Secretaría General Ref.: CP 1/17 ACUERDOS adoptados por el Plenario del Consejo Municipal en la sesión ordinaria de 27 de enero de 2017. Aprobación del acta de la sesión ordinaria de 23 de diciembre de 2016. C) Parte decisoria-ejecutiva a) Ratificaciones b) Propuestas de acuerdo COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA 1. (E.11.6006.16) RATIFICAR el acuerdo de la Comisión de Gobierno, de 22 de diciembre de 2016, que aprobó el convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Barcelona y la Generalitat de Catalunya relativo a la financiación de determinadas actuaciones en el tramo II de la línea 9 del Ferrocarril Metropolitano de Barcelona. 2. (E.03.6046.16) RATIFICAR el acuerdo de la Comisión de Gobierno, de 29 de diciembre de 2016, relativo a la adquisición a la Generalitat de Catalunya a título de compraventa de las fincas situadas en la Gran Via de les Corts Catalanes, n.º 247, e identificada registralmente como finca n.º 12301 de la sección 2 del Registro de la Propiedad n.º 14 de Barcelona, y como finca 11795 de la sección 5 del Registro de la Propiedad n.º 17 de Barcelona, calle de Moianès, 19.X, identificada registralmente como las fincas n.os 4169 y 12051 (sección 2) del Registro de la Propiedad n.º 14 de Barcelona, y finca de la calle de Gavà, 39.I, identificada registralmente como finca n.º 8747 de la sección 2 del Registro de la Propiedad n.º 14 de Barcelona, en virtud del convenio firmado el 27 de diciembre de 2016 con la Generalitat de Catalunya relativo a la financiación del tramo II de la línea 9 del Ferrocarril Metropolitano de Barcelona, de acuerdo con lo que prevé el artículo 11 punto 1 apartado p) de la Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la Carta Municipal y el artículo 30, segundo punto 22 del Reglamento orgánico municipal. 3. ADOPTAR, en el ejercicio de las competencias reservadas al Ayuntamiento como socio único de la sociedad privada municipal Barcelona de Servicios Municipales, SA, los acuerdos siguientes: Primero. Designar al Sr. Xavier Monge Profitós miembro del Consejo de Administración de la sociedad Barcelona de Servicios Municipales, SA, en sustitución del Sr. Gerard Solé Segú. Segundo. Establecer que el plazo de designación del consejero que se nombra será el establecido en los respectivos estatutos, sin perjuicio de la renovación que fuera procedente en el cambio de mandato consistorial. Tercero. Facultar indistintamente al presidente y al secretario del Consejo de Administración para comparecer ante notario y elevar a escritura pública el nombramiento anterior, como también para cumplir los trámites necesarios para su inscripción en el Registro Mercantil y también la corrección de errores materiales en caso necesario. COMISIÓN DE DERECHOS SOCIALES, CULTURA Y DEPORTES 4. (20160563) APROBAR definitivamente el Plan por el Derecho a la Vivienda 2016-2025; QUEDAR enterado de los informes de los consejos plenarios de los distritos; RESOLVER las alegaciones presentadas durante el plazo de exposición pública de acuerdo con los informes jurídicos que figuran en el expediente y que se dan por reproducidos; y PUBLICAR el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona. COMISIÓN DE PRESIDENCIA, DERECHOS DE CIUDADANÍA, PARTICIPACIÓN Y SEGURIDAD Y PREVENCIÓN 5. (122/2016) RATIFICAR el Decreto de la alcaldesa, de 15 de diciembre de 2016, por el que se resuelve DESESTIMAR la solicitud de concesión de la Medalla de Honor al Sufrimiento, en la categoría de bronce, formulada poranonimizado LOPD , agente de la Guardia Urbana de Barcelona, n.º de matrícula 26333, puesto que, de acuerdo con los informes que figuran en el expediente, no se ha apreciado la concurrencia de los requisitos establecidos en los artículos 1, 3.1 y 3.2 del Reglamento de honores y recompensas de los miembros de la Policía Municipal y del Servicio de Extinción de Incendios, aprobado por el Consejo Plenario de 17 de setiembre de 1976. 6. (143/2016) OTORGAR la Medalla de Honor al Mérito a los miembros del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento de Barcelona que figuran en las relaciones adjuntas, en la categoría de bronce, por haber prestado servicios durante 35 años sin interrupción ni nota desfavorable en sus expedientes personales, de acuerdo con lo que dispone el artículo 4.2.b) del vigente Reglamento de honores y recompensas de los miembros de la Policía Municipal y del Servicio de Extinción de Incendios de 17 de setiembre de 1976. 