Ajuntament de Barcelona Descentralització i Participació Ciutadana m l Papers 8 1 Realidad actual y nuevas tendencias en la \ vida asociativa 'V 1 Abril 1986 Nû bl Ajuntament de Barcelona 0&Q5centiaLít"iacíò i Patticípació &ïutadLana Papers 8.1 - PRESENTACION - INDICE GENERAL - METOLOGIA - CONCLUSIONES - PROPUESTAS g à Desde las mismas motivaciones que impulsaron a la creación del Centre pel Desenvolupament de 1' Economia Social, la cuestión asociativa es una preocupación permanente del CDES. •Con el trabajo que sigue hemos intentado'abordar el tema, con no pocas dificultades. Organizativas, debido a la juventud del CDES cuando nació este trabajo, 'Técnicas, habida cuenta de la pobreza de datos, reflexiones y análisás sobre el tema. En este capitulo habría que añadir, obviamente nuestras propias limitaciones que nos han conducido en esta primera aproximación, a intentar tan sólo un apunte de lo que creemos debería abordar el trabajo de investigación y elaboración sobre la vida asociativa. A pesar de ello hemos cumplido el objetivo que nos habíamos marcado, quizás porque era muy modesto, abrir la reflexión sobre el tema asociativo y esperamos también haber conseguido incorporar algunas ópticas nuevas en la concepción del a s oc i a c i o n i s mo. En cualquier caso lo de positivo que pueda tener nuestra aportación ha tenido dos puntos de apoyo fundamentales: el primero de ellos el c on ve ne i tri e n to de Jordi Borja, Teniente de Alcalde de Descentralización y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Barcelona, de quien recibimos este encargo1, de la importancia crucial de 'la vida asociativa, canal principal de participación de los ciudadanos en la consolidación y prof undización de la vida democrática y en el proceso de fortalecimiento de la sociedad civil y con ella del conjunto de lasociedad. En este convencimiento y _ la considerable dosis de paciencia y confianza que nos ha dedicado vemos ¿poyado •' nuestro trabajo. Conste nuestro agradecimiento por todo ello. El otro puntal fundamental del que ha dependido esta aportación ha sido el esfuerzo del equipo de trabajo, dispuesto a volver a empezar y a rehacer una y otra vez aquello que dábamos por bueno y que la realidad amplia, compleja y cambiante y desconocida nos obligaba a modificar. Han sufrido de forma especial este tipo de martirio Josep Martí y Elena Gassol y a todo el equipo mi reconocimiento más sincero. Los errores, insuficiencias y demás defectos, .sean cuales sean, del estudio, son responsabilidad del director. Eâ9ii INDICE GENERAL DEL ESTUDIO i VOLUMEN I PRESENTACION» INDICE GENERAL DEL ESTUDIO» METODOLOGIA. CONCLUSIONES Y PROPUESTAS 1.1. PRESENTACION 1.2. INTRODUCION METODOLOGICA 1.3. CONCLUSIONES 1.4. PROPUESTAS VOLUMEN II ANALISIS Y EVALUACION DE ALGUNAS EXPERIENCIAS ASOCIATIVAS 0. INTRODUCCION 1. METODOLOGIA 2. PRESENTACION 3. TIPOLOGIAS UTILIZADAS EN CATALUNYA 3.1 Atlas Cultural de Catalunya 3.2 Gulas DOC 3.3 Unidad Operativa de Estadística 3.4 ADDES 4. ANALISIS EXPERIENCIAS 4.1 Criterios para la selección de las Asociaciones 4.2 Asociaciones selecionadaa 1. Associació Sagrada Familia per a ancians EÉ2r3 2. Associació contra 1'Atur-Càritas Dioceséna 3. Federació d'Associacions de Pares d'alumnes 4. Associació Amics de la Ràdio i Televisió de Cardedeu 5. Coordinadora Jubilats i Pensionistes de les AA.VV. 6. Organització Consumidors i Usuaris -OCUC- 7. Associació de Mestres "Rosa Sensat" 8. Associació d'Educació Permanent d'Adults -AEPA- 9. Servei de Biblioteques Escolars "L'Amic de Paper" i 10 Comissió Cívica del Penedès "EL COP" 11 Servei Internacional de Vacances "INTERVAC" 12 Associació de Joves contra l'Atur 13 Esport Lleure Mollet 14 Club Infantil Juvenil de Bellvitge 15 Associació de Veïns de Sant Andreu 4.3. OTRAS EXPERIENCIAS 16 LA FURA 17 Serveis a Domicili 4.4. ANALISIS COMPONENTES INTERNOS 4.4.1 Características Junta Directiva 4.4.2 Representación Asociaciones standard 4.4.3 Características Sexo 4.4.4 Militància política 4.4.5 Renovaciones Junta 4.4.6 Situación laboral 4.4.7 Nivel de estudios 4.5. LEGALIZACION DE LAS ASOCIACIONES 4.5.1. Relación Epoca-Causa 4.6. FINANCIAMIENTO DE LAS ASOCIACIONES 4.6.1. Intercambios económicos 4.6.2. Ayudas y Subvenciones 4.6.2.1 Asociaciones sin ayudas 4.6.2.2 Asociaciones parcialmente subvencionadas 4.6.2.3 Subvenciones establecidas por períodos 4.6.3. Aportaciones extraordinarias de la Administra¬ ción 4.6.3.1. Retrasos en las subvenciones 4.6.4. Otras aportaciones económicas 4.6.5. Tamaño social de las asociaciones 4.7. PROBLEMATICA LINGÜISTICA 4.8. RELACION INTER ASOCIATIVA 4.9. DEFICIENCAS RECONOCIDAS 4.10 OPINIONES DE LAS ASOCIACIONES FRENTE A LA ADMINIS¬ TRACION 4.11 VALORACIONES RESPECTO AL AUTOFINANCIAMIENTO EN OPINION DE LAS PROPIAS ASOCIACIONES VOLUMEN III EL MOVIMIENTO ASOCIATIVO EN FRANCIA E INGLATERRA O. INTRODUCCION 1. EL CASO FRANCES 1.1. INTRODUCCION 1.2. EL CONSEJO NACIONAL DE LA VIDA ASOCIATIVA 1.3. TIPOLOGIA DE LAS ASOCIACIONES 1.4. EL ROL ECONOMICO DEL MOVIMIENTO ASOCIATIVO 1.5. LA CUANTIFICACION DEL MOVIMIENTO ASOCIATIVO 1.6. EL FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LAS ASOCIACIONES 1.7. LA PARTICIPACION DE LAS ASOCIACIONES EN LA VIDA SOCIAL 1.8. LOS PODERES PUBLICOS ANTE EL MOVIMIENTO ASOCIATIVO 1.9. BIBLIOGRAFIA 2. EL CASO INGLES 2.1.CONSIDERACIONES PREVIAS 2.2. INTRODUCCION 2.3. EL SECTOR VOLUNTARIADO. HISTORIA Y DESARROLLO 2.4. ORGANIZACIONS NO LUCRATIVAS, DERECHO, ESTRUCTURA¬ CION Y FINES 2.5. CONSEJO NACIONAL PARA LAS ORGANIZACIONS VOLUNTARIAS 2.6. ORGANISMO DE AYUDA AL VOLUNTARIADO 2.7. INGRESOS Y PERSONAL 2.8. VOLUNTARIOS: ANALISIS POR CLASES, EDAD Y SEXO 2.9. OPORTUNIDADES DE EMPLEO EN ,£L SECTjO^. ¡VOLUNTARIO PUESTOS DE TRABAJO (REMUNERADOS Y VOLUNTARIOS) 2.10 RELACIONES ENTRE EL VOLUNTARIADO Y EL GOBIERNO -CODIGO PARA LAS ORGANIZACIONES VOLUNTARIAS- 2.11 BIBLIOGRAFIA 1 " ■ •* 3. ANEXO DOCUMENTAL Eé9¿§ 3.1. MODELO DE ESTATUTOS INGLES 3.2. BIBLIOGRAFIA INGLESA 3.3. TIPOLOGIA ADDES VOLUMEN IV ANEXOS 1. LA CONSIDERACION LEGAL DEL ASOCIACIONISMO EN ESPASA 2. LEGISLACION COMPARADA 3. ASOCIACIONISMO JUVENIL 3.1. REPUBLICA FEDERAL ALEMANA 3.2. ITALIA 3.3. FINLANDIA 3.4. URSS 3.5. POLONIA 3.6. BELGICA 3.7. LUXEMBURGO 3.8. FRANCIA 3.9. BIBLIOGRAFIA VOLUMEN V ANEXOS 1. CUESTIONARIOS CUMPLIMENTADOS POR LAS ASOCIACIONES PRESENTACION 2áSi§ 1.1 PRESENTACION DEL ESTUDIO Objetivo del estudio El estudio titulado "Situación y perspectivas del movimiento asociativo" tiene tres objetivos principales. En primer lugar "poner sobre la mesa" el tena asociativo. En segundo lugar centrar algunas de las problemáticas que afectan a la vida asociativa. En tercer lugar proponer lineas de reflexión y de trabajo que ayuden a desarrollar y consolidar la vida asociativa, con una especial atención a las posibilidades de desarrollo que se pueden promover desde el ámbito local. Justificación del estudio Las razones que justifican la realización del estudio que preeentamos se estructuran alrededor de loa objetivos que persigue y a la valoración social que merece, en nuestra opinión, el fenómeno asociativo. En relación a este ultimo elemento partimos del convencimiento de que la fortaleza de una sociedad democrática depende en gran medida del grado de organización y articulación de su sociedad civil. Esta articulación y organización se estructura a partir del hecho asociativo. El proceso de democratización de nuestro pais ha permitido alcanzar, en pocos años, cotas importantes en la estructuración de nuestra sociedad politics. Nuestra sociedad civil, sin embargo, esta a mucha distancia del grado de organización que corresponde a una sociedad occidental desarrollada. Sin duda las prioridades con las que han operado las fuerzas democráticas eran las oportunas. Creemos, sin embargo, que tiene ya poco sentido seguir identificando de forma absoluta el proceso de consolidación de la democracia con el proceso de organización y con el funcionamiento de las instituciones politices. Menos sentido tiene aun, y ocurre en demasiadas ocasiones, suponer que la existencia de instituciones politicaa democráticas hace innecesaria la organización autonome de la sociedad civil. Desde estas opiniones nos parece importante "poner sobre la mesa" de la sociedad y de las instituciones politicaa la cuestión asociativa. Loa objetivos más concretos del estudio a saber centrar las problemáticas que afectan al desarrollo de1la vida asociativa y proponer lineas de reflexión y trabajo que ayuden a su desarrollo, pecan de poco concretos. La justificación de este enfoque procede de la inexistencia casi absoluta de bases previas de información y reflexión EÉ2¿§ sobre las que operar. Más adelante entraremos en detalle en la evaluación de esta dificultad. A pesar de esta inconcreción de objetivos, las opciones que hemos hecho si tienen un grado de discriminación respecto de un abordaje que parece excesivamente global. En primer lugar hemos renuncidao a centrar nuestro trabajo en la evaluación cuantitativa de la vida asociativa. Nos parecia una opcion excesiva y poco útil en la medida 'en que estamos más interesados en centrar algunas cuestiones de calidad, aceptando al riesgo de error que comporta la falta de validaciones exhaustivas, que en disponer de datos estadísticos. En segundo lugar, sin renunciar a recoger elementos globales y analíticos de carácter explicativo hemos tendido a buscar referencias que faciliten el establecimiento de acciones concretas y operativas y que, en la medida de lo posible, fueran aplicables al ámbito local. De ahí la eleción de una metodologia basada en las entrevistas en profundiad en lugar de en la encuesta exhaustiva, la referencia a experiencias extranjeras en términos de contrapunto de nuestra propia realidad y la elaboración de conclusiones planteadas más en términos de hipótesis de trabajo que en términos de deduccions estrictas fruto del análisis de la información recogida. Las limitaciones del estudio Además de las limitaciones que puedan imputarse a los autores, este estudio topaba con limitacions objetivas que conviene señalar, entre otras coasa, porque muchas de ellas podrían y deberían desaparecer. La primera limitación es la falta de datos fiables acerca de la vida asociativa de nuestro país. No es posible saber ni siquiera el número de asociacions existente. Obviamente intentar conseguir cualquier dato relativo a número de socios, trabajadores del sector, tipo3 de asociacions, presupuestos actividades, resultados etc., resulta una pretensión imposible. La segunda limitación es la inexistencia de registros agregados y ordenados de las asociaciones que se han creado y registrado independientemente de si estan o no en activo en el momento actual. Hay una gran diversidad territorial y por actividades de dependencias administrativas encargadas del registro el estado de los cuales es de otra parte, deplorable,. Los cambios de adscripción de las asociaciones a unos u otros registros y la no actualización de ninguno de ellos han acabado, además, de dificultar cualquier intento de análisis de los mismos. La tercera limitación se concreta en la gág^lO inexistencia de trabajos previos sobre loa que operar. Sólo existen algunos manuales de carácter jurídico, algunas guias heterogéneas, y algunos, muy poco3, trabajos de investigación centrados en momentos y movimientos muy específicos (asociaciones de vecinos en la etapa predemocrática, asociaciones juveniles más recientes). No disponemos de elaboraciones técnicas ni prácticas. Una propuesta de tipología de las asocaciones sólo existe desde lo jurídico. Algunos intentos orientados a resolver la clasificación de las asociaciones no han resuelto ni siquiera el problemas de registro y menos aún la necesidad de una tipologia de oaue. Por fin, la elaboración de propuestas concretas para el ámbito local ha encontrado la dificultad de la inexistencia de un marco más global en el que inscribir dichas propuestas. Muchas de las posibilidades de desarrollo del movimiento asociativo dependen de este marco auqneu sea en el ámbito local donde se concreta la acción asociativa en la mayor parte de los casos. El análisis de la experiencia francesa o inglesa, en este último caso en un ambiente de descentralización muy superior al nuesto, ponene claramente de manifiesto que no es posible, por ejemplo, una política de promoción del aaociacionismo sin medidas fiscales de carácter global. A pesar de esta inacablable retahila de limitacions creemos que el estudio confirma algunas de nuestras hipótesis de partida. Fundamentalmente, la necesidad de crear espacios de reflexión y acción que faciliten el desarrollo de la vida asociactiva, en consolidación y la apertura de nuevas áreas de actividad asociativa y la existencia de bases reales, quiza aletargadas, en el interior de lasociedad civil sobre las que se sustente esta vida asociativa. El contenido del estudio El estudio no tiene un cuerpo único y coherente. Intentar desarrollar un único aspecto en profundidad era inviable porque hubiera quedado aislado del resto de tamas que conforman el conjunto de la problemática asociativa. Tratar toda la problemática asociativa en todos sus aspectos y en profundiad era simplemente imposible. El contenido es coherente en relación a los objetivos en la medida en que ofrece una panorámica de la problemática asociativa, ofrece referencias desde las que identificar campos de trabajo y propone lineas de actuación, tanto desde i® información que ofrece como desde sus conclusiones propuestas. y Estas ultimas requeriran probablemente, para su puesta en práctica, de análisis especificoa y de procesos de experimentación. El estudio está compuesto de cinco paquetes princiales. El primero de loa cuales incluye un amplio resumen de la globalidad que constituye el estudio en general. Cuyo contenido, a parte de los aspectos metodológicos y justificativos inserta las conclusiones de la totalidad de la información en términos de conclusión y de hipótesis de trabajo y la presentación de propuestas de actuación que podrian asumir los distintos ámbitos de la administración y especialmente la administración local. Un segundo volumen está constituido por lo que podríamos llamar la realidad social de nuestro entorno y constituye el cuerpo central del estudio, pues pretende reflejar la situación de la vida asociativa catalana y sua perspectivas de futuro. Este volumen está basado en el análisis en profundiad de 15 experiencias asociativas de nuestro entorno, cuya eleción viene determinada por ser cada una de ellas las que mejor relieve ostenta dentro de la tipología usada. Otras dos experiencias han sido incluidas por su carácter marcadamente innovador en lo que ha constituido el movimento asociativo en Catalunya. El tercer paquete incluye el análisis de los casos francés e inglés, como experiencias europeas que han sabido estructurar la sociedad civil y crear entes cuya función hace de puente entre el estado y la sociedad. Este cuerpo lo constituye el análisis descriptivo y breve de algunos elementos de la vida asociativa en ambos países. Los otros dos paquetes forman lo que podríamos llamar loas aspectos complementarios del estudio y son considerados como anexos. El primero de los cuales incluye material reelaborado procedente de producciones ya existentes que apoya aspectos concretos del cuerpo central a nivel de información. Se incluye un análisis de la legislación asociativa española y catalana, un resumen de un estudie de legislación comparada preparado por el Consejo de Europa, algunos documentos franceses e ingleses, entre los que destaca la propuesta de tipología presentada por ADDES de Francia y un resumen de la realidad asociativa juvenil en distintos países de Europa. Finalmente se incluyen los cuestionarios cumplimentados durantes la realización de las 17 entrevistas a las experiencias asociativas. Conviene insistir, una vez mas, que no cabe esperar de este estudio más que la apertura de un proceso de conocimiento y reflexión sobre el fenómeno asociactivo. Creemos que la lectura del análisis de los casos de Francia e Inglaterra, hecha desde aqui y por tanto con información de fácil acceso, evidencia la distancia entre lo estaría bien tener y lo que tenemos. Confiamos en que, a pesar de sus limites, este estudio pueda cumplir la función para la que se ha realizado: "poner sobre la mesa" la cuestión asociativa y apuntar elementos desde los que actuar. 203*12 XN-riROOOCOXONT METODOL-OG X G A 1.2 INTRODUCCION METODOLOGICA . ti 0¿«#i»í#íf.0 i"üi%u% i® X©£»;& 1&2>Gfi0O ¡?»A'S«tí»Í US ■»•-'■ $©• *8»d ftX ©"Seis:?® Cfctó® Xi%®iq ® La supuesta criáis del movimiento asociativo ha dado pie a una cierta controversia respecto a la desarticulación de la sociedad civil. No obstante el descenso de la incidencia de las asociaciones en la sociedad, en apariencia fruto de una apatia general, la responsabilidad de la Administración ante este hecho y las propias condiciones socio-económicas de las entidades asociativas de voluntariado, no han sido analizadas. Por otro lado, no se dispone todavía de un censo exhaustivo de las asociaciones en Catalunya, ni por ende, de una normativa legal acorde con la sociedad actual. Con el presente estudio se ha pretendido iniciar un cauce de discusión y reflexión en torno al momento actual de la estructuración asociativa, centrándolo a partir de tres ejes fundamentales. a) Análisis_de experiencias concretas para dilucidar la situación de las asociaciones en sus aspectos internos y externos. .AV. , .... .< ■' si v - í: : - " ' ' b) Pgpel_de_la_Administración frente s la situación actual, centrándolo básicamente en las deficiencias señaladas por parte de las entidades asociativas. i © i. ï'síSíl c) Análisis de diferentes experiencias europeas, en las relaciones de las entidades asociativas con sus respectivas Adminstraciones. Con ello se pretende referenciar las características jurídico-legales que en un plazo más o menos corto se deberán estructurar en nuestro país. Consideramos que la reflexión sobre este tema es esencial para el futuro del asociacionsmo. ue iir.il isvft obsii>s.3fj.i Brí ss :xsr.-sa;* ex» \ '.>í:sA'SÇOSÇ Ciilüffib - •> • I fr'•»'S- 5- ™; ti sb «oi . :js àîii. "» U0.-."X& v>b V ."i i <. METODO DE ANALISIS . BU& oa ¿s ecp ©^s·amfirïS.&·wv .BC'ib Todo estudio que pretende dar a conocer una situación real se debe basar en una cuantificación del elemento objeto de análisis. Las deficiencias expuestas anteriormente y otras que se ponen de manifiesto a lo largo del estudio, no nos permiten analizar a nivel cuantitativo la capacidad asociativa actual. Por estas causas, se ha estructurado este estudio mediante el análisis cualitativo de experiencias concretas. Este análisis se ha realizado a partir de EiSL·ll aritreviataa en profundidad a los responsables de las entidades asociativas, o en su defecto a aquellos miembros que por su grado de dedicación, por au antigüedad o por el cargo de coordinación que ocupan podrían conocer mejor el funcionamiento de la entidad. Estas entrevistas se han planteado sobre la base de un cuestionario como guión. En cuanto a la elación de las experiencias analizadas, nos hemos basado en la tipologia de ADDES, que seré explicada més adelante. ANALISIS ASOCIACIONES El análisis de experiencias concretas se ha enfocado a partir de cuatro puntos bésicos. 1) Tamaño social de la entidad 2) Potencial económico 3) Necesidades y deficiencias reconocidas 4) Proyección externa Se han establecido una serie de parámetros para determinar cada uno de estos apartados. Tamaño_aocial Para determinar lo que denominamos tamaño social se ha intentado conocer en primer lugar la organización interna de la asociación y su capacidad organizativa. En segundo lugar se hace un breve análisis histórico para determinar su proceso de adaptación a las nuevas exigencias de la sociedad. En tercer lugar se ha intentado evaluar su incidencia real en el ámbito geográfico que abarcan. Por fin se han intentado aclarar las características de loa miembros de la Jinta Directiva, asi como la relación: número de socios/número de personas activas/número de personas que se benefician de sus servicios. BéSL·lS Potençial_açonómiço Se determina básicamente a partir de la infraesctructura del inmueble/a de que dispone la entidad (propiedad, alquiler, etc.); del personal contratado y remunerado, y del análisis económico del último ejercicio, en lo que se refiere básicamente al capitulo de ingresos-desembolsos y el desglose de los mismos. Se ha tenido en cuenta además que serla de mucho interés conocer la capacidad real de creación de ocupación de las asociaciones. 5E2)!®22i6n_externa La incidencia de una asociación en el entorno social que se halla ubicada se determina básicamente por su capacidad operativa. Difícilmente puede ofrecer servicios una entidad que no se halla inmersa en el tejido social en el que pretende incidir. El conocimiento de su entorno es una de las claves que nos pueden determinar su adaptación o inserción al medio. Puesto que un análisis a partir de una encuesta a la población, que nos hubiera permitido detectar su real implantación, era imposible, se han incluido en el cuestionario las claves que nos permitan en parte dilucidar este extremo. Se basan en sus actividades y capacidad de convocatoria, y en sus relaciones con otras entidades y con la Administración. 2®£í2i®S2Í5§ Un último apartado trata de las necesidades y deficiencias que reconocen las propias asociaciones así como de los medios conocidos y utilizados para hacerles frente. En lo referente a posibles soluciones a corto y largo plazo, hemos creido conveniente incluir al final del estudio una relación de propuestas de la propias entidades de la muestra dirigidas a la Administración. Administración Puesto que el tema que más nos interesaba dilucidar mediante este estudio es el grado de incidencia de una asociacón en el ámbito social en que se halla inscrita y sus deficiencias y necesidades para llevar a cabo su tarea, se creyó conveniente analizar el papel de la Administración en base a la demanda potencial de las asociaciones. EÍ9iü Se pretendía con ello, verificar si las continuas referencias a la estructuración de la sociedad civil por parte de los órganos rectores de la Administración, se treducla en actuaciones concretas hacia las organizaciones sin ánimo de lucro. Se plantean de entrada tres hipótesis: 1) Existe una cierta dualidad entre el discurso politico y la praxis de la Administración. 2) No existe uniformidad de criterios en un mismo partido político, lo que se traduce en disparidad de aplicaciones en distintos ámbito geográficos por parte de unas mismas fuerzas políticas. 3) Como consecuencia de lo anterior, las ayudas y subvenciones, se otorgan por criterios personales, recibiéndolas las entidades en mayor o menor medida según el grado de relación con la Administración y no en base al trabajo social realizado. En la determinación de analizar el papel de la Administración en base a la demanda de las asociaciones, han influido otros factores: El desconocimento que de la realidad asociativa posee la Administración. La difícil percepción, en consecuencia, de las deficiencias y eficiencias de las entidades asociativas. - Por último y como factor determinante, el encargo de sate estudio ha sido hecho por la Administración municipal. Como se puede comprobar a partir del cuestionario base aparte de señalar las deficiencias y necesidades de cada entidad, se urgía a éstas a valorar el futuro de las relaciones con la Administración centrándolas en dos ejes fundamentales: - Necesidad de establecer unos criterios jurídico-legales referentes a las subvenciones que la Administración debe otorgar a la entidades asociacitivas sin ánimo de lucro. - Posibilidades de utilización de estas agrupaciones para ofrecer aquellos servicios que la Administración no puede realizar por sus propios medios. EÉ3iiZ EXPERIENCIAS EUROPEAS Las experiencias europeas que se han incluido en este estudio corresponden a Francia y Gran Bretaña, por ser países donde se ha desarrollado a nivel estructural el servicio del voluntariado y el asociacionimos y por ser países de los que se dispone mayor información. Pox- otro lado, al partir el encargo de este estudio de la Administración local, se hacia necesario averigurar la relación entre ambos sectores y en los paises mencionados se desarrollan unas relaciones más o meno3 estables aunque se diferencien de unos departamentos geográficos a otros. De ahí que las experiencias sectoriales más interesantes se incluyan a lo largo de este capitulo. El desglose de estos apartados se ha hecho en función de los siguientes parámetros: - Organizaciones aupra-aaociativaa - Rol económico del movimiento asociativo - Cuantificación del mismo - Funcionamiento interno de las asociaciones - La participación de las asociaciones en la vida local - Los poderes públicos ante el movimiento asociativo - Análisis de experiencias concretas - Asociaciones juveniles Al ser este último punto de preocupación en todos los sectores sociales, se han incluido en el estudio, breves análisis de las asociaciones juveniles de los siguientes países, aparte de los ya citados: - República Federal Alemana - Italia - Finlandia - URSS - Polonia - Bélgica gég^lô - Luxemburgo Este anéliaia aa acompafta como anexo ya que procede de materialaa elboradoa en nueato propio pala. Con la única finalidad de que alguien pueda aprovechar los datos, verificar al anélisia o reinterpratar las conclusiones, se ha considerado de interéa incluir a nivel de anexos los cuestionarios rellenados, sal como una interpretación del cueationario-guidn con laa recomendaciones pertinentes al entreviatador. Eé3iI2 £ég¿20 1.3. CONCLUSIONES En lo qua hace referencia a las concluaionea generales a las que hemos llegado y que exponemos a continuación convienen algunas aclaracions previas. En primer lugar consideramos inviable establecer conclusiones de carácter cuantitativo habida cuenta del carácter del estudio y del nivel de información de base existente. En segundo lugar consideramos pertinente incluir en las conclusiones algunas reflexiones, que sin desprenderse en sentido estricto de los análisis realizados, tienen bases de confirmación en el trabajo y pueden establecerse como hipótesis sobre las que estructurar posteriores profundizacionea. En tercer lugar nos parece necesario situar algunas cuestiones de carácter general ya apuntadas anteriormente sin cuya consideración resulta imposible dibujar cual es, en nuesta opinión, la dinámica asociativa. 1) Historia reciente y asociacionismo. 1.1) La comparación entre la información obtenida de Francia e Inglaterra y la situación del asociacionismo en nuestra sociedad, ponen de manifiesto que el proceso político español marca nuestro asociacionismo de forma decisiva. Durante la última etapa del franquismo el movimiento asociativo adopta unas características que convierten en dominante al asociacionismo que centra su actividad en la recuperación de las libertades democráticas. Esta actitud afecta no sólo a las asociaciones reivindicatives sino a muchas otras, entre las que se incluyen asociaciones profesionales, culturales, de ocio, deportivas, folclóricas, etc. 1.2) Y en la fase inmediatamente posterior, enmarcada por la constitución de la democracia, la estructuración de los partidos y de las diferentes administraciones suponen una fuga de recursos humanos, asi como un traspaso de contenidos y funciones del tejido asociativo que queda descapitalizado en muchos aspectos. 1.3) La ley actual de asociaciones, la de 1964, es una ley franquista que nació con la voluntad de ser un instrumento de control del asociacionismo. Su propia existencia sin embargo, era el reconocimiento por parte de la dictadura la existencia de un proceso social que escapaba al principio dictatorial de la negación de la Eé2i?¿ vida asociativa. 1.4) Esta misma ley es la que rige hoy. Con todas las variacions parciales generadas por posteriores legislaciones y con una interpretación democrática de su contenido, la ley de 1964 sigue siendo la referencia jurídica del movimiento asociativo. 1.5) Este hecho pone de manifiesto el abandono en que ha dejado a la problemàtica asociativa los gobiernos democráticos postfranquistas, tanto del centro derecha como de la izquierda. 1.6) El proceso de construcción de la sociedad política y de sus institucions en el desarrollo democrático ha dejado de lado la problemática que presenta la articulación de la sociedad civil, llegándose a entender en demasiadas ocasiones que el único proceso necesario en democracia es el que corresponde a la estructuración de la sociedad política. 1.7) Esta dinámica y estas posiciones han sido compartidas por algunos sectores del propio asociacionismo, que no ha encontrado en ocasiones más función social que acompañar o incluso confundirse con la sociedad política. 1.8) Estos hechos han supuesto y suponen un marco difícil que frena el desarrollo de actividades asociativas y la inexistencia de políticas que fomenten la participación desde esta fórmula básica de conversión del individuo en ciudadano que es la práctica asociativa. 1.9) La inexistencia de un desarrollo legisltivo global y de una política en el terreno asociativo convierte a la sociedad española, desde el punto de vista de su grado de preocupación por la articulación de la participación cotidiana, en una sociedad predemocrática en la cual la cultura asociativa está devaludada. 2) La actuación política y institucional ante el asociacionismo 2.1) El marco anteriormente descrito tiene consecuencias prácticas que son las que definen el actual momento del asociacionismo en nuestro país. 2.2) No existe ningún sistema de información razonablemente estructurado que permita conocer cual es la realidad asociativa ni parece que vaya a existir a corto plazo. 2.3) No existe ningún sistema de reconocimiento social global de la vida asociativa. 2.4) No existe ninguna política general de desarrollo de la vida asociativa. 2.5) Las acciones concretas que realiza el cuerpo social tanto desde la administración como desde la sociedad, en tanto que no disponen de un marco actualizado en el que inscribirse, tienden a caer en todo tipo de vicios, desde el clientelismo.político a la picaresca y sobretodo tienden a limitar las posibilidades reales de desarrollo de la vida asociativa. 2.6) No existen políticas económicas que permitan y faciliten el desarrollo del asociacionismo aunque hay acciones concretas y puntuales en respuesta a la presión de los movimientos que, por su propio carácter puntual e irregular condenan a las asociaciones a la incertidumbre y la dependencia. 2.7) No existen políticas culturales que fomenten el asociacionismo, y cuando existen aparecen aisladas y sin referencias globales que permitan un desarrollo coherente de la práctica asociativa. La realidad asociativa 3.1) En loa últimos años loa diferentes sectores del movimiento asociativo han sufrido transformaciones que en algunos casos han provocado una fase de baja vitalidad en sus actividades. Los movimientos asociativos más comprometidos con el procesos politico, han entrado en una etapa de baja actividad y replanteamiento. Partiendo de unos supuestos culturales que se basan en la oposición sistemática y la reivindicación a partir de adjudicarse la representatividad de grupos sociales o sectores tienen dificultades de adaptación en una época en la que se abren muchas posibilidades de concertación y donde la representación pasa a otros organismos, quedando abiertos grandes espacios de gestión e intervención para las entidades ciudadanas. En muchos casos los dirigentes de estas entidades no consiguen adaptar sus objetivos, ni ser permeables a las nuevas necesidades. También ha cambiado de forma sustancial la relación entre este tipo de entidades y sus socios reales o potenciales. Cualquier oferta asociativa en un 2^2^23 »/■ contexto de democracia abierta debe acoger a un número mucho mayor de ciudadanos, y debe competir con loa medios de comunicación y con la oferta cultural y social que se desarrolla desde múltiples puntos de influencia ciudadana. Loa organismo directivos de las entidades tradicionales basaban su tarea en crear opinión, mientras que en la situación actual las juntas necesitan una cultura capaz de generar su propia oferta, de tomar decisiones, de analizar cual es su propio espcacio. Es por lo tanto necesario un proceso que permita revitalizar las asociaciones, a partir de un cambio de mentalidad de sus dirigentes y un análisis del entorno que les permita resituar sus objetivos y conectar con sus asociados. Otras entidades con una presencia muy importante, por ejemplo el sector cultural, han sufrido un proceso crítico por causas distintas, en éste caso la transformación del mercado cultural en el que la intervención de la administración o organismos con una potencia económica importante, cajas de ahorro... han variado de forma radical el sistema de distribución de la oferta de espectáculos, o de la oferta formativa y de divulgación, aumentando en pocos años los costes de una forma muy rápida y radical. 3.2) Otro aspecto de lá realidad asociativa es el que se coforma a partir de la aparición de nuevas tendencias. La oferta asociativa que se enmarca ya en un contexto de mayor participación ciudadana y de la que nacen iniciativas nuevas que podemos agrupar al menos en tres grupos: 3.2.a.) El asociacionismo de servicios Experiencias que ofrecen una oferta asociativa ligada a un sector o problema especifico: Para la prevención de toxicomanías Para la animación del tiempo libre juvenil Para análisis y planificación de la salud comunitaria Por la renovación pedagógica" Por la enseñanza permanente para adultos etc. Servicios de información juvenil gág¿.24 Asociaciones que agrupan a profesionales o ciudadanos interesados en el desarrollo de estos objetivos. Asociaciones que ofrecen servicios a sus socios para desarrollar tareas de experimentación y análisis, elaborar alternativas, con una linea de actividades formatives, y de divulgación. Estas asociaciones se estructuran a partir de una secretaria remunerada y un núcleo impulsor altrededor de los que se organizan distintos grupos de trabajo voluntario en el que colaboran los socios más activos. Asociaciones pues, que ofrecen las bases para la promoción de provectos individuales y colectivos en sectores específicos. 3.2.b) Asociaciones que agrupan a colectivos que reaccionan ante los fenómenos surgiados de la crisis o las nuevas necesidades sociales: Asociaciones de jóvenes contra el paro Asociaciones de padres y familiares de toxicómanos Servicios ocupacionales Acción solidaria ante el paro 3.2.c) Movimientos de opinión ciudadana, que se cohesionan alrededor de los grandes temas que afectan a las opciones de modelos de desarrollo social, económico y politico: Nuevos modos de vida Defensa del patrimonio natural, pacifismo, consumidores, movimientos feministas, etc., que generan campañas de opinión y a través de diversos sitemas de comunicación y acciones colectivas van conformando lo que puede llamarse como nueva ciudadanía. 3.3) Las dificultades con que tropieza la realidad asociativa son innumerables y quiza las més significativas son: a) La falta de canales de comunicación formalizados con la sociedad politca. b> La falta de reconocimiento social de dichas experiencias c) Las dificultades económicas. Aquí hpy que analizar el problema del aumento de los costes del sector: la ampliación del espacio de influencia de las entidades, la profesionalización de la estructura minima organizativa, las ncesidades en locales sociales y medios de comunicación: videos, fotocopia... imprescindibles fiara actuar en equilibrio a la oferta cultural ciudadana no se pueden costear a partir de las cuotas de los asociados. En algunos casos el retraso en el cobro de ayudas o subvenciones han agravado los problemas económicos con desfases de tesorería y cargas financieras graves. Y en general todo ello supone un aumento de complejidad de la gestión de las asociaciones que han de abordar políticas de venta de servicios con todas las cargas fiscales y sociales que ello les supone. d) La inexistencia de dirigentes experimentados o cambios constantes de los equipos dirigentes. e) la debilidad de la cultura y la práctica asociativa f> Las dificultades para disfrutar de un local adecuado para la proyección de la entidad en un entorno urbano tan complejo como el de la gran ciudad y donde el espacio tiene un coste tan elevado. Aqui hay que valorar los problemas de la oferta de locales y equipamientos públicos y su3 posiblidades de uso por parte de entidades asociativas. De momento en pocos sitios se han encontrado soluciones satisfactorias. Hay dificultades de local diferentes en relación al tipo de entidad y sus objetivos, así como su fase o nivel de desarrollo. Pudiéndose compartir locales en algunos casos y no siendo posible en otros. 3.5) Es significativa la pobreza de los modelos organizativos y de gestión en que acostumbran moverse las organizacions asociativas. Condiciones para el desarrollo de la vida asociativa 4.1) Intentar promover el desarrollo de la vida asociativa presupone la existencia de un marco político y legislativo que situe en un lugar claro de la estrucutra de la sociedad a las asociaciones. 4.2) La fuerza motriz fundamental de la vide asociativa reside en la sociedad civil. De ahí que sea fundamental promover la cultura asociativa. La voluntad política de fomentar la articulación social deberla centrarse en promover y consolidar dicha cultura. 4.3) Las bases económicas de la vida asociativa son el voluntariado, la aportación colectiva, la ayuda pública, la donación privada y la venta de servicios asociativos. 4.4) Para que estos mecanismos económicos funcionen es necesaria una cultura asociativa fuerte, una política pública de apoyo y concertación, y una política fiscal barata y generadora de recursos para las asociaciones y un marco legal claro y transparente. 4.5) La necesidad de diaponer de técnicos y profesionales cualificados al lado de los voluntarios obliga al desarrollo de políticas de formación u de imagen que hagan socialmente útil y reconocida la función profesional en el sector asociativo como vertebradora de la actividad voluntaria. 4.6) Las asociaciones de servicios, que aparecen como respuesta a la crisis del estado del bienestar, son las que precisan con mayor intensidad de unas condiciones óptimas para su desarrollo. Al mismo tiempo son también las que aparecen con mayores posibilidades, por su función social, de establecer puentes adecuados de relación con la administración pública. Estas asociaciones actúan en sectores en los que se preveen unas posibilidades de desarrollo en el futuro y en los que pueden surgir nuevas profesiones y lugares de trabajo: servicios sociales, tiempo libre, ecologia y servicios culturales. Aqui el papel de la administración puede definir opciones muy distintas en el caso de entrar en competencia o concertación con el sector asociativo, y también según cual sea su actitud entre la opción privada no lucrativa y la privada lucrativa. En los próximos años va a definirse que tipo de iniciativa es la que se desarrolla y consolida en éstos sectores, y ante éste reto la iniciativa asociativa necesita el apoyo decidido de la Administración, ya que aunque disponga de unas actitudes, recursos humanos y de unos progamas de actuación que en muchos casos sean superiores en calidadad y en proximidadad a los intereses de los usuarios a los de la inciativa privada lucrativa está en muy mala condiciones para soportar los costes económicos y financieros que estas actividades suponen. 4.7) Las políticas de información y de interrelación de las propias asociaciones y la estructuración de organismos de promoción de la vida asociativa conforman también bases esenciales del desarrollo asociativo. 5) La opinión de laa asociaciones A continuación incluimos sintéticamente la opinión directa de las asociaciones entrevistadas acerca de cuales son los factores decisivos en el fortalecimiento de la vida asociativa. gág^28 FACTORES DECISIVOS EN EL FORTALECIMIENTO DE UNA ENTIDAD NO SI - Número ae socios - Concreción de objetivos - «Jos de funcionament o - Número de personas activas en la Asociación - Presencia o ausencia de militantes de partidos - Acierto en las necesidades de la poülación - Dependencia de la Administración - Planteamiento económicos serios - Nivel de estudios o grado cultural de los miembros reoresentativos - Relación miembros Junta con Administración - Profesionalización a nivel técnico - Potenciar organismos inter-asociativos - Sistemas de información adecuados - Grado de relación con otras enticaces I E^3i.ë2 ôSsufiîiàa RELACION DE NOES SB IS :3G MOICiftJBfl 1.- La relación número_ge_sogi.os - ooger_infÍM§-D£Í§2. A® una asociación, no es__gjregtámente ar o porc i o.n«.i. Un elevado porcentaje de socios puede asegurar una caDacidaa económica cero no aumentar la çaoaçi.dad_ce resguesta ni la çongregión__ga_¿njcj-t ivas,: ©i el. socios en cuestión, no destina parte Ge su tiempo ce ocio a ¿á!2g§l^ásSEÍáí.Ívas. y áfc-'s'si i no» v ?s í >v;. ,vtsà oví íe^tí© feo i osirrsuc - Sin una concreción . ,de .objetivos finales y/o parciales. 0 cien, si la tarea de una entidad asociativa no se enmarca en el campo de .una Ç jer-t a acgjón çorgorat jvjst a, los anos_^ce_fungjg^n a m ign.feo ae una asociación, no determinaría sut caoac-i-gaq ... ce < ... íDf¿y®DEiá s.n, sociedad. Contrari ámente, puede suponer un desgaste de acuellas. """""" ™ .>20151 3.- La presencia de miijtantes_ge_gartjgg en el seno de una asociación supone un mayor bagaje político ce ésta r y una capacidad de respuesta y re ivindicaeión frente a .c ios Organismos de la Administración. No obstante, esta presencia es sjemgre eonyi.mt ura 1 y responde generalmente a unos 2iáDÍ.®a[DͧL|:S'2s ideolóqicos no forzosarityenj: e asimilados por la .ásogjagjón. Por- estas razones, el . cagaje.^jgegl.ógjgg_o_go_l¿t jgg de una entidad civil no es un £§Çtor_ _tíet ermi nant ej__en_ si £2ï2Î.âi§2i5[!iËD£2_Çs._ia_[£!isma. s"■>««&« sa £3í bí- 'P oí.■ í-, i *i(à ". 'ii.- i oBit te tome, i3. --.A 4.- Toca entidad -,,cus para su funcionamiento dependa., mayor 11 ar i anient e de la fidrnimstración (a nivel - v. U económico) no oueoe asegurar el mantenimiento oe su estruct uraci ón- a largo plazo. A no seraue: 6 l'V jj 1Í1 iíïOü ffifU CU '"SSCi li PO 5 - Sucia a la Aami ru st raci ón en el ofrecimiento, oe servicios y por ello goce oe un reconocimiento 001 *¡áv?j.P0,®b esX dssnoqaat «oi ©a X§Dfti5iM2-.~.£SS22 -íM ~ si 9i¡ oticcxk Marro ¿ t «suc Is «t®q oolafeei ss oso i - Su relación económica con la Aemimstración sea decido a la venta ce servicios a ést a o canaI i;zacos. - por ésta. «§!§ÍS¿í!2SSlfe_82úÍ3SáiiB-.2fi¿3Üá2IÍ~S2SS2Sfi & isb o·'íí'ïs¿ir i rte ir; am Ls ati&c ovia¿oab -•oíPfc'·T o*t fG — *& as --.-o í:. x babliúfe xtn ■ .= D ; i ;'-r- s i' " ''¿o , s o ¡e u oa b n 6 /. i s b s s ma aí a r e r-o Sí £ : ar o ii-fe i nia npavo :: í- .. ■■■:■ & isnsg f»í»ioaí«"fo"'»rt¿ ab aïí^ i £•» y i9"ic!lsa& eenío iis «febig'itf® «fevii*xoirt¿ ©m; «S ,afe-rrtsiíxa ? s a a csíciieoq eb c «m» ¿mi :c«caB i «a ©«toitfetfrefi so c&ítsc» «oc sol «icm.-.-o rió ¿ssxaoi's . c-bfeíjcstom Xa s áTfffifwiaco s "i o i à-tssï rfôit.în; -oí:" i: ¡a o si#» ïë ¿ a ■1!? 115 , « ®Pijvj& 9b ocibitut, © r»« imartabt© tu so feixa't *J - «V fe£ «o f •<;<;. «{ J ; : .,>.,1 ¡1 rí ' t-i 9U¡" SÍ6Í r/j.ÍC)6 i> Òi Oh Quins són els ingressos regulars al cap de 1' any D' ón provenen, deixant apart l'Administració Altres ingressos: §3 K... IIXâ 1 ... A H _I H _Mi Subvencions Caixes d-'-ÉW t'a (aiasiaigt-àSs13 ¿£41,1 1 Subvencions altres entitat privades (especificar entitat, quantitat i concepte) ; -,m.-IlIâlSâ A...Mñ-.;¿ü-3US..1Ï3AJ Quotes que paguen els socis i col·laboradors: £3Jââê!J-3.¿133^233. 21111YIÍ2/' Soci 5 n ñ s 1... A ... TU a.. H ,ï § A H§ . A ¿... 3 U 3 Col.Iaborador Percentatge aproximat de socis que no paguen Observacions . re s» àî w -vs i; a a C-- : • j 8V "i ¡ O 2.11 SI,? Quines són les despeses iriés importants al cap de l'ariy? «assenyalar tipus i xifres) Altres despeses menys importants: ML0RAÇI0_aUE_FA„LLENTREVlSTAÏ^_BS⣣Ç!£~&-4:â_EiLQSQF!.A jfcE J LLAUTOFINAN£AMEHT_I„DE„IHBËPiH&I|i£Iâ.-Ëg_tLâUlàlHlSÎEAgiâ:' ACTIVI TAIS Relació d'activitats que s'han fet durant l'any 1984 4„LLAÇlÈ_QUE„HL_HA„ASSimi_tíES_Ey&ki£*--ÒUàlJs„EBeN (els assistents) I_A_LLACXE_QyE_ÜI_.HAH_A§SISTLI_tífiiU£ AÇTI VIÏAIS_ERQJEÇTADES_PER_LL4HX„^gxyAL_t.i9â£Lv._INÇL0Eyï_Lʧ eUE_¿A_SLH4GIN_&UX_â_XERME sicsssscrsïEEeszEcsimcsEsecsoiecaKsivacsctacBssûiccxciKciccia Observacions Q'JTN PREU S'HA ESTABLERT P^ER A LA . CjtNT QUL_Hl_ALàiifeiA Socis No Socis SERVEIS_QUE_OFEEEI XEN EÍÍRI i.9.üèü20i._® i._£yne.i oni.!De nt A _g.ui.n_t LEUs_de _ye r s ones _van_d¿ri.git s_e 1 s _vos t re s _s e r ve i s2. Se r vei_s _gue _vol dr i_e u_of e r i r_i _ng_e s _Eosi b 1 e _f e r- ho ExEligueu-ne_el_ner_gué.L. EELAÇI0_AMB_ALÏEES_ENÍI1ATS Depeneu d" una altra entitat SI ( ) NO ( ) Oui na? Esteu en el local d" una altra entitat SI ( ) NO ( ) Oui na? El vostre local el comparteix un altra entitat SI ( ) NO ( ) Oui na ? Pertenyeu a alguna coordinadora o similar SI ( ) NO ( ) Oui na? Observacions ?. 1 3 LES_yosTRES_BEL¿ciONS_AfcíB_LLáBííLtilSIEAQLÓ_tíUliL£IEáLw_éCli_& ÜIVELL.DEL ( ) Alcaldia ( ) Regidoría ( ) Delegació de Serveis ( ) Consell de Districte ( ) Altres Especificar I_AMB_LA_GENÈB&LLIAÏ1 ( ) Presidència ( ) Conselleria ( ) Departament ( ) Altres Especificar AH0MENEy_LES_ciNC_EEiíiCiEáL5.BmiáI5-fiü6-KUIfiUEH-M-El VQSíE£_AMBiï_GEOGRAEL£ 1 2 3 4 5 COH_ANUNClEU_EL2_ÏQ§IEES_âCIESL En quina llengua? = sr=:=:s:=: = s:r:s:=r=:s==:=:s:5rï=s:E:»cx5 Observacions 2.14 BUTLLETÍ Editeu butlletí SI ( ) HO ( ) Per qué no? Cada quan surt? Nombre de planes Tirada Distribució Idioma emprat El teniu enregistrat SI ( ) NO ( ) On? full_informatiu Editeu full informatiu SI ( ) NO ( ) Cada quan surt? Nombre de planes I d i orna emprat esteu_subsçr1ts_a_alguna_publicaci 0 si ( ) no ( ) Quines? Heu tingut alguna amenaça de desnonament? SI ( ) NO ( ) Quantes vegades? Assenyaleu dates Observacions INTERCANVI Ey_INFORMACIO_AMB_ALTKt;^_tNTiTATbZ SI l ) NU l J Ouines? Intenteu resumir les vostres principals necesitats, a nivell general 1 ( ) 2 ( ) 3 ( ) 4 ( ) 5 ( ) 6 ( ) Utilitzant una certa fàbula, si os trobéssiu una "bareta màgica" quina d'aquestes necesitats li demanarieu que os resolgués en primer lloc? Assenyaleu amb ( x) Tornant a la realitat, quins mitjans coneixeu que puguin resoldre aquestes necesitats? 1 ( ) 2 ( ) 3 ( ) 4 ( ) 5 ( ) 6 ( ) Quins d'aquests mitjans heu emprat?. Assenyaleu amb (x) 2.16 Cünsidéreu Que hauria d' existir una llei que obligués a 1" Administració a subvencionar determinades tasques? SI ( ) NO ( ) Quines tasques? Per qué? Heu utilitzat el local d'una altra entitat, per a alguna activitat concreta? SI ( ) NO ( ) Oui na ? Per a quins actes? Creieu que l'Administració (Ajuntament, Generalitat, Diputació, Organismes de l'Estat, etc.) podria utilitzar la vostra entitat com a mitjà d'oferiment de serveis? SI ( ) NO ( ) Expliqueu-ne les raons, si un plau. 2.17 Para la elaboración definitiva del cuestionario se hicieron tres entrevistas-muestra, que sirvieron para la confección del mismo y para situarnos en el campo de análisis. Las entrevistas definitivas se hicieron con preferencia al presidente de la entidad, aunque en los casos que éste fué de designación reciente, se complementaron los datos con algún miembro de la Junta que hubiera vivido todo el proceso histórico de la asociación. Las entrevistas se realizaron con ayuda de grabadora, salvo en un caso por propia sugerencia de la persona entrevistada. Aún y así, las entrevistas tuvieron una duración mínima de una hora y media y máxima de tres horas. Se intentó en todo momento realizar las entrevistas en el propio local social de la entidad. Ello no siempre fué posible, por dos razones: 12 Entidades que no disponen de local social. 22 Entidades cuyo local no era utilizable en aquel momento por motivos varios. El primer caso se resolvió entrevistando al presidente de la asociación en su domicilio particular, que por lógica es donde se guardan los documentos inherentes a la entidad. En el segundo caso, el entrevi stador visitó el local social de la entidad en otro momento a lo largo del tiempo que ha durado el estudio. La última página del cuestionario se dejaba en poder de la persona entrevistada para su posterior reenvío. Evidentemente este sistema no dió el resultado apetecido pero si el esperado. Un 20% de las asociaciones no rellenaron esta parte del cuestionario, cuyas cuestiones se hallaban parcialmente expuestas a lo largo de la parte que quedó en poder del entrevi stador. De los aspectos de las entrevistas, que reflejaban la opinión de las asociaciones respecto a sus relaciones con la Administración, en sus aspectos sociales y económicos, se ha hecho un extracto y las más interesantes se incluyen al final del estudio. La acogida por parte de las personas entrevistadas ha sido muy favorable en todo momento, mostrándose con muchas ansias de colaboración, ofreciendo siempre su disposición para aclarar cualquier duda que pudiera aparecer. La práctica totalidad de las mismas, me pidió que una vez finalizado el estudio les facilitara los resultados para su propio conocimiento. Aprovecho este apartado para agradecerles su colaboración. 2.18 2. PRESENTACION Toda sociedad sometida, por parte de la Administración, a unos esquemas políticos rígidos, no puede estructurarse sino mediante organizaciones asimismo rígidas. Parece evidente que ésta es la única fórmula que les puede permitir el mantenimiento de una oposición sistemática. Es esta coyuntura política sólo organizaciones con un alto grado de disciplina interna pueden aspirar a su supervivenci a. No obstante, a medida que avanza el proceso, la necesidad de coordinación de estos grupos se muestra por medio de organizaciones externas paralegales, que ellos mismos han ayudado a crear, mediante las cuales es posible de conectar con el ciudadano de manera más amplia con el fin de activarlo política y socialmente. Las asociaciones o coordinadoras así creadas responden pues, a dos demandas diferentes: a) Por un lado permiten a diferentes partidos políticos, una plataforma de relación entre ellos y la adopción de acciones coordinadas. b) Por otro lado, les asegura fomentar unas relaciones entre ciudadanos y exponer reivindicaciones frente a la Administración, mediante la movilización de los vecinos, que no podrían hacerlo desde una óptica estrictamente clandestina. La política del régimen franquista supuso la disolución de todo el tejido asociativo y en consecuencia, la debilidad de la sociedad civil. Las causas de este hecho son obvias y no es necesario analizarlas aquí. Las consecuencias no obstante, perduran una vez superada la política dictatorial y provocan unas deficiencias détectables hoy día. Por tanto, es preciso situar estas consecuencias en sus justos términos. Para ello debemos centrarnos en dos ejes básicos: Administración y Sociedad Ci vi 1. 2.19 Proceso administración-sociedad Los detentores del Poder Público en una Administración monolítica, no aspiran sino a su propio encubrimiento, de ahí que cualquier proceso de estructuración de la sociedad pueda significar un intento de cuestionar su bagaje político. Y en consecuencia un control de su praxis política. Razón por la cual, su actitud más coherente sea la de evitar a toda costa la coordinación del subordinado. Sí a esto le añadimos que todo Estado, cualesquiera que sea su coyuntura política, va a remolque de las iniciativas surgidas en el seno de la sociedad, nos encontramos con que el ordenamiento jurídico-1 égal de las asociaciones, es tardío y responde más a un mecanismo de control que a un reconocimiento de su interés público. Por otro lado, la sociedad civil en condiciones de clandestinidad o semi-clandestini dad utiliza cualquier mecanismo legal para organizarse, e independientemente del marco de actuación reconocido en sus estatutos, actua en confrontación con el Poder establecido. Dicho de otra manera, el rol de las organizaciones sociales en un Esisdo no democrático es primordialmente político. Es cuando varía la situación política, que se ponen de manifiesto las deficiencias de dichos planteamientos. No existe por parte de la nueva Administración una conciencia de estructuración de la sociedad civil, por afrontar en primer lugar otras cuestiones que aseguren la propia estructuración del aparato del Estado, dejando en segundo término sus relaciones con la sociedad y por ende negando a ésta la utilización de la infraestuctura estatal. Exceptuando aquellas organizaciones políticas o sindicales, de las que las nuevos mandatarios proceden y cuyo di stanciamiento de la sociedad es directamente proporcional a su acercamiento a los órganos de la Administración. En lo que respecta a las asociaciones, el cambio de situación política les deja sin el objetivo que hasta el momento les ha sido clave en su funcionamiento. A partir de la asumción de sus propios estatutos deben plantearse nuevos modelos de actuación para alcanzar sus objetivos. El hecho de la legalización de los partidos políticos conlleva el abandono de sus militantes que actuaban en las asociaciones, para dedicarse de lleno a una tarea política. De ahí que el movimiento asociativo pierde con este paso unos experimentados cuadros. Sus continuadores, generalmente "segundones" en la etapa anterior no disponen de la capacidad política característica de sus predecesores y en un largo proceso de ambigüedades y replanteamientos, dejan de ser movimiento aglutinadores para convertirse en entidades, cambiando a la vez su discurso político por un discurso técnico, en el cual la nueva administración se ha especializado. 