> ,, D I DE 'BARCELONA SESIONES Acuerdos de la ordinaria de 2 de May o de 1916 Prrsidc11cia: Excmo. Sr. Alcalde, Marqués de~la de sumir en precaria situación a los bijos del Olérdola. *-- llorado maeslro, quienes se ban visto privados dc llustres se1ïores Concejalas asistentes: Balaña, Arroyos, Reventós, Calderó, Llopis, Almirall, Andreu, Gardó, Grañé, Colominas Maseras, Vega, Cirera, de Mesa, Cili, de Fortuny, Puig de la ·Bellacn.sa, Busquets, Callén, Munoé, Mo- rales, Puig y Alfonso, Ulled, Rovira, de Figueroa, Bofill, de Riba, Vila Marièges, Vila Moliné, Ca- rarach, Fusté, Rogent, Rita, de Lasa.rte~ Duran y Ventosa, Rocha, Polo, Ribalta, Cuadrench, García, Bun:ull, Dessy, Martí, Pagés, Jover, Soler y de Llanza. DESPACHO OFICIAL Telegrama del Vice-Cónsul de Espaüa en Lyon, comunicando que a:el homenaje al maestro Gra- nados ha tenido Iu gar con éxito brillanteD. (En- terado.) Oficio del Excmo. Sr. Alcalde comunicando al Ayuntamiento que los organizadores de la subs- cripción pública a favor de los hijos del eminente maestro Enrique Granados, han abierto ya la refe- rida subscripci6n, y sometiendo a la consideración del Consistorio si estima conveniente contribuir a ella. Resuelto a tenor de la siguiente proposici6n, subscrita por los señores Puig y Alfonso, Giner de los Ríos, Bofi ll , Andreu, Jover, Vila Marièges, Callén, Grañé, de Riba, Llanza, Rovira, Dessy, M01·ales , Colominas Maseras y Ga:rcía, del tenor. liternl siguiente : «Excmo. Sr. : Las tl-agicas cir- cunstancias de la muerte del maestro Granados imponen al Ayuntamiento otros deberes que los de Ja lamentación y el buen recuerdo. Una de las mas fatales consecuencias de la tragedia ba sido un padre, precisamente en los momentos en que Ja gloria de sus éxitos empezaba a prometer abun- dantes frutos económicos. No honraria el Avun- tamiento en forma cumplida la memoria de Gra- nados si no contribuyese, como seguramente han de contribuir, todos los que apreciaron un. clía el valor humano de su arte, a corregir, en lo posiblc, una de Jas mas tragicas consecuencias ae su mue'l.·- te, el clesamparo de sus hijos. Y aunque no sea holgada la situación dc la Hacieuda Municipal, poCOS destinos mas nobles podria dar a S'US cau- dales el Ajruntamiento.- Por estas razones, los Concejales que subscriben t.ienen el honor de so- meter a V. E., con la ur gen cia propia del caso, la siguicnte pioposición : «1 .0 Se acuerda destinar la cantidad de 1o,ooo peselas al fondo que se consti- tuya para cooperar al sostenimiento de la familia delllorado maeslro Enrique Granados y a la conti- nuación de sus empresas artísticas.- 2.0 El señor Alcalde, en vista de actuaciones analogas de otras entidades y personas, decidira acerca del momento y forma de hacer efectiva la cantidad indicada; y 3.0 La Comisión de Hacienda propondra a V. E. los acuerdos necesarios para señalar la consigna- ción al gasto de que se trata. (Aprobada.) Oficio de la ~ecretaria Municipal elevando al Consistorio, para su aprobación, el extracto de los acuerdos tornados por el Ayuntamiento durante el mes de Marzo úllimo. (Aprobado.) PRO POSI CIONES Una, subsci"Ïla por los seí'íores Puig de la Bella- casa, Llopis y Ulled, inte:resando: «I. 0 Que sea declarada. urgçnte. - 2." Que sea aprohado el padr6n para el pago del impuesto de cédulas per- sonales correspondiente al aï10 actual, formalizado por la Administración de lmpuestos y Rcnt.as, y que se anuncie a] público en el Boletíu Ofinal de la provincia y periódicos locales la aprobación dc dicho padrún y su exposicióu en la. referida Admi- nistraciém municipal de Impucslos y Rcntas, al cfecto de que los interesados puedan solicitar las rectificaciones que estimen oportunas denlro del ténnino dc ocho días ; en la inteligencia de que las inscripciones no reclamadas en el expresado plazo se tcndran por firmes y consentidas. - 3.0 Que las dependencias para el despacho de cédulas personales scan, como en años anteriores, las siguientcs : Antiguo casco dc Barcelona y su Ensanchc, bajos de las Casas Consistoriales ; Sans y Las Corts de Sarria, ex Casas Consisto- rinles de Sans ; Gracia y San Gervasio de Cas- solas, ex Casas Consistoriales de Gracia, y San Martín dc Provensals, Horta y San Andrés de Palomar, ex Casas Consistoriales de San Martín . - 4.0 Que se sClïale como periodo voluntario para obtener las cédulas personales el plazo de tres meses, que comenzara el día J 5 de est e mes y terminara el 14 de Agosto pr6ximo, haciéndose asi. público por el Bolclfn Oficial, en cumplimiento de la vigente Instrucción del Impuesto, y ademas en los diarios de la ciudad para mayor publicidad. - 5.0 Que se excite el celo de los señores Jefes de Zonas para que, aprovechando los datos propor- cionades por la investigación que esta en curso, y solicitando, si es preciso, declaraciones comple- mentarias de los intcresados, procuren evitar que muchos ciudadanos obtengan cédula personal por el alquiler que pagan, cuando por las contribu- ciones directas que satisfacen les corresponde ob- tener otra dc dase superior. - 6. 0 Que por la Administración de Impuestos y Rentas se pongan periódicamente en conocimienlo de la Comisión de Hacienda los nombres de los contr1buyentes que han formulado declaraciones incompletas y los de aquéllos que, debiendo adquirir su cédula personal en Barcelona, la adquieran en otro pue- blo, al objeto de que dicha Comisión pueda pro- poner las medidas necesarias para corregir y cas- tigar dichos abusos. - 7.0 Que por la Alcaldía se practiquen las gestiones nccesarias cerca del llustre señor Delegado de Hacienda pam unificar, de acnerdo con las disposiciones legales vigentes, el criterio de expendición de cédulas personales por cuenta del Estado y por cuenta de los Ayun- tamient.os, sobre lodo en lo referente a las forma- lidades a exigir a los que, residiendo habitua1- mente en Barcelona, pretendan obtener la cédu]a personal en algún ot ro pueblo de la provincia». (Aprobada.) Otra, subscrita por los señores Puig de la Bella- casa, Dessy y Llopis, interesando: ci.0 Que se declare urgente. - 2. 0 Que se anuncie al público la apertura del Registro de perros, correspondiente al año r9x6, a partir del próximo día rs. - 3-" La recaudación debera verifica.rse de acuerdo con lo establecido en el vigente Presupuesto y de con- formidad con las Reglas aclaratorias aprobadas en 2 25 de Novicmbre de l915. - 4· 0 A los cfeclos de la doble cuota prevista en el apartado onceoo de la tarifa número 7, parte 9.