7. (147/2016) OTORGAR la Medalla de Honor al Mérito a los miembros del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento de Barcelona que figuran en las relaciones adjuntas, en la categoría de bronce, por la acreditación de hechos de trascendencia pública o importancia práctica por los fines propios del servicio, de acuerdo con lo que dispone el artículo 4.2.c) del vigente Reglamento de honores y recompensas de los miembros de la Policía Municipal y del Servicio de Extinción de Incendios de 17 de setiembre de 1976. 8. (148/2016) OTORGAR la Medalla de Honor al Mérito, en la categoría de bronce, y a título honorífico, a las personas ajenas al Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Barcelona que figuran en la relación adjunta, por haberse distinguido notablemente por su actuación en favor del mencionado servicio, de acuerdo con lo que establece la disposición adicional del vigente Reglamento de honores y recompensas de los miembros de la Policía Municipal y del Servicio de Extinción de Incendios de 17 de setiembre de 1976. COMISIÓN DE ECOLOGÍA, URBANISMO Y MOVILIDAD 9. ADOPTAR, en el ejercicio de las competencias reservadas al Ayuntamiento, como socio único de la sociedad privada municipal Barcelona de Infraestructuras Municipales, SA, los acuerdos siguientes: Primero. Designar al Iltre. Sr. Daniel Mòdol Deltell vicepresidente del Consejo de Administración de la sociedad Barcelona de Servicios Municipales, SA, en sustitución de la Iltre. Sra. Mercedes Vidal Lago, que permanecerá como miembro del mencionado consejo de administración. Segundo. Designar al Sr. Anton M. Salvado Cabre miembro del Consejo de Administración de la sociedad Barcelona de Infraestructuras Municipales, SA, en sustitución del Sr. Manuel Valdés 2 López. Tercero. Establecer que el plazo de designación del consejero que se nombra será el establecido en los respectivos estatutos, sin perjuicio de la renovación que fuera procedente en el cambio de mandato consistorial. Cuarto. Facultar indistintamente a la presidenta y al secretario del Consejo de Administración para comparecer ante notario y elevar a escritura pública los nombramientos anteriores, como también para cumplir los trámites necesarios para su inscripción en el Registro Mercantil y también la corrección de errores materiales en caso necesario. 10. (CO 2016-07/18) APROBAR definitivamente, dado que no se han presentado alegaciones durante el plazo de información pública, la modificación de los estatutos del Consorcio del Besòs para hacer efectiva la adhesión del municipio de Badalona y la ampliación del ámbito territorial de actuación del Consorcio, aprobado inicialmente por la Comisión de Ecología, Urbanismo y Movilidad, en sesión de 13 de julio de 2016. PUBLICAR el presente acuerdo y el texto de la modificación de los estatutos en el BOPB y en la Gaceta Municipal. 11. (EM 2016-10/24) APROBAR definitivamente, puesto que no se han presentado alegaciones durante el plazo de información pública, la modificación de los estatutos sociales de Barcelona de Infraestructuras Municipales, SA (BIMSA), con el objeto de considerarla medio propio y servicio técnico del Ayuntamiento de Barcelona y de las entidades y organismos que dependen de ella o se vinculan a ella, aprobada inicialmente por la Comisión de Ecología, Urbanismo y Movilidad, en sesión de 19 de octubre de 2016. PUBLICAR el presente acuerdo y el texto de la modificación de los estatutos en el BOPB y en la Gaceta Municipal. FACULTAR indistintamente al presidente y al secretario de Barcelona de Infraestructuras Municipales, SA (BIMSA), para que puedan efectuar todos los trámites adecuados para la plena efectividad de este acuerdo. 12. (15PL16354) APROBAR, definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta Municipal de Barcelona, el Plan especial urbanístico para la regulación de los establecimientos de alojamiento turístico, albergues de juventud, residencias colectivas de alojamiento temporal y viviendas de uso turístico en la ciudad de Barcelona, de iniciativa municipal, con las modificaciones a las que se refiere el informe técnico-jurídico de la Dirección de Servicios de Planeamiento; y RESOLVER las alegaciones presentadas en el trámite de información pública de la aprobación inicial, de conformidad con el informe de la mencionada dirección de valoración de las alegaciones, informes, ambos, que constan en el expediente y, a efectos de motivación, se incorporan al presente acuerdo. 