(AL ART. 2.') l ivirióo Udminir t ra t ivn en Distritor y i iarrinr y declarada ejecutiva en 31 de Octubre del mismo año I&I termino munitipal de Barielona se divide en 10 distritos, subdivididos en 53 barrios Demarcación de los distritos I DISTRITO DE LA LONJA Coniprende, partiendo siempre á la derecha, desde la plaza 1 d e la Paz, la Rambla de Santa Mónica, plaza del Teatro, Ram- 1 bla de Capuchinos hasta la calle de Fernardo VII, acera dere- cha de esta calle, de la plaza de la Constitucidn, de la calle de Jaime 1, aceia derecha de la calle .de IaiPlatería, de la plaza de Santa María, de ia calle de la Fspaderia, de la Plaza de Palacio hasta el Mar, siguietido por el puerto Nuevo hasta la plaza de la Paz, punto de partida. 31 - 206 - - 207 - quina de la calle Fernando VII, la Rambla de Capuchinos, el DISTRITO DEL BORNE llano de la Boquería, la Rambla de San José, la de Estudios, la de Canaletas, la calle de Fontanella doblando por la de Bilbao, Arcos. de Junqueras, Riera de San Juan, Graciamat, Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la es- , plaza del Oli, calle de Filateras, plaza del Angel enfilando con quina de la Platería, la calle de la Princesa, enfilando con el la calle de Jaime 1, plaza de la Constitución y calle de Fer- paseo de Pujadas hasta el término Jurisdiccional de San Mar- nando VI1 hasta el punto de partida. tín de Provensals, calle de Marina hasta el paseo del Cemen- terio, derecha de éste hasta la plaza de .Palacio, derecha de- 1 ésta, de la calle de la Espadería, de la plaza de Santa María,. DISTRITO DEL INSTITUTO de la calle de la Platería liasta la de la Princesa, punto d e 1 partida. I Comprende, partiendo siempre á la derecha,' desde la es- quina de la calle de Bilbao, la plaza Nueva de Junqueras, calle de Ausias-March, hasta el límite jurisdiccional de San DISTRITO DE LA BARCELONETA Martín de Provensals, baja por éste hasta el paseo de Pujadas, enfila este paseo, la calle de la Princesa, dobla por la plaza Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la plaza del Angel hasta la calle de la Boria, sigue por la de Filateras, de Palacio, el pase8 del Cementerio hasta la puerta de Don plaza del Oli, Graciamat, Riera de San Juan,, Arcos de Jun- Carlos, sigue por todo el paseo hasta el Cementerio inclusive, queras y calle de Bilbao al punto de partida. regresando á la puerta de Don Carlos, sigue por el Baluarte . del mismo nombre, hasta la playa llamada de la Mar vieja, DISTRITO DE LA CONCÉPCIÓN entrando en el Muelle nuevo por el paseo del antiguo Astillero, . \ siguiendo el Muelle nuevo hasta el dique del Este y por el mismo Muelle hacia la Capitanía del Puerto, andenes del. Comprende, partiendo siempre á la deiecha, desde la es- Puerto hasta la plaza de Palacio, punto de partida. quina de la calle de Fontanella, la plaza de Catalufia, siguiendo 1 por la Rambla de este nombre hasta la calle de Provenza, de- recha de ésta por el límite del término jurisdiccional de Gracia DISTRITO DE LA AUDIENCIA y San Martín de Provensals hasta la calle de Ausias-March, doblando por la derecha d e ésta, de la plaza de: Jmqueras y de la calle de Fontanella hasta la plaza de Gatalufia, punto de Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la es partida. - 209 - sigue por éste y por el de Gracia hasta la Rambla de Cataluña, derecha de ésta y de la plaza del mismo nombre, Rambla de DISTRITO DE ATARAZANAS Canaletas y de Estudios, hasta la esquina de la calle del Car- men, punto de partida. Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde Ia plaza de la Paz, siguiendo por el Puerto y el dique del Oeste hasta DISTRITO DE HOSTAFRANCHS , Casa Antunez, da la vuelta á la montafia de Monjuich hasta encontrar la prolongación del eje de la calle de Fontrodona, derecha de ésta y de la de San Pablo, doblando por la Ram- Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la calle bla de Capuchinos sigue por la plaza del Teatro y la R3mS!a del Marqués del Duero, la calle de Fontrodona y la prolonga- de Santa Móníca hasta la plaza de la Paz, punto de partida. ción de su eje por la Falda de Monjuich hasta el límite juris- diccional de Sans, siguiendo por éste y el de las Corts, dobla por la calle de Urgel y sigue por la Ronda de San Pablo hasta DI'STRITO DEL HOSPITAL el ángulo de la calle del Marqués del Duero con la de Font- rodona punto de partida. Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la es- quina del llano de la Boquería, la calle de San Pablo, doblan- do por la Ronda de San Pablo y la calle de San Antonio Abad, sigue por la plaza del Padró, calle del Cármen, Rambla de San José y llano de la Boquería, á la calle de San Pablo, punto de partida. DISTRITO DE LA UNIVERSIDAD Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la Ram- bla de Estudios, la calle del Carmen, plaza del Padró, calle de San Antonio Abad doblando por la calle de Urgel hasta en- contrar el término jurisdiccional de las Corts de Sarriá, Se BARRIO3 .' - De los Encantes Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la calle REMR!EREOI I DE 105 BRRRlOS DE D![A DISTRITO del Regomir, la del correo Viejo, enfilando con la plaza de .Arrieros, calle del Pom d' or, la de Abaixadors, doblando por la plaza de Santa María y calle de Espadería, plaza de Palacio hasta el Mar, siguiendo por el Puerto hasta la de Marquet Distrito de la Lonja y calle del Regomir hasta la del Correo Viejo, punto de partida. CONSTA DE CINCO BARRIOS BARRIO. 4 . O - De San Justo BARRIO 1. O - Del Banco Comprende, parti&do siempre á la. derecha, desde la es- Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la Pla- quina de la calle del Correo Viejo, la calle y plazuela del Re- za de la Paz, Rambla de Santa Mónica, la calle de Escudillers, gomir, la calle de la Ciudad, doblando por la de Jaime 1 y de doblando por la de Códols, la de Oriente, hasta el Puerto.Nue- la Platería, sigue por la de Abaixadors, Pom d' or, plaza de vo, siguiendo por éste hasta la plaza de la Paz, punto de Arrieros, Correo Viejo. á la del Regomir, punto de partida. partida. BARRIO5 .' - De la Trinidad BARRIO29. - De la Merced Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la es- Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la esqui- quina de la calle de Escudillers, la Rambla de Capuchinos, na de la calle de Códols, la de Escudillers hasta el número 58 *doblando por la calle de Fernando VIJ, plaza de la Constitu- inclusive, enfilando por la calle de la Condesa de Sobradiel y ción, sigue por la Calle de la Ciudad, plazuela del Regomir, del Triunfo, doblando por la del Regomir, la de la Marquet calle del Triunfo, Condesa de Sobradiel y Escudillers hasta la hasta el Puerto, siguiendo por éste hasta la de Orietite y por la plaza del Teatro, punto de partida. de Códols al ?unto de partida. - '213 - paseo de !a Industria, doblando por la calle de la Fusina, pla- Distrito del Borne za Comertial, plaza del Borne, plazuela y calle de Moncada; hasta la de la Princesa, punto de partida. CONSTA DE CUATRO BARRIOS BARRIO4 .' - Del Parque Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la es- Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la es- quina del paseo de la Industria, el paseo de Pujadas hasta el quina del Depósito Comercial, la plaza de Palacio, calle de la 1 término de San Martin de Provensals, doblando por la calle de- Espaderia, doblando por la calle de Santa María, plaza del 111 Marina, paseo de Circunvalación y de la Industria al de Puja- Borne, plaza Comercial, dando la vuelta al Mercado por la das, punto de partida. calle de la Fusina, hasta el paseo de la Industria, siguiendo por éste y por la calle de Circunvalación hasta la Puerta de D. Carlos, doblando por el paseo del Cementerio hasta la pla- za de Palacio, punto de partida. Distrito de la Barceloneta BARRIO 2.' - De Santa Maria CONSTA DE CINCO BARRIOS BARRIO1 . O - De San Miguel Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la es- quina de la calle de Santa María, la plaza del mismo nombre, la .Platería, doblando por la calle de la Princesa hasta la de Comprende, partiendo siempre de la derecha, desde la pla- Moncada siguiendo por ésta, plazuela del mismo nombre, en- za de Palacio, el paseo de D. Carlos, doblando por la prolon- 1 fila con la de Santa María hasta la plaza de este nombre, pun- gación del eje y calle de San Antonio hasta la de San Carlos, to de partida. derecha de ésta hasta el Puerto, sigue por el Andén bajo hasta 1 la plaza de Palacio, punto de Partida. BARRIO3 .' - De la Seca BARRIO2 .' - De los Gasómetros Compre~dep, artiendo siempre á la derecha, desde la es- Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la pro- quina de la calle de Moncada, la calle de la ~r ihcesah asta el longación del eje de la calle de San Antonio, el paseo de Don 32 - 214 - Carlos y del Cementerio, el Cementerio, sigue por el Baluarte de Don Carlos y por la orilla del Mar