2.20 A nuestro entender, ha sido éste el proceso seguido por el movimiento asociativo barcelonés y catalán, caracterizado fundamentalmente por las "associacions de veïns". Que desde la llegada de la democracia a la Administración Local, se ha proyectado, mediante un cierto movimiento de centrifugación, desencanto y apatías hacia nuevas experiencias. Estas últimas son las que interesa analizar para dilucidar que hay de realidad en la denominda "desarticulación actual de la sociedad civil". El hecho de que un movimiento social genere nuevas experiencias puede suponer que ha llegado a su cúspide y delege funciones ante el empuje de nuevas corrientes. No obstante y contrariamente a lo sucedido en el período 1974-76, en que la creación de nuevas AA. VV. obedecía a un proceso expansivo y de descentralización de sus funciones, en la actualidad el surgimiento de nuevas experiencias es como consecuencia de su propio debilitamiento. Como analizaremos más adelante, muchas de las personas sean las mismas, los métodos y fines difieren por su considerablemente. Situado pues, el proceso histórico a grandes rasgos, pasemos a analizar las nuevas asociaciones. Objetivo fundamental del presente estudio. Debemos constatar para evitar confusiones, que no todas las asociaciones ni los ámbitos de interés de las mismas, proceden de un mismo movimiento. En algunos casos, el proceso generador ha sido paralelo a las AA.VV., pero como sus objetivos eran muy concretos, han actuado independientemente del movimiento vecinal. Como veremos más adelante, este sería el caso de Rosa Sensat. Por lo que respecta a nuevas experiencias o asociaciones innovadoras que se han generado en los últimos cinco años, es lógico que lo hicieran al margen de las AA. VV. Toda vez que éstas se hallaban en un proceso de regresión como se ha señalado. Para el análisis del asociacionismo actual es preciso disponer de un marco global donde situar las distintas experiencias. 0 sea, se hace necesaria la disponibilidad de una tipología. Los censos que se han publicado en Catalunya referente a este tipo de entidades, utilizan distintas tipologías, caracterizadas todas ellas por la falta de una teorización que las justifique. Por ello, creemos necesario analizar las más usadas.: 3. TIPOLOGIAS UTILIZADAS EN CATALUNYA 3.1 "Atlas Cultural de Catalunya" Este atlas, como su nombre indica, es una enumeración de las distintas entidades existentes en Catalunya distribuidas comarcalmente. Fue realizado por el Laboratori de Sociologia de 1" Institut Catòlic d' Estudis Socials de Barcelona (ICESB) por encargo de la Fundació Jaume Bofill y el Ayuntamiento de Barcelona, quien sólo dispone de los datos referentes a su demarcación. En su elaboración se emplearon tres años y como explica en su introducción metodológica el proceo seguido fue: "Durant més d* un any es va recercar diàriament i minuciosament en quatre periòdics editats a Barcelona i en tota la premsa comarcal que en fou possible de tenir a 1' abast, tota mena d'informació sobre l'existència d'entitas. Això ens va donar un primer fitxer. Aleshores es va procedir a enviar una còpia de totes les fitxes a cada municipi al regidor de cultura; amb la qual cosa trobem a Catalunya 26.000 fitxes." El procedimiento utilizado es cuestionable en algunos aspectos, puesto que, en el período 1980-83 (fechas de realización de dicho Atlas) el movimiento asociativo se hallaba en un momento de indefinición, lo que permite suponer que la creación y desaparición de entidades se ha elevado. Por tanto una vez terminada la etapa de elaboración de fichas posiblemente algunas entidades habían dejado de existir y a su vez hubieran surgido otras nuevas. Por otro lado, y como reconocen sus propios autores "Dir que Catalunya és un país farcit d'entitats és cosa sabuda. Que gran part d'aquestes entitats van per lliure, és a dir, al marge de reglaments que manen tenir estatus i inscriure's en un Registre, és cosa fàcilment observable. . . " De ahí se deduce la posibilidad de no incorporar todas las entidades existentes, debido a su escasa repercusoón y por tanto relegadas de la prensa diaria. Asimismo es notorio el desconocimiento de los Ayuntamientos de grandes poblaciones, de la realidad asociativa de sus vecinos. En dicho estudio se establecen tres grandes grupos: a) Grupos o Entidades b) Equipamientos c) Medios de comunicación social En la elaboración del censo, se abren fichas para cada uno de los componentes de cada grupo, así pues una entidad que disponga de sala de arte, archivo o biblioteca y 2.22 además edite algún boletín recibe varias fichas cuando en realidad se trata de una sóla entidad. Por tanto 26.000 fichas no corresponden a 26.000 entidades. Asimismo en dicho atlas se reflejan cines, clubs de Futbol, Cooperativas y Partidos políticos y sus formas juveniles, y exprofesamente "Ens ha semblat avinent de no fer constar en aquest Atlas, les entitas següents, tot i que les tenim enregistrades: - Sanitat - Religioses - Professionals - Ensenyament" Ho obstante la deficiencia fundamental para cualquier estudioso que lo utilice, es la falta de teléfono de contacto de cada entidad, lo que presupone la utili2ación del correo o de desplazamiento personal para conectar con ellas. Y evidentemente ambos métodos presentan sus partes negativas, lento e inseguro el primero y sumamente costoso el segundo. ?. 2 3 En lo que se refiere a la tipologia o nomenclatura utilizada ésta es: a) Grupos_o_Enti dades 1- Literarias 2- Musicales 3- Teatrales 4- Artes plásticas 5- Otras artísticas 6- Deportivas 7- Recreativas 9- Científicas 9- Cívicas 10- Político-Sociales 11- Cooperativas 12- Folklóricas 13- Juveniles 14- Tercera Edad 15- Benéfico-asistencial b) Eguj.pami entos 1- Bibliotecas-Archivos 2- Salas de arte-Museos 3- Sal as - Es pectáculos 4- Cines c) Me.íiL2s._àe._GeEDiínL£a£.icn_Sa£i.al 1- Publicaciones 2- Radio-TV 2.24 Dicha obra puede consultarse en la Unitat Operativa d'Estadística del Ayuntamiento de Barcelona, en lo que se refiere a datos de la Ciudad y en la Fundació Jaume Bofill para el resto de Catalunya. Asimismo se halla copia de las fichas en el Laboratori de Sociologia de l'ICESB. Antes de pasar al análisis de otros estudios, constatamos algunos datos reflejados en dicho Atlas: "Barcelona ciutat, no queda inclosa dintre d'aquest Atlas, tot i ésser la capital. La ciutat de Barcelona és un cas que cal tractar diferentment. Notem que Barcelona sol, té més d' un terç de totes les entitas i associacions de Catalunya,." "El Barcelonès té 1194 entitats o associacions." "L'esport representa gairabé el 4056 de totes les entitats." "En ordre d' v'mportànci a i amb nombres absoluts, segueixen les entitas recreatives." "La qüestió cívica, entesa en un sentit ampli queda ben representada amb 103 entitats." 2.25 3.2 Guías DOC Estas guías son realizadas y actualizadas periódicamente por el Institut de Sociologia Aplicada (ISPA) por encargo del Centre de Documentació d'Equipaments i Serveis Socials de Catalunya i Balears. Dependiendo de la Obra Social de la Caixa de Pensions. Utilizan un doble criterio de ordenación: a) Tipología de las entidades b) Distribución geográfica a) La tipología utilizada se divide en cinco grandes bloq ue s : 1- Centros culturales y recreativos en general (entidades que en un sentido muy amplio se relacionan con la cultura y con la ocupación del ocio. Asimismo figuran todas aquellas entidades de díficil clasificación en otras apartados de esta GUIA) 231 centros en Barcelona ciudad. 2- Corales y Agrupaciones Folklóricas (incluyen también las instituciones dedicadas al estudio de la etnografía y el folklore de Catalunya) 131 centros en Barcelona ciudad. 3- Asociaciones cívicas y sociales (asociaciones de vecinos, Casas regionales, Centros Sociales, de animación cultural) 170 centros en Barcelona ciudad. 4- Excursionistas y educación del Tiempo Libre 209 centros en Barcelona ciudad. 5- Entidades de Alta Cultura, Museos y Exposiciones (incluye asimismo salas de exposiciones no comerciales) 77 centros en Barcelona ciudad. 2.26 b) Las entidades están distribuidas comarcalmente y en el caso de Barcelona ciudad, su distribución geográfica se corresponde con los Distritos Municipales. Enumeración de los servicios Esta guía no se limita a la simple enumeración del nombre de las entidades sino que hace una breve descripción de las características fundamentales de cada entidad. Lo que la hace sumamente útil. A cada centro le corresponde una ficha numerada en la que se ofrecen las siguientes datos: - Denominación - Dirección i teléfono - Dependencia - Húmero de socios y cuotas que pagan - Fecha de inicio de sus actividades - Servicios que ofrecen y actividades que reali2an - Días y horas de funcionamiento - Condiciones de admisión El sistema utilizado para la elaboración de estas guías es parecido al de Atlas de Catalunya, pues se basa en ex análisis de las prensa diaria y comarcal para detectar a nuevas entidades. No obstante, puesto que las primeras guías proceden de datos recogidos entre Octubre-1977 y Julio-1980, actualmente sólo deben actualizarse. En este proceso, se sirven de las fichas anteriores, mandando copia de ellas a la entidad correspondiente con el fin de plasmar su dinámica y ofrecen nuevos datos de interés. La prensa entonces, sirve como descubridora de nuevas asociaciones. En el supuesto que una entidad no conteste la ficha y exista certeza de su funcionamiento. Ésta figurará en la GUIA con sólo los datos externos, Denominación y di recci ón. Estas guías pueden consultarse en cualquier entidad pública que disponga de biblioteca o solicitarse directamente a la Obra Social de la Caixa de Pensions. El principal problema de estas guías radica en que las entidades están catalogadas en grandes grupos. Ho obstante, los datos que ofrecen y su actualización periódica las convierte en obras de consulta indispensable. 3.3 Unidad Operativa de Estadística En lo que se refiere a la clasificación utilizada, por el Ayuntamiento, por medio de la Unitat Operativa d'Estadística, ésta está siendo redactada y codificada de nuevo para facilitar la labor a los informadores de oficinas municiaples. Así pues, creemos conveniente señalar los ejes básicos de esta nueva codificación, toda vez que la anterior dejará de usarse en cuanto entre ésta en vigor. En el apartado de Instituciones y Asociaciones se hacen nueve descripciones: 1- Instituciones culturales i científicas 2- Asociaciones recreativas-culturales, de recreo 3- Asociaciones en defensa de..., Re i vindicat i vas 4- Movimientos asociativos vecinales 5- Partidos políticos, sindicatos y patronales 6- Clubs de opinión, ateneos libertarios, tertulias 7- Asociaciones profesionales, comerciantes, fabricantes, empresarios 8- Asociaciones religiosas, nobleza, militares, Ordenes 9- Fundaciones protectoras-asistenciales El primer código incluye desde las Reales Academias, hasta los Servicios de estudios de barrio y Institutos Estranjeros en Barcerlona. En el segundo código, hay siete subdivisiones: 2.1- Grandes entidades polivalente 2. 2- Por razón de una afición 2. 3- Por razón del lugar de nacimiento 2. 4- Por razón de edad 2. 5- Por razón de una vivencia pasada en común 2. 6- Por razón de una situación personal-especial 2. 7- Otras 2.28 En el código de "asociaciones en defensa de..., reivindicativa" encontramos la siguiente descripción: 3.1- Auxilio, Derechos Humanos, Tercer mundo 3.2- Por razón del concepto de la vida 3.3- Otros colectivos marginados por la sociedad 3.4- Por razón de estado civil i situación familiar 3.5- Consumidores y usuarios 3.6- Asociaciones padres de familia 3. 7- Otras por razones de. . . El resto de apartado hasta completar la parte de "Instituciones y Asociaciones" no está todavía desglosado en el momento de redactar este estudio. Es esta clasificación no obstante, la primera que se ha planteado unas subdivisiones coherentes, que responden a unos critérios y fácilmente tabulables toda vez que se halla informatizada por lo que se manejo es muy ¿gil. 3. 4 ADDES Revisadas pues las cíasificaciones más utilizadas para enmarcar los distintos grupos, pasamos a revisar la construcción de una nomenclatura funcional de las asociaciones, que a nivel de trabajo experimental se ha realizado en Francia y que por las deficiencias señaladas en las tipologías anteriormentes descritas 1 a hemos usado para selecionar las distintas entidades entre vistadas. Por esta razón debemos explicitar los grupos y subgrupos que conforman esta nomenclatura. La presentación de este estudio se realizó el 20 de Junio de 1984 con el título de "Les Associations dans la Statistique de l'Economie sociale", su autor M. Dominique DERVELLE pertenece al Institut National de la Statistique et des Etudes Economiques. Los grandes apartados que han elegido para la elaboración de esta nomenclatura responden a siete ejes fundamentales: 2.29 1- Una nomenclatura funcional de actividad (que respondería al QUE?) Esta nomenclatura se basa, no solamente en la actividad elemental de la asociación, sino que hace referencia a los grandes dominios de la vida colectiva, en los cuales la actividad de estas asociaciones se inserta. 2- Una nomenclatura analítica de las personas agrupadas para la asociación (en respuesta al QUIEN? Agrupa los criterios específicos definiendo los grupos coordinados por la asociación; posición en el ciclo de vida, categoría socio-profesional, pertenecer a una misma empresa o establecimiento, origen geográfico, etc. 3- Una nomenclatura-análoga a la anterior de las personas afectadas por la actividad de la asociación (responde al PARA QUIEN?) 4- Una nomenclatura del campo de acción geográfico de la asociación (DONDE?) 5- Un código de "pertenecer" a una federación confederación (CON QUIEN?) 6- Un código localizado de residencia social (alcaldía, otro edificio público, café, etc.) Este código no permite responder a una cuestión específica, pero nos ofrece indicaciones fragmentarias sobre una cuestión complementaria (a la cual, los organismos oficiales de Francia no aportan respuesta alguna. 7- Una nomenclatura de financiación principal de la asociación (QUIEN PAGA) La actividad de la asociación se financia principalmente por la venta de bienes y servicios, subvenciones, cotizaciones, colectas, etc.) 2.30 Con todo ello, se establecen diez grandes grupos que corresponden a otras tantas funciones. Cada una de estas funciones se divide en varias sub-funciones y éstas a su vez se subdividen en agrupamientos elementales. Para facilitar la lectura, señalamos solamente las funciones y sub-funci ones de esta tipología, incluyendo la presencia con los agrupamientos elementales, a nivel de anexo del presente estudio. EUMES SIMUNES 01 Asociaciones pocliticas 02 Asociaciones cívicas y filaniópicas 03 Asociaciones religiosas 04 Investigaciones de carácter general 0 ïida.Èllliliiâ 05 Justicia 06 Seguridad interior 07 Relaciones exteriores 0Ë Ejército, Defensa nacional 1.0 Asociaciones de cáracter general 1.1 Asociaciones de padres de aluinos 1.2 Organisios de gestión de establecimientos de ense¬ ñanza (enseñanza privada! 1 EitlàilíH-ï 1.3 Enseñanza especial E0S£oóL¿a 1.4 Enseñanza superior 1.5 Fonación continuada, fonación persanente 1.6 Deporte escolar y universitario 1.7 Otros servicios 2.31 F'-.i.i«ri«fwyac»c* SílMCMS 2.0 Asociaciones de carácter general 2.1 Información. Comunicación 2.2 Práctica de actividades artísticas 2 ¡¡¿Usa 2.3 Preservación del patrimonio ïi&JiKiil 2.4 Acción socio-cultura! 2.5 Clubs Deportivos 2.6 Actividades al aire libre 2.7 Clubs de ocio 2.6 Amigables 3 Ssíiiijt 3.0 Asociaciones de carácter general 3.1 Asociaciones especializadas 4.0 Asociaciones de carácter- general 4.1 Dolencias físicas y psíquicas 4.2 Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales 4 IülSL¥£ll£M!lK 4.3 Ayuda a Tercera edad SSiiilíS 4.4 Infancia y adolescencia 4.5 Familia 4.6 Ayude a parados 4.7 Diversas 5.0 Asociaciones de carácter general 5.1 Asociaciones de propietarios 5.2 Asociaciones de inquilinos 5.3 Asociaciones de vecinos de or, inmueble! de una ciudad 5.4 Hej or asiento de inmuebles existentes 5.5 Comités profesionales o interprofesionales de inquilinos 2.32 syË-.Eyy;ioiit£ 6.0 Asociaciones de carácter general £ iltiitttllfi 6.i Red viaria y servicios urbanos ytitâM 6.2 Transportes colectivos urbanos ¿.3 Mejoras urbanas 7.0 Asociaciones de carácter- general 7.1 Comunicación y servicios rurales 7 Desjrrelle rural y 7.2 Mejoras rurales ISͧL3i.á£LtSEáíÍB 7.3 Mejoras de las aguas Diiucal 7.4 Preservación del espacio natural 8.0 Usuarios de transporte S Transporte y 8.1 Aire y transportes aéreos Coiunicacicnes 8.2 Correos y telecosunicaciones 6.3 Diversos 9.0 Asociaciones de carácter general 9.1 Defensa de intereses econóncos regionales y locales 9.2 Uniones Patronales 9.3 Asociaciones de asalariados 9.4 Asociaciones de trabajadores agrícolas 7 L!lííDió_¿£ 9.5 Sindicatos, asociaciones de iüiitütS artesanos y comerciantes £¿2BÓIÍ£6S 9.6 Grupos de defensa de intereses ÉMualíS de profesionales liberales, sindicatos de artistas no asalariados. 9.7 Inactivos, parados 9.8 Asociaciones de consumidores 9.9 Asociaciones familiares Esta tipologia no es todo lo perfecta que cabria esperar, porque responde a la realidad de otro pais. Seria necesario adaptarla a la realidad asociativa de Catalunya, y para ello se deberia hacer un censo exhaustivo y conseguir colaboración de los organismos de la Administración y Centros de Estudios para establecer unos criterios de aceptación general con el fin de utilizar una tipologia única. Como puede comprobarse en el anexo citado (1) los agrupamientos que configuran las sub-funci ones, están sumamente determinados y concretados, cuando en nuestro caso son funciones de una misma asociación. No olvidemos que en Francia la Ley de Asociaciones fue credada en 1901 y en nuestro pais lo fue en 1964. Ahora bien, es esta la tipologia más completa a la que hemos tenido acceso y en consecuencia la que nos ha permitido elegir una muestra de asociaciones a analizar. (1) "Les Associations dans la Statistique de l'Economie Soci ale." H. Dominique DERVELLE. 2.34 4. ANALISIS EXPERIENCIAS 4.1 Criterios para la selección de las Asociaciones Una vez situadas las asociaciones en un marco global con funciones descritas hemos utilizado un criterio doble en la selección de entidades a analizar. Por un lado, enmarcadas en la tipologia descrita y por otro, aquellas entidades de un carácter marcadamente innovador, tanto en lo que se refiere a sus actividades com por su funcionamiento interno. Asi mismo hacemos referencia a aquellas experiencias que sin ser asociaciones propiamente dichas, ofrecen unos servicios al ciudadano (que este recibe) de manera gratuita. Cabe señalar, antes de analizar las entidades entrevistadas, que un estudio de estas características no puede en ningún caso considerarse cerrado y que deberá ser ampliado continuamente en la medida que se detecten nuevas experiencias, ello por diferentes razones: a) En el presente estudio no hacemos sino, iniciar un tema que ha estado ignorado en nuestro pais, esto conlleva la posibilidad del análisis parcial y dejar en el tintero elementos reflexivos interesantes. Nos atreveríamos a decir que este estudio no es más que una primera aproximación. b) Como se ha descrito anteriormente, no existen en nuestro pais organismos que nos permitan conocer nuevas experiencias, mas que cuando estas son noticias détectables para la prensa. Las actualizaciones de los censos de entidades se realizan en unos períodos mínimos de 4 o 5 años y como hemos observado, el movimiento asociativo es sumamente fluctuante. c) El carácter innovador del estudio no nos permite analizar el fenómeno desde una perspectiva histórica ni basarnos en otros estudios realizados anteriormente por otros autores. Hechas estas salvedades, veamos las experiencias que se han elegido para su análisis: 1. Associació Sagrada Familia per a ancians. 2. Associació contra l'atur de Càritas Diocesana de Barcelona. 3. Federació associacions pares d'alumnes de Catalunya. 4. Amics de la Ràdio i Televisió (de Cardedeu). 2.35 5. Coordinadora Jubilats i Pensionistes de les Associacions de Veins. 6. Organització Consumidors i Usuaris de Catalunya. OCUC. 7. Associació Hestres de Rosa Sensat. 8. Associació d'Educació Permanent d'Adults. AEPA. 9. Servei de Biblioteques Escolars "L'Amic de Paper". 10. El Cop. Vilafranca del Penedès. 11. Associació internacional de Vacances Socials -INTERVAC- Barcelona. 12. Associació de Joves contra l'atur. Montcada i Reixach. 13. ESPORT- LLEURE. Mollet. 14. Club Infantil i/ Juvenil de Bellvitge. L'Hospitalet Llobregat 15. Associació de veïns de Sant Andreu Otras experiencias 16. Premsa gratuïta "LA FURA". Vilafranca del Penedès. 17. Ajuts a domicili per a persones disminuïdes. Sagrada Familia. 2.36 1. ASSOCIACIÓ SAGRADA FAMILIA PER A ANCIANS Nacimiento y finalidades Esta asociación surgió en el año 1981, con el fin de afrontar las necesidades asistenciales de los ancianos con escasos recursos económicos. La mayoría de ancianos que esta asociación cobija no tienen otros ingresos económicos que el FAS (desde el 1 de junio, 12.000.- ptas. al mes) y otros no disponen de ningún ingreso. Ambito geográfico El ámbito geográfico de actuación de esta asociació se enmarca en el arciprestazgo de la Sagrada Familia, que comprende cuatro parroquias y sus funciones entran en el ámbito de tres Distritos municipales distintos. Patrimonio/Objetivos conseguidos En los cuatro años de funcionamiento han creado dos Residencias de ancianos. Una de normal y otra asistida con equipo médico las 24 horas. En cada Residencia se da cobijo a 14 ancianos. Esto conlleva una larga lista de espera puesto que la rotación se produce por causas naturales. Estas Residencias han sido creadas y cedidas por la Fundación Félix LLobet que carga con los gastos de alquiler y mantenimiento. Organización interna En su cuestión social, disponen de 400 socios, con una dedicación y cuota evidentemente altruista puesto que no reciben nada a cambio ni se trata de una asociación que defienda (de manera directa) sus intereses. Simplemente aportan una cuota voluntaria para el mantenimiento de los fines asistenciales de la entidad. En lo que se refiere a su movimiento social, este es escaso, pues se situa en orden de 4-5 bajas en cada período anual. La Junta Directiva la componen cuatro miembros: Presidente, Vicepresidente, Secretario y Administrador de edades comprendidas entre 35 años (Secretario) y 65 (Presidente). De estos miembros se deben hacer algunas salvedades, pues las diferencian de las asociaciones standar. No existe votación en los cargos de presidente y administrador por ser el primero, el arcipreste de la Sagrada Familia y el segundo una persona contratada para el control administrativo de la entidad, a pesar de asumir los planteamientos vocacionales de la entidad. La sustitución del presidente va ligada ai cambio de arcipreste. Todos los miembros de la Junta se hallan en situación laboral de trabajo fijo, a excepción del vicepresidente que por su condición de profesional liberal se halla sujeto a encargos 2.37 esporádicos. En lo referente a su nivel cultural. Dos de sus miembros son licenciados y otros dos con estudios medios. No olvidemos, por lo que hace a situación laboral y nivel de estudios, que el presidente es cura. Situación económica La entidad ofrece puesto de trabajo a 20 personas: 8 en la Residencia normal y 12 en la asistida. Este personal está contratado y dado de alta en la Seguridad Social. Este capítulo es el más costoso para la entidad que no tiene una fuente de ingresos fijos y concretos. El coste asistencial por persona y mes es de 33.000 ptas. en la Residencia normal y de 44.000 ptas. en la Residencia asistida, lo que nos lleva a un coste anual de 12.936.000 ptas. solo en su parte asistencial. Por lo que respecta a los ingresos, estos se basan en cuatro partidas distintas: a) Precio que paga el anciano internado. Este precio es equivalente al 75% de sus ingresos. b) Cuotas voluntarias de los socios (alrededor de 200ptas. / mes) . c) Subvenciones de la Administración. d) Campañas concretas de recogida de fondos. Durante 1984, aparte las fuentes de ingresos señalados recibieron una aportación de 300.000 ptas. por parte de la asociación de vecinos Sagrada Familia. Cantidad que provenía del reciclaje de vidrio en los contenedorres del barrio. Como en la mayoría de entidades entrevistadas, el presupuesto se proyecta en función de los ingresos habidos en el último ejercicio. En la asociación que nos ocupa, también se realiza de igual manera reservando no obstante, un remanente que les asegure el funcionamiento de un ejercicio anual. Uno de los elementos a tener en cuenta en todos los análisis de las asociaciones, es saber sus recursos económicos cuando las fuentes de financiación quedan por debajo del presupuesto establecido. En el caso de l'Associació Sagrada Familia per a ancians, y en razón de sus relaciones con la iglesia, ésta hace un llamamiento a la población utilizando su infraestructura. Nos referimos siempre al ámbito de arciprestazgo de la Sagrada Familia. Defi ciencias Las deficiencias se hallan determinadas por su 2.38 escasa capacidad económica. La teoría es que si dispusieran de mayor capacidad adquisitiva podrían ampliar sus servicios a más gente. A pesar de que conocen perfectamente las condiciones socio-económicas de su ámbito geográfico, no mantienen demasiada relación con otras entidades. Pues dejando a parte el hecho de la "subvención" por parte de la A.V.Sagrada Familia no intercanvian información con ninguna otra entidad. La proyección externa se realiza exclusivamente mediante los canales eclesiásticos a su alcance. Por si mismo no editan boletín ni hoja informativa, utilizando en contadas ocasiones carteles para actos concretos. El idioma usado es siempre el catalán. 2.39 2. ASSOCIACIÓ CONTRA L'ATUR DE CARITAS DIOCESANA DE BARCELONA Asociación sin reconocimiento jurídico civil, pues pertenece como apartado de la Institución Càritas Diocesana. Sus objetivos fundamentales son dentro del marco general de Caritas: "Aspecto social de la Iglesia, Trasvalse de bienes entre las comunidades y los individuos", la parte correspondiente a la lucha contra el paro. Su creación data de Febrero 1982. Su ámbito de actuación geográficase circunscribe en la demarcación del Obispado de Barcelona, aunque sus experiencias han servido para crear dentro de Caritas organizaciones similares en otras latitudes de Catal unya. Al funcionar como delegación dentro del marco jurídico de Cáritas, no disponen de Junta Directiva, sino de un Director propuesto por Cáritas. No disponen de socios específicos para su departamento, a pesar de recibirse dentro de Cáritas donativos esporádicos para las funciones, de esta asociación. Situación económica Sus planteamientos no parten de la base de entregar dinero a la persona que se halla en paro, sino de ayudarla en la creación de nuevas alternativas económicas. De ahí que una de sus principales actuaciones sea la ayuda en la puesta en marcha de cooperativas y en el reciclaje profesional. El presupuesto anual del ejercicio 1984 fue de 40.000.000 ptas sin recibir ninguna subvención de la Administración. Esta aportación corresponde exclusivamente de los fondos de Cáritas y de los donativos específicos que se reciben para esta asociación. El desglose de sus gastos fue : Destinado a pagar alquileres de personas en paro el 25% del presupuesto Deshaucios 11,8% Deudas adquisición viviendas 10,4% Alimentos, agua, luz. . . 38, 8% Tratamiento médico 5% Viajes, retornos al lugar de origen 2,1% Otros 6,5% Como hemos observado Cáritas afronta directamente estos pagos, sin que el dinero pase por manos de la persona que sufre el problema. 2.40 Proyección externa Para la divulgación externa utilizan todos los medios de comunicación, por lo cual existe un departamento ce medios de comunicación dentro de Cáritas. Utilizan indistintamente el idioma catalán y el castellano. Editan boletín (Cáritas). Y están suscritos a otras revistas, tales como "Cooperació catalana", "Boletines ce Ocupación". De la misma manera intercanvian información con otras entidades: Administración, ESICO, etc. Deficiencias Consideran que una de las principales necesidades con que se encuentra el parado es la falta de capacitación propia y su escasa cualificación profesional. Asimismo es notoria la falta de imaginación y creatividad. Estas deficiencias deberían ser suplidas por la Administración, toda vez que la Iglesia suple muchos servicios que corresponden a la Administración. "A menudo la burocracia que caracteriza a los aparatos del Estado, dificulta enormemente la estructuración de la sociedad civil. Estas deficiencias en variados ódenes son détectables en diversas entidades. En el caso de 11 as-soci aci ó contra 1' atur de Cáritas, la lentitud de trámites del INEM, han conseguido que cuando éste determina a una persona para llevar a término unos cursos de reciclaje, éstos ya se han realizado. Lo que conlleva que Cáritas debe correr con los gastos de contractación del personal." 2.41 3. FEDERACIÓ D'ASSOCIACIONS DE PARES D'ALUMNES DE CATALUNYA-FAPAC Entidad que agrupa a las distintas asociaciones de padres de alumnos de Catalunya. Están organizados siguiendo las divisiones territoriales que establecen las provincias. En nuestro caso nos basaremos en la correspondiente a Barcelona. El proyecto de creación surgió en 1975, iniciando las actividades en 1977 y fué legalizada por el Ministerio de la Gobernación en 1979. Las finalidades primordiales de su creación se basan en dos aspectos fundamentales: 1. Potenciar el movimiento de asociaciones de padres de alumnos. 2. Como instrumento de servicio a las actividades de dichas asociaciones, consideran como uno de los objetivos conseguidos el hecho de la "constante preocupación de los nuevos servicios a crear". Organización interna La Federación la constituyen 350 socios de pleno derecho a nivel de Catalunya y 750 socios adheridos. La explicación de ello consiste en que, al igual que otras entidades que hemos analizado, los socios no los son a nivel individual, sino como asociaciones de ámbito de escuela. Han calculado que desde el momento en que una asociación de padres hace uso de la Federación, hasta que decide federarse transcurren dos años, pues cualquier socio, sólo puede ser miembro de la Federación si previamente una asamblea general de la escuela, decide federarse. Por lo general, en las escuelas solo se hace una asamblea general anual. De ahí, el desfase entre socios de pleno derecho y socios adheridos. En el seno de la Federación hay unas quince personas activas de manera altruista. Calculándose además que en cada asociación de padres existen unas 4 o 5 personas activas. El número de personas que directa o indirectamente se benefician de sus servicios es de muy difícil cuantifi cación, pues calculando sólo los beneficici ados de las asociaciones federadas deben situarse del orden de 400 o 500 familias por escuela. De manera indirecta se benefician todas las familias con hijos en edad escolar. Durante el ejercicio 1984 se federaron 59 nuevas asociaciones, sin que se registrara ninguna baja. 2.42 La Federación se rige por una Junta Directiva, compuesta por cuatro miembros de edades comprendidas entre los 42 años y los 45 años. Todas ellas, llevan tres años ostentando el cargo y se hallan en situación laboral de trabajo fijo y su nivel de estudio se situa en: tres de ellos poseen estudios secundarios y el tesorero tiene un nivel de estudios medios. Situación económica A diferencia de la mayoría de asociaciones, FAPAC, se halla al final del ejercicio con un superávit importante: 1.145.713 ptas.. Ello se debe a la aportación extraordinaria que en 1983 destinó el Ministerio de Educación para las asociaciones de padres, de las cuales FAPAC recibió 1.000.000 ptas. Si mencionamos la aportación del ejercicio 83 es debido a que por problemas burocráticos esta cantidad llegó en 1984. De igual manera la aportación de 1984 no la han recibido todavía. Este presupuesto extraordinario significó para la mayoría de asociaciones afines una reducción del deficit acumulado. Si para FAPAC ha supuesto la generación de superávit (superior éste a la aportación recibida) ello es debido al interés de la asociación en mantener una economía saneada, factor principal para la marcha de cualquier asociación. Las aportaciones de los socios representan el 42' 5% del presupuesto de la entidad cifrado en el último ejercicio en 4. 968. 041 ptas. Otra fuente de ingresos importante es por el Servei de Gestió de LLibres de text que supuso 1.283.467 ptas. A parte de la subvención estatal ya señalada recibieron en 1984 otras aportaciones: Diputación 250.000 ptas. F. ESI CO 300. 500 ptas. Por lo que se refiere a sus gastos mas importantes, estos son: Personal 1.847.780 ptas. Mantenimiento infraestructura 922.552 ptas. Otros gastos menores lo representan las campañas de difusión, actos públicos, etc. , en el pasado ejercicio supusieron 1 92.287 ptas. 2.43 Défi ciencias La deficiencia principal la sitúan en la falta de una Escola de Pares a nivel de Catalunya y la causa principal de ello es económica. De ahí que a raiz de la aportación económica recibida por parte de la Administración Central, se planteen llevar a cabo dicho proyecto. Proyección externa Aparte de ser una Federación lo cual conlleva una relación constante con varias asociacions, intercanvien información con otras entidades situadas en campos de actuación análogos a los suyos: Rosa Sensat, CEPEC, CEAPA, etc. Editan un boletín "EL PLEC" de aparición bimensual y estan suscritos a distintas publicaciones: Quaderns de Pedagogia Joventut i Societat Perspectivas Escolar Las publicaciones y actividades son realizadas en catal án. 2.44 4. ASSOCIACIÓ AMICS DE LA RADIO I TELEVISIÓ - CARDEDEU Asociación cultural que nace en enero de 1980, para aparecer públi camente, medi ante una primera emisión el 7 de junio 1980 y conseguir su legalización el 24 de junio de 1981 que se corresponde con la inaguración oficial. A partir del mes de febrero de 1982 emite de forma regular todos los lunes por la noche. Asimismo ofrece los plenos municipales que se celebran. Esta asociación legalizada por el Gobierno Civil bajo la ley 191/1964 de asociaciones, surge con la finalidad de "potenciar emisiones de TV de cariz popular, intenta cubrir un vacio informativo en el campo de la TV que no pueden cubrir las grandes cadenas". En los tres años que llevan funcionando han conseguido "disponer del medio en cuestión y que la población se lo sienta suyo, en definitiva se ha creado una conducta cívica normal". Su red social la componen los socios -380 familias- y sobre todo las 60 personas que desarrollan una actividad altruista y constante para asegurar el mantenimiento de las emisiones. En cuanto a persona que se pueden beneficiar de sus servicios debemos considerar como tales a los 8. 000 habitantes de la población, toda vez que su ámbito de actuación es local. La organización interna de la entidad está compuesta por cuatro comisiones, responsables de otras tantas cuestiones: Técnica, Económica, Jurídico-Política y de Estudios de Programación. Las personas de cada uno de estos grupos constituyen otras cuatro comisiones con el fin de que trabajen un fin de semana cada mes. Esta fórmula les permite el funcionamiento de las emisiones e impide el desgaste del voluntari ado. Por lo que respecta a su Junta Directiva, ésta está compuesta por miembros de las distintas comisiones, cuyas edades están comprendidas entre los 25 y 38 años. Todos ellos disponen de trabajo fijo en otras empresas y sus estudios son a nivel de carrera universitaria. Utilizan como local social y centro de filmación un local municipal. Situación económica Durante el pasado ejercicio (funcionan por año escolar) sólo recibieron una subvención de 100.000 ptas por parte de la Administración local. El resto hasta completar el presupuesto anual -1. 000. 000 de pts. - lo aportan las cuotas de los socios. Cuotas que oscilan entre las 500 pts. y las 1. 000 pts. trimestrales. Como hemos anotado al hablar de otras entidades, se ha dado el caso amenudo, de generación de déficit, 2.45 que lo han resuelto apoyándose en la población: Pequeños empresarios que aportan cantidades a fondo perdido, créditos abiertos bastante importantes en las delegaciones bancarias locales, etc. Como recurso anecdótico recientemente han organizado un partido de fútbol entre equipos locales y el R. C. D. ESPAÑOL con el fin de recaudar fondos. Estas acciones les han permitido el funcionamiento saneado. No obstante, están negociando con el Ayuntamiento la venta al ente municipal de todas sus emisiones, pues con sus videos se puede estudiar la historia local desde el año 1 980. Deficiencias Su principal deficiencia estriba en la imposibilidad de ampliar las horas de programación, y ello por tres razones; falta de medios técnicos, humanos y materiales. No se han planteado la profesionalización del medio. En cuando a necesidades generales señalan como principales: Dinero y mejora de instalaciones, puesto que utilizan material anticuado. Para solucionar estos déficits están negociando con la Facultat de Ciències de la Informació de Bellaterra, la posibilidad de una experiencia piloto en el marco de la enseñanza utilizando los medios de comunicación. Asimismo tienen contactos con UNESCO sobre la misma base. Todas sus emisiones las realizan en catalán. 2.46 5. COORDINADORA JUBILATS I PENSIONISTES DE LES ASSOCIACIONS DE VEINS Esta organización surge ante la necesidad de coordinar las distintas vocalías de Jubilados y pensionistas de las asociaciones de vecinos. No está legalizada jurídicamente como asociación puesto que se rige por los estatutos de la Federación de asociaciones de vecinos de Barcelona, en cuyo local está ubicada. Sus finalidades básicas son la defensa de los intereses de los socios a las que representa, principalmente en cuatro ámbitos distintos: económico, social, ocio y sanitario, y evitar en lo posible el enquilosamiento del anciano. En la actualidad (10 años desde su creación) un 30% de los ancianos adheridos practican algún tipo de deporte, arte o manuali dades. Los pre-jubi1 ados a partir de los 60 años pueden englobarse en la coordinadora a los centros de jubilados en general. Su ámbito geográfico se enmarca en las poblaciones que conforman el área Municipal Metropolitana. Ello no les permite ser reconocidos por parte de la Administración como entidades de interés público, pues como ellos mismo manifiestan "deberíamos tener ámbito comarcal o provincial". Dadas las caracteristicas de coodinadora, no tiene socios propiamente dichos, pues sus socios son las propias vocalías de las AA. VV. De esta manera, un jubilado que pertenezca a una asociación de vecinos federada, automáticamente pasa a ser miembro de esta coordinadora. Así el número de socios, no puede ser sino aproximado y se sitúa alrededor de los 46.000. De éstos,, sólo 6 puden ser considerados personas activas en el seno de la coordinadora. Una de las características de esta copordinadora es su gran mobilidad social, por el hecho de la población a quien van destinados sus servicios. En el último ejercicio (1984) fueron dados de baja 1800 socios. Todos ellos por defunción. No obstante es difícil deducir los socios de reciente incorporación por cuanto se deben contabilizar los de todas las vocalias de todas las asociaciones y de todas las Federaciones del Area Metropoli tana. Situación económica Las mismas características de coodinadora que hemos señalado, suponen un factor determinante en su economía. Puesto que no reciben una cuota directa, toda vez que sus representados pagan su cuota -en la mayoría de casos, rebajada-, a su respectiva AA. VV. y es está la que determina una cantidad a la coordinadora. Así nos encontramos que para una representación de 46.000 adheridos, tienen un presupuesto anual (1984) de 17.500 2.47 pts. y aunque esten libres de cargas de local y fotocopias (se hace cargo de ello, la FAUB) difícilmente pueden llevar a término tareas importantes. Por otro lado durante el ejercicio señalado no recibieron ninguna ayuda de la Administración ni de otros organismos. Y ante está cuestión es preciso hacerse dos reflexiones: a) Es la falta de subvenciones, la que determina su escaso dinamismo? b) Es su falta de dinamismo la que no les permite disponer de subvenciones? Aún cuando en una asamblea (9 Barris) sean capaces de reunir a 2. 000 asistentes y recordemos representan a 46. 000 jubilados, no existe ningún nexo de comunicación entre ellos. No editan boletín ni hoja informativa. A partir de octubre próximo pretenden la edición de un boletín como nexo de unión y relación entre jubilados. Para ello han solicitado del Ayuntamiento una ayuda de 65.000 pts. Este boletín será editado en catalán con una periodicidad mensual y una tirada de 10.000 ejemplares. Reciben gratuitamente revistas editadas por otros colectivos, entre ellas, L' ECO de Francia y NOSOTROS (alemana en lengua castellana). Deficiencias Las deficiencias más reseñables que quisieran solucionar serían: la de disponer en cada barrio, de talleres artesanales, monitores de educación física (regeneración, natación) con posibilidades de ocupar piscinas durante todo el año; todo ello lo verían resuelto si pudieran mejorar su condiciones económicas, Sus necesidades prioritarias las sitúan por orden de importancia: a) Vacaciones para los ancianos -sobre todo para aquellas personas que disponene sólo de los ingresos que les proporciona el FAS-, b) Centros de Recursos en cada barrio o distrito c) Economía. Y para conseguirlo necesitan -según sus propias manifestaciones- tener posibilidad de presencia física en la Generalitat, pues sólo a traves de ellos se puede conseguir. 2.48 Proyección externa Por lo que se refiere a sus conexiones externas forman parte del Consell Assessor del Ayuntamiento de Barcelona, conjuntamente con otas cuatro agrupaciones que forman 1 a Federació d'Entitats: Clubs de Jubilados (Ayuntamiento) 52.000 personas CCOO 7.500 UGT 4. 500 Clubs jubilados independientes 4. 500 2.49 6. ORGANITZACIÓ CONSUMIDORS I USUARIS DE CATALUNYA Organización creada en el año 1976 y legalizada un año más tarde, que surge para las siguientes finalidades: Educación, información, defensa y representación de los consumidores y usuarios, que abarca como ámbito geográfico toda Catalunya. Consideran conseguidos todos los objetivos que se habían planteado, aún cuando quisieran ampliar el número de asociados. Lo que conlleva una cierta dificultad dada la excesiva cuota que deben satisfacer (1800 pts/año). Por ello se plantean la posibilidad de dirigirse a distintas entidades con el fin de conseguir los llamados "socios colectivos". De esta manera conseguirán" dos objetivos interesantes: a) Que el socio de cualquier entidad adherida a la OCUC mediante un escaso incremento de su cuota habitual tuviera disponibilidad de todos los derechos que esta organización ofrece. b) Un más amplio apoyo social a sus acciones. Es evidente que ante la Administración o cualquier otro organismo la fuerza de negociación es proporcional al número de representados. No obstante, en la actualidad no se ha decidido todavía este tipo de actuación y el socio lo es a nivel personal. A pesar de que un 30X de ellos, no satisfagan la cuota establecida. Organización interna La entidad funciona por Junta Di recti va, c uyos cuatro miembros de 35 años todos ellos, llevan ostentando sus funciones desde hace cinco meses y pertenecen a la entidad desde que ésta se fundó. Por lo que se refiere a su situaciones personales, coinciden también en poseer titulación universitaria y en cuanto a su situación laboral dispone todos de trabajo fijo. Además de la Junta Directiva, disponen de un Equipo Técnico, con un peso relevante en la toma de posiciones de la organización. Las principales actividades realizadas por la entidad en el último ejercicio -1984- han sido primordialmente: Asesoramiento socios; creación de Oficinas Municipales de Consumo en varias poblaciones; Cursillos de consumo en las escuelas; Campañas contra el cobro de los 2.50 servicios bancarios; Exposiciones sobre muestras de consumo; Enmiendas a la ley de Consumo. A pesar de las numerossa actividades que realizan, el número de personas activas en el seno de la asociación no supera las 15 personas. Lo que situa el porcentaje de voluntariado alrededor del 1% No obstante dispone de dos personas remuneradas que realizan tareas administrativas. Defi ciencias Uno de los servicios que quisieran ofrecer y que su financiación les impide realizar son las campañas sobre consumo dirigidas a los escolares. Y por lo que respecta a sus principales necesidades a nivel general, las sitúan por orden de importancia en: 1) Ampliar el número de socios mediante la posibilidad de la asociación colectiva (AA. VV. , sindicatos). 2) Creación de otras OCUCS en distintos municipios. 3) Consolidación de formas de trabajo más abiertas. Las dos primeras están siendo afrontadas en mayor o menor medida para ello están potenciando la unión con las demás organizaciones de consumidores, con el fin de tener implantación real en toda Catalunya. El Tercer punto es uno de los debates internos más intensos que se desarrollan en OCUC. Proyección externa Su proyección externa se realiza de tres formas di f erentes: Intercambio de información con otras OCU del Estado Español. Pertenencia a organismos internacionales, tales como (INTERNACIONAL ORGA, IOCU). Y la edición de un boletín bimensual con una tirada de 2. 000 ejemplares y de 10 páginas por número. Aparte de los clásicos trípticos y octavilla. En todos estos medios se utiliza fundamentalmente el idioma castellano. 2.51 7. ASSOCIACIÓ DE MESTRES "ROSA SENSAT" Asociación creada a finales del año 1981. Después de un largo recorrido por distintos reglamentos jurídicos a través de los cuales se fue consolidando la entidad. El proceso se abrió en 1967-68 mediante la creación de una sociedad anónima, denominada AAPSA que era la fórmula jurídica que mejor se adaptaba a sus planteamiento. Hoy en día sigue vigente y regula determinadas cuestiones de la entidad, tales como: Derecho de autor, convenios con la Diputación, seguros del personal empleado, etc., dos años más tarde se creó la Fundació Artur Martorell, con el fin de asegurar un respaldo económico, recaptando dinero de la población. Esta Fundación es la propietaria jurídica del local ocupado por la asociación que nos ocupa. Durante este proceso se crea la Cooperativa ABACUS, para ayudar económicamente la Escola de Mestres Rosa Sensat, mediante un Fondo de Obra Social. Durante el curso 79-80 se decide institucionalizar la participación de los integrantes de este proceso y se crea una Gestora para la redacción de unos estatutos, constituyéndose como asociación en la fecha arriba citada. Las finalidades por las cuales ha sido creada la asociación responden al siguiente planteamiento: Encontrar una fórmula jurídica que respondiera a la idea inicial de Rosa Sensat. Pues aún cuando, siendo S.A. había sido participativa estaba falta de un soporte legal que justificara dicha participación. La idea inicial de Rosa Sensat era: Por el cambio de la escuela fundamentalmente. Lo cual suponía, por un lado recuperar todo lo que fuera posible de la escuela de la época republicana, desde una perspectiva de escuela activa, catalana y enrraizada en el medio. En definitiva se trataba de hacer una escuela diferente y por tanto era conveniente formar a los maestros de manera diferente. El ámbito geográfico que abarcan sus estatutos es a nivel de Catalunya. No obstante, el ámbito que consideran para hacer un cierto tipo de propaganda por actos realizados en Barcelona, abarca unos 25 Kms. Ello debido a la creación de una sucursal en L'Hospitalet del Llobregat y a la fomentación de reuniones entre maestros de distintas comarcas, lo que ha llevado al funcionamiento de 23 Escoles d'Estiu de Rosa Sensat y reciben asesoramiento por parte de esta per sin dirigirlas. Se hallan actualmente en el inicio de una Federación de movimiento de Catalunya (siempre refiriéndose a maestros) con el acuerdo tácito que en el ámbito en el que haya otro movimiento, Rosa Sensat no organizará ningún acto sin el acuerdo previo de la gente que lo constituya. 2.52 Organización interna Esta asociación la constituyen 975 socios, de los cuales son consideradas personas activas unas 250, lo que supone un elevado porcentaje en relación con otras asociaciones. Aunque el pasado ejercicio el movimiento social de la entidad era muy fluctuante. Pues el hecho que el socio dispusiera de ventajas económicas en la asistencia a cursillos especializados, hacia englosar sus fichas en los prolegómenos de dichos cursos, retirándose al poco tiempo de finalizados estos. La fórmula que han adoptado para evitar estas fluctuaciones, ha sido la de respetar estas ventajas económicas sólo a aquellos socios con una antigüedad determinada en la asociación. La Junta Directiva la componene 15 miembros entre los cuales se incluyen seis responsables de los distintos grupos que configuran la entidad: Biblioteca, Infancia, Perspectiva escolar, Publicaciones, Cursos-Escoles d'estiu y Administración. Asimismo otros seis maestros que trabajan en el seno de la asociación figuran también como vocales de la Junta Directiva. Por lo cual el órgano directivo sin responsabilidad de grupo queda a tres personas que ostentan los cargos de: Presidente, Secretaria y Tesorería. Sus edades oscilan entre los 35 años (Tesorero) y los 44 años (Secretaria). El Presidente lleva en el cargo tres años de trabajo fijo y el nivel de estudio se distribuye: Presidente y Secretaria, titulación universitaria y de Magisterio, el Tesorero. Situación económica En el seno de la asociación trabajan 26 personas contratadas con dedicación exclusiva y otras 52 que son remuneradas según trabajos concretos. En el último ejercicio recibieron por parte de la Administración (Generalitat y Ayuntamiento) un total de 24. 000. 000 de ptas. La subvención de la Generalitat se determinó por distintos conceptos: Escola d" Estiu y otros grupos de trabajo, mientras que la aportación municipal fue determinada de manera presupuestaria para el mantenimiento de la estructura de la entidad. La Diputación no contribuye con una subvención estipulada sino que posee un convenio de subscripción de las publicaciones editadas por Rosa Sensat y las distribuye a las escuelas públicas. El resto del monto económico hasta completar el presupuesto anual ( 95. 000. 000 Pts. ) se consigue mediante distintas fórmulas; 2.53 1) Cuotas de los asociados 2. 500 pts/año. 2) Fondos obra social de la cooperativa ABACUS 3) Cursos organizados, clases de catalán, etc. 4) Trabajos o estudio que se realizan por canalización de Rosa Sensat. Estos trabajos cuando son remunerados económicamente (encargos, investigaciones, etc.) un 20% se queda en la entidad por los servicios que esta ofrece a los profesionales que lo realizan y el resto se distribuye entre estos según unos baremos establecidos. En el capítulo de gastos cabe destacar los 63.000.000 pts. destinados a la remuneración del personal. El capítulo de compras les supone unas inversiones anuales de 13.000.000 pts. y en material desembolsan alrededor de 5. 000. 000 pts. En sus deficiencas cabe destacar que quisieran ampliar el abanico de servicios a ofrecer, y se ven imposibilitados para ello por falta de espacio y material. Proyección externa Su proyección externa se realiza por tres canales fundamentalmente: a) Pertenencen al Moviment de Mestres de Catalunya (que se está gestando) b) Intercambio de información con otras entidades (IME, organismos Administración, etc) c) Publicaciones propias Editan un boletín mensual destinado a sus asociados, y estan suscritos a 90 revistas, la mayoría de las cuales las reciben mediante intercambios de sus propias publicaci ones. Tanto en sus publicaciones, cartas como boletín emplean siempre lengua catalana. 2.54 8. ASSOCIACIÓ D1EDUCACIÓ PERMANENT D'ADULTS. AEPA Asociación creada el 20 de septiembre de 1982 y legalizada en enero del año siguiente, para llevar a cabo toda una serie de actividades relacionadas con la educación permanente de las personas adultas. Especialmente la promoción de escuelas para adultos, tareas de investigación cultural, conferencias, cursillo de divulgación, proyecciones y actos de carácter análogo; pudiendo realizar cuantas actividades lícitas estén relacionadas y destinadas a este objeto social". Aunque y por su configuración, a menudo se realizan actos de apoyo sindical. El ámbito geográfico que abarcan, es toda Catalunya. Organización interna La base social de esta entidad la componen 200 socios. En lo que se refiere a personas activas, éstas son muy variables, pues dependen de los actos que se realizan y de aquellos que la asociación asume y apoya pero que surgen de iniciativas individuales, algunas veces provienen de sectores que no forman parte de AEPA. De esta manera se produce la paradoja que algunas personas consideradas activas, no pertenecen a la asoci aci ón. En cuanto a personas que consideran se benefician de sus servicios, figuran 356 maestros de adultos y 20.000 alumnos, así como otros colectivos soci ales. La asociación se rige por una Junta Directiva y está estructurada por grupos de trabajo y de zonas. La Junta integrada por cuatro miembros está compuesta por miembros fundadores de la asociación, de edades comprendidas entre los 30 años de la vicepresidente y los 46 años del presidente. Todos ellos disponen de trabajo fijo y su nivel de estudios es medio superior. (Uno a nivel de magisterio y tres con titulación uni versi tari as) . El local está compartido con la Cooperativa "EL ROURE' . Situación económica Sus escasos recursos económicos no les permiten en ningún ejercicio disponer de superávit. Todos sus ingresos revierten en mantenimiento del local, pagos de personal, actividades organizadas y viajes. En el capítulo de ingresos, cabe destacar las ayudas de otras organizaciones, como ESICO y el 2.55 Servei de Cultura Popular, que juntas aportaron en el último ejercicio 600.000 pts. por diferentes conceptos. La Administración aportó: Generalitat 50.000 pts. y 80.000 pts. la Di putaci ón. En el apartado de cuotas, los socios aportan cantidades distintas: maestros, 1.000 pts/anuales y alumnos 500 pts/anuales. La entidad ofrece trabajo a dos personas, de manera parcial. Defi ciencias Las sitúan en falta de recursos: material técnico-didáctico, Centro de Documentación de Educación de Adultos, Cursillos de Información. Deficiencias de difícl solución por problemas económicos. Su principal necesidad la sitúan en la falta de un modelo correcto de educación de adultos por parte de la Generalitat; quedando en un segundo término la cuestión económica. Asimismo señalan -ligado con lo dicho hasta ahora- la falta de recursos, por parte de la Administración, para potenciar sus actividades. Proyección externa Intercambian información con colectivos sindicales y de divulgación pedagógica. Son miembros del BORO (eduación de adultos de la UNESCO) y de la asociación para eduación de adultos de los paises mediterráneos. Editan un boletin trimestralmente, de dieciseis páginas y una tirada de 500 ejemplares, editado en catalán. No están suscritos a ninguna publicación. 