oscurecidos para que se puedan retirar. expresan en los artículos siguientes corres- a) Tienen una dieta específica entre los Los animales albinos no tienen que ser ponden a: Longitud × Profundidad × Alzada). papagayos y, por lo tanto, hay que adminis- expuestos a un rayo de luz directo y deslum- 16. Conejos enanos: trarlas unas papillas especiales para ellos. brante, porque, en caso de alta intensidad de a) Conducta social: Sólo se tienen que Además hay que darlos fructifica y, ocasio- luz, estos pequeños mamíferos desarrollan mantener en solitario animales adultos que nalmente, comida vive (insectos). cambios de estructura pilosa y también una presenten una conducta no social, las liebres b) Estos tipos de loros no tienen que ser elevada producción hormonal. La intensidad hembras, a causa de sus especiales carac- ofrecidos sin advertencias del tipo de comida de luz apropiada en esta zona es de 150-400 terísticas de reproducción; el resto se tiene ya que se trata de ejemplares que no se pue- lux aproximadamente. que mantener en grupo. den mantener con semillas. 10. Los pequeños mamíferos tienen que b) Dimensiones de la jaula: 80 × 50 × 50. 31. No se admitirá la venta de animales ser cogidos con mucho cuidado y tranquili- c) Densidad: Un animal adulto o máximo con deformidades físicas producto de mani- dad. Todos los contenedores de transporte 5 de jóvenes. pulaciones genéticas o de otros tipos que tienen que ser oscurecidos y bien ventilados. d) Equipamiento: Cubil para dormir con perjudiquen la calidad de vida del animal. Los contenedores de cartón, habituales en los terrado, pesebre para el forraje. 6. SECCIÓN DE PEQUEÑOS MAMÍFEROS comercios, se tienen que utilizar, sin otros 17. Conejillos de Indias: envoltorios, sólo para el transporte corto. a) Conducta social: Mantenimiento en 1. Las jaulas tienen que estar construidas 11. El caso de los pequeños mamíferos grupo, machos adultos generalmente no de materiales que no puedan ser roídos por más habituales en los comercios, hace falta sociables entre ellos, las hembras siempre tie- los animales. mantenerlos a una temperatura adecuado a nen una conducta sexual, posible eventual- 2. En la jaula se instalará cualquier ele- cada especie. La humedad relativa a las mente en los machos. mento que pueda sustituir los cubiles donde zonas de permanencia de los animales tiene b) Dimensiones de la jaula: 80 × 50 × 50. viven los animales en estado de libertad así que situarse entre el 55% +/- 15. Los anima- c) Densidad: Máximo 4 adultos o 8 jóve- como material para corroer. les no tienen que estar expuestos mucho nes. 3. Con el fin de mantener el ritmo tiempo ni por debajo del 40% ni por encima d) Equipamiento: Cubil para dormir, pese- día/noche de estos animales hace falta que del 70%. A causa de la alta necesidad de oxí- bre para el forraje. las instalaciones cuenten con luz orientador, geno y para evitar la pizca del calor, hace 18. Hámster: espacios oscurecidos e intensidad luminosa falta que se dispongan dos superficies de a) Conducta social: Mantenimiento en adecuada a cada especie. entrada de aire que garanticen la circulación solitario en el caso de los hámsteres dorados 4. Pequeños mamíferos y pájaros tienen sin corrientes. Hace falta que haya en estas púberes. Mantenimiento en pareja en el caso que estar separados espacialment o bien pro- zonas entradas de aire situadas a 8-10 cm. de de los hámsteres enanos adultos. tegidos de las mutuas molestias, mediante altura porque se originan altas concentracio- b) Dimensiones de la jaula: 40 × 50 × 50. otras medidas. nes de materias perjudiciales especialmente c) Densidad: Uno o dos animados adultos 5. Hace falta que el material de las jaulas en torno a los cuerpos, a causa de los orines o hasta 10 animados jóvenes. no pueda producir heridas a los pequeños concentrados y el pudor que emiten. d) Equipamiento: Cubil para dormir y mamíferos que son alojados. Hay que garan- 12. Hay que facilitar de forma adicional caseta para las provisiones, material d’encoi- Núm. 8, Annex II / Pàg. 56 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA 9 / 1 / 2004 Administració Local xinament (forraje, paja, ninguna fibra sintéti- do transversalmente con malla metálica de ni tamaños diferentes, las tiendas tienen que ca), rueda giratoria segura, instrumentos de unos 13 mm de ancho, le gusta el sol mati- contar con los medios que se concretan en el escalada encabalgados, raíces, descorteza de nal. anexo y cada departamento dispondrá de un alcornoque previamente quemadura, arena, Observaciones: Las