hasta la calle de San Carlos, derecha de ésta, doblando por la de San Antonio, si- Distrito de la Audiencia gue hasta el paseo de Don Carlos, punto de paitida. CONSTA DE SEIS BARRIOS BARRIO3 .' - De San Juan BARRIO1 . O - Del Pino Comprende, partiendo siempre 5 la derecha, entrando por la calle Nacional, la de San Carlos, doblando por la orilla del Comprende,' partiendo siempre á la derecha, desde la calle Mar y por la calle de San Juan, sigue hasta el Puerto, coge la de Fernando VII, la Rambla de Capuchinos; siguiendo por la sección del Andén comprendida entre la calle de San Juan y Riera del Pino; plazas de este nombre y del Beato Oriol, San Carlos y enfila con esta calle, punto de partida. enólando por la calle del Ave-María y doblando por la de Ba- nos Nuevos y Avifió, entra por la calle de Fernando hasta la Rambla, punto de partida. BARRIO 4.' - De la Concordia Comprende, partiendo siempre de la derecha, entrando por BARRIO2 . O - Del Fomento la calle Nacional, la de San Juan, doblando por la orilla del Mar y por la calle de la Concordia, sigue hasta el Puerto, com- Comprende, partiendo siempre de la derecha, del llano de prendiendo la sección del Andén entre la calle de la Concor- la Boqueria, Rambla de San José, dobla por la calle de la dia y San Juan, enfilando con esta calle, punto de partida. Puertaferrisa, Boters, plaza Nueva, enfilando por calle de la Paja, plazas del Beato Oriol y del Pino, sigue por la Riera del BARRIO5 .' - Del Varadero Pino, hasta el llano de la Boqueria, punto de partida. Comprende, partiendo siempre de la derecha, desde la ca- BARRIO3 .' - De Santa Ana lle Nacional, la calle de la Concordia, sigue por la orilla del Mar y por el paseo del Astillero, entra en el Muelle nuevo, coge el dique del Este, y por el Muelle nuevo y la Capitanía Comprende, partiendo siempre de la derecha, desde la calle del Puerto, enfila con la calle de la Concordia, punto de de la Puertaferrisa, las Ramblas de Estudios y de Canaletas, partida. doblando por la plaza de Cataluña 6 calle de Fontanella, entra - 216 - por la Puerta del Angel, y sigue por la plaza de Santa Ana, calle de Archs, calle de Boters y Puertaferrisa hasta la Rem. María, Plaza del Beato Oriol, calle de la Paja, plaza Nueva bla, punto de partida. por la calle del Obispo hasta la plaza de la Constitución, pun- to de partida. Comprende, partiendo siempre A la derecha, desde lapuer- Distrito del Instituto ta del Angel, la calle de Fontanella, dobla por la dc Bilbao, CONSTA DE SEIS BARRIOS Arcos de Junqueras, Riera de San Juan, por la calle Copons, y la del Gobernador y sigue por la plaza de Santa Ana y Puer BARRIO1 .' - De San Pedro ta. del Angel, punto de partida. Comprende, partiendo siempre í5 la derecha, desde la es- BARRIO5. ' - De la Catedral quina de la calle de Bilbao, la plaza de Junqueras, enfilando con la calle de Ausias-March, dobla por la calle prolongación Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la plaza del paseo de San Jnan, siguiendo por éste hasta la calle del de SantaLAna, la calle del Gobernador, la de Copons, dobla Rech Condal, derecha de ésta, de la plaza de San Pedro, ¿e San Juan, calle de Graciamat, plaza del Oli, de la calle alta de San Pedro, de los Arcos de Junqueras y la calle de[Filateras, enfila por la plaza del Angel, la calle Jaime calle de Bilbao hasta la plaza nueva de Junqueras, punto de 1, sigue por Ialplaza de la Constitución, ;calle del Obispo, pla- partida. za Nueva, calle de Archs, plaza de Santa ,Ana, hasta la calle del Gobernador, punto de partida. BARRIO2 . O - De los Agonizantes Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la es- quina de la calle de la Riera de San Juan, la calle Alta de San Comprende,'partiendo siempre la derecha, desde la calle Pedro, la plaza de este nombre, doblando por la Baja de San A Pedro, y las Riera de Can Juan hasta la Alta de San Pedro, del Obispo, la plaza de la Constitución, enfilando por la calle punto de partida. de Fernando VII, dobla por la de Aviñó, Baños Nuevos, Ave- BARRIO 3.' - De, la Biblioteca BARRIO6. ' - Del Bogate11 Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la ca- Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la calle lle de la Princesa, la plaza del Angel, dobla por la calle de k prolongación del Paseo de San Juan, calle de Ausias-March, Boria y enfila la calle de Filateras, plaza del Oli, Graciamat, hasta el término jurisdiccional de San Martin de Provensals, Riera de San Juan, Baja de San Pedro, entra por la de Freixu. doblando por la calle de Marina y la de Pujadas hasta el Salón ras, plaza de Santa Catalina, calle de Semoleras, Pou de la Ca- de San Juan, derecha de éste hasta la calle de Ausias-March, dena, entra por la calle de la Princesa hasta la plaza del An- punto de partida. 