DE BARCELONA L LISTAS DE S E ~ ~ O RCOEN~C EJALES -m RaRYO D E 18 r'i Excmo. Sr. D. Francisco de Paula Iltre. S r . D . I g n a c i o F o n t r o - Rius y Taulet, Alc&l- dona. de Presidente. 9 José Comas Masfe- Iltre. Sr. D. Pedro Casas, Tenien- rrer. te de Alcalde. <( José Calcat, > Ignacio Pons, id. > José Pelfor Manció, > a J a c i n t o M a s d i v a l , m Buenaventura Gra- idem. ses y Hernández, a w Gabriel Lunch id. n Jaime Capella. S Mariano Fuster, id. )) Félix Soler y Catalá, Excmo. Sr. D. Matias Muntadas , S > Félix Rích. idem. X José Batllori. Iltre. Sr. D. José Milá y Pí, id. X N José Farnés, )) Ramón P a y e r o l s , » » Jaime Rcventós idem. > José Vidal-Ribas y B » Gabriel Bañolas, id. B Torrents. a Andrés A. Bis, id. » 2 Antonio Vallés > Juan Sol y Orte- Excmo. Sr. D. Aniceto Mirambell. ga, Concejal Sin- IItre. Sr. D. Juari Marti Thomás, dico. m Mariano Prat. w Miguel G o n z á l e z , > Pablo Col1 y Espona, idem. >) ,> Eudaldo Puig. > RamónAmbrós. >> ' Martín.Ragul1. D Tomás Lloret Pérez. x 2 Antonio Cortina. n Juan Miró B Melchor Gassull, S Miguel Querol. >> Pablo Calvell. S > Juan Coll y Pujol. B Juan Brugada. Excmo. Sr. D. Félix Maciá y Bo- Joaquín Regás. naplana, Alcalde Félix Rich. Presidente. José Farnés. ? ;9 José Gas6 y Mar- Ramón Pagés. tí, Teniente de Al- Modesto de Casa- calde. demunt. Iltre. Sr, D. Gabriel Llunch, id. José Estrems. > » Ignacio Pons, id. Antonio Vallés. $ Mariano Fuster, id. Federico Heredia. Y , )> Ramón Payerols, Juan Martí Tho- idem. mas. ~ a k o m éR obt Mariano Batllks, id. >> , Javier Tort y Mar- idem. Gabriel Bafiolas, id. torell. Bernardino Mar CamHo Catalán. id. , José Serra y Mif. qell, id. José Casasa, td. , Mariano Prat. 'Excmo. Sr. D. José Elías Carl Juan Miró, id. P 2 Pablo Calvell. nell, id. Nigud González , ;9 » Juan Brugada. Gabriel Bañolas, Concejal Slndico. Excmo. Sr. D. Manuel Porcar y Ramon Fornell, i Juan P l i y Moreu, Tió. Pedro Alier, id. idem. Iltre. Sr: D. Baudilio Cau. Domingo Sanron R m h A mhóo. , Federim Massó. Concejal Sindi José Mili y Pi. >> » Jasa Argelaglib. José Snntonja, id Tomás Lloret l e - a » Juan Val'ls Dereh. Ramón Ambrós, rez. » Joaquin Escu&r. Mariano Fu2ster. Miguel Querol. Francisco Jofra. Tomás Lloret. Juan Col1 y Pujol. » Pablo Faura. Juan Miró Cirilo Gualdo. , Miguel Moltó. Miguel Querol José Antonks. B n Antonio Fariió. Gabriel Lluch. Joaquín Capdevi Melitón Reniu. XII denanzas de 1857 en virtud de que, pensándose en su reforma, posiciones de carácter general, sin dejar de acatarlas; sentan- no se ha estimado convenientemente reimprimirlas, y no se do los cimientos de organización de los servicios municipales, conocen á punto fijo las modificaciones de que han sido ob- armonízando los íntereses comunes con los privados, y res- jeto durante el transcurso de tantos años, por no haberse com- petando lo c'onsuetudinaiio y tradicional sin que sufran menos- pilado, resulta que, adoleciendo la ley vigente de todos los cabo los adelantos que la civilización inocula en la sangre d e defectos de la costumb~es in las ventajas del derecho promul- los pueblos, misión, en verdad difícil y compleja, que las leyes gado, ni los buenos ciudadanos están en condiciones de cum- confían á las Ordenanzas loeales, son causa bastante y expli- plirla, ni los demás hallan freno á los abusos, que campan cación sobrada de los aplazamientos que, á primera vista, más por sus respetos, sin que baste, en muchos casos, el celo y creería cualquier observador originados por la inacción ó la energías de las Autoridades locales, para contenerlos ó extir- indiferencia. Y parlos. conste qne no es sólo achaque nuestro el carecer hoy No debe permitirse, por tanto, que la ciudad que mereció de un Código Municipal. Al contrario; Barcelona alcanzó con ya de Carlos el Calvo, allá en 844, el título de insigne y fa- la publicación del sabio de 20 de Marzo de 1857, %debidoá mosa, y d de Egregia del rey D. Martin de Aragón, y el de los eminentes jurisconsultos D. Ramón Murrs, D. Ramón Mar- Pmcipua eZprincipalis del rey de España D. Carlos 1, perma- tí de Eixalá; D. Laureano Figuerola y D. Manuel Durán y nezca por más tiempo en esta anómala situación, que desdice Bas, lo que no poseen París ni Bruselas, que se han contenta.