• G AC -ET A MUNICIPAL DE BARCELONA Afio XIV 31 de enero de 1927 Núm. 4 COMISIÓN MUNICIPAL PERMANENTE Rcunióse (sta, en ~esión ordínaria, el dia 25 del actual, bajo Ja prcsidcncia del Excmo. Sr. Alcalde, Barón e la Sccrt•lada mtntictpal, deYando, para sn apro- bación, el extracto de los acue-rdos adoptados por esta Comisi6u durautè el lllt'S de octubre último. Dc Jntcr\'Cllcióu, tClll iticudo la distribución dc fou- 66 GACETA .MUNICIPAL DE BARCELONA dos, Ul ímporh ;.529,500 pta~ .• para atender a las obli- gacioncs del m~:s dc fchrcro del corrieute aüo. Del ilnstrc ,;dior don Celesti110 Ramóu, elevaudo, para >-U ;1prohación, el informe emitido por el señor jck de la Sccción de Hacieuda, relativo a la compula- ci6n, para lo>- cll:rcchos pa,;h•os, de la ob\·ención conn·- nida l'nln: los abasteecdores Üt? gauado \·acuuo y !anar y los i11du,;lriah.•s interc:;ados en la malan/.a clo c11o de couformiclatl a lo prc\'ist.o en los acllí.'nlos complemcnta rios del Presup11csto ,·igcnte. Dada ettcnla dc uu oficio del lltrc. Sr. Tcnit•ntc dl' :\ lcaldc suhslilulo clou Pedro Oromí interesando la dcsignaciún dc un ,;eñor Teuicntc de Alcalde para que, en rcprcsentnrión dc la Comisióu Municipal Permaucu- tc, asisla al aeto de la snbasta, que se ba dc eelchrar d dia 3 dc fchrcro próximo, para la explotación ada lectura dè una comuuicacióu del setïor ad- ministrador principal del Cuerpo de Correos de esta ciudad int~:r'csaudo que ,;e le mauifieste con exactitml In fecha eu que se dectuaní la entrega oficial delx1uevo edificio de Correos y aquélla en que quede la calle de C~ignas ampliada en la fonna propuesta para que puc- clnu rcnlit,nrsc la.o; opcraciones de carga y descat·g-a clc las cxpcdicioncs, cllo n los dcctm: de poder dar, en su ca,;o, por rcsciudilfo el contrato de arrcuclamiento del t•dificio que In Admiuistración ocupa en la plaza dc llr<)llÍnaona a primcros dc febrero próximo, se acordó ~.:onlcslar, dc coufonnidad con lo manifestado por los ¡;cñorcs arquitcctos directores de las obras, que el cdifi- cio dc que se trata qt•edara tenninado a ú I tim os del mc,; actual o a priucipios de febrero próximo, y que rc~pecto a la fer ha en que q11edara Ja cal1c dc (j iguas ampliada en la forma propucsta para que puedan 1·eali- . zarsc las opcmcioues de carga y descru·ga dc las exp(•- dicioncs, no es posiblc fijarla porque, fonnulado el (•portuno proyccto, y elendo a la Snperioridad intc- a•sando que el E.;t.a-upncsto, cuyo epí~"l·aft! es cl\.latcrial de l\Ier- eados•. ISc aprobó la comnuieación y el infonnc.) SECCióN DE GOBER.t~ACióN PERSOXAL ln<'oar el oportuno c:\.pcdicnte de jubilación que so- lidlan clon i\Iauuel 1\Iembrado i\[embraclo, dOll Pl'tlro Llcbol Meler y don Jaime Rivera, guardias nrbanos, por hallar~c imposibilitados para prestar servicio. - Amortiznr, dc coufonnidad cou lo manifcstado por la Junta calificadora de aspirautes a destinos pú- hlicos, In plnza clc picapcdrero de Fontancría que fué adjudicadn al licenciaclo doh Justo Téllez, y disponer se convicrta cu plaza de pe6n de Fontaneria, nombt·an- do, para ocnparla, al referida iudivicltto, con el scmnual dc ;;6 pl.as . CENTRAL .\delantar men:;nalmentc 140 pla,;., a justificar, al guanlia herrador de los caballos de la Guardia lh·bana para la prcstación del servicio que tiene eucomeudado, aplidi.nclose el gasto con cargo al ,;gentc Prcsttplu:;:;to (m-r.•B-56r). ~IAYORDO)IfA Y Cü:\fPRAS Aprohar la rclacióu de consiguaciones que debc re- servar Ja Oficina de Jntervencióu para satisfacer los gastos menares que, con cargo a las ruismas, dcctúa c·~le Negociado, mecliantc justificacióu mensual dc cli- chos gastos. · - Poncr a clisposición del seií.or je[e dc estc Nego- ciflclo, don Jo~{· M.~ Tonenls Solé, la cantidacl de S,ooo pl·~cías, que sc aplicara al "'igeule Presupuesto (r-1 r-36). PA'rRTMONIO 1\IUNICIPAJ, A probar las cueul.a.c; que prcscuta el administrador dc· Tnmncbles municipalt's, tlon Ramiro Hortet., col'rcs- poudicntt's al semestre de 1.0 de julio a sr de dicicmbrc .. ' GACETA .MUNICIPAL DE BARCELONA dt> rq::ó, rl<>bicndo ingrcsa.r ur Caja el produrto liquícln, que mmja f,rrq'.¡s plas., <'11 el eual se indun el in- grcso dc Jho pro<:edeute dc los pisos dc la (·alie de HeUa- tila, n.~ ,,, Cjlll' el ,\yrtntamiento tiene subarreudadn~. - Pout•r a clisposidfm de Ja 1\Iayordomía munidpal l::t !\tunn rlc ,365 plas. para atender a los gastos que, en el presente niío, o~·asionc la limpieza del local que ocupa la Oli cina del l'at1 imonio municipal, caulidacl que sc :1.plicnrú al vigcnlt' l'rcsupueHto (n-r. 0B-r22a). EHrarg-ar a la imprcnta municipal del Inslituto dl· Vi lajuaun, l>ajo d presupuesto de 530 ptas., la imprc- l'ïióu <1<' 'qui 11 i eu los ejew ph1res dc las seutcucias de pri- Juera y scguna\·cuporl College de la Uníversidacl de I.t:uoir, :\'orth Carolina, Estados Uuidos, para dedicarsc al pcr- fccdonamicut.o de nue..;tro idioma y a la eu:-;cñanza del ingl(•::; , tl c:o~de 1." del actual hasta 30 de sept.icmbre, la canlidacl cic 27;:, ptas., eu coucepto de alojamieuto, ma- 11Ulcneií)ll y dcllift~ que se le asig11an por Sit estaucia en nucslra cimlal:l nacional dc parvulos y cau- tina l·;;colm lk la call<" de Yillarroel, u. 0 140, satisfa- d(·ndo~l· el olquiler a lo::; Ult-ucionados propietarios o a su mlminislrad01 llou J~Jsé Tres¡;em; J3onf., y aplican- do~c el gasto nl 'igeute Prt"st!fmesto (:x-1.~B-275a), y c¡tll', pm lo e¡ nc rl'~pcdn al impOl te del alquilct del tncs dc el iril·mbn· próx i 1110 p;~ .• :ult)1 sc ~ol idlc de la il11slre Dclc·gación dc Hnriculla Ja cons1guacióu aplicable para el pago tl•· 6•6'6h pta-.., importi:! dc ,.;cmpeñar el cargo de pro[csoras elL cnscñanza doméstica, que se creau cou can'tct.cr pcr- mancntc, a las scñoras doña :María de Gracia Pont dc Vernet y a doiía 1\lada Rodóu dc Nebot, maestras espe- cializ::ulas cu estos cslltdios, proc-edentcs del ~curso normal dr Eusd1an;r,.a doméstica», y en cuyos e:dmc- ncs obt.uvicro11 t;>l u(nncm 2 y 3, respectiYameute, y por habfr~clcs rcconoddo el dcrecho a ocLtpar cllchas plaza5 por Clrdcn dc müitos de su promoción, asignúndoseles - Eutc:rarst•, y, cu lo mcuester, aprobar, el cont.rato • subscrilo en J. 0 de diricmbrc último, del piso princi- pal dc la calle de :Mallorca, n.