2.56 9. SERVEI DE BIBLIOTEQUES ESCOLARS "L'AMIC DEL PAPER Asociación fundada en el mes de septiembre 1984 y legalizada en el mes de diciembre del mismo año. Ha sido creada para promover y potenciar la lectura como ocio en el ámbito escolar; colaborar en la creación y ampliación de bibliotecas escolares como herramienta educativa. Con ámbito de actuación a nivel de Catalunya. En estos 8 meses se han acogido a sus servicios 130 escuelas, que representan a unos 50. 000 alumnos y tiene 70 escuelas más programadas. Esta progresión se explica porque suplen una deficiencia de la administración en el campo escolar. Ante la escasez de bibliotecas escolare en muchos casos, y la improvisación en otros, un grupo de profesionales de la educación y algunas bibliotecari as deciden crear una asociación cuyo fin sea el de proveer de un lote mínimo de libros escogidos a cuantas escuelas decidan acogerse a su propuesta. De esta manera, previo acuerdo con la cooperativa ABACUS, se determi na un lote de cien libros imprescindibles en cualquier escuela. La asociación, solicita subvenciones a las administraciones locales para que las escuelas de su jurisdicción puedan adquirir los libros. Estas subvenciones las reciben las propias escuelas, en ningún caso la asociación. El sostén económico de esta asociación se basa en las cuotas que pagan sus socios 500 pts/anuales y el margen que les cede la cooperativa por cada lote de libros 20.000 pts. No han recibido en ningún momento subvención alguna por parte de la Administración. Sus principales gastos son los relativos a sueldos y honorarios pagados por trabajos eventuales. En un capítulo inferior se sitúan los relativos a alquiler y mantenimiento de local. Organización interna La asociación cuenta con 17 socios, de los cuales cinco son considerados activos en el seno de la entidad. Se rige por Junta Directiva, compuesta por cuatro miembros -todos femeninos- cuyas edades oscilan entre los 30 años de la tesorera y los 54 de la presidenta, todas ellas con un nivel de estudio medio-superior y disponen de trabajo fijo. La asociación tiene contratada una persona, con dedicación exclusiva y otra de manera parcial. Comparte local con otras dos entidades. 2.57 Deficiencias La principal deficiencia consiste en no poder llevara sus servicios a todas las escuelas de Catalunya. Y ello no es posible de momento por dos motivaciones. a) Escaso tiempo de funcionamiento de la entidad -8 meses- b) Tampoco su economía se lo permite Actualmente se están planteando la posibilidad de hacer socio colectivo a las escuelas para mantener relaciones con el fin de aportar novedades, establecer debates, etc. Es de resaltar que estos planteamientos se producen por demanda de las escuelas que han recibido sus servicios. Por lo que se refiere a sus principales necesidades las sitúan en poder disponer de un dosier de materiales de escuelas, lo que se podría hacer si dispusieran de un boletín, que está en proyecto. Como la mayoría de las asociaciones el principal impedimento con que se encuentran para afrontar sus aspiraciones, es básicamente económico. Proyección externa Evidentemente el medio principal del que disponen para sus relaciones, son los libros que ofrecen. Asimismo tiene editado un tríptico explicativo de sus funciones y otros medios de infomación para las escuelas. Todos estos medios están editados en catalán. De los libros, un 60% son en lengua catalana y el resto están editados en castellano. Están suscritos al Butlletí de Mestres de la Generali tat. 2.58 10. EL COP -VILAFRANCA DEL PENEDES- Organización de reciente creación (1984) cuyas finalidades las resumen en: a) Defender y promocionar la lengua y la cultura catalana, siempre abierta a la hermandad con todas las otras culturas. b) Reivindicar las condiciones necesarias para conseguir un cambio real en las condiciones de vida, en un entorno sano y equilibrado ecológicamente. c) Trabajar en la defensa del patrimonio natural e histórico. d) Promover la organización de cursos de formación y autoformación permanente. e) Fomentar el intercambio de experiencias y medios entre personas y/o entidades con el fin de conseguir un mejor servicio, promoviendo a la vez el trabajo voluntario y la participación asociativa. De hecho EL COP nació como consecuencia de la crisis del movimiento asociativo, con el intento de revi talizarlo. Por ello, no pretendia crearse como una coordinadora ni asociación nueva. Intenta "cubrir aquellos aspectos que quedan por resolver, y potenciar aquellas acciones, dinámicas o iniciativas que de por si ya salen". Si ha tomado la forma de asociación ha sido por el hecho jurídico de enmarcarse en un marco legal. Organización interna La asociación está constituida por 35 miembros, veinte de los cuales desarrollan algún tipo de actividad permanente. Se rige por Junta Directiva, cuyos cuatro miembros son fundadores de la entidad y ocupan el cargo desde la constitución de la misma. Sus edades oscilan entre los 33 años del secretario y los 42 años del tesorero. Con estudios medios se hallan todos en posesión de trabajo fijo. El rol que desempeña la Junta Directiva es meramente de representación legal, pues el funcionamiento interno lo constituyen las distintas comisiones que fueron creadas en la fundación de la asociación: 1) Naturaleza y no violencia 2.59 2) Formación y autoformación 3) Servicios de información y opinión 4) Civismo y movimiento popular 5) Infancia y Juventud 6) Actividades ocio Estas dos últimas cesaron en sus actividades recientemente, debido a replanteamientos internos en el seno de la entidad. No disponen de local social, lo que dificulta su conexión con la población, así las reuniones y contactos con otras personas deben realizarse en casa particulares. Su localización por correo se establece mediante Apartado. Situación económica Las cuotas que abonan los socios son voluntarios y no hay establecido un mínimo, situándose alrededor de las 250 pts/trimestre. De la administración municipal han recibido 20.000 pts. en concepto de ayuda por la organización de la 1a. Setmana de la Natura. De la Generalitat, 70.000 pts. en concepto de ayudas a actos concretos. Y como subvención a un estudio sobre un censo de entidades del Penedès, han recibido 200.000 pts. de la F. ESI C0. Poseen un convenio con la revista "La Fura" - de la que hablaremos más adelante- por el cual ésta ayuda a financiar actos públicos a la vez que les sirve de portavoz, haciendo las funciones de boletín, aunque no exclusivamente de EL C0P. Cabe señalar que la utilización del teatro municipal para organizar actos, les supoen un desembolso de 25.000 pts. por velada a pagar al Ayuntamiento. Deficiencias La escasa disponibilidad de medios económicos les impide desarrollar más actividades. Citan dos casos concretos: - Setmana de la Natura, en la que deseaban ampliar el número de servicios ofrecidos. 2.60 - Recital Raimon en homenaje a Salvador Espriu' La falta de una economía solvente es, asimismo, la causa de sus necesidades, que sitúan primordialmente en disponer de local. Proyección externa No pertenecen a ninguan coordinadora o similar. Estan suscritos a varias revistas de cariz cultural de aparición periódica e intercambian información con la Federació de Serveis d'Informació, a nivel de Catalunya. Todos sus actos son anunciados en catalán. 2.61 11. INTERVAC -Servei internacional de vacances- Instituación sin reconocimiento jurídico, pues está constituida como sección de una agencia de viajes, que le da cobertura legal y económica. Funciona desde 1980 como delegación de INTERVAC-internacional. Las finalidades de esta asociación son: "Promover la posibilidad de vacaciones sociales, mediante el intercambio de viviendas familiares. Ello posibilita el viajar y conocer nuevos paises a un coste económico mínimo". Su ámbito de actuación, y en este caso de distribución de propaganda, se situa a nivel de Estado Español. Organización interna Por las características señaladas, esta asocación no se rige por Junta Directiva, sino que es producto de una iniciativa personal, que es quien aplica en España los criterios que determina INTERVAC-internacional. Los socios se renuevan anualmente, puesto que sus cuotas deben actualizarse cada año para poder disfrutar de sus servicios. Estos servicios consisten básicamente en la publicación de los datos facilitados por el socio en catálogos que se distribuyen a los socios de todos los países donde funciona INTERVAC. Estos datos son los referentes a la vivienda que la persona adherida ofrece, conjuntamente con sus datos personales. De esta manera un miembro de la entidad puede elegir entre 50 países donde viajar y asimismo personas de cincuenta países conocen la oferta de su domicilio. El pasado año se inscribieron en INTERVAC, setenta personas. En los cuatro primeros meses de 1985 lo hicieron 100 personas. Situación económica Al tratarse de un sistema de viajar distinto, el proceso de consolidación de la entidad es lento y no hubiera sido posible, sin contar con la infraestructura de otra entidad -en este caso agencia de viajes-. Los socios pagan una cuota anual única de 7.000 pts. y estos son los únicos ingresos de INTERVAC, a parte una subvención única de 15.000 pts. por parte de INTERVAC-internaci ona1, como soporte a la consolidación de la idea en nuestro país. 2.62 4. Ko han recibido ninguna subvención de la Admi ni straci ón. La Fira de Barcelona, en su edición dedicada al Turismo le cedió un stand de manera gratuita. Sus principales gastos se centran en la edición de los catálogos de la publicidad -65% del total-. Los gastos de reenvios a nivel nacional les supoen un 5% Teléfono y franqueos representan el 30% restante. El mantenimiento del local, así como su alquiler no les supone a la entidad gasto alguno puesto que se trata, de una vivienda particular, sede además de la agencia de viajes. Deficiencias Su principal necesidad está enmarcada en difundir más el sistema. Para ello cuentan con la prensa escrita y algunas emisoras de radio que a nivel de comentarios (no propaganda) dan a conocer esta posibilidad de viajar. Proyección externa El hecho de pertenecer a una organización internacional les ofrece un marco de proyección a gran escala. No obstante, su difución a nivel local es escasa. Los trípcios utilizados para promoción de la entidad incluyen la referencia de la agencia de viajes que ampara a INTERVAC. No editan ningún boletín como vínculo de relación entre sus miembros, utilizan el de la Organización internacional para la incorporación de los datos personales y de vivienda de sus asociados. Este boletín, aún el distribuido en España, está editado en inglés y de ellos se distribuyen 230 en nuestro país, por medio de correo. Las publicaciones de propaganda son editadas en castellano. 2.63 12. ASSOCIACIÓ DE JOVES CONTRA L'ATUR - MONTCADA I REIXAC Asociación creada en el año 1981, con el fin de agrupar y solidarizar a los jóvenes que se hallan sin trabajo. Sus funciones prioritarias son: Informar Sobre los datos referidos a la situación de paro. - de los recursos que se movilizan desde cualquier nivel. - de las iniciativas que toman jóvenes en otros lugares. - de los cursos de formación del INEM, de Ayuntamiento de la zona, etc. Formar Montar programas de formación eminentemente práctica y ocupacional. - atender cualquier sugerencia de necesidad de una formación determinada. coordinarse con los organismos que ofrezcan cursillos para acercarlos a la población. - formación cooperativista. Ocupar Prioritariamente con la creación de cooperativas. - relación con las empresas de la zona, estudiando la perspectiva de su actividad y ofreciendo personal preparado. - disponer de un grupo de jóvenes para servicios temporales eventualmente necesarios en la población. - crear una bolsa de trabajo de oferta y demanda. B us car_re.£ursgs Dedicar un grupo de personas pendientes de los acuerdos, leyes y ordenanzas que se promulguen, para formular peticiones a las Instituciones y Organismos y de los recursos económicos que hagan posible la tarea global de la Asociación. Bajo estas directrices se ha llevado la tarea durante estos años. Por lo que consideran como objetivos conseguidos: "El hecho que la población ya asume la idea". 2.64 V Organización interna La asociación se rige por una Junta Directiva y por representantes de cada uno de los grupos de trabajo: Información, Formación, Ocupación, que se coordinan por secretaria. Los miembros de la Junta, cuyas edades oscilan entre los 23-25 años, poseen formación universitaria dos de ellos y de estudios medios el miembro restante. Su situación laboral es: Presidente en paro, vi ce-presidente y tesorero: trabajo esporádico. En el capítulo de socios, cabe hacer una matización esencial. Existe diferencia entre socio y socio colaborador, con la particular que el socio no paga cuota alguna, puesto que son jóvenes en paro. El socio colaborador es toda aquella persona que, sin limite de edad, posee trabajo y sin embargo colabora con la asociación de manéra altruista. En este aspecto, no existe cuota fija ni mínima ni específica, puesto que un socio colaborador puede aportar desde material a horas de trabajo según su predisposición. La consolidación de la entidad en la población es apreciable según se desprende del movimiento de socios. En el pasado ejercicio (1984) se produjeron 2 bajas y alrededor de 100 altas. La asociación no es generadora de puestos de trabajo de manera fija, aunque cuando reciben subvenciones las destinan a potenciar estas tareas. En 1984, mediante la subvención concedida por la Generalitat a las entidades sj. n ánimo de lucro, trabajaron 7 personas por un período de 6 meses. En el año 1 984 recibieron 5. 1 80. 000 Pts. en subvenciones de la Generalitat, F.ESICO, F.BOFILL (Serveis Cultura Popular) y una entidad de ahorro. No recibieron ninguna subvención económica por parte de la Administración municipal. Aparte la aportación de la Generalitat, las otras recibidas lo han sido en concepto de acciones puntuales. Esto presupone que los ingresos anuales son indefinibles, puesto que como hemos señalado, los socios no aportan cuota alguna. El capítulo de gastos se establece en función de los ingresos habidos. 0 sea mediante previsiones económicas temporales, con un remanente acumulado, para garantizar el mantenimiento del local. Su principal fuente de gastos lo constituye la edición del boletín bimensual, EL JOANET cuya edición corre a cargo exclusivamente de la asociación, pues no contiene publicidad. Otros gastos lo constituyen las subscripciones a diarios y revistas oficiales ( BOE, DOG, etc.) que deben abonar integramente. 2.65 Activi dades Otro hecho que demuestra el afianzamiento de la entidad (siempre en el ámbito local) son las actividades que desarrolla, a parte de sus objetivos fundamentales, y en ocasiones como complemento de los mismos. Durante el año 1984 se han celebrado en su seno los siguiente cursos: Contabilidad, Corte y confección, Seminario actualidad informativa, Macramé, Tapices y confección, Perfeccionamiento lectura y escritura (castellana). Cada uno de estos cursos dura aproximadamente tres meses, de 10 horas semanales. En estos cursos el socio paga el 50% de lo que deben cotizar los demás asistentes que no pertenecen a la asociación. Han comprobado que el hecho de aportar una cantidad (por lo general 500 pts/mes) genera un mayor interés por parte de los cursillistas. Proyección externa Mantienen e intercambian información con otras entidades de la población y fuera de ella "S' intenta montar una coordinadora d* associacions de joves contra 1' Atur a nivell de Catalunya". Su principal fuente de proyección la constituye el boletín mencionado, que tiene una tirada de 1.000 ejemplares, que son distribuidos a socios, tiendas, bases, colegios, etc. de manera gratuita. Editan además una hoja informativa semanalmente, conteniendo básicamente ofertas de trabajo y bolsas de estudios. Esta hoja se manda sólo a aquesllos socios que posean las características de la demanda en concreto. Estan suscritos además al: Diari Ofical de la Generalita (DOG), Boletín Oficial del Estado (BOE), Boletín Oficial de la Provincia (B0P), Revista Guía (ministerio de Cultura) y Monografías, Juventud Revista Guía. El idioma utilizado varía según el tipo de publicación y actos: Carteles y folletos - Bilingüe Hoja Informativa - Castellano Boletín - Bilingüe 2.66 13. ESPORT, LLEURE, MOLLET Asociación de reciente fundación, abril 1985. Creada en Mollet del Vallès, con una finalidad eminentemente deportiva para trabajar el ocio. En segundo término se plantean la integración en actividades deportivas, de la gente joven que no han encontrado aún su primer empleo. Dicho en otros términos, el fomento de actividades deportivas mediante la asociación tiene una repercusión social. Esta entidad ha tenido un desarrollo fulgurante, pues en el tiempo que lleva funcionando ha llegado a coordinar 60 equipos de diferentes tipos de deportes. Por tratarse de una asociación reciente, se debe hacer más hincapié en los proyectos que en las actividades realizadas, igual en lo que se refiere a competiciones deportivas como en lo referente a los capítulos de orden económico. Organización interna La asociación se rige por Junta Directiva y en su seno existen secciones que hacen la función de sub-corni s i ones deportivas. Los miembros de la Junta Directiva tienen unas características similares en cuanto al período de ingreso, todos ellos ocupan los cargos desde la fundación de la entidad (3 meses), lógico por la novedad de la entidad. Todos son varones y de edades comprendidas entre los 26 y 30 años. Asimismo todos ellos están en situación laboral de trabajo fijo y su nivel de estudios es de me di os - s uperi ores. Sus 1200 socios, se hallan englobados en equipos deportivos, más que socios son participantes, toda vez que el socio es colectivo y lo constituye la entidad deportiva a la que pertenecen. A pesar de su inplantación, la asociación sólo dispone de 10 personas activas en su seno, independientemente de aquellas personas que desarrollan actividades en los propios equipos afiliados. Tienen sub-comisi ones que se encargan de tres aspectos básicos: Disciplinario, de seguimiento y de instalaciones. Tanto el local que ocupan como el material de infraestructura a usar son propiedad municipal, así como todas las instalaciones deportivas que utilizan. Situación económica La entidad no ofrece puestos de trabajo estables, aunque de manera parcial trabajan en su seno 20 personas 2.67 (incluyendo arb'titos) , las cuotas que aportan los equipos participantes vienen determinadas por el tipo de torneo al que se inscriben. Se permite un máximo de diez inscripciones por equipo. Cada equipo está respaldado económicamente (inscripciones, arbritrajes, indumentaria) por una empresa local. El balance económico es de difícil cuantifi cación debido al escaso tiempo de funcionamiento. Se ha valorado pues, en función de las previsiones para el año 1985. Se preveen unos ingresos de 2.450.000 Pts., que provienen de las inscripciones, publicidad y ayudas de la Administración local. En el capítulo de gastos, esta previsto un desembolso de 2. 050. 000 pts. Las cantidades más importante se sitúan en lo referente al pago de arbitrajes, alquiler instalaciones, pago anotadores mesas, etc. El superávit que se prevé de 400. 000 pts. al final de año, se inscribirá en el próximo ejercicio. Deficiencias Los servicios que quisieran ofrecer y no les es posible de hacerlo, se basan fundamentalmente en más organizaciones deportivas. La causa principal de este déficit lo constituye la falta de un pabellón cubierto, lo que impide durante los meses de invierno, la celebración de varias competiciones, la ausencia del pabellón cubierto se ha convertido en su principal necesidad y para subsanarla han establecido contactos con el Ayuntamiento de Mollet y la Generalitat. El primero ha cedido los terrenos para su ubicación y se está negociando con la Censelleria d' Esports de la Generalitat, la construcción del mismo. Proyección externa Su relación con otras entidades del municipio se basa fundamentalmente mediante las negociaciones para la utilización de sus instalaciones deportivas. De esta manera, mantienen contactos con todas las instituciones deportivas que no estan asociadas (Hokey patín, Club Baslet, etc) y con escuelas que poseen asimismo este tipo de instalaciones. No editan boletín, aunque semanalmente distribuyen unas hojas informativas que sirven para suplir a aquel, si bien sólo hace referencia a cuestiones relacionadas con los objetivos de la entidad (anuncio competiciones, resultados etc.) Estas hojas son redactadas en castellano y los carteles y boletines lo son en catalán. 2.68 < 14. CLUB INFANTIL I JUVENIL DE BELLVITGE Asociación creada en el año 1969, en el seno de la parroquia de Bellvitge, para hacer funciones de splai con los niños del barrio, que por las circunstancias economico-sociales de su familia y del entorno geográfico, pasaban la mayor parte del dia en la calle. La ampliación de edades a acoger debido a la situación del paro juvenil y ampliación asimismo del tiempo dedicado a ellos, supuso la independencia de la parroquia (por la escasa disponibilidad física del local) y la construcción de un edificio destinado integramente a tal fin. La asociación se legaliza en 1975, el régimen jurídico de Sociedad Civil sin ánimo de lucro. El ámbito que abarcan es el de Bellvitge. Organización interna La base social de esta entidad la componen 1250 socios que son dados de baja anualmente, afectan aproximadamente a 700 familias. Dispone la asociación de 70 personas activas en su seno. Dieciocho de las mismas están contratadas a jornada completa, otras veinte lo son a tiempo parcial, el resto del personal es a nivel de voluntariado. El Club se rige mediante una Junta Directiva, compuesta por un Director, director pedagógico, secretaria y tesorero. La edad de los cuales oscila entre los 25 años -tesorero- y los 34 del director, todos ellos varones, se hallan en situación de trabajo fijo y de estudios a nivel de graduado uni versi tari o. Funciona mediante grupos de trabajo y comisiones que se dividen en secciones pedagógicas y por grupos de edades. Situación económica Las características del local, la magnifica infraestructura y el personal remunerado de que disponen sitúan el presupuesto anual alrededor de los 38.000.000 ptas. Los ingresos del pasado ejercicio se concretarán en las subvenciones de la Administración Municipal que aportó 1 2. 000. 000 de ptas. La Generalitat subvencionó con 5. 500.000 de ptas. y la Diputación aportó 25.000 ptas. El resto de ingresos se concretó mediante recursos propios de la asociación, el socio de la cual aporta cantidades que oscilan entre las 150-825 ptas. /mes, determinadas en función de las actividades a las cuales se inscriben. Existe también la figura del socio colaborador, que aporta unas cantidades que él mismo se fija. Alrededor de un 10% de sus asociados no satisface la 2.69 cuota mensual establecida. Esto es debido a la situación de paro que afecta a las familias de la zona. Reciben, aunque no de manera continuada, algunas ayudas complementarias para actuaciones concretas. Así en el año 1982 la Caixa de Barcelona, les instaló una ludoteca. En el apartado de gastos, estos se distribuyen así: Gastos personal 65% del presupuesto. Ma ter i al 8% " " Intereses bancari os. . . . 5Ï " " Estos intereses vienen motivados por el retraso en percibir las subvenciones que la Administración les asigna. Concretamente en este último ejercicio les supuso el desenVolso de 1.500.000 de ptas. a pagar a entidades bancarias. El resto de gastos lo constituyen el mantenimiento del local. Los objetivos marcados por la asociación son que el presupuesto anual venga determinado de la siguiente manera: 1/3 mediante recursos propios 1/3 aportaciones del Ayuntamiento 1/3 a cargo de la Generalitat. Al final de cada ejercicio, la asociación, voluntariamente, encarga la elaboración de una auditoria mediante una empresa externa, copias de la cual se entregan al Ayuntamiento y Generalitat. La entidad ha establecido una política de becas internas para ayudar a aquellas familias con escasez de medios económicos o bien aquellas que tiene mas de dos hijos inscritos en el Cl ub. Deficiencias Las deficiencias vienen determinadas por la imposibilidad de ampliar sus servicios y ello es debido básicamente a cuestiones económicas. En cuanto a necesidades reconocidas, sitúan la principal en torno a la falta de reconocimiento social de su tarea, básicamente por parte de la sociedad. Esto, consideran, se podría subsanar mediante una mayor proyección externa a través de la utilización de los medios de comuní cación. Proyección externa Intercanvian información con aquellas entidades pertenecientes a su mismo sector de interés y geográfico. Están subscritos a tres periódicos, varias revistas de actualidad y otras específicas de su ámbito temático como: Perspectiva Escolar, Cuaderns de Pedagogia, etc. A pesar de las actividades de la entidad y de su dinámica interna, no publican boletín, por dos razones: falta de personal para ejecutarlo y falta de presupuesto. Para anunciar sus actos, cartas, carteles etc., utilizan el catalán y el castellano indistintamente. En su local se cobija la Associació Catalana de Cases de Colonies, que en gran medida han ayudado a crear ellos mi s mos. Pertenecen a la Coordinadora MOVIBAIX que agrupa a varias entidades del Baix Llobregat. NOTA: Para la construcción del local que disponen, llegaron a un acuerdo con el Consistorio Municipal, mediante el cual el Ayuntamiento cedió un solar de 500 m2 con una clausula que especifica el retorno de dicho solar con la construcción que se haya edificado al Ayuntamiento, dentro de 75 años. 2.71 15. ASSOCIACIÓ DE VEINS-SANT ANDREU Asociación creada en 1971, en los incios del movimiento vecinal de la ciudad, fué legalizada en 1972 por el Ministerio de la Gobernación. Las finalidades por las cuales fué creada se centraron básicamente en: Reivindicar la mejora, en general, de la cualidad de vida en el barrio, aunque solapadamente, aportar contribución a la lucha por la democracia. Consideran estos objetivos cumplidos mayoritari ámente, aunque como herramienta de dinamización y de control de calidad de vida no pueden en ningún momento considerar finalizada su tarea. Organización interna Disponen de 890 socios, con 35 personas activas en su seno, totalment de manera altruista. Su base social se mantiene estancada, en el pasado ejercicio (1984) se dieron de baja 10 miembros y de alta 11. Funciona por Junta Directiva y vocalías. La Junta está compuesta por cuatro miembros de edades comprendidas entre los 35 años (secretaria) y los 56 (presidente). Todos ellos disponen de trabajo fijo y con un nivel de estudios medios. Las vocalías que existen son las de: Ur bani smo. Cultura i Ensenyament. Normalización lingüística. Jubilados. Boletín. Relaciones Públicas. Las personas que consideran se benefician de sus servicios directa o indirectamente, son todos los habitantes del barrio, aproximadamente 63.000. Disponen asimismo, de un servicio de asesoría jurídica, una vez a la semana. 2.72 Situación económica Su presupuesto anual se cifró el pasado año en 2.353.096 ptas. y su principal fuente de ingresos son las aportaciones de los socios mediante las cuotas establecidas 600 ptas./ año y aunque alrededor del 2% de los mismos no satisfacen sus cuotas, la aportación de los socios fué de 450. 250 ptas. La subvención de la Administración municipal fué de 137.000 ptas. y la de la Generalitat de 75.000 ptas. Aunque ambas instituciones aportaron conjuntamente una partida extraordinaria de 423. 1 23 ptas. para los cursos de catalán que organiza la A. V. Otras aportaciones menores y los saldos de las actividades que la asociación organiza (fiestas, sorteos, etc) hacen que el déficit sea de 83.502 ptas. En el capítulo de gastos, sobresalen los referentes a la edición del boletín que se lleva el 50% del presupuesto total. En orden decreciente se sitúan los gastos de maestros de catalán 268.602 ptas., pago secretaria 110.000, alquiler, actos, etc. Tienen contratada una persona a tiempo parcial (2 horas diarias). Deficiencias Quisieran hacer un trabajo más de participación hacia el vecino y asimismo trabajar mas la cultura del barrio. Dos son las motivaciones claras que les impiden llevarlo a cabo: 1. Falta de personal 2. Falta de presupuesto Sus principales necesidades las sitúan en los mismo termi nos: 1. Más gente activa 2. Dinero 3. Local más grande Consideran que un local mayor y en buenas condiciones favorecería conectar más con los vecinos. Proyección externa Intercanvian información con algunas entidades a las que ceden el local. No se hallan suscritas a ninguna publicación. Una vez por semana hacen una emisión a través de Radio La Paloma básicamente para responder a las consultas que los vecinos les hacen por teléfono abierto. 2.73 A pesar de todo, su principal proyección la constituye la edición de un boletín gratuito de aparición semanal que con una tirada de 200 ejemplares se distribuye por todo el barrio, mediante kioscos y tiendas. El idioma utilizado, en general, por la asociación es el catalán. OTRAS EXPERIENCIAS 6. LA FURA - VILAFRANCA DEL PENEDES La Fura, sin ser una asociació propiamente dicha representa una experiencia innovadora en el ofrecimiento de servicios. Se concreta en un boletín de aparición semanal en el cual básicamente están publicados los servicios que la comarca dispone. Está saturado de publicidad local y comarcal, como medio de autofinanciación. La idea de prensa gratuita, según sus promotores -que provienen de la prensa comarcal- lleva un centenar de años funcionando en Europa. En Catalunya existen distintas experiencias "Tarragona", "L'Hospitalet", etc. Sin embargo La Fura asume un papel de coordinadora comarcal. Sus promotores son optimistas porque "Vilafranca siempre ha sodo una localidad en la que la prensa desde finales del siglo pasado ha jugado un papel importante". De hecho suple en determinados aspectos al semanario "Tothom" que el año pasado fué galardonado como el mejor semanario de prensa comarcal. "La idea pues, fue que aprovechando un reclamo publicitario, intentar decir algo. Nacía de una empresa de publicidad, y nacía sin forma, es decir que se le podía dar el contenido que se quisiera". En esta idea se planteaban dos cuestiones que siendo asumidas por ambas partes llevaron a cabo el proyecto: 1. "Un proyecto sino tiene un planteamiento económico serio no tiene posiblidades". 2. "Una cuestión de forma y de fondo que era muy importante y la persona que llevaba la parte de publicidad estaba bastante de acuerdo con el planteamiento filosófico inicial. La revista no solo debía informar, sino que asimismo debía presentar alternativas de consumo: "la revista financiándose por medio de la publicidad, puesto que de alguna manera había que sensibilizar a la gente en temas que, que en principio, el tendero y el que hace la publicidad le asusta". De ahí que se diera prioridad a "la preocupación por la cuestión cultural; la cuestión del movimiento asociativo. Debido al retroceso experimentado en los últimos 4 o 5 años en el movimiento asociativo en cuanto a la dinámica, bastante como consecuencia del dirigismo que desde los municipios se estaba iniciando". El funcionamiento de redacción de la revista es "intentar ir presentando, bien una entidad, un proyecto o una idea o dar resonancia a la propia dinámica a nivel comarcal e ir creando. Intentar llevar a cabo un trabajo de sensibilización pero muy popular y a la gente de la calle". La Fura se distribuye a través de las 2.76 panaderías de la comarcal Tiene una tirada de 1B.000 ejemplares semanales. Toda la parte referente a información o servicios es redactada en catalán. Los anunciantes eligen el idioma que les place, aunque en un 80* es en catalán. Entre otros servicios, la revista -que ha sobrepasado ya el n2 160- ofrece: Teléfonos públicos de utilidad, turnos farmacias, programaciones telvisivas, de cines, etc, relación de fiestas comarcales y locales. Asi como mongráficos sobre temas históricos y de actualidad. Y acostumbra a tener alrededor de 50 páginas. 17. SERVEIS A DOMICILI - SAGRADA FAMILIA Asociación que lleva funcionando desde 1977 y cuyas finalidades son las de ofrecer ayudas domiciliarias a aquellas personas que por impedimentos físicos o psiquícos no pueden realizar estas tareas -fundamentalmente labores de hogar-. La asociación a pesar de ser jurídicamente independiente de la asociación Sagrada Familia per a Ancians mantiene una estrecha relación con la misma, merced al apoyo del Archiprestazgo de la Sagrada Familia. Los voluntarios para realizar estas tareas se sitúan alrededor de 80-100 personas, coordinadas por cuatro responsables. Uno de los factores que con mayor énfasis señalan los responsables de esta agrupación es el elevado porcentaje de jóvenes que se ofrecen para estos servicios, muchos mas que en años anteriores. Reciben algunos donativos que se destinan a remunerar (escasamente) a algunas personas con necesidades y que se ofrece para hacer los trabajos mencionados, aunque la gran mayoría lo componen voluntarios de manera altruista. Otra parte de los donativos recibidos -cuyas demandas se hacen a través de las parroquias de la zona- se destinan a preparar paquetes alimenticcios para aquellos ancianos que sólo disponen del FAS (12.000 ptas./mes). Y a la compra de medicamentos para los vecinos con problemas económicos. A reseñar que no disponen de ningún reconocimiento jurídico. A nivel de anécdota podemos sañalar que una farmacia de la zona les hace un descuento del 50% en la compra de medicamentos. Asimismo un taxista les realiza las carreras gratuitamente siempre que sean dentro de la ciudad. Etc. 2.78 ( 4 . 4 ANALISIS COMPONENTES INTERNOS i .?. 79 4.4.1. Características Junta Directiva El elemento básico genuinamente representativo de cualquier grupo de asociado, es un grupo de personas en quienes la masa asociativa delega funciones buscando la agilidad en la programación de actividades así como en la relación con otros organismos. Aunque de manera no explicita, existen dos grandes grupos de sistemas operativos, por lo que a representativi dad de Juntas Directivas se refiere: a) Aquellas cuyas funciones son asumidas explícitamente tanto por el elemento representante como por el presentado. b) Aquellas cuyas funciones son simple delegación de las decisiones constante o periódicas de algunos o todos los representados, mediante asambleas. La indefinición de la Ley de Asociaciones del 64, mediante la cual se rigen todavía hoy las asociaciones, a pesar de los recortes que ha sufrido, conlleva la inexistencia de escasos criterios normalizados y asimismo -como se verá más adelante- no son asumidos en su totalidad, las propias directrices de los estatutos de las asociaciones, en lo que se refiere a elecciones a Junta. Esta ley sirve en la actualidad como una simple introducción de criterios legales. Evidentemente, desempeñan un papel importante, en esta incoherencia jurídca, la apatía de grandes sectores de asociados y la creencia del "ego imprescindible" en algunos representantes de las entidades sin ánimo de lucro. Aunque sea simplemente por optar a determinadas ayudas por parte de la Administración, el hecho es que todas las asociaciones funcionan mediante Junta Directiva, y los condicionamientos posibles hacia la composición de esta Junta, igual en su caso que en otro, no son impedimentos para que en la misma figuren los elementos más activos y/o más preparados de la asociación. De esta manera,, es fácilmente deducible que la Junta esté compuesta por los elementos dinamizados de cada asociación y en consecuencia, las actividades de la misma, vengan determinados en gran medida, por el potencial humano que los representa a nivel de Junta Directiva. En el análisis de las Juntas Directivas, debemos distinguir de entrada, dos situaciones suficientemente elocuentes: a) Asociaciones que funcionan por Junta Directiva, que 2.80 podríamos denominar estándar, y b) Aquellas que poseen una representación en virtud del componente soci al-ideológico que ha hecho posible la creación de la entidad. Estas últimas, en la muestra que estamos analizando, serían las siguientes: - SERVEI_CONÏEA_LLAIUE^_ÇARIÎAS_BIQÇÊSAHA.- Cuya Junta es compuesta exclusivamente por un miembro, delegado del Obispado, que hace las funciones de Director. - SEEYEI _I HTERNAÇLQNAL DE_VAÇANÇES_SOÇI_AL1 NTEEYAÇ-. - Que como filial de otra entidad y por el hecho de ser creada por una persona jurídica, ésta rige el funcionamiento y determina las actividades, en relación a las directrices generales que pauta INTERVAC-Internacional. - El tercer caso, lo hallamos en la ASSOÇIAÇI0__SAGEADA FAMILIA_PEE_A_ANÇIANS. - Que por su relación directa con el Archiprestazgo de la Sagrada Familia -no olvidemos que su ámbito geográfico de actuación lo determina dicho Arc hi prestazgo- consta como Presidente de la entidad, el Archipreste de dicha congregación. En estos casos, el hecho que estos vienen determinados por los cambios que se puedan producir en la entidad que los acoge jurídicamente. El caso concreto de INTERVAC, se sale de este esquema y se podría situar prácticamente dentro del campo de empresa privada, puesto que quien la representa es su propietaria legal. El hecho que sea incluida en esta muestra viene motivado por el tipo de servicios que ofrece -tanto en lo que se refiere al campo social, como por su componente de innovadora- y que son claramente deficitarios, por lo cual, lo podemos considerar como una entidad sin ánimo de lucro. .81 4.4.1.1 Representación en las Asociaciones ©standard En lo referente al tipo de Junta Directiva, llamadas estándar, es preciso hacer algunas valoracioknes de orden sectorial o temático. No obstante, al tratarlas prescindimos de las tres entidades anteriormente citadas, en lo que se refiere a sus condicionamientos jurídicos. Edades La media de edad de los integrantes de las Juntas Directivas de las asociaciones se situa en los 36 años. En su cálculo se ha prescindico de aquellas entidades, que por las características de sus asociados podían desvirtuar la muestra. Las asociaciones que quedan fuera de este análisis concreto son: - ASSOÇI ACIO._DE„JOVES_CONTRA_LLATUR. - No olvidemos que sólo pueden ser socios los jóvenes menores de 25 años. En consecuencia, los miembros de la Junta, deben tener como máximo la edad señalada. -COORDI NADORA__ JUBILATS I RENSI ONISTES DE LES ASSOCIACIONS DE VEINS.- También esta entidad requiere unos esteriotipos de edades concretas, aunque en sentido contrario a la anterior. Se desprende del mismo nombre de la asociación que la edad mínima para pertenecer a ella, se situa en los 60 años. - FEDERÂÇI0__D1ASS0ÇI AÇI0NS. DE PARES D1.ALUMNES DE CATALUNYA -FAPAÇ-. - En esta entidad no existen límites de edad para pertenecer a ella. No obstante y según se deduce por sus funciones, ser socio viene en función de unos parámetrossociales -ser padres- que sitúan a sus componentes en unas determinadas edades. A pesar de todo ello, y por el hecho que las dos primeras asociaciones, por su disparidad en cuanto a edades, son complementarias. Si analizamos todos los componentes de los miembros de Junta, la media de edad la situamos entorno a los 39 años. La entidad que posee los miembros más jóvenes -aparte las tres citadas- es de tipo deportivo y su antagonista lo es de orden asistencial. 2.82 * i 4.4.1.2 Características sexo De los cincuenta representantes -dejando aparte las que tienen representación en virtud de su condición religiosa- que hallamos en la muestra, un 76% son hombre y 24% son mujeres. Dándose el caso curioso, de una Junta en la cual todos sus componenetes son femeninos "L* AMIC DDEL PAPER", frente a otras site cuyos componentes son exclusivamente masculisno. En el caso de l'AMIC DEL PAPER, cuyas finalidades son la promoción de las bibliotecas escolares, la explicación de sus componente, podría situarse en el hecho de la masiva participación de mujeres en los campos de magisterio y bibliotecarias. Para las otras site entidades de exclusiva representación masculina, no parecen haber condicionamientos lógicos que determinen este hecho, pues agrupa desde asociaciones de medios de comunicación hasta entidades de esplai. Por ello, en un intento de hallar explicación lógica a esta desfase, debemos remitirnos a los condicionamientos que impone la estrucutra de la sociedad a las mujeres en general. 2.83 4.4.1.3 Militància política Sólo un 17% de los representantes de las asociaciones pertenece a algún partido político. Las entidades que destacan por la participación de militante político son las de tipo reivindicatives y el caso contrario se sitúa en las de orden de ofrecimiento de servicios. Para relacionarlo con el apartado anterior, de las 12 mujeres que hallamos como integrantes a Junta, sólo dos pertenecen a organizaciones políticas: CDC y PSC, integradas en entidades reivindicatives y pedagógicas repeeti vamente. Por representación partidista, los partidos representados se sitúan por este orden: PSUC y PSC -tres miembros cada uno de ellos y CDC, PCC y AP con un miembro por organización. Cabe destacar como dato anecdótico que el militante de Alianza Popular, es el más joven de ellos (30 años). Cuatro de los militantes, que en total configuran la mayoría de los miembros de Junta de sus respectivas asociaciones, pertenecen a las entidades de tipo - rei vindicat ivo y rei vindicativo-tercera edad, Associació de Veïns i Coordinadora de Jubilats i Pensionistes de les AA.VV. (está última sólo tiene tres representantes en la Junta Directiva). En esta clasificación tampoco figuran, por razones obvias, los representantes que lo son por sus características religiosas. 2.84 4.4.1.4 Renovaciones Junta Directiva Por las motivaciones expresadas en la introducción de este capítulo, en lo referente a los condicionamientos que los propios estatutos imponen a los asociados, el escaso control interno de la mayoría de las asociaciones y nulo a nivel externo conlleva muchas incoherencias entre el ordenamiento jurídico y la realidad a la hora de producirse los cambios de personas que presentan al resto de asociados. De esta manera hallamos asociaciones en que algunos de sus miembros llevaban cinco años como miembros de la entidad cuando asumieron un cargo directivo y sin embargo comparten funcionalidades de representativi dad con otros miembros en los que su condición de asociados y de directivos se produce a la vez. Este segundo caso, se produce en las siguientes asociaciones analizadas: a) Associació de joves contra 1'atur b) Associació Sagrada Familia per a ancians c) EL COP d) L*AMIC DEL PAPER e) Associació d'Educació Permanent d'Adults f) ESPORT LLEURE MOLLET g) Associació de Mestres Rosa Sensat h) Amics de la Ràdio i Televisió i) Federació d'associacions de pares d'alumnes de Catalunya Algunos de estos casos, tienen una explicación lógica por su reciente creación, y por tanto, con la imposibilidad de haber celebrado elecciones por primera vez. Estas serían, las entidades señaladas anteriormente con: A, C, D, E, F. De las demás asociaciones cabe señalar que estas circunstancias sólo se dan en algunos de sus miembros. Una vez más, es preciso hacer referencia a casos concretos, cuyas peculiaridades, destacan del resto de la muestra. De entrada, señalar que INTERVAC, por las motivaciones ya citadas, no ha quedado englobada en este capí t ul o. Associació de Veïns- El presidente de la. asociación, cofundador de la misma ha ocupado el cargo durante 12 años seguidos, después de este tiempo fue sucedido por el vicepresidente para volver a sus funciones recientemente. La explicación más lógica de su larga permanencia en el cargo, la hallamos en la misma configuración de las asociaciones de vecinos en la pasada decada. La mayoría de candidaturas y, sobre todo cuando éstas eran unitarias, se producian por concenso entre las fuerzas políticas que actuaban en su seno. En el caso que nos ocupa, el hecho de la independencia política del :.8b presidente aseguraba una continuidad en el proceso de consolidación de la entidad a la vez que su presencia era aceptada por todos los miembros de la asociación. Un hecho viene a determinar en parte, lo expuesto en este capítulo. Tres de las quince asociaciones que componen la muestra, se hallan con algún cargo vacante, por falta de candidatos, cuando el resto de miembro de la Junta llevan más de un año en ella. 2.86 4.4.1.5 Situación laboral La totalidad de los cargos que componen las Juntas Directivas analizadas, disponen de trabajo fijo. Exceptuando, claro está, l'Associació de joves contra 1'atur, cuyos socios son jóvenes en paro, y por supuesto, también queda fuera de esta bloque, la coordinadora de Jubilats i Pensionistes de les AA.VV. Esta circunstancia fortalece la teoría que la estructuración de la sociedad civil va en proporción directa al bienestar de quienes la promueven. La falta de estabilidad económica es un serio handicap para la dedicación de tiempo a tareas sociales altruistas. Nos lo confirma el hecho que todos los jóvenes entre 24 y 30 años, que están englobados en Juntas Directivas, en gran número -recordemos que la media de edad está situada en los 36 años -disponen de trabajo fijo, cuando la realidad social de esta categoría de edades es duramente castigada por el paro. 2.87 4.6.1.6 Nivel de estudios Existe una elevada formación entre los miembros de Juntas Directivas. Por la clasificación establecida en el cuestionario -ver anexo- se determina que: 47% de las personas que componen la muestra posee formación uni versi tari a. 42% de las personas que componen la muestra posee formación de estudios medio-superior. 5% de las personas que componen la muestra posee formación de estudios secundarios. Sólo un miembro se halla únicamente con estudios primarios y pertenece a la Coordinadora de Jubilats i Pensionistes, con una edad de 72 años. Las entidades en que el nivel de instrucción personal es menos alto son: Associació de Veïns, Coordinadora de Jubilats i Pensionistes y Federació d'associacions de pares d'alumnes. Las entidades con un nivel de instrucción más elevado -refiriéndonos siempre a las Juntas Directivas- son las que poseen una infraestructura más fuerte y un gran peso específico en el seno de la sociedad en que se mueven: Club Infantil i Juvenil de Bellvitge, OCUC. Todos los miembros de su Junta poseen titulación universitaria. Ello parece confirmar otra teoría, es primordial para el funcionamiento de una asociación la preparación intelectual de sus representantes, pues les permite manejar los escasos resortes que la sociedad les ofrece. 2.88 Toda asociación para poder ejercer sus funciones, en nuestro pais, debe estar reconocida jurídicamente. En la actualidad, basta con presentar solicitud de admisión, compañada de copias de los estatuos para figurar en el Registro d'associacions de la Generalitat. Cada asociación que se inscribe en el Registro recibe un número de orden y queda archivada, sin figurar, no obstante en ningún marco de tipología pre-establecido. El mayor problema consiste en que no se ha determinado ningún sistema para detectar aquellas asociaciones que por cualquier motivo, han dejado de funcionar. Es necesario pues, a nuestro entender, establecer un criterio para actualizar los datos referentes al tejido asociativo de nuestra sociedad. Aparte del Registro d' Associacion i Fundacions de la Generalitat, las asociaciones que llevan más tiempo funcionando han utilizado otros sistema para conseguir su legalización. Debemos aclarar que actualmente la legalización de una entidad le permite recurrir a la obtención de determinadas ayudas, básicamente de orden económico, ,pero anteriormente, no era posible realizar ninguna acción sin haber obtenido un reconocimiento jurídico por parte de la Administración. Por este motivo, en ocasiones se recurría otros sistemas externos a la Ley de Asociaciones 191/64 como mecnismos legales para ejercer sus funciones. Fueron creados tres sistemas distintos. a) Asimilación de los estatutos de una entidad, al marco de la ley mencionada, aún cuando las acciones posteriores de dicha entidad no se somietieran al estrecho margen de actuación que estos estatutos le conferí an. b) Utilización de otras leyes o marcos legales. c) Asumción de los estatutos de otra entidad legalizada, para funcionar como delegaciones de la misma a nivel teórico. El primer y tercer sistema mencionados fueron usados mayoritari ámente por las associacions de veïns. En la actualidad, existen varias entidades que funcionan como delegaciones de otras. De la muestra escogida podemos señalar las siguientes: INTERVAC - funciona como sección de una agencia de vi a j es. 2.89 ASSOCIACIÓ CONTRA L' ATUR - CARITAS DIOCESANA - La asociación es filial de Cáritas. COORDINADORA DE JUBILATS I PENSIONISTES DE LES ASSOCIACIONES DE VEINS - Se rige por los estautos de la FAVB. En lo referente a la utilización de otros ■ marcos legales y por señalar sólo los incluidos en la muestra, señalamos: CLUB INFANTIL I JUVENIL BELLVITGE - Su ordenamientojurídico está enmarcado como Sociedad Civil sin ánimo de lucro. Los antecedentes históricos que han dado lugar a 1*ASSOCIACIÓ DE MESTRES ROSA SENSAT, nos muestran otro caso. La primera Escola de Mestres Rosa Sensat, que con el tiempo ha dado lugar a la asociacón señalada fue fundada como Sociedad Anónima. No nos extendemos más en este apartado, puesto que un capítulo del presente estudio está exclusivamente dedicado a ello. m s b Ï'Í Ü i . o n íj î O A V íi 3 î M I 2.90 4.5.1 Relación Epoca- Causas Como se ha señalado en la introducción, el rol de una asociación va en relación directa a las deficiencias de la sociedad. Dicho de otra manera las asociaciones suplen la incapacidad de la Administración a lo largo de un proceso hi stóri co. Uno de los criterios de selección de las muestra en el marco de la tipología descrita ha sido en virtud del año en que iniciaron sus actividades, las asociaciones analizadas justamente con la intención de verificar la hipótesis antedicha. Las asociaciones de vecinos, surgen -en el área estudiada- a partir del año 1969 (Nou Barris) y se extienden en progresión geométrica por toda Catalunya. No obstante, las primeras experiencias se dan en las áreas de mayor déficit urbanístico y son impulsadas por organizaciones políticas de .izquierda y extrema izquierda. Ello lleva al Régimen establecido a decir: "La subversión en los barrios y en el ámbito laboral, son las dos principales palancas que emplean los grupos de oposición para conseguir derrocar al Régimen actual español". (1) Incidiendo en el rol político que desempeñan las organizaciones sociales bajo un sistema político dictatorial hacemos referencia al extracto de un documento que nos confirma una vez más la hipótesis establecida. "Para los comunistas, los graves problemas que las masas tienen planteados en las barriadas han de constituir gran preocupación, y hay que tomarlos con fuerza en el conjunto de nuestras tareas de partido. Su importancia radica en que son una forma legal de organización de los vecinos del barrio, a través del cual es posible organizar la denuncia y difusión de los problemas existentes y la relación permanente entre vecinos facilitando, a través de su actividad, la organización democrática de masas en los barri os". (2) ■ ; s . (1) |studio_sobre la subverción en_los_barrios. Documento atribuido al Ministerio de Gobernación, enero 1975. Citado por Jordi Borja en la obra " Ôuà._g.on_l§.s._££,_y V, pg. 32 (2) VIII Congreso del PCE - Bucarest 1972- La Vanguardia 26. 6. 1 976 2.91 Asi pues, nos encontramos que las asociaciones creadas antes de 1976, tienen un marcado carácter rei vindicativo, en sus diversos aspectos: cultural, social, pedagógico, etc. Son las siguientes: ESCOLA DE MESTRES, ROSA SENSAT - creada en 1967. Surge con la voluntad de formar una escuela nueva, recuperando lo que fuera posible de la escuela de la época republicana, desde una perspectiva de escuela activa, catalana y enrraizada en el medio. En definitiva surge como contestación a la escuela direccional implantada por el sistema. CLUB INFANTIL I JUVENIL BELLVITGE -1969 - Ante la degradación urbanística del barrio que habitan, acogen a los jóvenes para darles una educación cívica complementaria y evitar el embrutecimiento lógico que las condiciones de vida les ofrece. ASSOCIACIÓ DE VEINS-SANT ANDREU - Creada en 1971. Como todas las asociaciones de vecinos, surge para reivindicar mejoras sociales e impedir agresiones urbanísticas en el barrio. COORDINADORA JUBILATS I PENSIONISTES DE LES AA. VV. -1975 Nacen para reivindicar el reconocimiento a una vejez digna. Intimamente ligada con el tipo de asociación anteri or. ORGANITZACIÓ CONSUMIDROS I USUARIS DE CATALUNYA -1976 - Surge como defensa y representación de los consumidores y usuarios. Las asociaciones creadas a partir de 1976, se entremezclan entre reivindicaciones y ofrecimiento de servi ci os. FEDERACIÓ D' ASSOCIACION PARES D'ALUMNES - 1977 AMICS DE LA RADIO I TELEVISIÓ - 1980 INTERVAC - 1980 A partir de 1981, las asociaciones creadas lo son básicamente como ofrecimiento de servicios y canalización de los mismo. Supliendo en todos los casos las deficiencias de la Administración. 2.92 La crisis económica y laboral conlleva el surgimiento de entidades especificas en este campo: ASSOCIACIÓ JOVES CONTRA L'ATUR - 1981 ASSOCIACIÓ CONTRA L'ATUR - CARITAS - 1982 ASSOCIACIÓ SAGRADA FAMILIA PER A ANCIANS - 1981 Por citar tres casos, que se corresponden a tres escalas de edad. Siguiendo con 3a suplantación de los servicios que el Estado no ofrece, nos encontramos con: ASSOCIACIÓ D'EDUCACIÓ PERMANENT D'ADULTS - 1981 ASSOCIACIÓ BIBLIOTEQUES ESCOLARS - 1984 Como coordinación de entidades deportivas, se crea en Mollet: ESPORT LLEURE MOLLET - 1985 La última entidad a señalar se sitúa en el terreno de regeneración reivindicativa, o sea, pretende aprovechar la infraestructura que han generado los movimientos anteriores que por cualesquiera causas han remitido en sus funciones. Este es: COMISSI0 CIVICA DEL PENEDES - EL COP 2.93 4.6 FINANCI AMIENTO DE LAS ASOCIACIONES Cualquier entidad que pretenda incidir en la sociedad, debe disponer de unos recursos económicos que le permitan, aparte de su subsintencia básica, generar las actividades necesarias que le lleven a la consecución de los objetivos propuestos de antemano. Los medios empleados por parte de las asociaciones para su financiación difieren mucho de unas a otras, según el tipo de asociación y según las finalidades para las cuales ha sido creada. No obstante, se advierten dos grandes grupos que corresponden a dos filosofías distintas: a) Funcionamiento mediante subvenciones de la Administración, en compensación a los servicios que la entidad ofrece y que corresponderian a aquella. b) Búsqueda de recursos propios, en base a no depender de ningún otro organismo. Expresado en otros términos: autofinanciamiento de la entidad. Antes de entrar en el análisis de estas dos filosofías, conviene hacer algunas aclaraciones: 1) Toda asociación, por el mero hecho de serlo, se componen de socios que aportan una cantidad determinada para asegurar su funcionamiento. Generalmente esta cantidad asegura el mantenimiento mínimo de su infraestructura (alquiler local), pero no permite la realización de las actividades para las que la entidad ha sido creada. 