•, del Presupuesto, se seña]a el día :ro dc Junio como término de la recaudación voluntaria. - 5." Para mayor como- didad del público la Administración de Impuestos y Rentas establecerú, anunci{mdolo conveuiente- mente, un servicio especial en las Tenencias de Alcaldía dc los pueblos agregados. - 6.0 La Ad- ministraci6n de Impucstos y Rentas <;obrara a domicilio el recibo y entregara la correspondiente chapa, a todos los que formaliceo la :inscripción antes del día 15 del actual». (Aprobada.) Otra, subscrita por los señorcs Rocha, Duran y Ventosa, Bofill, Graiié y Rovira, l"Oncebida en los siguientes términos : cExcmo. Sr. : Agotados los créditos dc donde percibía sus jornales el personal destinado a los servicios extraordinarios de Sa- nidad, es necesario aceptar una reso1uci6n en ar- monía con las necesidades presentes, muy distin- tas, afortunadamente, de las que motivaron su nombramiento, y en armonía también con las disponibilidades del Presupuesto vigeule. -En realidad el personal permancnte de Sanidad es algo reducido dada la complejidad de los servicios sanitarios de una aglomeración urbana en que la constante inmigración exige una estrecha vigi- lancia y una constante polida sanitaria preventiva y represiva. Conviene, pues, aumentarlo y, al hacerlo, sena manifiesta injustícia no tener en cuenta los servicios prestados por parte del per- sonal que fué nombrado, con caracter eventual, en los tristes días de la pasada epidemia tífica. - Por e11o, los Concejales que subscriben tienen el honor de proponer aV. E. los siguientes acuerdos de caractcr urgente : !.0 Se abrira. un créd ito de 7 .439' so pe$etas, con cargo al capítulo que señale la Comisiún de Hacienda, para atender al pago de los jornales devengados y que devenguen las bri- gadas eventuales sanitarias basta el día 6 del actual inclusive, quedando disueltas dichas briga- das a partir del pr6ximo día 7·- 2.0 Se creara una brigada au:~iliar de la Sanitaóa permanente que empezara sus trabajos elmencionado día 7 del actual, compuesta de setenta y cínco individuos, con el jornal diario de 3'50 pesctas cada uno. Esta brigada se constituidí de conformidad con las siguientes Bases: A. S6lo podran entrar a formar parte de la misma los que actualmente pertenezcan a las brigadas eveutuales; B. Un Tribunal, cons- tituído por el A1calde, o un Concejal delegado, los llustres Concejales señores Cardó y Martí \'entosa, los señores Espadaler y Mandade, for- mara, antes del día 6 del actua 1' la relación de los seteuta y cinco individuos a quienes corres- ponda ser nombrados; C. Para la selección se ten- dra en cuenta la antigüeaad en Ja Brigada, Jas condiciones personales y la índole de los servicios prestados, debiéndose dar, en igualdad de circuns- tancias, prefereucia a. los que se hayan dcdicado mayor tiempo al trabajo propio y característico de las brigadas; D . La Alcaldía procedera el pró::...--imo día 6 a extender los oportnnos nombra- e e '• a s e :1 e 1 ¡r s s 1 l 1 l 1 1 1 GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA mienlos, sin que por causa alguna pueda suS- penderse la cjecución dc. l?,prevenido en el ~~-t_remo primero de esta propostctou; E. La. Co~,siOn de Hacienda señalara la oportuna constgnaciOn para el sostenimiento de esta brigada aux:ilar de setenta v cinco individuos , hasta 31 de Diciembre del éorriente; F. Todos los individuos de la brigada auxiliar debcran prestar sus servicios exclusiva- mente en la misma, dedicandose a sus cometidos caracteríslicos, y perderan, sin necesídad de acuer- do cxpreso alguno, todo derecho en cua-nto dejen dc prcstarlos sin causa justificada, no consíderan- dosc como a tal el pase a cualquiera otra depen- dencia o la prestación de cua1quiera otro servi cio». Aprobada con el siguiente acuerdo de la Comi- si6n dc Hacienda: ai. 0 El gasto a que se refiere el extremo primero de la proposición puede apli- carse al capitulo II.0 , artículo único del Presu- puesto vigente. - 2.0 Para el gasto a que se re- fiere la basc E. del extremo segundo, considera la Comisión que podría señalarse consignación con cargo al capítulo II.0 del Presupuesto extraor- dinario de 1915, hoy Resultas por adición al vigente, basta la cantidad de n,025 pesetas. Esta cantidad basta para el sostenimiento de la brigada eventual basta el día 17 del próximo mes de Junio, fecha en que, con toda seguridad, podra haberse reunido la Junta Municipal de Vocales Asociados. La Comisión de Hacienda se ratifica en su acuerdo de incluir en el dictamen de transferencias, pró- ximo a ser sometido al Consistorio, los créditos necesarios para el sostenimiento de la brigada en la forma prevista por la proposici6n, basta ñn de año, y se compromete asimismo a arbitrar los fon- dos 'nccesat;os y dc inmediata. dísposición para el caso poco probable de que el día 17 de Junio pr6- ximo no sean loda.via aplicables los créditos a que se refiere el ya cítado dictamen de transferencias, siemprc que no se trate dc cantidades que excedan de las de que puedc disponer y que no son muy ele- vadas.- Casas Consistot-iales, 2 de Mayo de I916. -El Prcsidcntc de la Comísió11, PUIG DE LA BELUCAS.\D. Otra, subscrita por los señores Llopis, Rogent y Duran y Ventosa, concebida en los siguientes términos: cEl Notario D. Ricardo Permanyer ha presentado a V. E. la adjunta nota de bonorarios y adelantos para la escritura del contrato con el Banco Hispano Colonial, rela.tivo a la apertura de una cucnta de crédito para la Reforma Interior. Como en dicha nota se incluyen los derechos reales del contrato, los infrascritos tienen el honor de proponer aV. E. : «r. 0 Que se declare urgente.