• 219, para empezar a regir desde dicha fccba, por el ilustre señor Delegado el sneldo anna) cle 3,000 ptal'. a cada uun, y cou lt¡s clcma~ clcrcthos corrcspondicntes a los profes·orcs mu- lticipalcs, y que el ga.o;to de 6,000 ptas., a que ascicndc el sucldo dc dichas profesoras, sc aplique al Prcsn- pucsto \'Ïgculc (x-2.0 B-297a). GACETA MUNICIPAL Dl! BARCELONA SECCION DE HAC!E}..'DA IN GRESOS Disponcr que, ac•cctlicndo a lo solicitado por los in- dustrialcs tocinct·os que al final se menciouan, con es- tablccimicnto cu las scñas que se indicau, los cuales resultau ltallar:;c en las COJJdiciones raglamentarias para l'l uadia11a, ordenar al mismo qne, dentro c1d plazo tic trcinla lila~, contaderos ~partir del de 1!! {ceba dc la t•orrespomlicule notificaeióu, co11Struya el albañal t1c dcsag-ii.e demas meclidas coercitivas q ut..: scan proccdcntcs. - <..:omo cous~:cul·ncia d<- la.s reclamaciones pt·odn- ci!las por molestias, y del informe de Ja Oficiua facul- tativa, ordenar a don Eurique Elía.o; que, dentro dd plazo clc trcinla clía:,;, t:levc basta la altura qnt prt..:s- criben la~ Orcle:uanzas H!lmicipales las chimeñc:as co- ITl'Spondieutes a la estufa y a un generador de vapor iuslalaclos en Ja fabrica dc letriuas de la calle del Con- sejo de Ciplar{w las demas meclidas coercitivas que sean proccdcnles, y que, d{mdose por cumplido al expre- sado señor en cuauto a la ordeu que se le pas6 rela- cionada cou la trausmisión apoyada en pared mcdia- ncra, en méritos de la autorización del propietario colindantc y dc lo iuformado sobre el particular pot Ja Seccióu técnica municipal, se haga presente al e."'l:pre- sado scitor Elías que en cuauto baya dado cumplimien- to a. Jo que se dispouc en el apartado anterior sc resol- vera lo procedcnte respecto al permiso que tiene solici- t:tdo para substituir un electromotor e instalar una hor- nilla con caldera abicrta en Ja fabrica de que se trata. - Autorizar a don Fraucisco \ïla, en su calidad de marido y rcprcseutante legal de su esposa, doña Do1o- r.:s \'alldejuli, y dc apoderado de la henu.ana de ésta, doña Elena, para construir una acera de 8o cm. de ancho c11 toda la extensióu corresponcliente a la finca deu om iu ada e Casa Caroh, situada en el Pa,;eo de 1\Ia- rag-all, y para practicar un yado freute a 1.'1 puetta dc ~:utrutla a la 111 isma, construyendo a ambos I ad os de dicho \'aeseslimar, ratifieando en un todo los acuerdos dc 30 dc uoYit:mbre dc 1926 y 18 del actual, Ja iustan- eia, de 29 dc uoYÏl:mbre de 1926, de clou Joaquín Creu;;, acompaiiada de plauo, solicitamlo autorización para la reapcr!.ura dd horno dc cocer pau existen!.c en la ca,;a 11.0 10 dc la calle tlc Cutuluím, pc¡r cuanto no reún~ las condiciow .. ·~ que sc fijan en el acuerdo tlc: 20 de jnlio de 1916. OBRAR PúBLTCAS Aprohar el aeb\ dc n:cepciórt de los trabajos dc re- forma dc la instalacióu de las líneas de luz. y fuerza ?l GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA cu lo,; bajos dc estas Ca;;as Cousistoriales, efectuados por el inunslrial don Fcrnando Toboso en virtud del concurso que lc íué adjudicada por la Comisión :\Iuni- cipal l'cnuauculc, eu 2r de ~epliembre del año próxiwo pasaclo, cnlcndiéndosc qu~ el vlazo de tres mescs que tomo g-aratJtía fija el plicgo cle conclicioues que rigió el concurso ;;era a contar de la Jec;ha de 29 de noYicmbre último en que sc cfectuó la recepción. - J>c coufonniclad con lo intercsado por el scñor director general tlc los SLn·icios técnicos dispouer que conliuúc d mi:mlC>, por clurante el coHiente ejercicio, en el uso clc la. autorizaciún que le fué coucediua, por acucrdo tk- 31 de agosto últirno1 pam tomar tres vigi- laulcs q nc cu bran los tres tur u os de trabajo eu las obras dc coustruccí<'ln del t(mel del Ferrocarril de Sa- nia a Barcelona, cou las salvcdades qne se e.-xpresan en ·e) rcfcrido acttcrdo, y que, a tal objeto, sc destine uu crédito dc Io,:!Uo ptas., que se aplicara al Presu- pucsto cxlraunliuario del Ferrocarril de Sarrtü, calle de Balmes 111-1 ."-s.•). que sení. pnesto a disposición del rcpctido sdíur director gcueral por trime:->tres, dc- bicuclo éstc, oportuuamcnte, rendir cuentas justifica- das dc su iuvcrsióu. - Dispoucr que, con cargo a la coutrata que se ticnc adjudicada a la sociedad Fomento de Obras :r Couslruccioucs para los ser...-icios dc limpia, couserva- ci(m e bigicuizacióu dd akantarillaclo de Barcdoua, sc procctla, tk eoufonuidad con lo info_:mado por la Sttbdircccióu de los Sen·icios de salubridad, a realizar obra~, 1lc importe r ,133 '02 ptas., la construcció u dt: los Í111borualcs nccesarios para la recogjda de aguas eu la t•allc d<: Fraucisco Giuer. - Aprobar la cucuta certificad~, de importe r,78o pcscta!:l, que sè aplicara al l'resupuesto del segnndo :-;euH.:strc dc 192!l, hoy Result.as (xr-r."B-s6oc), rclatiwL 1tl ~1111 1 ini~t.ru dc varies uul.leriales de carreteria becllo por la castL ITcn:th:ros tle Narciso Ttias, en virtucl del t•out·tm;o que lc [ul: atljmlicado, y que, por haber pre- s~'IIÜtdo los l'il.atlos ~ciior<:s una in¡;tancia en la que hac·~ n nmstnr la l'<:si(¡n clc:l i111portc dc dicba cttenta n doll E,.;tanit\lao Ri.!n'1t<:r Ripoll, se pague a (·slc la indi1·:ula suma. - l>l·\·nl\'l.:r, por hnhcr transcurrido el plazo dt tres llll'S<'-'i ckstlc la l~:nniuación dc los trabajos complcmeu- larios rlc ~·hauistería para d Salóu dc Ciento de cslas Casas Consistorialcs, efo:cluados por los señores don .San·isu y don J~tquiu Salat, y de conformidacl con lo prcwniclo l'LI la sl:ptima dc las condiciones del pliego quo: rigiú en la wntrala, a los cxpresa-159) . t lmAK[ZACió:X Y REFORMA Aprobado, por RR. DD. de 12 de abril de 1887 y 16 dc julio dc t88ç¡, previa e.xposicióu e iuforrnacióu pública, el proyccto de la Reforma interior fonuulado por don Angl'l J. Haixcrns y acordada sn ejecucióu, limitancc!liémlose a la prcYia iuscripción de la correspou- dicnlc ccrti firnción posesoria, en el Registro de Ja l'ro- pícclnd, pnr:t qne puedan segnidamentc ser Íl!Scritas las lllit\11\Hs porciones a nombre de dou ValcHtín Soler, adjutlicutario del solar lctra A, manzana n.0 13, dentro tlc cuya total superfit'ie sc comprende11 las dos porcio- 11C~ dc terrenc dcscritas. - Iucoado expcdientc de expropiación forzosa de los lencJJos uccesarios para la apertura de la calle de Palnfox, cu c1 trayecto comprcndiclo entre las calles dc AlinniA'l y Riera, y comunicada el acuerdo a los pro- pidarios inlcn.