3 gel, punto de partida. BARRIO4. ' -De Santa Catalina Distrito de la Concepción CONSTA DE CUATRO BARRIOS Comprende partiendo siempre á la derecha, desde la calle de la Princesa, la del Pon de la Cadena, enfila con la de Se- BARRIO1 .' - Del Prado moleras, la plaza de Santa ~ata l inac, alle de Freiwuras, dobla por la Baja de San Pedro, entra por la calle de Jaime Giralt, Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la es- la de la Allada, sigue por la calle de la Princesa hasta la esqui- quina de la calle de Fontanella, la plaza y Rambla de Cata- na de la calle del Pou de la Cadena, punto d t partida.' luña, doblando por la calle del Consejo de Ciento, la del Bruch, hasta la de Ausias-March, derecha de ésta, de la plaza BARRIO5 .' - De P-~ertaN ueva de Junqueras, de la calle de Fontanella hasta la plaza de Ca- taluña, punto de partida. Comprende, siempre á la derecha, desde la calle 1 1 de Jaime Giralt, la Baja de San Pedro, la del Rech Condal, BARRIO2 .' - De la Enseñanza dobla por el Salón de San Juan, por el Paseo de Pujadas y Pa- 'seo de la ~ndustria,e nfilando con la calle de la Princesa, sigue Comorende, partiendo siempre á la derecha, desde la calle por ésta, la de la Allada y Jaime Giralt, hasta la calle Baja de -del Consejo de Ciento, la Rambla de Catalufia hasta la )calle San Pedro, punto de partida. :de Provenza, doblando por ésta y entrando por la del Bruch - 220 - - 221 - y la del Consejo de Ciento hasta encontrar la Rambla de Cata. plaza de la Paz, doblando por el Muelle nuevo, al pie de Ata. luña, punto de partida. razanas, hasta la calle del Marqués del Duero, derecha de ésta? doblando por la calle del Arco del Teatro hasta la Rambla de BARRIO 3.' - De las Salesas Santa Mónica, punto de partida. Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la calle BARRIO2 .'-Del Teatro del Consejo de Ciento, la calle del Bruch, doblando por la de Provenza hasta el límite jurisdiccional de San Martín de Pro- vensals y siguiendo por éste, entra por la calle del Consejo -de Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la plaza Ciento hasta la del Bruch, punto de partida. del Teatro, la calle del Arco del Teatro, doblando por la del Marqués del Duero, siguiendo por la del Conde del Asalto' hasta la Rambla de Capuchinos, derecha de ésta hasta la calle BARRIO 4.' - De Tetuán del Arco del Teatro, punto de partida. Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la calle de l Bruch, la calle del Consejo de Ciento hasta el limite jurir diccional de San Martin, siguiendo por éste hasta encontrar la calle de Ausias-March, derecha de ésta, hasta la del Bruch y Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la Ram- por esta misma calle hasta la del Consejo de Ciento, punto de bla de Capuchinos, la calle del Conde del Asalto hasta la de partida. S a n Ramón, derecha de ésta, doblando por la de San Pablo hasta la Rambla de Capuchinos, derecha de ésta, hasta la calle .del Conde del Asalto, punto de partida. Distrito de Atarazanas BARRIO4 .' - De San Pablo CONSTA DE CINCO BARRIOS BARRIO' '-De Santa ~Mónica Comprende, partiendo siempre a la derecha, desde la es-' l . quina de la,calle de San Ramon, la calle del Conde del ~ s a l - to, doblando por la del Marqués del Duero y siguiendo por la Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la es- de San Pablo, hasta la de San R m ó n , derecha de ésta hasta quina del Arco del Teatro, la Rambla de Santa Mónica, la la del Conde del Asalto, punto de partida. 