- 2.0 Que con cargo a la cuenta de gastos generales del Presupuesto extraordinario de la Reforma, boy capítulo de Resullas del Presupuesto vigente, se satisfaga la cantidad de 7,387'6o pesetas, im- porte de los derechos reales y gastos a cargo del Ayuntamiento, de la escritura del contrato entre esta Corporación y el Banco Hispano Colonial, pru·a la apcrtura de una cuenta de crédito exttaor- . dinario para la ejecución de la Reforma interior». (Aprobada.) Otra, subscrita por los señores Giner de los Ríos, Puig y Alfonso, Vila Marièges, Grañé, Mauri, Llanza y Llopis, concebida en los sigu.ien- tes ténninos : «Los Concejales que subscriben tienen el honor de pro¡xmer al Consistorio acuerde dirigirse al Gobiemo de S. M. suplicando el in- dulto del infortunado cabo Gironés, condenado por atentado a superior, y que después de veintiún alios de cumplimiento de condena, observando ejemplar conducta se ha hecho acreedor a la gracia solicitada•. (Aprobada.) DESPACHO ORD I NAR I O COMISION DE HACIENDA Dictamen proponiendo que, aceptando las re- nuncias fundadas, presentadas por D. Pablo To- rrents Solé y D. J uan Romeu Escofet, del cargo de Vocales Asociados para que fueron designades en Sesi6n de ~8 de Marzo último, y resultando otras tres vacantes, dos por defunción de D . Lo- renzo Brotons Eus y D. Félix Iglesias Dou y una por incompatibilidad de D. Joaquín Homs Pare- llada, se proceda a nuevo sorteo, prévia la publi- cación del correspondiente anuncio en el Boletfn Oficial de la provincia, para designar por este medio dos Vocales Asociados por la Sección m." y uno por cada una de las 2!, 4·" .r I3_. a que correspondían las vacantes que han de proveerse . .....................................................................•..................................................... -........................ . Subastas y Concursos SUBASTAS ANUNCIAUAS: Acordada por esta Corporación, en Consistorio de 28 dc Marzo próximo pasado, sacar a pública subasta 1.\ aclquisición dc cicnto ciJJcuenta y ocho le,;tas de vcrano, con destino a los indh·iduos de la Guarlia Urbana, y cutnplicndo lo que previenc el articulo 29 dc la Instrucción de 24 de Euero de I905. sin que se haya presculado rcclamación alguna, se ammcia que 0 O O O I I O O I O I o o dicho acto tendra lugar en las Casas Consistoriales, a las doce borns, treiuta dlas naturales después de la inserción dc cste anuncio en el Boletín Oficial de la provincia, o en el inmediato siguieute laborable si resultare festivo, bajo la presidencía del Excelentisimo scñor Alcalde o su delegada, y a!Üstencia del llustre señor D. Luis G. Pagés, en representación del l\1uni- cipio, con arreglo n los nrtlculos 6.• y 17.• de la indicada Instmcción y plicgo dc condiciones, que se h.allara de mauifiesto en el Negociada Central de la Sección de Gobenmcióu en los dlas y horas laborables. El tipo mttximo de la snbasta es el de 7,900 pesetas. OACETA MUNICIPAL DE BARCEl-ONA ~·~ En virtud de lo acordnclo por este ExctUo. Ayunta- miento, en Sesión del d1a :z9 de Febrero último, y habiendo cumplido con lo clispuesto en el articulo 29 de la Instrucción de 24 de Enero de 1905, para la conlratación de los servicios provinciales y municipales, sin que se haya producido ninguna reclamación, se anuncia al público la subasta relativa a las obras de restauración del Umbraculo del Parque, bajo el lipo de n,826'93 pesetas. El pliego de condiciones, junto con los demas docu- mentos, estara de manifiesto en el Negociado de Obras Públicas de la Secretaria Municipal, para conocimiento dc las personas que deseeu interesa1·se en la 1ndicada suba¡¡ta, que se verificara eu estas Casas Consistolialcs, bajo la presidencia del Excmo. Sr. Alcalde Constitu- cional, o Teniente o Conccjal en quien delegue, el dia 20 de Junio próximo, a las doce de la mañana. En virtud de lo preve1lido en el articulo 29 de la Jnslrucción de :z4 de Enero de 1905, se hace público que estc Ayuntamiento, en Sesión de 27 de Abril último, acordó sacar a subasta la adquisición de cal y cemento, con destino a las Brigadas de Ensanche, con arreglo al pliego de condiciones que, a los efectos del citado articülo, se ballara dc manitiesto en el Negociado de Obras Públicas de la Sección de Ensanche, durante el plazo de diez días, a contar desde la inserción de este anuncio en el Boletl11 Oficial de la provincia. En virtud de lo prevenido eu el articulo 29 de la Instruccíón de 24 de Euero de r905, se hace público que este Ayuntamiento, en Sesión de 27 de Abril último, acordó sacar a subasta la construcción del afirmado y oiras obras de urbanización, para la calle de Almoga- vares, entre las de Roger dc Flor y Sicilia, con arreg-lo al pliego de condiciones que, a los efectos del citado articulo, se ballara de manifiesto en é1 Negociado de Obras Públicas de la Sección de Ensanche, durante el plazo de diez dfas, a contar desde la inserción de este anuncio en el Boletfn OficiaL de la provincia. En virtud de lo preveuido en el articulo 29 de la Instrucción de 24 de Enero dc 1905, se nace público que este Ayttntamiento, en Sesión de 27 de Abril último, acorcló sacar a subasta la adquisición de grasas y acei- ies, con destino a la Brigada de Ensancl1e, con arreglo al pliego de condiciones que, a los efectos del citado articulo, se ballara de manifiesto en el Negociado de Obras Púb1icas de la Sección de Ensanche, durante el plazo de diez dias, a contar desde la inserción de este anuncio en el Boletín OficiaL de la provincia. En virtud de lo acordada por este Ayuntamiento, en Sesión del día 29 de Febrero último, y habiendo cum· plido co11 lo dispuesto en el articulo 29 de la Instruc- ción de 24 de Enero de 1905, para la contratacióu dc los servicios proviucialcs y municipales, sin que se haya producido ninguna reclamación, se anuncia al 4 público la subasta relativa a las obras de restauro.ción del Invernaculo del Pnrque de esta ciudad, bajo el tipo de 33.415'50 pesetas. El pliego de condiciones, junto con los demas docu- mcntos, estaní de manifiesto en el Negociado de Obras Públicas de la Secretada Municipal, para conocimiento de las personas que deseen interesarse en la indicada subasta, siendo dc advertir, que el contratista debera empezar las obras dentro de los quince dfas siguientcs al de la formalización de la escrilura correspondienle, debiendo dejarlas temlinadas en el plazo de cuatro meses, a partir del día en que las cmpiece. La subasta se "erifican'i en estas Casas Consisto- rialcs, bajo la presideucia del Excmo. Sr. Alcalde Cons- titucional. o Ten:iente o Coilccjal en quien delegue, el d{a 17 de Junio próximo, a las doce de la mañana. ocS> Acordado por este Ayuntamiento sacar a subasta las obras de construcción de adoquinado, pavimentos, afir- mados, bordillos y otras en el Matadero General, bajo el tipo de 23,155'74 pesetas, se hace público n fiu de que llegue a conocimiento dc las personas a quienes pueda interesar, que los Plicgos de condiciones y pre- supuesto, a tenor de lo que clispone el articulo ~9 de la vigente fnstrucción sobre contratación de servicios provinciales y municipalcs, se hallar{m de mo.nifiesto al público durante diez clfas habiles, contaderos