•suudo formularan oferta de precio, hau GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA 73 contc~ilado ofr~cicudo la cesi6u gratuïta del vial ncce- sario a cambio de que se les exima de cualquicr clasc eh. impuesto que pudiera impouérseles con motiYo dc l:t exprcsada mejora, y rcsultando que, a tenor de lo informada por el Neg-ociado facultativo de Hacieuda cou In couformidad de su ilustrc señor Teuicnlc dc A lcaldc J)clcgado, proccdc cximirles de la coulribur ción olc mcjoras por lm; obras a efectuar, que importa- r !w la suma dc 14,8::¡6 ptas., aceptar la cesióu gratuïta del lerrcuo vial ncccsario para la apertura cle 1a calle dc Pnlafnx, que ofrecen S itS prppietarios clon Peclro Sin, don Ba11liago Moliné Aguilar, clou Jaime Capdevila, y doíía .Mnrla y dofia Rosa Penamóu, en iJu;taucias que figurall ('11 el cxpedieule; entendiénclose que dicha acepincic'm es sin pcrjuicio del examen de los lífulos dc pl'Opiellad de los tcrrcnos cedidos que tlebcníu hallnrsc librl'S dc toda carga o gravamc¡1, que, de existir, cancclnrau a sus coslas los sefiores cedeule!i, Ionnalidltldosc segniclamcutc la correspoudieJlte acta administrativa como rcsnltante del expedie11te dc ex- propiación incoado, y que el importe de las obras a 1rali7.ar, asccndcnte a la cantidad cle 14,826 ptas., sc abone cou cargo a la conlrala de summistro de pcrsoual y material. - Encargado de la dirección de los trabajos rela- ti\'Os al l'lauo parcclario el Tenieute coronel de ingc- nicrc.>,; don \'iccutc Martorell Portas, por durrultc el ejercicio dc 1925-26, cometido que le fué prorrogada, por acucrdo dc r3 de julio del año última, basta 3r dc diciembrc próximo pasaòo, y en presencia del informe cm itido por la Dirccción geueral de los Servicios téc- nicos, y lenicmlo en cueuta que no ba termiuaclo e) rdeddo scñor el cometido que se le encoJUencló, clis- poncr qnc conUuúc dura11te el ejercicio actual al [rente dc clichos trabajos, abonúullosele la gralilicaci6n clc l ,ooo ptas. mcnslmles, cou carga al Pres u pues to vi- gcnlc (vt-t .0 A-114). - 1\Ianifcslar que no ha Jugar a rcpouer el acucrdo, adoplado cu 7 de diciembre última, denegaudo a don Sinwón Garcia, que obra como gercnte clc la razón social Ri va y Garcia, el penniso que so1icit6 para cercar dcfinitivamenlc unos icrrenos cou frent.e a Jas calles dc Travcscrn ispom·r que sc coufinnc a d,on José Gili, en rc- prescníaci6u del Centro Moral del PuebJo J\ttC\'0, el pcnniso que para construir ttu edificio destiuado a csetH:las, café y tcalro, en un solar de la caUe dc Pu- jad:ts, k: Jut• concccliòo en. su cUa, con la salvedad clc que a !ns condiciones que oportuJtamente fijarou los 'téctticos muuicipalcs clcben cousiderarse aiiadidas las que cu ofic·io clcl <:obicrllo civil se detallau. - [tllponcr a don Eurique Vila una multa de 50 pcsctas por habcr praclicado obras sin penniso cu dos c·nsas del Pasco de Torras y Bages, y en las veri- ficndas cou mot i' o uc la construcción del cubicrto del palio posterior de Ja easa n.0 312, multa que se lc im- ponclní. tk uuc\'O mcnsualmente mientras uo se acredite <>I cutnplimh:nto de la on1eu cle legalización de las rc- feridas obras que sc ticuc dada a dicho scñor. OHRAS PúBLlCAS Aprubar las siguicutcs ccrtifi.caciones y relaciones vnlorndns ; nc los lmbajos dc limpieza ejecntados en el alcau- tarillaclo tle la zona dc Ensaucbe por la sociedad Fo- mento el e Obt·as y Conslruccioues, de importe 77 ,6g4 '19 pesc:las, que sc cottsignadt cu el próximo Presupneslo cotllll créd ito rcconocido. nc 1n cooperaciótt a las obra-; dc recoustruc:c::i6n de la occ:ra corrcsponclicntc a la casa t1. 0 96 de Ja ca1lc u~: Lauria, l\alisfacirudose a los seüores E. y F. Es- cofct V C ,A Ja C:llltid:tc1 itnporte dc lOS refCrldOS trabajOS, que ascictl(lc a 296'55 ptas., que se aplicara al vigcntc l'rcsupuesto dc F.usauche, gastos de ejercicíos eerrados (h.:¡. o.go). - Dar la conl'onnidad a las cuentas justificativas dc la invc:rsiím de las sumas pcrcibic1as por el ilustre seüor Tenicntc de Alcalde l'rcsidente de Ensauche para ¡..TUstos eh.' la impresióu de la ~Iemoria que compreudc los trabnjo~ practicados por esta Comisi6n, de importe 1,9¡8'10 plas. - Autorizar, a los scñores que después sc indicau, para cou~truir las accras de las siguientes easas, otor- gúndolc~, comq c·ooperacióu a la obra, las cantidades que n continuatióu sc seííalan y Jas cuales se aplicarún al vigcutc l'resupuc~to dc Ensanche (:xr-J.n·I59) : A don Sah·adm Parés, la de las cac;as u.• g6 y roo de la calle dt:l Fresser, co11 ro6''26 ptas. ; a don Endqtre Rcdóu, la tlc la n.o .37.5 dc la dc la Diputaeión, co11 19S'24, y a don José llarba, Jn dc la 11. • n de la de Abacl Zarout, con _504 '98 ptns. ; y dan;c por enterada dc la delega- ci(m CJIIC.: t'SlC último señor otorga a [~nror cJc los SCflO· l CS H. y F. Escofel y C.", s. ell c.J para que le repre- senteu en todas y cnda una dc Jas operaeiones que, con respecto a la rccottstruccióu de la Mera, debc.:n llcvar,;c a cabo por el Ayuutamiento basta sn tcnni- ll:td6u, y para que, en su dia, puedan cobrar la cau- titlud coll que se subvencione la recoustruceióu dc dicha acera, - Pn•star la uprobación dc la cueuta relatiYa a los jorualcs y matcriales cinpleados en ·la imprc..,.ióu dc trcseicntos cjemplarcs del folleto Presupuesto especial dc Eusanclzc, sati~faciéudose al taller de impreuta dc \ïlajuana la caulifanuel Ah·areda la cautidad de :?.¡g'lx> pta~., con cargo al \ ' igente Presupuesto de En- sauchc (xr-3. 0-159), por el sumilJistro de cuatro placas de nHí.nuol blanco de ltalia, indicadoras de la calle del Arzobispo P. Claret. CO~TRJBUCIONES Otorgar, n partir del clía I.0 de enero de 192¡, Ja baja dc:l recargo del 4 por 100 de la contribueióJJ que Re lta venitlo S:tlisfaeiept1o, durante mas de vciuticinco años, por lo~ ~ignicutcs 1nmuebles: Casa n. 0 225, antes 2:21, de la calle de \Vacl-Ras, ins- crita en el Registro fiscal eon el .n .0 6ou (S. M.), a 110111bre dc rloiia Josefa y dofia 'EnlaUa Cabús Solé. Casa 11." 230, nutc..o;; 84, clc la calle de Casanova, im;- ct i ta eu d RcgiRtro fiscal con el 11.0 133 (G.), a nom- bre de clon C~ulos \'ilnrasan Alegre. Ca~a 11.0 z¡¡, antes :23, dc la calle dc Napoles, itts- t-rita cu el Rt:g-i:::tro fiscal cou el n. 0 5448 (S. M.), a nombre de clou Francisco Ortín Paesa. GAC~'l'A MUNlCIPAL DE BARC~LONA .... /:J Casa 11.0 96, antc~ 12, de la calle de Tamarit, inscrita cu el Rcgil;tro fi~cal cou el n.• 11270, a nombre de don Jaimc Frauci Bonastre. Casa n.• 92 y 94, antes 8 y 10, de la calle de Tama- 1 it, inscrita lli el Registro fiscal con el 11.