34 t , - 223 - de este nombre y siguiendo por la de la Lealtad, San Paciano San Rafael, hasta encontrar la calle de Sadurní y sigue por la de Espalter hasta la de San Pablo, punto de partida. ille BARRIO3 .' - De las Escuelas Pías 'te, sta lo- Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la calle ita. de la Riereta, las calles de San Paciano, de la Lealtad, dobla por la de Ronda de San Pablo y entra por la calle de San An- tonio Abad, plaza del Padró, calle del Hospital, de la Cera y Riereta hasta la calle de San Paciano, punto de partida. BARRIO4 .' - De San Lazaro Comprende, siempre á la derecha, desde el Pa- saje de Bernardino, la calle de San Rafael, doblando por la de .la Riereta, calles de la Cera, del Hospital, plaza del Padró, calle del Cármen, sigue por la de Roig y enñla con el Pasaje de Bernardino hasta la calle de San Rafael, punto de partida. LCI, aauu1111y rasaje utt oernaraino, sigue por la ael Hospd l BARRIO5 .' - De la Convalecencia Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la Ram- bla de San José, la calle del Hospital, dobla la de Roig y entra en la del Carmen, derecha de Osta, de la Rambla de Sati José hasta la calle del Hospital, punto de partida. BARRIO4. ' - Del Padro Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la calle de Poniente, la calle del Carmen, plaza del Padró, calle de San Antonio Abad, doblando por la Ronda de San Antonio y la de Poniente, hasta la calle del Carmen, punto de partida. BARRIO5 .' - De Ronda de San Antonio Comprende, partiendo siempre á la derecha, de la plaza de la Universidad, la calle de Ronda de San Antonio, doblan- do por la de Urgel, la de Cortes y plaza de la Universidad hasta la calle de Ronda. punto de partida. BARRIO6 .' - De Muntaner Comprende, partiendo siempre á 'la derecha, desde la plaza de la Universidad, la calle de Cortes, doblando por la de Ur- . gel hasta el límite jurisdiccional de las Corts de Sarriá, si- guiendo por éste y el de Gracia, entra por la calle de Aribaw hasta la calle de Cortes, punto de partida. BARRIO7 .' - De Balmes . Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la Ram- bla de Cataluña,, la calle de .Cortes, la plaza de la Universidad, - 226 - - 227 - doblando por la calle de Aribau hasta el término jurisdiccional de Gracia, siguiendo por éste y entrando por la Rambla de Cataluña, derecha de ésta hasta la calle de Cortes, punto de BARRIO3 .' -De la Cruz Cubierta partida. Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la calle d e Cortes, con la de Tarragona, la calle de la Cruz Cubierta 6 Distrito de Hostafranchs carretera de Madrid hasta el término jurisdiccional de Sans, sigue por éste y dobla por la calle de Tarragona hasta encon- CONSTA DE SEIS BARRIOS trar la calle de Cortes, punto de partida. BARRIO1 . '-De las Canteras Comprende, partiendo siempre á la derecha, desde la calle del Marqués del Duero, la calle de Fontrodona y la prolonga- Comprende, ,partiendo siempre á la derecha, desde la calle ción de su eje hasta el término jurisdiccional, siguiendo por f%3.n1 2.0- %%lado.srt . 331, Archivo Municipal.- Art. 851 y Disposición transitoria Arcos y puentes. - Art. 129. Armas de fuego.-Art. 32, 295. &mr,b[dah- As'\ 420. Artlculos de confiterla y pasteleria. - Véase venta de id.). Ascensor.-Art . 149. Asilo de pobres.-Art. 840 á 844. Asistencia médica domiciliaria.-Art. 809 á 81 1. Autoridades Municipales (quienes S&).-Art. 8.' Auxilio.-Art. 18, 761, 782. Ayuntamiento (ceremonial del).-Art 34 á 42, 854. Ayuntamiento (régimen interior del)- Art. 9.O, 10. Bacalao.-(Véase Pesca salada). Bailes. - Art. 48, 74 á 57, 185, 186, 223. Balcones.-Art. 26, 126, 294, 298. n Baños. - Art. 856, 857 á 865. (Véase Edificios para id,). Barcelona (su plano y divisiones). - Art. 1 .O á 7.' Barcelona (-su r e p r e m k A r t . 9.0h A &+,Jb&r \I- de, B~asuras.-~rt . 285, 438 á 444. - 258 - - 259 - Bibfiotecas populares. - Art. 796. Carruajes de asiento. - Art. 392 á 421, 447, 448, 450. Blasfemia.-Art. 17. . Carruajes de industría.- Art. 37 Bomberos. - (Véase Incendios). Carteles.-Art. 319 á 322. - u\ Bozal.-Arl. 362, 830. Casa de Caridad.-Art. 878, 879. Burras de leche. -Art. 359, 362. 363. 365. (Véase Establos]~&) Casas Consistoriales.- Art. 853. Casas de huéspedes.-Art. 665 á 667, 854. Casas de socorro.-Art. 798, 803 á 804. a- Cencerradas. -Art. 309. Cabdlerias. -Art. 328, 329. 359 á 370. 865.-k- h d i R Q / , # Censo depoblación. - Art. 1.' Caballos de silla. -Art. 360, 361. u)Cerca s de cerramiento.-Art. 188 á 191, 212, 259. Cabras de leche (su tránsito). -Ari. 359, ase ~~~h~ Caddveres.-Art. 872 á 895. -y , 3 Caducidad de permisos. --Art. 219. 746. Cafés.-Art. 105 á 108, 761. Cajés cantantes. -Art. 78 á 82. Circulación de vehhdos.-(Véase Trásito rodado). Cloacas.-(Véase Alcantarillas). Coches deplaza.-Art. 396 á 414, 418 á 422. Canalones.-Art. 135, y 136. Coches fünebres.-Art. 394, 878, 879, 884, 885. Cañerias.-Art. 136 á 138, 345. Coches para ferrocarriles y de w y a . - ~ r t .3 94, 413 á 421. Capitán General del Principado.-Art. 41. Coches para nifios y personas impedidas.