13. (16PL16386) APROBAR provisionalmente, de conformidad con el artículo 66.3 de la Carta Municipal de Barcelona, la modificación puntual de la modificación del Plan general metropolitano para la protección del patrimonio histórico-artístico de Barcelona, de iniciativa municipal, RESOLVER las alegaciones presentadas en el trámite de información pública de la aprobación inicial, de conformidad con el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento, de valoración de las alegaciones, que consta en el expediente y a efectos de motivación se incorpora a este acuerdo; REMITIR el expediente a la Subcomisión de Urbanismo de Barcelona para su aprobación definitiva. 14. (2016 SD 363 57/2017) RATIFICAR el Decreto de Alcaldía, de 9 de enero de 2017, que APRUEBA el convenio de colaboración entre la Generalitat de Catalunya y el Ayuntamiento de Barcelona para la reordenación de los equipamientos penitenciarios en la ciudad de Barcelona; que AUTORIZA y DISPONE el gasto a favor de la Generalitat de Catalunya, con NIF S0811001G, para hacer frente a los gastos derivados del convenio, con cargo en la partida indicada en este mismo documento del presupuesto municipal para el ejercicio 2017, por un importe de 6.677.152,51 euros, con el siguiente desglose: importe neto 5.518.307,86 euros, tipo impositivo del 21 % de IVA e importe del IVA de 1.158.844,65 euros. La mencionada consignación queda supeditada al crédito que 3 autoricen los presupuestos municipales para el ejercicio del año 2017; y que FACULTA a la quinta teniente de alcaldía del Ayuntamiento de Barcelona, Janet Sanz Cid, para la firma del presente convenio y de los actos que se deriven de él. Distrito de Horta-Guinardó 15. (15PL16381) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta Municipal de Barcelona, el Plan de mejora urbana de ordenación y definición volumétrica del sector S.05 “Bransi”, incluido en la modificación puntual del PGM en el ámbito del barrio del Carmel y entornos, promovido por Nimoy Connect, SL; REQUERIR al promotor para que, en el plazo máximo de un año a contar desde el día siguiente a la notificación del presente acuerdo, constituya la garantía de 16.800,00 euros, correspondiente al 12 % del valor de las obras de urbanización inherentes al planeamiento, a los efectos establecidos en los artículos 106.3 y 107.3 de la Ley 3/2012, de 22 de febrero, de modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, y como requisito previo para la publicación de este acuerdo; y NOTIFICAR el acuerdo adoptado a los promotores del plan. 16. (16PL16423) APROBAR definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta Municipal de Barcelona, la modificación del Plan especial urbanístico para la concreción de los usos de los nuevos equipamientos (7A) y la ordenación de las edificaciones y volumetrías en el ámbito del recinto de la Fundación Privada del Hospital de la Santa Creu i Sant Pau de Barcelona, promovida por la MIA de la Fundación Privada del Hospital de la Santa Creu i Sant Pau de Barcelona, con los ajustes a los que se refiere el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento, que consta en el expediente y a efectos de motivación se incorpora a este acuerdo. Distrito de Nou Barris 17. (16PL16400) APROBAR, definitivamente, de conformidad con el artículo 68 de la Carta Municipal de Barcelona, el Plan especial urbanístico para la concreción del uso y ordenación del equipamiento situado en la calle de la Jota, n.os 72-74, y la calle de Malgrat, n.os 64-66, promovido por Inmocabec, CB, con las modificaciones a las que se refiere el informe de la Dirección de Servicios de Planeamiento, que consta en el expediente y a efectos de motivación se incorpora a este acuerdo. c) Proposiciones D) Parte de impulso y control a) Proposiciones-declaraciones de grupo Se hace constar que las proposiciones-declaraciones de grupo que se transcriben a continuación tienen naturaleza de actos de impulso político de la acción del gobierno y no producen efectos jurídicos como actos administrativos resolutorios. Del Grupo Municipal de CiU: 1. (M1519/5500) El Plenario del Consejo Municipal acuerda: Que el Gobierno municipal presente, en el plazo de dos meses, un plan que contemple los recursos humanos (agentes de la Guardia Urbana y agentes cívicos) y materiales necesarios, con el objetivo de evitar el incremento de incidencias y quejas vecinales en el espacio público. 