ardillas rayadas no tie- escondite para que los animales se puedan recubrimiento de una profundidad mínima nen que ser ofrecidas o no ser vendidos refugiar. de 10 cm. como alternativa a los conejos enanos, de 4. Las tiendas no ofrecerán animales que 19. Ratón: Indias o de otros. No son animales para aca- provengan de la cría particular o de criadores a) Conducta social: Mantenimiento en riciar. Los clientes tienen que ser informados que no dispongan de las autorizaciones perti- grupo hembras o familias, mantenimiento en sobre su conducta especial. Para su manteni- nentes para llevar a cabo la actividad de cría grupo de los machos de una misma familia miento, hay que recomendar un contenedor y venta de animales. Estos animales así como siempre, con machos de diferentes familias alto con instrumentos para que el animal los que provengan de asociaciones de pro- raramente es posible. pueda escalar. tección animal, podrán ser ofrecidos siempre b) Dimensiones de la jaula: 40 × 50 × 50. 24. Degu: que dispongan de la correspondiente evalua- c) Densidad: Máximo 15 animales adultos. A causa de su comportamiento extremada- ción veterinaria de su estado sanitario y com- d) Equipamiento: Casetas para dormir, mente roedor es inadecuado como animal portamental y que el responsable de la cría rueda giratoria que sea segura, material d’en- doméstico. Por lo tanto, no se tiene que exhi- particular se haya registrado como tal en el coixinament colocado en diferentes posicio- bir y sólo se podrá vender a personas califi- registro de núcleos zoológicos. nes (forraje, paja, ninguna fibra sintética), cadas. 5. Todos los perros y gatos tendrán que espacio distribuido en tres dimensiones con 25. Fundamentalmente, la comida tiene estar identificados con cualquiera de los sis- instrumentos de escalada encabalgados y que ser la adecuada a las necesidades natura- temas establecidos por la ley en el momento tubos para esconderse, “castillo de ratones”, les de las respectivas especias de pequeños de producirse la venta. recubrimiento de una profundidad mínima mamíferos. En el caso de los conejos, chin- 6. Sólo se pueden exhibir gatos y perros en de 10 cm. chillas y conejillos de Indias, la comida mixta instalaciones de venta especialmente equipa- 20. Rata: corriente en los comercios no les acaba de do. Para una parida o un máximo de 5 gatos a) Conducta social: Mantenimiento en proporcionar una alimentación completa, ya de la misma edad hace falta prever un depar- parejas del mismo sexo o en grupo con un que exigen más materia nutritiva en forma de tamento especial de 5 m² con la altura nor- macho como a máximo. fibra cruda. Por eso, hace falta que tengan mal de una habitación. b) Dimensiones de la jaula: 80 × 50 × 50. siempre forraje fresco a libre disposición. 7. Este departamento tiene que estar prote- c) Densidad: Máximo 6 adultos. Hay que ofrecer, a partir de las 10 semanas, gido de posibles molestias. Se recomienda d) Equipamiento: Casetas para dormir, a todos los pequeños mamíferos comida muy particularmente que sea decorada como material d’encoixinament (forraje, paja, nin- verde adicional en cantidad creciente (Cuen- una cámara de gatos, es decir, agradable y guna fibra sintética), distribución tridimensio- ta con la lechuga y las coles!). Ratas, ratones adecuada para el desarrollo equilibrado de nal del espacio en el conjunto de la instala- y hámsteres necesitan regularmente proteína los gatos. Tiene que estar iluminada durante ción. animal en forma de gusanos de harina, hue- un plazo de 10-12 horas diarias. 21. Jerbo: vos o quesos fuertes. Hay que velar especial- 8. Requisitos que tienen que cumplir las a) Conducta social: Hasta la pubertad, mente por el suministro de bastante vitamina construcciones para poder satisfacer las ante- mantenimiento en grupo; después en pareja. C en el caso de los conejillos de Indias. riores disposiciones: b) Dimensiones de la jaula: 80 × 50 × 50. 26. Las provisiones de comida para los a) Espacio de 10 m² aprox., en instalacio- c) Densidad: 1 par o una parida (aproxi- roedores y conejos que están en las tiendas nes apartadas del lugar de paso de la tienda. madamente 6 animales). tienen que ser conservadas secas, no adulte- b) Una valla de exhibición abierta hacia d) Equipamiento: Casetas para dormir y radas e higiénicas. Tienen que ser almacena- arriba y de material transparente. guardar provisiones, rueda giratoria segura, das en contenedores especiales y separadas c) Caseta u otro tipo de escondite de tubos para esconderse, material d’encoixina- espacialment del resto de materiales y de los perro-gato con libertad de entrar y salir y con ment, arena, tridimensionalitat, ubicación en animales. el suelo a la misma altura o con vertido de un lugar calentado (como mínimo 20 °C), 27. Formas salvajes de ratones (Superfamí- arena sobre el suelo de hormigón. recubrimiento de una profundidad mínima lia Muroidea) sólo tienen que ser entregadas d) Las instalaciones tienen que ser de un de 10 cm. con la condición que sean mantenidas en material que permita la desinfección. 