-Art. 279 Caramellas. -Arta 48. Cohetes.-Art. 46. Carbón y 1eria.-Art. 432. (Véase Venta de idem). q8. Co1choneros.-Art. 661, 662. Carga y descarga de vehlcu1os.-Art. 3 8 b á 388. 429, 431 á Colegios de medicina. - Art. 894. Cargas municipales ó vecinales. - Art. 18. Comestibles.-(Véase Venta de substancias alimenticias). Carnaval.-Art. 43, 44, 76. Cometas.-Art. 47. Carnes frescas muertas (su entrada).-Art. 530, 540. Comisiones del Ayuntamiento.-Art. 9.' Carpinteros. -(Véase Obligaciones de idem). Comiso.-Art. $99. Carretones de mano.-Art. 375, 451 á 453. 1 Concejales.-Art. 9 . O , 37. Carromatos.-Art. 375, 447. f Condu;ciones en la via ptiblica (reglas generales G-.A r"t. 211. 480 á 4 8 l . m Carros.- Art. 422 á 437., l A-?- - 4 L - L ~ ~ - y .,w,,wAuCe/ Conduccionespara agua.-Art. 506 á 508. 1 8 Carros de 1efrmas.-Art. 446. Conducciones para electricidad:-Art. 509 á 513. Carros de limpieza.- Art. 438 á 444. Conduccionespara gas.-Art. 495 á 505. Carros de mudanza.-Art. 302, 445. Conductoras de muebles.-(Véase Carros de mudanza). Carros de transporte especial.-Art. 438 á 446. \ Conductores de caballerlas y vehlcu1os.-Art. 365, 367,368, 389,418 á 421- - 260 - - 261 - / Conductores de carros. - Art . 434. ~Dirección de vehículos -Art 378 á 3 8 0 6 C nductores de tranvias.-Art, 462 - ,f., F~ "m- yv ~, Qw-$-;.F\ - v. v& aCe- D~vlsióna dmznistratiiza de la ciudad ó su término.-Art. 2.' y apéndice Construcczones.-(Véase Edificios y obras, en sus distintas denomina. núm. 2; ciones) División ecltsiástiea:-Art. 3.O y apéndice núm. 8. Corderos vivos.-Art. 529. --(V. u) División hipotecaria.- - Art. 5.O y apéndice núm. 5. Corridas de toros.-Art. 89 á 93. (Véase espectáculos públicos). División Judicial.-Art. 4.O y apéndice núm, 4. Cortinas y toldos. - A Y ; % , 31 4. División por lo que mira á edificación y vialidad.-Art. 6.O Cría de animales.-Art. 290. Di~isiónp or . Cuadras.-Art. 192 á 198. - vlo que mira al impuesto deconsu-mos.-A.r t.- 7.' X d e - A r t . 592>- C arte es.-Art. 356. Q&C& .- ,LA. ~ 4 % Cuerpo Médico municba1.-Art. 798 ;i 814. Ebrios..-Art. 418, 802, 862. e & K w A z - v-* Chimeneas de industria.-Art. 164, 210, 725 á 729. %$G(SU distribu-53, 154. Chimeneas domésticas.-Art. 144, 145, 147, 260. Edificiós destinados á espectáculos y r~unionesp úblicas.-Aet. 185 2 Chocolate.-Art. 597 á 601. 187, 223. Edificios en el Ensanche.-(Véase ensanche). Edificios fuera de poblado.-Art. 274, 275. Edificios industriales.-Art. 206, 207,209, 224. 731 á 734. Edificios para baños.-Art. 199 á 202, 205. p: Edificios para cuadras y establos.-Art. 192 á 198. Deberes Y prohibiciones generales á los vecinos y habitantes. - Art. 15 á 21, Edificios para escuelas. -Art. 206 á 208. 283. 339, 440, 678, 679, 682, 781 á 784. Edificios para lavaderos.-Art . 203 á 205. Dementes.-Art. 20, 418, 844, 862. Edificios particulares.-(Véase obras, en sus distintas denominaciones). Denuncias.-Art. 13, 18, 247, 919. Edificios públicos.-Art. 182, 183, 223, 356. Depósito de cadáveres.-Art. 875, 895. Edificios que pueden equipararse á los públicos para los efectos de su cons- Depósitos de materias inflamables óexplosib1es.-Véase Almacenes de id.) trucción.-Art . 184. Derechos generales de los vecinos y habitantes.-Art. 12 á 14, 262, 561, Edificios ruinosos.-Art. 262 á 263. 562, 803, 809, 832, 851, 853, 859. Encantes.-Art. 305. Enfermedades contagiosas.-18, 204, 420, 631, 649, 650, 667, 682, 813, Días festivos (su observancia).-Art. 22 á 24. 817, 876, 885. Binamita.-Art. 734. Ensanche. - Art. 6, 160 á 170, 222, 25, 355 y base transitoria 2 a r ,- &,A. 61i\ q 651,8911 - M * ~ - 262 - Enterrarnientos.-(Véase cadáveres). Entradas de las casas.-Art. 152, 259. Entresuelos interiores.-Art. 121. Escaleras.-Art. 143, 149 á 152,259, 341. Escaparates.-(Véase tiendas y aparadores). Escombros. -Art. -245, 285, 432. Gallinas. -Art. 103, 290. - v.& Escuelas.-Art. 206 á 298. Gallos. -Art. 95. -' M Espectáculos públicos (reglas Ganados.-Art. í28, 329, 359, 362, 369, 817. - Establos.-Art. 192 á Gas,- Art. 138, 151, 155, 663, 664. (Véase conduccihes para gas). Estática de los edificios.-Art 133, 134. Generadores de vapor (reglas generales).--Arte 210, 693. 694. -V.v Explotación de las industrias.-Art. 735 á 740. (Véase ruido). ~%-Q&-w. ; Generadores de vapor fijos.-Art. 695 á 707. Expropiación. -Art. 110. Generadores de vapor semifijos, locomóviles y locomotoras. - qrticulo Exterior de las tiendas. -(Véase tiendas y aparadores). 