4 Del Grupo Municipal de C’s: 2. (M1519/5503) El Plenario del Consejo Municipal acuerda: a) Que el Gobierno municipal impulse, dentro del grupo de trabajo paritario entre Generalitat y Ayuntamiento, la elaboración de un plan director portuario que determine los futuros usos del Puerto Olímpico, además de las obras que son necesarias para la mejora y el adecuado mantenimiento de las instalaciones, y el establecimiento de un régimen de utilización que garantice su viabilidad económica y el aumento de la rentabilidad social. El Ayuntamiento velará por que durante la elaboración del plan se tengan en cuenta, entre otros, los aspectos siguientes: 1. Participación de los actuales operadores y trabajadores del Puerto Olímpico en la definición de las actuaciones de mejora y la reordenación de los espacios y las actividades, junto con expertos y vecinos. 2. Consenso con los vecinos y agentes económicos de la zona. 3. Sostenibilidad económica. 4. Mejora de la movilidad sostenible. 5. Ampliación del espacio público destinado al uso ciudadano. 6. Mejora de la calidad de los espacios de ocio público. 7. Promoción de los usos deportivos de forma prioritaria. 8. Priorizar la continuidad de las concesiones actualmente gestionadas por las entidades sin ánimo de lucro. b) Informar periódicamente en el marco de la Comisión de Ecología, Urbanismo y Movilidad de los avances de lo expuesto en los puntos anteriores con el fin de facilitar el seguimiento del presente convenio por parte de todos los grupos municipales. Del Grupo Municipal de ERC: 3. (M1519/5491) El Plenario del Consejo Municipal acuerda: Que el Gobierno municipal impulse los instrumentos urbanísticos necesarios con el fin de declarar Barcelona ciudad de tanteo y retracto, en edificios enteros y solares, y, en estos últimos, delimitar las áreas de aplicación. Del Grupo Municipal de la CUP: 5. (M1519/5497) El Plenario del Consejo Municipal acuerda: 1. Que el Ayuntamiento de Barcelona ponga en marcha una aplicación informática que garantice la fiscalización municipal de las condiciones de trabajo de las empresas contratistas del Ayuntamiento y de sus empresas, institutos y organismos autónomos, así como el cumplimiento en materia laboral de los contratos otorgados, los convenios colectivos y la legislación laboral general, y poder así adoptar las medidas legales o contractuales oportunas. 2. Que el sistema incluya la presentación de la documentación relativa a los contratos laborales, las altas y bajas en la seguridad social, las cotizaciones y nóminas de todas las personas asignadas total o parcialmente a la ejecución del contrato con el Ayuntamiento de Barcelona. 3. Que el software se desarrolle con código abierto y libre, si es técnica y económicamente factible, a fin de que pueda ser utilizado y adaptado por otras administraciones públicas de acuerdo a sus necesidades. 4. Que el Gobierno presente un informe de seguimiento del estado de evolución del desarrollo de la aplicación en el plazo de 6 meses, que incluya necesariamente la justificación de las soluciones técnicas adoptadas, el calendario de ejecución, la estructura y el funcionamiento previsto, con el fin de ponerla en marcha durante el 2018. b) Proposiciones con contenido de declaración institucional Se hace constar que las proposiciones con contenido de declaración institucional que se transcriben a continuación tienen naturaleza de actos de impulso político de la acción del Gobierno y no producen efectos jurídicos como actos administrativos 5 resolutorios. Del Grupo Municipal del PSC: Única. (M1519/5506) El Plenario del Consejo Municipal acuerda: — Instar al Parlamento de Cataluña a garantizar que la futura Ley de comercio, servicios y ferias respete el régimen especial comercial reconocido legal y normativamente en la ciudad de Barcelona, así como la integridad y la fuerte identidad de un modelo comercial propio que se fundamenta en el trabajo y la complicidad con un sector que genera riqueza y empleo, a la vez que ayuda a la cohesión de nuestros barrios. — Defender la autonomía del Ayuntamiento de Barcelona y ponerla al servicio de un modelo de comercio de proximidad y de calidad que se ha convertido en todo un referente en el mundo y que ayuda tanto al bienestar ciudadano, la cohesión social y el equilibrio territorial como a la proyección de la ciudad. En esta línea, reclamar que se respete y reconozca la especificidad que atribuye la Carta Municipal a la ciudad en materia de comercio, así como el propio marco competencial que esta le reconoce en Barcelona. — Reivindicar el papel de las administraciones locales a la hora de fortalecer a los modelos urbanos, como por ejemplo los business improvement district (BID) o las áreas de promoción de la economía urbana (APEU), que garanticen su participación activa y de corresponsabilidad en la toma de