• 15Ó43, a uo1nbrl' dc ::ceucn dd pc:ríOlCst'lllc acucn1o. Dc tlou Joaqufu Llau¡;ó, intcresando que para asís- tir, en rc¡>l·c¡;cntacióu dc Ja Corporacióu.rounicípal, al nclo dc la subasta rclntiya a las ob¡:as dc cousolidación y ml.'jorn del cdif¡cio Olicinas mtmicipales clel distrito IV, hajo el t.ipo dc 42,o6r'o4 ptas., que se ha dc cele- brar cu lns Casas Cousistor1ales el uia 7 del próxímo tm•s dc Icbrcro, sen dcsiguallo el litre: Sr. Teuicntc de A lcalc1c don Enriquc Barrie. - Diósc lectura a una proposición, subscrita por c:l ilustrc scfwr don Ignacio dc Ros, del tenor siguien- le: cHn el último l'lcno que celebró el Ayuntamiento 1111 Jltrc. Rr. Conccjal, el scñor de Aygua·dves, soli.citó que Sé inh:rco;nsc del Banco de España Ja conveuiencia dc quL comcn7A1ra c~auto antes las obras de construc- ción dc :;u cdificio cu el solar que al efecto adquiri6 cu la \ïa T.ayetana. = Como que, segúu versiones, aquella t>utitlad demora la con~tntcción del edifi.cio en espera ,13 dc la calle de la Cera. A clon ~Ligucl Castelltor, para construir uua casa tle bajus y uua cerca rlefinitiYa eu un solar cou frcnk a la t•allc dc Hro~a. A doíín Jo:milia Fornl', para coustndr unos bajo~, compuc~lns tk tres habitaciones, cu un solar cou frentc a In ç~Jit· de Dascgoda. A don Rafael Hscam111a, para practicar obrns intc- riorc·~, t•onsislcntcs eu reparar embaldo;;ndos, en la l'seniera tic In casa n." 39 de Ja calle de la Cern. :'\ do u R:nnóu A rtigas, para reparar un trozo dc pan·d lllctlinnera en la casa 11.0 I OI de la calle del ]\lar. A don Francisco Concabella, para practicar obras dc reforma y ampliación y modificar nua abertnra y praetil'ar olm <:!11 la casa 11.0 85 de la calle de 1\farlí y n. 0 130 del tm·rente dc las Flores. A don Juan Font y doiía Dolores Rer1ch, para prac- ticar obras dc reforma y ampliacióu y construir cualro piso~, y otro pi~o para portería eu el terrado, eu la casa u.• ::!4 de la caUc Tra,·esía de San "\ntouio. A don Fraucisco Palou, para reparar tccbos en ln t•asa t1.0 72 dd torrente tle las Flores. A doiia ~Iarla Castellet, para practicar obras de· reforma interior y modificar dos aberturas en la casa 11.• 21' tle la calle cle Sauta Ana. A don A ntonio No fas, para practicar obtas cle re- flWtna ) aurpliación cu los bajos y coustnrir cnatro pisos eu la casa n.0 93 de la calle de San Salvador. A dou Fntucisco Benet, para coush·uir uua casa de b:tjos èn un ~olar con Ircnte a la RaJJJbla de Monf:c'líía. A tlou Ralvador Riera, para practicar obras inlerio- res, cousistcntes cu cambiar azulejos y baldosa~, en l:r c~cakrn dc la casa 11.• 17 de la calle de San Jer6uimo. A as- ccnsore,;, m·~·ionados por electromotores, eu una casa mn frl'ntc a la eallt: kclromotor y una hornilla con caldera abier- ta en lo~ bajos de la ca,;a señalada con el n.0 152 dc la calle dc Caspc. .\ tlon ,\ ntonio l\Iasaua, en represeutacióu de doiía Agustina ~laurc, Yiuda dc Soleras, para iustalar un a;;ccnsor, accionado por 1111 electromotor, eu la casa 11. 0 83 H dc la calle de l\luntaner. A uon c~nnflll Rabinad, para trasladar un genera- dor de vapor de la ca~a 11.0 8 del Pasaje de Tasso a la n.• 2 dc la calle de la Sagrera e instalar uu electromotor. A don Plo Rubcrt T..aporta, pru·a substituir dos elec- lromulorcs pol' olro~ cuatro de mas fuerza, e iustalar dos apnralos clc soldadura aut6gena, en los bajos de la casa u. 0 195 clc la calle del Dos de wayo. A don Miguel 'l'ona lHbas, para substituir tres clcctromotoref; por olros tres de -n:tas Iuerza, e htsta- lar olros clos, cu los bajos de Ja casa u.o r66 de la calle dc Aribau. A don Enrique Tru.üó, para iusta1at· un electromotor y uua fra{-,'11:1 portàtil en los bajos de la casa u.• ro¡ dc la calle dc Montesi6n. A don Junn Abella, para trasladar un electromotor • dc la casa n.• :\ï de la calle de Prim a la u.0 It dc la dt· In Cru:r. . A don Juan Torre, para instalar una fragua en los bajos dc la ca:-:a n. 0 1z6 dc la calle de Rocafort. A don Fidd X;1nxñ, para instala.r un electromotor y una frag-ua port{ttil y un aparato tl.e soldadura autó- glma en la ~·alie dc La Motte. A don Tomús l'la, para iustalar dos electromotores y uu aparatn de ~oltladnra autógena eu Ja casa n.• 48 dc la calle llc la ['ro\·ic don Juau Hscayola, por materiales sumiuislra- dos pura Iq dotaci6n dc agua a los almaceue~ muu ici- p~tk•f; dc la calle tlc \Vacl-Ras, de importe 26o ptas. I )C don Salvador Coromina, por repamción de la lnslalación cléctrica dc luccs e11 Yarias dependencias llcl Cl·mc11icrio clel Eslc, de importe 114'50 ptas. l>cl mismo sciíor, por rcpaso cle Jas instalacioJics clél'lricas dc luz y timbres en las oficiuas y clcpcn- dencia~ del Ccmcnterio del RO., de impnrtc 19.5'50 peseta s. Dc la Sucicdad l;cneral dc Aguas dc Barcelona, por in~talaci6u dc 1111 ramal y coutador dc agua para los almaccnes municipalcs de la talle de \Vad-Ras, dc importe ¡ot '30 plas. nc la propia sociedad, por substiútción dc 1111 ramal y conl.'ldor en el Cemcuterio de Sau Andr(·,;, de im- porte 469'85 ptas. Dc Ja Em prc~a Cot~cesiouaria de Agnas SubtcJTÚ- tll'as dl'l Río Llobregat, por el agua consumida en el l\rntaclcro I :cuera I duran te el me;; de rtoYicmbrc del próximo pasndo ttúo, dc importe 1,484 '15 ptas. De la Energia Eléctrica de Cat:alnña, por el snmi- nistro cic flúido pnra alumbrado y fncr?,a motriz a los po~.os dc Monçada y cslat'ión clevatoria •La Triuid:ub, dmanlc· el mes dc diciembrc último, dc importe pc- sdns s,6oq'o8. Jk la Compañia Barcelonesa. de Elcctricidacl, por flúiuo Slllllin is t rm)o ]Jara }as dcpendctlciRS illllliÍCÍpalcs durantc el mc~ tlc novlcmbre último, de im porte, li- tnitmlo, .'í3.7·13'..JO ptas. · lle la casa llijos de 1\iauuel Arquer, por el sumi- ni,;lro cic cstaiío fino, en barrita..;, para el scrvicio dc Fo11lancrla, tk impork 500'25 ptas. Dc uou Francisco Espí, pot· el sumiuistro dc llistin~ ta-; picza::; cspecialcs cOll destino a la llneva caualiza- ci•'m dt.·l l'arque dc la Ciudadela, de importe 2.¡, 135 Y 4i4 'so pta,;. Dc clon Ramóu E"cobar, por el sumiuistro dc 500 k ilngramos dc cabo;; dc algodón bla uco, extra, para el Sl:nicio tlc maquinas dc los Talleres mmlicipalcs, dc importe 1 ,r120 ptas. - l'restar la aprnb¡Lcióu a las siguieutes relaciones valoraclas y ccrtilicndones : nc dou Bucua\·cutura Cah·et, relativa a las ohras l' Raillc, para practicar obras de re- l'onn:t y una abcrlura eu la calle clc Pedro TV, u.0 329. A don J nau Ccnl:'t, para construir una cnbicrta en la calle del Ordcn, 11. 0 45· A don Anlonío l\Ic::lcnclcs, para revocar la Iacl1ada tlc la casa n.• 422 de la calle de Valet1cia. "\ don Juau 1\fasip, para modificar una abertura en Ja cnlh;- tiC' Renard, u.0 14. A don :\ntouio Caminal, para construir la acera de las casa-; n.• 13r y 133 de la caUe de Pujadas. .\ don Jo~é l'almeiro, para edificar una casa dc hajos en nn ~olar dd Pasaje de Rovira. "\ don Marlín l'arC'IIada, para ampliar una planta haja del l'asajc de In Viñeta. A doña Palmira lloliuc}Jes, para euladrillar la acera th: una casa dc la <"alie de Béjar. A doiia Uolorc,; Puig, para abrir uu portal en una finca tiet 1'a,;ajc clc la \'iñaza. 