2) Ninguna asociación de la muestra elegida ha conseguido hasta el momento funcionar en base a sus recursos propios, por lo que el autofinanciamiento de las mismas, es en estos momentos, poco menos que utópico. Sin embargo, existen asociaciones cuyos planteaminetos se basan en generar recursos propios. Estas son las que pertenecen al apartado B. Todavía dentro de estos apartados podemos hacer una subdivisión. Por lo que se refiere al propio mantenimiento económico de la entidad, se diferencian dos aspectos: Venta de los servicios ofrecidos o creación de otra en que cubre parte del déficit presupuestario de la asociación. Siempre dejando aparte las cuotas aportadas por los socios, la economía derivada de la venta de servicios no es fuente regular de ingresos, más que en aquellas entidades creadas para tal fin. Este sería el caso 2.94 del SERVEI DE BIBLIOTEQUES ESCOLARS "L'AMIC DE PAPER". En los otros casos, este ultimo sólo palia el déficit presupuestario. Aunque en el caso de "AMICS DE LA RADIO I TELEVISIÓ" la futura venta del material filmado a la Administración municipal (de Cardedeu) les permitirá un funcionamiento optimista, siempre y cuando mantengan la actual infraestructura 2.95 4.6.1 Intercambios económicos Las entidades que mantiene una relación económica estrecha con otras, que les sirve para compensar gastos económicos, son de dos tipos: aquellas que dependen de algún organismo, pero con una interrelation económica. INTERVAC.- Ja hemos visto que es una entidad dependiente exclusivamente de una agencia de viajes que se hacen cargo de los gastos y que además la respalda a nivel jurídico. ASSOCIACIÓ CONTRA L' ATUR - CARITAS.- En este caso además de una dependencia jurídica hay una absoluta dependencia económica, ya que el presupuesto le viene determinado por Cáritas y las ayudas que recibe son canalizadas por Cáritas, pues es una delegación. Existen otras tres entidades, cuya interelación con otros organismo exige determinadas puntualizaciones: COORDINADORA JUBILATS I PENSIONISTES DE LES AA. VV.- Esta Coordinadora de las vocal!as de Jubilados, recibe ayuda indirecta por parte de 3» FAVB. Esta ayuda consiste en: local y gastos de tipo administrativo, fotocopias, teléfono etc. , pero que no recibe ninguna aportación económica a pesar de su dependencia jurídica. ASSOCIACIÓ SAGRADA FAMILIA PER A ANCIANS.- Mantiene una estrecha relación con la Parroquia de la Sagrada Familia y por ende del Arc hi pre stazgo de la misma. Recibe ayudas en cuanto a infraestructura y utilización de medios sin ninguna dependencia jurídica, a pesar de tener un representante eclesiástico en su Junta Directiva. EL COP.- Esta asociación- surgió a raíz de LA FURA -prensa gratuita-, y mantiene estrechas relaciones, puesto que miembros d' EL COP pertenecen asimismo a LA FURA. Las ayudas económicas no son entre entidades directamente, sino que la segunda aporta cantidades concretas para paliar déficits ocasionado por actividades que EL COP ha organizado, tales como: recitales, etc. Por lo que respecta a las entidades con brazo económico, estos acostumbran a ser coopertivas creadas por medio de la asociación o viceversa. De entre la muestra cabe destacar: ASSOCIACIÓ DE MESTRES ROSA SENSAT - COOPERTIVA ABACUS ASSOCIACIÓ D*EDUCACIÓ PERMANENT D'ADULTS - COOPERTIVA 2.96 EL ROURE FEDERACIÓ D* ASSOCIACION PARE D'ALUMNES - SERVEIS GESTIÓ LLIBRES TEXT (COOPERATIVA) En determinados casos, una Federación se hace cargo de determinados gastos de infraestructua, básicamente originados por el mantenimiento del local. Estos son los casos de: ASSOCIACIÓ DE MESTRES ROSA SENSAT - FUNDACIÓ ARTUR MARTORELL ASSOCIACIÓ SAGRADA FAMILIA PER A ANCIANS - FUNDACIÓ FELIX LLOBET ¿. 97 4.6.2 Ayudas y subvenciones El tamaño de una entidad, las actividades que desarrolla, sus propias finalidades, y sobre todo su propia filosofía económica, son algunas de las variables que determinan su capacidad económica y sus relaciones con la Administración en el terreno de subvenciones y ayudas. Debemos distinguir de entre las asociaciones tres grandes grupos: 1 - Aquellas que no reciben ningún tipo de ayuda material externa y por ende, su capacidad económica viene determinada por las aportaciones de sus asociados y/o por los servicios que ofrecen. 2 - Aquellas que aparte 'de los medios de financiación del grupo anterior, reciben ayudas o subvenciones de la Administración. 2.1 - Ayudas por actividades concretas 2.2 - Subvenciones estipuladas por períodos 3 - Aquellas que reuniendo algunas de las características de las anteriores, disponen de otra entidad (cooperativa, fundación etc.) que les asegura un sostén económico. Antes de concretar cada uno de los casos anunciados, debemos advertir que en las entrevistas se ha recopilado las subvenciones recibidas durante el último ejercicio, ya fuera por año natural o por año escolar. En la mayoría de casos, estos datos son significativos del proceso vivido por cada entidad, en los últimos años. No obstante, algunas asociaciones han recibido cantidades suplementarias an base a presupuestos extraordinarios de la Administración, en esos casos un factor importante a tener en cuenta, es la utilización de este dinero por parte de la asociación beneficiada. Por lo que respecta a las entidades que se han creado recientemente y no han hecho obviamente balance presupuestario, su análisis económico se basará en las previsiones para el presente ejercicio. 2.98 4.6.2.1 Asociaciones sin ayudas Las asociaciones que no han recibido ningún tipo de ayudas de la Administración, en el período señalado son: Servei de Biblioteques Escolars "L'AMIC DEL PAPER" Como entidad no se ha visto ayudada por la Administración. No obstante, cabe una matización fundamental. Esta asociación solicita subvenciones a las corporaciones locales para que las escuelas de la población puedan disponer de la biblioteca que ofrecen. De esta manera quien recibe la ayuda municipal es la escuela en cuestión y en ningún caso la asociación señalada. El medio de financiación de que dispone la entidad, (aparte de las aportaciones de sus socios) es el margen que la cooperativa ABACUS -suministradora de los lotes de libros- que les ofrece. COORDINADORA JUBILATS I PENSIONISTES DE LES AA. VV. Si empezamos reseñando que el presupuesto anual de dicha coordinadora es de 1 7.500 Pts. , para una representación de 46. Q00 adheridos, parecer obvio cuestionar sus actividades. De hecho el número de asociados, en este caso, no es determinante en lo que se refiere a su economía, puesto que ninguno de ellos cotiza a la entidad, y además, los actos que se realizan son en su gran mayoría gratis. La cantidad presupuestada anteriormente, viene determinada por las ayudas -variables- que las distintas asociaciones de vecinos les aportan, por medio de las vocalías de Jubilados. SERVEI DE VACANCES SOCIALS -INTERVAC- Entidad que por depender de otra, puede permitirse un déficit anual, que será cubierto por su organización-madre. Asimismo no puede tampoco, establece a priori un presupuesto general, por cuanto la renovación de socios es total cada año, si bien desde su inicio estos han ido en aumento. La única ayuda que ha recibido de manera externa, han sido 1 5. 000 Pts. provenientes de INTERVA-Internacional, para la consolidación del proyecto y un stand gratuito en la Feria de Muestras de Barcelona para la promoción de la idea. 2.99 5 SERVEI CONTRA L' ATUR -CARITAS DIOCESANA Como la anterior, este servicio, es una delegación de otra entidad, que en el capitulo que nos ocupa le sirve de financiación económica. La política de esta entidad es la de crear los mecanismos necesarios para hacer frente a la demanda social producida por la escasez de trabajo. De ahí, que el dinero destinado a paliar los efectos de esta lacra social no va en ningún momento a particulares, sino a la potenciación de alternativas económicas, básicamente cooperativas. Por otra razón, recibieron 700.000 Pts. durante el ejercicio de 1983 de la Direcció General de Cooperativas de la Generalitat. Esta cantidad se distribuyó a la creación de nuevas cooperativas y potenciación de las existentes, por lo que la entidad en si misma no se vi ó beneficiada directamente. Durante el año 1984, no recibieron ningún tipo de ayuda de la Administración. Los problemas burocráticos que acarrea cualquier subvención por parte de la Administración y el retraso en su percepción han condicionado a Cáritas y han situado a la entidad ante la disyuntiva de : a) No ofrecer los servicios hasta haber superado los trámites burocráticos o bien b) Ofrecer los servicios, que el Estado no asume, y prescindir de la subvención. Han adoptado el segundo sistema a pesar del déficit que se pueda ocasionar. En cuanto a las aportaciones de sus socios -de Cáritas- no son establecidas de manera fija, puesto que son totalmente voluntarias, de ahí que el presupuesto anual de 40.000.000 Pts. sea aportación exclusiva de Cáritas Diocesana, donde están englobados los donativos recibidos. 2.100 4.6.2.2 Asociaciones parcialmente subvencionadas Como se ha señalado, existen dos tipos de asociaciones que reciben ayudas de la Administración. Mejor dicho, existen dos sistemas de subvencionar a las asociaciones. a) Por actividades concretas b) Por subvenciones establecidas por periodos En el primer caso, hallamos: COMISSIO CIVICA DEL PENEDES - "EL COP" Recibió durante el período señalado una cantidad de 20.000 Pts. por parte del Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès, en concepto de ayuda a la 1a. SETMANA DE LA NATURA. Y otras 70. 000 Pts. , por parte de la Generalitat para la promoción de las distintas actividades cívicas que se realizaron. ESPORT LLEURE MOLLET Desde abril a diciembre del año actual, a nivel de previsiones -esta entidad es de reciente cración (abril 84)- esperan recibir del Ayuntamiento de Mollet 310.000 Pts. por distintos conceptos y en virtud de las activiades que tiene proyectadas. No se prevé ninguna subvención por parte de otros organismos de la Administración. AMICS RADIO I TELEVISO - CARDEDEU La única ayuda que recibieron les fue otorgada por el Ayuntamiento de la población, estipulada en 100.000 Pts. (10% del presupuesto anual de la asociación). Esta subvención donada por a la Regiduria de Cultura, lo fue por las actividades realizadas a lo largo del período explicitado. No recibieron ninguna ayuda por parte de otros organismos de la Administración. No obstante, han llegado a un pre-acuerdo con la Corporación Municipal, en base a que ésta comprara los videos con las emisiones para formar un centro de Estudios Históricos. Toda vez que se puede estudiar la historia de la población desde 1980 con los videos emitidos. P.101 FEDERACIÓ D'ASSOCIACIONS DE PARES D'ALUMNES - FAPAC Durante el ejercicio referido han recibido subvencions de la Diputación de Barcelona y del Ministerio de Educación y Ciencia. Es la única entidad de la muestra, que ha percibido ayudas del Gobierno Central, estas se concretaron en 1. 000. 000 Pts. , en base a un presupuesto extraordinario, sin certificación de continuidad y que se corresponde además, al presupuesto otorgado en sus actividades en el año anterior. Por lo que respecta a la Diputación, este organismo colaboró en sus actividades con una aportación de 250.000 Pts. ASSOCIACIÓ D'EDUCACIÓ PERMANENT D'ADULTS - AEPÀ No recibieron ninguna ayuda de la Administración Municipal. Y por actividades concretas, la Generalitat les subvenciono con 50.000 Pts. y la Diputación de Barcelona con otras 80.000 Pts. ASSOCIACIÓ SAGRADA FAMILIA PER A ANCIANS Las únicas ayudas recibidas por parte de la Administración, correspondieron a la Generalitat, que subvenció a las Residencias asistenciales. Un millón de Pts. para la Residencia normal y 2. 500. 000 Pts. para la Residencia asistida. Que representan aproximadamente un 10% del presupuesto necesario para el mantenimiento de ambas. ASSOCIACIÓ DE VEINS DE SANT ANDREU Han recibido subvenciones del Ayuntamiento y de la Generalitat. La corporación municipal colaboró con 137.000 Pts, por varios conceptos y la Generalitat, con 75.000 Pts. para la edición num. 10 del boletín "SANT ANDREU DE CAP A PEUS". Asimismo aportaron entre ambas instituciones 423.123 Pts. como ayuda a los cursillo de catalán. Ambas subvenciones suponen el 23% del presupuesto de la entidad. 2.102 * * 4.6.2.3 Subvenciones establecidas por períodos Sólo dos asociaciones pertenecen a este grupo: CLUB INFANTIL I JUVENIL DE BELLVITGE Esta entidad recibió durante el último ejercicio 12.000.000 Pts. por parte del Ayuntamiento de l'Hospitalet y 5.500.000 Pts. de la Generalitat de Catalunya. Estas subvenciones suponen el 46% del presupuesto anual de la entidad. Recibieron asimismo 25. 000 Pts. por determinados conceptos, por parte de la Diputación de Barcelona. Por iniciativa propia, la asociación, encarga anualmente una auditoria a una empresa externa. Los resultados obtenidos son entregados al Ayuntamiento de 1' Hospitalet y a la Generalitat. ASSOCIACIÓ DE MESTRES ROSA SENSAT Recibieron por parte del Ayuntamiento de Barcelona, 1 0. 000. 000 Pts. por acuerdo establecido y 14.000.000 Pts. por parte de la Generalitat en concepto de servicios ofrecidos (escola d'estiu, grups de treball, etc.). La Diputación no colabora económicamente de manera directa, pero si indirectamente. Tiene establecido con la asociación un convenio de revisión anual, por el cual está subscrita a las publicaciones de la entidad y las envía a la escuelas públicas de manera gratuita. Este tipo de convenio asegura a la asociación una tirada mínima con presupuesto saneado. Las subvenciones recibidas por parte del Ayuntamiento y la Generalitat, representan el 25% del presupuesto de la asociación. ASSOCIACIÓ DE JOVES CONTRA L'ATUR Recibieron durante el pasado ejercicio una subvención por parte de la Generalitat, de 4.080.000 Pts., en concepto de potenciar las entidades sin ánimo de lucro. No obstante, este subvención se basaba en un presupuesto extraordinario y sin certificación de continuidad. La misma Institución les otorgó además una ayuda material de 200.000 Pts. por conceptos varios. 2.103 4.6.3 Aportaciones extraordinarias de la Administración Como se ha señalado anteriormente, en determinadas ocasiones la Administración establece presupuestos extraordinarios para temáticas concretas, que revierten en asociaciones cuyo funcionamiento se estructuraba prescindiendo de estas aportaciones extraordinarias. Si la asociación agraciada arrastraba déficit, lo puede paliar con este nuevo presupuesto. Pero si la entidad que lo recibe no lo precisa para recuperarse económicamente, o bien, la cantidad recibida supera al déficit acumulado, pueden optar por dos sistemas: ingresando y así evitar en un plazo próximo la generación de nuevo déficit o bien crear nuevas secciones y potenciar nuevas activi dades. En la muestra utilizada hemos encontrado este caso en la Federació d'Associacions de Pares de Catalunya, FAPAC, que ha optado por la segunda fórmula. Ante la percepción de una partida económica extraordinaria concedida por el Ministerio de Educación, han decidido: "Montar activitats que condicionin a 1 ' Admi ni straoi ó a seguir-te' ls donant. 0 sia, crear una 'dinàiflioíS que fa que la societat reclami aquest servei. Nosaltres volem montar una escola de pares a nivell de Catalunya, que l'any vinent, el Miniteri, la Generalitat o qui sigui tingui que subvencionar aquest servei". Evidentemente es esta un fórmula que posibilita la creación de nuevos servicios, suponiendo un esfuerzo imaginativo para conseguir recursos propios, toda vez, que al tratarse de partidas extraordinarias pueden dejar de percibirse ante cualquier eventualidad con todo, la cuestión más importante que genera esta actitud es la de ampliar la red de estructuración de la sociedad civil. 2.104 * / 4.6.3.1 Retrasos en las subvenciones A pesar de que los servicios que ofrecen las asociaciones deberían en su gran mayoría ser asumidos por la Administración. Esta se limita a reconocerlos y subvencionarlos en parte, con lo cual, se ahorra una ingente cantidad de dinero y personal, esta claro que un funcionario no se entregaria a estas funciones con la capacidad que lo hacen las personas afectadas directamente o convencidas de la necesidad de tales actividades. Aun así, la carga burocrática que acarrean los aparatos del Estado, suponen a menudo a las asociaciones el retraso de actividades. Por imposibilidad de realizar actos y otras deficiencias afines, por el retraso en el apercibimiento de las subvenciones estipuladas. Uno de los sistemas empleados para paliar en parte estos defectos, es la de pedir créditos a entidades bancarias, que más tarde recibirán las aportaciones económicas concedidas por la Administración. Esta fórmula, si bien permite la realización de los objetivos propuestos por parte de las asociaciones, también suponen una enorme carga económica para estas. Concretamente el Club Infantil i Juvenil de Bellvitge, como consecuencia de- lo expuesto hasta ahora abono el pasado año (1984) 1.500.000 Pts. en concepto de intereses bancarios, interés que la entidad bancaria había estipulado en un 5% Recordemos que el SERVEI CONTRA L' ATUR DE CARITAS DICESANA, ha decidido prescindir de las subvenciones de la Administración, debido a que las trabas burocráticas para su adjudicación dificultaban de tal manera la realización de actividades que muy a menudo se debía renunciar a su realización. 2.105 1 *■ 4.6.4 Otras aportaciones económicas Existen determinadas entidades cuyos estatutos y/o capacidad económica le permiten disponer de un fondo de obra social parte del cual destinan a ayudas concretas a las asociaciones. En la muestra analizada, encontramos tres entidades que han ayudad económicamente a varias de las asociaciones. CAIXA DE BARCELONA.- Esta entidad ha subvencionado en aspectos concretos a: Club Infantil i Juvenil de Bellvitge, mediante la instalación de una ludoteca en el local de la asociación. '' 1 ■ s-tsq oh fa OfíL .Bflbsíwq idas Associació de Joves contra 1* atur, con 200. 000 pts. , parte de un estudio sociológico sobre la población de Monteada. ¿ t O X •./ i» -/ • <3 B O XÍTIO íí ' '.• Associació Sagrada Familia per a Ancianes, en la compra de material para uso de la asociación: lavadoras, instrumental, etc. • ■ 'íj¿.íírí ojasuqxé oí -al- s •·;·'h >ar .• oc; o , ivIIsS &b lí'áavuL n "51 na o-ía■í nOnU í, . • LA FUNDACIÓ ESICO.- esta fundación ha colaborado económicamente con: :¡ ■ ï, íi>q • tac Associació de Joves contra 1'Atur, mediante la concesión de 200.000 pts. para el mantenimiento de la entidad. a ■; -j n h m Xai « b -v : : r i fúo ,j 1 ¿fe n ò i o a - > x b u c.&a us a i b q El Cop, asimismo con 200. 000 pts. , en concepto de subvención de un censo de entidades del Penedès. Associació d' Educació Permanent d' Adults, para diversas actividades, esta asociación ha recibido de ESICO, 300.000 pts. SERVEIS CULTURA POPULAR ( f. BOFILL). Ayudó a dos asociaciones: Associació de Joves contra 1'Atur, mediante la concesión de 500.000 pts. para la realización de diferentes cursillos. Associació d'Eduació Permanent d'Adults, para diversas actividades, ha recibido de esta entidad 300.000 pts. 2.106 Tamaño social de las Asociaciones ( *) NUM. NUN.PERSONAS NUN.PERSONAS QUE SE ASOCIACION SOCIOS ACTIVAS EN BENEFICIAN DE SUS SU SENO SERVICIOS JOVES CONTRA L'ATUR 550 100 INDEFINIBLE SAGRADA FAMILIA PER A ANCIANS 400 100 26 SERVEI INTERNACIONAL DE VACANCES 70 1 70 i INTERVAL! ORGANITZACIÓ CONSUMIDORS I 1500 15 TODA LA POBLACION USUARIS DE CATALUNYA iûCUC! CE CATALUNYA SERVEI CONTRA L'ATUR (CARITAS) | - ( i CÛNISSIO CIVICA DEL PENEDES 35 20 VARIABLE "EL COP" SERVEI DE BIBLIOTEQUES ESCOLARS 17 5 50.000 "L'AMIC DE PAPER" D'EDUCACIÓ PERMANENT D'ADULTS 200 VARIABLE APRuX.25.000 "AERA" ESPORT LLEURE MOLLET 1200 10 1.200 COORDINADORA JUBILATS I 46000 6 TODA LA POBLACION PENSIONISTES ÍAA.VV.) MAYOR DE 65 ASOS MESTRES ROSA SENSAT ?75 250 VARIABLE AMICS DE LA RADIO I TELEVISIÓ 3S0 60 6.000 CLUB INFANTIL I JUVENIL 1250 70 1.250 FEDERACIÓ D'ASSOCIACIONS DE PARES 1100 15 400 FAKILIES/ESCUEIA D* ALUMNES (FAPAC) DE VEINS DE SANT ANDREU 890 35 63.000 :*;■ SEGUN OPINION DE LOS PROPIOS ASOCIADOS El cuadro anterior merece ciertas aclaraciones, dada la hetere ge noi dad de las asociaciones analizadas. En el apartado referente al número de socios, se debe destacar que la FEDERACION D'ASSOCIACIONS DE PARES D*ALUMNES no dispone de socios individuales, pues son miembros de dicha Federación, aquellas asociaciones que, como ente global, así lo han decidido. De esta manera es muy difícil compararla con las demás, ni todo los padres estan asociados, ni todas las ecuelas poseen asociación de padres. Por lo que respecta al número de personas activas en el seno de cada entidad, se deben hacer tres puntualizaciones: 1. - La Associació Sagrada Família per a ancians, colabora además con la associació d* Ajuts a Domicili per a persones disminuïdes, que como se ha señalado anteriormente no dispone de reconocimiento jurídico. De ahí que el número de persones activas sea netamente superior al de las personas beneficiadas por sus servicios, puesto que en este último apartado sólo se han contabilizado aquellas personas que se hallan en calidad de pacientes ingresados. 2.- INTERVAC, por las razones expuestas en el apartado de descripción de las asociaciones, depende de otra entidad, cuya gerencia se ocupa de mantener la asociación. 3. - El número de personas activas en AEPA, depende mucho de las actividades a realizar, dándose el caso que en la preparación de muchas de ellas participan colaboradores externos interesados por la acción a desarrollar, pero no afiliados en la entidad. En cuanto al número de personas que las propias asociaciones manifiestan se benefician de sus servicios, depende sobre todo de los objetivos que dicha asociaciones tienen descritas, y acostumbran a superar, aunque de manera indirecta a muchas más personas de las asociadas. Estos son los casos de: Associació de Joves contra 1' Atur OCUC EL COP AEPA COORDINADORA DE JUBILATS, PENSIONISTES DE LES AA. VV. ASSOCIACIÓ DE MESTRES ROSA SENSAT 2.IOS F A P AC AA.VV. SANT ANDREU Por diversas razones: a) Pertenecen a la entidad, las personas más concienciadas, de un problema que es común a gran parte de la comunidad. b) Las consecuencias de sus objetivos, una vez asumidas por la Administración favorecen a la comunidad en general o a gran parte de ella. c) No siempre una asociación se caracteriza por un sólo objetivo, o bien para conseguirlo, debe realizar una serie de actividades diversas. En ellas, unas personas se interesan más que por otras. Y ello supone que la participación y el beneficio de la misma sea tan variable como las actividades que se desarrollan. En este capítulo del tamaño de las asociaciones no analizamos, por las circunstancias que la caracterizan y que ya han sido expuestas, a la Associació l'Atur de Cáritas Diocesana. .109 4.7 PROBLEMATICA LINGÜISTICA La hetg re ge noi dad de las asociaciones se manifiesta una ve2 mas, en el idioma utilizado en sus publicaciones, ya sea a nivel de boletín o simplemente de carteles, hojas informativas etc. La utilización del catalán o castellano viene determinada por varios factores, tales como: ciudadanos a quienes van destinados los servicios que la asociación ofrece. Condición lingüistica de los propios asociados. Ubicación geográfica de la entidad, etc., sin olvidar otras variables como la propia ideología de la asoci ac i ón. Un 53* de las asociaciones utilizan como lengua, exclusivamente el catalán: Associació Sagrada Família per a Ancians EL COP L' AMIC DEL PAPER AEPA ASSOCIACIÓ MESTRES ROSA SENSAT AMICS RADIO I TELEVISIÓ FAPAC AA. VV. S-ANT ANDREU Otras dos asociaciones utilizan exclusivamente el idioma castellano, lo que porcentualemente se situaría en un 1 3 % OCUC INTERVAC Y otras cuatro (26%) se sirven indistintamente de ambos idiomas JOVES CONTRA L' ATUR SERVEI CONTRA L'ATUR - CARITAS COORDINADORA JUBILATS I PENSIONISTES CLUB INFANTIL I JUVENIL 2.110 r- Existe otra asociación que utiliza el castellano para su boletín exclusivamente, entanto que los carteles anunciadores de actos y trípticos de propaganda los edita en catalán. ESPORT LLEURE MOLLET El boletín de INTERVAC está redactado en inglés pues es de difusión internacional, en este caso, sólo hemos contabilizado las demás ediciones propaganda que edita exclusivamente la sucursal española, destinada al público de nuestro país •''.111 4.8 RELACION INTER-ASOCIATI VA INTERCAM¬ CONOCEN UTILIZAN UTILIZAN ASOCIACION BIOS, IN- REALI¬ OTROS CENTROS FORHACION DAD DE LOCALES CIVICOS OBSERVACIONES OTRAS ASO SU EN¬ CIACIONES TORNO i 1 UBICADA EN JOVES CONTRA L'ATUR SI SI SI - MONTCADA SASRAOA FAMILIA PER A I ! ANCIANS NO 51 NO NO ! irERVAC NO [ NO NO NO DCUC 1 sí ISI NO NO 1 SERVEI CONTRA L'ATUR ! I • 1 ! (CARITAS) ¡Si SI I B" NC ' "EL COP" .SI SI SI - UBICADA EN VILAFRANCA "L'AMIC DE PAPER" SI SI SI - "AEPA" SI SI Si - ESPORT LLEURE MOLLET NO SI SI - 1 UBICADA MOLLET COORDINADORA JUBILATS I PENSIONISTES ÍAA.VV.) SI SI SI SI AA. MESTRES ROSA SENSAT SI SI SI i NO AMICS DE LA RADIO I TV SI SI SI i - [UBICADA CARDEDEU CLUB INFANTIL I JUVENIL SI SI - - UBICADA EN L'HOSPITALET FAFAC 1 SI SI SI SI AA.Vv. DE SANT ANDREU | SI SI SI SI Del cuadro anterior se desprenden algunas variables que merecen ser analizadas. Asimismo caben hacer algunas puntualizaciones. Sólo tres entidades manifiestan no intercanbiar información con otras entidades afines o cuyos objetivos son parecidos. - Associació Sagrada Família per a Ancians.- cuya función es meramente asistencial - INTERVAC.- única asociación que existe en el pais de intercambio de viviendas. - Esport Lleure Mollet.- coordina las actividades de las entidades deportivas pero es la úncia asociación que se dedica a ello en Mollet. Evidentemente, las asociaciones que si mantienen intercambios de información con otras, lo hacen con aquellas que poseen unas finalidades y realizan actividades análogas a las suyas, o bien que actúan en el mismo ámbito geográfico. La realidad social de su entorno, -el conocimiento de ella- se refiere a si conocen otras asociaciones que existan en su mismo ámbito geográfico, independientemente de que mantengan relaciones o no con ellas. La pregunta en el cuestionario se planteó en los siguiente términos: "Anomeneu les cinc principals entitats que existeixen en el vostre àmbit geogràfic". Sólo una entidad desconocía el entorno asociativo del ámbito geográfico en que se halla ubicada: INTERVAC. La utilización de otros locales, responde a varias circunstancias: - Incapacidad física del local social de la entidad, en relación al número de asociados y de las personas a quienes van destinados sus servicios. - Associació de Joves contra 1'Atur - Servei contra 1" Atur - Cáritas - AEPA - Esport lleure Mollet -(básicamente se refiere a instalaciones deportivas) - Coordinadora Jubilats i Pensionistes - Associació Mestres Rosa Sensat - Amics Ràdio i Televisió - FAPAC - AA. VV. SANT ANDREU - Inexistencia de local social: - EL COP 2.113 En este apartado sólo tres asociaciones manifiestan no utilizar locales de otras entidades. - Associació Sagrada Família per a Ancians- Al ser meramente asistencial sus funciones, precisarian utilizar otros centros médicos. INTERVAC- ya hemos señalado que se trata de una delegación de una agencia de viajes y cuyas funciones son únicas en el país. No obstante en la Feria de Turismo de Barcelona, les es cedido de manera gratuita un stand para dar a conocer sus actividades. - OCUC- No utilizan locales de otras entidades. Sin embargo, para conferencias, convenciones u otros actos mayoritarios acostumbran a alquilar salas de hoteles. La utilización de los Centros Cívico se da de escasa manera. Solamente FAPAC, la AA. VV. de Sant Andreu y la Coordinadora de Jubilados de las AA. VV. manifiestan explicitamente haberlos utilizado para casos concretos. Cabe señalar que cinco de las asociaciones utilizadas en la muestra, estan ubicadas fuera de Barcelona, por lo cual su utilización no es posible. Asimismo las tres asociaciones mencionadas en el anterior apartado, no las utilizan por las razones expuestas. L'AHIC DE PAPER, acostumbra sutilizar locales escolares, por sus propias funciones y otros locales municipales, puesto que la mayoría de las escuelas con las que colabora se hallan fuera de la ciudad. También es cierto que sus actividades no requieren realizar asambleas mayoritari as. 2.114 4.9 DEFICIENCIAS RECONOCIDAS Las propias asociaciones son conscientes de las deficiencias que padecen y que les imposibilita de ofrecer más y mejores servicios de las que actualmente generan. Estas deficiencias son consecuencia, en la mayoría de casos de la propias necesidades que soportan las entidades. Necesidades de muy diversa índole y cuya resolución no depende exclusivamente de la capacidad de las asociaciones. Hemos visto anteriormente que unos planteamiento saneados de la economía de las asociaciones, permite de alguna manera, su funcionamiento. Sin embargo, estos planteamiento no son suficientes por sí solos para garantizar la consecución de las finalidades propuestas. Por otra parte, confirmando el conocimiento real de la situación por parte de los mismçs protagonistas de las asociaciones, estos apuntan sus nece-sidades hacia un crecimiento de los recursos humanos y del reconocimiento de sus tareas sociales, más que en la entrada de dinero en sus arcas para regenerar su estado de cuentas, que sería evidentemente una solución temporal. Se plantean cuatro tipos de necesidades por parte de las asociaciones: - de tipo recursos humanos - de reconocimiento de su tarea - falta de medios materiales - falta de medios económicos Un 38% de las asociaciones manifiestan que los impedimento para ampliar sus funciones vienen determinadas por la escasez de recursos humanos con los que cuentan. 0 bien, que sería necesario profesionalizar los elemento de la Junta Directiva o equipo de dirección, pero sus mismos estatutos se lo impiden, al ser entidades sin ánimo de lucro y por tanto, en teoría, no pueden destinar sueldo a ninguno de sus asociados. '-■.lis QUAD R O R E S U ME hi DE L A S D E E I G I E hi G I A S MAS I ME» O R X A hi X E S S E GUN LAS A S O G X A G I O hi E S E NTR E V X S X A D A S 2.116 MEDIOS Wc CONOCEN ASOCIACIONES DEFICIENCIAS CAUSAS NECESIDADES PARA PALIARLAS I JOVES CONTRA L'ATUR SOA. FAMILIA PER A MAS CAPACIOAO PARA BASICAMENTE BASICAMENTE ARCHIPRESTAZ50-CARITAS ANCIANS AMPLIAR LOS SERVICIOS A ECONOMICA ECONOMICA VECINOS SA ELLOS HEMOS . MAS SENTE ACUDIDO) INTERVAC NO MANIFIESTA OEFIC. DIFUNDIR MAS EL MEDIOS SISTEMA DE COMUNICACION O C U C CAHFAhAS EN COLE- BASICAMENTE AMPLIAR SOCIOS, UNION CON LAS DEMAS 5I0S SOBRE EL ECONOMICA POSIBILIDAD SOCIOS ORGANIZACIONES CONSUMO COLECTIVOS (AA W, DE CONSUMIDORES SINDICATOS) IMPLANTACION EN CREACION OTRAS OCUOS TODA CATALUNYA EN DIFERENTES MUNICIPIOS CONSOLIDACION FORMAS TRABAJO MAS ABIERTAS SERVEI CONTRA L'ATUR CAPACITACION DEL DEBERIA HACERLO LA PERSONAL ADMINISTRACION CUALIFICACION PROF. LA IGLESIA YA SUPLE FALTA IMAGINACION Y MUCHAS DEFICIENCIAS CREATIVIDAD EL COP CASOS CONCRETOS: PROBLEMAS FALTA LOCAL SETMANA NATURA ECONOMICOS AYUDAS PUNTUALES MAS ACTIVIDADES PARA COSAS CONCRETAS L'AMIC DE PAPER SENCILLAMENTE LLEGAR SOLO LLEVAMOS 8 MESES DOSSIER MAT.ESCUELAS DPT. CULTURA A TODAS LAS ESCUELAS FUNCIONANDO TRABAJOS INTERNOS DE LA GENERALITAT ECONOMICA PERSONAL '.BASICAMENTE! EDUCACIONAL ADULTOS ECONOMICA TIEMPO LIBRE PARA CURSOS INFORMACION EL COLECTIVO SUE LA GENERALITAT 'GENERALITAT DISPONGA DE UN MODELO CONCRETO DE EDUCACION DE ADULTOS (NECESIDAD MAS IMPORT.! ESFORT LLEURE MOLLET FALTA INSTALACIONES INSTALACION RUNICIP, RELACIONES ESTABLES CUBIERTAS MEDIANTE CONCESIONES CON LA GENERALITAT (UTILIZACION) COORDINADORA FALTAN TALLERES ECONOMICAS VACACIONES SOCIALES PRESENCIA DE JUBILATS FISICA ARTESANALES PARA JUBILADOS EN LA GENERALITAT MONITORES EDUCACIC CENTRO RECURSOS FISICA ECONOMICAS RESTRES ROSA SENSAT TODO LO RUE SUFONE FALTA CENTRO DE AMPLIAR EL ABANICO RECURSOS EN SARNA DE SERVICIOS SUE LO SUPLIMOS NOSOTROS AMICS RADIO I TELEVISIÓ AMPLIAR PROGRAMACION FALTA DE RFCURSOS HUMANOS ECONOMICAS UNIVERSITAT(C.INF.)CONVENIO \ ¡'i. Ml.l'li'j î'Î.ÏTA ILVAIAlliNL': sIMVALIU!. CIPUACití CLUB INFANTIL I JUVENIL FALTA PRESUPUESTO RECONOCIMIENTO SOCIAL Y DPI CIAL DE NUESTRAS TAREAS F A P A C ESCUELA DE PADRES A NIVEL ECONOMICAS ESTRUCTURA SUPERIOR: DE TODA CATALUNYA MEJOR LOCAL, MATERIAL OFICINA, ORDENADOR, ETC. E3UIF0 DIRECCION MAS FUERTE AA.VV. SANT ANDREU m PBEIÏOBPACION HACIA FALTA PERSONAL ECONOMICS ACTIVA AJUNTAMENT TRABAJAR LA CULTURA ECONOMICAS LOCAL MAS ESPACIOSO DEL BARRIO Puntualizaciones referentes al cuadro anterior. En cada uno de los apartados que lo componen se señala en primer lugar la motivación principal (si no se indica lo contrario) que las asociaciones consideran. La principal necesidad que reconocen el 30% de las asociaciones se concreta en la falta de reconocimiento social y/o oficial de su tarea.. En el caso de su reconocimiento social existe una indudable ligazón con el apartado anterior, puesto que, si la sociedad reconociera su tarea y se identificara con ella, posiblemente aumentarían sus recursos humanos. En definitiva la escasa concienciación colectiva lleva consigo la imposibilidad de aumentar la estructuración de la sociedad civil. El resto de asociaciones, han señalado que sus necesidades se concretan en falta de recursos económicos y materiales. Evidentemente la superación de la primera conlleva resolver el segundo apartado. 2.119 4.10 OPINIONES DE LAS ASOCIACIONES FRENTE A LA ADMINISTRACION Cualquier análisis de la realidad asociativa, puede devenir inconcreto e insuficiente para determinar las características del medio al cual se analiza. Si a ello añadimos que el presente estudio, representa en muchos aspectos un análisis inédito en nuestro pais, el riesgo a la inconcreción aumenta. De ahí que, en algunos aspectos concretos de la relación Asociaciones-Administración, hemos preferido dejar constancia de las consideraciones que las propias entidades asociativas consideran. En el cuestionario utilizado para el estudio que nos ocupa, se formulaban dos planteamientos respecto al tema anunciado, cuyas respuestas mas características plasmamos a continuación. "Considereu que hauria d'existir una llei o normativa que obligués a l'Administració a subvencionar determinades tasques.?" Antes de pasar a la relación de las respuestas positivas, debemos reseñar que ninguna de las asociaciones utilizadas en la muestra ha respondido con una negación a la pregunta. Estas son algunas de las respuestas: 9UIHES_TAS§UES_HAURIA_DE„SUBVENCIONAR_LLADMINISTRACI01 Associació de Joves contra 1'Atur .Gastos de infraestructura .Gastos de mantenimiento .Gastos de material .Secretaría permanente Y ello debido a que normalmente las asociaciones no pueden autofinanciarse. Associació Sagrada Familia per a ancians .Las que son asi stenciales y no puede atender la Administración. Asi como las otras que llegan a la gente y que la Administración no puede atender y que por inciativa privada no pueden funcionar. 2.120 INTERVAC . Podrían tener alguna subvención, sobretodo en el momento de iniciar su andadura. ocuc Asociativas. Trabajos que en un pais normal debería hacer la propia Administración. "L1AMIC DE PAPER" En nuestro caso, no debería subvencionar. Debería de asumí r. COORDINADORA JUBILATS I PENSIONISTES Culturales Artísticas . Recreativas Deportivas De convivenci a Cada una de ellas tienen gran amplitud en su desarrollo. Y esto para poder asegurar su continuidad, hace que de no tener unos medios económicos asegurados, se haga difícil dar una continuidad como sería deseable. AMIGOS DE LA RADIO Y LA TELEVISION Aquellas funciones y aquellas entidades que ofrecen un servicio público y local. Servicio público que se está realizando sin medios, sin ánimo de lucro y que revierte en toda la localidad. Estamos cubriendo un servicio que pueden de no pueden realizar los grandes medios de comunicación. El servicio que ofrecemos sirve para todas las entidades y para todo el pueblo y esto tiene un coste. Y tal como está planteado ni la misma Administración Municipal puede ofrecerlo porque no tiene di nero. En este país, las instituciones siempre han ido a remolque de lo que la gente hace. Una forma de financiación podria ser la publicidad institucional de 17 r>l 3 FAP AC En primer lugar, consideramos necesario que, cualquier entidad o movimiento asociativo ha de ser capaz de generar recursos propios que aseguren su supervivencia. Esto es garantía de su independencia y de su continuidad. Sería deseable que la Administración dispusiera de una partida presupuestaria dedicada al movimiento asociativo y fundamentalmente para aquellas actuaciones que se consideran servicios directos e indirectos a una parte de los ciudadanos. Fundamentalmente podríamos nombrar los siguientes: a) Información y asesoramiento b) De formación de dirigentes c) De estimulo a la participación AA. VV. SANT ANDREU Cuestiones culturales Fiestas populares en los barrios Recuperación Patri monio Histórico del barrio Rehabilitación de drogadictos y delincuentes 2.122 La segunda cuestión a la que hacíamos referencia, se planteaba en el cuestionario de la siguiente manera: ¿QEiLiy QUE LLADMI HI STRAÇI 0 LA J UNTA ME NT, GENER ALITAT,. 6ÏEUIAÇI 0^._0RGANI SMES_DE_LLESTAT, ETÇ^)__PQDRI A_UTI LI TZ AR_LA VQS!RA_ENÎITAT_ÇOM_A_MITJA_DLOFERIMENT_DE_SERVEISI Ante esta cuestión, solo se han dado dos respuestas negativas, aunque ambas matizadas: Associació Sagrada Familia per a ancians No. Porque las Residencias fueron creadas en el barrio, por la gente del barrio y su capacidad es bastante limitada por no poder atender a toda la gente que lo necesita. La Administración sabe los criterios de nuestra asociación y los acepta. Porque así y todo, se solucionan problemas que recaerían directamente en ellos. AA.VV. SANT ANDREU No. En caso de urgencia e imperiosa necesidad, si. ASOCIACIO DE JOVES CONTRA L'ATUR En realidad ya se está utilizando como medio canalizador de información y de recursos. Al mismo tiempo el proceso se da a la inversa, es decir, los asociados encuentran en la asociación un medio para exponer sus ideas, problemas, reivindicaciones, etc., a la Administración. OCUC Porque una entidad del tipo de OCUC cubre en más de un 75% de sus actividades en servicios de asesoramiento y consultas puntuales. Su gabinete técnico, en consecuencia, se encuentra en un nivel de capacitación muy superior al de la mayoría de ayuntamientos y buena parte del Departamento correspondiente de la Generalitat. Una utilización de este gabinete por la Administración serviría, así mismo, para aclarar considerablemente las relaciones y evitaría la concesión de subvenciones "graciables"; de alguna manera posibilitaría la discusión de las grandes lineas de la política institucional del consumo. . ' .73 "L'AMIC DE PAPER" La principal: la Administración no cubre el servicio que hacemos. La colaboración con la Generalitat y los Ayuntamientos se ha hecho en base a esta falta de oferta por parte de la Administración. La fórmula de una iniciativa privada, subvencionada, me parece realista. La verdad es que no hemos partido de ningún planteamiento teórico (por lo que hace relación con la Administración) sino que hemos partido de una situación real: la falta de promoción de las bibliotecas escolares. ESPORT LLEURE MOLLET Potenciar monitores. Equipos de Arbitros permanentes. Todo lo referido a nuestro trabajo. Con incidencia en el deporte escolar COORDINADORA JUBILATS I PENSIONISTES Siendo nuestra .entidad el medio a través del cual se relacionan gran cantidad de vecinos, se convierte en el mejor vehículo para poder conocer las propuestas de los organismos de la Administración. AMIGOS DE LA RADIO Y LA TELEVISION Si, porque ya lo está haciendo. Por la sencilla razón, pues, que el Ayuntamiento se están dando los Plenos en directo. Cuando el Ayuntamiento quiere hacer saber una disposición "vacunaciones de perros, etc" llega mucho mas directo a la población con nuestro que no con los papeli tos. °. 124 FAPAC Si, siempre y cuando nuestra entidad pudiese caracterizar el tipo de servicio. Es evidente, que un mismo servicio puede tener orientaciones y objetivo varios, según sean dirigidos por la Administración o por un colectivo como el nuestro. No obstante sería buena la coordinación entre los administradores y nuestra entidad para la organización de determinados servicios y para su funcionamiento. Uno de los aspectos positivos de esta coordinación es además garantizar la rentabilidad de los presupuestos de que se disponen. 4.11 VALORACIONES RESPECTO AL AUTOFINANCIAMIENTO EN OPINION DE LAS PROPIAS ASOCIACIONES ASSOCIACIÓ DE VEINS DE SANT ANDREU Sería mejor poderse autofinanci ar. El Ayuntamiento debería colaborar perque son entidades de interés público. Consideramos que lo mas interesante sería que nos pudiésemos autofinanciar, pero con las circunstancias actuales, necesitaríamos a medio barrio como socios. Uno de los sistemas de ayuda por parte de la Administración a las entidades del barrio, son las aportaciones que hace el Ayuntamiento para el reciclaje del vidrio. Ahora bien, la idea en la Casa Gran es que este dinero se utilice para la adquisición de material físico, que puedan disfrutarlo toda la gente, pero nosotros lo que más hacemos es organizar actos. AMICS DE LA RADIO I TELEVISIÓ - CARDEDEU La valoración del autofinaci amiento que hacemos, es que no hemos sabido hacerlo de otra manera, pero ha sido la única en estos momentos y posible para la situación legal. No hay una ley que nos indique que nosotros somos legales para emitir y esto quizás haya provocado la retracción de muchas personas a la hora de poner dinero de. una u otra forma. Por otra parte, el Ayuntamiento tampoco se lo ha tomado como cuestión importante, todo y que quizás es una de las asociaciones mas importantes que se han hecho en muchos anños en Cardedeu en cuanto a dar servicios a todas las demás asociaciones. Entonces claro, el único sistema que hemos tenido de financiación ha sido este (los socios). En nuestro caso concreto, yo no creo que haya sido buena, tampoco ha sido mala porque hemos ido tirando a duras penas, pero estoy convencido que no es la futura. La futura se ha de inventar, buscar otros sistemas que pasan por descontado, a partir de que haya una situación palpable de legalidad. Deberemos entonces buscarno otro sistema de financiación que imagino como único posible, la publicidad. Publicidad muy controlada; creo que es importante la publicidad institucional: Generalitat, Diputació, convenio con las Facultades, UNESCO, etc. Consideramos que es mucho mejor disponer de un convenio con la UNESCO o la Universidad que tener que disponer de una cantidad que conceda el Ayuntamiento. El sistema óptimo de financi amiento sería el de llegar a un convenio con alguna Fundación. 2.1 ?S I NTERVAC Si lo que estás ofreciendo a la gente es un servicio, no veo porque este servicio no lo han de pagar. Quiero decir, que si lo que estás ofreciendo son escuelas para los hijos, medicinas o algo parecido, dices, bien, ya se está pagando mediante impuestos y se podría obtener gratis. Pero es otra cuestión la que nos mueve, puesto que viajar no deja de ser un lujo y de todas formas tampoco estamos pidiendo ninguna fortuna y que por otros caminos le costaría mucho mas. Esto no significa que no podamos tener alguna subvención para ir introduciendo el sistema. Ya que nuestro servicio no deja de ser un reclamo para aumentar el t ur i s mo. Un tipo de subvención para que Catalunya también sacara unos beneficios y para introducir una forma mas de viajar. Esta ayuda no tiene porque ser necesariamente en dinero, sino que la Administración pagara los folletos de propaganda y a cambio pusiéramos "Patrocinado por la Generalitat de Catalunya" o bien cediendo un local para la puesta en marcha o algo semejante. OCUC Si consigues que una entidad se autofinacie, su independencia es absoluta y esto te permite trabajar mucho mas. Lo que ocurre es que dentro del marco democrático yo no se hasta que punto no es obligación de la Administración el financiar y hacer lo posible para que las organizaciones funcionen de una manera mas independiente y se lo facilite. Entonces igual que se conceden subvenciones a la prensa y al menos teóricamente no se pide que publiquen las cosas que tu quieres que se publiquen. Una Generalitat debería hacer lo posible para que ninguna organización de consumidores funcionase con un sólo duro de la empresa privada. Deberían vigilar para que fuesen siempre de interés ciudadano y público. Evidentemente con una contabilidad de lo mas transparente. EL COP Depende de la finalidad de la entidad. Si esta ofrece servicios y parte de los mismos los puede cobrar, evidentemente el camino debe ser autofinanciarse. Si la entidad lo que pretende es incidir en el colectivo y organizar una serie de actividades, hay aquí un problema de autofinanciación. Por descontado, que autofinanciarse siempre es ideal porque es la forma de estar totalmente libre de cualquier tipo de presión, por tanto creo que sí, que este es el camino, pero evidentemente hay dificultades para conseguirlo. L* AMIC DE PAPER No lo he pensado mucho pero, uno se dice que debería tener un autodominio, una autofinanciación. Nosotros nos autofinanciamos. Entonces para el servicio que hacemos, buscamos subvenciones para que este servicio pueda ampliarse y que a la gente que se beneficia de él le salga mas económico. En definitiva, hemos hecho una suplencia de la Administración, pero independientemente de ella, en la medida que podemos. ASSOCIACIÓ DE MESTRES DE ROSA SENSAT De cara a las actividades que realizamos, el hecho de recibir subvenciones no nos ata en absoluto. No sabemos que puede pasar con un cambio de gobierno de la Administración municipal, que es la institución de la que recibimos mas dinero. Hay además otra susceptibilidad hecha en serio, y es que nosotros pensamos como asociación dentro del marco de Barcelona ciudad, estamos funcionando como un Centro de Recursos (que es un instrumento que la Generalitat ha ido creando a lo largo de Catalunya, excepto en Barcelona). De hecho ya tenemos mucha independencia profesionalmente, con el dinero que ingresamos y las subvenciones suponen una cosa significativa que si las suspendieran nos desestabi 1izarían, pero que no representan ni el 50% del presupuesto de la asociación. Pero, el hecho que nosotros tengamos dinero publico no nos da miedo porque pensamos que hacemos un servicio público. 2.128 Q U A D R O R E S U M E M DE LA S C A R A C X E RI S X I CAS BASIC A S D E L. A S A S O C I A C I O ME S E M X R E V I S X A D A S 2.129 I NOMBRE FECHA DE AMBITO NUMERO DE V A RIA C.E í R ErIM E N T A DA S INFRAEST. PERSONAL HOPAS SOTAN, SUBVENCIONES DE LA ASOCIACION CREACION UBICACION GEOGRAFICO SOCIO! LOCAL LOCAL CONTRATADO ENTIDAD ABIERTA ADMON.ULT.EJ JOVES CONTRA L'ATUR 1981 MONTCADA MONTCADA 550 +95 ALQUILER BUENA 25 4280000 SDA. FAMILIA PER A 1981 BARCELONA ARX.S. FAMILIA 400 NO EXPERIMENTO CAMBIOS ALQUILER MUY BUENA 20 168 3500000 ANCIANS INTERVAC 1980 BARCELONA ESPANYA 70 *30 CEDIDO MUY BUENA 35 — 0 C U c 1976 'BARCELONA CATALUNYA 1500 10 ALQUILER BUENA 2 35 8140000 SERVEI CONTRA L'ATUR 1982 BARCELONA DIOCESI SARNA — CEDIDO BUENA 2 25 — EL COP 1984 VILAFRANCA EL PENEDES 35 NO DISPONE 900000 L'AMIC DE PAPER 1984 BARCELONA CATALUNYA 17 4 ALQUILER MUY BUENA 2 25 AEPA 1982 BARCELONA CATALUNYA 200 +20 ALQUILER BUENA BUENA 20 130000 ESPORT LLEURE MOLLET 1985 MOLLET MOLLET 1200 CEDIDO REGULAR 20 12 310000 COORDINADORA 1975 BARCELONA REA METROP. 46000 -1600 CEDIDO REGULAR 30 — DE JUBILATS MESTRES ROSA SENSAT 1968 BARCELONA CATALUNYA 975 ALQUILER MUY BUENA 26 45 24000000 AMICS RADIO I TELEVISIÓ 1980 CARDEDEU CARDEDEU 380 +10 CEDIDO BUENA L 100000 CLUB INFANTIL I JUVENIL 1969 HOSPITALET BELLVITSE 1250 NO EXPERIMENTO CAMBIOS PROPIEDAD .MUY BUENA 38 73 17525000 A P A C 1977 BARCELONA CATALUNYA Í100 59 ALQUILER SUENA 5 20 1250000 AA.VV. SANT ANDREU 1971 BARCELONA SANT ANDREU 890. +1 ALQUILER BUENA 1 10 635123 ro w o NOMBRE COOÍAS l SOCIOS SUE ACTO CON + ACTO CON - RELACIONES CON RELACIONES CON BOLETIN IDIOMA USADO SUBSCRIPCION A DE LA ASOCIACION SOCIOS NO PASAN AÍSTENCIA A1STENCIA LA ADHON.MUNIC. LA ADHON. TIRADA EN EL OTRAS REVISTAS NUM.ASIST. NUM.AS1ST. (A NIVEL DE) GENERALITAT BOLETIN JOVES CONTRA l'ATUR NO PAGA 500 2 ALCALDIA-REGIO CONSELL.PRESID SI 1000 BILINGUE SI = 5 1 SDA. FAMILIA PER A LIBRE 100 10 ASIST. SOCIALES SERVEIS SOC NO NO ANCIANS NO SE NO SE AREA INTERVAC 7000/AÑO REALIZAN REALIZAN INFORMACIÓ NO EXISTEN SI 230 INGLES- NO O C U C 1800/ASO 301 INDEFINIBLE INDEFIN REG.CONSELL OIS CONSELLERIA SI 2000 CASTELLANO SI -10 NO SE NO SE SERVEI CONTRA L* ATUR REALIZAN REALIZAN REG.CONSELL DIS SERVEI COOP. SI CARITA S CATALA SI =2 EL COP 1000/ASO 27. 2500 35 REGIDORIA DEP.ACC.CIVICA NO — SI NIVEL FERSON NO SE NO SE L'AMIC DE PAPER 500/ASO REALIZAN REALIZAN REGIDORIA DEP.ENSENYAMENT NO — SI =1 AEFA ÍOOO/ASO -- 2500 50 NO EXISTEN DIR.GPL.!S.FORM. SI 500 CATALA NO ADULTS! ESPORT LLEURE MOLLET LIERE 1500 300 REGIDORIA NO EXISTEN NO NO COORDINADORA DE JUBILATS 200/AS0 INDEFINIBLE 2000 50 CONSELL DISTRC. SUB-COMISIONES NO — SI =3 MESTRES ROSA SENSAT 2500/ASO -- 500 34 REGIDORIAS CONSELLERIA SI 1000 CATALA SI =90: AMICS RADIO I TELEVISIÓ 2000-4000/AS 21 300 60 ALCALDIA REG D MITJANS COM. NO — SI =5-6 COMARCA CLUB INFANTIL I JUVENIL 2800-9000/AS 10/. 700 40 REGIDORIA DIRC.GPL.JüVENTU NO — SI =7 F A P A C 7000/ASO 2-37. 70000 * 500 REGIDORIAS CONSELLERIA SI 1250 CATALA SI -3 AA.VV. SANT ANDREU 600/AS0 1-27. 1000 10 CONSELL DISTR CONSELL.DE^T SI 2000 CATALA NO rv> oo £ Ajuntament de Barcelona 'fieòcentïal.ít'iacíó i /OcztticipGCió ûluiGcLanG Papers 8.3 - EL MOVIMIENTO ASOCIATIVO EN FRANCIA E INGLATERRA INDICE 0. INTRODUCCION 1. EL CASO FRANCES 1.1. INTRODUCCION 1.2. EL CONSEJO NACIONAL DE LA VIDA ASOCIATIVA 1.3. TIPOLOGIA DE LAS ASOCIACIONES 1.4. EL ROL ECONOMICO DEL MOVIMIENTO ASOCIATIVO 1.5. LA CUANTIFICACION DEL MOVIMIENTO ASOCIATIVO 1.6. EL FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LAS ASOCIACIONES 1.7. LA PARTICIPACION DE LAS ASOCIACIONES EN LA VIDA SOCIAL 1.8. LOS PODERES PUBLICOS ANTE EL MOVIMIENTO ASOCIATIVO 1 . 9. BIBLIOGRAFIA 2. EL CASO INGLES 2. 1 . CONSIDERACIONES PREVIAS 2.2. INTRODUCCION 2.3. EL SECTOR VOLUNTARIADO. HISTORIA Y DESARROLLO 2.4. ORGANIZACIONS NO LUCRATIVAS, DERECHO, ESTRUCTURACION Y FINES 2.5. CONSEJO NACIONAL PARA LAS ORGANIZACIONS VOLUNTARIAS 2.6. ORGANISMO DE AYUDA AL VOLUNTARIADO 2.7. INGRESOS Y PERSONAL 2.8. VOLUNTARIOS: ANALISIS POR CLASES, EDAD Y SEXO 2.9. OPORTUNIDADES DE EMPLEO EN EL SECTOR VOLUNTARIO PUESTOS DE TRABAJO (REMUNERADOS Y VOLUNTARIOS) » * 2.10 RELACIONES ENTRE EL VOLUNTARIADO Y EL GOBIERNO -CODIGO PARA LAS ORGANIZACIONES VOLUNTARIAS- 2.11 BIBLIOGRAFIA 3. ANEXO DOCUMENTAL 3.1. MODELO DE ESTATUTOS INGLES 3.2. BIBLIOGRAFIA INGLESA 3. 3. TIPOLOGIA ADDES 3.2 \ 9 O. INTRODUCCION Cualquier estudio que pretenda ser innovador en un aspecto determinado de la sociedad, aparte de incidir en las causas que motivan la necesidad de renovación, debe si es posible, aportar elementos de comparación para determinar las lineas de actuación, o bien para impedir errores que se hayan manifestado en los elementos a comparar. En nuestro caso, un factor importante lo constituyen las aportaciones europeas cuyas experiencias individuales (asociaciones) y de relación con las Instituciones Públicas y Privadas pueden ampliar el abanico de posibilidades en la necesaria estructuración de la sociedad civil catalana. Los casos europeos que se incluyen corresponden a Francia e Inglaterra, por ser países donde se ha desarrollado a nivel estructural el servicio del voluntariado y el asociacionismo y por ser países de los que se dispone de mayor información. Un factor determinante de esta decisión lo constituye el hecho que en ambos países existe un Consejo Nacional de la Vida Asociativa, cuyas funciones son expuestas en las páginas siguientes. Las características de otros países (Italia) sólo puede hacerse de manera sectorial mediante el análisis de experiencias concretas, difíciles de detectar sin un análisis de campo. Por otro lado, al partir el encargo de este estudio, de la Administración Local, se hacía necesario averiguar la relación entre ambos sectores y en los países mencionados se desarrollan unas relaciones más o menos estables aunque se diferencian de unos departamentos geográficos a otros. De ahí las experiencias sectoriales más interesantes se incluyan a lo largo de este capítulo. El desglose de estos apartados se ha hecho en función de los parámetros siguientes: - Organizaciones supra-asociafcivas - Rol económico del movimiento asociativo - Cuantifi cación del mismo - Funcionamiento interno del mismo - La participación de las asociaciones en la vida local - Los Poderes Públicos ante el movimiento asociativo - Análisis de experiencias concretas 3.3 * 1 EL CASO FRANCES 3.4 1.1 INTRODUCCION • t En Francia el movimiento asociativo tiené una gran importancia, existe un gran número de asociaciones y más de 700.000 asalariados pertenecen a este sector. La libertad de asociarse se consagró en Francia con la ley de julio de 1901 relativa al contrato de asociación que es definido como "el convenio por el cual dos o más personas ponen en común de una forma permanente us conocimientos o sus actividades con un objetivo distinto al de reparto de beneficios". Después de la ley de 1901 hasta los años setenta, el sector asociativo se ha desarrollado creando sus propias instituciones (federaciones, agrupamientos, etc.) alrededor de campos de acción sectoriales y de inquietudes comunes. Estas instituciones, representativas de grandes sectores de la vida asociativa, tiene un papel de puente con los poderes públicos. No obstante no podemos considerar a -las asociaciones como un todo uniforme, debido a su gran di versi dad. Albert Meister, un estudioso del tema sociativo, en su obra "Vers une sociologie des associations" en 1972, expresa su preocupación por la falta de un conocimiento recio del papel real que las asociaciones juegan en la sociedad, en lo que él llama la vida cotidiana. En 1983 se crea el Conseil National de la vie associative (CNVA). Este hecho representa un reconocimiento oficial del movimiento asociativo. El CNVA es un órgano permanente "representativo" enmarcado dentro del Ministerio "du Temps Libre". Al mismo tiempo que las asociaciones son reconocidas como un sector específico, también son definidas como un conjunto, dentro de la economía social, al lado de las cooperativas y las mutuas. Es a partir de este momento, que el sector asociativo es reconocido dentro de la globalidad como una unidad que establece sin representativi dad a través de los grandes organismos nacionales que la componen. Las^ aeoci a£.i pnes representan uno de los mejores medios de expresión y a oci-.