707 á 709. Generadores de vapor (sup rueba). -Art. 715 á 717. Generadores de vapor (aparatos inherentes á los mismos). - Art. 710 á 714. Globos.-Art. 46. Gobernador civil.-Art. 40, 41, 223. Fachadas de los edificios. -Art. 113, 124. 125, 144, 225, 226, 259, 292, Guardacantones.-Art. 130, 381. 298, 320. Guardia Municipal.-Art. 31, 757 á 764. Fachadas (sus vuelos ó salientes). -Art. 126 á 128, 131, 132. Faquines.-(Véase mozos de cuerda.) Farmacéuticos.-Art. 632 á 639. Ferias.-Art. 48, 51, 278. Ferrocarriles. -Art. 344. (Véase pasos á nive I ~ t a s p o p u l a r e sA. r . 1 3 6 5 1 j 3 0 X I - 3 { 3 ~ ] & UQ Hallazgos.-Art. 421, 852. Fiestas religiosas.-(Véase solemnidades religiosas). Herreros, cerrajeros y cuchilleros.-Art. 292. Flores artificiales.-Art. 33. , higiene pública.-Art. 18. -- \rei& & fl&;sh-~af( Flores y plantas.-Art. 289, 301, 30sr31 1. - \j. mi&O; * & Hilos telefónicos.-Art. 344. , Fondas.-(Véase obligaciones de fondistas y hosteleros). l Hilos telegráficos. - Art. 344. L' Fraguas. -Arte 210, 292. I Hogares indusiria1es.-Art. 724 á 730. *-u.- F.LxF rutas y -ver duras.-AJ~. 602 á 604. Y \r%h ~ - b v.kc@-" Hogueras (en la via pública).-Art. 45. &%os art$ciales. -Art . 46. \ 0 Fuentes y cauces.-Art. 326 á 333, 356. 1 l Industrias no manuales y domésticas.-Arf. 689 á 692. Industrias perjudiciales, incómodas ó nocivas. -A rt. 691, 692. (Véase Humos y materias inflamables.) Infracciones.-Art. 11, 15, 16, 247, 248, 254, 255. (Véase Penalidad). Laboratorio Qutmico Municipal.-Art. 562, 815 á 823. Inoculaciones antirrábicas.-Art. 817, 829 á 831. Labra de piedra.-Art. 236. Inspección de carruajes.-Art. 369, 371 á 373, 436, 437. Lagares.-Art. 157. Inspección de industrias.-Art. 748. Láminas obscenas.-Art. 341. Instalaciones industriales (bases generales).-Art. 689 á Lámparas eléctricas.-Art . 51 1. Instituto Microbiológico.-Art. 815 á 719, 829 á 832, Lampistas.-Art. 663, 664. Instrucción pública.-Art. 788, 796. Lavaderos.-Art. 152, 856. (Véase Obligaciones de los dueños de ídem y Invierno y verano.-Art. 107, 270, 288, 398, 545. edificios para ídem. Leche.-Arvt.. a623 á-#63.0. (Véase Edificios para cuadras y cstablos,%.uur; k (>la/ Oi %m&.-,\fc. 140 á 143. 258, 4 4& Limpieza de la via pública.-Art. 283 á 291, 43 8: a 1( 44 . Líneas oficiales de ed$kación. -Art. 109, 113, 114, 126, á 128, 169, 220 á 222, 274, 275, 317. Jarabes.-Art, 594. Liquidos y bebidas espirituósas.-Art. 605 á 619. Jardineras.-Art. 375, 414. Jardines.-Art. 156, 331 á 3 -! ;f h~ Juego en la via pBb1ica.-Art. 342. , Juego en las tabernas.- Art. 106. Juegos de muchachos.-Art. 47, 49, 981, 293. Junta consultiva de espectáculos.-Art . 223. Junta Municbal de Sanidad.-Art. 224, 692, 741, 829. Llantas de los carruajes.-Art. 375, 376. Lluvia.-Art. 403. Nevadas.-Art. 303. Máquinas de vapor.-Art. 216 (Véase Motores de Idem.) -1~jd4ovy Niños.-Art. 20, 279, 407, 862. (Véase Juegos de muchachos). Máquinas operadoras.-Att. 723. - \ ~ . ' t w r k F Niños perdidos ó abandonados. - Art. 841. Marmolistas.-Art. 292. "3 *~umeraciónde carruajes.-Art. 371. Marquesinas.-Art. 126. Numeración de casas.- Art. 321, 350, 355, 358. Máscaras.-(Véase Carnaval.) hatuderos.-~rt. 525 á 542. Materias fecales. Art. 141. \ \r. &$.w Materias infectantes.-Art. 917. Materias inflamables, explosivas y otras análogas.-Art. Obediencia á la Autoridad. Art. 18 , 19. Matricuál7a4 3d3e .c -avrr'hua.j-e s y caballos.-Art. 360, 371 á 373. Obispo. - Art. 35, 41. Mayordomla Municipal.-Art. 853, 854. Objetos perdidos en la vla pública. Art. 852. MedianerLas al descubierto.- Art. 259. Obligaciones generales de los vecinos y Izabitantes.- (Véase Deberes y Médicos. Art. 631. 'f,A bd b ~ - prohibiciones de idem.). Médicos Municipales.-(Véase Cuerpo mkdico municipal). Obligaciones de armeros. - Art. 654. Mendigos.-Art. 347, 840 á 843. Y.P &Q,, ' Obligaciones de carboneros. -- Art. 668 á 673. Mercados.-Art. 543 á 558, 575. Obligaciones de carpinteros. - Art 292, 657, 690. Mesas de preferencia en los mercados.-Art. 554. Obligaciorzes de cerrajeros.-Art. 292, 657 ri 659. Motores.-Art. 690, 721. f Obligaciones de colchoneros.-Art. 661, 662. Motores de vapor.-Art. 720. Obligaciones de directores de colegio. - Art. 648 á 651. Mozos d cuerda.-Art. 474 á 479. Obligaciones de drogueros.-Art. 640 A 645. ~%' i%nPxr:3o0dz i"s. Obligaciones de dueños de lavaderos.- Att. 681 á 685. (Véase Edificios para Muelles de carruajes.