1\ clon Jos(· Casldla, para coustn1ir uua casa en un sohlr ck In calle de Napolcs. · Pnn1 <"onstruir alhaüalcs : A don Juau Cautijoclt, c•n Itt t'ns a n." (\8 clc la ca llc de Bai1én ; a don J OSl~ \'ilclln, ell las n.• x y 3 dc la de Er:me·ugarcla, u.u 7 dc la dv Sau Hoque, 11.0 9 dc la de Vilatclell y u.• 323 llc In dc lm; Cortes ; a t1on Jaimc GtJClayol, cu Ja 11.0 306 dc Ja clcl Hosl'll(m, y a cl011 Santiago Guinot, eu 1111a, sin JIÚillcro, dc la del Coutlc dc Sah·atierra. - l'ollt'l'ÜCl autori7.ación proYL<üonal, para empc1.ar dil\:rculco.; obrns, a los s<.:iíores don Rrunón Valls, dou A~u~tín Ramírc7., don Pascual Romet·o, don José Roura, d01ïa )fcrccdc~ Aragó, don Jadnto Bofill, don ~Iauuel Corach{m, don A mado Casajuana, don Antouio Juan, don Joaquín l\Iartín, don Salvador J\Iasoliver, don José Oli\'a, th.>n Anlonio l'alleja, Sociellad C'-.eueral de Agua~, doiia Nicvc~ Suñol, cloña Concepción 1Iacia, doña Fran- ci~ea i\'fn~~ó, don ] ua n "\ntonio Maria, clo11 FrauciRco c:anig-a, uon B. Figuera,;, don LoreJlZO Faiges, don Pranci~co clc l'. Riera, don Auton io Morros, don Julio Fílcli, tlon l\faximiuo Fcrnaudez, tlou Fra1tcisco Duelo, dou Jo~{· Calwl, don Crist6bal Catala, clon Eduardo no~ch, don Juau A11dreu, d.011 Alejandro Arimón y don Manuel Ambró¡; . - l'roccc1cr a la clcvoluci6u de dep6sitos que, por el arbilrio cle rccomposícíón de adoquilJados y afirma- do:,;, con molh·o dc la construceióu, reforma y !impia dc albaiiak>s a el i fcrenlL'S casas, habiau eiech1aclo los sC'iion:s ~iguicutcs : Don Juan Riera, 50 ptas. ; clou F.uriquc \'i la, roo; don Amadeo Xifré, 50; doña l\faría (~alofr(•, 50; doiia Dolores Carbonell, 40; don Juan Anglí, 125; don José Campí, 100; don Joaquín Batlle, 55 ; doiía Franci~ca Uigas, 70; don Ansclmo Caraball~, .¡o; don )fanucl Cendra, 238; don Juau Yidiella, 70; doiia :\ ngcla Tramoleda, 140; don Sah·ador Cañellas, 4So; don ,\gu~tíu Cristóbal, 20; don José 01iYé, 30; d011 Manuel Llort, 40; don Vice1lte Llisó, 30; don l\Iigucl Sarral~, 6o; don Baltasar de FetTer, 125 ; don Juau Llornnsí, 32; clou Jnau Casanoyas, r25; clon Ra- tnón ::\;l\'arro, roo; don "1\Iodesto Guixart, 135; clon jaimresado (sin qu<: por ello queden sometida..'i a prescripción de tan brcve plazo las acciones civi1es establccidas en el derccho com(U1 por todo el liempo de su dnración legal). De modo que el art. 172, contenído en el t.ítulo corrcspondiente a los recursos contra los acucrdos mu- nicipalcs, dejó establecido uno de tales recursos, a faYor dc los que considerascn perjudicades sus dcrechos ci- viles por un acuerdo municipal, para obtener la suspen- sión inmediata del cumplimiento de tal acucrdo. Asi, pues, la demanda ordinaria con la solicitucl dG suspen- sióu de un acuerdo de un Ayuntamiento deducida ante el Juzgado de Primera instaucia, dentro de treinta dfas de recibida la notificación del acuerdo apelado, cons- tituye la interposición de un recurso de eficacia admi- nistrativa establecido por el Derecbo mwticipal. Nótese bien que el texto dice apelaclo, y la apelación es un yecnrso. Excusado parece advertir que no hay tJil¡gCm pre- cepte dc uingtma otra ley que atribuya, al ejerckio de las acciones civiles, la virtualidad de couscguir que se decrete, por ningún jucz, la suspensión inmediata de un acuerdo municipal, lo que compmeba, una vez mis, que aquí se trata. òc un rectwso creado y regulado por el Derecbo municipal. Aqnclla ley de los Aynntamicntos de 1877 ha vcnido a ser substiluída pot el Est.atuto murucipal, aprobado por R. D.-ley de 8 de mano de 192.¡, y así, en la actua- lidad, el C6digo que conticuc el Derecbo muuicipal vigcnte se encuentra en el citado Estatuto modemo y en los Reglàmentos sauciouados para ejecución del mismo. Ahora bien; aquel mi¡¡u1o reourso, por antc la juris- diccióu ordinaria, que l1a de utilizarse dentro de trèinta elias, por demanda civil y solicitlíd de suspmsión del acucrdo impugnada, contiuúa manten.i.do en el moderuo Código del Derecho municipal, bien que con rcglamen- tacioncs mis comprensivas y apropiadas a la naturaleza de scmcjaute recurso, en el cap. 1.0 del título séptimo, que lleva el epígrafe ~Rrcursos contra los acuerdos mnnicipnlcs>l. Así empieza el ari.. 257 del Estatuto muuicipal, por decretar la subsisten<'in de tal recut>so, diriendo: tLos iateresados que l1ayau sufrido lesión en sus dere- chos dc canícter civil, a virtud de un acuerdo municipal, podran pedir su revocación a la Corporación dentro de ocho días. Si no se resolviera o fuera desestimada, el intcresado tendra el p!azo de tr&inta dfas para inter- paner t¡cci6n civil, con ejectos suspensivos, si se acordaren antc los Tribuuales ordil1arios, sin perjuicio de las que, en cada caso y sin ese ejecto, lc asistan con arreglo a las leyes civiles vigcntcs.• Como se Ye, el rec11rso consistente en la ínterpo- sición de tma demanda ch·i! co11 solicitud dc suspellsión cleutro de los treúlta díns, couti11úa teuiendo eficacia arlminist1•utiva, a diferencia de la demanda tJUe, pasado diclto plnzo, guiera interponer el que se crea perju- dicada cou arreglo a Jas Jeyes civiles, demanda que nQ gozaní dc dicho ejecto suspmsivo. El ?ecurso que con- cede el Derecbo municipal consiste, por consiguiente, en dar ejicacia. admilzistrativa; esto es, en conceder efectos suspen.sivos a la presentación de la demanda ordinaria con sòlicitud de suspensión contra un acuerdo munidpal, dentro de treinta dias de la noíificadón del mismo. Una demanda ordinaria que no cmupla esta circunslancia, no es el recurso conceclido por el De- recho municipal. Pero el cap. I. o del t ílulo séptimo del Estatuto municipal no acaba en dicllo art. 257, sú10 q11e siguc. legislando sobre los rectwsos contra los acncrdos muui- cipales cu los artículos subsiguientes, entre los que se cuenta el art. z6r a que hace m:ís concreta rclación el problema juridico planteado. Dice el art. 261 : ~T.os Tribunales de cualqui!Jl'a furisdicción que t1'amiten 1'ecursos contra los acuerdos municipales podran acordar la suspensión a petición de parle y con audimcia. de la Corporación y, en sn caso, del respectiva fiscal, bien por px:ímera providcncia, bieu en el curso ulterior del ¡muo. La suspeusión habní de concretarse al interés reclamado, y sólo sera acordada cuando sea ueccsaria para evitar grave per- JlUClO, de reparación imposible o difícil. El Tribunal podra exigir afianzam:iento suficiente cuando sea ra- cional prestmrir que la suspensión ba de ocasionar daños y pcrjtticios ... ~ Estas prevencíones tan adecuadas y perti.nentes, que vienen a detenninar la manera cómo debe pro- veerse a la iuterposición de aquel recu1'so de suspmsian, completau ci precepto del art. 257 que coucede serue- jante YI!CIIYSO. Toclavía vienen a aitadir complementos a la misma il1slituci6n legal varias de las disposicioncs del Regla- mento de Procedimiento municipal, aprobado por Real decreto de 22 de agosto del m:ismo año 192.