ó'n .«de la sociedad civil en el seno de un campo específico. Se habla en la actualidad del "boom" de la vida asociativa en Francia, ello hace referencia, como veremos más adelante, al elevado número de asociaciones que existen, así como el hecho de que una gran parte da la 3.5 población pertenezca a alguna de ellas y que existan un gran número de asalariados dentro de estas organizaciones. La cuantifi cación del movimiento asociativo no es muy rigurosa y en algunos casos bastante deficiente. No obstante se están haciendo serios esfuerzos en este sentido. La "Association pour le développement de la documentation sur l'économie sociale" (ADDES) está trabajando en este tema. La "Fondation pour la vie associative" (FONDA) es una de las principales organizaciones del movimiento asociativo. Las diversas publicaciones que esta fundación edita son un canal importante de información y comunicación. En Francia existe un gran interés respecto al tema, se han generado en este país un gran número de publicaciones, estudios, etc. que intentan conocer mejor el campo del asociacionismo y al mismo tiempo contribuir a su desarrollo y fortalecimiento. A continuación haremos una exposición temática de los diversos aspectos que caracterizan el movimiento asociativo en Francia, haciendo referencia a experiencias concretas que presentan un cierto interés por su carácter innovador, ya bien sea por su estructura organizativa o por su propio objeto social. 3.6 1.2 EL CONSEJO NACIONAL DE LA VIDA ASOCIATIVA (CNVA) El CNVA creado por decreto de 25 de febrero de 1983 está compuesto por representantes del movimiento asoci at i vo. Es una estructura permanente y representativa que tiene como objetivos principales: establecer un balance anual de la vida asociativa y realizar propuestas que mejoren y potencien este sector. El CNVA ha trabajado principalmente en cuatro temas: I- Por una participación directa al desarrollo Las asociaciones tienen un papel muy importante en las políticas de desarrollo económico, social y cultural, no obstante hace falta conocer y especificar bien este papel. Es por ello indispensable que la representatividad de las asociaciones sea prevista y redefinida en las diferentes instancia consultivas. En cuanto a las mismas asociaciones, ellas deben crear las condiciones óptimas para hacer valer su representatividad. Reivindicar, por parte de las asociaciones, un lugar en el desarrollo, suponen una participación plena y acti va. II- Por una participación de pleno derecho en la descentralización El papel de las asociaciones en el proceso de descentralización tiene un carácter de gran i mport anci a. Las asociaciones son los "partenaires" de las colectividades locales. Al nivel departamental, regional y nacional, las federaciones y demás organizaciones son los "partenaires" de los poderes públieos. Los derechos y deberes de cada uno deben ser clasificados en una ley de orientación. Es tarea del CNVA estudiar este tema de forma profunda, así como las disposiciones relativas al proyecto, que el podrá hacer llegar al gobierno. 3.7 « III- Por al reconocimiento de la vida asociativa dentro de la economia social Las asociaciones tienen un papel de dinamizadores y de creación de actividad. Al mismo tiempo que contribuyen a la formación de la vida personal y social de las personas que las integran. Ellas están, directa o indirectamente, implicadas en la economía. En consecuencia, se encuentran frecuentamente con la necesidad de gestionar las actividades, organizar a las personas, constituir fondos propios, pedir préstamos, etc. IV- Por una política de voluntariado Se hace necesario estudiar las condiciones que permitan desarrollar bien, a las personas que trabajan voluntariamente en las asociaciones, sus actividades de animación, etc. Las cuatro orientaciones mencionadas llevaron al CNVA a exponer al gobierno tres temas: a - los contratos plurianuales de utilidad social b -la creación de un fondo de solidaridad y desarrollo de la vida asociativa c - el estatuto de "l'elu social" A estas propuestas adjuntan dos más: d - medidas destinadas a favorecer la prensa asociativa e - medidas para proteger y consolidar a los animadores profesionales de las asociaciones. Todas estas propuestas fueron transmitidas al gobierno para que se pudiesen incluir en la ley de haciendas de 1 985 3.8 1.3 TIPOLOGIA DE LAS ASOCIACIONES El análisis del contenido de la vida asociativa es difícil, es necesaria una operativa clasificación. Una de las clasificaciones más admitidas es la desarrollada por Françoise Caroux, en ella se distinguen tres tipos de asociaciones según su carácter de comunicación, gestionario o rei vindicativo. a) Las asociaciones de expresión y de comunicación Ellas se basan en el agrupamiento de personas sobre la base de centros de interés comunes. Dentro de este grupo encontramos las asociaciones de personas con una misma profesión o con un pasado común (antiguos alumnos de una escuela, ex-combatientes, etc), las asociaciones que se forman alrededor de un hobby, las que lo hacen por una identidad cultural (folklore, conservación de monumentos artísticos, etc.) Estas asociaciones son muy numerosas, con una vocación normalmente muy localizada aunque puedan estar reagrupados en federaciones o uniones a nivel nacional. Normalmente suelen estar más implantadas en los sectores sociales más viejos, en medios rurales principalmente, en pequeños pueblos, etc. Son asociaciones que "animan" la vida social, cada una en su terreno y se basan fundamentalmente en el trabajo vol untari o. Ellas pueden tener un objetivo muy delimitado (la caza, el aeromodelismo, etc.), pero también pueden ser multifuncionales (asociación de animación de X, asociación cultural de Y, etc.) Por el contrario, las asociaciones por categorías definidas (antiguos alumnos de...), y algunas que funcionan sobre la base de la elección de los individuos de una entidad por esta misma (Lion's Club) constituyen verdaderas redes de solidaridad que pueden tener un amplio alcance. b) Las asociaciones gestoras Son organizaciones del campo de la producción no mercantil, formadas por personas que las hacen funcionar como administraciones privadas equilibrando sus cargas con cotizaciones voluntarias, ya que es un trabajo gratuito. 3,9 Las formas de finanziación pueden ser diversas: venta de»- una parte de sus servicios a sus usuarios, lo cual n? implica la determinación' entre beneficiarios-clie;^e| entrando en funcionamiento como una empresa; obteniendo subvenciones, lo cual requiere una legitimación de los v t av intereses de sus beneficiarios y 1 a . manifestación de aait|?fí una capaci dad de organizad ónv ¿ogr ■.■i": a b iedoà'ïjRo u a aûgaa a eus o ioa &h soq i j- àa>i$ Estas asociaciones son las que pe ocupan del deporte (club gerente de equipamentos deportivos, etc), de la cultura (casas de cultura), del tiempo libre (centro de ex cava ci one s, etc. ), de la protección sanitaria y social (centros para niños inadaptados, etc.), de la ; : educación popular (albergues juveniles, etc.),¡de la formación, de la investigación, etc. ï Normalmente ¡prestan una serie de servicios no cubiertos port £ los servicios públicos y se financian í¡- i , principalmente por subvenciones. Algunas veces , nacen por iíniciati.va mixta, pública y privada, o impulsadas I y ;j : di reicítamente : por iniciativa pública,, bien para, evitar i . .í s la excesi va burocracia pública en la gestión o bien para impulsar la participación activa de los no io s ;ei\ud adran os . . faea< asno íob iooaa aeiaS isias nabsuq ® y p n u a !•?$ : c • z ->o.l vu?.; 9 i it am i." am t o n . 'íc Algunas, por lo tanto, están al límite del servicio público, y otras, al límite del mundo empresarial. ao.1 ¿i s a&b.s t s ¿ o «¡fi .£ am 'Í o H ë»is""n aoibsm «& .••• fc 1 .tv c'v ts 39i^aí> ■*' ■"* » ® o d & u ': ■< "• is q ;"¿ © , ¡¡ :? am i a tíd n s "ï q t'Mï ï2i c) Las asocliaciones de Reivindicación £ 30 .£ OO S fi o t e d a ' ï i 13 « ai i n a m í u a i .O -l¡¿ iíuj. Son asociaciones militantes agrupadas en torno de la ,1 acción respecto a temas diversos, sectoriales o •1» globales, y que se encuentran enfrentados con los que tienen el poder de decisión. r.í : •>' -v .1 v.« *;• i i -. • i, O tí i, ■;> C B Pueden estar o no marcados por algún signo político, no 3ü?.7>: obstante, el denomi nador común a todas ellas .es el de hacer presión sobre los sistemas decisionales para que estos)tengan en cuenta sus reivindicaciones y sus ': aspiraci one s. . u ¡ ¡,.... . ;¡ «, ■ .teb&uq sup babi-tabiloa a v,u il :i anco Existen de muy diversa índole, algunos ejemplos son: Asociaciones de consumidores, inquilinos, peatones, de reivindicaciones de minorías (homosexuales, emigrantes, e t C ) . ' . e, c ' .1 » 11.é d (c Estas asociaciones pueden tener un carácter coyuntural, <>ft airo? bien pueden ser estructurales', de ámbito local o nsuitóP nacional;: no obstante, su característica común es la o h a ;i TidtioSrifti pde concienci a de de termi nados problemas para así a i s» pode r gener a r¡ u na serie de reivindicaciones. , .» .i; i'i .3 S1Ç O Ü S (î .8 "1 .'j 3.10 Las relaciones entre estas asociaciones y sus interlocutores pueden ser conflictives y al mismo tiempo, estas pueden tener una clara función consulti va. Algunas grandes asociaciones tienen como objetivo reivindicaciones de carácter global, mediante la realización de acciones puntuales. Normalmente estas reivindicaciones van dirigidas hacia formas sociales y económicas alternativas. Ejemplos de este gran grupo son: Confédération syndicale du cadre de vie (CSCV) y la Confédération syndicale des familles (CSF), que tienen como proyecto de futuro global la autogestión de la vida cotidiana. j Estas organizaciones, contrariamente a otras asociaciones, se sitúan dentro del movimiento sindical obrero tradiciónal. Ellas representan la crítica teórica del sistema capitalista. Esta clasifiación está basada en la forma de actuar de las asociaciones. Encontramos, por una parte, asociaciones que se limitan a sus propios asociados entorno a un delimitado objetivo; por otra parte, existen asociaciones esencialmente altruistas que se ocupan de prestar un servicio a la colectividad. Por último, podemos citar a las entidades que intentan un cambio de valores que llegue a transformar a la sociedad. Esta clasificación tiene algunas deficiencias, la noción de asociación de gestión no está suficientemente tratada. Otra forma de abordar el contenido de la vida asociativa es el análisis por tipos de actividad. Principalmente existen tres tipos o grandes sectores: el sector deportivo, el de tiempo libre y el sector de carácter social. Estos tres tipos constituyen cerca de la mitad de todo el movimiento asociativo. 3.11 La ADDES establece la siguiente tipología: - Deportivas - Religiosas - Escuela libre - Políticas - Hogares (casas educativas) - Defensa del patrimonio - Formación e Investigación - Artísticas - Antiguos alumnos - Empleo/producción - Resserrement des Liens - Tiempo libre - Sociales - Tercera edad - Environnement - Propietarios e inquilinos - Defensa de derechos - Defensa profesional - Radios libres, CB Esta misma organización establece otra tipología basándose en el sector de actividad, esta será expuesta más adelante. El tema de la tipología de las asociaciones nos servirá de base para tratar el apartado de la cuantifi cación del movimiento asociativo en Francia. 3.12 1.4 EL ROL ECONOMICO DEL MOVIMIENTO ASOCIATIVO El rol económico del movimiento asociativo es muy importante, presentando unas características propias que nos son de gran interés. Por una parte, las asociaciones ofrecen productos y servicios más adaptados a las necesidades sociales que lo que las administraciones públicas y las empresas pueden ofrecer; por otra parte, tiene potencialmente una gran capacidad de crear nuevas formas de trabajo, remuneradas o no. Hasta ahora, este aspecto de las asociaciones ha sido poco conocido y estudiado. Actualmente se están haciendo importantes esfuerzos en este campo. Desde un punto de vista contable, las operaciones realizadas por las asociaciones están en principio reflejadas en la contabilidad nacional. Pero como no son contabilizadas en un determinado sector, sino en diferentes sectores de la contabilidad nacional, no se pueden sacar grandes conclusiones a partir de dicha i nf ormaci ón. Respecto a los puestos ,de trabado creados dentro de las asociaciones, la única fuente de información disponible es el repertorio nacional de empresas y establecimientos, llamado repertorio SIRENE. Esta fuente nos proporciona los siguientes datos: Trabajadores asalariados de las asociaciones Número de Núiero de estableciiientos espieos Ninguno 66.469 - 1-10 asalariados 58.823 160.515 + 10 asalariados 13.474 550.322 TOTAL 140.766 710.837 fuente: Kasiniski P., Contribution au collogue ADDES du 8 juin 1983. INSEE, Directions des synthèses éconoiiques. Service des progresses, 30 tai 1963, n. 320/169 El número de trabajadores asalariados que consta en el fichero SIRENE es pues, muy importante, y es sensiblemente superior a los puestos de trabajo registrados 3.13 dentro de otros sectores de la economía social, las cooperativas y las mutuas, que engloban a 393. 1 39 empleados. Hay que tener en cuenta que esta fuente de información contiene un porcentaje de errores bastante importante. Un cierto número de empleados de las asociaciones pueden estar siendo remunerados por las colectividades locales o bien por otro tipo de administración pública. Normalmente el tipo de empleo de estas organizaciones suele presentar características diferenciadoras: tiempo parcial, eventuales, bajos salarios, etc. Pero quizás la característica más importante de las asociaciones sea el tCâfc&Îe_y£>3--làDfc.âi:i.2 ^ue se reQl¿ za dentro de las mismas a gran escala. Este trabajo no es evaluado económicamente, lo cual dificulta la estimación global del impacto social y económico del sector asociativo. El conocimiento cuantitativo y cualitativo del papel que juega el sector asociativo en materia de empleo es tremendamente dificultoso. Ello se debe fundamentalmente a la disparidad del propio sector y a las características diferenciales del empleo que genera. La§._EC.i ne i pales_çaraçterí s t i cas_del_movi mi ento asociativo, según el "centre d'études de l'emploi", son: 1 " Hovimiento„estruçturado Un gran número de asociaciones funciona de forma totalmente autónoma, siendo estas reticentes a agruparse. 2 - He t e rogé ne ¿d a d _de _a çt i.vj_d §.de s La heterogeneidad de las asociaciones está favorecida por la misma ley del 1901, la cual tiene un carácter marcadamente antiguo. 3 - £araçtecig.ti.cag._pa.£ti.gulaceg.._dg.l._e[DElê2_9.Uê._9ê.ilÊ£lâîl El Centro de estudios mencionado anteriormente realizó en 1 982 una £n£U£S.kâ £D S£ÍD£-£t~Hâ£[B£ a partir del fichero SIRENE. A continuación expondremos los resultados y las conclusiones que tiene un mayor interés para este estudio. La proporción de asociaciones que tienen regularmente yoluntgçigs_í_béQÉ.voiegi es superior al 50% solamente en cuatro grupos de actividad: las actividades socio-culturales, las artísticas, la enseñanza y las actividades de ayuda y acogida. 3.14 Este tema del voluntariado es muy importante ya que representa un recurso no financiero de gran magnitud. La composición de los 22n§L£.j.2E. á§. á¿[DÍ.Q¿-S.fc.Il&.£Í.2n es importante, ello nos da una idea de la implicación que tienen los poderes administrativos, financieros y políticos, privados o públicos, locales, departamentales y nacionales en la gestión de las asociaciones. La proximidad hacia uno u otro de los poderes determina normalmente la capacidad de las asociaciones de informarse y de administrar o financiar sus puestos de trabajo. Los resultados de la encuesta nos muestran que normalmente son los poderes locales los que frecuentemente son miembros de los consejos de administración. La mitad de las asociaciones declara tener al menos un representante local como admi ni strador. Respecto a la naturaleza y origen de los recursos, la gran mayoría de las asociaciones cuentan con varias fuentes de financiación. Podemos dividir los recursos en varios tipos: 1 - Recurg.gs_ELSEj.2& El 17% de las asociaciones de la muestra carece de recursos propios, perteneciendo estas en su gran mayoría al sector de los servicios sociales. El 13,5% sólo cuenta con recursos propios, los sectores de actividad más frecuentes dentro de este grupo son: servicios a las empresas, escuelas de enseñanza clásica, de idiomas, asociaciones de formación profesional, etc. 2 - Ayudas_de_orgañísmos_sociales Las ayudas de organismos sociales son normalmente destinadas al sector asociativo de servicios sociales y al de la animación. 3 ~ Las_subvenciones Proviene de las colectividades territoriales y/o del Estado. La participación de las colectividades territoriales es muy fuerte. Los consejos municipales juegan un papel muy importante en el campo de la animación y en parte también en el de los servicios sociales. Las subvenciones del Estado pueden tener orígenes diversos. El Ministerio del Tiempo Libre y el de Asuntos Sociales juegan un papel importante y 3.15 preponderante. Normalmente ejercen un control y una tutela sobre las actividades que realizan las asociaciones que reciben algún tipo de subvención. El 30% de las asociaciones recibe subvención de la dirección departamental correspondiente del Tiempo Libre, de la Juventud y de Deportes. Las subvenciones son de diversos tipos: para el funcionamiento de las actividades permanentes y regulares. para actividades de animación temporales, para equipamiento. Las principales medidas de ayuda para la £Xe&£Í2Q_SÍ£_g.!BPlÉ.£> son: - Empleos de iniciativa local (EIL) - Empleos de utilidad colectiva (EUC) - Empleos de utilidad pública (EUP) - Empleos de desarrollo cultural (EDC) - Contratos de jóvenes voluntarios Las asociaciones que proporcionalmente son las más beneficiadas de los EIL son las socio-culturales seguidas de los servicios de ayuda y acogida. Son los empleos administrativos los más numerosos seguidos de los animadores. Cabe anotar que existe una cierta desinformación de este tipo de medidas en el movimiento asoci ati vo. El hecho de estar afiliado o no a una federación no repercute de forma importante en el hecho de estar mejor o peor informado. Por el contrario, la composición del consejo de administración es un factor importante. El 71% de los puestos de trabajo permanentes son ocupados por [DUÎêHêS.- Ellas ocupan las 2/3 partes de los empleos en la mayor parte de los grupos de actividad (salvo en el deportivo, que el empleo femenino representa un 1% del total), las 3/4 partes del empleo en las actividades sanitarias y el 99% de los puestos de trabajo en las asociaciones que se dedican a la prestación de servicios de ayuda y acogida. Otro elemento importante que caracteriza, como hemos dicho anteriormente, al tipo de empleo de las asociaciones es la importancia que tiene el tCáí>fiÍ2_a_tiempg parcial. El 39% del personal de las pequeñas 3.16 asociaciones trabaja a tiempo parcial. La siguiente tabla nos muestra la evolución del número de asalariados del sector asociativo por actividades. Estos datos estadísticos se refieren únicamente a los grandes sector cultural, social y deportivo, con un total de aproximadamente 270.000 asalariados sobre 700.000 que es el total de puestos de trabajo asalariados del movimiento asociativo. 3.17 HUMERO DE ASALARIADOS DEL SECTOR ASOCIATIVO (1975-1982) Número de I Número de l asalariados asalariados Casas y centros de vacaciones 27.076 15,7 31.578 11,6 Albergues de juventud 5.439 3,2 8.260 3,0 Trabajos y organisios sociales 49.780 28,9 75.105 27,7 Gestión de bibliotecas 108 0,1 74 - Conservación del patriionio cultural 170 0,1 550 0,2 Gestión de salas de teatro 1.049 0,6 1.187 0,4 Gestión de equipanientos cultu¬ rales y socio-educativos 802 0,5 6.581 2,4 Asociaciones culturales y socio-educativas 139 0,1 2.738 1,0 Gestión de equipamientos deportivos 1.631 0,9 1.428 0,5 Asociaciones deportivas 7.305 4,2 10.514 3,9 Movimientos de juventud y talleres 2.647 1,7 8.615 3,2 Otros servicioes no coier- ciales 75.862 44,0 124.126 45,6 TOTAL 172.208 100 271.116 100 Nota: No están cosprendidos los trabajadores de los sectores: enseñanza, sanitario, social. 1.5 LA CUANTIFICACIOH DEL MOVIMIENTO ASOCIATIVO La cuantifi cación del movimiento asociativo se puede enfocar desde diversos puntos de vista. En el apartado anterior, referente al rol económico que tienen las asociaciones en Francia, hemos hecho una aproximación al tema del empleo en estas entidades. Ahora nos centraremos en el aspecto de cuantifi cación estricta, número de asociaciones por tipos y sectores de actividad y en el aspecto económico. Más que un listado de datos, el cual intentaremos reducir al máximo, lo que haremos es una exposición de las fuentes y tipos de datos con los que se cuenta a la hora de cuantificar el movimientos asociativo enmarcado dentro de la llamada Economía Social. El ADDES, en su informe de junio de 1984 "Les â|soçiatj_ons_en_chi£Fres", exponía las siguientes variables: - creación de asociaciones por regiones. - número de nuevas asociaciones según tipología - frecuencias relativas según tipología -progresión en la creación según tipología de 1973 a 1960; 1960-1982; 1977-1982 -número de asalariados en las asociaciones por intérvalos - número de asociaciones por sectores de actividad pertenencia a las asociaciones según características socio-demográficas Esta entidad hacia un especial énfasis en los siguientes temas, los cuales son desconocidos total o parci almente: Censo real de las asociaciones: existen un gran número de asociaciones que no están declaradas y al mismo tiempo muchas de las que si lo están o bien no funcionan como tales o bien han cesado en su actividad. Ello dificulta enormemente la realización del censo. Es importante conocer simulténeamente los flujos de creación y de desaparición de asociaciones. . Otro tema de gran interés es el conocimiento de la natalidad y de la vida media de este tipo de organizaciones. 3.19 Cabe destacar la inexistencia de datos estadísticos sobre el número de voluntarios y tiempo de trabajo dedicado. Al respecto existen algunas encuestas, pero estas no reflejan globalmente el tema. Las principales £uentes_de_informaci6n son: a) Los documentos administrativos b) Las encuestas a los organismos c) Las encuestas a las personas d) Informaciones indirectas En 1982 el núme£o_de_asociaciones por sectores de actividad era globalmente de 140.766, desglosándose en: - Agricultura, silvicultura, pesca 2.856 - Industrias lecheras 8 - Otras I A A 26 - Industrias manufactureras 1.246 - Construcción e ingeniería 628 - Comercio al mayor 95 - Comercio al menor 352 - Hoteles, cafés, restaurantes 12.179 - Transportes y servicios de tráfico diversos 1.859 - Asesoramiento, estudios, etc 4.985 - Enseñanza e investigación.... 12.030 - Salud 4. 028 - Acción Social 12.329 - Servicios recreativos, culturales y deportivos.. 23.099 - Seguror 285 - Organismos financieros 238 - Previsión y Seguridad Social 1.085 - Servicios no comerciales diversos 63.174 - Diversas 466 TOTAL 140. 766 Desde el punto de vista económico, la Economía Social no corresponde a ninguna categoría específica del sistema de información económica francés. Su aparato estadístico, articulado entorno a las Cuentas Nacionales, ignora esta categoría en cuanto a su propia identidad. Encontramos organismos de la Economía Social en todos los grandes sectores institucionales: empresas, organismos financieros, seguros, administraciones privadas, etc. El problema consiste en poderlos identificar para agruparlos y poder construir una configuración estadística correspondiente a su propia naturaleza. 3.20 1.6 EL FUNCIONAKIENTO INTERNO DE LAS ASOCIACIONES El funcionamiento interno de una asociación a otra varía considerablemente, dependiendo de gran número de factores. Otro aspecto a tener en cuenta es la evolución y transformación que sufren constantemente este tipo de entidades, lo cual hace variar dicho funcionamiento interno. El que una asociación se base totalmente en la trabajo voluntario o bien tenga algunos trabajadores asalariados determina de forma clara el tipo de funcionamiento. A grandes rasgos, el siguiente esquema refleja el funcionamiento interno de una asociación: ASAMBLEA GENERAL Hieabros de la asociación aprueba da cuentas elige adsinistra controla decide el director- los asalariados asalariado perianentes supervisa organiza reajuste de los asalariados j | los voluntarios funciones reajuste de funciones 3.21 El Consejo de Administración es normalmente el órgano de control.no ejerciendo un papel activo en el cumplimiento de los objetivos de la asociación correspondiente. Con frecuencia, los integrantes del Consejo lo son a razón de su representatividad social, siendo al mismo tiempo miembros de varias asociaciones. El director tiene fundamentalmente un papel de mediador, que permite al Consejo de Administración cumplir con su responsabilidades y a los animadores definir su acción; sin perder de vista los problemas administrativos y financieros. Uno de los problemas más importantes, que dificultan y entorpecen en muchas ocasiones el funcionamiento interno de una asociación, es el de las relaciones entre los administradores voluntarios y el conjunto de trabajadores asalariados permanentes. Estos últimos, al tener un contacto mucho más estrecho con los problemas que surgen normalmente en la asociación, conocen mejor la realidad lo cual puede provocar enfrentamientos con los propios administradores. Otro problema es el de las relaciones entre personal asalariado y animadores voluntarios. Solange Passaris y Guy Raffi en su libro "Les Associations" comentan lo que ellos califican como la paradoja que consiste, en una actividad no lucrativa, en identificar a sus promotores por la remuneración o la ausencia de la misma. Como ya hemos ido mencionando en repetidas ocasiones, el tema del voluntariado (bénévole, militant, volontaire) es importante en Francia. El voluntariado es aquella persona que desinteresadamente realiza una actividad organizada al servicio de la sociedad. Sus características más destacadas son: iniciativa voluntaria, es decir, con plena libertad. No obligatoria. desinteresada, sin contrapartida financiera ni ánimo de lucro. pertenecia a un grupo que se organiza para su propio servicio o para prestar un determinado servicio a otro grupo. Las estimaciones, sobre el número de voluntarios, oscilan entre uno y cuatro millones (incluyendo los militantes sindicales y políticos). 3.22 ê 1. 7 Lâ>PX1^ffcri»A'(ri"dif"t)ët"LX5''ASÔCIAClONES EH LA VIDA "LOCAL' Existen en la actualidad algunas experiencias piloto de participación impulsadas por municipios, sin atender a ninguna ley específica. Describiremos tres de estas experiencias que presentan un cierto interés para este estudio: La experiencia de Rennes, la de Conflans-Sainte-Honorine y la de Paris, Lyon, Marseille. Rennes La originalidad de esta experiencia reside en la creación de una Oficina Social y cultural (OSC) que no es ni una oficina municipal ni una asociación, sino una estructura de concertación entre el municipio y sus asociaciones. Existen varias comisiones de trabajo: cultura, infancia»-, social,,, centros sociales,.,, iptercamblOS.. in£èiîiiîi?êfon,a'îë£r: of voting for or against a resolution the instrument appointing a prox\ sha!I be in the following form or a form as near thereto as circumstances admit : - " Limited. I/We of in the County of being a member/members of the above namec Company, hereby appoint of or failing him of as my/our prox^ to vote for me/us on my/our behalf at the (Annual or Extra¬ ordinary, as the case may be) General Meeting of the Compan\ to be held on the day of 19 , and at an\ adjournment thereof. Signed this day of 19 T-r,hi■s xform , . *in favour of is to be used :— the resolution. against Unless otherwise instructed, the proxy will vote as he thinks fit. « * Strike out whichever is not desired." 28. The instrument appointing a proxy shall be deemed to confer authority to demand or join in demanding a poll. GC 10 3. 68 29. A vote given in accordance with the terms of an instrument of proxy shall be valid notwithstanding the previous death or insanity of the principal or revocation of the proxy or of the authority under which the proxy was executed, provided that no intimation in writing of such death, insanity or revocation as aforesaid shall have been received by the Company at the office before the commencement of the meeting or adjourned meeting at which the proxy is used. CORPORATIONS ACTING BY REPRESENTATIVES AT MEETINGS 30. Any corporation which is a member of the Company may by resolution of its Council or other governing body authorise such person as it thinks fit to act as its representative at any meeting of the Company, and the person so authorised shall be entitled to exercise the same powers on behalf of the corporation which he represents as that corporation could exercise if it were an individual member of the Company. COUNCIL OF MANAGEMENT 31 . The maximum and minimum number of the members of the Council shall be determined by the Company in General Meeting, but unless and until so fixed there shall be no maximum number and the minimum number of memDers of tne Council shall be two. 32. The members of the Council shall be paid all reasonable travelling, hotel and other expenses properly incurred by them in attending and returning from meetings of the Council or any committee of the Council or General Meetings of the Company or in connection with the business of the Company. BORROWING POWERS 33. The Council may exercise all the powers of the Company to borrow money, and to mortgage or charge its undertaking anc property, or any part thereof, and to issue debentures, debenture stock and other securities, whether outright or as security for any debt, liability or obligation of the Company or of any third party. POWERS AND DUTIES OF THE COUNCIL 34. The business of the Company shall be managed by the Council, who may pay all expenses incurred in promoting end registering tne Company, and may exercise all such powers of the Company as are not, by the Act or by these Articles, required to be exercised b> the -Company in General Meeting, subject nevertheless to the provisions of the Act or these Articles and to such regulations, being not inconsistent with the aforesaid provisions, as may be prescribed by the Company in General Meeting; but no regulation made by the Company in General Meeting shall invalidate any prior act of the Council which would have been valid if that regulation haa not been made. 35. All cheques, promissory notes, drafts, bills of exchange and other negotiable instruments, and all receipts for moneys paid to the Company, shall be signed drawn, accepted, endorsed or otherwise executed, as the case may be, in such manner as the Council shall from time to time by resolution determine. GC 3.69 36. The Council shall cause minutes to be rriaae in books providec for the purpose : - (a) of all appointments of officers made by the Council; (b) of the names of the members of the Council present at each meeting of the Council and of any committee of the Council; (c) of all resolutions and proceedings at all meetings of the Company, and of the Council and of committees of the Council. DISQUALIFICATION OF MEMBERS OF THE COUNCIL 37. The office of member of the Council shall be vacated if the member ; - (a) becomes bankrupt or makes any arrangement or composition with his creditors generally; or (b) becomes prohibited from being a member of the Council b y reason of any order made uncer Section 188 of the Act; or (c) becomes incapable by reason of mental disorde-. illness or injury of managing and administering his property and affairs; or (d) resigns his office by notice in writing to the Company; or (e) is directly or indirectly interested in any contract with the Company and fails to declare the nature of his interest in manner required by Section 195 of the Act. 38. A member of the Council shall not vote in respect of any contract in which he is interested or any matter arising thereout, and if he does so vote his vote shall not be counted. ROTATION OF MEMBERS OF THE COUNCIL 39. At the first Annual General Meeting of the Company all the members of the Council shall retire from office, and at the Annual General Meeting in every subsequent year one-third of tne members of the Council for the time being or, if their number is not three or a multiple of three, then the number nearest one-third, shali retire from office. 40. The members of the Council to retire in every year shall be those who have been longest in office since their last election, but as bétween persons who became members of the Council on the same day those to retire shall (unless they otherwise agree among themselves) be determined by lot. 41. A retiring member of the. Council shall be eligible for re-election. 42. The Company at the meeting at which a member of the Council retires in manner aforesaid may fill the vacated office by electing a person thereto, and in default the retiring member of the Council shall, if offering himself for re-election, be deemed to have been re-elected, unless at such meeting it is expressly resolved not to fill 3.70 such vacated oftice or unless a resolution tor the re-election o< sue: member of the Council shall have been put to the meeting ano lost 43. No person other than a member of the Council retiring at the meeting shall unless recommended by the Council be eligible for election to the office of member of the Council at any Genera; Meeting unless, not less than three nor more than twenty-one days before the date appointed for the meeting, there shall have been left at the registered office of the Company notice in writing signed by a member duly qualified to attend and vote at the meeting for which such notice is given, of his intention to. propose such person for election, and also notice in writing signed by that person of his willingness to be elected. 44. The Company may from time to time by ordinary resolution increase or reduce the number of members of the Council, and may also determine in what rotation the increased or reduced number is to go out of office. 45. The Council shall have power at any time, and from time tc time, to appoint any person to be a member of the Council, either tc fill a casual vacancy or as an addition to the existing memDers of tne Council, but so that the total number of members of tne Counci1 shall not at any time exceed any maximum number fixec in accordance with these Articles. Any member of the Council sc appointed shall hold office cni> until the next following Annua> General Meeting, and shall then be eligible for re-election, but shall not be taken into account in determining the members of the Council who are to retire by rotation at such meeting. 46. The Company may by ordinary resolution, of which sDecia- notice has been given in accordance with section 142 of the Act. remove any member of the Council before the expiration of his oerioc of office notwithstanding anything in these articles or in any agreement between the Company and such member of the Council. 47. The Company may by ordinary resolution appoint another person in place of a member of the Council removed from office under the immediately preceding Article. Without prejudice to tne powers of the Council under Article 45 the Company in General Meeting may appoint any person to be a member of the Council either- to fill a casual vacancy or as an additional member of the Council. The person appointed to fill such a vacancy shall be subject to retirement at the same time as if he had become a member of the Council on the day on which the member of the Council in whose place he is appointed was last elected a member of the Council. PROCEEDINGS OF THE COUNCIL 48. The Council may meet together for the despatch of business, adjourn, and otherwise regulate their meetings, as think fit. Questions they arising at any meeting shall be decided by a majority of votes. In the case of an equality of votes the chairman shall have a second or casting vote. A member of the Council may, and the secretary on the requisition of a member of the Council shall, at time any summon a meeting of the Council. It shall not be give necessary to notice of a meeting of the Council to for any member of the Council the time being absent from the United Kingdom. GC 1 *5 3.71 49. The quorum necessary (or the transaction of the business c" the Council may be fixed by the Council, and unless so fixed shall be two. 50. The continuing members of the Council may act notwithstanding any vacancy in their body, but, if and so long as their number is reduced below the number fixed by or pursuant to the Articles of the Company as the necessary quorum of members of the Council, the continuing members or member of the Council may act for the purpose of increasing the number of members of the Council to that number, or of summoning a General Meeting of the Company, but for no other purpose. 51 . The Council may elect a chairman of their meetings and determine the period for which he is to hold office; but, if no such chairman is'elected, or if at any meeting the chairman is not present within five minutes after the time appointed for holding the same, the members of the Council present may choose one of their number to be chairman of the meeting. 52. The Council may delegate any of their powers to committees consisting of such member or members of their body as they think fit; any committee so formed shall in the exercise of tne Dowers so delegated conform to any regulations that may be imposée on it by the Council and 'shall report all acts and proceedings to the Council as soon as is reasonably practicable. 53. A committee may elect a chairman of its meetings; if no such chairman is elected, or if at any meeting the chairman is not present within five minutes after the time appointed for holaing the same, the members present may choose one of their number to be chairman of the meeting. 54. A committee may meet and adjourn as it thinks proper. Questions arising at any meeting shall be determined by a majority of votes of the members present, and in the case of an equality of votes the chairman shall have a second or casting vote. 55. All acts done by any meeting of the Council or of a committee of the Council, or by any person acting as a member of the Council, shall notwithstanding that it be afterwards discovered that there was some defect in the appointment of any such member of the Council or person acting as aforesaid, or that they or any of them were disqualified, be as valid as if every such person had been duly appointed and was qualified to be a member of the Council. 56. A resolution in writing, signed by all the members of the Council for the time being entitled to receive notice of a meeting of the Council, shall be as valid and effectual as if it had been passed at a meeting of the Council duly convened and held. SECRET ARY 57. Subject to Section 21(5) of the Companies Act, 1976 the secretary shall be appointed by the Council for such term, at such remuneration and upon such conditions as the Council may think fit; and any secretary so appointed may be removed by it: Provided 3.72 always that no member ot the Council may occupy the salariée position of secretary 58. A provision of the Act or these Articles requiring or authorising a thing to be done by or to a member of the Council anc the secretary shall not be satisfied by its being done by or to the same person acting both as member of the Council and as, or in place of, the secretary. THE SEAL 59. The Council shall provide for the safe custody of the seai, which shall only be used by the authority of the Council or of a committee of the Council authorised by the Council in that behalf and every instrument to which the seal shall be affixed shall be signed by a member of the Council and shall be countersigned by the secretary or by a second member of the Council or by some other person appointed by the Council for the purpose. ACCOUNTS 60. The Council shall cause accounting records to be kept in accordahce with Section 12 of the Companies Act 1976. 61. The accounting recoras shall be kept at the registered office of the Company or, subject to Sections 12(6) and (7) of the Companies Act 1976, at such other place or places as the Council thinks fit. and shall always be open to the inspection of the officers of tne Company. 62. The Council shall from time to time determine whether and tc what extent and at what times and places and under what conditions or regulations the accounts ana books of the Company or any of them shall be open to the inspection of members not being members of the Council, and no member (not being a member of the Council) snail have any right of inspecting any account or book or document of the Company except as conferred by statute or authorised by the Council or by the Company in General Meeting. 63. The Council shall from time to time in accordance with Sections 150 and 157 of the Act, and sections 1, 6 and 7 of the Companies Act 1976, cause to be prepared and to be laid before the Company ir. General Meeting such profit and loss accounts, balance sheets, group accounts (if any) and reports as are referred to in those sections. 64. A copy of every balance sheet (including every document required by law to be annexed thereto) which is to be "laid before the Company in General Meeting, together with a copy of the auditor's rèport, and Council's report, shall not less than twenty-one days before the date of the meeting be sent to ever^ member of, and- every holder of debentures of, the Company . Provided that this article shall not require a copy of those documents to be sent to any person of whose address the Company is not aware or to more than one of the joint holders of any debentures. GC 3.73 HUUl I 65. Auditors shall be appointed and their duties regulated in accordance with Section 161 of the Act, Sections 14 and 23A of the Companies Act 1967, Sections 13 to 18 of the Companies Act 1976 and Sections 7 and 12 of the Companies Act 1981. NOTICES 66. A notice may be given by the Company to any member either personally or by sending it by post to him or to his registered address, or (if he has no registered address within the Uniteo Kingdom) to the address, if any, within the United Kingdom supplied by him to the Company for the giving of notice to him. Where a notice is sent by post, service of the notice shall be deemed to be effected by properly addressing, prepaying and posting a letter containing the notice, and to have been effected in the case of a notice of a meeting at the expiration of 24 hours after the letter containing the same is posted, and in any other, case at the time at which the letter would be delivered in the ordinary course of pest. 67. Notice of every general meeting shall be given in any rr.enner hereinbefore authorised to:- (a) every member exceDt those members who (having nc registered address within the United Kingdom) have not supplied to the Company an address within the United Kingdom for the giving of notices to them; (b) every person being a legal personal representative or a trustee in bankruptcy of a member where the mempe- but for his death or bankruptcy would be entitled to receive notice of the meeting ; (c) the auditor for the time being of the Company; and (d) each member of the Council. No other person shall be entitled to receive notices of General Meetings. DISSOLUTION 68. Clause 7 of the Memorandum of Association relating to the winding up and dissolution of the Company shall have effect as if the provisions thereof were repeated in these Articles. RULES OR BYE LAWS 69. (a) The Council may from time to time' make such Rules or Bye Laws as it may deem necessary or expedient or convenient for the proper conduct and management of the Company and for the purposes of prescribing classes of and conditions of membership, and in particular bul without prejudice to the aenerality of the foregoing, it may by such Rules or Bye Laws reguiate:- (i) The admission and classification of members of the Company, and the rights and privileges of such members, and the conditions of membership and the terms on which members may GC 16 3.74 subscriptions and other fees or payments to De made by members. (ii) The conduct of members of the Company in relation to one another, and to the Company's servants (in) The setting aside of the whole or any part or parts of the Company's premises at any particular time or times or for any particular purpose or purposes. (iv) The procedure at general meetings and meetings of the Council and Committees of the Council in so far as such procedure is not regulated by these presents. (v) And, generally, all such matters as are commonly the subject matter of Company rules. The Company in General Meeting shall have power to alter or repeal the Rules or Bye Laws and to make additions thereto and the Council shall adopt such means as they deem sufficient to bring to the notice of members of the. Company all such Rules or Bye Laws, which sc long as they shall be in force, shall be binding on all members of the Company. Provided, nevertheless, that no Rule or Bye Law shall be inconsistent with, or shall affect or repeal anything contained in, the Memorandum or Articles of Association of the Company. 3.75 Names, addresses and descriptions of Subscribers Dated Witness to the above Signatures:- 3.76 S *• ' ' NCVO INFORMfAtiTlUIDNKI jcnuL·rLr·Tl National Council for Voluntary Organisations 26 Bedford Square London wciB3Hu 01-636 4066 Updated February 1983 No.9 2nd revision SELECTED BIBLIOGRAPHY OF VOLUNTARY ORGANISATIONS AND RELATED TOPICS This bibliography is intended only as an indication of the type and range of material available on the topics covered. It has been considerably revised since it was last published in 1980. More comprehensive listings of publications will be found in: Stewart, G Compiler Personal Social Services Bibliography. 2nd edition. University of Lancaster, Department of Social Administration, 1980. Wilde, A N Editor The combined retrospective index set to journals in sociology, 1895-1974. Vol.11. Bureaucratic structures, Family and Formal Voluntary Organisations. Washington, Carrollton, 1978. For literature on the voluntary sector published in 1982 and onwards Voluntary Forum Abstracts, a bi-monthly abstracting publication, jointly produced by the National Council for Voluntary Organisations and the Volunteer Centre provides relevant references. Enquiries about Voluntary Forum Abstracts should be addressed to Clive Evers at National Council for Voluntary Organisations, 26 Bedford Square, London WC1B 3HU. Contents 1. CHARITIES 2. CHARITY LAW REFORM 3. VOLUNTEERS 4. VOLUNTARY ORGANISATIONS 5. SELF-HELP AND COMMUNITY GROUPS 6'. STARTING A COMMUNITY GROUP 7. MANAGEMENT 8. RESOURCES OF THE VOLUNTARY SECTOR: MANPOWER 9. RESOURCES OF THE VOLUNTARY SECTOR: FINANCIAL 10. REFERENCE 11. HISTORICAL NCVO provides professional advisory services to voluntary organisations, protects their interests and promotes new social action 3.77^ CHARITIES BIRMINGHAM VOLUNTARY SERVICE COUNCIL. Charities information bureau: the beginning; 1978-79. Birmingham Voluntary Service Council, 1979. CHARITABLE GIVING AND TAXATION CONSULTANTS. Charitable giving and taxation. 9th edition. Craigmyle & Co. Ltd. 1980. CHARITIES AID FOUNDATION. Charity conference report: charity finance - prospects. Opportunities and Managmeent; Drapers Hall, London, November 4 1981. Charities Aid Foundation, 1982. CHARITIES AID FOUNDATION. Personal charitable giving: a guide to individual donors including the use of charity credits. Charities Aid Foundation, 1981. CHARITY COMMISSION. The Charity Commissioners: how they can help charity trustees. Charity Commission, 1979. CHARITY COMMISSION. The Official Custodian for Charities: Charity Land. Charity Commission, 1980. (leaflet 0C2). CHARITY COMMISSION. Responsibilities of charity trustees. Charity Commission, 1980. CHARITY COMMISSION. Official Custodian for Charities : Investment management by charity trustees. Charity Commission, 1978. CHARITY COMMISSION. Report of the Charity Commissioners for England and Wales for the year. Annual. Charity Commission. CHESTERMAN, M. Charities, trusts and social welfare. Weidenfeld and Nicolson, 1979. COWEN, P.M.R. The national charitable deposit scheme. Reprint from: Charity and Appeals Supplement to the Law Society's Gazette, December 1979. CULYER, A.J, WISEMAN, J and POSNETT, J.W. Charity and public policy in the UK - the law and the economics. Social and Economic Administration, Vol.10, No.l. Spring 1976. pp.32-50. GOODMAN, Lord. Chairman Charity law and voluntary organisations: report of the Goodman Committee. Bedford Square Press, 1976. LONGLEY, A.R, DOCKRAY, M and SALLON, J. Charity Trustee's Guide. 2nd edition. Bedford Square Press, 1982. LONDON VOLUNTARY SERVICE COUNCIL. Voluntary but not amateur: a guide to the law for voluntary organisations and community groups. 1981-1982 edition. London Voluntary Service Council, 1981. LONGLEY, A. R. Charities and their trustees. Reprint from: Charity and Appeals Supplement to the Law Society's Gazette, December 1979. MULLIN, R. Charities and advertising. Action Magazine. November 1977. pp.26-28. MULLIN, R. Present alms: on the corruption of philanthropy. Phlogiston Publishing, 1980. 3.78 NATIONAL COUNCIL FOR VOLUNTARY ORGANISATIONS. Legal Department. Charities: constitutional forms and liabilities of trustees. NCVO, 1981. NATIONAL COUNCIL FOR VOLUNTARY ORGANISATIONS. The voluntary sector section 3: charities. Charities and Charity Law. NCVO, 1981. (Information Sheet No.6). NATIONAL FEDERATION OF COMMUNITY ASSOCIATIONS. Bars, charities and the law. National Federation of Community Organisations, 1982. NIGHTINGALE, B. Charities. Allen Lane, 1973. PHILLIPS, A and SMITH, K. Charitable status: a practical handbook. Inter-Action Inprint, 1980. REPORT OF THE COMMITTEE ON THE LAW AND PRACTICE RELATING TO CHARITABLE TRUSTS. HKSO, 1952. Cmnd. 8710. SCARM&N, Lord Chairman The powers and duties of trustees: twenty-third report of the Law Reform Committee. HMSO, 1982. Cmnd. 8733. SMOLKA, G. Charity law: a case for reform. National Council for Voluntary Organisations 1982 (NCVO Briefing : April 1982). WILL TO CHARITY: Charities by countries and regions. Current edition. Will to Charity Ltd. WILL TO CHARITY: The charities story book. Current edition. Will to Charity Ltd. CHARITY LAW REFORM EDGINTON, John. The changing face of the Charity Commission: an interview with Denis Peach, chief charity commissioner. Voluntary Action No.13, Winter 1982. pp.8-9. GLADSTONE, F. Charity, law and social justice. Bedford Square Press, 1982. HADLEY, J. Registration game. Voluntary Action, No.13, Winter 1982. pp.10. NATIONAL COUNCIL OF SOCIAL SERVICE. Charity law: the time for government action. National Council of Social Service, 1977. PICARDA, H- The wilder shores of charity. New Law Journal Annual Charities Review: Supplement No.45; 1982. pp.3-7. SMOLKA, G. Charity law: a case for reform? National Council for Voluntary Organisations 1982. (NCVO Briefing: April 1982). THORNTON, R. P. Community organisations and charitable status. Leeds Council for Voluntary Service, 1982. 3.79 VOLUNTEERS ALLBROOKE, Jill. Compiler Selected references on volunteers in the personal social services 1978-1981. Department of Health and Social Security, 1981 (DHSS Bibliography Series B139). DEPARTMENT OF HEALTH AND SOCIAL SECURITY. Opportunities for volunteering. Department of Health and Social Security. DEPARTMENT OF HEALTH AND SOCIAL SECURITY. Opportunities for volunteering: notes for applicants for grants. Department of Health and Social Security, 1982. EMERSON, D. The use of volunteers by rural community councils. NCVO Standing Conference of Rural Community Councils, 1982. HATCH, S. Editor Volunteers: patterns, meanings and motives. Volunteer Centre, 1982. HUMBLE, S. Voluntary action in the 1980s: a summary of the findings of a national survey. Volunteer Centre, 1982. LAWRENCE, R. Volunteers as advocates. Volunteer Centre, 1982. LENN, M. The outposted volunteer: a study of the working relationships between voluntary and statutory services. Volunteer Centre, 1982. MANPOWER SERVICES COMMISSION. Voluntary Projects Programme (Information Pack). Manpower Services Commission, 1982. NATIONAL COUNCIL FOR VOLUNTARY ORGANISATIONS. Information Department.. Government initiatives on volunteering, volunteering for the unemployed and youth training. 4th revision. January 1983 (Information Sheet No.25). NINEHAM, G. and WOODWORTH, D. The international directory of voluntary work. 2nd edition. Vocation Work, 1982. SIDNEY, F. Young volunteers from industry: report on a one year pilot project. Bedford Square Press, 1981. UNELL, J. Working with volunteers. Councils for Voluntary Service - National Association, 1982. VOLUNTARY ORGANISATIONS ALLBROOKE, J. Compiler Selected references (with abstracts) on the role of voluntary organisations in the personal social services 1978-1980. Department of Health and Social Security Library, 1980. (Bibliography No. B132) . ASSOCIATION OF COUNTY COUNCILS and others. Working together: partnerships in local social service. Bedford Square Press, 1981. BEVERIDGE, Lord. Voluntary action. A report on methods of social advance. Allen and Unwin, 1948. BLUNKETT, D. Voluntarism: the myth of consensus. Voluntary Action, No.10, Spring 1982. pp.26-27. 3.80 DEPARTMENT OF THE ENVIRONMENT. 