ART. 1.' Se sii .j.e t., arlíin a la altura reguladora que luego se dirá, lo: edificibs con frente , l., ,,I,,,, A, c,, PU,I,,C,,g:w, LLw T, ,. C.--. -- &-aA 1- Y. VLlll A aUI, iaLLlkgU3 FI1 wua superficie de solar ccmstituida por una faja de 2 0 m. de profundidad partir de las alineaciones de la plaza. AKT.. .@Para el establecimiento de la citada altura teguladora procedetá co?ho sigue : en fa interseccibn de las alineaciohe~d e la pla y la cabe de Ganduxer correspondiente al sector limitado por ésta g del Compositor Bach, se establece una altura de 18'30 m. ; el plano hoi zontal que pasa por el punto así obtenido indica la altura regiilacicra ( que se trata. ART. 3.' Sobre esta altura reguladora podrá11 levailtckrse solamen las construcciones especifikadas en los apartados a) , b), c), d ) y e ) d art. 25 de las Ordenanzad municipales. ART. 4." Esta altura reguladora se establece como obligatoria, coincidente con ella deberán precisamente situarse las cornisas u otr,, elementos terminales que acusen en fachada el límite superior de la masa de' edificio. A una distancia de xa'80 m. por debajo de 13 altura reguladora sc fija la posición en la que deberá acusarse en fachada el límite superior de las plantas bajas, sin perjuicio de que, por debajo de dicha posición, sc ~ u e d ad ar cabida a una planta entresuelo, s i la rasante de la plaza l c i-riiik, dciitro de las normas que las Ordenaiizas inunicipales establecen. AKT.5 ." El primer propietario que se proponga construir en la zona srrita en t.1 art. J . " , podrh proponer u11 anteproyecto del conjunto de :hadas de In plaza. Este atitt-proyecto será sometido por el Ayuntamiento a los deinás opietnrios interesados, a los cuales se les concederAn cpince días para mi festar su conformidad. Eri los casos de que e1 primer propietario que se proponga construir haga uso de la facultad mencionada, o de que el anteproyecto propuesto r el mismo no sea aceptado por el Ayuntamiento o por los demás pro- ttarios, el Ayuntamiento redactará un anteproyecto que, en el Gltirno los casos citados, podrá ser el mismo aportado por el primer propietario. E l aiiteproyecto presentado por el primer propietario, en el caso de cer éste uso de tal facultad y de recaer sobre aquél conformidad del ~uirtamientoy del resto de los propietarios, o el redactado por el Ayun- niento, en caso contrario, quedar5 como modelo obligatorio, al que de- ráin sujetarse todos los edificios de la zona. Contiene. entre otras nomas, las siguientes Ordenanzas especiales: ORDENANZAS ESPECIALES DE EDIFICACIOM Las edificaciones que se levanten dentro del perametro limitado por 12s calles Muntaner, co&rnico, Baimes y Ronda del General Mitre, se sujetarán a las si- ientes reglas: 1P Ea profundidad edificable a toda altura de los edificios con frente a la calle Muntaner, será de 30 m., y la correspondiente a las fincas con fachadas a la calle Copérnico, desde la de Muntaner a la n." 3, al igual que las situadas ea la calle Herzegovino, comprendidas entre esta calle y el parque, desde la calle de Muntaner sta la primera.transvet.sa1 de acceso a dicho parque, ser4 de 25 metros. Las fachadas steriores de dichos edificios se si.tuarln, precisamente, en la alineación que deter- na dicha profundidad edificable, componiéndose y tratándose como si fueran :hadas recayentes a la váa pública. Los demás frentes de estas dos manzanas linddntes con d parque y con las cailes de Oualbes y n." 3, no serán edificables partit, de las profundidades antes resefiadas, debiendo constfuirse sus cercas c suijectbn a lo qire determina