decisiones que les afectan en virtud del principio de subsidiariedad y la necesaria observación de los preceptos que emanan de la aplicación de los nuevos marcos normativos establecidos a nivel autonómico, estatal y europeo. F) Declaraciones institucionales 1. El Plenario del Consejo Municipal acuerda: Primero. Dar apoyo expreso a la Plataforma de Víctimas del Alvia 04155. Segundo. Que el Ayuntamiento de Barcelona reciba a la Plataforma de Víctimas del Alvia 04155 para conocer sus demandas y reivindicaciones. Tercero. Solicitar al Gobierno del Estado que encargue a una comisión de expertos y técnicos independientes la investigación de los hechos ocurridos. Cuarto. Solicitar al Gobierno del Estado la apertura de una comisión de investigación en sede parlamentaria para esgrimir posibles responsabilidades políticas. 2. El Plenario del Consejo Municipal acuerda: Primero. Seguir reafirmando los esfuerzos y compromisos con las políticas de cooperación incrementando los recursos económicos y posibilidades de incidencia destinados a las entidades y ONG que trabajan sobre el terreno para mejorar las condiciones de vida de los refugiados en los campos del sur de Europa. Segundo. Instar al Gobierno español a un mayor compromiso en el territorio para ofrecer ayuda humanitaria a los refugiados. Tercero. Instar a la Unión Europea y las agencias internacionales a coordinar de manera urgente una intervención global con el fin de garantizar las mínimas condiciones necesarias para los refugiados, teniendo en cuenta a las ciudades, que son las que a menudo están en primera línea de la asistencia y la protección de los más vulnerables. Cuarto. Comunicar el presente acuerdo a la Unión Europea, al Gobierno del Estado español, al Gobierno de la Generalitat y al Parlamento de Cataluña. 3. El Plenario del Consejo Municipal acuerda: Primero. Instar al Gobierno español a establecer de forma inmediata el procedimiento que deba seguirse —mediante un mecanismo rápido, universal, colectivo y eficaz, que garantice la protección de los consumidores, evitando que la carga del proceso recaiga en los clientes afectados— para que las entidades financieras hagan efectivo el cumplimiento de la sentencia del Tribunal de Justicia de 6 la Unión Europea n.º 144/2016, del 21 de diciembre de 2016, y, en este sentido, proceder a modificar el Real decreto ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, aprobado por el Gobierno del Estado, con el fin de adecuarlo plenamente a la sentencia. Segundo. Instar al Banco de España a definir los mecanismos obligatorios para que los bancos implicados hagan efectivo el cumplimiento de la mencionada sentencia e informen de forma perceptiva a cada uno de los clientes afectados de los derechos que les corresponden durante el primer semestre del 2017. Tercero. Instar a la Generalitat de Catalunya, en caso de que no se haga efectivo el retorno inmediato del dinero, a impulsar mecanismos de mediación efectivos entre los clientes afectados y los bancos implicados en el proceso. Cuarto. Instar al Gobierno español y a la Generalitat de Catalunya a articular mecanismos de coordinación y cooperación con las asociaciones de personas consumidoras y usuarias y plataformas de afectados por la hipoteca para que puedan participar en la supervisión de que el proceso de retorno se desarrolla de manera efectiva y lo más ágil posible. Quinto. Instar al Banco de España a establecer el mecanismo para supervisar y, en su caso, sancionar a aquellas entidades que incumplan la aplicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea n.º 144/2016, del 21 de diciembre de 2016. Sexto. Instar a la Agencia Catalana de Consumo, junto con la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), a realizar de forma URGENTE una campaña de difusión del derecho de las personas afectadas por las cláusulas suelo a que se les devuelva las cantidades indebidamente pagadas por este concepto. Séptimo. Instar al Gobierno español a retirar el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 20/2014, de 29 de diciembre, de modificación de la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña, para la mejora de la protección de las personas consumidoras en materia de créditos y préstamos hipotecarios, vulnerabilidad económica y relaciones de consumo, del Parlamento de Cataluña, en la medida en que protege los derechos del consumidor y regula las cláusulas suelo, para impedir que fueran abusivas, en línea con lo que establece la legislación comunitaria. EL SECRETARIO GENERAL, Jordi Cases i Pallarès 7