50 million volunteers: a report on the role of voluntary organisations and youth in the environment. HMSO, 1972. DEPARTMENT OF HEALTH AND SOCIAL SECURITY. Social Work Service. Voluntary activity and the personal social services. DHSS, 1973. GLADSTONE, F. Voluntary action in a changing world. Bedford Square Press, 1979. GRIFFITHS, H et al. Yesterday's heritage or tomorrow's resource: a study of voluntary organisations providing social services in Northern Ireland. New University of Ulster, (1978). GRIFFITHS, Hywell. The development of local voluntary action: an interpretative account of a conference held at Swanwick, Derbyshire, on 23-25 January 1981. Volunteer Centre, 1981. HINTON, N. More facts, fewer generalisations. Social Work Today. 22 November 1977. pp.9-10. HINTON, N. and HYDE, M The voluntary sector in a remodelled welfare state. IN : Year Book of Social Policy in Britain 1980-81. edited by C Jones and J Stevenson. Routledge, 1982. pp.1-19. HOME OFFICE. VOLUNTARY SERVICES UNIT. The government and the voluntary sector: a consultative document. Home Office, Voluntary Services Unit, 1978. HOME OFFICE. VOLUNTARY SERVICES UNIT. The government and the voluntary sector: analysis of the response to the consultative document. Home Office, Voluntary Services Unit, 1981. JAMES, A. An institutional experiment in the amelioration of race relations - the dilemmas of a voluntary organisation. IN : OLSEN, R Editor Management in the social services - the team leaders task. University College of North Wales, Bangor, 1975. JOHNSON, N. Voluntary social services. Basil Blackwell and Martin Robertson Ltd., 1981. KRAMER, R-M- Voluntary agencies in the welfare state. University of California Press, 1981. KRAMER, R-M- Voluntary agencies in the welfare state: an analysis of the vanguard role. Journal of Social Policy. Vol.8, Part 4, 1979. pp.473-488. LISSNER, J. The politics of altruism: a study of the political behaviour of voluntary development agencies. Lutheran World Federation, 1977. ROWE, A- Participation and the voluntary sector: the independent contribution. Journal of Social Policy. Vol.7, No.l January 1978. pp.47-56. ROWE, A- The Voluntary Services Unit. IN : The Year Book of Social Policy in Britain edited by K Jones. Routledge, 1974. - chapter 12, pp.179-95. SELWYN, S. and HUMBLE, S- Research into voluntary action 1977-1980. Volunteer Centre, 1981. WOLFENDEN COMMITTEE- The future of voluntary organisations. Croom Helm, 1977. 3.81 SELF-HELP AND COMMUNITY GROUPS ALL3R00KE, J- Compiler Selected references on self-help groups. Department of Health and Social Security Library, 1981. (Bibliography Series; B133). GIBSON, T. Getting self-propelled: a basic guide for self-help groups. Education for Neighbourhood Change, University of Nottingham School of Education, 1979. GILLIE, 0, PRICE, A. and ROBINSON, S. Editors The Sunday Times self-help directory. 2nd edition. Granada, 1982. HALLIBURTON, P. and QUELCH, K. Get help: a guide for social workers to the management of illness in the community. Tavistock Publications, 1981. HATCH, S. Editor Mutual aid and social health care: papers from a conference organised by the Association for Researchers into Voluntary Action and Community Involvement. Bedford Square Press in association with ARVAC, 1980. HENDERSON, P. and THOMAS, D.N. Editors Readings in community work. George Allen and Unwin, 1981. KNIGHT, B. and HAYES, R. Self-help in the inner city. London Voluntary Service Council, 1981. NATIONAL COUNCIL FOR VOLUNTARY ORGANISATIONS. The self-help society: some addresses and references for people who are planning or running a self-help or mutual aid group. NCVO and BBC Education, 1981. POULTON, G. Compiler Community work issues and practice in the 1980s. Southern Council for Community Work Training, 1981. ROBINSON, D. and ROBINSON, Y. A guide to self-help groups: from self-help to health. Concord Books, 1979. STARTING A COMMUNITY GROUP BANKFIELD CENTRE. Information pack for people wanting to start a community group in Halton. Bankfield Centre, (Widnes) , 1981. COMMUNITY SERVICE VOLUNTEERS. Working it out: an information pack containing: The Survival Game (a benefits guide) and Don't Let Them Waste Your Time (on establishing a self-help project). Community Service Volunteers, 1982. COVENTRY VOLUNTARY SERVICE COUNCIL. Getting started: all you ever wanted to know about setting up and running a community organisation and didn't know where to ask. Coventry Voluntary Service Council, 1982. DEVELOPMENT BOARD FOR RURAL WALES. Social development (information pack). Development Board for Rural Wales, 1981. (An information pack of 19 leaflets ranging from constitutions, committees and fund raising, to publicity, planning regulations and insurance). GIBSON, T. Getting self-propelled. Education for Neighbourhood Change, University of Nottingham School of Education, 1979. 3.82 GRAPEVINE- How to form a group. BBC TV, 1981. LIVERPOOL CITY COUNCIL. CITY SOLICITORS DEPARTMENT. COMMUNITY LIAISON SECTION. Running a community organisation. Liverpool City Council, City Solicitors Department, Community Liaison Section, 1981. LONDON VOLUNTARY SERVICE COUNCIL. Voluntary but not amateur: a guide to the law for voluntary organisations and community groups. 1981-1982 edition. London Voluntary Service Council, 1981. NATIONAL ASSOCIATION OF YOUNG PEOPLE'S COUNSELLING AND ADVISORY SERVICES. The Start'n' run pack: information on setting up and running youth counselling and advisory services. Nacional Association of Young People's Counselling and Advisory Services, 1981. NORTHERN IRELAND COUNCIL OF SOCIAL SERVICE. COMMUNITY INFORMATION SERVICE. Don't moan - organise! Community Information Service, 1981. SMITH, M. Organise! a guide to practical politics for youth and community groups. National Association of Youth Clubs, 1981. THAMESDOWN VOLUNTARY SERVICE COUNCIL. Information Handbook II. Thamesdown Voluntary Service Council, June 1980. THORNE, K. Community resource centres: how to get started. Flat Publications, 1981. MANAGEMENT BILLS, D. Voluntary organisations: management issues 1: report from the February 1979 workshop. Brunei Institute of Organisation and Social Studies, 1979. CLARKE, S. Working on a committee. Community Projects Foundation, 1978. EDGERTON, R. Chairman Management consultancy services for voluntary organisations: report of a steering group. National Council of Social Service, 1972. FEEK, W- Management committees - practising community control. National Youth Bureau, 1982. (Talk about management 1). FEEK, W. The way we work - making staff teams effective. National Youth Bureau, 1982. (Talk about management 4). FENTON, L.S. Charities and voluntary organisations: the honorary treasurer. Institute of Chartered Accountants in England and Wales, 1980. FISHER, J- Money isn't everything: a survival manual for non-profit organisations. Ontario Management and Fund Raising Centre, 1977. FUREDI, W. Working with your management committee. National Youth Bureau. Young Volunteer Resources Unit, 1979. HANDY, C. Understanding organisations. Penguin 1976. Reprinted 1979. HUNT, J. Point of order: committees and meetings how they work. National Association of Youth Clubs, 1977. HYMAN, S- The management of associations. C.B.D. Research Ltd., 1979. 3.83 4 -8- LIVERPOOL CITY COUNCIL. CITY SOLICITORS DEPARTMENT. COMMUNITY LIAISON SECTION- Running a community organisation. Liverpool City Council. City Solicitors Department. Community Liaison Section, 1981. KNIGHT, L. From pinstripes to jeans. Community Care, December 7 1977. pp.20-21. McCONKEY, D.D. MBO for non-profit organisations. AMACON, a division of the American Management Associations, 1975. MÏTTENTHALL, R.A. and MAHONEY , B.W. Getting management help to the non-profit sector. Harvard Business Review, September/October 1977. Volume 103. pp.95-103. NATIONAL COUNCIL FOR VOLUNTARY ORGANISATIONS. Report of the Handy Working Party on Improving Effectiveness in Voluntary Organisations . NCVO, 1981. REITH, D. Organisation in the social services: a comparison between local authority departments and voluntary agencies. IN : Social Work Departments as Organisations, edited by J Lishman. University of Aberdeen, Department of Social Work, 1982. pp.97-111. SLADEN, E. Honorary officers and what they do. 2nd edition. Bedford Square Press, 1978. TAYLOR, B. and LIPPITT, G-L- Editors Management development and training handbook. McGraw-Hill, 1975. 8. RESOURCES OF THE VOLUNTARY SECTOR: MANPOWER CENTRAL STATISTICAL OFFICE. Social Trends 12. 1982. Tables 11.1, 11.2, 11.3, 11.4. HMSO, 1981. HATCH, S- Voluntary work: a report of a survey. Volunteer Centre, 1978. HATCH, S. and MOCROFT, I- Voluntary workers. New Society, Vol.40, No.757, 1977. April 7 pp.24. HUMBLE, S. Voluntary action in the 1980s : a summary of the findings of a national survey. Volunteer Centre, 1982. OFFICE OF POPULATION CENSUSES AND SURVEYS. General household survey 1977. Table 7.32. HMSO, 1979. WEB3, A, DAY, L. and WELLER, D. Voluntary social service manpower resources. Personal Social Services Council, 1976. WOLFENDEN COMMITTEE. The future of voluntary organisations. Croom Helm, 1977. 3.84 RESOURCES OF THE VOLUNTARY SECTOR: FINANCIAL AUSTIN, M. and POSNETT, J. The charity sector in England and Wales - characteristics and public accountability. National Westminster Bank Quarterly Review. August 1979. pp.40-51. BIRD, P. and MORGAN-JONES, P. Financial reporting by charities. Institute of Chartered Accountants in England and Wales, 1981. 5LUME, H. and NORTON, M. Accounting and financial management for charities. Directory of Social Change, 1980. BATES, Susan. Compiler Fundraising and grant aid for voluntary organisations: a guide, to the literature. National Council for Voluntary Organisations, 1981. CHARITIES AID FOUNDATION. Charity conference report: charity finance - prospects. Opportunities and management; Drapers Hall, London, November 4 1981. Charities Aid Foundation, 1982. CHARITIES AID FOUNDATION. Charity statistics 1981/1982. Charities Aid Foundation, 1982. FALUSH, P. Trends in the finance of British charities. National Westminster Bank Quarterly Review, May 1977. HATCH, S. and MOCROFT, T.. The relative costs of services provided by voluntary and statutory organisations. Public Administration 1979, Vol.57, pp.397-405. GERARD, D- Foundations, charity and the financial crisis. Social Service Quarterly, Vol.49, No.3, 1976. HOME OFFICE. VOLUNTARY SERVICES UNIT. Seminar on financing the voluntary sector. Home Office, Voluntary Services Unit, 1974. JOHNSON, N- The nuance of voluntary organisations for the physically disabled. Reprint from Social and Economic Administration, Winter 1978; Vol.12(3); pp.169-181. MOYLE, J- and REID, D- Private non-profit-making bodies serving persons. Economic Trends, May, 1975. NATIONAL COUNCIL FOR VOLUNTARY ORGANISATIONS. The voluntary sector section 2: resources NCVO, 1981. (Information Sheet No.6) SAMS, M- Charities and voluntary organisations guidance¡notes on financial and planning control. 1. The role of the budget. The Institute of Chartered Accountants in England and Wales, 1978. SAMS, M- Charities and voluntary organisations ; guidance notes on financial and control. 2. planning Drawing up the budget. The Institute of Chartered Accountants in England and Wales, 1978. SAMS, M- Charities and voluntary organisationsjguidance notes on financial and control. 3. Using planning the budget. The Institute of Chartered Accountants in and Wales, 1978. England SAMS, M. Charities and voluntary organisations¡guidance notes on financial and control. 4. planning Internal controls. The Institute of Chartered Accountants in and Wales, 1978. England 3.85 í -10- SMITE, J. Basic book-keeping for community groups: a guide for treasurers. 2nd edition. London Voluntary Service Council, 1979. UNELL, J- Voluntary social services: financial resources. National Council of Social Service, 1979. 10. REFERENCE C.E.D. Councils, committees and boards: a handbook of advisory, consultative, executive and similar bodies in British public life. 5th edition. 1982. C.B.D. Directory of British associations. 7th edition. C.B.D. Research, 1982. CHARITIES AID FOUNDATION. Directory of grant-making trusts 1981. Seventh compilation. Charities Aid Foundation, 1981. CHARITIES DIGEST '82. Family Welfare Association, 1982. COUNCILS FOR VOLUNTARY SERVICE - NATIONAL ASSOCIATION. Directory of councils for voluntary service, 1981. EUROPA. International foundation directory. 2nd edition. Europa, 1979. FARE, MIND, NACRO, NAVH, SCODA. Directory of projects (England and Wales) 1982/83, for adult offenders, alcoholics, drug takers, homeless single people, and people with histories of mental illness. Taylor Hall Publishing, 1982. MAUNDER, W-F- Editor Reviews of United Kingdom statistical sources. Vol.1. Personal social services by B P Davies and voluntary organisations in the personal social service field by G J Murray. MORBY, G. Know how to find out your rights. Pluto Press and the Library Association, 1982. NATIONAL COUNCIL FOR VOLUNTARY ORGANISATIONS. Voluntary organisations: an NCVO directory 1982/83. NCVO 1982. NINEHAM, G. and W00DW0RTH, D. The international directory of voluntary work. 2nd edition. Vocation Work, 1982. UNION OF INTERNATIONAL ASSOCIATIONS and THE INTERNATIONAL CHAMBER OF COMMERCE. Yearbook of international organisations. 19th edition. U.I.A. and I.C.C., 1981. 11. HISTORICAL BOSANQUET, H- Social work in London 1869 to 1912. A history of the Charity Organisation Society. John Murray, 1914. BRASNETT, M. Voluntary social action: a history of the National Council of Social Service 1919-1969. National Council of Social Service, 1969. BRUCE, M. The coming of the welfare state. Batsford, 4th edition, 1968. Reprint 1974. 3.86 -11- KACKAY, T. The state and charity. Macmillan, 1898. MOWAT, C.L. The Charity Organisation Society 1869-1913. Methuen, 1961. NATIONAL COUNCIL FOR VOLUNTARY ORGANISATIONS. The voluntary sector section 1: history and development. NCVO, 1981. (Information Sheet No.6). OWEN, D. English Philanthropy 1660-1960. O.U.P., 1965. CBE/February 1983 3.87 k.D.D.E.S. Colloque du 20 JUIN' I9B4 "Les ks8oci.eti.oo8 dans le statistique de l'Economie sociale". K. Dominique DERUELLE Chargé de mission à l'Institut National de la Statistique et des Etudes Economiques. LA CONSTRUCTION D'UNE NOMENCLATURE FONCTIONNELLE DES ASSOCIATIONS : UN TRAVAIL EXPERIMENTAL Le texte ci-dessous est le fruit d'un travail personnel mené en 1978-1979, actualisé en I983-I9B4, dans le cadre d'une recher¬ che générale sur les associations - loi de 1901. On s'interroge d'abord sur le mode de classement des associations, avant de présenter la nomen¬ clature fonctionnelle expérimentée.A titre indicatif, un décompte opéré sur un petit échantillon est donné en annexe. CLASSER LES ASSOCIATIONS L'émergence récente de la vie associative comme objet de recher che autonome pose la question de la construction d'un système de classe¬ ment des associations, en raison tant de l'incapacité des nomenclatures existantes à en décrire le champ d'activité que de la multiplicité des études entreprises qui rend cette construction urgente afin d'assurer la comparabilité des résultats. Une réalité complexe : un système de nomenclatures. Une note officielle* indiquait il y a quelques années qu' "...i serait illusoire... de vouloir faire l'inventaire de toutes les associa¬ tions régies par la loi de I9DI : ce serait en effet, prétendre énumérer l'infinie variété des activités humaines". * Service d'information et de Diffusion du Premier Ministre - Actualités 5ervice - Numéro 341 - Novembre 1979 à I, S8ns aller jusque lè, ¿1 faut bien convenir que les tentstives effectuées nous ont démontré l'impossibilité de décrire précisément une association dans une nomenclature unique, si détaillée eoit-elle. En fait, c'est bien plutôt un système de plusieurs nomenclatures qui est nécessaire pour répondre à la pluralité des questions que l'on peut se poser pour décrire l'activité de l'association (même pour une des¬ cription formelle résumant, par exemple, les indications fournies par les déclarations au Journal Officiel) : 1 - Une nomenclature fonctionnelle d'activité (quoi?) Cette nomenclature prend en compte non seulement l'activité élémentaire de l'association mais encore les grands domainés de la vie collective dans lesquels cette activité s'insère. 2 - Une nomenclature analytique des personnes rassemblées par l'association (qui?) Cette nomenclature prend en compte les critères spécifiques définissant les groupes rassemblés par l'association : position dans le cycle de vie, catégorie socio-professionnelle, appartenance à une même entreprise ou établissement, origine géographique. 3 - Une nomenclature - analogue à la précédente - des personnes visées par l'activité de l'association (pour qui?) 4 - Une nomenclature de champ d'action géographique de l'asso¬ ciation (où) 5 - Un code d'appartenance à une fédération ou confédération (avec .qui?) 6 - Un code localisation du siège social (mairie, autre bâtiment public, café etc... ) Ce dernier code ne permet pas de répondre è une question spécifique mais donne des indications fragmentaires sur une question com¬ plémentaire (è laquelle le Journal Officiel n'apporte pas de réponse). 3.89 3 7 - Une nomenclature de financement principe] de 1'association (qui paie7) L'activité de l'association est-elle financée principalement par le vente de biens et services, la subvention, les cotisations, les col¬ lectes, etc...? UNE NOMENCLATURE FONCTIOWELLE D'ACTIVITE Classer les associations du point de vue de leur domaine d'activi té pour en permettre l'analyse sociale : tel est le but de cette nomencla¬ ture. Pour sa constitution, 2.5DD è 3.000 déclarations de créations d'associations publiées au Journal Officiel en 1978-1979 ont été dépouil¬ lées. En 1983, un millier de déclarations ont été analysées, dont 433 systématiquement codées et décomptées (échantillon de trois numéros du Journal Officiel répartis sur mars I9B3). Par ailleurs, l'étude d'une liste de 1.300 associations extraite du fichier SIRENE a apporté des compléments utiles. Les principes directeurs Ce n'est pas la nature précise de l'activité élémentaire de l'as¬ sociation mais sa -finalité "au sein des grands domaines de l'action collec¬ tive qui a joué un rôle déterminant dans le classement. La multiplicité des possibles critères de regroupement, le recou¬ vrement partiel de certains domaines d'action imposent une hiérarchisation des points de vue. Schématiquement, c'est le POUR QUI ? avant le QUOI ?, le QUOI ? avant le PAR QUI ? qui ont organisé le classement.* Ainsi les associations sportives scolaires sont-elles rattachées è l'enseignement ; les "amicales", dont le but est simplement de"maintenir, favoriser, les liens entre ses membres" font l'objet d'un sous-groupe, en dépit de l'hétérogénéité apparente du groupement sinsi constitué. ♦ C'est tout de même l'empirisme qui a dominé : on pourrait donc trouver certaines déroga tions è ces principes justifiées essentiellement par un souci de commodité. 3.90 NIVEAU 1 - Les grsnds domaines d'activité : les fonctions collectives Ce niveau répond bu boucí de faire pièce è la nomenclature fonctionnelle des administrations publiques, de manière è permettre le comparaison - eu niveau des flux de dépenses, par exemple - entre la part des besoins collectifs pris en charge par l'administration et celle qui est prise en charge par des groupements <}'initiative privée. C'est la finalité de l'activité associative qui est ainsi déterminante dans le classement. Néanmoins, le décalque ne peut-être-parfait, car les champs d'action diffèrent notablement. Ainsi, le groupe "0 - Vie Publique" com- porte-t-il è la fois des associations qui oeuvrent dans les domaines des services généraux des administrations publiques (justice, sécurité inté¬ rieure, etc...) et les associations h caractère général (politiques, civiques, philosophiques). De la même manière, le groupe "9 - Défense d'intérêts écono¬ mique - Syndicats" élargit-il le groupe "9 - Action économique" de la nomenclature fonctionnelle des administrations. NIVEAU 3 - Les activités élémentaires (249 postes) Le souci du détail a ici prévalu, dans le double but : - d'atteindre effectivement les unités homogènes d'acti¬ vité élémentaire ; - de faciliter les opérations de codification en mention¬ nant explicitement les intitulés les plus fréquents* e'. en résolvant explicitement certains problèmes de fron¬ tière entre domaines ou sous-domaines. ♦ V compris dans leurs formes alternatives : 286 fan-clubs, 'clubs d'admirateurs 248 majorettes-twirling 3.91 5 NIVEAU 2 - L'unité d'analyse (6A regroupements) C'est lè le niveau véj_i tablé de l'analyse, qui vejjt § la fois éclater les grands domaines d'action collective en- sous-domeines homogènes (niveau 1) et regrouper les activités élémentaires du niveau 3 en types significatifs. Bien entendu, les choix sont cependant largement pragmati¬ ques. Donnons quelques exemples : les "interventions sociales" sont analysées au niveau 2 selon les différents groupes de.personnes à qui elles sont destinées ; le groupé "Culture - Vie sociale" est analysé en type d'activités pratiquées ; le groupe "Défense d'intérêts économiques - Syndicats" est analysé selon les groupements d'intérêts ou groupes socio¬ professionnels concernés ; le groupe "Enseignement - Formation" est analy¬ sé de façon naturelle selon le type d'enseignement dispensé, mais il a fallu faire place à deux types spécifiques d'associations - organismes de gestion d'établissements privés et associations de .parents d'élèves -ainsi qu'aux associations rendant des services répondant à des besoins spécifi¬ ques des étudiants et élèves (cantine, ramassage, etc ). UN TRAVAIL IMPARFAIT Telle quelle, cette .nomenclature atteint à peu près la limite de ce que peut produire le travail isolé de quelqu'un qui, en outre, n'es-, pas spécialiste de la confection des nomenclatures*. Bien sûr, elle peut-être ponctuellement améliorée en introdui¬ sant des précisions, en réparant des oublis, ou, au contraire en suppri¬ mant des détails que l'intérêt pour des questions finalement secondaires a pu pousser à introduire. Mais il devient nécessaire de prolonger, de façon systématique et organisée, ce travail en faisant appel è des spécialistes de chacun des domaines de la vie associative et en tenant mieux compte, peut-être, des préoccupations des spécialistes (et des comptables) de l'Economie Sociale. * Notons tout de même qu'une utilisation opérationnelle de cette nomenclature a déjà eu lieu (J. HDRAIST, Direction de le Prévision du Ministère del'Economie et des Finances : Enquête-pilote sur l'arrondissement d'ORLEANS). 3.92 Car le développement récente l'intérêt pour la vie associative, 1b mul¬ tiplication des études dans un domaine aussi peu défriché imposent avec urgence l'établissement d'une base de travail commune, d'une nomenclature commune. Deux grands pôles de travail semblent apparaître : l'un, plus économiste, plus comptable 6'intéresse, dans le cadre de l'économie socia aux associations dites "gestionnaires'], tendant è éliminer de son objet le associations è qui leur fonctionnement ne fait pas jouer de rôle économi¬ que véritable ; l'autre, plus sociologique et centré sur l'insertion des associations dans la vie sociale, tend à éliminer de son objet les associa¬ tions qui émanent d'institutions ou qui se substituent è des entreprises. Pourtant, il serait regrettable que des efforts divergents aboutissent è des résultats non conciliables dans un domaine où (presque) tout est è faire. Certes, les nomenclatures sont construites pour répondr aux besoinscde leurs utilisateurs ; mais lorsque ces besoins diffèrent, elles peuvent faire l'objet d'un compromis dont on demande simplement qu' reste opératoire pour chacun. Cela paraît en 1'occurence, possible. Puissions-nous donc éviter la confection de nomenclatures d'as sociations de vie sociale, de nomenclatures d'associations gestionnaires, de nomenclatures spécialisées pour les associations relevant de tel ou te ministère qui ne s'inséreraient pas dans une synthèse générale ! 3.93 PROJET DE NOMENCLATURE FONCTIONNE!LE DES ASSOCIATIONS 02.05.64 (D. DERUELLE, chargé de mission à 1'I.N.S.E.E. ) Fooction Soos-fooctions "Regroupements élémentaires Vie publique 01. Associations.'politiques' 011. Associations politiques è caractère^ \ _ général. 01 ^^ÑouvemeBtSwrégionalistejj. 013. Comités de soutien è une candidature, action politique locale 014. Clubs de réflexion politique. 015.\ Mouvements, associacions féministes. - 02. Associations civiques 021. et philantropiques. Clubs,^associations civiquesT"" . 022. Associations philantropiques. 023. Amicales laïques. 024. Défense de l'enseignement libre. 025. Autres. 03. Associations religieu- . 030. Associations religieuses, ses. (à but de prosélytisme). 04. Recherche à caractère 041. Recherches universitaires visant au général. progrès général des connaissances. 042. Autres recherches visant au progrès général des connaissances. 05. Justice. 05J. Aide, soutien aux détenus 052. Autres. 06. Sécurité intérieure. 061. Secourisme, protection civile. Sécurité^ routière^) 063. Amicales de sapeurs-pompiers. 064. Organisation des urgences médico-chi¬ rurgicales. 065. Autres. 3.94 » *■ e iCt ion Sous-fonctions Regroupements élémentaires 07. Relations extérieures. 071. Promotion des intérêts culturels et économiques de la France à l'étranger. 072. Développement des échanges culturels et économiques avec un payB étranger. 073. Comités de jumelage. 074./Associations humanitaires ! (action orientée vers 1 ' étrangerj-r-"1 075^Associations tiers-mondistes./ C'DcS 08. Armées, Défense Nationale. 081. Associations ayant pour objet la Défense Nationale 082. Associations de "Défense des droits du soldat". 3.95 y « Fonction Sous-fonctions Regroupements élémentaires enseignement - 10. Associations à caractère 101. Rénovation pédagogique formetion général 102. Recherches sur l'enseignement et la formation. 103. Autres associations è caractère général, 11. Associations de parents 111. Enseignement primaire (y. c. préscolaire d'élèves 112. Enseignement secondaire général. 113. Enseignement secondaire technique. 114. Enseignement multiple ou non spécifié. 12. Organismes de gestion 121. Enseignement primaire. d'établissements d'ensei¬ gnement (enseignement 122. Enseignement secondaire général, ou privé) enseignement supérieur. 123. Enseignement secondaire technique. 124. Enseignements multiples ou non spécifiés. 13. Enseignements spéciaux. 130.(Enseignements spéciaux. 14. Enseignements supérieurs. 140. Enseignements supérieurs. 13. Formation continue, forma¬ 151. Apprentissage. tion permanente. 152. Formation continue, formation permanente (salariés). 153. Autres. 16. Sport scolaire et univer¬ 161. Sport scolaire. sitaire . 162. Sport universitaire. 17. Autres services. 171. Oeuvres sociales en faveur des étudiants. 172. Oeuvres sociales en faveur des élèves. 1J3. Cantines scolaires/^) 174. Ramassage scolaire. 175.Çcoopé-r&tTves scolaire^^^ 176. Foyers socio-éducatifs d'établissements scolaires. 177. Divers. 3.96 11 Sous-fonctions Regroupements élémentaires '244^Tourisme, vacances. 245. Autres formes d'action aocio-culturelle (y. c. animation locale, «ssociBtions "sports et loisirs"). 246. Action socio-éducative, associations d'éducation populaire. 247. Comités des fêtes. 248. Majorettes, twirling. 249. Tauromachie. 25. Clubs sportifs 263. Autres sports individuels. 264. Clubs omnisports. 265. Football. 266. Rugby. 267. Autres sports d'équipe. / 268. Associations pour le développement/de 1 pratique du sport (en général), organi¬ sation de rencontres sportives. / 269. Clubs de supporters. ". Activités de plein-air. 270. Loisirs de plein-air en général. 271. Cyclo-tourisme. 272. Randonnée. 273. Nautisme, plongée. 3.97 tr ¥ Foneti on Bous-fonctions Regroupements «2' élémentaires 27. Activités de plein-sir 274./Alpinisme et spéléologie. ) (cuite) 275. Boules, pétanque. ' ^" ) 27^6^ Naturisme. v 277. Activités aéronautiques (y. c. delta¬ plane ). 278. Autres activités de plein-air. 28. Clubs de loisirs. 2B1. Bridge-Clubs. 282. Clubs d'échecs. 283. Autres jeux de société, jeux de l'espri 284. Modélisme. 285. Clubs de collectionneurs. 286. Fan-clubs, clubs d'admirateurs 287. Elevage canin. 288. Autres loisirs spécifiques. 289. Clubs de loisirs multiples. 29. Amicales 291. C^nciens combattants^ 292. Anciens élèves (y. c. enseignement supé rieur). 293. Amicales coopératives. 294. Associations du personnel d'une entrep: se, d'un établissement (sans activité définie). 295. Groupements d'entraide et de solidarité (sans autre objectif défini). 296. Amicales d'originaires d'un même pays étranger (sans objectif bien défini). 297. Autres amicales. 3.98 ♦ ' fonction 13 SouB-fonctionB Regroupements élémentaires 3. Santé. 3D. Associations è cBrectère 301. Recherche médicale, biologique ou général. pharmaceutique. 302. Hygiène, alimentation, agriculture bio¬ logique . 303. Autres associations è caractère généré! Associations "pour le développement har monieux du corps et de l'esprit". 31. Associations spécialisées 311. Médecine générale. 312. Psychiatrie, psychothérapie.' 313.(J-utte contre le cancer^ 314. Lutte contre la tuberculose. 315. Autres maladies graves. 316. Infirmités physiques et psychiques. 317. Accidents du travail et maladies profes sionnelles. 318. Associations médico-humanitaires. 319^Don du sang, d'organes et de tissus. ' 321. Autres associations spécialisées. 3.99 3 ▼ .» "onction 14 ' Sous-fonctions Regroupements élémentaires Interventions 40. Associations à caractère 401. Recherches sur les inadaptations sacíeles général. sociales et les inégalités. 402. Secours populaire français, autres associations humanitaires è caractère général. 403. Gestion d'immeubles utilisés è des fins d'interventions sociales en général. 41. Infirmité physique et 411. Aide è l'enfance handicapée et inadapté psychique. 412. Aide aux handicapés, et indadaptés adultes, ou en général. 413. Associations anti-alcooliques, aide aux toxicomanes. 42. Accidents du travail et 421. Aide aux accidentés du travail. maladies professionnelles. 422. Aide aux victimes de maladies professió nelles. 43. Aide aux personnes âgées. X 431 .féïiàë è domiciled . 432. Autres formes d'aide ; aide multiforme. 433. Gestion de maisons de retraites. 44. Enfance et adolescence. 441. Associations d'aide sociale è l'enfance et à l'adolescence. 442. Foyers de jeunes travailleurs. 443. Colonies de vacances (aide sociale). 43. Famille. 451.(^ide^à domicile?/1 452. Autres formes d'aide è la famille. 453. Crèches, garderies. 46. Aide aux chômeurs. 460. Aide aux chômeurs. 47. Divers < _ 471. Aide aux rapatriés et réfugïésT^ 472. Aide aux migrants. 473. Aide aux victimes de calamités naturell 474. Aide eux anciens combattants. 475. Soutien psychologique et moral. - 3.100 476. Autres. 15 r°nôlion Eoub-Fonctions Regroupements élémentaires 5. Logement 50. Associations è caractère 501. Recherches sur le logement. général. 502. Autres associations è caractère général. 51. Associations de proprié¬ 511. Associations de propriétaires (en géné¬ taires. ral), d'eccessionnaires. 512.'/Associations de co-propriétaires ) ^Jj(dans un immeuble donné). 52. Associations de locataires 52^. Locataires dans des H. L. y 522. Autres locataires. " 53. Associations d'habitants 530/Associations d'habitants d'un immeuble, d'un immeuble, d'une cité. j d'une cité. 54. Amélioration des logements 540. Amélioration des logements existants. existants. 55. Comités professionnels ou 550. Comités professionnels ou interprofes¬ interprofessionnels du sionnels du logement. logement. 3.101 - T. r one t. ion Sous-fonctions 16.« Regroupements élémentaire* Développement 60. Associations fe caractère 601. Recherches sur le développement urbain urbain. général. 602. Autres associations fe caractère généra 603.1-Défense des intérêts de propriétaires", \(notamment en cbb d'expropriation).^) 61. Réseaux et services 611. Assainissement. urbains. 612. Autres réseaux et services urbains. 62. Transports collectifs 621. Associations d'usagers. urbains. 622. Associations pour le développement des transports collectifs. 63. Aménagement urbain. 631. Aménagement du tissu urbain, améliora¬ tion de l'habitat, du cadre"'de vie. 632. Défense contre le bruit. 633. Défense contre la pollution. 634. Protection des espaces verts. Associations de quartier 3.IOS * F oo¿ t Sous-fonctions Regroupements élémentaires 7. Développement 70. Associations fe caractère 701. Recherches sur l'aménagement de 1'espa¬ run 1 et «mé¬ général. ce naturel et l'environnement nagement de l'espace natu¬ 702.' Autres associations à caractère général rel . 703. Défense d'intérêts de propriétaires (notamment en cas d'expropriation, de remembrement). 71. Réseaux et services rurau> 711. Alimentation en eau potable et assainis sèment. 712. Autres réseaux et services ruraux. 72. Aménagement rural 721. Etudes d'aménagement rural. 722. Aménagement de villages. 73. Aménagement des eaux. 731. Aménagement des eaux et développement des ressources 732. Etudes sur l'eau. 74. Préservation du milieu 741. Lutte contre la pollution de la mer. naturel. 742. Lutte contre la pollution des rivières et des lacs. 743. Lutte contre la pollution, autre que celle de l'eau. 744. Etudes sur la pollution. 745. Parcs naturels. 746. Aménagements d'espaces verts. 747. Etudes sur la préservation du milieu naturel et protection des espèces ani¬ males. 748. Pêche. 749. Chasse. * 751^r^ssocietIóns^écologistes ep général^) 752. Préservation des sites. [J 3.103 F"one t i on Sous-fonctions Regroupements élémentaires \ ie' Transporte et 81. Usagers des transports. 811. Usagers des transports routiera. télécommuni¬ cation. 812. Usagers des transports ferroviaires. 813. Autres usagers. 82. Air et transports aériens 820. Air et transports aériens. 83. Postes et télécommunica¬ 831. Postes. tions. 832. Télécommunications. 84. Divers. 840. Divers. "f " j i ¿L 3.104" cSKetion SouB-fcxKrtions 19 Regroupements élémentaires Défense d'inté¬ 9D. ABsocietions è caractère 901. Recherches et études Bur l'action éconc rêts économi¬ général. mique. ques, syndicats 902. Autres associations è caractère général 91. Défense d'intérêts 911. Développement économique régional ou économiques régionaux et local. locaux. 912. Syndicats d'initiative, offices du tou¬ risme. 913. Comités organisateurs de foire. 92. Unions patronales. 921. Unions patronales (stricto sensu). 922. Unions de producteurs (études de pro¬ duits, commercialisation,...). 923. Cantines d'entreprise. 924. Médecine du travail. 925. Autres services rendus aux entreprises. 93. Groupements de salariés. 931. Cadres du secteur public. 932. Cadres du secteur privé. 933. Ouvriers du secteur public 934. Ouvriers du secteur privé. 935. Employés du secteur public. 936. Employés du secteur privé. 937. Salariés du secteur public. 938. Salariés du secteur privé (y. c. agricc les). 939. Salariés (en général). 94. Groupements d'exploitants 940. Groupements d'exploitants agricoles. agricoles. 93. Syndicats, groupements 95oT^ndicáts"~~groupements cTjrtiagns et^de, d'artisans et de commer¬ V commerçants. çants. 96. Groupements de défense 960. Professions libérales en général. des intérêts des profes¬ sions libérale, syndicats 961. Médecins (y. c. salariés) ; autres pro¬ d'artistes non salariés. fessions de santé. 3.105 Fonction Sous-fonctions » * Regroupements y?i élémentaires ■ 96. Groupements de défense 962. Autres professions libérales. des intérêts des profes¬ sions libéreles, syndi¬ 963. Artistes non Balsriés. cats d'artistes non salariés. 964. Associations de gestion agréées (profee (suite) sions libérales). 97. Inactifs, chômeurs. 971. Retraités du secteur public. 972. Retraités du secteur privé. 973. Retraités en général. 974. Etudiants. 975. Chômeurs. 976. Autres. 98. Associations de consom- ^981. Associations de consommateurs > - mateurs. (en général). 982. Associations de consommateurs (alimente tion); groupements d'achats. 983. Associations spécifiques. 99. Associations familiales. 990. Associations familiales. . 3.106 21 UN COMPTAGE SUR UN FLUX DC DECLARATIONS (KARS I9B3) A titre indicatif, voici les résultats d'un comptage opéré sur un flux de 455 créations d'associations, de mars I9B3 (trois numéros du Journal Officiel) ; ces résultats sont comparés à ceux de l'enquête Direction de la Précision - IFOP, menée par J. H0RAI5T sur 1'ensemble des associations existant dans l'arrondissement d'ORLEANS (ici 215 associa¬ tions en activité). Plus de la moitié des associations, créées ou existantes, appartiennent à la rubrique "Culture - Vie Sociale" ; c'est bien là le champ d'action privilégié des associations. La petitesse des échantillons met obstacle à une comparaison plus détaillée de ces chiffres, qui convergent de façon plutôt surprenant c'est à peine si l'on peut oser suggérer que les associations des groupes "Vie Publique" et "Défense d'intérêts économiques - Syndicats" semblent plus éphémères que la moyenne, tandis que les associations du groupe "Enseignement - Formation" seraient dotées d'une vie plus longue. L'analyse du groupe "Culture - Vie Sociale" souligne l'importa ce du sous-groupe 24 "Action socio-culturelle" et, au sein de ce groupe, du poste 245 "Autres formes d'action socio-culturelle" ; -il y a sans doute là matière à amélioration de la nomenclature. 3.107 TA3'- EAU 1 : REPARTITION D'ECHANTILLONS D1 ASSOCIATIONS EN GRAPD5 DOKAIKIS D'ACTIVITE fen S) GROUPE 455 CREATIONS D'ASSOCIATIONS 215 ASSOCIATIONS (MARS I9B3) DE L'ARRONDISSEMENT D'ORLEANS ..Vie publique 10 6 ..Enseignement formation 6 12 ..Culture, vie sociale 57 59 ..Santé 4 5 ..Interventions sociales. 5 6 ...Logement 4 2 ..Développement urbain 1 2 . ...Développement rural et 3 3 aménagement de l'espace naturel ...Transports et télécom- - - , munications ...Défense d'intérêts 10 5 économiques, syndicats TOTAL 100 100 TABLEAU 2 : ANALYSE DU GROUPE "CULTURE, VIE SOCIALE" (26A ASSOCIATIONS SUR 455) (en %) SOUS-GROUPE 261 ASSOCIATIONS CREEES EN MARS I9B3 •. ...Associations à caractère 2 général. ' .-.information-Communication 9 ....Pratique d'activités 13 artistiques T...Préservation du patrimoine 4 ...Action socio-culturelle 29 .5/26.Clubs sportifs 16 " ...Activités de plein-air 7 .3...Clubs de loisirs B " ...Amicales 12 TOTAL 100 3.108 Ajuntament de Barcelona &e5centtalit'iació Pi articipació (2iu.taa.ana Papers 8.4 - ANEXOS .■H '■ 1. LA CONSIDERACION LEGAL DEL ASOCIACIONISMO EN ESPAÑA 2. LEGISLACION COMPARADA 3. ASOCIACIONISNO JUVENIL 3.1. REPUBLICA FEDERAL ALEMANA 3.2. ITALIA 3.3. FINLANDIA 3.4. URSS 3.5. POLONIA 3.6. BELGICA 3.7. LUXEMBURGO 3.8. FRANCIA 3.9. BIBLIOGRAFIA Incluimos en este bloque un resumen de materiales ya elaborados que, en nuestra opinión pueden ayudar a documentar el tema objeto de este trabajo. Dichos materiales no tienen carácter de nueva aportación sino que se han incluido por lo significativo de la temática que abordan y hacen referencia a dos cuestiones principales el marco jurídico y el asociaci on ismo juvenil. 4.2 1 . LA 0 0 z if) H □ n R A c X ON LEGAL DEL_ A SOCiACiO N X s M O EN ES PAÑA LA ASOCIACION CONCEPTO Y ELEMENTOS La asociación es el conjunto de personas que se unen para alcanzar un fin cornun a las mismas. A esa unión de personas, cuando se cumplen los requisitos que examinaremos al tratar de la legislación vigente, el Derecho la considera como persona jurídica, distinta de sus miembros. La persona jurídica que llamamos asociación requiere: 1) Una pluralidad de miembros. 2) Un fin para cuya consecución se unen, que ha de ser posible, lícito y determinado. 3) Una organización. De lo contrario estaríamos ante un mero conglomerado de personas. La organización surge del mismo hecho asociativo y representa el carácter estable de la unión. Una asociación está organizada cuando tiene órganos rectores, que son los que van a hacer posible el cumplimiento del fin. Desde otro punto de vista, la organizaci-ón puede conceptuarse como la normativa que contiene las atribuciones y funcionamiento de aquellos órganos. 4) La asociación exije, para hacer personalidad jurídica, el reconocimiento por parte de la autoridad estatal. En la asociación rige el principio de la cooperación versus el principio de competición. La forma de la sociedad moderna descansa sobre las asociaciones. Hoy el Estado está, como siempre, integrado por individuos, pero sobre todo por grupos. El Estado aparece formado por Asociaciones, y esas asociaciones son las que pueden mantener, y de hecho mantienen, diálogo con el Estado. El hecho asociativo en nuestro derecho es muy dispar. El ordenamiento actual no define las figuras jurídicas asociativas, sino que, regula conceptos cuya elaboración se confía a la doctrina. De ahí que haya necesidad de explicar las diferentes figuras asociativas que el Derecho no diseña. El estudio de estas figuras tiene como punto de partida la propia L.ey. La enumeración legal de las personas jurídicas aparece en el art. 35 de la Ley de Cooperativas, la cual distingue entre: 1) Las corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público reconocidas por la Ley. 2) Las asociaciones de interés particular, sean civiles, mercantiles o industriales, a las que la Ley concede personalidad propia distinta de la de cada uno de sus asociados. 4.4 El cuadro general de las personas jurídicas admitidas por nuestro ordenamiento no se agota con el citado precepto, pues es notorio que un buen número de leyes reconocen personalidad jurídica a entidades diversas, unas que tienen cabida en el mencionado texto legal (corporaciones públicas) y otras que tienen su origen en las diferentes formas que, para la prestación de los servicios Públicos, adopta la Administración moderna (organismos aut ónomos). CLASIFICACION DE PERSONAS JURIDICAS Constituyen personas jurídicas: las corporaciones, fundaciones y la sociedad, N á s simplemente, en el Derecho Romano se divide a las personas jurídicas en asociaciones (agrupaciones de hombres) y fundaciones (ordenaciones de bienes). Puede dividirse a las asociaciones en: Asociaciones (stricto sensu): agrupación de hombres que ponen en común su conocimiento o su actividad, ya sea por interés público o personal. Sociedad: la agrupación de hombres tiene por objeto el obtener ventajas patrimoniales o lucro. Corporaciones: son siempre personas jurídicas de Derecho Público, creadas para ser sujeto de funciones públicas. Corporaciones públicas: Administración institucional. SITUACION DE LA ASOCIACION NO LUCRATIVA La asociación no lucrativa baraja todos estos términos. Es el puntal básico de la Economía So.cial y se sitúa entre la sociedad (como figura básica de la economía de mercado) y la corporación (como instituación básica del sector público. Tiene elementos de ambas. ¿Puede considerarse la asociación no lucrativa como una figura ecléctica?. ASOCIACION STRICTO SENSU Agrupación permanente de personas físicas que se unen para un fin determinado, mediante una organización a la que el Derecho otorga personalidad. 4.5 Requisitos . Unión permanente de personas físicas. . Su fin es el de la asociación, no el de sus miembros. . El fin está exento de lucro subjetivo (lucro de los socios). El lucro social o objetivo no desnaturaliza la esencia de la asociación. Los socios no resultan beneficiados. Hay que admitir, sin embargo, que existen asociaciones de interés particular. El interés público resulta muy dudoso: cada vez hay más asociaciones con intereses particulares (en los deportes, por ejemplo), aunque este interés particular- se encuadre dentro de un interés público (el deporte en general) y no debe confundirse con el lucro que convertiría a la asociación en sociedad. Diferencia asociación - corporación La corporación es siempre persona jurídica de Derecho público. La asociación no. . Reconoce su origen en la Ley o en un acto administrativo. La asociación no. . Sus miembros siempre tienen intereses individuales comunes que defender. La asociación no. Diferencia asociación - fundación . La asociación nace de un concurso de voluntades para servir a un fin; la fundación supone una decisión unilateral de destinar un patrimonio a un fin. La asociación recoge una idea de solidaridad o unidad de fuerzas, mientras que la fundación mantiene una idea de perpetuación de la voluntad humana. Diferencia asociación - sociedad Es la más difícil de establecer cuando se trata de asociaciones de interés particular. Cuando las asociaciones son de interés público la diferencia está clara. Aún así: • En la sociedad existe una aportación o participación évaluable económicamente e imputable a los socios. En la asociación no existen. . Asimismo, las relaciones entre los socios en la sociedad lo son por razón de las cosas comunes. En la asociación las relaciones son estrictamente personales. 4.6 En la sociedad se persigue un fin de ganancia individual de acuerdo a las aportaciones, gana ri eia que la Jurisprudencia ha entendido en sentido lato, incluyendo cualquier ventaja patrimonial, que puede ser simplemente el goce de unos servicios comunes (S. 21-11-69). En las asociaciones no puede darse lucro subjetivo ni directa ni indirect ament e. Diferencia asociación - comunidad de bienes La comunidad de bienes existe ordinariamente sin previa conscreción, supone bienes indivisos pertenecientes a varias personas, mientras que la asociación, que nace siempre por obra de la voluntad, implica la presencia de un patrimonio que se imputa a persona jurídica distinta de los socios, sin que éstos tengan parte ni cuota. 4.7 ASOCIACION, ¿CREACION DEL ESTADO O SIMPLE RECONOCIMIENTO DE SU EXISTENCIA? Una asociación es una creación del Estado a través del Derecho. Se puede discutir si son creadas por el Estado o simplemente si éste reconoce su existencia. Sólo el reconocimiento de la autoridad y subsiguiente inscripción en los registros oficiales llevan aprejados la adquisición de personalidad para la asociación, es decir, la conversión de la entidad en sujeto de Derecho. Tal aserto reconoce su soporte legal en la declaración del Código Civil, que manifiesta que la personalidad de las asociaciones reconocidas por la ley empieza en el instante mismo en que hubiesen quedado válidamente constituidas. Según la Ley de'Asociaciones, toda asociación supone el propósito de varias personas naturales y con capacidad de obrar, de servir a un fin determinado y licito, según sus Estatutos. La Ley explica qué se entiende por fines determinados y qué por fines lícitos. Promulgada la Constitución, el concepto legal de asociación ha variado en parte. En efecto, el art. 22 dispone que las asociaciones que persiguen fines o utilicen medios tipificados como delito sean ilegales, y añade que se prohiben las asociaciones secretas y las de carácter parami1 itar. Sistemas de reconocimiento de las asociaciones por el Estado El reconocimiento de las asociaciones por el Estado puede constatarse por 3 sistemas: según los distintos ordenamientos jurídicos, 1) Sistema de constitución libre: sólo exige poner en conocimiento de la autoridad el hecho de la Constitución. 2) Sistema normativo o reglamentario: cumplidos unos requisitos preestablecidos por el legislador, la Administración no puede negar el reconocimiento de la asociación. 3) Sistema de concesión: el legislador reserva a la autoridad el derecho de decidir respecto de tal reconocimiento. La Ley de 1964 y los decretos complementarios de 20-5-1965 y de 1-4-1977 regulan el sistema de constitución de asociaciones sometidas a su ámbito de aplicación. La Constitución establece en su art. 22 que las asociaciones cosntituidas a su amparo deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad. 4.8 Mientras no se promulgue la nueva Ley de Asociaciones, desarrollando el precepto constitucional, la constitución de las asociaciones deberá atenerse a los preceptos de la Ley de 1964, si bien teniendo en cuenta disposiciones concordant es, que han ido apareciendo con posterioridad a la promulgación de aquélla. Requisitos para ejercitar la libertad de asociación La libertad de asociación -según la Ley- se ejercitará jurídicamente mediante acta en que conste el propósito de varias personas naturales que, con capacidad de' obrar, acuerdan voluntariamente servir a un fin determinado y licito según sus estatutos. El acta a que se refiere la Ley supone cuando menos una reunión de fundadores, que han de ser como mini mo tres, personas físicas y con capacidad de obrar. El objeto de estar reunido se infiere claramente del texto legal y se extiende a deliberar y adaptar acuerdos. Estos deberán ser por lo menos dos: 1) Constituir una asociación concreta para servir a un fin determinado y lícito. 2) Aprobar los Estatutos por los que la asociación va a regirse . Estatutos como norma fundamental. Contenido Los Estatutos son la norma fundamental por la que ha de regirse la vida de la asociación en virtud de su poder de autonomía. Puede reconocerse en ellos un contenido facultativo y otro preceptivo. El primero está constituido por las condiciones que establezcan los socios, sin otras limitaciones que las que deriven de la licitud de las mismas, licitud que comporta elementos de legalidad, moralidad y orden publico en sentido genérico. El contenido preceptivo aparace claramente señalado en la segunda: 4.9 LAS FEDERACIONES Asociaciones cuyos miembros son personas jurídicas, o federación como agrupación de asociaciones. Requisitos para que se dé una federación Se requiere: 1) Que esté constituida por entidades con personalidad jurídica que sean asociados. 2) Que las asociaciones miembros estén sometidas, en principio, al mismo régimen jurídico. La Ley de Asociaciones omitió la regulación de las federaciones, y es el Decreto complementario de 1965 el que, al ocuparse de las asociaciones de utilidad pública y de sus federaciones, regula brevemente estas últimas, diciendo simplemente que por las mismas normas establecidas por la constitución de asociaciones el Ministerio de Interior podrá reconocer federaciones de asociaciones no declaradas de utilidad pública, a instancia de las mismas. Procedimiento para reconocer las federaciones El procedimiento se inicia siempre a instancia de parte en el gobierno civil donde piense domiciliarse la f ederación. La resolución del procedimiento corresponde al Ministerio del Interior, y ésta es révisable pór vía- de contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo. Las federaciones de asociaciones se inscriben también en los registros nacional y provincial, en la misma extensión y términos que las asociaciones, aunque en la sección 2a. de los citados registros, destinada precisamente a las federaciones. Federación de asociaciones de utilidad pública La federación de asociaciones de utilidad pública puede ser acordada por el Consejo de Ministros de oficio, a propuesta de un miembro del gobierno o el ministro de quien dependa la actividad a que vayan a dedicarse las asociaciones federadas. 4.10 Grupos de asociaciones (a titulo de ejemplo) Desde la promulgación de la vieja Ley de Asociaciones en el año 1887, han ido apareciendo en España asociaciones de muy diversa naturaleza. Conviene citar los siguientes grupos de asociaciones, a título de ejemplo: 1) De puro recreo. 2) Políticas. 3) Obreras en general de carácter profesional o mutualista, y los sindicatos. 4) Técnicas o facultativas. 5) Económicas o de objeto material. 6) Científicas, literarias y artísticas. 7) Filantròpic:a o de car i dad. Por otra parte, las necesidades y aspiraciones de la vida moderna, los cambios socioeconómicos y hasta el espíritu de reivindicación tan propio en nuestro tiempo, han hecho que en lo últimos años hayan nacido nuevos tipos de asociaciones con fines hoy peculiares y específicos, que serían impensables hace pocos años. El asociaci on ismo en general ha ido dirigido y se dirige fundamentalmente a la consecución de fines de carácter cultural, político-social, fami 1 iar i sta , vecinal, asistencial y recreativo-deportivo. Variedades de cooperativas Las cooperativas, dentro de sus fines, pueden ofrecer muchas variedades: de consumo, de crédito, de viviendas, del mar, agrícolas, etc.; pero en todas ellas lo que las caracteriza es la finalidad de orden económico-social que persiguen y la carencia de lucro. Este último extremo las acerca a las asociaciones comunes. Publicada la Ley de Asociaciones de 1964, las cooperativas ofrecieron una diferencia más acusada respecto a las asociaciones, que las asemeja a las sociedades: la posibilidad de admitir como socios a las personas jurídicas, posiblidad explicable si se analiza que en las cooperativas es fundamental la existencia de una aportación de capital. 4.11 REGIMEN JURIDICO ESPECIAL El régimen jurídico especial lo forman las normas que rigen las asociaciones excluidas del régimen general. Algunas exclusiones aparecen expresamente en la Ley de Asociaciones; otras hay que ir a buscariasen el resto de nuestro Derecho Positivo, en el que han incidido de alguna manera varios preceptos de la Constitución. ASOCIACIONES EXCLUIDAS DEL REGIMEN GENERAL Están excluidas del régimen general: 1) Las constituidas según el Derecho Canónico, las de la acción católica española, en cuanto desarrollan fines de apostolado religioso, y las confesionales no católicas. 2) Las sindicales (sindicatos de trabajadores y asociaciones de empresari os). 3) Las asociaciones políticas. 4) Las asociaciones deportivas. 5) Las administrativas de contribuyentes y de prop ietari os, los centros de iniciativas turísticas y las de estudiantes. 6) Las mutuas, montepíos y mutualidades. Ello no quiere decir que no caigan bajo el imperio de la Ley de 1964 en algún aspecto. ASfiCiaciQDÊS-LÊliaiQSâS Las asociaciones religiosas, como agrupaciones humanas que persiguen en forma colectiva fines exclusivamente religiosos. a) Asociaciones religiosas católicas: asociaciones constituidas según el Derecho Canónico. Excluidas del régimen asociativo general y sometidas al derecho de la Iglesia. Las asociaciones religiosas católicas son autorizadas por la autoridad eclesiástica competente, sin que el Estado tenga participación alguna en su constitución. b) Asociaciones religiosas no católicas: se incluyen aquí las Iglesias no católicas existentes o que puedan existir en España, que vienen configuradas por nuestro Ordenamiento 4.12 como asociaciones. Su régimen especial está constituido en la Ley 44/1967 de 28 de junio, regulando el ejercicio del Derecho Canónico a la libertad en materia religiosa por la Orden de 5 de abril de 1968, dictada por el Ministerio de Justicia para la ejecución de dicha Ley. La petición de reconocimiento de una asociación confesional no católica se formula ante el Ministerio de Justicia, mediante escrito al que acompañan tres ejemplares de los estatutos de la asociación, en los que deberán determinarse con precisión los fines, órganos rectores y esquema de su organización. El escrito de petición y los ejemplares de los estatutos deberán ser- firmados por triplicado, al menos, de las personas de nacionalidad española que, residentes en el territoi i o nacional, deban representar a la asociación. En el escrito se consignarán: 1. Los datos, y antecedentes qué sirvan para poner de manifiesto la existencia y la naturaleza religiosa de la confesión a que pertenece. 