el. artículo 1.45 de las Ordenanzas Municipales para zona$ aistintas de la general. No obstante lo dicho, las plantas bajas de los edific de kfdrencia, podrán prolongarse mds allá de la profundidad edificable correspc dientei siempre que dejen libre, y sin ningiin género de construccicin distinta de cerca, h a f aja de jardín posterior. de cinco metros de anchura mínima. continua linde iikl parque, y situada ; 2." , La profundidad ed ci6n sd ,describen por las calles que ias clrcunaan. sera ia que resuira ae aplicar a e las reglas contenidas en los artículos 172 al 177, ambos inclusive, de las Ordenam municipiles. Manzana A: Copérnico y calles n." 2 (Marco Antonio), 4 y 3; 14 metri Manzaha B: Copérnico y calles n." 1 (Alfonso XII, hoy Atenas), 4 y 2; 20 metros. Ma zana C Muntaner, Ronda del General Mitre y calles n." 2 (Berlín, hoy Berlinl y 5 (Hehegovino); 23,60 metros. Manzana D: Ronda del General Mitre, calle n.' (Berlín, hoy Berlinés), prolongación de la alineación n~roested e la calle n." S (Heer; f3 n de dejar, en su interior, los patios de luz y ventiiación, cuya superficie y medic mínima regulan los articcrlos 133 al 168, ambos inclusive, de las Ordenanzas Mu cipales. 4.* Ea altura reguladora m6xímie de los edificios con frente a Oas callles Muntaner, Copérniccs, BaPmes, Ronda del General Mitre y callem" 2 (Berlín, h Berlinés), ser6 la @e le corresponda, de acuerdo con las disposiciones del artículo 1 de las Ordenanzas Municipales, en relacicin al. ancho de la vla. 5.' La altura reguladora máxima de 10s demás edificios, s e d de 18 metros, c asri ndrnero de plantas tope de planta baja (o semi-scitanos gr entresuelo) Y cual 6." Todas estas alturas se tomarira en la forma que detemina.,el artículo li24de [as Ordenanzas Municipales. .. 7." .T odas Ias fachadas exteriores, tan' to. p osteriores como Baterales, de los ~loquesa e C~. . CI.I.I CIOa.Se( Lo, era# n componerse y tratarse como reac.na aas a .ia v,ia pus.. aiic 8." NO obstante lo dicho en %asr eglas 4.", S." y 6.", Ba cota absoluta de la alti reguladora maxima de los edificios que se levanten en )a manzana A, no mbrepasar nunca a la que r$sultaría de ca~cularkp recisamente para la ansta que fomq la squina de las calles n." 2 (Marco Antonio) y 3, perteheciente ra esta manzana. (Arts. 41 y 42.1 Arten~isa( entre lesa) . Badal (entre Ba Bori (entre Waa-nas y orina). Borre11 (entre Espronceda y Bacli de Roda). Campos Eliseos (entre Valencia y Mallorca). Canadell (entre Padilla y Castillejos). Casamitjana (entre Enna y Llull). Centellas (entre Cartagena y Dos de Mayo). Coello (entre Honduras y Garcilaso). Golomé (entre Bilbao y Lope de Vega), Col1 (entre La Selva de Mar y Trabajo). Córcega (entre Córcega y Freser). Costa (entre Travesera de Gracia y Kosalía de Castro). Cebada (entre pasaje Salvador Riera y calle Prats y Rogué). Doctor Torent (entre Navas de Tolosa y Vizcaya). Ferrer y Vida1 (entre Luchana y La Llacuna). Garcia Cambra (entre San Quintin y Flaugier). General Bassols (entre avenida Capitán López Varela y calle Wad-Ras). Independencia (entre Dos de Mayo e Independencia). Pagés (entre Nápoles y Sicilia). Sagristá (entre Londres y París). Simó (entre Cerdeña y Marina). Tasso (entre paseo de San Juan y calle Roger de Flor). Trabajo (entre! La Selva de Mar y Trabajo). Gintrh (entre Consejo de Ciento y Ari&n). vifiaza (entre I,lull y Pujadas). Redentor (entre calle Camelias y avenida virgen de Montserrat), Mariner (entre kápoies y Siciiia). h u r a (entre Industtia y Córcega). Rbvira (entre Bilbao y Lope de Vega). aayol (entre Valencia y Mallorca). 