ACUERDO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO PLENO DE 28 DE MARZO DE 1958 Determinar que al entrar en vigor las Ordenanzas municipales de edificación adaptadas al Plan comarcal de Ordenación urbana de Barcelona, quedarán derogados los arts. 363 a 521, ambos inclusive, de las Ordenanzas municipales de la Ciudad de Barcelona, de 1947, constitutivos del título v de su libro segundo; los acuerdos municipales que introdujeron en los citados artículos, modificaciones o adiciones ; los acuerdos que se citan en los preceptos derogados y que integran el anexo n." 7 de dichas Ordenanzas, excepto el acuerdo de 22 de junio de 1932, que aprobó el plano indicativo de las zonas inmediatas a la calle de Balmes, desde la Gran Vía de Ronda a l paseo de San Gervasio, en materia de alturas permitidas de edificación ; y los actos o acuerdos de suspensión de licencias que no se hubieren adop- tado al amparo de lo dispuesto en la Ley sobre Régimen del Suelo y Orde- nación urbana ; Dejar, por el contrario, en vigor : la delimitación de zonas y reglamentación de uso y demás extremos de los Planes parciales de Or- denación definitivamente aprobados (relacionados en el anexo n." 4) ; la Ordenanza especial de la plaza de San Gregorio Taumaturgo y la del Turó de Monterolas (anexo n." 5) ; los acuerdos sobre pasajes de reglamentación automática y especial, particulares y a suprimir (relacionados en los anexos n.", 7, 8 y 9) ; los acuerdos sobre ordenación de fachadas a que se refiere el anexo n." 10 ; y, los acuerdos sobre ordenación de manzanas singulares adoptados al amparo del acuerdo de 27 de diciembre de 1950, cuyo conte- nido ha sido sustancialmente recogido en el art. 168 de las nuevas Orde- nanzas ; mantener también en vigor, en relación con las industrias empla-