¡. Dice el art. g.0 : tLa súplica de suspeusión de los acuerdos municipales, a que se refiere el art. 261 del Estatuto, se substanciara por el procedimieuto estable- cido en los 187 al 193 del Reglamento de lo contenciosa - administrativa de 22 dc juuio de 1894, con audiencia del 1'esprclitl0 fiscal, cuyo dictamen tendra caracter mera meu te mformatívo, cualesquiera que sean las alega- ciones que formule, y con Ja Corporación municipal que dictó el acuerdo, si fuera parte en el pleilo. Si no lo fuerc, se la requerira para que, en el término que no poclrtí. excedcr de diez días, exponga lo que estime oportnno sob.re la suspeusión del acüerdo, hajo aper- cíbimiento dc declararia decaída de su derecbo.» Aïíaclen los artículos del titulo cuarto, relatives a fRecursos de caracter civib, lo siguiente: tArt. 25. Para el ejcrcicio de la acción civH, a que sc contrac el art. 257 del Estatuto, scra potesta- tiva la Llli lización del recurso de reforma establecido eu el parrafo primera del mismo. Art. 26. La petici611 dc suspensión dc efectos de los acuerdos municipales, en el caso a que se refiere el arl. 257 del Estatuto, no tendra el canícter de re- curso i1zdepenàie11te, debiendo formularse tal solicitnd al mismo ticmpo que se cjercite la acción eh;!. Dicha suspensióu, cuando la conceptúe pertinenle, la acordara el juez o Tribuna~ que tengn competencia para conocer del as unto principal.» He aqtú de qtté modo, y por virtud de la serie de disposiciones que se ban vènido transcribien<.lo, queda redondeada la mstitución del recurso de s11spensió11, por la via civil, de los acuerdos municipales que pueda suponerse que perjudiquen clerechos civiles. · Es evideute, de toda evidencia, que el legislador, al formular el art. 257, no dejó desarrollada de una ma- J ' . .I . . ~··¡ GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA nera completa y acabada dicha institución del recurso de suspwsión, pues en tal articulo no b.izo sino estable- cer que los interesados que hubiesen sufrido )esión en sus clcrechos de canícter civil, tendrian el plaÍo de tre.iutn tlías para interponcr la acción civil co11 cfectos suspensivos, si se acordaren, allfe los Tribunales ordi- narios. Ni tan. siquiera cntraba a hablar de que fuera a pctición del interesado y para cuaudo procediera y conYinicra, a fin de e~'itar un perjuicio graYe e irrepa- rable, como dispouía el csquematico art. 172 de la antigua ley Municipal. Esto y las den1as prevcucioues que hacía indispensable el desarrollo de la iusi.ilucióu de dicho recz"'so de. suspensión por la via civil, quedaban reservaclas para las otras disposiciones que han sido transcritas. Es de adYeríir que la manera como había sido con- cebida tal institución, en dicho art. 172 de la ley ~Iu­ uicipal dc 1877, era deficienUsinla, y la practica, en los años que habían transcurrido desde su publicación, hacía nccesario un desarrollo adecuado y stúiciente a la i.nsiitución misma. En cfecto : se l1abía abusada, de una manera deplo- rable, de aquel recurso, entorpeciendo, con suma fre- cuencia, la admini.stración municipal cou suspensiones de acucrdos eu materias que, una vez oídas, mas tarde, las alcgaciones del Ayunlamieuto denJaudado, se había de reconocer que entrafiabau incompetencia.. ~~ra na- tural que sucediere ¡Jotqne las ·partes denJandantes fonnulaban sus alegacioues, al pedir la sus¡Jensión, de manera tan tendenciosa con1o se les ocurría para in- ducir a error, en el sentida de su solicitud, y el juez no podia oir, de memento, ninguna alegación eu con- trario. Por otro lado, aquella tactica maliciosa podía ent- plearse impunemente, por enanto la ley Municipal no había cuidada de establccer uingtma sanción contra los que abusaran de aquel recurso, ni exigido ninguna garantía para el caso de ser improcedeute Ja recla- mactou. A éstas y otras deficiencias que la experiencia había hecbo observar eu el coutexto del art. 172 de la antigua ley Municipal, responden aquella serie de nue\'OS preceptos contenidos en el Estatnlo moderna y en el Reglamento que sc dejan transcrites. Por vittud de tales preceptes, la institución del -recurso dc suspensió11 por l.gftixna acción civil, no dice que podró. utilizar el rl'curso, siuo .que dice : <•podní in- t.t•rpouer acción civil», y, con ru.·rcglo a las lcyes civiles, un juicio no ha sido nnnca lUl recurso. El arl. 257 es una reproducción del m-t. 172 de la ley 1fllllicipal an- tigua, y al no mencionar Ja palabra rt>curso es porque ha querido dejar seutaclo el criterio tradicio11al. En cambio, eu ~os arts. 252 , 253 y 254, que precede1 al art. 257, en todos y cada uno se emplca la palabra rcc11·vso. Así : recurso de uulídad, reçwrso conte11cioso, 1'CCHI'SO dc alzada. Y cu el art. 27 (ser:.í art. 26) dcl Reglamento se dice : ~Ln petici6n de snspensión a que se contrac el art. 257 no tendra el caracler de 7'ecurso i11depcndumte, debiéndosc formular tal solicitud al mísmo tiempo que se cjercite la acción civil•, lo que quierc significar que el legislador le excluyc de la rle- noHliuación de recurso y quiere que, forzosamente, se pida al ejercitarse la acción civil. En esto - clice la misma parte contraria del Ayuntamienio - discrepa profundameute de lo csiablecido en el art. 261, que faculta a los Tribunales para acordar la suspensión, bieJt por primera providencia, bieu en èl curso ulterior del juicio, lo que coustiluyc una diferencia fundamental entro ambos casos. Y aun sigue discurricndo : Si se trata de un recursç¡, la suspeusión puede pedirse eu cualquier momcnto, seg(m el art. 261. Dc igual ma- nera el Reglamento regula, de modo clifereote, las suspensioues : Cuando sc piden con arreglo al art. 26r, se han de seguir las tramiíacioues de los arts. 187 y siguicJJíes del Reglamento de lo èonteocioso (art. 9.0 ); cuanclo se pidel) según el art. 257, sólo se repHe la dis- posición de este mismo arlículo, sín prevenir tran1itaci6n determinada (art. 26, parrafo segundo). Todo esto es lo que dijo y discurrió la parle deruan- clantc. Como se llabra. observado, tales argucias se basan eu el supuesto de que Itt solicitud de snspensión del acucrdo