1:aulat (entre Agiicdltura y General Manco). Pattiarca (entre Mobtesión y Condal). A n e x o n ú m . 7 ELACION DE PASAJES DE REGLAMENTACION ESPECIAL (Art. 42.) AliG (entre calle Ccircega y avenida San Antonio Maria Claret). Rocabella (entre Roger de Flor y Nhpoles). Lo~icepciíin (entre rambla de Cataluña y paseo de Gracia). Domingo (cnt re Valencia y Mallorca). Cayola (entre X,ípoIes v Sicilia). Méndez Vigo (entre Consejo de Ciento y Aragón). Mercader (en trc Mallorca y Provenza). Merced (entre avenida José Antonio y calle Consejo de Ciento). Felegrí ClavG (entre Urge1 y Conde Borrell). Permanyer (entre Vía Layetana y Lauria) . Vilarct (entre Valencia y Provenza). Girasol (entre avenida San Axitonio María Claret calle Trovador). Garcini (entre Escornalbou y Ciprés). Santa Eulalia (entre calle Escocia y Riera de Horta). Jaime Roig (entre Madrid y Felipe de Paz). Argiill6s (entrc Bnltasar Gracián y Argullós). Mulet (entre Zaragoza y Vallirana). Luis Pelilicer (entre Casanova y Muntaiier) . Regente Mendicta (entre Regente bferidieta y Madrid). A n e x a n7iim. 8 Albetto Piííol (entre Berlín, Nicaragua y Marqués de Sentmenat). Planel1 (entre Ijerlín, Nicaragua y Marqués de Sentmen~t) . Etaliarda (entrada calle San Mariano, sin salida). Etismarck (entre calle Bismarck y plaza de Casa Baró). Encarnación (entrada calle de Encarnación, sin salida). JYIalet (entrada calle Mailorca, salida pasaje de Sagués). Saguth (entrada calle Trinxant, salida pasaje de Malet). Piñol (entrada calle Trinxant, sin salida). Nuria (entrada calle de 1% Industria, sin salida). San Pablo (entrada avenida San Antonio María Claret, sin salida). Peris Mencheta (entrada calle Peric Mencheta, sin salida). Utset (entrada calle Mallorca, sin salida). Igualdad Ureíía 1 manzana : inausrria, Lorcega, Larragena y vos m Canónigo Cuffí 1 iMayo Ciudadanos (entiada clrlle Pujadas, sin salida). Carsi (entrada calle I'adilla, sin salida). OlivS (entre Esproticeda y Bach de Roda). Olivéi Maristany (entre calle Pujadas y pasaje de Olivé]. Aloy (entre calles Capella, Trinxant y paseo Maragall). Torres (entre calle Cerdeña, sin salida). Joaqaián Rita (entre Concepcihn Arenal e Irlanda). 'iqué (entrada calle Enna, sin salida). 'iera entrada calle Montnegre, sin salida. 2astells J Iii-Bey (entrada calle Tánger, sin salida). orge Ferrán (entrada avenida San Kam6n Nonato, sin salida). .?ardedeii (entre paseo Nuestra Señora del Coll y ralle Morell). danlleui (entre Castelltersol y Manlleu). B'ona (entre paseo Nuestra Señora del Coll y calle Cardedeu). vlonturnés (entrada y salida por la calle Montornés). i y PJ (Urbariizacián Mas Falcó) (entre Mediona, Veciana y Palou). RBLACHQN DE PASASES A SUPRIMIR Caininal (entrada calle Pallars, siii salida). joaquíri Pujo1 (entre Juiicá y Llull). Libertad (vritre Londres y ParTs). Valseca (ciitrada calle Valseca, sin salida). Casanovas (entre Manso Casanovas y Travesera de Gracia). Carabassa (entre paseo Maragall y calle en proyecto). MagaroPa (entre Puertaferrisa y Mare de Déu). Ructullet (entrada calle Trinsant, siii salida). Constancia (entre calle Gapella y paseo Maragall). Coradino (eiltre Sicilia y Cerdeña). Ramón (entrada calle Concepción Arenal, sin salida). Berenguer (entre Industria y Córcega) . Parlamento (entrada calle Parlamento, sin salida). Cataluria (entre Industria y Córcega). García Robles (entre Repartidor y Verdi). A, B y G (entrada calle Industria, sin salida). Roger de Flor (entrada calle Roges de Flor, sin salida). Palomar (entrada calle Pujadas, sin salida). Le611 7 1 entrada calle