desde el siguiente al de la inserción de este anUllcio en el Boletln Oficial de la provincia, en la Secretaria de la Comisión Especial de Mataderos (Negociado de Abas- tos), al objeto de que puedan presentarse las reclama- cionues que se estimen oportunas ; en la inteligeocin de que, transcurrido el indicado plazo, no se admitira runguna de las que se formulen. ..;!:> En virtud de lo acordado por este Ayuntamiento, en Sesión del día 29 de Febrcro último, y habiendo cum- plido con lo dispue~to en el articulo 29 de la Instruc- ción de 24 de Enero de 1905, para la contratación de los servicios provinciales y municipales, sin que se haya producido ninguna reclamación, se anuncia al público la subasta relativa al sumiuistro e iustalacióu de mn- teriales para alumbrado por gas en las diversas Oficinas y Dependencias muuicipales, por durante el corriente año, bajo el tipo dc 9,985'95 pesetas. El pliego de coudicione~. junto con los demas docu- mentos, estara de mauifiesto en el Negociado de Obrns Públicas de la Secretaría Municipal, para conocimiento de las personas que deseen interesarse en la indicada subasta, que se verificara en estas Casas Consistoriales, bajo la presidencia del Excmo. Sr. Alcalde Constitu- cional, o Teniente o Concejal en quien delegue, el día 30 de Junio próximo, a las doce de la mañana . ..;!:> En virtud de lo acordado por este ExctUo. Ayuuta- mieuto en la Sesiój1 del dia 18 de Abril, y habiéndose ctunplido con lo dispucsto en el articulo 29 de la Ins- trucción de 24 de Enero de 1905 para la contratación de scrvicios provinciales y mttnicipales, sin que se haya produçido ninguna reclamación, asi como los re- !> n ~t l - ,s o a a !S ' ., () ,_ i· :I s o e s !- e s o e ,¡ a ,- .- J s ) i l quisitos prevenidos eu la Ley de protección de la indus- tria nacional de 14 de Febrero de 1907 y sn Reglamento, se anuncia al público la subasta relativa a la construc- ción de la cloaca, aftnnado y otras de urbanización correspondiente a la calle de Bailén, entre las de Ar- güelles y Provenza, ba jo el ti po de 19,814'47 pesetas. El l'llego de condiciones , junto con los demas docu- mentos, estara de manifiesto en la Sección de Ensanche de la Secretaria Municipal, para conocimiento de las persouas que deseen interesarse en la indicada subasla, que se verificara en estas Casas Consistoriales, bajo la presidencia del Excmo. Sr. Alcalde Constitucional, o del Tenientc o Concejal que delegue, treinta días dcs- pués de publicado el presente amtncio en el Bolc/ f?t Oficial de la provincia, a las doce de la mañana. En -virtutl. de lo acordado por esLe Ayuntamiento, en Sesión del día 21 de Marzo último, y habiéndose cumplido con lo dispuesto en el articulo 29 de la Ins- trucción de 24 dc E nero de 1905, para la contrat.'lcióu de los sen•icios provinciales y municipales, sin que sc haya producido reclamación alguna, se anuncia al público la subasta relativa a la construcción, en el Cementerio de Las Corts, de 5 gruPecJro Soler Soler y Joaqufu Borrell Sttbira. llarccloun, 29 dc Abril dc rgr6.- El Teniente Al- 'ca/dc, Luts nF. Lr.1\NZA. 6 Uepósitos de garantia E,;le .\yuntamk'lllO, en Consistorio del dia 8 de Febrero ítltimo, acordó que se anuncie en el Balct!n Oficial de In proYincia, que durante el término de quince dias, contndcros clesdc e:l siguiente al de la inserción del anuncio, podran fonnularse las oportunas recla- maciones acerea de la petición de D. Antonio Prats, ex Auxiliar Rccaudador de la Tenencia de Alcaldia del DistJilo JX de esta ciudad, relativa a que se en- treg-ue un uepósito de 500 pesetas que constituyó pai'n garantir el cumplimiento del expresado cru·go, y c¡ue una vct. trauscnrrido clicho plazo sin que se l1aya presentada rcclnmaciCln algtwa, se baga entrega a di<:ho D. A ntonlo Prats el el mencionado dep6sito, canje{wdolo con el resguardo corrcspondiente. Lo qne se hnce pllblico por medlo del presente anun- cio, pam que llegue ¡¡ noticia de todòs los interesados. Barcelona, 18 .\bri! de 1916.-El Alcalde, MARQUÉS DE Ol,f:nnor.A.-1'. ,\.de S. E.-El Secretaria, C. Pl.ANAS. CD .... durante el tiempo de su eslancia en las re.o;idencias respecti\·as, se les some- tcra, también diariamcntc, a practicas de higienc y balneación, sicmpre y cuando lo haga posible las con- diciones de la instabción y mientras una e.."presa dis- posición mC:dica no dispon~::t lo contrario en lo que 1especta a alguna de los csrolares. Cuando las con- diciones del Jugar uo pennitan la continuidad de aqucllas praclicas, sc procedera a elias con la mayor frecuencia posiblc. ART. 7.° Cuidara asi- nins, y dcbcró.u adquirir u sus expcusas y particu- lm:;meute igual equipo del que se dote n los esco- lares gratuilos. ESCUELAS DE BOSQUE DE[. !'ARQUE !))> l\l O NTJ UICH mismo la Comisióu de que Ja alimentadóu destinada a los grupos escolares sen abundante, nutritiva y bieu condimentada, la que consistira en almuerzo, comida, merienda y cena. La fijación de las substau- cias alimenticias que de- ban integrar la manutcn- cióu de las Colonias, se deja al criterio de la Co- misión, que lo bara, en cada caso, de conformidad con las coucliciones de la. localidad. Eso no obstau te, Clhlndo se les suministrc leche, sera en cantidad mí- nima diaria de doscienlo,; gramos por persona y el dno que se les dé, de doce a trece grados a lo sumo y un cuarto de litro para las dos comidas, por persona y por elia, como miL-xim um. I,as Colouios cstnr{m di- _rigida::; por dos macslros, nombrados al cfecto por la Comisi611, y podran formar parte de elias, en concepto de auxiliares de practicas, los macslros que así lo solicitru·eu, los que dcber{m abonar ¡;o}a- mente los gastos de ma- nutención. Dichos maeslros agre- gados estaran a las órde- nes iruncdiatas del Direc- tor y sujetos en un lodo al régimen de la ColoÏ1ia. AnT 3·" La Comisión señalara antes de primero de Juuio cle cada aúo, el número de Colouias a or- ganiznr, cuidando, al dc- signar las pobla e i ones donde deban establecer,;e, tengao rcpresentación las maritimas, de monlaña y las iutcriores de llanura, para que puedan atender- se las circunstancias bio- Jógicas todas de los esco- lares. ART. 8.0 La vida de la Colonia se acomodara en lo posible a 1as exigencia!' y costurubres de cada po- blación, pcro en ténninos generales se establecera atendiéndose a las si- guientes indicaciones : AnT. 4.0 La Comisión, cada vez que organice Co- lonias de '\"acacioues, esti- pulara con