- de su cultura y perjudica su buen nombre. do hasta ahora con coleccionar sus dísposiciones en materia Penetrado de esto el que subscribe, convencido de que de Ordenanzas Municipales. Tanto es así, que en el primer se imponía romper con ciertas trabas y entorpecimientos que Recueil des Réglements et Ordennances de la ville de Bruxe- convierten á veces lo mejor en enemígo. de lo bueno, se pro- lles, dado á luz en 1881, escíibía á este propósito su Alcalde , puso firmemente contribuir á que cesara tan funesta interini- Mr, Walsabens que, en 8 de Mayo de 1847, el Consejero M. dad, acallando los escrúpulos que, ante la magnitud de la em- Bartels propuso encargar á una Comisión el coodificir dichos presa, ,le asaltaron, para prestar atención más que á sus reglamentos y Ordenanzas; que la Comisión fué nombrada, méritos á su patriótico atrevímiento, fiado en la ayuda de pero que retrocedió ante la aridez de sem'ejante tarea. Dios y en el concurso 'de todos. Tam.poco, pues, es de extrañar que iaquí una Comisión haya sucedido á otra, y un ponente á otro ponente, y una sesión á otras sesiones y á otras consultas, sin nunca dar cima, sin jamás llegar á ver ultimado lo qne la opinión imperiosa- Fruto de tal propósito y de la común labor ha sido el ad- mante reclama, y lo que, sin duda al&na, constituye una de junto proyecto de nuestras Ordenanzas que, en su calidad de las principales necesidades de nuestra capital. ponente nombrado por la Comisión, presenta impreso, con Porque, como hoy no existen ejemplares de las citadas.Or- l XIV arreglo á la autorización que el Ayuntamiento se sirvió otor- gar en consistorio de 4 de Abril último. Bien quisiera el infrascrito exponer aquí con alguna deten- ción, por vía de preámbulo ó exposición de motivos, los que ha tenido para adoptar la distribución de materias que en el proyecto aparece, y para introducir varias substnnciales inno- vaciones con respeto á lo hasta ahora vigente; pero ni lo es- tima de utilidad práctica; ni se considera con suficiente auto- ridad para afiadirles de esta suerte fuerza moral: ni el supremo estuerzo hecho para salvar las dificultades con que ha d e b i d ~ luchar le han dejúdo aliento para engolfarse en largos razo- namientos que, no viniendo, por otra parte, á llenar una ver- dadera necesidad, podrían interpretarse como mera satisfac- ción dada al amor propio. Es, no obstante, indispensable qne conste que, en cuanto al método, se ha procurado huir de aquellos epígrafes vagos que, por lo mismo que corresponden igualmente á diversas y aun á heterogéneas clases de preceptos, no dan idea clara de lo que abarcan; y que se ha procuraio también facilitar la consulta, ya clasificando el articulado con la mayor dívisión posible, con tendencia a que no solo los títulos, sino los capí- tulos de la obra, compongan entre sí un conjunto oigánico de partes; ya relacionando las materias que, á pesar de tratarse en distintos títulos ó capítulos, guardan recíproca congruencía; ya supliendo las dificiencias de orden ó nomenclatura que puedan habersz deslizzdo, por medio de un indice alfabético final. Con respeto al fondo, predomina el criterio de libertad 6 tolerancia en todo aquello que, sin redundar en notorio perjui- cio del vecindario ó de los intereses de los más, satisface cos- iurnbres populares, ó corrientes de la época, ó favorece al DICTAMEN Sesión ordina- r i a en 2.a convo- A propuesta de la Comisión que suscribe, catoria del 21 de J u n i o de 1869.