Cartageim, sin salida. Pablo Hernáiidez J Marina ,11 entre Provensals y Venezuela. Rober t Burrull (entrada San Juan de Malta, sin salida). Rómulo Bosch (entre Menéndez Pelayo y Venus). Movimiento Nacional (entre Guatí.ni:tl a y Vetds) . Moiñarch 7 I Serracant r entre Pedro IV, Venezuela y Fluviá. Bonaterra ,I Compañía (entre Vizcaya v Campo Florido). Anglesola (entre Dos de Mayo e Independencia). Pallars 1 Massaguer de Pallars 1 entrada calle Pallars, salida al campo. luan Goula (entrada ~ a s a i ~de:l Carn~o.s in salida). A n e x o n ú m . 10 de Pal 4. Vrdenación de tachadas en la avenida de la Latearal, entre 1 calles de Capellans y de Sagristans. A n e x o n ú m . 1 1 Fecha m t o de los acuerdos I R munznna) municip?les Material para r errocarri- rierrcros, camlno dels Capellans, 23-IX-1915 les y Construcciones. Corders (desaparecida), Enna, Agricultura y Ferrocarril. Vfaterial para Ferrocarri- Herreros, Curtidores, Corders 22-x-1923 les y Construcciones (desaparecida), Llull, Agricul- (ampliación). tura y Ferrocarril. Haterial para Ferrocarri- Herreros, Etina, Provensals, I 6-x- 1930 les y Construcciomes Llull, Agricultura y Ferrocarril (ampliación). (manzanas divididas por la calle de Enna). ?omento de Obras v Espronceda, Clot, Murcia y Fe- 2.5-XI-1924 Construcci ?apelera Gol Enna y Lope de Vega. Jijos de J. Vila, despues Mariano Aguiló, camino antiguo 13-vr1-1gz6 Manufacturas Keuni-- de Valencia, L ope de Vega y das de la Industriai I'erelada. Textil, S. A. aime Ráfols. Paseo de Montjuich, paseo de Co- 8-111-1927 Ión, Vila y Vilá, y Puigsu- Fecha Emplazamiento de los acuerdo (Calles que limitan la mattznna) munkipalcc Carretera de la Bordeta y avenida 8-111-1927 de José Antonio, chaflári N, calle de Farell: i sta Terrestre Fernando Junoy y dos calles sin 4-x-1927 118. nombre. Sert, S. A. La Sagrera," pasaje de Bofafull, ~ T - V I I - I ~ ~ ~ Boiarull, Espronceda y Murcia. ~at i f icadde n 28-v-1946 P)espués de la segregación : La 25-X-1957 Sagxt-a, pasaje de Bofarull, Acequia Condal, Espi'onceda y M u w i a La Sagrera, pasaje de Bofarull, 2~-~1-1955 IPoriduras, Jose Estivill, Rofa- rull, Espronceda y Murcia, ra- tificada con rcciificacián de Iin- *m pn Provenza, Rosellón, Xifré y Ro- 4-IX-1928 gent. Boliemia~,S . A.n Dos de Mayo. Hilaturas de EIabra y San Andrés, Torrente Parelada, 16-1~-,~929 Torroja y San Adricín ; y San A&i&a, -T ersciija, Balari y Ot- - Ser [dos m--.. * M . .a nzanas). T . , A , kitlaturas de r'abra y f5erenglier de Yalou y Acequia 10-x-1930 Coats. 1 Fábrica de Vidrio de Er Juan Vilella. Fecha ISm plazamiento de los acuerdos Entidades --- " (Calles qiic limitan fa manzana) ni uniripales - .- Fonl ento de Obras y Ronda de San Martín, Fluviá, Co nstruccioi~es. Huelva, Rach de Roda, Guipúz- coa y Espronceda. Inst. ituto del Doctor Pla. Avenida de la Virgen de Montse- lile que sigue el curso del ite de Melis, ronda del Guinardó y Cartagena. Jua:n B. Borés. Vila y Vilrí, Palaudarias, Albare- da y Puigsuriguer. Roc :amora y C.'. - Ford Juan de Austria, Wad-Ras, ave- Ib fotor y Serra Hnos. nida Rogatell, Pampllona y ave- nida Capi t An López Varela. Cat alana de Gas y Elec- Espronceda, Taulat, Herreros y tir icidad, S . A. Ferrocarril. Fak~ ricaciónN acioyal de Juan Torras, cauce Acequia Con- C: olorantes y Explo- dal, Palomar y Ferrocarril. S1 ivos . Ratificada en Esr:) aaia Industrial. Muntadas, Watt, Estación Sans, Párroco Triadó y Ermengarda. His: pan0 Suiza. Sagrera, Portugal, Riera de Hor- ta, av. Meridiana (prolong.), Escocia, Nada1 y Riera Horta. Eli:z alde, S. A. San Adrián, Fernando