mllllicipal, cu nan. demanda en que se iJitet- pone nua acción civil, no coustituye un ruurso. Se- mejanle supuesto constituye un manificsto error; o un juego de palabras, COJÚorme queda eYidenciado ante- rionucnte, según doctrina iucontroYertible dc Ja juris- pntdencia, establecida n propósito d<'l precepto del art. 172 de la ·ley 1\ruuicipal autigua. Bc equiYocó, pues, la parte demandanle c~mndo supuso que el legis- lador, al 110 n1encionar la palabra rec'ursç¡ en el art. 257, ha qucrido dejar seutado el criterio traflicio11al de que el medio de pretender la suspensión, establecida en el art. 172 de la antigua ley :\funicipal, no COJJSlituía un recurso, y se equivocó porque, cabalmente, el cri- terio tradicional es el de que clicho medio coustituye un recurso de eficacja administrativa. Eslo, aparte de que salta a la vista la diferencia de los lérminos en que sc hallan concebi<]os el axt. I72 de la autigua ley :\luniCipal y el art. 257 del Estatuto. · Adcmas, aunque fncra cierto que tm juicio no es un l'ccurso, mas cierto es que el ejcrcitar 1ma acci6n civil y pcdir la suspmsi6n del acuerdo impugnada cons- tituye la interposición dc un ¡reourso, conforme ba pro- clamndo la jurisprudenda. Constituye una interpretación viciosa y falt.a de lógira la del art. 26 uel Reglamento, por la que se quierc suponer que cuando dice que la pPtició17 dc sus- pensi6n del art. 257 no tendra el caracter de 1·ecurso indcpmdimte, quiere significar que tnl petición no es un rrcurso, siendo evldentc que lo que afirma tal ar- ticulo es que la petici6n de suspensión es un recurso, bien '!Lle no indcpendirnle de la demanda, sino que debe íormularse al mismo tiempo que sc ejercite la accióu civil. Esta aclaración responde a In cormptela que sc había íntroducido en algunos casos de solicitar, con caracter pre\io, del Juzgado (iucluso acudieudo a un Jnzgado de guardin) la suspensión del acuerdo miudc1pal sin ronmtlar, al propio tiempo, In demanda civil, y si se obtenia Ja suspensi6n, entonccs se deducía la demanda dentro dc los tteiuta dfas, a contar de la provideucia de suspeusión, conuptela a que daba pabulo la redacción viciosa del ru-t. r¡2, que se refería a la suspensión gubemativa que podía habcr mediada. Asi. pues, lo que quicrc el Estatuto es que el recurso dc suspnrsión se ajuste a la iustitución creada por el Derecho JUllllicipal·, esío es, con ejercicio de acción civil, dentro del tétmino dc treinta elias, y como de- penrliendo de tal ejercicio, y no indcpmdicntemente de ello. Tampoco existe la supuesta contradicción entre esta reglameutaci6n del mismo art. 26 y la del art. 261 del Estaíuto, cuando éste clice que los Tribunales de cualquier jurisdicción podrfu1 acordar las suspeusiones, bieu por primera providencia, bien en el curso ulterior GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA del juicio; p01·que, aunque la petición de stÍspcusión deba fonuularse al miswo ticmpo que la acción civil, esto no significa que el Tribunal o Juzgado haya de acordarln necesariamcnte antes de cursar el juicio, siuo que, a tenor del e..xpresado art. 261, pucde hacerlo así, o bien en el curso ulterior del juicio, esto es, haciendo que éstc siga su curso mientras se discurra act•rca de la suspensión. Esto aparte de que refiriéndose como se refiere, el art. 261 a los recut"sos en general que tra- miten los Tribunales de cualquier jnrisdicci6n, 110 cons- tituiria 31llinomia que, respecto a unos recur::oos, La suspensi6n hubieta de clcrrclnrsc al co.menzar el juicio, por cjemplo, en el caso dc la acción civil (art. .!6 del Reglamt'JÜo), y que, respecto a oíros recursos, pudiera decrctarse incluso en el curso del juicio, como sucede en el caso de la acción coutcncioso admúústratiYa (art. 188 del Reglamento de lo Contenciosa), ya que ambas soluciones se hallan prevista.'>, en témJinos gc- nera.les, en el art. r62. P inalmente, no es verdad que el Reglamento t·egule de modo diferente el procedimientò de las suspellSiones segú11 se refíera a los arts. 257 y 261 del Estatuto, pues que, en rcalidad de vetdad, el Reglamento sóle!> regula el procedimíento de las suspensioues de un modo 1ínico al referirse al art. 261, que quiere se atengau a las tra- mitaciones dc los arts. r87 y siguientes del Reglamento de lo Conlencioso (art. g."), ya que, respecto al art. 257, por lo mismo que ya es uno de los recursos que estan compren didos en las disposiciones del art. 261, no llace mas que repetir la disposición misma del art. 257 cuando trata de referirse al mismo (por vía del 26, apartada segundo), toda vez que no liene para que marcar pro- cedimiento especial distinta del cstablecido con relación al art. 261. En concl~1si6u, resulta que el ejercicio de la acdón civil cou solicitud de suspeusióu del acuerdo mllllicipal apelado (como decía la autigua Ley), constituye un recu¡·so que, lo misruo que los otros recursos de que conozca algún Tribunal de una u otra jurisdicción, debe ser tramitada y resuelto con arreglo al art. 261 del Hslaluto tnllllicipal. * • • El criterio scntado por la defensa del Ayw1íamiento en la apelación referida, dió Jugar al auto de la Sala seguuda de lo Civil, en el que reso!Yió la cncstión de couformidad. AUTO DIC'rADO l'OR T,A SALA SEGUNDA D~ LO CI'i'JT~ l~N J lJICJO SEGUIDO, POR DON A~SEL'!\10 lÚU Y O'l'ROS, CON'tRA EL A \.'VNT.UOENTO DE BARCELO~A Sres. litre. Prcsidente, don Manuel .;\lar- tínez; clou Dicgo Lorente, don José :M." Salva, don Juan F. Sauturio y don José l\r." de la Torre. Barcelona, 26 de fcbrero dc rg.!¡. E11 el iucidente dimanante de los autos de juicio declarali\·o de mayor .cuant.ía, promovidos por don Anselmo de Ríu y Fontanillas, don José Fornells y Prat, clou Joaquín Sallés y Sallés y doiia Dolorcs Sabí y I,lopart contra el Excmo Ayuntamiento dc esta ciudad, y peniliente ante esta Sala segunda dc lo Civil - en virlud de la apelacióu interpuesta por la rcpreseu- tación dc dicho A.)'l.UttamicJ~to contra el auto que, én 21 dc abril del año tíltimo, didó el Juzgatlo dc Pri- mera iustaucia del distrito del Sud; de esta ciudad, en el que no dió lugar a reponcr la proYidencia rccurrida de 2q de marzo anterior, mandaudose estuYiese a Lo en la misma acordado, en cuya providenc.ia sc dice: J>or presculados los anteriores cscritos con los poderes y documentes que se arompaimn, los que ::;e inserten en la forma c1ue se solicita, previo el debido reintegro · "eepios ni se oponen ui opouerse pueden disposi· dones del Reglamento, por ser sabido que éstos, los Reglamçntos, sc dan para ejercita1· las leyes, sin contra- riarlas; de iodo lo qne se iniiere que el jue7.: del clistrit.o del Snd no clebió resolver cle plano, como lo hizo, a la suspensión in Lcresada. Considcrando : Que, por las razones e..