2. La denominación de la asociación que ha de contener la correspondiente confesión religiosa y ser idónea para distinguirla de cualquier otra. 3. El domicilio social, con indicación de la localidad del territorio español en que radique. 4. El patrimonio inicial, con relación de los bienes inmuebles, así como los recursos económicos previstos. El reconocimiento e inscripción sólo podrán ser denegados cuando no se acrediten debidamente los extremos que exige la Ley de Libertad Religiosa o se vulnere alguno de sus preceptos. El Ministerio de Justicia comunicará al Ministerio del Interior tanto la constitución, como la disolución de las asociaciones confesionales no católicas, dando traslado a los gobernadores civiles respectivos. Una vez reconocidas estas asociaciones podrán practicar el culto público y privado en los templos o lugares de culto debidamente autorizados. ÓSD£ÍaCÍQDÉS_2QliÍÍ£aS Conjunto de personas que se unen para conquistar y conservar el poder. B£2yla£iûa_l£Sâl El ordenamiento vigente sobre asociaciones 4.13 políticas está constituido por la Ley 21/1976 de 14 de junio, sobre el Decreto de asociación política, modificado en buena parte por la Ley 54/1978 de 4 de diciembre, de partidos políticos; el R.D. 2281/1976 de 16 de septiembre , por el que se regula el Registro de Asociaciones Políticas; el R.D. 2300/1976 de 1 de octubre , y el R.D. 125/1977 de 9 de febrero, ambos sobre la regulación de los procedimientos jurídicos en materia de asociaciones políticas. Pueden promover partidos políticos todos los españoles mayores de edad que estén en pleno uso de sus derechos civiles y políticos. Los partidos adquirirán personalidad jurídica el vigésimo primer día siguiente a aquel en que los dirigentes o promotores depositen en el Registro que a estos efectos existe en el Ministerio del Interior, acta notarial suscrita por los mismos, con expresa constancia de sus datos personales. Los estatutos regularán, al menos, los siguientes extremos: 1. Fines de la asociación. 2. Denominación, que no podrá coincidir o inducir a confusión con la de otras asociaciones ya constituidas. 3. Domici1io social . 4. Organos de representación, gobierno y administración. 5. Procedimiento de admisión de asociados. 6. Derechos y deberes de los asociados. 7. Régimen disciplinario de los asociados y causas por las que se pierde tal condición. 8. Patrimonio, recursos económicos y procedimiento de rendición de cuentas. 9. Causas de extinción y destino de su patrimonio al producirse ésta. 10. Régimen documental, que comprenderá como mínimo los libros de registro de asociados, de actas, de contabilidad, de tesorería, de inventarios y balances, cuyo contenido se fijará reglamentariamente. Dentro de los veinte días siguientes al depósito de acta y estatutos el Ministerio del Interior procederá a la inscripción del partido en el Registro, y si la inscripción se produjere antes de dicho término, el partido adquirirá personalidad jurídica a partir de la fecha de la misma. La organización y el funcionamiento de los partidos políticos deberá ajustarse a principios 4.14 democráticos. El órgano supremo está constituido por la Asamblea General del conjunto de sus miembros, quienes podrán actuar directamente o por mediación de compromisario, y que tendrán derecho a ser electores y elegibles para los cargos del partido y acceso a la información sobre sus actividades y situación económica. Los órganos directores se proveerán en este caso mediante sufragio libre y secreto. La administración del Estado financiaré las actividades de los partidos, mediante la aportación de una cantidad fija por cada escaño. La suspensión y disolución de los partidos políticos sólo podrá acordarse por la autoridad judicial. La disolución sólo podrá declararse cuando incurran en supuestos tipificados como de asociación ilícita en el- Código Penal, o cuando su organización o actividades sean contrarios a los principios democráticos. ôsQciaciQDÊS.sindicalês Movimientos de la clase trabajadora organizada, para mejorar condiciones de su existencia. BÉ2üla£ÍÚQ_ÍÉ3al El ordenamiento vigente de estas asociaciones está constituido por la Ley 19/1977 de 1 de abril, reguladora del derecho de asociación sindical; al R.D. 873/1977 de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones sindicales; el R.D. 1048/1977 de 13 de mayo, de desarrollo de los procedimientos judiciales establecidos en la Ley 19/1977, y el R.D. 1522/1977 de 17 de junio, regulador del derecho de asociación sindical. Según la ley, los trabajadores y los empresarios podrán constituir en cada rama de actividad, a escala territorial o nacional, las asociaciones profesionales que estimen convenientes para la defensa de sus intereses respectivos. Los estatutos y el acta de constitución se presentarán en la oficina correspondiente al domicilio social de la organización. Los estatutos contendrán, al menos, los siguientes extremos; 1. Denominación de la organización, que no podrá coincidir ni inducir a confusión con otra legalmente inscri ta. 2. Domicilios y ámbitos territorial y profesional. 3. Organos de representación, gobierno y administración. 4. Funcionamiento de la entidad, que habrá de ajustarse 4.15 en todo momento a principios democráticos. 5. Régimen electoral, que garantice el que los cargos directivos se provean mediante sufragio libre y secreto. 6. Régimen económico. 7. Los requisitos y procedimientos para la adquisición y Pérdida de la condición de miembros. Dentro del derecho de asociación sindical debe señalarse que, desde la publicación del R.D. 1522/1977, antes citado, asiste a los funcionarios públicos, y reviste algunas características especiales. En p-rincipio se establece que los funcionarios Públicos y el personal contratado en régimen de derecho administrativo al servicio de la administración civil del Estado, administración local, organismos autónomos, dependientes de una u otra y entidades gestoras de la seguridad social, podrán constituir, sin autorización previa, las asociaciones en organizaciones que estimen convenientes para la defensa de sus intereses, así como afilióse a las mismas con la sola condición de observar sus intereses. Este derecho de asociación de los funcionarios tiene las siguientes variaciones respecto al régimen general sindical : a) No alcanza a los funcionarios de carrera en situación de excedencia especial, b) También pueden afiliarse los funcionarios y el personal adscrito a los servicios de seguridad, instituciones penitenciarias y los que usen armas en el desarrollo de sus funciones. c) El depósito de estatutos se efectuará en el Registro de Organizaciones de Funcionarios de la Dirección General de la Función Pública, y se dará al mismo publicidad en el tablón de anuncios del Registro y en el BOE. ÔSDciacicûÊS.iiÊEQciiyas Entidades sin afán de empresa o de lucro, cuyo fin es la práctica de un deporte determinado. Bê2Ulâ£iùD_lÊ2al Las asociaciones deportivas han estado sometidas a un régimen jurídico especial desde 1941. La fuente fundamental es la Ley 1977/1961 de 23 de diciembre, de Educación Física, pero el hecho de que sus preceptos se 4.16 refieran constantemente a organismos que han sido suprimidos hace que buena parte de aquellos sean de dificil aplicación. Para que una asociación se considere deportiva y quede, por tanto , excluida del régimen asociativo general es preciso que su finalidad sea la práctica de actividades de educación física o de carácter deportivo, prescindiendo de que en su denominación social se utilice o no el calificativo de "deportiva". No habla la normativa vigente del procedimiento para constituir este tipo de asociaciones. Procediendo por analogía con el régimen general parece lógico que deba existir en acto constitutivo que se refleje en un acta y que se redacten los estatutos. Diferencias: 1. El nombre de las sociedades o clubs deberá ser español . 2. Deberán estar afiliados a una federación. 3. Las que practiquen más de un deporte designarán el que constituya su finalidad principal y quedarán afiliadas a la Federación correspondiente al deporte principal . Tampoco tiene prevista la legislación en vigor la tramitación de los expedientes de constitución de estas asociaciones, que habrán de atenerse a la Ley de Procedimiento Administrativo. La resolución reconociendo las asociaciones deportivas las viene dictando el I.N.E.F., dependiente del Consejo Superior de Deportes, que esté integrado en el Ministerio de Cultura. ASD£Í2£ÍQDÉS_2d[DÍDÍSÍC2ÍÍyS5 Denominadas también asociaciones urbanísticas. Lo son cualquier agrupación de personas físicas, obligatoria o voluntaria, que trate de obtener, defender o conservar intereses o ventajas patrimoniales relacionadas con la propiedad privada, o de colaborar en alguna manera, con los órganos de la administración que tienen a su cargo competencias en materia de urbanismo. Importa señalar que la defensa de los intereses de los propietarios de inmuebles que sean fincas urbanas debe canalizarse necesariamente, a través de las Cámaras oficiales de la Propiedad Urbana existentes en tudas las provincias españolas. Tales Cámaras son corporaciones del derecho público, que forma parte de la llamada Administración Institucional y que, por tanto, no son 4.17 asociaciones eri sentido estricto. Las únicas asociaciones urbanísticas que pueden ser denominadas con propiedad asociaciones administrativas son las previstas en legislación de régimen local y las reguladas por la legislación urbanística. Las primeras son las asociaciones administrativas de contribuyentes y las segundas las asociaciones administrativas de propietarios en el sistema de cooperación, que el Reglamento de Gestión Urbanística ha calificado de entidad urbanística colaboradora, al lado de las Juntas de compensación y las nuevas entidades de conservación. Las Juntas de compensación han sido consideradas como corporaciones adrninstrati vas ; estas asociaciones administrativas han dejado de ser asociaciones. Las asociaciones administrativas de contribuyentes aparecen previstas en la legislación de régimen local, constituidas en los municipios, ya por acordarlo la mayoría de los interesados, ya por declararlas constituidas los alcaldes de oficio. Características de estas asociaciones, además de que tienen como finalidad el reparto de cuotas de las contribuciones especiales es que , acordada la constitución de la asociación administrativa, ningún contribuyente podrá excusarse de pertenecer a ella. El R.D. 3250/1976 de 30 de diciembre, sobre ingresos en las corporaciones locales, ha venido a modificar en parte el sistema de constitución de estas asociaciones, sin que, por sup-uesto y como siempre, quede claro en las cláusulas derogatorias qué disposiciones quedan en vigor, El Real Decreto establece que los afectados por- obras y servicios que deban financiarse con contribuciones especiales podrán solicitar la constitución de la asociación administrativa de contribuyentes cuando el presupuesto total de las obras o servicios a realizar supere las cantidades que el propio Decreto establece, según los municipios y cuando haya sido solicitada por la mayoría absoluta de contribuyentes, que a su vez representen los dos tercios de la propiedad afectada. Las asociaciones administrativas se encuentran reguladas de manera muy incompleta y deficiente en preceptos contenidos en la legislación sobre régimen local y en la legislación sobre régimen del suelo. Para la determinación del sistema de constitución y régimen a que han de atenerse este tipo de asociaciones, es preciso distiguir que la asociación se constituya de oficio o a instancia de los interesados. En el primer caso, una vez adoptado el acuerdo de imponer las contribuciones especiales, expondrá al público la relación de contribuyentes afectados y se les convocará por edicto, que se fijará en el tablero de anuncios de la Casa Consistorial y que deberé insertarse en el Boletín Oficial 4.18 de la Provincia, con antelación mínima de quince días, para la reunión constitutiva de la asamblea. Cuando no se trate de contribuyentes sino de propietarios, el acuerdo municipal adoptarà las variantes convenientes. En la convocatoria de la asamblea se expresaré el lugar, fecha y hora de la reunión, forma de constituir la mesa provisional y orden del día, que comprenderá la designación de delegados y la redacción de los estatutos por los que se regirá la asociación. La asociación administrativa se constituirá cualquiera que sea el número de los asistentes, y en el caso de que no acudiera ninguno de los interesados, la alcaldía la declarará constituida de oficio y designará a dos delegados, uno de los cuales habrá de ser el mayor contri buyente afectado por la obra o mejora de que se trate. En el segundo, supuesto, es decir, si la sociación administrativa se constituyera por voluntad de los interesados, deberán presentarse en la alcaldía los documentos fehacientes del acuerdo dentro del plazo de exposición al público del expediente. Los documentos han de ser el acta de constitución y los estatutos sociales. El acta, a falta de otra ordenación, puede redactarse como las de las asociaciones sometidas a la legislación general y los estatutos también, con las salvedades respecto a éstos , de los siguientes extremos: 1) La asociación se regirá por la asamblea general y por la junta de delegados. Para tomar parte en la primera se requerirá ser contribuyente (o propietario) por el concepto de la imposición y hallarse en pleno uso de los derechos civiles. Para ser delegado se requerirá ser vecino, mayor de'veintitrés años y saber leer y escribir; los delegados no serán menos de dos y más de seis. 2) Cada contribuyente o propietario tendrá un voto en la asociación por cada cuota que se le asigne. 3) Los acuerdo se adoptarán por mayoría, salvo los que especialmente requieran la conformidad de la mayor parte del importe de las cuotas. La revocación del mandato de los delegados exigirá el acuerdo de la asamblea adoptado por mayoría de contribuyentes y cuotas. 4) Presidirá la junta de delegados, con voto de calidad, el delegado que haya obtenido mayor número de votos y, en caso de empate, el de más edad. Los acuerdos que adopte serán obligatorios para todos los asociados, quienes solo podrán intervenir en los expedientes por conducto de algún delegado. 5) Corresponderá a la junta de delegados examinar los proyectos, contratos y transacciones que se refieran a la ejecución de obras, instalaciones y servicios, 4.19 inspeccionar unas y otros y revisar y comprobar las cuentas. 6) La junta de delegados informará al Ayuntamiento respecto a los proyectos en ejecución y a las proposiciones presentadas por los contribuyentes o propietarios. Si la asamblea se opusiere a la realización de los proyectos, se remitirán a la comisión permanente o al Ayuntamiento, en su caso, para que acuerde sobre la imposición. La aprobación de los estatutos de las asociaciones administrativas corresponde a la comisión permanente en los municipios donde exista, y en los demás, al Ayuntamiento. Los acuerdos que denieguen en todo o en parte la aprobación de los estatutos propuestos por la asociación serán recurribles en única instancia, dentro de los quince días siguientes al de la notificación, ante el Tribunal Económico-administrativo provincial. Una vez aprobados los estatutos de las asociaciones administrativas, éstas se inscribirán en el correspondiente registro municipal y desde el momento adquirirán personalidad jurídica. Centros de iniciativas turísticas Existe un régimen especial para las asociaciones dedicadas al fomento del turismo. Fue establecido por el Decreto 2481/1974 de 9 de agosto, y complementado por la Orden de 8 de febrero de 1975. El régimen especial deriva de una disposición con rango de decreto, lo que contradice el artículo 2o. de la Ley de Asociaciones de 1964, que exige para que las asociaciones queden excluidas de su ámbito que sean reguladas por leyes especial es. Para que estas asociaciones queden incluidas en el régimen especial de que se las dota, deben adoptar- corno denominación genérica la de "Centro de Iniciativas Turísticas de...", añadiendo cualquier otra denominación específica, y perseguir los fines que el decreto y orden reguladores establecen, que, en esencia, son los siguientes: a) Exponer a las autoridades y entidades competentes las necesidades y sugerencias para mejorar la planificación urbanística; b) Contribuir y atender a la conservación y defensa del paisaje; c) Interesar y estimular el cumplimiento de las normas urbanísticas y el respeto de los estilos arquitectónicos; d) Promover instalaciones turísticas; e) Estimular atracciones y actividades culturales, artísticas, deportivas y recreativas, de acuerdo con las peculiaridades de cada zona y las característi cas de la población turística; f) Ser cauce de iniciativas, promover labor de propaganda y gestionar otras acciones que puedan contribuir al fomento turístico de la zona, comarca o 4.20 localidad a la que el Centro esté vinculado. Los centros de iniciativas turísticas podrán ser locales, comarcales, provinciales o zonales, lo que determinará su ámbito de acción territorial. La autorización para crear estos Centros se tramitará mediante expediente que se iniciará por instancia dirigida al Ministro de Comercio y Turismo (el Decreto habla de Información y Turismo) por el presidente de la junta constitutiva, en representación de los asistentes a la sesión fundacional, e irá acompañada de tres ejemplares de los Estatutos de constitución, que comprenderán los siguientes documentos: 1) Acta de la sesión fundacional, que reflejará el nombre y cargos de la junta constitutiva, así como el nombre de los miembros fundadores, sede social,' denominación que se propone utililizar en Centro, motivos razonados por los que se desea constituirlo y ámbito territorial de actuación; 3) relación de actividades que se propone realizar; 4) Medios económicos iniciales que se presupuestan para su funcionamiento. Autorizados que sean los Centros serán inscritos de oficio en el Registro general de centros iniciativas turísticas, donde se reseñarán las siguientes anotaciones: denominación del Centro, domicilio social, fecha de constitución, fecha de inscripción, número federativo, fecha de cancelación y observaciones. La autorización puede ser revocada, a instancia del propio Centro, por disolución del mismo en forma. reg1amentari a, o previa incoación de expediente por la Administración, de oficio o a instancia de parte interesada, ya por incumplimiento de los fines, ya por rio celebrar en el ejercicio anual las Juntas directivas o asambleas generales previstas en los estatutos. La revocación de la autorización produce la baja automática en el registro. El Decreto creador y ordenador de estos Centros se detiene a regular algunos aspectos del desarrollo de su vida asociativa, en unos casos dejando en libertad a los promotores o imponiendo a los mismos determinadas ob1 igaci ones. Los preceptos del Decreto en que se ofrece a los promotores la posibilidad de libre regulación estatutaria se expresan así: 1) Podrán ser socios cuantas personas lo soliciten y sean admitidas, con arreglo a los propios estatutos. 2) Los derechos y deberes de los socios serán determinados en los respectivos estatutos. 3) El régimen interno, en cuanto a la constitución y funcionamiento de sus asambleas generales, designación de órganos y miembros rectores y delimitación de sus 4.21 funciones respectivas, nombramiento de personal retribuido y demás competencias análogas, se desarrollarán a tenor de lo que establezcan sus propios estatut os. Las actividades de los Centros en que el legislador manifiesta criterios a seguir u obligaciones que, en algunos casos, son auténticas atribuciones de derechos, son las siguientes: 1) Se procurará que formen parte de los Centros las personas representativas de las instalaciones de hostelería y promociones turísticas de la localidad, comarca o zona respectiva, y cuantas de una y otra forma estén implicadas en el turismo o desinteresadamente sientan preocupación por el desarrollo ordenado del mismo. 2) Se considerarán deberes fundamentales de los socios la colaboración con los órganos rectores del Centro en los cometidos que les fueren encomendados y la aportación de cuantas iniciativas estimen convenientes para el fomento turístico del área de su actividad. 3) Dispondrán de los siguientes recursos: cuotas de los asociados; aportaciones o subvenciones; ayudas del Ministerio; beneficios de festivales, certámenes, representaciones teatrales y cinematográficas o competiciones deportivas con fines turísticos; ingresos por prestación de servicios; donaciones, aportaciones, créditos, herencias, legados y cualquiera otro de régimen público o privado. 4) Para coordinar y planificar las actividades turísticas y facilitar el intercambio de información y estudios entre zonas y elevar sugerencias, los Centros se integrarán en la Federación española de Centros de Iniciativas Turísticas, en cuyo Consejo Directivo estarán representados. 5) Los Centros establecerán relaciones de colaboración con las entidades municipales, duputaciones, sociedades y demás organismos. 6) Colaborar en la labor de las Comisiones Provinciales de Información, Turismo y Educación Popular, en las que estarán representados. 7) Los Centros serán órganos consultivos de las asambleas, congresos y reuniones de carácter turístico que tengan lugar en la respectiva demarcación. El Ministerio de Comercio y Turismo podrá en todo momento y a través de cualquiera de sus órganos conocer el funcionamiento y documentación de los Centros, y propondrá la adopción de las medidas que juzgue más idóneas 4.22 para su mejor y más eficaz desarrollo, así como establecer el oportuno control sobre la ejecución de los planes concretos de promoción turística para los que haya otorgado ayuda económica. Asociaciones de estudiantes Las asociaciones de estudiantes intentan proporcionar al estamento estudiantil el instrumento para una mayor participación en los diferentes aspectos de la vida académica, tanto en los culturales como en los profesionales. La regulación legal ofrece la oportunidad de constituir asociaciones en el seno de su esfera propia de actuación, es decir, en la Universidad, en las Facultades y en las Escuelas Técnicas, sin perjuicio de la posibilidad de crear federaciones. La normativa aplicable está constituida por el Decreto 2248/1968 de 20 de septiembre, sobre asociaciones de estudiantes, complementado por la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 9 de noviembre de 1968. Podrán promover asociaciones de estudiantes los alumnos.de las Universidades y Escuelas Técnicas que se hallen en pleno uso de sus derechos académicos y que libremente acuerden servir un fin determinado de los enunciados en el Decreto: defender los bienes culturales y universitarios en régimen de libertad, autonomía, represent at i vi dad y auténtica participación de sus asociados. Será requisito para la constitución de una asociación que el número de promotores alcance el cinco por ciento del alumnado oficial del ámbito a que la asociación pretenda circunscribirse, debiendo, en todo caso, contar con un mínimo de cincuenta alumnos. Los promotores deberán presentar por triplicado los correspondientes estatutos en los rectorados, ante los presidentes de la Politécnica o directores de escuelas técnicas. Los estatutos, además de las otras condiciones lícitas que en ellos se establezcan, deberán regular los siguientes extremos: 1. Denominación de la entidad asociativa, que deberá ser lo suficientemente individualizada como para no inducir a errores respecto a otras asociaciones de estudiantes ya registradas. 2. Domicilio de la asociación. 3. Fines específicos que se propone. 4. Organos directivos y forma de administración. 4.23 5. Procedimiento de adquisición y pérdida cualidad de asociado. 6. Derechos y deberes de los asociados, entre los que constarán aquellos que como estudiantes les están reconocidos por su legislación especial. 7. Patrimonio fundacional, recursos económicos previstos y límites del presupuesto anual. 8. Aplicación que haya de darse al patrimonio social en caso de disolución, el cual, en todo caso, deberé revertir en beneficio de alguna institución universitaria. Si los estatutos se ajustaran a lo previsto en el Decreto, las autoridades académicas aprobarán, en el plazo de diez días, la pretendida asociación, devolviendo uno de los ejemplares de los estatutos a la propia entidad con la diligencia de aprobación,../remi t i endo otro al Ministerio de Educación y reteniendo el tercero para su propio archivo, gozando desde entonces la asociación de estado legal provisional. Existe, como se ve, una pequeña contradicción legal. Según la Orden ministerial, dentro del plazo de quince días las asociaciones aprobadas presentarán en los rectorados de oficio del juzgado, haciendo constar que los libros de actas, de socios y de contabilidad han sido diligenciados, devolviendo el Rectorado el duplicado con la diligencia de su conformidad, en cuyo momento la aprobación de la asociación pasará a ser definitiva. En los Rectorados universitarios y en las Direcciones de las escuelas técnicas existirá un Registro de Asociaciones de Estudiantes, en el que se inscribirán las que en su ámbito se constituyan. En el Ministerio de Educación existirá un Registro Nacional de Asociaciones de Estudiantes. Ambos registros serán públicos. Las autoridades académicas y, en su caso, las Direcciones generales competentes del Ministerio de Educación podrán decretar la suspensión de las asociaciones sometidas al régimen del Decreto por plazo no superior a tres meses cuando no atemperen su funcionamiento a lo dispuesto en el mismo. Por los mismos motivos podrán suspender sus actos o acuerdos, sin perjuicio de la suspensión o anulación de los mismos, a instancia de parte interesada o del Ministerio Fiscal, por la autoridad judicial, la cual podrá, además, acordar la suspensión provisional de la asociación. 4.24 Las mutuas y las cooperativas Desde un punto de vista doctrinal, estas dos figuras asociativas son verdaderas asociaciones. Sin embargo, su naturaleza presenta un carácter sui generis, son tipos de personas jurídicas de naturaleza híbrida que están a mitad de camino entre la asociación y la sociedad. Guaita, por ejemplo, al hablar de las mutualidades, dice que son asociaciones de derecho privado, no administrativas, mientras que las cooperativas ofrecen mayor afinidad con las sociedades. Son asociaciones de interés privado o particular, no perciben lucro subjetivo, sus fines son tan específicos que han inducido al legislador a otorgarles un régimen jurídico que dista mucho del que se aplica a las asociaci ones. Con arreglo al derecho positivo, se consideran mutualidades o montepíos las asociaciones que con tal denominación o con cualquier otra, y sin ánimo de lucro, ejercen una modalidad de previsión de carácter social o benéfico, encaminada a proteger a sus asociados contra circunstancias o acontecimientos de carácter fortuito y previsible a los que están expuestos. La afinidad entre las mutuas y las asociaciones tiene fundamento real, pues existen asociaciones mutuas (de funcionarios por ejemplo) que han sido reconocidas por la Administración en este tipo de entidad, de carácter semioficial, ha consentido en los estatutos cláusulas inadmisibles en una asociación. Todo ello viene a corroborar ciertas dudas sobre la naturaleza jurídica de las mutualidades y sobre la idea de que sean verdaderas asociaciones. Se considera cooperativa la reunión de personas naturales o jurídicas que se obligan a aunar- esfuerzos con capital variable y sin ánimo de lucro, al objeto de lograr fines comunes de orden económico-social. Entre las asociaciones y las cooperativas se han señalado importantes analogías, hasta el punto de que en nuestro derecho, durante largo tiempo, las cooperativas pudieron acogerse al régimen jurídico de las asociaciones. Sin embargo, a partir del año 1906 (leyes de sindicatos agrícolas) y sobretodo del 1931, en que se promulgó la primera ley de cooperativas, nuestro ordenamiento separó para siempre las agrupaciones que perseguían fines económicos (cooperativas) de las que servían fines sin ese carácter. 4.25 Las asociaciones juveniles Las asociaciones juveniles aparecen sometidas al ordenamiento general, constiuido por la Ley de 1964, pero cuentan con una normativa específica que las diferencia en algunos aspectos de las demás asociaciones reguladas por dicha ley, desde la publicación del R.D, 3481/1977 de 16 de diciembre, que ha supuesto un paso importante en el proceso de unificación de regímenes asociativos, que ya había iniciado el R.D.-ley 23/1977, de 1 de abril, al someter las entidades asociativas del Movimiento al régimen general de asociaciones. Tienen un tratamiento legal distinto, pero no contrario al de la Ley general de 1964. Según el R.D. regulador de estas entidades, se consideran asociaciones juveniles las agrupaciones voluntarias de personas naturales, mayores de catorce años y menores de treinta, cuya finalidad sea la promoción, formación, integración social, o entretenimiento de la juventud, sin interés lucrativo alguno. También pueden pertenecer a esta clase de asociaciones los menores de catorce años _ y los mayores de treinta, si bien con los derechos parciales que en cada caso determinen los estatutos, y, además, sin poder formar parte de los organismos directivos y de representación. No basta, para que una asociación sea juvenil y aparezca encuadrada en la normativa del R.D. 3481/1977, con que sus miembros sean personas físicas comprendidas en las edades mencionadas. Ello, por supuesto, es un requisito subjetivo necesario para la existencia de la asociación juvenil. Pero es preciso otro requisito objetivo, que hace alusión a los fines que ha de servir la asociación, que, según el R.D. han de ser la promoción, formación, integración social, o entretenimiento de la juventud. Las asociaciones que, aun integradas por jóvenes persiguieran otros fines más específicos caerían fuera del ámbito de aquella normativa. Quedan excluidos de su ámbito de aplicación las secciones juveniles de partidos políticos, de asociaciones sindicales y en general, de asociaciones de adultos. Las asociaciones juveniles se constituirán mediante acta, que deberá ser firmada al menos por dos personas mayores de edad y con plena capacidad de obrar, en la que se especificarán los fines determinados y lícitos que reflejarán los estatutos. Los Gobiernos civiles o la Dirección general, en sus ámbitos respectivos, solicitarán de las Delegaciones de Cultura o de la Dirección General de la Juventud, informe preceptivo, que será evacuado en término de quince días, sobre los fines de la asociación juvenil de que se trate. Recibido el informe, las asociaciones se inscribirán en el Registro Nacional y en el correspondientes a la provincia 4.26 donde esté situado el domicilio principal y, practicada la inscripción, la asociación juvenil queda legalizada. El régimen de las asociaciones juveniles se determinará por sus propios estatutos y los acuerdos válidamente adoptados por su asamblea general y órganos directivos, dentro de la esfera de su respectiva competencia. No obstante, y en relación a aquellos órganos, dispone el R.D. que deberán contar con un Consejo responsable, integrado por un mínimo de tres personas, todas mayores de edad con plena capacidad de obrar. Consejo que asumirá sus funciones de manera solidaria, de forma que todos sus miembros serán responsables por igual de los actos que realice en el ejercicio de sus funciones, las cuales serán las siguientes: 1) Asumir las obligaciones contractuales que la asociación juvenil quiera formalizar. 2) Administrar el patrimonio, recursos económicos y presupuestos de la asociación . 3) En general, suplir la falta de capacidad de obrar de los órganos rectores de la asociación. 4) Representar legalmente frente a terceros a la asociación. 5) Novedad importante es que la constitución y renovación del Consejo responsable se formalizarán mediante acta notarial. La constitución inicial y renovaciones siguientes totales o parciales del Consejo responsable se formalizarán mediante acta notarial, de la que se enviará copia triple al registro provincial correspondiente. Por lo demás, el régimen de libros, las facultades de la autoridad y la disolución de las asociaciones juveniles coincide prácticamente con lo previsto en la Ley de 1964. Condiciones específicas para las asociaciones juveniles Cûmo se ve, el régimen asociativo juvenil no se aparta del régimen general, sino que se limita a añadir algunas condiciones. Estas condiciones, que no exige la Ley general de 1964, son las siguientes: 1) El acta de constitución deberá ser firmada al menos por dos personas mayores de edad, aunque no está claro si pueden firmarla, además, otras personas menores. 2) En el acta de constitución deben figurar consignados los fines de la asociación. 4.27 3) Existen dos clases de socios: los comprendidos entre los catorce y treinta años; y los menores de catorce y mayores de treinta, estos últimos con derechos pare iales. 4) Debe existir, además de los órganos directivos ordinarios, un Consejo responsable, formado por un mínimo de tres personas con capacidad de obrar. No se dice si habran de ser necesariamente socios. Reconocimiento de utilidad pública Asociaciones que parecen aptas para colaborar con la Administrac i on. Las asociaciones son de interés público cuando los fines que sirven van más allá de los que persiguen sus miembros. Para estos fines, que buscan un interés llamado Público, pueden ser aún más ambiciosos y trasponer fronteras que les conduzcan a promover el bien común, pues síntoma es de nuestro tiempo que la prestación de servicios públicos no se confie solo al Estado y entidades públicas, sino que puedan los particulares "ser llamados a colaborar en las tareas de interés general". Cuando una asociación del bienestar social o bien común, no cabe duda de que está participando, siquiera sea medianamente, en las funciones del Estado, y en tales razones debe buscarse la justificación legal de que las asociaciones puedan ser reconocidas como de utilidad pública. Al referirse la Ley de Asociaciones a esta última expresión, habla de fines asistenciales, educativos, culturales, deportivos o cualesquiera otros que tiendan a promover el bien común. La enumeración legal no tiene carácter exhaustivo, como se deduce de la redacción del texto, pues admite obviamente otros fines, amén de los consignados. La Administración pública camina cada vez más hacia una administración de participación. El reconocimiento de utilidad pública previsto en la ley no desconoce precedentes legislativos en nuestro ordenamiento. En cambio, los derechos de las mismas presentan perfiles poco definidos, las obligaciones parecen terminantes y hasta, en cierto modo, onerosas. La declaración de utilidad pública se hace por acuerdo del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio del Interior, previo informe del departamento u organismos interesados. El Ministerio solicitará los informes de los departamentos ministeriales u organismos cuya competencia guarde relación con el objeto de la asociación, y, en su caso, recibidos éstos, elevará el expediente con la oportuna 4.28 propuesta a acuerdo del Consejo de Ministros, acuerdo que especificará los derechos que lleva aparejada la declaración de utilidad pública. La resolución del Consejo agota, corno es natural, la vía administrativa, por lo que no cabe más recurso que el contene ioso-adminstrat ivo ante el Tribunal Supremo. La revisión contenciosa, en este caso sólo podrá referirse a la infracción del ordenamiento jurídico en materia de procedimiento, pero no en cuanto al fondo del asunto. 4.29 DQ£UrDèDÍ2£ÍÚD ne£è£3LÍS E3C2 ÍDÍ£ÍSL IDS É*EÉ£¡ÍÉÜÍÉ£_dÉ Ín££LÍE£ÍÚQ_dÈ_à£Q£Í3£ÍQDÈ£ Generalitat de Catalunya. Departamento de Justicia. Dirección General de Entidades jurídicas y de Derecho. Documentación necesaria para iniciar los expedientes de inscripción de asociaciones: 1.Escrito dirigido al Honorable Consejero de Justicia (para la Dirección General de Entidades jurídicas y de Derecho) acompañando los documentos que a continuación se señalan (el orginal del escrito ha de reintegrarse con una póliza de 25 ptas.). 2. Acta fundacional, por triplicado, firmada por todos los socios fundadores, con expresión de los nombres, apellidos, domicilios y condición específica por la que constituyen la asociación (padres de alumnos, vecinos...). En el acta figurarán, por lo menos, dos acuerdos : lo. El de constituir la asociación, consignando concretamente la denominación social que ha de coincidir exactamente con la que figure en los Estatutos. 2o. El de aprobar los Estatutos. Se hará constar la fecha de la reunión. Los Estatutos son la norma fundamental por la que ha de regirse la vida de la asociación en virtud de su poder de autonomía. Puede reconocerse en ellos un contenido no preceptivo y otro preceptivo. El primero está constituido por las condiciones que establezcan los socios, sin otras limitaciones que las que deriven de la licitud de las mismas, licitud que comporta elementos de legalidad, moralidad y orden público en sentido genérico. El contenido preceptivo aparece claramente señalado en la segunda. 3. Denominación, que no podrá ser idéntica a la de otras asociaciones ya registradas, y tan semejante que pueda inducir a confusión. Cuando la Asociación use en su denominación el nombre de alguna demarcación territorial (región, comarca, localidad, distrito, zona, barrio u otras análogas), deberá utilizar un patronímico específico que identifique a la Asociación respecto de otras similares que pudieran constituirse en la misma demarcación. 4. Fines determinados que se propone servir la asociación, redactados lo más concretamente posible. No podrán contener fines que sean propios de figuras que no sean asociaciones (corporaciones públicas, sociedades mercantiles, sociedades civiles), ni fines 4.30 que sea ri de asociaciones que se rijan por Leyes especiales (religiosas, políticas, sindicales, deportivas, cooperativas, mutualidades, asociaciones administrativas de propietarios, entidades urbanísticas, centros de iniciativas turísticas, etc.). 5. Domicilio principal y, en su caso, otros locales de 1 a Asociación . 6. Ambito de acción territorial en el que se desarrollen principalmente sus funciones. (La Dirección General de Associaciones y Fundaciones es competente para resolver sobre la inscripción en el Registro de aquellas Asociaciones que ejerzan principalmente sus funciones en Catalunya. Si sobrepasa dicho ámbito el expediente debe resolverse por el Ministerio del. Interior. En este caso la Dirección General remitirá la documentación a dicho órgano de la Administración Central). 7. Organos directivos y forma de administración. Preceptiva la existencia de dos órganos; la asamblea general (integrada por todos los socios) y la junta directiva, especificando qué cargos la componen. Habrá de regularse la competencia de la asamblea general ordinaria y de la extraordinaria y de la junta directiva, así como el funcionamiento de unas y otras. 8. Procedimiento de Admisión y Pérdida de la cualidad de socio. Establecer normas concretas y determinar qué órgano directivo decide la admisión y separación de los socios. 9. Derechos y Deberes de los socios. Enunciarlos todos, procurando no olvidar el de voz y voto en las asambleas generales para todos los socios, a menos que su condición sea meramente honorífica. 10. Patrimonio Fundacional (una cantidad concreta o carece), Recursos económicos previstos y Presupuesto Anual. 11. Aplicación que haya de darse al patrimonio social en caso de disolución. Debe determinarse este extremo con la mayor claridad posible sin que puedan repartirse los fondos entre los socios. Modificación de Estatutos En principio se entiende por modificación de Estatutos cualquier alteración que tenga lugar en su texto. Pero estas alteraciones pueden conocer distintos grados, hasta el punto de que algunas de ellas por su escasa entidad no son tenidas como tales, mientras que otras, por afectar a extremos que se estiman esenciales en la regla estatutaria, 4.31 invitan a sospechar que más que una modificación se trata de un cambio de naturaleza en la propia asociación. Es evidente que el cambio de simples datos en el texto estatutario, como el del domicilio, por ejemplo, no puede ser.cons iderado rigurosamente como modificación de Estatutos. Lo que quizá ya no resulta tan claro es el caso en que la modificación afecta a extremos tenidos como sustanciales en una determinada asociación, caso que comprende tres supuestos: 1. la modificación de la denominación por otra totalmente distinta. 2. la modificación básica de los fines sociales. 3. la modificación de requisistos que figuren como determinantes de la naturaleza de la asociación (exigencia, por ejemplo, de la condición de médico a los miembros de una asociación médica.) La Ley de Asociaciones y el Decreto complementario dedica pocos preceptos a la modiciaciúrt de Estatutos de las asociaciones. La ley dispone que la modificación seguirá los trámites establecidos para la constitución de asociaciones y para su registro, sin que el Decreto arroje más luz a los preceptos de aquella, pues se limita a señalar que el procedimiento que estudiamos tendrá lugar por las reglas previstas en la ley. La modificación de Estatutos tiene efectos inmediatos, y mediatos. Los primeros vienen referidos a las inscripciones que deben practicarse de oficio de todas las modificaciones en los correspondientes registros nacional y provincial. Los efectos mediatos son aquellos que se derivan de la modificación con vistas al futuro de la vida asociativa, y vienen delimitados por el nacimiento de reglas estatutarias nuevas, que entran en vigor a partir de su reconocimiento y surten efectos con respecto a terceros, a partir de su inscripción en el registro. Si los estatutos no han previsto la mayoría necesaria para la aprobación del acuerdo, se aplicará la norma reglamentaria dada para estos supuestos de Asambleas extraordinarias con omisión en los Estatutos del sistema de formación de mayorías: se exige el voto favorable de las dos terceras partes de los asociados presentes o representados (art. 10.3. Decreto de 1965). Para iniciar un procedimiento de modificación de estatutos es necesario presentarse en la Dirección General de Entidades jurídicas y de Derecho presentando la siguiente documentación: 4 copias de los estatutos (incluida la nueva modificación). 4.32 un certificado por triplicado firmado por el secretario y con el visto bueno del presidente, en el que conste la celebración de la Asamblea por la cual se ha acordado la modificación. . Una instancia (con póliza de 25 ptas.). Disolución de las asociaciones Se entiende por disolución de las asociaciones su desaparición en la vida del derecho. Si la constitución llevaba consigo el nacimiento de una nueva persona con capacidad jurídica propia, la disolución acarrea la muerte social y, consecuentemente, la desaparición de esa capacidad. La legislación vigente empieza por establecer las causas que pueden motivar la disolución de las asociaciones, para determinar después el sistema con que ha de seguirse la subsiguiente liquidación, si bien, dando un gran margen de libertad a los socios. La Ley de Asociaciones dispone que éstas se disolverán por voluntad de los socios, por las causas determinadas en el artículo 39 del Código Civil, y por sentencia judicial. De ambos textos puede deducirse que las causas por las que pueden disolverse las asociaciones son: a) Por voluntad de los socios, b) Por haber expirado el plazo durante el cual funcionaban legalmente, c) Por haber realizado el fin para el cual se constituyeron, d) Por ser ya imposible aplicar al fin la actividad y los medios de que disponían, e) Por sentencia judicial. El acuerdo de disolución habrá de adoptarse en asamblea general extraordinaria y, salvo lo que dispongan los estatutos, será necesario el voto favorable de las dos terceras partes de los asociados presentes o representados. En materia de disolución podemos distinguir entre efectos inmediatos y efectos ulteriores. Los primeros son la desaparición de la persona jurídica que se habla creado y, consecuentemente, la baja en los registros provincial y nacional. Son efectos ulteriores en primer lugar, los que se derivan del hecho de que en adelante no puede funcionar la asociación, que, de hacerlo, se convertirla en ilícita. De los preceptos de la Ley ha de deducirse que, respecto a terceros, la disolución surte efecto a partir de la baja en el registro, cuya inscripción, además, deberá ser comunicada por la Administración a la asociación interesada. Una vez disuelta la asociación, habra de darse al patrimonio social la aplicación que prevean los estatutos sociales y que nunca podrá repartirse entre los socios, pues ello constituiría una desviación de la finalidad propia de estas personas jurídicas. 4.33 Uso de la palabra "nacional" en la denominación social La palabra "nacional" es quizá la más idónea para señalar que las asociaciones abarcan, en su ámbito de acción, la totalidad del territorio regulado. Denominaciones alusivas e integración en entidades int ernacionales Es frecuente hoy día que las asociaciones utilicen denominaciones que guarden relación con organizaciones internacionales, ya sean estas organizaciones oficiales de carácter supraestatal, ya sean de entidades nacidas bajo los auspicios de tales organizaciones, y hasta de entidades privadas extendidas por diversos Estados. La ONU, la CEE y tantas otras entidades de tipo cultural, asistencial o humanitario son objeto de atención en todos los países y suscitan deseos de colaboración que, cabalmente, puden quedar plasmados en realidad mediante la const ituación de asociaciones. El que nuestro país mantenga o no relaciones diplomáticas con ciertos países, el que sea miembro o no de una determinada organización internacional y otras circunstancias análogas son extremos que, naturalmente, pueden influir y hasta determinar la autorización o denegación del uso de las denominaciones que estamos considerando. La Ley de Asociaciones de 1964 ha regulado por primera vez la utilización de estas denominaciones. Las mismas razones que inducen a las asociaciones españolas a adoptar denominaciones alusivas a entidades internacionales pueden explicar su deseo de formar parte de las mismas. El procedimiento para obtener la autorización para formar parte de agrupaciones o entidades de carácter internacional es el mismo que para adoptar denominaciones de tal carácter. Este procedimiento, por su propia naturaleza, ha de tramitarse después de reconocida la asociación, pues mal puede tratar de pertenercer quien todavía no tiene reconocida personalidad. La resolución acordando lo pertinente en estos procedimientos corresponde al Consejo de Ministros, sobre la base de la propuesta que haga el Ministerio del Interior. Publicada la Ley de Asociaciones de 1964, las cooperativas ofrecieron una diferencia más acusada respecto a las asociaciones, que las asemeja a las sociedades: la posibilidad de admitir como socios a las personas jurídicas, 4.34 posibilidad explicable si se analiza que en las cooperativas es fundamental la existencia de una aportación de capital. EL DERECHO DE ASOCIACION EN LA CONSTITUCION Del examen de los preceptos que en el texto constitucional hacen referencia a todas las agrupaciones de base asociativa, se deduce claramente la existencia de las premisas de las que no puede prescindiese a la hora de su desarrollo legal. La Constitución parece consagrar dos principios: 1) La permanencia de dos cauces asociativos bien definidos, uno coactivo y otro libre; 2) Dentro del cauce libre, la existencia de dos regímenes, uno general y otros especiales. Con otras palabras, quedan consagrados un canal corporativo y un canal asociativo. El segundo de esos canales previsto en la Constitución para la formación de agrupaciones de personas con base asociativa es el asociativo en sentido estricto, que es el que aquí es objeto de nuestra atención. A este cauce aludimos cuando nos estamos refiriendo al derecho de asociación de los ciudadanos, que se caracteriza por la libertad que preside su ejercicio, nota que no se da, como ya hemo visto, en el canal corporativo. Pero los fines de las asociaciones pueden ser tan diversos que ello ha dado lugar a muchas clasificaciones doctrinal es de las mismas, basándose fundamentalmente en los distintos 't ipos de agrupaciones que han ofrecido la rea 1 i dad . El legislador se ha visto obligado a someter las asociaciones a distinto tratamiento jurídico. V asi la Constitución,, sin decirlo, prevé un sistema dualista de regulación de las asociaciones: uno general y otros especiales. El régimen general es el establecido en el artículo 22, cuyo primer número dice sencillamente: "se reconoce el derecho de asociación". Debemos entender que se refiere a todas las asociaciones denominadas libres y que es una declaración general que, por supuesto, no impide que la Const ituación cite de manera expresa otras asocaciones que quedarán sometidas a un régimen jurídico especial. Regímenes especiales que aparecen previstos claramente en la Const it ución Los regímenes especiales que aparecen previstos de una manera clara en la Constitución son los siguientes: 4.35 a) Los partidos políticos (artículo 6) b) Las asociaciones empresariales (art . 7) c ) Los sindicatos de trabajadores (art . 7) d) Las mutualidades y las coopertivas (art. y las sociedades cooperativas (art. 129, 2) Necesidad de promulgar una Ley general de asociaciones Admitido el dualismo del régimen legal asociativo por la Constitución, resulta evidente que uno de los primeros propósitos del legislador ha de ser la promulgación de una ley general de asociaciones. Exigencias constitucionales respecto a la ley general de asociaciones (a promulgar) Las insoslayables exigencias constitucionales respecto a ella, contenidas en el artículo 22, son las LEYES CATALANAS El Estatuó de Autonomía de Catalunya, aprobado por L.O. 4/1979, de 18 de diciembre, en su art. 9.24 establece la competencia exclusiva de la Generalitat de Catalunya en materia de fundaciones y asociaciones de carácter docente, cultural, artístico, benéfico-asistencial y similar, que desempeña principalmente sus funciones en Catalunya. En consecuencia era necesario traspasar a esta Comunidad Autónoma los servicios del Estado inherentes a la citada competencia. De acuerdo con el R.D. 3526/1981 de 29 de diciembre y de conformidad con la disposición estatuaria citadas, corresponde a la Generalitat el registro de todas las asociaciones y de las federaciones que desempeñen principalmente sus funciones en Catalunya, las cuales habran de tener establecido el domicilio en el territorio de Catalunya. El Registro Nacional de Asociaciones, radicado en la Dirección General de política Interior del Ministerio del Interior, inscribirá y registrará todas las asociaciones 4.36 y federaciones de ámbito nacional y aquellas que excedan del ámbito territorial de Catalunya aunque hayan establecido su domicilio en el citado territorio y realicen actividades en él, así como aquellas que no realicen sus funciones en Cata!unya. Asociaciones de utilidad pública La declaración de utilidad pública de todas las asociaciones corresponde al Consejo de Ministros. La petición de declaración de utilidad pública se enviará a la Generalitat, respecto a las asociaciones de su competencia, y esta, tramitará el expediente con sú informe-propuesta al Ministerio del Interior para su ulterior tramitación y elevación a la decisión del Consejo de Ministros. Se procederá de la misma forma en cuanto a la integración en organismos de carácter internacional o adopción de denominaciones alusivas a estas, de las asociaciones que tengan registradas la Generalitat. 4.37 2. LEGISLACION COMPARADA 4.38 ANALISIS COMPARATIVO DE LA LEGISLACION ASOCIATIVA EN DISTINTO PAISES EUROPEOS Incluimos a continuación un breve resumen de análisis comparativos de la legislación asociativa de distintos países europeos confeccionado a partir del documento del Consejo de Europa. "Les associations á but non lucratif dans certain états membres du Conseil de l'Europe". DERECHO COMPARADO El derecho de -constituir una asociación o de participar en ella constituye uno de los principios básicos inherentes a la sociedad de Estados miembros del Consejo de Europa. La asociada es un medio que permite al individuo al otorgar más fácilmente con los poder.es públicos. El asociado participa, de esta forma, de los fundamentos mismos de la democracia y la intensificación de la vida asociativa, prueba que ello corresponde a una verdadera necesidad. La libertad de asociación está reconocida en el art. 11 de la Convención europea de los Derecho Humanos en virtud del cual "toda persona tiene derecho... a la libertad de asociación, e incluye el derecho de fundar sindicatos y de afiliarse a sindicatos para la defensa de sus intereses". Su marco político varía de un país a otro, algunos tienen una legislación específica para las asociaciones sin ánimo de lucro, mientras que otros, la falta de consistencia de las disposiciones legislativas en la materia ha sido suplicada por la obra jurisprudencial de los tri bunales. Algunas legislaciones definen la noción de asociación no lucrativa. Así, en virtud del art. lo. de la 4.39 d- Ley belga de 27 de junio de 1921 y de la Ley Luxemburguesa de 21 de abril de 1928 relativas a las asociaciones no lucrativas, las define por el hecho de "que no se dedican a operaciones industriales o comerciales (o no buscan dedicarse a operaciones comerciales e industriales) o no buscan procurar a sus miembros una ganacia material". Según el art. lo. de la Ley francesa de lo. de julio 1901, "la asociación es la convención por la cual dos o más personas ponen en común de una forma permanente sus conocimientos o su actividad con una finalidad distinta de la de repartirse beneficios". De forma general, el criterio esencial que permite distinguir la asociación de la sociedad comercial y consagrada en todas los Estados miembros del Consejo de Europa reside en la ausencia de beneficios destinados al patrimonio personal de los miembros de la asociación. Condiciones para adquirir la capacidad jurídica (constitución) En algunos países, la constitución y la existencia de la personalidad jurídica de la asociación depende del cumplimiento de ciertas formalidades administrativas previas. Así, en España la constitución de las asociaciones está obligatoriamente precedida de diversas formalidades que corresponden, en cierta forma a un régimen de autorización previa. En efecto, en virtud del art. 3.1, de la ley del 24 de diciembre de 1964, los fundadores deben depositar ante la autoridad administrativa competente, el acta en la que expresa su intención de constituir una asociación así como los estatutos de ésta. La autoridad administrativa toma una decisión de carácter legal sobre el objeto social exigiendo eventualmente modificaciones en los estatutos de la asociación que, por otra parte, está sometida a una inscripción en el registro de asociaciones. Así mismo, en Austria, según el art. 4 de la ley de 1951 la intención de formar una asociación debe ser notificada a la autoridad administrativa competente para la sumisión de los estatutos; si estos contiene estipulaciones contrarias a las disposiciones legales, la autoridad puede prohibir su constitución (art. 6.1). La constitución de la asociación es posible y su personalidad jurídica establecida a partir del momento en que la autoridad administrativa certifica que el contenido de los estatutos no contradice las disposiciones legales. 