Junoy y otras dos calles sin nombre. ;pan0 Suiza. Avenida Meridiana, Riera de Rorta, Portugal y letra A. Lli:; as y C.", después, Avenida Capitán López Varela, 1S acaya, S. A., y Hie- avenida Bogatell, paseo Calvell r:r os y Aceros, S. A,, y (prolongacióii) y Badajoz (pro- F' rancisco Grau Cusiné. longación) . Fecha Emplezamiento d e los a cuerdos Entidades (Calles que limitan la manzana) municipales Stiegier y Herralde (am- San Adrián, Acequia Madrigue- pliación manzana in- ra, calle en proyecto y manzana dustrial concedida a industrial Elizalde, S. A. Elizalde. S. A.). Solanot, S. A., después, Avenida Capitán López Varela, Hierros y Aceros, so- Drumen, paseo Calvell (prolon- ciedad anónima, Fran- gación) y manzana industrial cisco Grau Cusiné., Llosas y Compañía. Perfiles Laminados, S. A., y Agustín Bar- tra Alzamora. (Ampliación de la man- zana industrial conce- dida a Llisas y Com- pañía, hasta la calle de Drumen) . Hispano Olivetti, S. A., Avenida José Antonio, Ferroca- Comercial Mecanográ- rril M. 2. A., avenida Genera- &a, S. A., e Ingeniero lísirno Franco, Perú y La Lla- C. Olivetti, S. A. cuna. Rafael Soldevila Jané. Pedro IV, Bilbao y avenida Gene- ralísimo Franco. Buenaventura Freser, Industria, Guinardó, ave- 1 3-XII-1946 dos man- Costa Foiit nida San Antonio María Claret zanas se- y Trinxant. pa radas Buenaventura Freser, Trinxant, avenida San I y por calle Costa Font Antonio María Claret y Navas 17-1virg48 Trinxant de Tolosa.' 1 Germán García Nieto. Condes de Bell-lloch, Puiggarí, 29-IV-1947 Witardo y Viriato, - a26 - ~~c. i -~~l i tgl (i&icl '.arl oil, ~ " . ~ ' O I I ~ ; Uih ~m calle. I i i t l i id i - in , c.;illc. tí~iii l i.Y<:; - lacióii dc. 14í t Sctgrct-a y c , ~ i l c > Iíiiiitc rnaiimtiíl iiitlinstri;rl c k 1Iil:ltiirns 1:nl)r:t y h i t s . o:!:)ii dos niíitizalias sq):irad;as ,m ii1i:i cíillc cii proyecto.) hf:it:i, l':iI:i~icl:irias, Víla y Vil t i v M:irqi~Cst lcl 1 ) u c ~ o . Atiil~liítciímd c 1;1 :riilc.rior, :itFi~'i(h ~i~íi idolac 1iiiiit:idíi 1)or l;!, [ 11~:s Vi1:i y Vil5, C:~l~:iii:ips?~ 1 - qiií.s del Thrcro y Mat ;L. í i l t i i i i í i sc suprime y :igrca:~*"i la propia I ~ I : ~ I I Z : U I ~i ~dus ti ;i ~ p:kr:i fo rmi r p:irtc dc 1:) misi11 ANEXO NbM. 12 O R D E N A N Z A DE EDIFICACION DE LAS MANZANAS CARENTES BE CON ON O CON ELLAS, LEVANTADAS FUERA DE CION, DE LA CIUDAD DE BARCELONA Texto aprobado por la llornisión de Urbanismo de Barcelona vn sesión gleiiaria celchi-acla el 20 de septiembre de 1959 Ara. 1." La ecIificaci6n de las niaiizaiias carente de construccimes o c ellas, levantadas buera de ardeaiaci611, se ajustar& a lo dis~uestoe n esta $ denanza. Art. 2.' Quedaran sipjclas ü lo dispuesto en s en las que concurran alguna de las circunstancias siguienres: a ) Carecer en absoluto de edificación. b ) Contener edificaciones cn manzana cerrada ooiiforme al Plan elomarc que no rebasen e1 xo por ~ o ode la supcrfiaiie liaia%ada por las alinaciones. C) Quedar de nuevo sujeta a la redaiiientacih general, por cesar la excc ción basada en el car6cter especial de su edifieacióq a utilización o por ha1 sido declarada manzana industrial, cuando por e110 pe pproinueva su edificd con sujeción al régimen instituido con carácter general. Art. 3." A los efectos de la eplicaci6n de1 sirticulo anterior no consi4d e- rarPn como edificaciones las prravisionales, paralizadas, ruinosas, derruidasl o inadecuadas al lugar's que radiquen, ni las que, resultar disconfomes ci on el Plan Comarcal o Parcial, estan calificadas como fuera de ordenación. Art. 4." r . La presente Ordenanza será de aplicacih: a) En la zona d e trlasco urbano)^. b) En las zonas urbatiizadas. c) En las tiiarizanas comprendidas en Planes parciales vigentes, hit* niente en los siguientes casos: r." Cuando se hubiere estabiecido ordenación abierta sin haberse fijado, grhficamente o por medio de coeficientes, eritcria acerca' de la edificabilidad y ocupación del suelo. 