los rcspectiYos :\!ONUMEXTO LEVA..,.TADO Jt:NTO AL PABEI.LÓN D.E CLASES obra esrttlt6rica de Jos6 Lf&mo11a a) Descanso nocturoo de ocho boras, en cama indi \·i dual. b) O tro descanso de hora u hora y media al medi odia. contratistas, las condiciones de manutención y hospeda- je de los grupos escolares, que seran las mismas para todas las Colonias, excepción de aquellas pequeüas Yariantes que Jas condiciones de Jugar exijan. AnT. 5.0 La Comísi6n, a1 formular las contratas de manuténción y hospedaje, cuidara de que los locaks destinados al servicio de los grupos escolares, reunan todas Hqucllas condiciones de amplitud, cubicación y demas que los hagan higiénicamente aptos para e·l uso a que se les d~tina y muy espeda1mente que estén dotados . del caudal de agua mas que suficiente, para el aseo diario dc los escolares. AnT. 6.0 Ademas del aseo y limpie.za cotidianos a 9 e) Excursión diaria, sal'"o que el tiempo lo impida. d) Sesión de eclucación ffsica mañana y tarde, sin com·ertirla en espectaculo público. e) Lección mañana y tarde eu la forma que las bnenns practicas pedagógicas tieuen ya establecida. f) Scsióu de lectura comentada a base de la biblioteca de In Colonin. Los incisos d), t') y f) no sou incompatibles con el inciso e) y hnsta nprovechando los puntos de mira y las incidencias dc la excursión, la naturaleza y conior- macióu del terreno, los accidentes metereológicos, los cultivos, etc., etc., pueden ser dadas leccioues a1 efec- tuar aquéllas, que sc conlraerau especialmente a puntos .... ~-><--:-:-:~~ GACETA MUNICIPAL OB BARCELONA ..;:><~.t-e~ ESCUEL.-1.5 DE UOSQUE DEL l'ARQUE DE ::\{o:STJUlCH.- CmrEDOR.&S DE 1'.'1~05 EN L.\ t'LANT\ BAJA dc intcrés rclncionado cou las ciencias fisicas nalurales, historia y geografia del pals, de los grupos sociales y utilización de materia. De los escolares AnT. 9-~ Para fonnar parte de un.t Col0nin séra menester solicitnrlo, co11 Ja autelación clebida, n quiw corrcsponda y acreditar: a) Estar domiciliado eu Barcelona. b) Ten er mas de si etc í üos y 110 haber cumplido los docc, justificaudo estc cxl!emo por mcdio de la partida dL uacimieulo. e) Ser alumno asislcnle de una de la.o; Escuclas uacionales de esta ciudad, cuya matrícula date por lo meuos de primero del año dc la íecha dc la Colonia, cnyo extremo sen\ jttslificaclo por medio dc ccrlificacióu del maeslro de la Escuela en que figure matriculado. d) Que la posicióu cconómica dc los padres o encar- gados justifique el auxilio de ht 1\lunicipalidad. Se acreditarlm estas clrcunst.ancins en la papeleta- solicitud y cu la fonna en la misma indicada, y cual- quiera inexactitud sera objeto de segregación del soli- citante, asl haya pasado a la categoria de colono. lO :\ún reunicndo las condiciones arriba cxpresadas, no podrim fonnar parle de Jas Colonias mas de un indi- viduo de cada familia. El incumplimiento de esta pro- 11ibición reglamentaria tracra aparej:tda la imnediata scparación dc los grupos escolares, c.lc los colouos que en ella hubicren incurric.lo, aunque las Colonias cstu- vie,;cu eu plcno perfodo cle íunciouamiwto. , \ RT. ro. El plazo de adnúsión dc solicitudcs para ;os colouos ahmu1os, fiuiní indefedible1ueute el 15 de Jnnio, para dar lugar con el debido y necesario cspacio a la inspeccióu facultativa y cousiguiente organi1.ación dc los grupos colouialcs. ART. n. Los aspirantes a colouos, tanto gratuitos como de pago, debenin sujctarse a inspección faculta- tint, la que decidira en dcfinith·a su aclmis1ón y el grupo colonial eu que deben ser inscritos. ,\ RT. r2. La inspecci6n médica se verificara en díns y horas previamente señaladas para cada grupo nu.mé- rico de aspirantes, fonn{mdose a sus resultas las Jistas de aspirantes afectados por el orden dc sn presentación, ordeu que clara derecho preferwte si el el número de colouos fuese, J?Or cualquier circunstuncia, superior al de pla-t.as. En el acto de la inspección se segregarím los indi- viduos que por sn falta de limpieza hagan aquélla difícil o molesta al pCTsoual cncargado de efectuaria, y sera ~~ GACETA .MUNICIPAL DE BARCELONA <¡:><:>~ Ja scparación uefiniti,·a en caso de reincidencia a la seg-umln y última tcntatlva de inspección. :\RT. 13. La inspccción la efectuara el personal de oficinas dc la Comisión y d Auxiliar que Jas necesi- dades aconsejcu, bajo la dirección e iumelliata Yigilancia del l\I~dico dc la Comisión, especialmente secundado por uno dc aquéllos, habilitado para trabajos antropo- métricos. Con los malcrialcs recogidos de las inspecciones de snlida y dc vucdln dc las Colonias, redactara el Médico dc la Comi~ión ulla Mcmoria anual que sometera a la Comisión pat·n ser pttb1icada. AnT. r4. No podran formar parté de los Co- lonias : a) l,os i nd i vi duos afectos de enfennedades con- t:~giosas, cualquicra que ~ea su índole y localiza- ción. b) Los que sufriéndola 110 contagiosa, sea repugnante por su aspccto. e) Los que por su talin, peso y desarrollo no pnedan ser consick·rndos enclenques ni debilitados. d) Los qu<' por vicios de confonnación o circuns- t:mcias cspecialcs, requieran cuidados que no seau los gcncralc,; dc lodos los indi,·iduos de la Colonia. e) Los que resulten anonnales y Jo,; que, pré,;o infonne dc los macstros directores de las Colonias, así lo cli~ponga la Comisión, los que podran en todo mo- mento, ser reintegr'ldos, por los maestros, al punto de sn origen. f) Los qu~;· hayan beneficiada tres años de la orga- nización dc las Colonias y lo5 que beneficien de cual- quicra olra instilucióu cultural del Muuicipio, de hs de régimen al aire libre. Tampoco podran íonnar partc cle las Colonia~, ni en conctpto tle escolares de pago ni gratuitos, los h ijos de los macstros, en las que és tos ejerzan lo,; cargos de Director, .\tt."'(iliar o Auxiliar agregado de pr{lcticns. .\nT. 15. g¡ clin señalndo para la salida de las Colo- nins compnrccct{lll los escolares eu el Jugar y hora dcsignados, limpios, aseados, con la cabeza al rape los niños y corto el pelo cuaudo meuos las 11iñas, per- trechados de las prcudas de recambio de uso personal y cnlzado que les hnya facilitada la Comisión a cada uno y vestidos cou blusa o delautal igual al modelo que !'e expondra con nnticipaci6u y para el cnal se le clara también la ropa. El colonÒ que no sc prtsente con la puntnalidad de- biela, perdera el derecho de salida y su Jugar podní ser ocupndo por los•solicitanles aceptables y que estén en tumo de espera, sin que por ello pueda -formular recla- mación alguna. ART. r6. Los materiales y equipos Iacilitados por I,\ Comisión, dcber{m ¡;er dc,·ueltos por los intere..;ados, ESCUKLAS Dl! BOSQUII DEL PARQUE DE MoNTJUTCR.