- tuvo á bien acordar V. E., en consistorio de 4 "Queda sobre la mesa A petición del pasado Abril, que se procediera á la impre- d e l Sr. Sr>l."-P. A. del txcmo. sión de un determinado número de ejemplares Ayuntamiento.-- El Secretario ac- del proyecto de las nuevas Ordenanzas munici- ,cidental, Colo- mer Codina. pales, formuladas por el ponente Iltre. Sr. Don Sesión ordina- ria e n 2.8 convo- José Milá y Pi. catoria de 27 de .Junio de 1889.- Sometida esta obra al examen de V. E., y "Sigue sobre la mesa hasta que conocidas al propio tiempo las especiales cir- los seiíores Con- .cejales hayan te- cunstancias de tiempo y asiduidad que requiere nido tiempo de enterarse del Pro- un trabajo de esta naturaleza, entiende la Comi- yecto. por medio de los ejemplares sión cumplir la honrosa y delicada misión que impresos delmis- m0 que oportu- se digno confiarle acompañando ultimado dicho namente se les pasarán." - Por proyecto á la Corporación Municipal. a c u e r d o d e l Lxcmo. Ayunta- V. E., por lo tanto, verá en el decurso del miento. - El Se- a e t a r i o acciden- examen á que se someta, si reune, como supo- tal, Colomer Co- .d,na. nen los infrascritos, las condiciones que lo ha- Sesión ordina- ria de 2.%c onvo- gan acredor á su aprobación. catoria de 27 de -Julio de 1889.- La discusión á que dará lugar, y la interven- "Sigue sobre la niesa hasta la se- ción en ella de personas conocedoras de las ne- sión próxima."- P. A. del Excmo. cesidades locales, guiadas, como siempre, por Ayuntamiento -- A l Secretario ac- un crite~iog enuinamente penetrado de la impor- cidental. Colo - mer Codina. tancia de los intereses municipales, pondrá de Sesión ordina- ria en 2.l . convo- manifiesto la ' bondad ó deficiencias de que t a l catoria del 1.O de Agosto de 1839.- vez adolezca el importante trabajo de que s e "tn virtud del acuerdo, recaido trata en la proposición adjunta, aproba- Y: en su vista, la que suscribe propone á da hoy por S. E. se declara en sus- V. E. que se sirva proponer el examen y discu- penso la discu- sión de este dic- sión de este Proyecto de Ordenanzas Municipa- tamen y las Or- denanzas Muni- les, y disponer, si merecen su aprobación, que cipales, durante el tiempo prefija- se eleven á la Superioridad, á los efectos legales -- do en la referida proposición. " = correspondientes, con arreglo á lo que ya se in- P. A. del Exce- lentisimo Ayun- dica en sus disposiciones transitorias 1." y 2."- tamiento. = El Secretario. Ay - V. E., sin embargo, etc., etc.-Barcelona 31 EXCMO.S R.: m a r Mayo de 1889. -IGNACIO FONTRODONA-. GABRIELL LUCH.-JOSE PELFORTM ANSIO.- Al Excmo. Ayuntamienio Constitucional de esta: ciudad. La notoria importancia del Proyecto de nne- vas Ordenanzas municipales, la transcendencia indiscutible que tienen para todas las clases so- ciales y todos los inteieses que en Barcelona existen y radican exige que, antes de proceder V. E. á su aprobación definitiva, oiga las opi- niones de todos los que expontáneamente se manifiesten dispuestos á contribuir con sus luces ó su experiencia á que resulten lo más perfectas posible, y pida especialmente las de las Corpo- raciones que, por razón de su objeto, tengan in- terés más directo en cualquiera de las prescrip- ciones que las Ordenanzas han de contener, ó reunan, por el carácter de las personas que las constituyen, mayores elementos para contribuir á la obtención de aquel resultado, que es b único á que V. E. debe aspirar. Adoptando un acuerdo que conduzca á este resultado, no solo seguirá V. E. la tradición d e lo que constantemente realiza, cuando trata de aplicar determinadas prescripciones de las Orde- XX XXI nanzas vigentes, y por consiguiente en asuntos de hecho, dará cuenta de la mismas al Ayuntamien- mucha menos importancia, sino que, además, to, insistiendo en el texto del Proyecto que logrará