2.O Cuando se hubiere establecido ordenacirín en manzana cerrada, en cuyo caso quedará exceptuada de la or&nación en orden abierto, pero deberá ajustarse a las liniitaciones de edificabilidad y ociipacih del suelo establecidas pbr esta Or(1eiianza. 3 Los Planes parciales que contienen manzanas comprendidas en los casos 1.' y 2." del phrrafo r , apartada c), vienen relacionnílos en anexo de esta Ordenanza. Art. 5." Las zonas previstas en el Plan Comarcal de Ordenación se agrupan, por razón de la densidad de la población y para la deterrninacióii de la edifica- bilidad y alturas m6ximas de la edificación, en las siguientes categmias : 1." EdificaciOn intensiva ; hasta goo hab/Ha. : zonas de ensanche Pnten- sivo, residencial urbana intensiva y con densidad inferior, adecuada a su carácter, la zona comercial. 2.' Edificación semintensiva ; hasta 500 hab/Ha. : zona de ensanche se- niintensivo, residencial urbana semintensiva, suburbana semintensiva, toleran- cia de vivienda e industria, zona especial de la Bonanova, y con densidad su- perior, adecuada a su carácter, la zona de Casco antiguo. 3." Edificación extensiva ; hasta 200 hab/Ha. : zonas suburbana extensiva y suburbana aislada, y ciudad jardín intensiva. 4.' La edificación en las zonas de densidad inferior a 200 hab/Ha. no se regulará- por esta Ordenanza. Art. 6." La edificabilidad se define a traves de un coeficiente, ncimero que expresa la siguiente relación : total de metros cuadrados de techo que puedan construirse, partido por el área del solar neto de la manzana, entendiado por tal el limitado por las alineaciones vigentes. S,e entender& para el cómputo de dicho coeficiente, que la distancia entre suelo y suelo o entre suelo y cubierta, no excederá 'de 5'50 m. Art. 7." Se fijan los siguientes coeficientes de edificabilidad se& catqgorfas definidas en el artículo 5.": -- T.". Edificación intensiva. . . . . . . . . 1's a 3 2." Edificación semintensiva . . . . . . . 1'25 a 1'75 3." Elcfificacicin estensiva . . . . . . . . 0'5 a 1'25 n i ~ v.. ~ T P J W ~ I ; aiLtud ut: Laua w i v y l i r iiv x yciiiririia citzvai las ci, ciones a que se refieren los apartados a), b), $) y g3, del artículo 25 Ordenanzas niiuníciples de Edificación, excepto las cajas de escalera, aparatos elevadores y los depósitos de agua. Tanto para estos elemento para los tolerados ea los apartados c), d ) y a) del citado artículo, ser&p receptiva . !a inr'orporacibn al proyecto de su composición y espenificacP6n de calidades. Art. 9." Ninguno de 10s bloques ni elementos constructivos previstos en la ora-el nacion aS e una man- za-n-a exce- u3 era# ae 1i a a*w,.-At- m mad xn.r-na cd.e ea3ir.mE -c_a-e.i r a ccmtinuación se establece, en relación con las categorfas establecida! Art. lo. 