- UNA D& LAS SALAS D& CLASES 11 ~~ GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA ~~ ESCUELAS DE BOSQUE DEL PARQUE Dl' 1\lONTJUICEI. - PABULLÓN DE DUCHAS caso que por cu:~lqnier circunstaucia abandone d per- diera el dcrecho dc salidu el individuo que los hubiera rccibido. De los maestros ART. t7. El personal pedagógico director de las Colonias, lo fon1t:tran dos maestros, Director uno y A mdliar otro. Para ser nombrado para uno de dichos cargos, deberan solicilarlo de la Comisión, dentro del pla7.o que ésta señalani oportuuamcnte, y sera indispensable que hayan revalidado sus estudies, que demuestren su conocimiento ncerca la finalidad de la Colonia, su competencia para la labor pedag6gica, desarrollando una lección ante el Tribunal que la Comisión designe y que se sujeten a la preparación adecuada sobre ejercicios fisicos, su onlenaci6u, utilidad y practica que dara en cursillo de bre,·es lecciones el proíesor de educación física dc las Escuelus del Parque de Montjuich . Ademas, el médico pediatra de la Comisión, les darii breves noticias sobre la higiene df\ la infancia .y utilizaci6n del botiqu{u dc urge11cüt de que estan dotadas todas las Coloulas. Dcbcr{m asimismo asistir a las confet·en- cias, reuniones y demas actos que la Comisión crea indispensable. ART. 18. En el nombramicnto de directores y alLXi- 12 tiares de Colouin~> seran preferides en primer ténnino y por el orclcn que se indica : a) Los m::testros uacionales de Barcelo:t:a. b) Los macstros paxticulares Tesidentes en la ciudad. e) Los maestros naciouales de fuera de la ciudad. d) Los maestros rcvalidndos, y en todos los 6rdenes los que hnyan (omlado parle de Colonias en ot.ros años, con nota Javorable. ART. 19. Los maestros, tanto directores como auxi- liares, son responsables del orden y de cuanto ocurra en la Colouia a su cuidado, y consiguientemente Telaran por que se cumplan escrupulosameute las bases de con- trata establecidas ; no abandonaran los escolares, en caso alguno ; no se ausentarau de la Colonia los dos a h ,·ez, y si a alguno de ellos le conviuiera hacerlo no podrà realizarlo si no cuenta con el préno consenti- mieuto de la Comisión ; ordenaran las excursiones cou- ,·euientes ; cumplíran la labor pedagógica a ellos con- fiada y redact.·nan un Diario de Excursiones, que entre- gan'UJ a su vuelta y eu el acto de su llegada al Secre- taria de la Comisión. lutT. 20. Los maestros 'eucargados de la dirección y cuidado de las Colonias, sea cual fuere su categoria con Tefereucia a las mismas, no podran percibir de Jos esco- lares , ni siquiera cu caliclad de depósito o custodia, metalico alguuo, pero clebenin vigilar y regular Jos peqtieños gastes que aquéllos puedeu efectuar, durante su penuanencia en las rcsidencias respectivas. • • · • · · · • • GACETA MUNICIPAl. DE BARCELONA ~~ 'fampoco podJ·au, dichos tnaeslros, aceptar de los contrutistas ni de las familias de los escolares, en bene- ficio propio, dadivas de 11Íugún géuero. .i\RT. 21. El maestto director de cada Colonia se hara cargo, en el momenlo de la salida, de Jos niüos que se pongan a su cuidado, del Dindo a llenar con las anotacioues en el mismo prcviamente señaladas, de un botiquín de primeras curas que pondra U! Comisión en su manos y de los libros que formaran Ja biblioteca de la Colonia. Disposiciones generales . \RT. 22. La Comisión, parn gartltltirse del estricto cumplimiento de los debcrcs y obligaciones que com- peten a los directores y a lo~ conlratistas de las Colo- nia~, podra girar, antes y dur:wte el funcionamienlo de las mismas, todas aquellas inspecciones que Jas circuns- tancias Je aconsejen, debienclo, cso no obstante, girar por lo menos, una visita de iuspeccióu a cada Colonia, durante las estancias en sus respect,ivas residencias. AnT. 23. A su vuclta los escolares depositarÍI.ll su~ pclates en el Jugar designada por la Comis1óu, cou prohibición de retirar del mismo objeto alguuo, cuyos efectos y petates les seran clC\'Ueltos integrarnente Uutl vez se hayau sometido a la inspeccióu médica de retorno efectuada de la n1isma forma que a la salida. ART. 24. La Comisión podra organizar s1empre que lo estime pertíuente, serni-Colonias de Yacacioues, a las que se aplicaran las clansulas de este Reglamento, co11 las solas modilicacioues cxigidas por las diferencins que entre éstas y las Colonias exislen. De las semi-Colonias podran fomtar parle, a juicio de la Comisióu, los escolares exceptuados por el parrafo último del articulo 9.0 de este Reglamento. ART. 25. El Ayuntamiento y las Comisiones en nin- gúu caso seran responsables de los accidentes que en los Yiajes y durante el ticmpo de su estancia en las respecti,·as residencias pudiemu ocurrir a los colonos, circunstancia ésta que sc hara constar eu las hojas de solicitación y que deberau subscribir los padres, tutores o encargadós de aquéllos . ARTÍCUJ.O ADIClONAI. Cuando el Ayunlamienlo consigne en sus Presupues- tos una cantidad superior, para el propio objeto, a la que liene consignada en los Prcsupuestos Yigentes para organizacióu y sosteuimicnlo de las Colonias escolares tlc. vacaciolles, de1 número de plazas que se organicen y sostcngau con la sumn con que resulte aumentada la COl.l- sJgnación que figura en los Presupuestos que hoy rigen, de destinara un diez por ciento de dicbas plazas para alumnos que, reunieudo las demas condiciones del ar- Hculo 9.0 de este Reglamento, no perlenezcan a Escuelas nacional es. ESCUELAS DE UOSQUE DEL P.\RQUE DE ?I{ONr]UlCR. - PAOBLLÓN DE CLASES, S.U..\ DE MÚSH.:,\ Y P.\TIO CUBIERTO 13 G A e ET A M l! NI e I PAL O E B A R e E L.0 N A · --«>· --~0>-> Suizos • l >> Austriacus . 1 » Cubanos 1 » Holandeses 1 " Mejicanos . 1 " felipinos . 1 TOTAL. 445 ..................................................................................................................................................... -Sección de Esta dística, Demografia y Padrón Sanitario 0KFU¡'I;CIONES Y NACIMIRNTOS REGISTRADOS DESDE EL DÍA 14 AL 27 OR ABRIL DE 1916 JU7.1flld08 Mo¡•l.ftlidlld Nlltnlld&d Atarazanas . 28 50 Audiencia 48 54 Barceloneta. 49 50 Concepción . 61 75 Hospit al • 96 55 Horta. 5 5 L onja. 56 41 Norte. 41 72 Oest e . 55 74 San Gervasio 16 16 S ur. 50 49 Unlverslclad. 