que la obra resulte más perfecta, facili- en la actualidad está pendiente de discusión, ó tando la pi'onta aprobación del Proyecto, pues modificándolo en la forma que en vista de aque- de esta suerte existirán mayores probabilidades l as observaciones, crea oportuno. de que no sea impugnado, ó lo sea menos, 4." Se declara urgente la presente proposi- cuando haya de pasar á las demás Corporacio- ción para los efectos reglamentarios. rlei que la ley previene, para que formulen e l . Casas Consistoriales de Barcelona, treinta de correspondiente dictamen. Julio de mil ochocientos Ochenta y nueve.- Fundados en estas y otras consideraciones JUANC OLLY PUJOL.-JUAN MIRO.-IGNACIO que V. E. comprenderá, sin necesidad de ser FONTRODONA.-TOMÁSL LORET.-AL Excelen- expresamente expuestas, los Concejales, que tísimo Ayuntamiento Constitucional de esta suscriben tienen la honra de proponer á V. E. ciudad. que se sirva acordar lo siguiente: 1.' Exponer al público el Proyecto de Orde- nanzas Municipales por el término improrroga- ble de dos meses, invitando á todos los ciuda- danos á que se enteren de él y formulen por es- crito los observaciones que el contenido del mismo les surgiera. 2." Enviar ejemplares impresos del expresa- ,l do Proyecto á la Prensa periódica local, á las Asociaciones de Arquitectos, de Maestros de I obras, de Ingenieros Industriales, de Propieta- rios, al Fomento de la Producción Nacional y á todas las demás de análogo caráctei, y á las I Academias de Medicina y Cirujia y Legislación y Jurisprudencia, suplicándoles que se sirvan exponer lo que crean procedente sobre aquel Proyecto, en el plazo también improrrogable de dos meses, á contar desde la fecha de hoy, ó sea hasta l." de Octubre próximo. 3." Terminado este plazo se pasarán a la Ponencia de la Comisión encargada de la redac- , ción de las Ordenanzas, la cual, después de en- terarse de las observaciones que se hubieren -LSesión ordina- naria de 2.n con- Cumple la ponencia el honroso encargo que ~dcator iad el 12 Diciembre 1889. V. E. se sirvió conferirle en sesión del día 1." = "A Propuesta del S:. Col1 y de Agosto próximo pasado, presentando de nue- Pujol. se acuerda autoiizar al Ex- vo el Proyecto de Ordenanzas Municipales de celentidmo Se - ñor Alcalde, pa- esta ciudad, pendiente de discusión, después de ra que, por el medio que luz- haberlo adicionado y corregido cuidadosamente, gue más conve- niente. se impri- según su leal saber y entender y de acuerdo con ma 6 autogrdfie el número nece- sus colaboradores, en vista de los dictámenes sario de ejempla- l e s modlhcados, y publicaciones á que ha dado lugar la-informa- para que los se- ñores Concejales ción pública cuyo periodo terminó el 25 de No- puedan estudiar el proyecto tal viembre úl timo. como queda rec- tificado."=P. A.- El brillante resultado de dicha información d e l E. A.=El S e cretarto, Aymar. ha venido á demostrar el acierto y previsión ex- quisita con que obró V. E. al abrirla, y la justa correspondencia que los. ciudadanos de Bar- celona guardan siempre á las pruebas de respeto y consideración que merecen de su Ayunta- miento. Han informado sobre el proyecto de que se irata las Reales Acdemias de Medicina y Ci- XXIV rujía, y de Legislación y Jurisprudencia, pre- sididas, respecfivamente, poi el ex-concejal don Baitolomé Robert y el ex Alcalde y concejal don Juan Col1 y Pujol; las Asociaciones de Ingenie- ros industriales y de Arquitectos, el Centro d e Maestros de Obras, el Obispado de esta Dióce- sis, la Asociación de Católicos, el Círculo Bar- celonés de Obreros, el Instituto Catalán de San Isidro, la Obra Pía para combatir la blasfemia, la Sociedad de Tranvías, la Sociedad Barcelo- nesa de Amigos de la instrucción, la Asociación de propietarios de fincas urbanas de Barcelona, 11 Sociedad Mtítua de propietarios, la Herman- dad de Patronos