'i'ocla ordenación en la que se pPetctIICla sobrepasar la altura 1 de' la edificación, establecida por el artículo anterior, deber& tramitarse COI ardenaci6n singular, y de acuerdo con d titulo 6 . O , art. n68 y siguiie~tes,a ce~ de manzanas v edificios sinnulares. de las Ordenanzas munici~alesd e EdF---; 1 vistas en el Plan Comarcal de ordenación se agrupan en las s~guientesc ate A ) Ehcanclrae : Comprende las zonas de ensanche intensivo y semim y por aaimiIecBón la zona comercial. B ) Residencial : Clsmprende las amas residenciales mrbanas intensii teiisiva, y por asirtiilacibn las de Casco antiguo, toler~nciad e vivienda e h- cria y zona especial de la Bonanova. C) Suburbana : Comprende las zonas suburi~anasc eiiiinterlsiva y cstciisiva ida, y por a,cirnilación la de Ciudad jardín ilitzm+iva. Art. 13. Los porcentajes de ocupación de suelo se referjr21i a tnarizana limitada por sus alineaciones vigentes. Art. 14. Se fijan los siguientes porcentajes ~ri:íxi~nodse ocirpación del srmclo iii l as categorías definidas en el art. 12 : :1) E:tlsariclie. . . . . . . . . . . . t;o 1 ) Residencial . . . . . . . . . . . . 40 Art. 15. La construccibn de iiiesetas de balcones, miradores o tribunas, lisas, aleros o cualquier otro cuerpo saliente sobre la alineacibn de fachada ue forme parte integrante de la cotnposicibri del edificio, sc ajustar8 a lo ~uestoe n los párrafos 1." y 2.' del art. 56 de las Ordenanzas niunicipales Edificación vigentes. Art. 16. La ordenación proycclacia deberá asegurar, corno iiiíiiinio, una 1 de sol entre las diez y las catorce horas solares, en el solsticio de in-rierno 1 todas las viviendas incluidas en la ordenación, de conformidad con el ábaco isolm anexo a esta Ordenanza. Art. 17. E11 relación con los edificios vccixios, la orderaaci6n de la iiianzana deberá perjudic~rl as condiciones de asoleo que para los triisnios resultarían a solucibn permitida normalmente por las Ordenanzas r n bn vigentes. Art. 18. J . El proyecto de ordenación habrá dc afecta1 d UM iiiau/.diiü pleta, constará de Memoria y Planos y contcndr5 los dato.; necesarios para plicación de esta Ordenanza. 2. La iniciativa de la ordenacA5n podrA partir del Ayuntamiento o de los ~ietarissa fectados. 3. E2 proyecto redactado pq- particulares deber& contener una relaci6n con el notnbrc, apellidos y direcci6n de los interesados, para que éstos puedan ser citados personalmente en la infomac Art. rcg. T. Aprobado inicialmente en proyecto redactado por el Ayunta- miento o el presentado por partici~larec, se sonreterá a informaci6n pfiblica durante un mes, y , a la vista del resultado de ésta, se aprobará definitivamente por la Corporación municipal. 2. Cuando se refiera a ordenación de manzanas comprendidas en el caso 2." del apartada c ) del art. 4.', por constituir modificación de Planes parciales vi- gentes, deberan tramitarse de acuerdo con el ar't. 39 de la 1,ey de1 Suelo. I. Plan parcial de oudei~aciónd e1 sector limitado por la línea del ferrocarril, paeeo de Santa Colotna, río Besós y prolangación de la calle de Aragón. 2. Plan parcial de ordenación de la zona de Levante, en el sector com- prendido entre la avenida de Jos& Antonio, ronda de San Martin v linea del ferrocarril de enlace Besós. . Plan parcial de ordenaci61i del sector limitado por eH pacen de Maragdl, calle de Peris Mencíicta, calle del I,Iobreg6s, callc del Afarqué~.d e Foronda, rambla del Carmelo y calle de Dante Alighieri. 4 . Plan parcial de ordenacibn del barrio de las Roquefas. 5 - Plan parcial de ordenación de los barrios de Prosperidad y Verdfin. 6. Plan parcial de ordenación del sector de San Andrés, comprendido entre la riera de Horta, prolongación de la avenida de la Meridiana, va.= de ,Santa Cfiloma y línea del ferrocarril. 7. Plan parcial de ordenaeiSn del sector denominado del Turó de la Peira, limitado por el paseo de TTrrutia, calle del Doctor Pi y Molist y paseo d e Fabra v Puiq y su prolongación. 8. Plan parcial que recoge el proyecto rectificado de nueva urbanizacidn