74 62 TOTALRS. 557 581 14 Comisión especial de Cementerios EST ADO DE LOS ENTERRA&UENTOS VERlFlCADOS EN LOS CEMENTERIOS DE ESTA CIUDAD, DEL DÍA 15 AL 28 DE ABRIL DE 1916. CRIIIENTERIOS ADULTOS IPARVULOS TOW. OIKJRU Sud-Oeste 224 125 547 Es te. 59 16 75 San Gervasio 12 4 16 San Andrés :¡ 04 56 ïO San Martfn 4 - 4 Sans. 14 9 25 Las Cor ts. 40 50 70 Horta 1 - I TOTA LES 088 218 606 ~~ GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA ~~ Brigadas Municipales INTERIOR Dislribución del lrabajo efecluado por las brigadas de esta Zona duran/e la última semana IÓ UIO •• a&eDIU adaorllos al& brlgad& DESIGNACIÓN Dl! Lt\S BRIGADAS --·1------- - 156 Cementerios 127 Camino11. 51 Tallerel! Municipales. 277 Limpiezn y riegos 'dl Empedrades 20 Paseos i08 IIÚII.0 Dl 11l15tJS I OCITP1DOS 111 lr&b&jos uni.Gloa TOT AL pOp!OI UpiOialiS de Iu laera de NATURALI!ZA DEL TRA BAJO PUNTO DONDE SE RA EFECTUADO brigadu brigadas __ -------- 126 50 89 51 216 61 81 1.6 16 4 156 Construcción de sepultu- Cementerio del Sud-Oeste. ras de preferencia y arcos-cueva. Conservación y repara- ld. íd. ción de vías y paseos. Limpieza de los mismos. ld. f d. Construcción de un grupo Cementerio del Est e. de nichos. ¡ Conservación y repara- ~ ld. íd. ción de paseos. Limpieza. !d. fd. 127 Arreglo de camines y ca- Calles de la Travesera, Pi, Alcolea lles afirmades. Baqal, Sans, Alegra, Ami~ó, Gandu xer, Carolines, Campo, P rincipe de Asturias, Topacio, Torrijos, Padre Sechi, San Adrian, Orden, Virgili e lrlandn. Camino del Gas y Riera de Horta. 51 Carpinteros. Herreros. Pintores. Carreres. Toneleros. !Lampistes. 277 Limpieza y riegos. 97 Modificar empedrado. Construir f d. Reparación de puertas y Vallas de Parque; trabajos en la cubierta de almacén y en la sierra. Com;trucción de martillos, trabajos en trepillones y en carri-cubas y ht ciar, acerar y reparar herramientas Pintar carri-cubas, banderoles y nive letas. Montar un carretón~ construir mangos y hacer varies trabajos. Obrar madera. Trabajos varios. Calles del Interior y pueblos agre gades. Calle del Palau. Calle de Abadal. Colocar bordillo y rigola. Torrente de Vidalet . . Reconstruir empedrado. Calle del Rech Condal. 20 Garvilla de tierros. Calle_ de Rosellón. 15 ~~ GACETA MUNICIPAL DE BAf 4,688 li 185 • 10,781 I> 226 • 6o,728 kilos. Ademas, han sido 'isados por el personal facultativo 151 certificacioncs de origen y sanitarios. Por el mismo personal hau sido decomisados 38 kilos de cmbutidos y cames varias de cerda. Rclacióu rsfadfstica dc la importación zaalógica y de la mortalidad animal c11 Barcclaua, ambos a carga de dicho Cucrpo IM1'0UTACIÓN Ganndo vacuno. !anar. ca brio ce rda Volateria Conejos Total. 9,058 reses. 72,I95 4.443 5,165 152,241 50,100 J La importaci6u de pescado ba sido de 472,375 kilos. La importacióu de buevos de 136,o87. 1\IOUTAUDAD Ganado \'aCUllO 14 reses. • !anar I • cabrio . 20 • dc cercla 8 ca ballar 23 » Total. 66 reses. La importnción vicue consignada casi toda ella al consumo dc esta plaza. Las dcfunc!OJICS han sido ocasionadas por enfertne- dades .comunes, s in que se l1aya registrado caso alguno de cnienneúndes enzo6ticas. 18 Archi vo Municipal Publicaclones recibidas: Del INSTITUT D'ESTUDIS CATALANS : Els c/CIIIt'llls disuds de la malcria i la radiació.- Conferencies per E. Tcrradas, recullides per J. Pòlit, Professor a la Facultat de Cicncies de ~arcelona. Biblioteca filològica de 1 'Institut de la Llengua cata- lana.-Ul.- Diccio11ari Agui/ó.-1\Iateria1s lexicogrà- fics aplegats per Marian Aguiló i Fuster.- Fascicle III (ca-clmbal). De la DmHCCTÓN GENERAl, mi CONTRlBUCIONl!S : Estad[sLica ad11ti11istrali'Va de la Co1ztlib1teión lndus- dust.rial y dc Comercio.- Año 1914.- (Edición oficial). CURIOSIDADES IDSTORICAS Sagrament dels SJndlcbs elegits per la Ciutat per eatreuenir en Corts Los Sindicbs elets per la Ciutat de Barchinona en eutreuenir per la dita Ciutat en les Corts les quals etc.• Conuencn e prometen sots virtut del sagrament e home- natge queu faran en poder del llagucr o etc.• Que durant lo temps del dit Sindicat sens licencia del Con- cell de Ceut Jurats dela dita ciutat no demenerau ne puixen en alguna manera dcmenar l1auer ne obtenir ne acceptar pej· aci (I) o per altre del Senyor Rey o, etc." algun offici gracia o benefici nen faran perlar a altre nc hi doneran alguna obre per si o per altre directament o indirecta E perço sen pose qttescu deUs pena dc Cent lliures e encare perdre tot lo salari o altre cosa que haguessen hancln deia Ciutat per reho dèl dit Sindicat. Lo qual salari si contrafal1ien baien a tornar ala dita Ciutat E noresmenys que ipso facto sien priuats del Coucell e de tot o!fici e benefici deia dita Ciutat Entes empero que si algun dels dits Sin- dichs en Ja audiencia consistori o concell d_el dit Senyor o en altre manera perlauc en tal fonna que lo dit Sin- dicat nc los a[fers de aquell non Yalguessen menys per alguna justícia de si o de son aruicb o daltre no hagues trencat los dits sagraments e homenatge ne bagues incorregudes les altres penes denmnt dites Empero los Consellers poden donar licencia als dits Sindichs de supplicar obtenir e acceptar qualseuol gracies o beneficis no pas per ells mateys sino per qualseuol altres persones e perlar axi per la iusticia com per íauor de tots aquells dels quals los dits Consellers axi per lurs in:;truccions com per llurs letres los voJran encarregar e donar licencia E los dits Sindichs Ilo puixen exeguir. Item prometen e jureu los dits Sindichs que no desemperaran los affers del dit Sindicat per algun cas ne partira11 del loch hon la dita Cort celebrera sens liceucia del Concell de Cent Jurats pero en cas de (l) flCr Ilo IÍ. malaltia la dita licencia puixcn donar los Consellers e I? Conccll de .XXXIJ. deia dita Ciutat E qui conlra aço fara que perda lo salari que hauria hant deia dita Ciutat e aquell li haic a tomar. Jlcm ju_ren dits Sindichs en fan homenatge segons que demunt Que en alguna manera no doneran llur consentiment a concloure alguns actes o negocis en la dita cort sino de e ab Concell dels honorables Conse- llers deia dita Ciutat e del Conccll de .XXIII}. pro- meus elegits per los actes deln dita Cort E deies dites coses los dits Consellers demanen esser feta e liurada carta publica ala dita Ciutat.. (Llibre de fl~ra. mcllts.) Almotacéa municipal: atnbuciones ·Die Sabbati XXIJ.a dic Decembris anno a nat[ivitate] domini Millesimo CCC0 LXX0 \'0 • Publicacio