22. Chinchilla: instalaciones que reproduzcan su medio Las instalaciones a) y c) son las ideales a) Conducta social: Hasta la pubertad, natural. para agrupar los unos con los otros y, com- mantenimiento en grupo; después, en pareja. 7. SECCIÓN DE GATOS Y PERROS binándolas, los cachorros pueden interrela- b) Dimensiones de la jaula: 100 × 50 × cionarse en todo momento. 100. 1. No permanecerán en el punto de venta 9. Medidas Jaulas: Las medidas por las jau- c) Densidad: 1 pareja o máximo 4 joven. durante un periodo de tiempo superior a 3 las, con una variación de centímetros según d) Equipamiento: Distribución tridimensio- semanas, excepto en aquellos casos en que el fabricante, tienen que ser: nal del espacio con posts o repisas de made- las condiciones de mantenimiento y manejo a) Gatos: 100 cm. × 70 cm. × 70 cm., con ra situados a diferentes alturas, piedras pla- garanticen el ejercicio y socialización diarios una capacidad máxima de 4 cachorros. nas, tubos para esconderse, piedras de hor- necesarios para cada especie y edad. b) Perros: migón ligero, arena (especial con talco), ubi- 2. Con el fin de asegurar la adecuada - Perros razas pequeñas (100 cm. × 70 cm. cación tranquila. socialización de estos animales, la tienda dis- × 70 cm., con una capacidad máxima de 1 a 23. Ardillas rayadas: pondrá para cada especie animal que tenga 5 cachorros). a) Conducta social: Animales jóvenes en en venta de un programa de socialización - Perros razas medias (100 cm. × 70 cm. × grupo; los adultos, solos. específico elaborado por un veterinario, con 70 cm., con una capacidad máxima de 1 a 3 b) Dimensiones de la jaula: 100 × 50 × las situaciones más habituales que requiera cachorros). 50. su convivencia como animales de compañía. - Perros razas grandes (100 cm. × 70 cm. c) Densitat:1 animal adulto o 5 de jóvenes Este contacto se tiene que establecer tanto en × 70 cm., con una capacidad máxima de 1 a como máximo. relación al movimiento de personas como en 2 cachorros (hasta la edad de 4 meses). d) Equipamiento: Puesto para tumbarse, la práctica de juegos con alguna persona - Para razas mayores a partir de los 4 casetas para dormir o para tener las provisio- concreta y con otros animales de su especie. meses o para un solo ejemplar de 8 meses de nes, árbol de escalada, material d’encoixina- 3. En las instalaciones de las tiendas no se cualquier raza: 2 m² de superficie × 1’50 de ment, rueda giratoria segura, enrejado cruza- tienen que mezclar caracteres incompatibles altura. 9 / 1 / 2004 BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA DE BARCELONA Núm. 8, Annex II / Pàg. 57 Administració Local Barcelona, 22 de diciembre de 2003. denominar a l’espai situat entre la Plaça examinar l’expedient i formular, si s’escau, El Secretario General, Jordi Cases i Camilo Riu i el c/ Ferran Muñoz amb el nom les al·legacions que considerin oportunes. Pallarès. de “Plaça de l’Ateneu” i aprovar les noves Bigues i Riells, 19 de desembre de 2003. 022003025178 adreces que en conseqüència tindran els L’Alcalde, Josep M. Pastallé i Cañadell.locals comercials que tenen la seva entrada A des d’aquesta plaça. TRADUCCIÓ Aquesta denominació resta sotmesa a informació pública durant un termini de vint Bigues i Riells TEXT ORIGINAL dies a partir de l’endemà de la seva publica- ció en el BUTLLETÍ OFICIAL DE LA PROVÍNCIA, ter- EDICTO Barcelona mini en que podrà ésser examinada i es La Comisión de Gobierno, celebrada en Institut de Cultura podran formular les reclamacions que hom sesión ordinaria el pasado 16 de diciembre estimi oportunes. ANUNCI de 2003, aprobó inicialmente la legalizaciónEn cas de no haver-hi impugnacions de la instalación de almacenaje y trituración durant l’esmentat període, la nova denomina- En atenció al que disposa l’acord de la de restos vegetales en la parcela 36 a delció es considerarà aprovada definitivament Junta de Govern de l’Institut de Cultura de Polígono 15 de este municipio, promovidade forma tàcita, sense necessitat d’adoptar Barcelona de data 27 de novembre de 2001, por “Explotacions Can Quimet, S.C.P.”cap nou acord exprés. pel qual es van aprovar les “Bases particulars Lo que se expone por el plazo de un mes, de l’Institut de Cultura de Barcelona per Begues, 18 de desembre de 2003. a los efectos que los posibles interesados sol·licitar i atorgar subvencions i convenis El Secretari Interventor Acctal., Francesc puedan examinar el expediente y formular, si per a la realització d’iniciatives i activitats Almansa Díez. ocurre, las alegaciones que consideren opor- culturals”, i per l’any 2004, s’obre el termini tunas. d’un mes a comptar des de l’endemà de la TRADUCCIÓ Bigues i Riells, 19 de diciembre de 2003. publicació d’aquest anunci al BUTLLETÍ OFICIAL Begues El Alcalde, Josep M. Pastallé i Cañadell. DE LA PROVÍNCIA per a la presentació de sol·licituds. EDICTO 022003025069 Les Bases d’aquesta convocatòria es A podran recollir a l’Institut de Cultura de Bar- El Pleno del Ayuntamiento, en sesión cele- celona (Palau de la Virreina. La Rambla, 99). brada en fecha 3 de diciembre de 2003 Barcelona, 31 de desembre de 2003. acordó denominar en el espacio situado TEXT ORIGINAL La Secretària Delegada, Neus Sabí Rojas. entre la Plaza Camilo Riu y el c/ FerranMuñoz con el nombre de “Plaza del Ateneo” Borredà TRADUCCIÓ y aprobar las nuevas direcciones que en con- secuencia tendrán los locales comerciales ANUNCI Barcelona que tienen su entrada desde esta plaza. Es fa públic que s’ha presentat a la Secre- Instituto de Cultura Esta denominación queda sometida a taria d’aquest Ajuntament sol·licitud deinformación pública durante un plazo de llicència d’obres per a “Reconstrucció d’ha- ANUNCIO veinte días a partir del día siguiente de su bitatge unifamiliar aïllat anomenat Cal Bach publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PRO- o Baguet”, promoguda pel Sr. Ramon Solane- En atención en lo que dispone el acuerdo VINCIA, termine en que podrá ser examinada y llas Portell, tot això en compliment del que de la Junta de Gobierno del Instituto de Cul- se podrán formular las reclamaciones que se disposa l’article 50.1 de la Llei 2/2002, de 14 tura de Barcelona de fecha 27 de noviembre amen oportunas. de març d’urbanisme, al tractar-se d’una de 2001, por el cual se aprobaron las “bases En caso de no haber impugnaciones llicència d’obres en sòl no urbanitzable. particulares del Instituto de Cultura de Barce- durante el mencionado periodo, la nueva L’expedient restarà exposat al públic per lona para solicitar y otorgar subvenciones y denominación se considerará aprobada defi- un termini de 20 dies a la Secretaria de l’A- convenios para la realización de iniciativas y nitivamente de forma tácita, sin necesidad de juntament, comptats des de l’endemà de la actividades culturales”, y por el año 2004, se no adoptar ningún nuevo acuerdo expreso. publicació d’aquest anunci al BUTLLETÍ OFICIAL abre el plazo de un mes a contar desde el día Begues, 18 de diciembre de 2003. DE LA PROVÍNCIA de Barcelona, per tal que siguiente de la publicación de este anuncio El Secretari Interventor Acctal., Francesc totes les persones interessades puguin exami- en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA para la Almansa Díez. nar l’expedient i presentar les al·legacions presentación de solicitudes. que considerin oportunes. Las Bases de esta convocatoria se podrán 022003025016 Borredà, 22 de desembre de 2003. recoger en el Instituto de Cultura de Barcelo- A L’Alcalde, Joan Roma i Cunill. na (Palacio del Virrey. La Rambla, 99). Barcelona, 31 de diciembre de 2003. TRADUCCIÓ La Secretaria Delegada, Nieves Supe TEXT ORIGINAL Rojas. Borredà Bigues i Riells 022004000035 ANUNCIO A EDICTE Se hace público que se ha presentado en La Comissió de Govern, celebrada en ses- la Secretaría de este Ayuntamiento solicitud sió ordinària el passat 16 de desembre de de licencia de obras para “Reconstrucción de TEXT ORIGINAL 2003, va aprovar inicialment la legalització vivienda unifamiliar aislado llamado Hace Begues de la instal·lació d’emmagatzematge i tritura- falta Bach o Baguet”, promovida por el Sr. ció de restes vegetals a la parcel·la 36 a del Ramon Solanellas Portell, todo eso en cum- EDICTE Polígon 15 d’aquest municipi, promoguda plido de lo que dispone el artículo 50.1 de la per “Explotacions Can Quimet, S.C.P.” Ley 2/2002, de 14 de marzo de urbanismo, al El Ple de l’Ajuntament, en sessió celebrada El que s’exposa pel termini d’un mes, als tratarse de una licencia de obras en suelo no en data 3 de desembre de 2003 va acordar efectes que els possibles interessats puguin urbanizable.