carreteros, la Asociación Artís- tica é Industrial, la Agrupación de la propiedad' urbana de Barcelona, la Academia Médico Far- macéutica, la Sociedad protectora de animales y plantas y varios particulares. Además una buena parte de la prensa periódi- ca le ha dedicado extensos artículos, distinguién- dose en esta tarea el respetable Diario de Bar- celona, la revista técnica Industria é Invenciones, dirigida por el Ingeniero D. Jerónimo Bolibar, La Vanguardia, La Publicidad y El Diluvio,. que ha insertado hasta treinta y un artículos so- bre la materia. Todos han rivalizado en su interés y celo. para que resplandezcan en las futuras Ordenan-. zas aquella cualidades que necesita una obra tan trascendental para los. intereses locales, si se quiere que tenga simpática acogida y condicio- nes de estabilidad. Todos han hecho al misma observaciones atinadas y aprovechables: sus eru- ditos trabajos quedarán unidos al expediente d e su referencia, en testimonio de su acendrado pa- triotismo. CERTIFI CACION Don Agustin Aymar y Rubió, licenciado en Derecho Ci- vil y Canónico, Secretario del Excelentísimo Ayuntamiento constitucional de esta ciudad. CERTIFICO: Que impreso nuevamente el Proyecto de Or- denanzas Municipales en virtud del acuerdo de S. E. de 12 . de Diciembre de 1889, que precede, fué reproducido por la Comisión de Gobernacíón en dictamen de 24 de Febrero últi- mo, el cual quedó sobre la mesa hasta la sesión de 11 del si- gniente Abril, en que fué aprobado en su totalidad. Igualmente certifico que reproducido después por la actual Comisión de Gobernación en dictamen de 5 de Agosto, se puso á discusión su articulado, y fué aprobado sucesivamente en las sesiones de 14, 19 y 28 de Agosto y 4 y 11 de Septiem- 3 del corriente año, con las modificaciones que resultan del ue sigue. consta fielmente en las actas originales de S. E. y de- más antecedentes de la oficina de mi cargo á que me re- mito. Barcelona 20 Septiembre de 1890 EL SECRETARIO. Agustin Aymary Rubió V . B.O EL ALCALDEC ONSTITUCONPARLE SIDENTE, Juan Co2l.y Pujol DICTAMEN TA PROVINCIAL DE SANIDAD \ Junta Provincial de Sanidad de Barcelona. -Núm, 50.-Excmo. Sr.-La Junta Provincial de Sanidad al haber tenido el honor de estudia^ detenidamente el proyecto de Ordenanzas Mu- nicipales de Barcelona, que, con el fin de emi- tir informe, le fué remitido por el Excelentísimo Sr. Gobernador civil de la provincia, ha visto con el mayor gusto la introducción de prescrip- ciones higiénicas :indispensables para la salubri- dad de las poblaciones, admirando al propio tiempo la ilustración y acierto con que tan sa- biamente ha sido redactado.-La dotación pre- cisa de agua en la casa, la fijación de minirnun de altura libre para los pisos, la determinación de área edíficable y la necesaria para los patios: la organización de los servicios sanitarios y, en fin, muchas otras prescripciones tan acertada- mente introducidas en el futuro Código Munici- pal, demuestran hasta la evidencia que ese Ex- celentísimo Ayuntamiento se ha ocupado seria- XXX mente y con preferente interés del problema sa- nitario, que es el más imljortante y trascenden- tal en la vida material de los pueblos modernos. -En este concepto la Junta acordó unánime- mente, en sesión celebrada .el día 14 del actual, felicitar con efusión al Excelentísimo Ayunta- miento por los brillantes resultados que puede producir la adopción de tan saludables reformas, RESOLUCION GUBERNATIVA cuyos beneficios han de ser grandísimos para todos los habitantes de esta. Capital y hasta 10s demás pueblos de la provincia, que pueden guiarse por modelo de Leyes municipales tan ilustradamente formuladas.-Dios guarde á V. E. . naS edseió n1 3o rEdnienrao- Hay un se110 del Gobierno Civil de la Provin- muchos aiios. - Barcelona 20 Noviembre de . de l a ~ ~ . = " ~ n t e - rada con vivasa- tia.-Excmo. Sr.