4.40 En otros países la constitución de las asociaciones no está sometida a formali dades.administrat i vas previas. Es la solución preconizada eri Francia por la ley del 1 de julio de 1901 relativa al contrato de asociación pues el artículo 2 declara expresamente que las "asociaciones de personas pueden formarse libremente sin autorización ni declaración previa"; sin embargo no goza de capacidad jurídica más que a la medida en que una declaración previa ha sido hecha ante la autoridad prefectoral (artículos 2 y 5). La administración destinatària de la declaración no puede rechazar esta última si contiene las indicaciones previstas en el art. 5.2 de la ley de 1901. El art. 5.3, establece las medidas de publicidad mediante una inserción en el Diario oficial. El art. 3 de la ley belga de 27 de junio de 1921 y de la ley luxemburguesa de 27 de abril de 1928 relativas a las asociaciones sin ánimo de lucro a someter el establecimiento de la personalidad jurídica más que a la publicación en el Diario Oficial de los estatutos y de los elementos que permitan identificar a los administredores• En Italia, las asociaciones deben estar constituidas por acta auténtica (art. 14.1 del C.C.) y sólo adquieren capacidad jurídica después del reconocimiento por decreto del Presidente de la República (art. 12.1); por otro lado deben ser objeto de inscripción en el registro oficial tenido a este efecto. Algunas legislaciones preveen un régimen de petición de inscripción de la asociación al registro público tenido a este efecto ante un tribunal civil (art. 78 C.C. griego, art. 21 y 55 C.C. alemán -BSB-). Si los estatutos son conforme a derecho, el tribunal ordena la inscripción constitutiva de la personalidad jurídica de la asociación en el registro antes mencionado, siendo preciso que la autoridad administrativa competente disponga de un derecho de oposición a la inscripción, impidiendo el reconocimiento de la personalidad jurídica y susceptible de ser seguida de una decisión de prohibición de la asociación (art. 61 y 63.2 del C.C. alemán -BGB-). En algunos países, las asociaciones pueden ser formadas sin que su constitución o el reconocimiento de su capacidad jurídica esten sometidas al cumplimento de formalidades administrativas previas. Es así en Dinamarca, en Noruega y en Suecia donde la juri aprudencia ha desarrollado algunos principios en la materia; sólo las asociaciones que ejer-zan una actividad económica son objeto de una inscripción en el registro tenido a este efecto, pero las asociaciones, en general, gozan de capacidad jurídica desde su formación y desde el momento en que son dotadas de un órgano de dirección y de estatutos suficientemente elaborados. 4.41 En Suiza, donde existe una legislación relativa a las asociaciones, éstas adquieren personalidad jurídica desde que expresan a sus estatudos la voluntad de estar organizadas corporativamente (art.60 C.C.); la inscripción en el registro mercantil sólo es obligatoria para las asociaciones, que para atender a su objeto social, ejercen una actividad comercial (art. 61) Funcionamient o Organización Las disposiciones legislativas que siguen el funcionamiento y, más especialmente la organización de las asociaciones en los Estados miembros del Consejo de Europa, se caracteriza por el hecho de que, en ciertos países, la cuestión se rige por prescripciones legales precisas y detalladas, mientras que en otros éstos son parciales o inesxistentes, el vacío legislativo ha sido entonces, en cierta medida, cubierto por la jurisprudencia. En el primer grupo de países, la ley define la estructura interna de las asociaciones distinguiendo los órganos que las constituye así como haciendo ciertas reglas relativas a la forma de ejercer los poderes reconocidos a ést os últirnos. Según las legislaciones de estos países, la asamblea de miembros constituye el órgano supremo de la asociación y dispone de la competencia de derecho común (art. 32 del C.C. alemán -BGB-, art. 6.2 de la ley española de 24-12-64, art. 93 del C.C. griego, art. 64.1 del C.C. suizo...). En particular, pertenecen a la asamblea las decisiones de promociónarse sobre cuestiones como la modificación de estatutos., la admisión y exclusión de socios, el nombramiento y la revocación de los administradores, la aprobación del balance, la disolución de la asociación (art. 33 C.C alemán -BGB-, art. 4.1 de la ley belga de 27-6-1921, artículos 20 a 24 del C.C. italiano, articulo 65 del C.C. suizo). Por otro lado, las legislaciones preven generalmente las condiciones de convocación de la asamblea así como las reglas sobre las votaciones. Así, la modificación de los estatutos requiere la mayoría de dos tercios en Luxemburgo y en Bélgica (art. S de la ley belga de 1921), la mayoría de tres cuartos en Grecia (art. 99 del C.C.) y en R.F.A. (art. 33 del C.C. -BGB-); la unaminidad es en general exigida para una modificación del objeto social. Algunas legislaciones mencionan expresamente el principio de igualdad de derechos de los asociacidos (art. 7 de la ley belga de 1921, art. 89 del C.C. helénica, art. 67.1 del C.C. suizo). 4.42 El consejo de administración, que no esté obligatoriamente compuesto por asociados, está encargado de la gestión de los negocios de la asociación asi como de la representación legal en función de las estipulaciones estatuarias (art. 26 C.C. alemán -B6B-, art 13 de la ley belga de 1921, art. 69 del C.C. suizo). El segundo grupo de países se caracteriza por la existencia de disposiciones legislativas parciales o por la ausencia de estas disposiciones, entonces, todo lo concerniente al funcionamiento de las asociaciones se define libremente en los estatutos. En Francia, si la ley del 1 de julio de 1901 contiene numerosas disposiciones relativas a la constitución, la nulidad y la disolución de asociaciones,- la cuestión de su funcionamiento, y, más especialmente, de su organización no está en absoluto tratado (excepto en el art. 5 que dice que la asociación encarga a ciertos de sus miembros su administración o su dirección). La jurisdicciones civiles francesas consideran a menudo que dada la ausencia de disposiciones expresas en los estatutos, el consejo de administración tiene los poderes más extensos para asegurar en todas circunstancias el buen funcionameinto de la asociación. La situación es análoga en Austria donde la ley de 1951 no contiene más que raras disposiciones relativas a la organización de las asociaciones (algunas indicaciones conciernen a la convocatoria del consejo de administración y de la asambl ea (arts. 12 y 15) y un poco sobre la tenue irregularidad de las reuniones de la asamblea (art. 21). En otros países como Dinamarca, Noruega y Suecia, la organización de las asociaciones esta libremente determinada en sus actas constitutivas y los principios básicos que rigen su funcionamiento son esencialmente de orden jurisprudencial. Así, los tribunales suecos achacan una gran importancia a la estructura de las asociaciones, ya que ellos no les reconocen la personalidad jurídica más que a partir del momento en que éstas tienen consejo de administración; salvo disposiciones contrarias de los estatutos, el consejo de administración está eneargado de los negocios corrientes, mientras que la asamblea está investida de la competencia en todos los asuntos de derecho común, en principio las decisiones se toman por mayoría absoluta, y se requiere unanimidad para las cuestiones de vital importancia. La jurisprudencia sueca ha reconocido a las asociaciones el poder de excluir libremente a miembros de rechazar a nuevos asociados, con ciertos límites impuestos a categorías específicas de asociaciones (principalmente las asociaciones sindicales en los ramos profesionales que practican la cláusula sindical del closed-shop). 4.43 Efectos de la capacidad jurídica En principio, las asociaciones desprovistas de personalidad jurídica no pueden dar origen a ningún acto jurídico. A pesar de esto, la legislación italiana permite al presidente de una asociación desprovista de personalidad jurídica representar 1 a ante los tribunales (arts. 36 a 42 C.C. italiano). En R.F.A., las asociaciones que no tienen capacidad jurídica pueden igualmente ser parte en un proceso (art. 54 BGB). Generalmente, los efectos de la capacidad jurídica de las asociaciones son los derechos comunes de' cualquier persona; así, según el art. 53 del C.C. suizo, las asociaciones "pueden adquirir todos los derecho y asumir todas las obligaciones que no son inseparables de las condiciones naturales del hombre.-..". Diversas legislaciones preven algunas reglas particulares para las asociaciones. Así, en virtud del C.C. italiano, las asociaciones no pueden poseer inmuebles, ni recibir donaciones y legados sin autorización gubernamental. En Luxemburgo, las asociaciones no pueden recibir liberalidades si no están autorizadas por una orden ministerial o gran-ducal según su valor. La misma regla rige en Bélgica. Así mismo, en España, las asociaciones pueden libremente recibir todo tipo de liberalidades cuyo valor no exceda de 50.000 pts. En Francia, las asociaciones simplemente declaradas no gozan más que de una capacidad jurídica restringida: en virtud del art. 6 de la ley del 1 de julio de 1901, éstos pueden. . . "adqu i rir a título oneroso, poseer y administrar, subvenciones del estado, de los departamentos y de los Ayuntamientos, las cotizaciones de sus miembros..., el local destinado a la administración de la asocación y a la reunión de sus miembros, los inmuebles estrictamente necesarios al cumplimiento del fin que se propone" (esta última limitación está igualmente prevista en el art. 15 de la ley belga de 27 de junio de 1921 y en la ley luxemburguesa de 21 abril de 1928). Resulta así pues de la ley de 1901 que las asociaciones simplemente declaradas no pueden realizar adquisiciones a título gratuito. Para remediar esto, las asociaciones declaradas pueden ver reconocida la cualidad de utilidad pública por decreto en forma de reglamento de la administración pública (art. 10 de la ley de 1901), aún siguiendo sometidas a derecho privado y estando obligadas a diversas formalidades suplementarias. Las aociaciones que tienen el reconocimiento de utilidad pública pueden realizar todas los actos de la vida civil, pero no pueden poseer o adquirir otros inmuebles más que los necesarios para el fin que se proponen (art. 11 de la ley de 1901); en lo que concierne a los valores mobiliarios que una asociación puede detentar así como las donaciones y legados que puede 4.44 recibir, es necesaria una autorización administrativa. Las legislaciones belga y luxemburguesa se refieren igualmente a la noción de establecí miento de utilidad pública que apunta sin embargo, más específicamente, el régimen de fundaciones. En España, el art. 4 de la ley de 24-12-64 declara que las asociaciones que persiguen un fin social, educativo, cultural, deportivo dirigido a promover un interés general, pueden ser reconocidas de utilidad pública por decisión del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro del Interior; las ventajas de ese reconocimiento de utilidad pública son esencialmente de orden fiscal y administrativo. Gozando de una personalidad jurídica distinta, de las de los asociados, la asociación debe responder con su patrimonios social a la obligaciones contraídas por los administradores así mismo como de los actos realizados por éstos en el ejercicio de sus funciones. En general, las legislaciones o la jurisprudencia de los tribunales de los Estados miembros del Consejo de Europa no prevé reglas específicas para las asociaciones a las que se aplica el derecho común de la responsabilidad civil. Así el art. 14 de la ley belga de 1921 estipula que "la asociación es responsable, conforme a derecho común, de las faltas imputables, ya sea a los órganos por las cuales se ejerce su voluntad. Los administradores no contraen ninguna obligación personal relativa a los contratos de la asociación. Su responsabilidad se limita a la ejecución del mandato que han recibido y a las faltas cometidas en su gestión". Una disposición análoga está prevista en el art. 31 del C.C. alemán -BGB- pues el art. 26.2 precisa expresamente que los administradores sean los representat es legales de la asociación y que su poder de represntación puede ser estatutariamente limitado. El art. 18 del C.C. italiano precisa que la responsabilidad de los administradores se rige siguiendo los términos estatutarios, entendiendo que si ellos no han contribuido a la realización del hecho generador de la pena, su responsabilidad no puede tomarse en cuenta, a no ser que hayan tenido conocimiento del hecho con anterioridad y que no hayan hecho nada para impedirlo. Conviene notar que en Noruega, el art. 330 del C.P. prevé sanciones penales para toda persona que constituya o participe en una asociación prohibida por la ley o en la que el objeto sea de naturaleza delictiva o criminal. Dentro de los límites de los estatutos, las asociaciones pueden disponer y ejercer actividades, muy diversas, y de naturaleza comercial en vista a disponer recursos suficientes para la realización de sus objetos social es. 4.45 El art. 61.2 del C.C. suizo no tiene en cuenta a las asociaciones que ejercen una de esas actividades más que para a la obligación de inscribirse en el registro mercantil. Asi mismo, en Suecia, las únicas prescripciones relativas a esta cuestión son las concernientes a la inscripción de las asociaciones en el registro y a la obligación de tener una denominación social. Es pues a la jurisprudencia a quien le toca definir la validación y el cuadro jurídico de una de esas actividades llevadas a cabo por asociaciones sin ánimo de lucro. Así, en Francia, las jurisdicciones judiciales han establecido el principio según el cual las asociaciones pueden no solamente realizar actos a título oneroso con el fin de conseguir beneficios, sino que pueden igualmente realizar actos de comercio siempre que las ganancias obtenidas estén destinadas a la realización de sus objetos sociales y no al reparto entre los asociados. En R.F.A., la jurisprudencia parece más restrictiva, ya que considera generalmente que toda actividad destinada a obtener ganacias materiales, poco importa que se destinen a los miembros o a la propia asociación, es suficiente para encusar el carácter no lucrativo de la asociación-, ya que, por sus actividades, ella participa en la vida económica. Así mismo, en los Países Bajos, según las informaciones disponibles, una asociación se. convierte en empresario en el sentido de la ley si entra en la vida económica y sí, por el carácter de sus actividades realiza otras operaciones económicas. Control de la Administración Las legislaciones confieren a veces a la Administración medios de control sobre su funcionamiento. Así por ejemplo, el caso ya mencionado de las donaciones y legados que las asociaciones no pueden recibir, en algunos países, sin atuorización administrativa (Bélgica, España, Francia, Luxemburgo). En virtud del artículo 15 de la ley austríaca de 1951 y del artículo 7 de la ley española de 1964, las asociaciones deben notificar a la autoridad administrativa competente el día y la hora de cada reunión de la asamblea. El artículo 18 de la ley austríaca de 1951 autoriza a la administración para delegar uno de sus respresentantes para que pueda asistir a las reuniones de la asamblea de las asociaciones. Así mismo, En España los representantes de la Administración pueden entrar en los locales de reunión de la asociación (art. 8 de la ley de 1964). También en Austria y en España, la autoridad administrativa puede en todo momento 4.46 consultar documentos, actas de reuniones de asamblea, tenidos por la asociación. La legislación de estos dos países prevé casos de prohibición o de suspensión de reuniones de asamblea (art. 21 C.C. austríaco) o de la misma asociación (art. 10 de la ley española de 1964), justificados esencialmente por razones de orden público o de falta de respeto a las disposiciones legales en materia de asociacionismo. Disolución La disolución de las asociaciones hay que distinguirla de la pérdida o suspensión de su personalidad jurídica pero que no implica ob1 i gat or i amente la inexistencia de la asociación. Algunas legislaciones reglamentadas a las asociaciones consagran expresamente esta disinción, al lado de las hipótesis de disolución, las causas de la extinción de la personalidad de la asociaciones, tales como la toma de una decisión para este efecto por la asamblea o un comportamiento del consejo de administración susceptible de infringir lo público (art. 43.1 del C.c. alemán BGB) ,a imposibilidad de realizar el objeto (art. 27.1 del C.c. italiano). A excepción de ciertos regímenes particulares que, en diversos Estados, preveen los casos de disolución administrativa, las causas de disolución generalmente previstas son dé tres ordenes: voluntaria o estatutaria, judicial y legal. Además, algunas legislaciones afirman expresamente que los bienes de la asociación disuelta no puede ser repartidos ente los miembros; este es el caso del art. 106 del C.C. helénico y del art. 15 del decreto francés de 16 de agosto de 1901. 4.47 -*■ — Disolución voluntaria o estatutaria La disolución voluntaria de la asociación es punto de una decisión de la asamblea de los miembros (art. 2) de la ley belga de 1921, art. 6.7 de la ley española de 1964, art. 103 del C.C. helénico,a rt. 76 del C.C. suizo.) A veces la ley indica una mayoría según lo cual la decisión de disolución debe ser tomada: así, el art. 41 del C.C. alemán (BGB) prevé una mayoría de tres cuartos de los miembros presentes, salvo disposiciones contrarias de los estatutos, el art. 20 de la ley belga de 1921 estipula que la asamblea general no puede pronunciar la disolución de la asociación más que si dos tercios de sus miembros están, presentes. La disolución puede ser estatutaria, y ser causa de la realización del fin perseguido, de la expiración del tiempo por el cual la asociación fue constituida o de cualquier otra condición prevista en los estatutos. Generalmente, son igualmente los estatutos o una decisión de la asamblea general quienen reglamentan la devolución de los bienes de la asociación disuelta (art. 45 del C.C. alemán -BGB-, art. 22 de la ley belga de 1921, art. 9 de la ley francesa de 1901, art. 31.1 del C.C. italiano). Además, algunas legislaciones afirman expresamente que los bienes de la asociación disuelta no puede ser repartidos ente los miembros; este es el caso del art. 106 del C.C. helénico y del art. 15 del decreto francés de 16 de agosto de 1901. Disolución judicial En general, la disolución judicial interviene cuando el objeto de la asociación es ilícito o inmoral. Esto es así en virtud del art. 7 de la ley francesa de 1901, la cual prevé igualmente la disolución judicial cuando medie una demanda de cualquier interesado o de algún ministerio público en caso de infracción de las disposiciones relativas a la declaración de la asociación. Algunas legislaciones preveen expresamente la disolución judicial cuando la asociación persigue un fin distinto del fijado en los estatutos (art. 24 de la ley austríaca de 1951, art. 105.3 del C.C. helénico). El art. 105.1 del C.Ç. helénico prevé igualmente la disolución judicial en caso de imposibilidad de constitución de un órgano de administración o de confirmación de la asociación de conformidad con los estatutos. 4.48 Disoluci ón 1 égal Algunas legislaciones preveen casos de disolución legal: según el art. 77 del C.C. suizo, la asociación es disuelta de pleno derecho cuando ésta es insolvente o cuando la dirección no puede ser continuada de forma estatutaria; en virtud del art. 104.1 del C.C. helénico, la asocación se disuelve siempre que el número de sus miembros sea inferior a diez. Finalmente conviene notar que en los países en los que la legislación no consagra reglas generales en cuanto al estatuto jurídico de las asocaciones, como en Dinamarca, en Noruega, en Gran Bretaña, en Suecia, el régimen de la disolución puede ser libremente determinado en los estatutos de las asociaciones dentro de los límites de derecho común de las obligaciones y los principios fijados por la jurisprudencia. En particular, hay que destacar el art. 78 de la Constitución danesa en virtud del cual ninguna asociación puede ser disuelta por una medida gubernamental, lo cual no excluye la prohibición temporal de una asociación a condición de que el procedimiento destinado a su disolución sea inmediatamente impulsado; por otro lado, las cuestiones que concierne a la disolución de asocaciones políticas pueden ser llevadas, sin autorización especial, ante el Tribunal Supremo. La situación de los súbditos extranjeros La cuestión del derecho de los súbditos extranjeros de fundar o de participar en una asociación sin ánimo de lucro está muy diversamente tratada por las legislaciones de los Estados miembros del Consejo de Europa. Conviene tener en cuenta las restricciones que generalmente, limitan la libertad de asociación de los extranjeros. (La validez reconocida por el art. 16 de la Convención europea de los Derechos del Hombre). Exclusión del derecho de asociación En la mayoría de los casos, los extranjeros gozan de derecho de asociación, a excepción del caso español donde la ley de 24 de diciembre 1964 reserva a los súbditos españoles el derecho de fundar o participar en una asociación. De todas formas, un ante-proyecto de ley orgánica está en curso de elaboración y contiene ciertas disposiciones cuyo objeto es, entre otros, conferir a los extranjeros que residen en España, la facultad de participar en asociaciones. 4.49 Reconocimiento limitado del derecho de asociación En algunos países, los extranjeros se benefician de un derecho limitado de asociación. Disponen así de la facultad de crear o de participar en una asociación de su elección bajo reserva siempre de los límites que resulten de las disposiciones legislativa o reglamentarias relativas al estatuto de los subditos extranjeros (vd. en el caso del ejercicio de una actividad política). Los objetos perseguidos por las asociaciones que comprenden a extranjeros pueden ser varios, y puede tratarse de asociaciones profesionales, lo cual les permite hacer valer sus derechos y sus intereses como trabajadores. De todas formas, si estas legislaciones reconocen el derecho de asociación a los extranjeros, es porque este derecho está previsto de ciertas restricciones, motivadas esencialmente por el cuidado de preservar el orden público. La restricción principal reside en el hecho de que las asociaciones que comprenden a miembros extranjeros está a menudo sometidas a un régimen de autorización previa o a los límtes relativos a la composición de sus órganos. Así, en Bélgica, según el art. lo. de la ley de 25 de Octubre de 1919, la personalidad jurídica de las asociaciones en las cuales participan extranjeros puede ser acordada por resolución real siempre que su sede esté en Bélgica, que su administración comprenda al menos un asociado de nacionalidad belga y que persigan un fin no lucrativo, como por ejemplo filantrópico, religioso, científico, artístico, pedagógico; en lo que concierne a las asociaciones internacionales cuya sede esté situada en el extranjero y que se rije por una ley extranjera, puede ejercer en Bélgica, dentro de los límites de ciertos prescripciones de la ley de 1919 pero no se exige que el consejo de administración comprenda obligatoriamente y como mínimo un miembro de nacionalidad belga. En Francia, la ley de lo. de julio 1901 contiene todo un conjunto de disposiciones específicas sobre las asociaciones que comprenden súbditos extranjeros: la participación de éstos implica en ciertos condiciones el reconocimiento de la asociación como miembro constituyente de una asociación extranjera y sometida por tanto, aun régimen más restrictivo, que se funda en la necesidad de una autorización previa elaborada por el ministerio del Interior e'n vista de su formación (art. 22). La asociación es considerada como extranjera y de esta forma sometida a este régimen particular cuando su sede está situada en el extranjero o sí, estando su sede en Francia, la asociación está dirigida, de hecho, por extranjeros, ya sean sus administradores sean extranjeros, ya sea porque tenga más de una cuarta parte de miembros extranjeros (art. 26). Los extranjeros que residen en Francia y forman parte de una 4.50 asociación deben estar en posesión del permiso de residencia ordinario o privilegiado. Además la autorización sólo se acuerda a título temporal o sometida a renovación periódica, siendo susceptible de esta sometida a la observación de ciertas condiciones y pudiendo ser retirada en cualquier moment o (art . 24) . Las asociaciones extranjeras que no solicitan la autorización son objeto de nulidad de pleno derecho constatada por resolución del ministro del Interior. En caso de continuación de las actividades de la asocación, cuando la autorización hay sido denegada o retirada, la responsabilidad penal de aquellos que participen en su administración puede ser recurrida (art. 32). Finalmente, la capacidad jurídica de las asociaciones extranjeras- autorizadas es la misma que la de las asociaciones simplemente declaradas. En la R.F.A., los derechos de los extranjeros en esta materia están regidos por la ley de asociaciones de 1953 que permite la actividad de asociaciones extranjeras, es decir de asociaciones dirigidas por una mayoría de extranjeros, o en las que la mayoría de sus miembros son extranjeros, con la posibilidad por parte de las autoridades de exigir el anuncio de su creación en el plazo de dos semanas. Así mismo, estas asociaciones pueden ser prohibidas, por razones de seguridad, de orden público y de interés exterior para la R.F.A. (art. 14 y 15 de la ley de 1953). En lo que concierne a las asociaciones extranjeras cuya sede se sitúa en otro país, éstos sólo pueden adquirir la capacidad jurídica por decisión del Bundesrat (Asamblea Federal). Así mismo, las prescripciones especiales anteriormente mencionadas, que deben ser validadas por- las asociaciones de extranjeros no son aplicables a las asociaciones de trabajadores, ni a las asociaciones patronales. La libertad de asociación, y más precisamente el derecho de fundar asociaciones destinadas a salvaguardar y a mejorar las condiciones de trabajo así como las condiciones económicas, está garantizada a todos los individuos, y no sólo exclusivamente a los ciudadanos alemanes, en virtud del art. 9.3, de la ley fundamental. En lo que concierne al derecho de fundar o de adherirse a un sindicato, igual que en todo lo que se refiere a la actividad sindical en general, los extranjeros legalmente iguales que los súbditos nacionales. En Grecia, el art. 107 del C.C. dispone que las personas encargadas de la administración de una asociación deben ser ciudadanos griegos; en lo que concierne a las asoiaciones en las cuales los extranjeros deben participar necesariamente, dado su objeto, su consejo de administración puede comprender extranjeros, pero en número igual al de los miembros de nacionalidad griega, bajo autorización concedida por decreto, susceptible de ser retirada en todo momento. Por otro lado, conviene precisar que el art. 3.1, de la ley 330/1976 reconoce únicamente a los ciudadanos griegos la libertad de crear asociaciones 4.51 profesionales, lo cual parace excluir a los subditos extranjeros; por otro lado, según la opinión de gran parte de la doctrina, esta limitación sería contraria a la Convención concerniente a la libertad sindical y a la protección del derecho sindical de 1948 (rectificado por la ley 4204/1961 que, en su art. 2o., prescribe, expresamente, toda distinción a nivel del derecho de los trabajadores y de los empleados a la hora de crear o de participar en estas asociaciones). Reconocimiento integral del derecho de asociación En otros países, no parece haber- diferenciación alguna entre nacionales y extranjeros ert lo que concierne, al ejercicio del derecho de asociación. En Gran Bretaña, por ejemplo, la participación de los extranjeros en las asociaciones no es objeto de restricciones particulares; todo súbdito extranjero puede participar en una asociación o constituir una con otros extranjeros o con ciudadanos británicos. Las única s excepciones resultan de ciertas disposiciones que someten a los extranjeros a un estatuto especial cuando cié r-tas circunstancias excepcionales se reúnen (vg. en caso de guerra o de peligro nacional inminente). Lo mismo ocurre ert Dinamarca, en Noruega y en Suécia dando la libertad de asociación a los "ciudadanos" y se establece que este término concierne no solamente a los ciudadanos daneses sino igualmente a todos los ciudadanos extranjeros que residen en Dinamarca. 4.52 EPILOGO La libertad de constituir asociaciones sin ánimo de lucro o de participar en ellas está un i ver sa 1 mente reconocida por los Estados miembros del Consejo de Europa. Esta se rige bien por medio de disposiciones legislativas específicas, o bien por vía jurisprudencial. . En algunos países, la constitución de asociaciones está sometida a formalidades previas, y, pues, a un control más directo de la autoridad pública, mientras que en otras no. . Algunas legislaciones definen la estructura interna y las reglas de funcionamiento de las asociaciones mientras que en otros países esta cuestión no está o solamente de forma parcial abordada por la ley. La capacidad jurídica de las asociaciones es plena en algunos países, mientras que en otros, esta capacidad está restringida. . Según el país considerado, los súbditos extranjeros no gozan de la libertad de asociación, se benefician de ella con importantes restricciones, o se asimilan a los nacionales. 4.53 ASOCIACIONISMO JUVENIL 4.54 3.1. LAS ASOCIACIONES JUVENILES EN LA REPUBLICA FEDERAL ALEMANA Una de las premisas básicas del modelo alemán respecto a la Politica de Juventud hace referencia al tipo de relaciones que se han estipulado entre el sector público y el sector privado en cuanto a la función y responsabilidad de ambos en el trabajo y ayuda a la juventud. Estas relaciones se rigen, no por una vinculación jerárquica, sino por un 2LÍD£ÍeÍQ_dÉ_£DQ£éCá£ÍÚD• En el marco del cual el Estado se halla obligado a facilitar el trabajo de las organizaciones privadas a través de todos aquellos medios administrativos-financieros que obran en su poder. En la práctica, esta cooperación se halla regulada por- el llamado' £LÍQ£Í£ÍQ_dé_l!S!JhÉÍdÍáLÍédádl!» Un objetivo general de la política de juventud es la hú£au£dá_dÉl_£Qü£ÉD¿Q• Dicha meta se realiza en primer lugar, en la medida en que el Estado, por una parte, reconoce la autonomía de las organizaciones privadas y, por el otro, la consulta a la hora de fijar los hitos y orientaciones de su propia política. El consenso se establece además en función del hecho de que las organizaciones privadas se perciben a sí mismas como colaboradoras del sector público en la realización de aquellos puntos que, a partir de una situación dada, el Estado ha fijado como prioritarios en su política de juventud. El consenso, por último, se genera a partir de los propio intereses de cada asociación y organización. Para poder imp 1ementar1 os, cada una de estas organizaciones requiere de una alianza, lo mas amplia posible, la cual a su vez sólo puede darse en la medida que en ella se consideren los intereses de las demás organizaciones. La permanente búsqueda del consenso no deja de plantear problemas en lo que se refiere a la realización de los intereses inmediatos de los sectores de juventud representados por las asociaciones. Por lo general, éstos sólo pueden ser considerados parcialmente a la hora de establecer programas de acción según los cuales, en la práctica, se regirán las asociaciones en su trabajo. Esta problemática se vincula directamente a otra de las premisas de la cual parte la política de juventud, cual es su £2Cá£ter_rÉE£££ÉQÍ2ÍÍVQ. En base del papel que les ha sido adscrito, las asociaciones y organizaciones privadas funcionan como: • • • "£fiîDyDidâdÊÊ_ilÊ_iDiÊCÊ£ÊS". cuyo rol específico es el articular las necesidades e intereses de los jóvenes ante las diferentes instancias del aparato estatal. Dado que esta función la realizan en el interior de un sistema representativo, ellas mismas están obligadas a organizarse de igual manera. Ello implica por una parte, la existencia de una dg[DC££2£Í2 £ÉEHÉ£ÉDÍ2ÍÍ¥2 en el seno de las asociaciones (formalmente ejercida a través de la elección 4.55 de delegados a nivel departamental, municipal, regional y federal), por otra, del montaje de un aparato profesional de funcionarios, estructurado de manera paralela a las instancias administrativas que sitúe a las asociaciones en capacidad de ejercer el "lobbyismo", es decir, de representar sus intereses de manera efectiva ante los diversos niveles de la administración.... Tanto la estructura representativa, en que funciona su democracia interna (muchas veces controlada por el aparato burocrático profesional), como las exigencias de aceptar compromisos, derivados de su acción lobbyista, hacen que las asociaciones privadas se vean permanentemente confrontadas a la contradicción de un lado, para no perder el contacto con la base que representan y por el otro, de -tener que plantearle a la misma base, contenidos y objetivos de trabajo que en gran medida le son impuestos desde fuer-a. Es evidente que la insolubilidad de este dilema repercute gravemente en la participación efectiva de los representados. 4.56 3.2. LAS ASOCIACIONES JUVENILES EN ITALIA El asociacionismo es un rasero importante para analizar la situación de los jóvenes en Italia. Mientras desciende el compromiso militante en las federaciones juveniles de partidos y sindicatos, los programas y la representat i vi dad de estas formaciones no disminuye, sino que en muchos casos aumenta la participación en la vida asociativa de grupo y organizaciones juveniles de tipo cultural, religiosos, asistencial y social. Es en este sentido significativa la agitación que se esté produciendo en el mundo asociativo del catolicismo, que crece numéricamente y cualitativamente. 4.57 - 3.3. LAS ASOCIACIONES JUVENILES EN FINLANDIA Más de la mitad de los jóvenes finlandeses pertenecen a alguna organización juvenil o recreativa. Las organizaciones juveniles desempeñan un papel fundamental para la educación civica. Su objetivo es incrementar la conciencia de los jóvenes y su sentido de la responsabilidad. Ofrecen a los jóvenes la ocasión de practicar la participación, de prepararse para las responsabilidades de la comunidad, estar con otras personas de su edad, y de emplear sus capacidades creativas en múltiples actividades. Para muchos jóvenes que no pertenecen a organizaciones juveniles, las autoridades locales proporcionan locales e instalaciones para actividades j uveni les. Lo fundamental de la actividad juvenil dirigida en su contenido educativo y su fomento de la iniciativa. No pretenden competir con las distracciones comerciales para jóvenes consumidores. La gente joven tiene muchas oportunidades de dedicarse a actividades de ocio orientadas, incluyendo educación de adultos, actividades juveniles, clubs escolares, organizaciones eclesiales, etc. Unas cuantas organizaciones civicas de filiación política dirigen centros educativos subvencionados por el Estado para ayudar a los autodidáctas a formar clubs .de estudio y ayudan a los clubs a obtener subvenciones. Las organizaciones juveniles dirigen una amplia gama de acÛYisiâilÊS: representaciones de aficionados, concursos populares, actos vespertinos, etc. Las subvenciones estatales para organizaciones culturales de ocio son estatutarias. Las juntas municipales juveniles y las juntas culturales ofrecen una amplia variedad de servicios culturales y actividades de ocio. Las actividades culturales son organizadas por clubs juveniles municipales, talleres de actividades de ocio, etc. Muchas juntas culturales municipales dirigen clubs de arte y organizan visitas a teatros para niños y jóvenes. El_E£lÉ£UEUéSÍC_D2£ÍCD2l incluye una £UÍ2Yéü£ÍÚD snyâl para trabajo juvenil municipal, a partir del cual el Ministerio de Educación adjudica subvenciones a los municipios según una escala fijada. Las subvenciones cubren porcentajes determinados de los gastos corrientes en que han incurrido las juntas municipales. Entre los gastos corrientes están los salarios de los funcionarios que trabajan para las juntas juveniles, una proporción fija de los gastos de mantenimiento de las instalaciones, gastos de viaje y subvenciones para organizaciones juveniles locales. Las subvenciones otorgados por las ÍUDÍ2S 4.53 iy¥ÉDÍl££_[D!JDͣͣ2lÉ£ a las organizaciones juveniles, locales se tienen en cuenta a la hora de fijar las subvenciones a los municipios. Un municipio puede recibir ayuda estatal para subvencionar cualquier organización en que dos tercios de los miembros tienen de 7 a 24 años. La organización debe estar registrada como tal o ser parte de una organización juvenil nacional. Las subvenciones son discrecionales, según la finalidad y el estado económico de las organizaciones y la naturaleza y alcance de sus actividades. Las subvenciones a las organizaciones juveniles locales se han multiplicado en los últimos años. Las organizaciones politicas, de actividades de ocio e infantiles, reciben cada una de ellas casi untercio de las subvenciones; el resto recibe un 10% . Más de 5000' organizaciones son ayudadas de esta manera. ' L2S QL33QÍZ3£ÍQn££_iyvéüÍl£2_D2£ÍQD3l£S est án subvencionadas gracias a una Ley de 1974, que disponen de una dotación anual presupuestada por el Estado para ese fin.. Las organizaciones juveniles nacionales merecen subvenciones porque dan a sus miembros una idea de como funciona una sociedad democrática y así les ayudan a adquirir la madurez que necesitan cuando su generación asuma la responsabi 1 i dad de la Sociedad. A comienzos de los 60, las organizaciones juveniles políticas recibieron el 10%. de las subvenciones estatales para todas las organizaciones juveniles, 1974 esta proporción fue del 34% Las solicitudes de subvenciones exigen la aprobación del Ministerio de Educación. Actualmente, más de 80 organizaciones nacionales reciben subvenciones, el número total de sus miembros pasa de un millón y sus empleados a jornada completa son más de 500. La distribución de subvenciones a las organizaciones juveniles nacionales es decidida por el Gobierno, generalmente tal como recomienda el Consejo Juvenil. Las razones para conceder subvenciones son las mismas que en el caso de las organizaciones juveniles 1 oca les. En Finlandia se han hecho muchos estudios sobre la participación de la gente joven en la actividad de las organizaciones. El siguiente cuadro refleja, en porcentajes, los miembros de QL3áüÍ22£ÍCn££ IüvéDÍIéS de edades entre los 10 y 24 años desglosados por tipo de organización: Deportivas 50% Escolares y estudiantiles 15% Hobbies 43% Infantiles 14% Ligas ant i-al cohól i cas 4% Re 1 i g i osas . 17% Po 1 í t i cas 10% Otras 9% 4.59 3.4. LAS ASOCIACIONES JUVENILES EN LA URSS Desde el Soviet Supremo de la URSS a los de carácter local, las comisiones permanentes de la juventud celebran reuniones de trabajo sobre los problemas de los jóvenes. Sus decisiones, en general muy concretas, tiene carácter vinculante. El "KqeûSQDQI" (Juventudes Comunistas) es la organización juvenil más extendida en la Unión Soviética. Según sus estatutos, se trata de una organización voluntaria de masas, que integra amplias masas de la juventud soviética. Actualmente el "Komsomol" se basa en el compromiso de sus miembros en la realización de tareas asistenciales y otras, orientadas a satisfacer las necesidades de los diferentes estamentos de la juventud, que oscilan entre los esfuerzos para hacer frente al deseo de los jóvenes de participar en política hasta la organización de actividades de recrero y ocio. El "Komsomol" desde su fundación (en el primer congreso de trabajadores y campesinos de la Rusia Soviética en 1918), ha logrado múltiples y prestigiadas condecoraciones. Esta entidad organiza a los jóvenes para realizar tareas colectivas y crea entre estos un sistema de interrelaciones e interacción a partir de reuniones periódicas, en las que los afiliados examinan sus problemas , aprenden a defender sus puntos de vista, teniendo en cuenta las opiniones de los demás. Los afiliados tienen los mismos derechos y deberes y sus órganos de gobierno son elegidos democráticamente en todos los niveles. El artículo VII de la nueva Constitución de la URSS indica que en función de sus estatutos, el Komsomol debe participar en el gobierno del Estado y, en consecuencia, en la búsqueda de soluciones a los problemas políticos, económicos, sociales y culturales. De otro lado, el artículo 51 de la Constitución garantiza las condiciones necesarias para que la organización se enfrente con éxito a estas tareas. El Comité Central del Komsomol, asi como los Comités de las Repúblicas de la Unión cuentan con capacidad de iniciativa legislativa, lo cual significa que pueden adelantar propuestas para la elaboración de documentos legales normativos o proyectos de ley. 4.60 ^ m 3.5. LAS ASOCIACIONES JUVENILES EN POLONIA La experiencia en los últimos años de Polonia ha demostrado la necesidad de crear posibilidades reales de participación de la juventud en la vida social y política del pais, para que pueda influir en los asuntos del Estado. Estas cuestiones se trataron en la Novena Asamblea Plenaria del Comité Central del Partido Polaco de Trabajadores Unidos, celebrada en junio de 1982. La resolución del pleno obligó al propio partido y a las instituciones estatales a crear condiciones de actividad e inicitiva de la juventud para resolver los problemas de la sociedad en su conjunto y, consiguientemente, los de la propia juventud. Las autoridades del partido apelaron a los jóvenes en general y a los sindicatos de jóvenes socialistas en particular para que asumieran su responsabilidad en las cuestiones más importantes de la vida socio-económica del país. Con miras a mejorar el prestigio de las organizaciones juveniles y a fortalecer su papel en el sistema socio-político del estado, se decidió instruir a las autoridades apropiadas para que concediesen nuevas y más amplias facultades y garantías institucionales a los £ÍO£ÍÍ£áÍQ£_j.!¿yÉQÍlÉ¿, que son: El Sindicato de la Juventud Socialista, El Sindicato de la Juventud Rural, La Asociación de estudiantes Polacos y el Sindicato de Exploradores Polacos. Dichas facultades incluyen: opinar sobre las decisiones del estado y la administración económica en temas referidos a la j uvent ud. . derechos de consulta, es decir, participación de los sindicatos de jóvenes socialistas en la tarea legislativa en asuntos relacionados con la juventud. . derecho de iniciativa que permita a los sindicatos de jóvenes socialistas presentar anteproyectos legislat i vos. derecho de control que autorice a los sindicatos juveniles a obtener del estado y la administración económica información sobre la puesta en vigencia de decisiones referentes a la juventud. 4.61 En julio de 1982 se creó el cargo de diüisirc dÊ_A£uniQ£_Jûy£Qil££» y en septiembre del mismo año, la ÇQQ3ÍSÍÉü_de_Asunies_Juyenile5 del Consejo de Ministros. La Comisión es el órgano colectivo del gobierno y ha emprendido las siguientes tareas: elaboración de programas y líneas de actuación del gobierno en favor de la juventud. - coordinación y control de la actividad de los órganos centrales de la administración del estado en el campo de la política juvenil. - configuración de líneas y principios de cooperación" del gobierno y de otros órganos de la administración del estado con organizaciones juveniles y sociales en asuntos referentes a juventud. 4.62 - « 3.6. LAS ASOCIACIONES JUVENILES EN BELGICA Actualmente hay un centenar de organizaciones oficialmente reconocidas sobre la base de un decreto que las define como : "asociación voluntaria de personas físicas o morales que contribuyen a que los jóvenes desarrollen sus responsabilidades y aptitudes personales en vista de ayudarle a convertirse en ciudadanos activos, responsables y críticos dentro de la sociedad." También precisa el decreto que las organizaciones, para ser reconocidas, deben "concebir y llevar a cabo sus actividades, dentro del respeto a Ios- valores y reglas de la democracia, así como de los principios contenidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos". Las organizaciones juveniles también acusan las mutaciones socio-culturales que se han producido a lo largo de los últimos años y que se ha.n marcado a la juventud más que a cualquier otro estamento social. Pueden distinguirse tres formas o modelos que caracterizan la manera en que las organizaciones juveniles respondieron a las esperanzas de los jóvenes. En la inmediata posguerra las organizaciones juveniles eran, antes que nada, Q]QVÍ[DÍ£QÍQ2 ¿2 sdbê^iûn. Estaban formadas por estructuras relativamente piramidales, animadas por un equipo dirigente que difundía sus principios, directrices y consignas por las organizaciones regionales y locales; constituían formaciones de encuadramiento juvenil muy definidas. En general, las actividades de este movimiento ocupaba casi todo el tiempo libre de los afiliados. Al mismo tiempo, ser miembro de un movimiento expresaba una adhesión que suponía el rechazo de otros grupos. A partir de 1956, y sobre todo después de "mayo de 1968", las organizaciones de "adhesión" se transformaron en organizaciones de "22LÍÍCÍL2CÍ&Q"• Contrariamente al funcionamiento dominante en la fase precedente, el que fué consolidándose progresivamente, estaba caracterizado por la descentralización, la revisión de los modelos y orientaciones predeterminados y la participación en la definición de actividades y programas, la designación de responsables y la formulación de los objetivos o doctrinas fundamentales. Fué en este período la profunda revisión de los métodos y las prácticas de las antiguas asociaciones, y también el advenimiento de formas de organización más especializadas, lo que implica que los jóvenes participen paralelamente en diferentes organizaciones, limitando el tiempo o campo de participación sobre la base de una adhesión más limitada y conyuntura1 . 4.63 Paralelamente se registró una notable politización de las organizaciones, ya que el movimiento de participación nacia precisamente de una toma de conciencia de la dimensión política latente en todas las proposiciones, actividades, estructuras, etc. Desde 1974, cuando los efectos de la crisis económica comenzaba a hacerse sentir, aparece una nueva fisonomía de las organizaciones de juventud, que denominamos EBQYÍ[DÍ£DtQ£_d£_2QÍ[Dá£ÍÚn_£e£Ífir&QlÍÍÍ£2' Estos aparecen como reacción a una cierta parálisis provocada por la pesadez y la complejidad de los debates que se había desarrollado en el marco de la part ici pac ión. Otras agrupaciones, fundadas en ocasiones por un puñado de hombres y mujeres jóvenes, desembocaban en grandes manifestaciones pacifistas y de solidaridad con los desfavorecidos. Y a menor escala, también aparecieron en el seno de las organizaciones y en núcleos regionales o locales iniciativas como las fiestas de barrio u otros acontecimientos movi1 izadores, en torno a temas más o menos precisos. Por otra parte, está comenzando a despuntar una nueva fase, que ya supone una cierta reacción a las tendencias dominantes en los últimos años. El nuevo modelo parece esbozarse con la proliferación de mÍ£Lfir:22Q£Í2£ÍQD£2. extremadamente dispersas, débilmente estructuradas, pero preocupadas con invadir con sus planteamientos al conjunto de la sociedad, pero profundamente centradas en- la experimentación concreta y decididos en autoadmini starse, a buscar a través de la responsabilidad colectiva soluciones a sus propios problemas. 4.64 Cx Ç 3.7. LAS ASOCIACIONES JUVENILES EN LUXEMBURGO En 1964 se crea el S££YÍ£ÍC_Ná£Ífiüál_dÉ_l2 JüY£qí!¿¿. A Iniciativa de la Conferencia General de la Juventud, instituida en 1961, y que agrupaba a todas las organizaciones juveniles nacionales, se firmó el 18 de marzo de 1964 el Decreto Ministerial relativo a la creación de este servicio. Las atribuciones del servicio, tal como están definidas en el decreto, incluyen el recreo educativo de los jóvenes, la formación de monitores y de responsables, las- actividades educativas paraesco1 ares, la ayuda a los movimientos juveniles, las relaciones de estos movimientos con el gobierno, el equipamento y el estudio de las técnicas de educación extraescolar y la documentación e información de los jóvenes y los responsables. Los DÎYêIêS siê syydâ que pueden aportarse a las organizaciones juveniles son: . mediante subvenciones a las organizaciones nacionales de jóvenes para su secretariado, sus actividades culturales y científicas o sus relació n es internacional es. mediante ayuda técnica: organización de cursillos de cuadros y puesta a disposición de los movimientos juveniles de animadores especializados. . mediante ayuda financiera para la explotación de su hogar, para obras de construcción, para el equipamento, etc. mediante una concertación con el S.N.J. y los movimientos juveniles. mediante el préstamo de material didáctico y de material para campamentos. 4.65 3.8. LAS ASOCIACIONES JUVENILES EN FRANCIA Existe un gran número de asociaciones juveniles en Francia, estando todas ellas regidas por la Ley de julio de 1901. Las asociaciones juveniles presentan hoy una realidad muy diversa, tanto en lo que respecta a su funcionamiento como en sus orientaciones. En su gran mayoría fueron desarrolladas en el transcurso de los veinticinco últimos años por medio de iniciativas voluntarias pero, principalmente, por efecto de la financiación pública (Estado y Colectividades Locales). A través de las diferentes instituciones de juventud se define una concepción global de la animación "socio-educativa" y de la educación popular, cuyos objetivos son que el mayor número de personas adquiera los grande lenguajes racionales, estéticos, económico y sociales, asi como favorecer todas las formas de la comunicación social y ayudar a los jóvenes a participar en la vida social, e incluso, a elaborar proyectos personales. Al desarrollo de las asociaciones contribuyeron ampliamente el desarrollo cultural de mediados de siglo y años anteriores, el surgimiento del concepto de actividades culturales de tiempo libre y establecimiento de las primeras grandes leyes sociales. Hoy, la totalidad de las asociaciones juveniles ya están organizadas simplemente a nivel local o reagrupadas en el marco federativo, funcionando con plena independencia con respecto a los poderes públicos. Pueden, en ciertas condiciones, beneficiarse de la ayuda de las Colectividades locales o del Estado. En este último caso, se pone en práctica un procedimiento especial de "Consentimiento". El Estado atribuye a este consentimiento según los objetivo que persigue la asociación y sus modalidades de funcionamiento, examinadas a través de los estatutos, el presupuesto y los informes de actividades. Sólo las asociaciones que acepta el Estado pueden recibir su ayuda en equipamiento o en personal. Los sistemas de ayudas, son a la vez, muy complejos y están muy diversificados, variando según los diferentes Ministerios. Pero cada vez más, la ayuda del Estado se concede en el contexto de acuerdos especiales o de contratos de duración y objetivos definidos. Las actividades que desarrollan las asociaciones son muy diversas, asimismo, cada vez intervienen más en el campo de la formación. Por una parte, 4.66 K porque, desde hace unos dos anos, se insertan en el dispositivo general, creado por el Gobierno, que atañe a la inserción social y profesional de los jóvenes de 16 a 25 años . Dentro de este espíritu, puede citarse por ejemplo, dos tipos de actividades organizadas por asociaciones que constituyen plenamente tareas de interés colectivo: las acciones de animación durante las vacaciones y los campos de trabajo juveniles. Estos dos tipos de programas, decretados en el ámbito gubernamental de modo interministerial y financiados- por el Estado y las colectividades locales, se realizan por medio de una participación muy amplia de las asociaciones, que pueden asi aportar sus conocimiento técnicos y su experiencias. 4.67 y 3.9. BIBLIOGRAFIA El tema de asociaci on ismo juvenil en diferentes países ha sido elaborado a partir de los informes que figuran en la "Revista de estudios de JUVENTUD" n.13. .Francia JEAN-LOUIS LANGLAIS Director General de Juvent ud .R.F.Al emana....RENE BENDIT Dutsches Jugendinstitut .Italia DE LUIGI TROIANI .Secretario del CIGRI .Finlandia MARKKU LILJESTROM • URSS 0. PAVLOV. Consu 1 t or científico. Comisión de organizaciones juveniles de la URSS .Polonia MICHAEL KORKOUOUICZ • Bélgica ETIENNE GROSJEAN. Consejero del Servicio de la Juventud del Ministerio de la Comunidad francesa. .Luxemburgo FR.CH. MULLER 4.68