-Art. 377, 448. lavaderos). Multas. -(Véase Penalidad). Obligaciones de farmacéuticos.-Art. 632 á 639. Murgas callejeras.-Art. 313. Obligaciones de fondistas y hosteleros.-Art. 665 á 667. Obli-g aciones de herbo1arios.-Art. 646, 617. \ Obligaciones de industriales.-Art. 652, 653, 735, 738 á 740. Obligaciones de lampistas. Art. 653, 664. (Véase Conducciones para gas). 1 Obligaciones de libreros, litógrafos, etc.-Art. 674. t Obligaciones de médicos. Art. 631. - 268 - Obligaciones de prestamistas.-Art. 654, 655. Obligaciones de propietarios. -Art. 258 á 260, 339, 357. -(Véase Propie- tarios). Obligaciones de relojeros y plateros. - Art. 656. Pedreas.-Art . 293. Obligaciones de ropavejeros.- Art . 656. Penalidad.-Art. 896 á 920. Obligaciones de sirvientes.-Art. 675 á 680. 6 Periódicos.-Art. 31&1. , , - 514 ~ 4 6 Obras de cerca de solares.-Art. 188 á 191, 214, 259. %=Y+-- e- edefedrficap6n.-Art. 212, 227, 350, (Véase derechos de per- Obras de nueua planta en el interior de la ciudad.-Art. 109 á 159. miso). Obras de nueua planta en el Ensanche.-Art. 160 á 170. Permisos para instalacidnes industriales.-Art. 741 á 748. Obras (forma y precauciones con que se han de ejecutar). -Art. 228 á 246. Obras de reforma 6 mejora de casas.-Art. 171, 172, 181, 225, 226. Obras de reforma ó mejora en casas sujetas á nueva alineación.-Articulo Pesasy medidas. -Art. 514 á 521. 173 á 180, 225, 227, 253. Obras interiores.-Art. 171, 225. Obras exteriores.-Art. 225. Obras (requisitospreuios á su comienzo).-Art. 212 á 227. & ? c ~ p ~ d r ~ - A ~ . ~ 9 2 , , , , &13, 6 Obras (su conclusión y efectos).-Art. 449 á 257. , g~~Ey~oY41tutu-A~. 119. 121. 123, Oficinas municipales.-Art, 9, 10, 13, 14, 749 á 756. Plantas bajas (su altura).-Art. 119. 4 A \ Organillos.-Art. 313. Pobres.-Art. 803, 809, 856. (Véase mendigos3 w) Ostras frescas.-Art. 575,576, I Pólvora. -. Arr. 734. Pozos. - Art. 158, 260. Primercrs autoridades.-Art. 41. Padrón.-Art. 18. I Procesiones.-Art. 25 á 30, 34, 278. P@ros.-Art. 305, 306,331. - \/: Propietarios.-Art. 261, 320, 916, 917. (Véase obligaciones de idem). l Palomares.-Krt. 11 8. I Próstitución.-Art. 812 á 814, 866 á 871. Palomas.-Art. 202, 290. -\/: ¡ Pr lección á los animale-s-.- (V.é ase animales). .& ,j 59 Pan.-Art. 585 á 591. 1 d w r i e n d o h acia fuera. -Ad. 316. Pararrayos.-Art, 159. Puertas de las casas.-Art . 339. Paredes medianeras.-Art. 132, 142, 146, 148, 157, 158, 483, 719, 720, I Puestos ambulantes.-Art. 305 á 307. 722 á 724.s, %~G~Z--G.l l i , l W * I Paseos y jardines.-Art. 331 á 333. Pasos á nivel.-Art. 323 á 325. : I B d l 1 1 i - 271 - Serenos.-Art. 765, 766, 768, 769, 771, 772. h. Servicio dp incendios. - Art. 66, 67, 98, 733, 773 á 787. , & - B I ~ ~, Z ' ? G83 ) , Servicio de instrucción y beneficencia.-Art. 788 5 797. . . Rasantes.-Art. 109, 220, 222. Servicio de policia urbana.-Art. 850 á 856. ~ e b e k a . -~ r t0.9 7. Servicio de s0gurldad.-Ar. 757 á 787. . ~ecaudadoresd e arbitrios. Art. 849. Redaños.-Art. 824 á 828. Refrescos (mesa3 de.-Art. 594, Wncidencia.- A rt 908. Relojeros.-(Véase obligaciones de idem.) Solidez de los edifr'cios.-Art. 133, 134. Remedios secretos.-Art. 397,637. Sosiego del vecindario.-Art. 308 á 313. (Véase ruido.) . ' Repeso.-Art. 558, 561. Sdtanos.-Art. 122, 152, 225. Responsabilidad penal.-(Véase penalidad.) Sumiddres. -Art. 286. Retretes. -A rt. 140 á 143. Rifas. - Art. 342. Riñas.-Art. 19, 80, 108, 293. Riñas de anrmales. Art. 95. Ropa sucia.-Art. 290. . Ropavejeros.- (Véase obligaciones de idem.) Rotulación de calles.-Art. Tabernas.-Art. 106 á 108, 761. 348, 349, 351, 357, 359. Rótulos.-Art. 346, 356. Tartanas y otros vehlculos. -Art. 447 á 450. Teatros.-Art. 66 á 73, 185, 186, 223, 395, 396, 405. (Véasa Espectác~i~s Ruido.-Art. . 20, 308 á 313, 340, 653, 691, 769. 1 públi~os.)~* - ,u34.4 d e . A rt. 8. , 37, 222, 771. 786. Tkrmino Municipal.-Art. 1 .O Términos d plazos.-Art. 13, 218, 256, 743, 902. (Véase Caducidad de 1 permisos y prescripción.) Tiendas de comestibles (reglas generales).-Art. 565 á 569. Salieates de las casas. - (Véase exterior de las tiendas, toldos y Tiendas y aparadores.-Art, 3 14 á 318, 346. vuelos.) Tiestos.-(Véase Flores y plantas.) Tiros de pistola y carabina.-Art. 96 6 103, 187. . Sello Municiya1.-Disposición transitoria Semana Santa.-Art. 24. 32, 33, 62. Toah.-Art. 118. 1 Trabajo en ia vfap ública.-Art. 284 á 287. 1 Trabajo en los dEas festivos. -Art. 22 á 24. Tragaluces.A rt. 343.