-E1 Sr. Vicepresidente de la 1890.-E1 Vicepresidente, JoSÉ M.a RUFART.- dtiásnfadcocsieó nu, n avcootor - Comisión Provincial con fecha 19 del que cursa P. A. de la Junta,-El Secretario, LUIS DE VE- de gracias para cuantas entida- me dice 10 siguiente.-Excmo. Sr. - Visto el ~~.-Ex&?nt.&isirnoS r. Alcalde de estu capital. des han contri- buido a la pronta Proyecto de Ordenanzas Municipales de esta resolución del ex. pedtente ."=~.~- ciudad que V. E. remite á este Cuerpo ' á los del txcelentisi- mo Ayuntarnien- efectos del artículo 76 de la Ley municipal vi- to. = i-l Secreta- -< gente; Resultando que' en virtud de acuerdo de esta Comisión de fecha 28 de Octubre último. adoptado en uso de las atribuciones que le con- fiere el párrafo 2." del artículo 98 de la ley pro- vincial vigente, se intereso la conveniencia de que la Junta provincial de Sanidad, el Arquitec- to de la Diputación y el Ingeniero ~ i rec to rd e Obras públicas provinciales, emitieran informe acerca del aludido proyecto; Resultando que emitidos dichos informes por las citadas entida- 1 des facultativas, han expuesto que procedía la aprobación de las referidas Ordenanzas munici- pales, indicando únicamente el Arquitecto de esta Diputación y la Junta provincíal de Sani- dad algunas modificaciones y adiciones que, en su concepto, seria convenien te introducii en XXXII 1 misión el aludido proyecto y las modificacione y adiciones propuestas por las citidas entidades las cuales no revisten verdadera importancia, nc existe inconveniente en que recaiga sobre dichc proyecto el acuerdo aprobatorio de que trata e artículo 76 de la Ley municipal vigente; Atendi do que aun cuando la urgencia del asunto acon seja dicha aprobación al objeto de que cuantc antes se atiendan y iegulen de una manera con creta y definitiva las necesidades que dicho pro yecto viene á llenar, sin embargo, dicha aproba cion debe entenderse sin perjuicio de que en Ic sucesivo y en los distintos casos que en el terre I no de la práctica puedan ocurrir, el Ayuntamien to de esta capital, inspirándose en el elevad( criterio que le es propio y atemperándose á la formalidades legales vigentes, proponga respectc al referido proyecto todas aquellas modificacio nes que conceptúe que reclaman el bien públi co y los intereses particulares de sus administra dos, ya sean de la propia naturaleza de los indi cados por los Centros facultativos de que qued hecho mérito, ya de otra distinta, pero así mis mo de indole atendible, al objeto de que por ta modo vaya ajustándose paulatinamente dichl Código á lo que reclamen las múltiples necesida des del vecindario de esta capital; Atendido qu siendo urgente la resolución del presente asunt puede esta Comisión, haciendo uso de las atri buciones que le confiere el párrafo 3," del arti culo 98 de la Ley provincial vigente, declara la urgencia del mismo, sin perjuicio de dar cuen ta del acuerdo á la Diputación en la primera se ción que celebre. En presencia de lo dispuestc en la Ley provincial vigente, esta Comisión el sesión del 3 del corriente acordó: 1. O Declara Hago saber: Que en uso de la facultad que me compete, he venido en disponer que las Or- denanzas municipales cuyo texto se i n s e h á continuación, aprobadas por el Ayuntamienta de mi presidencia y sancionadas por la Superio- ridad, con arreglo á la ley, rijan en este término municipal á contar desde 15 de Abril próximo, excepción hecha de los artículos 161, 162, 163. 164, 168 y 169, relativos á la zona de ensanche, pendientes de tramitación ulterior. Por tanto Me prometo de los habitantes de esta ciudad que, inspirandos: en los elevados y patrióticos fines á que obeEece su publicación y correspon- diendo á la solicitud que demuestra, observarán fielmente sus preceptos como es propio de un . pueblo sensato y culto. Barcelona 8 d e Marzo de 199 1. - Juan C d t . y Pujol.