de ço quelll\-foslaçaff pot .fer segons lus de Valencia. Ara hoiats per manament del honrat tn Luis auerso Mostaçaff deia Ciutat de barchinom Que con ell per auctoritat del priuilcgi deia. l\lostaçafia per lo moll alt senyor Rey ala dita Ciutat atorgat síe conexedor e de- lermenador de totes qucstions de obres de portals e de finestres E de spilleres E de stcllicidis de parets mijeres de carreres e daltres coses semblants Síe encare conc- xedor lo dit Mosiaçaff e determenador de totes coses tocants falsies encameramcnl o allres coses desordona- dcs de fer en fets de draps o en texir aqueUs draps e en fet dc caneles de ciris e de tortes E en fel del seu e deies caueles de sen e en fals e al pes d'aquelles E so- bre encameraments dauers E sobre totes falsies (raus e encameraments tocants e quis cometen es poden come- tre en los officis dels texidors e dels perayres E dels tin- torers E sobre lo oífici dels fCiassaders E sobre lo fet deies cordes de canem E sobre seda e sendats E sobre lo fet de les raiolcs e teules e calç E sobre totes falsies tocants encare obre de filadiç E sobre falsies quis fassen en fet del carbo I.:. sobre toles filtres falsies e fraus quis fassen nes pusquen fer ne cometre en los offi- cis deia Ciutat axi com dc toles aquestes coses se en- tremet lo l\Iostaçaff de la Ciutat dc \' alencia segons lo qual vs lo senyor Rey ha atorgat ala dita Ciutat de bar- chinona lo dit offici de :\lostaçaff segons que dc totes aquestes coses pus largamcnt son contengudes en lo priuilcgi deia dita Mostaça(ia atorgat per lo senyor Rcy en la informacio handa sobre lo dit vs dela dita Ciutat dc \"alencia Per ço lo dit honrat Mostaçaff notiHica a tuyt les dites coses que aquelles persones colre Ics quals les dites questions son o seran venguen denanl lo dit Mostaçaff per determcnar aquelles segons lo poder que lin es donat. E que toles les coses dem unt dites e sengles d'aque· lles nagun altre official nc persona nos entremeta se- gons que per lo dit senyor Rey axi es contengut en lo dit priuilegi.• (Registro de Bans de/¡Jfos/açafj. años 1372 a 78, fol. Sl.) Sección de Gobernación MAYORDOM1A Rdación de los objctos l!al/ados :¡• dcpositados Clt esta St•rciólt Una abrazadera de meta) para portezuela de auto- móvil.- Un bolso de pic! para seüora, conteniendo un paiiuclo, u_n retrato, céntimos y \·arios papcles siu importancia.-Un pañuelo bolsillo coll u_n llavero con ocho lla,·ecitas, un llavin y una llave suelta.- Una funda de lona para baúl.- Varias llaYes.- Una to- quilla de Jana blanca.- Un bolso pequeño de piel con un pañuelo.-Un bolso dc piel, para seiiora, contenieudo metúlico. Lo que se anuncia en \'Írlud de lo dispuesto eu el articulo 6rs del Código Ci,•il. ··························································-=-···························-···-·························································· Asilo Municipal del Parque E ST ADO DEMOSTRATIVO DEL MOVUllENTO DE 11\DIVIDUOS DURANTE EL MES DF. Abril DE 1916 'l'ranseontes lmposibilitados Presuntos Doms. Miños 'l'OT AL Borermos I Fallecidos Hnbla en fin de Marzo . Altas. SoMAN. Bajas. Queden para 1.0 de Mayo. Varoau lltmbraa Varooes iB•mbras VartDU Htmbru Taroott Kombru TarODu Bombraa Yaroou l!tmbras hrous Hembn.1 --;-~~~ ~~~---;- 265 257 -=-¡1-=---=-,-=- 195 40 - 1 - 1 8 64 13 266 1 61 - - - - . 256 145 15 1 15 55 27 --;; w 557 298 --=---=- 1-----1--=- . 210 45 - 2 8 6 64 16 282 67 - - I 10_ 7 r--· --_.;._--f-----r---- ---.------ 46 ¡ 102 15 I 15 25 21 163 95 2-19 :!51 - - - I - ============~==~======== 19 Oficina de Estadística, Demograiía y Padrón Sanitario (Secaión IV del Crwpo Médico Mwzicipal) ESTADÍSTICA DE MORTAL JD AD 0EFUNCJO.NES POl< CAUSAS, Y POR DJSTRITOS MUNJCJPALES, OCURRIDAS EN BARCELONA E.N Abril de 1916 .. . .. o •o CAUSAS DE L AS DEFUNCJONr'S DISTRITOS ~IUNJCIPALES ~ ;-; RESUMEN NO\IE:-ICLATUR.A L"'TERNACIONAL - - I I I I I : ;¡;';; 11 ____ A_B_R_E_V_J_A_D_A----ill-·-·--=- ...::.._ ~ ~ ~...:... ~ __:__ •~ ~ ~ ~ -~.:_I~~ _: = ! _: _: ~ ~ -! ~ = ~ = ~ ~ 11 18 Fiebre tifoidea (tifus abdominal) Tifus exantematico . . . . . Fiebres intermitentes y caquexia palúdica . Viruela . . . Sarampión. Escarlatina. Coqueluche . Difteria y crup Grippe . . . Cólera asiótico Cólera nostras . . . . . . Otras enfermedades epidémicas Tuberculosis pulmonar. . . . l d. de las meninges . Otras tuberculosis . . . . . Sl filis Cancer yotros tumores malignos Meningitis simple . . • . . Congestión, hemorragia y re· blandecimiento cerebral . . Enfermedades orgénicas del co· razón . . . . . . . . . Bronquitis aguda. l d. cr~nica Pneumonía. . . . . . . . Ot ras enfermedades del aparato respiratorio. . . . . . . Afecciones del estómago (menos céncer) . . . . . . . . Diarrea y enteritis . . . . . ld. en mcnores de dos ailos. Hernias, obstrucciones intestf· nates . . . . . . . . . Cirrosis del hfgado . . . . . Nefritis y mal de Bright . . . Ot ras enfermedades de los ri ilo· nes, de la vejiga y sus anexos. Tumores no cancerosos y otras enfermedades de los órganos genitales de la mujer. . . . Septicemia puerperal (fi ebre, peritonitis, flebitis puerperal). Otros accidentes puerperales . Debilidad congénita y vicios de conformación . . Debilidad senil · Muertes violentas Sulcidios. . . . . 2 5 4 2 1 1 5 - 1 ~ I 1 7 5 5 JO I 5 1 2 I _ I 2 4 I - 10 1 5 4 5 16 3 4 5 5 6 5 1 6 2 I 5 4 10 12 3 1 4 8 1 2 2 5 2 3 5 1 1 5 2 4 16 5 5 12 2 1 7 2 1 5 2 14 3 1 4 15 7 JO 7 2 5 18 I 5 4 2 3 1 1 5 11 2 4 2 6 lO 18 16 5 4 8 16 3 5 I 1 6 5 1 1 2 5 4 I 2.'5 1 4 12 8 31 8 10 I 2 7 5 1 1 1 I - 5 1 2 4 4 9 16 2 1 5 18 1 4 10 2 2 2 9 1 1 2 6 2 5 8 1 I 2 5 4 I 2 2 46 2 1 I 18 4 li 22 6 1 :4 2 5 5 5 I 5 9 5 1 2 9 10 88 8 15 2 25 23 39 75 16 12 29 80 4 15 21 6 4 24 2 7 6 2 I 5 15 2 57 7 9 2 26 54 53 90 14 12 24 70 1 16 '20 6 9 16 1 4 16 1 1 5 3 12 25 2 145 15 24 4 51 57 92 165 50 24 5.) 150 5 '31 41 12 15 40 2 1 4 1 - 1 - 4 3 2 1 1 - 9 - 12 10 22 1 1 = = = ! = _! 2 I lg = I~ I ~ lg ----1-1--4 - 4 57 6 10 5 8 10 15 12 5 7 1 35 - 65 47 110 Otras enfermedades. Enfermedades desconocidas mal definidas o - 2 - - I I 2 1 - - - 1 tl - 2 5 L.:_ 184193¡7ï177ï ï2"ï 146 -;;-f88l56 m-11m-r-=-11 650 .58511.215 TOTAL GE!'\ERAL. DBMOGRAFÍA -- - - - --- -. - -- NACIMIENTOS NACIDOS MUERTOS Legitimo& lle gitlmos LOI(itlmos Ile!fitlmoa 11 DEFUNCIONES TOTAL . TOTA L Va•·oooe .Bemhras Vnrouc~ Hentbrns ~fom>n• Varonea I Hemhrns 574 5~6 71 69 1,260 . 30 10 I 6 11 96 li 1,215 . . . . . . . . . 20