·q)ueslas, debe rc\'ocarse, e11 parle, el auto apelado, y, en tales méi'itos, no proreclc hacer exprcsa condeua de costas de esta scguucla inst. nucia. Se revoca el auto apelado que, en 2r de abril cle r9z6, dict6 el juez de Primera instancia del distrito del Sui! de esta ciudad, en enanto por é1 se sostiene la providencia de 29 de marzo anterior en lo referente a la suspensión de los acuerdos de la Comisión Perma- nentc, y, en su virtud, se acuecda que el j1.1ez de Pri· mera instancia del Sud, antes de decretar en ordcn a la procedencia o improcedencia de ilicha suspensión, cumpln con lo que dispone el repetido art. 261 del F.s- tatuto, coJúirmaudo el tan citado auto en los demas cxtrcmos, siu llacer especial condeua de costas en esta SC!-,'1.1lldu instancia, y, a su tiempo, remftase, al exprc- sado Jnzgndo, cert.ificación del presente auto, a los efect.os procedeutes. NOTICIA S Dr;r.T\GACrO:-tiÏcule dc i\ lcnldc tlou Ochwiano Navarro l't·tc1tlc nïw cic la Reni Academia de Medicina y l'i- ¡·ugiH, que sc cckhró en su local social. El Exrmo. Sr. i\ Icai dc dclegó ni Iltrc. Sr. Con- ccja l doll l\1 nuu l'I Casals Torres para as is tir a la apcr- lnrn oficial dc la Expusición rle Canaricultura tJII C sc celebró en el l'arque dc la Ciuuade]a. - El Excmo. Sr. i\ lcalde delegó al litre. Sr. l'on- ccjal clou Fràncisco J. Garriga Pa.lau para asistir a la inauguración dd cur,;o académico de la Real Academia dc fluenas l.etras dc Barccloua, que se celebró en su lora 1 soci a I. - El Excmo. Sr. Alcalde delegó al Iltre. Sr. Con· ccja1 don Faustiuo Simó para asistir a la función reli- giosa que, en honor a su cxcelso patrón, Sau Raimundo dc Peña[orl, cclcbró el Colcgio de Abogaclos de Bar· ccloua en la iglcsia dc ::\uestra Señora del Rosaria. - El Exemo. Sr. Alcalde delegó al litre. Sr. Con- ccjal don Carlos Carda Anné para asistir a ]a confereu- da qnt• don l\Iaund Rnbi6 dió eu el local de la Uuión l'alriótica. :MA YORDOl\11A .l\IUNIClPAL Rclación dc los ohjctos l1allados y depositados en esta dcpcmlcncia, rccogidos en la \'Ía p(JbHca duraulc el prcsclllc mes de cnc.:ro : Un holso dc.: g1111111Za, conten ielHlO tarjctas y nn 1110- nedcro th~ piel con metalico; 1111 llavero con :;ictc llf\V~'s ; dos la lones lle la loteria clc Navidall ; tUJa llave; uit paquclc cnntenicndo madcja:; dc hilo de algodóu ; uuns gafas cou monlurn üe metal; una pulscra dc mctal; una cupuclm de lana color verdc para nmo; uua lla\·c; uu holso dc piel negra, contenieudo varios GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA 87 objclo~ d,· c~ca~o \·alor ; una llave cou una chapa nu- merada ; un llavcro con siete llaves ; otro 11a\·cro con una llave y uu llavín utunerado; una cartera de pit.:! color ohF>cu ro, cc>nteniendo metalico y un bill de del ferrocarril ; una caja de cartón conteniendo ,-arios c~­ luch~.:~ cou lúpiccs y do~ pilas cle metal ; u11 bote rle hicrro gal\'anizado para envase de leche; uu llan•ro con ¡;eis ll en la casa n." ó¡ dc la calle dc los Condes dc Bell-lloch. Jos~ ~I.· ~Iorf, dos electromotores eu la casa 11. 0 6 dc In calle de Tortclla. Pablo Ralsclls, dos electromotores eu la casa u.• 55 · ck )a C'allt• dc \'ilamarí. NEGOCIADO DE ABASTOS El dia r .• ell-I 1nl•ximo mes de febrcro, de once a una, ~e vcrilicaní, cu las Casa.o;; Cousistoriales, la subasta a la llana de los pucstos vacautes en los Mercados que scguidamcntc sc cxpresan : illercado de Sm1 Josi Fulcr/t•rin. - El n.• 5· HI 11.0 ITo6 J.os li.' uso, nsr, 1152, II53· Fnttas y vcrduras. - Los n.• 6, 7, .12, 14, 36, no, ur, ll2, 407, 415, 6og, Jl65, 11911 1 IQ2, 12201 1243, T'.Z44, 1250, 1282, 1283, 1315, TJT6, 1344 1 1J69, IJ]O, J37S. IJ¡6, 1377. 13]8, 1397. 1399. 1400, 1401, 1406, 1407, 14o8, 1429, 1466, 1490, q<)B, 1520, rs:n, 1522, 1553 Los n.• 17, 1540. El n.• n2o Los u.• 1611, rt132, r638, 1658, 1661, 1662, 1670, 16gr, r6<)8, 1699, 1701, 1713, 1719, 1720, r7:n, 1723, 1724, 1733, 1734, 1736, 1740, 1741, 1743. 1747. 1754. 1755. 1756, 1757, 1758, 1759, 1769, 1776, 1778, 1780, 1785, 1786, 1788, 1789, 1799, t8oo, J 867, 1869 . ][uevos. - Los 11.• 8, 13, 14ro. Hl 11.0 li05 .El 11.0 1541 Los u.• 1710, 1787, 186.2. Lcgumbrcs y cereal es. -Los n.• 15, 1221. El 11. 0 lll9 J.os n.• 1673, 1702 . Chocolatcrfa y refrescos. - El n.0 r8 . El u.o I797 Couscrvas. - El n.0 20 . El 11.0 1&>9 Palomos. -El u.0 21. Colmada. - El n.0 27 El u.o 35 Comidas. - El n.• 39· Galliua. -Los n.• 221, 240, .z6s, 586, 749, 12'!6, I,WI, 1.484, 1534, 1574 Tocilw. r;l n.0 258. EJ 11.0 700. w 11. 0 1237 Garbanzos :v l!icrbas.-I,os n .• 138o, 1440, 1456. 1486, 1517, l5J2, 1548, 1578 l Jastelería.- Elu.0 142,'i· Especias.- El n.o 1471 . j\1ercarlo de Flores y PajarÒs l'lort•s y f>lautas. - Los n.• 1, 2, 4, 6, 8. I',íjaros y ja11las. - Los n.• 34, 42, 43, 44· Alquil er mcnro;;aJ .28 40 40 IJ 15 40 Tlpudo •ub;nt~ Pucl\t 500 8oo 6oo 9 IOO r8 300 70 8oo 20 300 9 100 2J 250 40 6oo 9 100 40 400 9 100 25 JOO 9 100 '.20 400 so 1000 54 1000 24 300 25 500 45 6oo 40 6oo JO 6oo 13 250 20 300 13 :zoo JO JOO li 200 AJ.qu!ler Tipo de men6u.tl tubA•h• l'folc~ al f>OI mayor. - I,ctras O, P, R, S, T, U, T', X., 1', Z, A', 8', C'. 30 300 Mercado Cell/ra/ dc Pescado fresco y l'olatcrfrl Pescada jrcsco al par ma)•or. - El11.0 37· l'olaterfa "'' lwcvos j1·escos al por m.ayor. - El n.• 9 Los n.• 3, 4, s, 6, 7, 8, "LO, rr, 12, IJ1 fastrit•rfa. - El n.'' 153 Mercado dc la Sagrera Fm/as y 'l!Crduras. - J.os n.• 42, 43, 7J, 74 Los n.• 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, sz, 6o, 64, 65, 66, 67, 69, 70, 71, 72, 75. 77 Merwdo de Sans FruitiS }' vcrduras. -El 11.0 265. Mcrmdo de Galvany ( 111'111'1'0. - J.os n.• "' sr, ro6, 110, rss, 163, 165, 202 1 205 Bu¡;y - El u.• 157 El 11. 0 204. Cordero )' cabrit o. -Los u.• 62, 112, 153. Clloricerf.a. - Los u.• :n8, 219 Pau. - Los 11.1 2o8, 209. llcrborislclfa.- El n.• 217. Lccllc. - El u.o 67 l'lautas )'flores. - T~os n.• r¡o, 197. Frutas )' vcrduras. - Los n .• 179, 18o, 18r, r8s, 186, 187, 188, r89, 193, 194, 195. 196 ncspo¡os. - El n.• 266. HI 11. 0 267. Mercado dc la D01·celoucta Especias. -UI u .o J2l . l 'olalNfa. Los n.• 88, 230 llucvos. - El n.o 236 . El 1t.0 256. Frutas y vnduras. - El u.0 254. Paste:lala. - El n.• 24. 70 500 roo 8oo 32 lJ ro • r8 JJ • 550 200 450 200 8 100 7 100 IQ 200 r6 350 17 350 x6 350 16 350 12 200 10 ISO 9 ISO TI 200 9 150 I7 350 18 350 !O 200 20 4$0 10 300 IS JOO IO 200 14 250 lmp, Casa P. de Caridad